2026LD-000036-0002100002 · SICOP 20260902864
ARCHIVADOR MÓVIL DOBLE DE 5 CUERPOS MÓVILES Y 2 FIJOS PARA CEGRYPLAST
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡15,1 millones. Se recibieron 4 ofertas de 3 empresas el 02/10/2026. La más baja fue de Muebles Metalicos Alvarado, ₡13,6 millones (10 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡15,1 millones
Ofertas recibidas
4
de 3 empresas
Oferta más baja
₡13,6 millones
10 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó23/09/2026 08:26 · hace 18 días
- Límite para 24/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Cierre de ofertas02/10/2026 08:00 · hace 9 días
- de ofertas02/10/2026 08:10 · hace 9 días
- (plazo máximo)≈ 16/10/2026 · en 5 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 30/09/2026 08:00 → 02/10/2026 08:00
- Apertura de ofertas: 30/09/2026 08:10 → 02/10/2026 08:10
- Límite de observaciones a la apertura: 01/10/2026 23:59 → 05/10/2026 23:59
- Condiciones específicas: texto modificado
Nota de la institución. REVISAR FECHA PARA ACLARACIONES
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Archivador Móvil Doble de 5 Cuerpos Moviles y 2 Fijos, Archivos Fijos Simple de 1 Cuerpo, Dimensiones de Cuerpos Fijos 300 Mm de Ancho, 3000 Mm de Largo, 2400mm de Altura, Cuerpos Moviles de Ancho 810 Mm, 3000 Mm de Largo ,altura 2400mm.1 c/u · ₡15 115 190,001 c/u₡15 115 190,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡12,8 millones – ₡15,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡462,29 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Muebles Metalicos Alvarado | 100 | 100 |
| Metalica Imperio | 99,52 | 99,52 |
| Amoblamientos Fantini | 90,51 | 90,51 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.13 Requisitos mínimos de admisibilidad.
2.13.1 Marca y modelo El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca y modelo del bien ofrecido.
2.13.2 Experiencia de la empresa
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 02 años de experiencia en el mercado nacional e internacional en la venta de bienes (o artículos) iguales o similares a los solicitados en este concurso, para la cual, deberá aportar por escrito al menos 02 referencias, mediante cartas de referencia, facturas o evidencias concretas y fehacientes donde se pueda comprobar dicha experiencia, el oferente debe detallar en la tabla indicada en el cartel, al menos 01 por cada año de experiencia en atención al artículo 94 del RLGCP.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
2.13.3 Garantía de fabricación
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los bienes haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir partes únicamente por daños de fabricación que sufra el bien o sus componentes.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima a 24 meses y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre ubicado el bien o en su defecto en las instalaciones del proveedor previa coordinación y autorización del INA.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien respectivo.
Nota: El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
2.13.4 Garantía de repuestos y mantenimiento
La garantía de repuestos es aquella mediante la cual el proveedor/fabricante garantiza que mantendrá dentro de sus existencias, los repuestos necesarios para la reposición de algún componente que hayan sufrido daños o desgastes propios del uso de los bienes. Mientras que la garantía de mantenimiento se refiere a la disposición de la empresa a ofrecer el servicio de reparación de los bienes cuando estos por algún motivo requieran del mantenimiento correctivo o preventivo.
Deberá garantizarse la existencia de repuestos, así como garantizar que la empresa estará en capacidad de ofrecer el mantenimiento de los bienes en el momento en que estos sufran un desperfecto, por un período no menor a 24 meses.
Esta garantía empieza a regir después del recibo a satisfacción el equipo respectivo.
Nota:
El Contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
2.13.5 Mantenimiento preventivo
Durante el periodo de garantía, la persona contratista deberá realizar, sin costo adicional para el INA, cuatro mantenimientos preventivos, correspondientes a los meses 6, 12, 18 y 24, contados a partir de la recepción definitiva del bien.
Cada mantenimiento deberá incluir, como mínimo, la inspección de rieles y guías; revisión del sistema antivuelco, ruedas, rodamientos y ejes; ajuste de cadenas, engranajes, piñones o mecanismos de transmisión; alineación y nivelación de los vagones; lubricación; ajuste de barras tensoras; revisión de cerraduras y bloqueos; corrección de holguras, ruidos o desplazamientos irregulares; y limpieza del sistema mecánico.
La contratista deberá coordinar previamente cada intervención con la persona designada por la Administración y, al finalizar, entregar un informe técnico firmado que detalle las actividades ejecutadas, hallazgos, ajustes, componentes sustituidos y recomendaciones. Cualquier defecto o anomalía cubierta por la garantía deberá corregirse oportunamente, sin costo por concepto de mano de obra, repuestos, transporte o viáticos.
El costo de los mantenimientos deberá estar incorporado en el precio ofertado. Su ejecución no limitará ni sustituirá las demás obligaciones de garantía. El incumplimiento de esta obligación facultará a la Administración para aplicar las medidas previstas en el pliego y el ordenamiento jurídico.
2.13.6 Instalación
El oferente deberá incluir en el precio ofertado la totalidad de los costos directos e indirectos necesarios para el transporte, descarga, traslado interno, armado, nivelación, anclaje, instalación, ajuste, lubricación, pruebas y puesta en funcionamiento del archivo móvil, de conformidad con las especificaciones técnicas, los planos aprobados y las condiciones previamente informadas por la Administración.
La instalación deberá comprender todos los materiales, componentes, herramientas, equipos, mano de obra, transporte, viáticos, dispositivos de seguridad y demás recursos necesarios para entregar el bien completamente instalado, ajustado, seguro y en condiciones óptimas de funcionamiento. La Administración no reconocerá pagos adicionales por actividades o componentes necesarios para la correcta ejecución del objeto contractual que debieron ser razonablemente considerados al formular la oferta.
La persona contratista deberá coordinar previamente con la persona designada por la Administración la fecha, horario, condiciones de ingreso y demás aspectos logísticos de la instalación, sin que dicha coordinación implique una modificación del plazo contractual.
Durante la instalación, la contratista deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger a las personas, las instalaciones, los equipos y los bienes institucionales. Será responsable de reparar, sin costo adicional para el INA, cualquier daño directamente atribuible a su personal, equipos o actividades.
Una vez finalizados los trabajos, la contratista deberá:
- Retirar empaques, residuos, sobrantes y materiales utilizados.
- Dejar limpia y ordenada el área intervenida.
- Verificar la nivelación, alineamiento y estabilidad de los vagones.
- Comprobar el funcionamiento de los rieles, ruedas, cadenas, volantes, cerraduras y mecanismos antivuelco.
- Realizar las pruebas funcionales y de seguridad correspondientes.
- Entregar los planos finales de instalación y la documentación técnica requerida.
- Brindar una inducción sobre operación segura y mantenimiento básico al personal designado por el INA.
La instalación se considerará concluida únicamente cuando el sistema haya superado satisfactoriamente las verificaciones funcionales y de seguridad realizadas por la Administración. La recepción no limita la responsabilidad del contratista por defectos, vicios ocultos ni obligaciones derivadas de la garantía.
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LINEA |
LUGAR DE INSTALACION |
CONTACTO |
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1 |
Centro Nacional Especializado Industria Gráfica y Plástico CEGRYPLAST, ubicado en el INA, La Uruca. |
Margarita Martínez Meléndez correo: mmartinezmelendez@ina.ac.cr Teléfono: 2210-6207/ 2210-6659 |
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
3. REQUISITOS TÉCNICOS Y SISTEMA DE EVALUACIÓN.
3.1 Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
MODIFICACION PUNTO 16 DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
16-PANELES FRONTALES Y LATERALES
Paneles o tableros de cerramiento: Deberán fabricarse con un material y espesor adecuados para proporcionar protección, rigidez, estabilidad y durabilidad durante el uso previsto del bien. Ambas caras y todos los cantos deberán contar con un acabado o protección apropiados para el material empleado, de aplicación uniforme y firmemente adheridos, sin zonas expuestas, desprendimientos o defectos que favorezcan su deterioro. Los bordes deberán estar debidamente terminados, redondeados o biselados cuando corresponda, y libres de filos, rebabas y asperezas. Los paneles deberán permanecer firmemente sujetos a la estructura, sin holguras ni deformaciones que afecten su función. Cuando cubran componentes que requieran inspección, reparación o sustitución, deberán poder retirarse y reinstalarse sin causar daños al panel, a la estructura ni a dichos componentes. El oferente deberá indicar en su oferta el material, espesor, acabado y sistema de fijación propuestos, mediante ficha técnica, plano o descripción técnica; estas condiciones se verificarán en la recepción del bien.
NOTA: EL PLAZO DE ENTREGA SE MANTIENE IGUAL COMO LO INDICA EL PUNTO 4.3.2 DEL PLIEGO DE CONDICIONES EN 20 DÍAS HÁBILES.
3.2 Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
3.3 Estudios que realizará la Administración a las ofertas: Las ofertas serán sometidas a los estudios que correspondan para verificar el cumplimiento de las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas establecidas en el pliego de condiciones, según la naturaleza del procedimiento y del objeto contractual. Para este caso las ofertas serán evaluadas mediante estudio legal y administrativo y estudio técnico.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
2. CONDICIONES GENERALES
2.1 Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2 Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del equipo a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte de la Encargada del Centro Nacional Especializado Industria Gráfica y Plástico CEGRYPLAST, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo facturación097@ina.ac.cr del Centro Nacional Especializado Industria Gráfica y Plástico CEGRYPLAST, dirigido a la Licda. Margarita Martínez Meléndez, teléfono 2210-6207 / 2210-6659.
2.3 Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica las garantías de Fabricación, repuestos y mantenimiento, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
2.4 El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
2.5 Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
2.6 Desglose de tributos:
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
2.7 Oferta económica:
En la oferta económica el oferente para la partida indicada en este pliego de condiciones deberá desglosar el precio de los bienes y accesorios de cada partida, el costo de la instalación y el costo de la capacitación, según los requerimientos del I.N.A. y de acuerdo con lo que requiere cada partida. La administración no pagará ningún costo adicional al indicado para estos aspectos en la oferta y para efectos de comparación de precios, tales rubros deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado del bien.
Notas:
- En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
- En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
2.8 Adjudicación parcial.
Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
2.9 Póliza de Riesgos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los 2 días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
2.10 Información técnica
Literatura, catálogos o información técnica (brochures), del bien, de la marca y el modelo ofrecido, deben presentarse de manera obligatoria, coincidente con el bien ofertado, esto con la finalidad de minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada.
Dicha información deberá contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofrecido en idioma español.
Deberá de acatarse lo indicado en el artículo 118 del RLGCP.
2.11 Modalidad para presentar ofertas:
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
2.12 Visita al sitio
La Administración habilitará, durante el plazo previsto para la recepción de ofertas, la posibilidad de que las personas interesadas realicen una visita al lugar donde se instalará el bien, con la finalidad de conocer las condiciones físicas, técnicas, espaciales, ambientales, estructurales, de acceso y logísticas que puedan incidir en la correcta formulación de la oferta y posterior ejecución contractual.
La visita al sitio será facultativa y no constituirá un requisito de admisibilidad. Por consiguiente, la no asistencia, la falta de coordinación de la visita o la no presentación de una constancia no constituirán motivo de exclusión de la oferta.
Sin perjuicio de lo anterior, por tratarse de un sistema fabricado e instalado a la medida, se recomienda a las personas interesadas verificar las dimensiones del recinto, condiciones y nivelación del piso, rutas de acceso, posibles interferencias y demás circunstancias relevantes para el suministro, instalación y puesta en funcionamiento del archivo móvil.
La persona oferente será responsable de considerar en su propuesta todos los trabajos, materiales, componentes, transporte, maniobras y demás recursos necesarios para entregar el sistema completamente instalado y en funcionamiento, de conformidad con el pliego de condiciones. En consecuencia, no podrá alegar posteriormente desconocimiento de condiciones que resultaran razonablemente verificables mediante el análisis de la información suministrada por la Administración o, cuando corresponda, mediante la visita facultativa al sitio.
Las personas interesadas podrán coordinar la fecha y hora de la visita conforme a la siguiente información:
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LINEA |
COORDINAR CON |
LUGAR DE VISITA |
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1 |
Licda. Margarita Martínez Meléndez, correo: mmartinezmelendez@ina.ac.cr Teléfono: 2210-6207 / 2210-6659 |
Centro Nacional Especializado Industria Gráfica y Plástico CEGRYPLAST, ubicado en el INA, La Uruca. |
A quienes realicen la visita se les podrá extender una constancia únicamente como evidencia de asistencia. Dicha constancia no será considerada requisito de admisibilidad, evaluación o adjudicación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 4.2.2 Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. 4.2 Cláusulas penales y de multas. 4.2.1 Clausula penal El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones.
Documentos del cartel2
- 1333 Especificaciones Técnicas Archivador móvil doble de 5 cuerpos móviles y 2 fijos para el CEGRYPLASTPDF · 20 KB
- NUEVO PLIEGO DE CONDICIONES ARCHIVADOR MÓVIL DOBLE CEGRYPLAST FINALPDF · 338 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jose Pablo Alfaro Quesada
Almacén Regional Central Oriental
Erick Porras Rodriguez
Núcleo Metalmecánica
Margarita Martínez Meléndez
Centro Nacional Especializado en Industria Gráfica y del Plástico
Jonathan Alberto Vargas Jimenez
Núcleo Metalmecánica
Marvin Vargas Vargas
Núcleo Metalmecánica
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 12:14. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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