2026LD-000156-0022030101 · SICOP 20260902919
28990 - MEJORAS Y MANTENIMIENTO DEL MUSEO MUNICIPAL DE CARTAGO
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡9,9 millones. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas el 02/10/2026. La más baja fue de Sco Mantenimiento Industrial, ₡13,4 millones (34,8 % por encima del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡9,9 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡13,4 millones
34,8 % por encima del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó24/09/2026 15:39 · hace 17 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 13 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Cierre de ofertas02/10/2026 07:29 · hace 9 días
- de ofertas02/10/2026 07:30 · hace 9 días
- (plazo máximo)≈ 16/10/2026 · en 5 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y Remodelacion para Edificios169 · ₡9 941 299,94169₡9 941 299,94
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡8,5 millones – ₡9,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 4 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 2 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 85 % · EXPERIENCIA 8 % · PYME 5 % · CRITERIOS AMBIENTALES 2 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 92 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡462,29 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 85 | EXPERIENCIAmáx. 8 | PYMEmáx. 5 | CRITERIOS AMBIENTALESmáx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Sco Mantenimiento Industrial | 85 | 1 | 5 | 2 | 93 |
| Victor Adrian Sanabria Masis | 74,05 | 8 | 5 | 2 | 89,05 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3. Requisitos de admisibilidad de la contratación
3.1.1
Requisitos de admisibilidad del oferente
Para la presente licitación podrán participar únicamente oferentes que cumplan con lo siguiente:
1.
El oferente, sea persona física o jurídica, deberá encontrarse debidamente inscrito y habilitado ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y aportar certificación vigente, con una antigüedad no mayor a un mes, en la que se haga constar una experiencia profesional mínima de cinco (5) años, conforme a las labores registradas ante dicho Colegio.
2.
Declaración jurada indicando el conocimiento y aceptación de las especificaciones técnicas, las calidades y requerimientos del proyecto y trabajo a realizar, así como la garantía de este Las declaraciones cada una debe de contar con la respectiva firma digital. En caso de ser firma física o autógrafa debe de venir autenticada por un abogado
NOTA IMPORTANTE Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales y las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que incumplan con alguno de los puntos indicados anteriormente.
3.1.2
Requisitos de admisibilidad del personal:
1.
El oferente, sea persona física o jurídica, deberá contar con al menos un profesional responsable con título de Licenciatura en Ingeniería Civil, Ingeniería en Construcción, Arquitectura o carrera afín, debidamente inscrito y habilitado ante el CFIA. Deberá aportarse certificación vigente del CFIA, con una antigüedad no mayor a un mes, en la que se haga constar la experiencia profesional y labores realizadas durante los últimos seis (6) años.
2.
El oferente, sea persona física o jurídica, deberá encontrarse debidamente inscrito y habilitado ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y aportar certificación vigente, con una antigüedad no mayor a un mes, en la que se haga constar una experiencia profesional mínima de seis (6) años, conforme a las labores registradas ante dicho Colegio.
3.
La no acreditación de la experiencia mínima requerida o la presentación de certificación incompleta o desactualizada dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta, por incumplimiento de un requisito de admisibilidad técnica. Los profesionales deberán estar debidamente inscritos y al día con sus obligaciones en el colegio respectivo.
4.
El oferente deberá presentar al menos 2 proyectos en mantenimiento y/o restauración de inmuebles de carácter patrimonial relacionados con el objeto contractual, debidamente terminados de al menos un área construida de un mínimo de 150 metros cuadrados en los últimos 8 años, contabilizado a partir de la fecha de apertura de ofertas de esta licitación. El oferente deberá presentar bajo fe de juramento la siguiente tabla: VER DOC 4-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTENIDAS EN EL ARCHIVO WINRAR LLAMADO DOC PLIEGO DE CONDICIONES.5.
El oferente deberá presentar una certificación vigente emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), o licitaciones que cuenten con la figura de finiquito (las que no tengan este finiquito no se tomarán en cuenta) en la cual se detallen los proyectos registrados que respalden la experiencia del profesional responsable o de la empresa oferente, relacionados con trabajos de construcción, mantenimiento o mejoras de infraestructura similares al objeto de la presente contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Objetivo de las especificaciones técnicas generales
Las especificaciones citadas en este documento tienen por objeto el establecer una serie de normas y procedimientos, para garantizar que lo solicitado y el finiquito de la de este cumplan con las expectativas de la administración municipal y las leyes que nos rigen en esta materia. En vista de lo anterior el oferente debe conocer y aceptar las consecuencias y responsabilidad de estas en todos sus extremos, y las leyes que nos rigen. En todo caso las especificaciones, siempre y cuando sean atinentes y consecuentes con el proyecto planteado, pueden ser ampliadas durante el proceso de ejecución, previa autorización de la inspección. Es indispensable contar con el respaldo técnico en el área de ingeniería civil o en construcción, ingeniería eléctrica o electromecánica y arquitectura para amparar y si el caso lo amerita mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
Será responsabilidad del Contratista velar por la conservación de todas las estructuras, y componentes arquitectónicos
Condiciones Técnicas para el Adjudicatario
El adjudicatario del proceso administrativo deberá cumplir con las siguientes condiciones que dispone la Administración para dar inicio con la ejecución de las obras, y para garantizar un sano y ágil proceso constructivo con la finalidad de cumplir el objeto contractual del proceso de contratación pública.
Normas de seguridad:
Es importante que el personal se identifique mediante un listado que contenga nombre, cédula y función específica, mismo que debe brindarse al encargado del proyecto y se suministrará con la debida antelación de al menos 5 días naturales, en caso de cambios debe reportarlo en forma inmediata y por escrito.
Todo el personal, incluyendo operarios, peones, personal profesional, así como contratistas y visitantes que permanezcan dentro de la obra, deberán utilizar en todo momento el siguiente equipo de seguridad mínimo: chalecos de seguridad refractivos, anteojos de seguridad, cascos no metálicos, botas con punta de acero, guantes y cualquier otro elemento de protección exigido por el Instituto Nacional de Seguros (INS). Además, deberán utilizar todo aquel equipo adicional que fuera necesario de acuerdo con las condiciones y peligrosidad del trabajo a realizar, como guantes de cuero, equipo de protección contra ruido, arneses, anteojos, etc.
Para la descarga de materiales el contratista puede hacerlo según su metodología de trabajo, no obstante, deberá mantener las condiciones de acceso que prevalecen, cualquier daño en vía pública o privada deberá ser reparado y será responsabilidad única y exclusivamente del contratista.
El área de trabajo se deberá mantener libre de escombros, polvo, materiales excedentes y basura, durante el proceso. No se efectuará ningún tipo de pago adicional por el concepto de limpieza final, o limpieza durante el proceso de construcción. Es necesario que todos elementos permanezcan limpios y así sean entregados a satisfacción de la inspección.
Todas las estructuras temporales tales como andamios, ductos, encofrados, cimbras, puntales, anclajes, etc., necesarios para la obra serán suministradas por el contratista y bajo su propia responsabilidad. Los administradores del contrato podrán ordenar la modificación o el refuerzo de cualquiera obra temporal a costa del contratista.
El contratista deberá organizar todas las actividades de manera que proteja a sus trabajadores, a los empleados, usuarios y las personas externas al lugar de trabajo, tales como peatones y el tráfico vehicular, de los riesgos por accidentes y cualquier daño en general, en caso de algún accidente imputable al contratista será éste el responsable, quedando la Municipalidad libre de responsabilidad.
El contratista deberá concienciar a sus trabajadores sobre la importancia de las precauciones de seguridad en el área de trabajo y el cuidado del inmueble, así como el respeto y decoro. El contratista deberá designar a una persona para encargarse de la prevención de los riesgos de accidentes en la obra. El nombre y puesto de esta persona será notificado al administrador del contrato por el contratista.
Cualquier actividad que se quiera realizar fuera del área de trabajo, deberá ser consultado al administrador del contrato para su aprobación y se deberá señalizar para salvaguardar la integridad física y material de terceros, siendo de entera responsabilidad del contratista.
Las zonas de acceso a la construcción deben estar libres de obstáculos, para permitir el paso seguro de personas. Se deberá limpiar las zonas resbaladizas con aserrín, tierra seca, u otros materiales semejantes aprobados por el administrador del contrato
Se deben instalar redes de protección contra caídas y objetos punzo-cortantes en los lugares que sea necesario.
No se deberán tirar o verter, objetos o sustancias desde altura o distancias en las que pueda alcanzar a alguna persona y causar alguna lesión. Indicar aberturas en el piso, en los lugares de trabajo, para prevenir la caída de las personas.
Si se retiraran los medios de protección para realizar algún trabajo, deberán colocarse nuevamente en su lugar lo antes posible.
Las cubiertas de las aberturas en el piso deberán ser fijadas adecuadamente para evitar su movimiento, caída o levantamiento de forma accidental.
El contratista deberá eliminar cualquier tipo de vibración que afecte la estabilidad de las edificaciones cercanas al proyecto y deberá disminuir el ruido generado por las
actividades de la construcción al punto que no se afecte a los usuarios, visitantes, peatones y/o vecinos y sus labores cotidianas.
La seguridad de equipos, bodegas, materiales, herramientas y otros elementos que utilice la empresa para el desarrollo del proyecto será responsabilidad de la empresa contratada, sin que ello implique una responsabilidad adicional para la Municipalidad de Cartago.
El oferente debe indicar expresamente en su oferta, que la Administración queda libre de toda responsabilidad directa o indirecta y laboral que pueda surgir como consecuencia de la ejecución de la obra que origine la presente contratación. Asimismo, el oferente debe indicar que, en caso de resultar adjudicatario, se compromete a suscribir una póliza de riesgos ante el Instituto Nacional de Seguros que lo proteja contra daños a terceros de cualquier accidente, a su equipo, a su personal y/o cualquier otro tipo de seguros vigentes en el mercado dentro de esa misma línea, durante toda la vigencia del contrato y por el monto que guarde proporcionalidad con el monto ofertado.
Servicios existentes
Red de suministro de agua, en cantidad y calidad suficiente. Se cuenta con la disponibilidad en sitio de una tubería de agua potable
Suministro de energía eléctrica, se cuenta con la disponibilidad de la fuente de energía eléctrica 5 DESCRIPCIONES TÉCNICAS
Para dar cumplimiento a lo establecido en el presente pliego, el contratista deberá dejar totalmente concluidos todos los ítems que este contempla. El objetivo de la contratación es realizar los estudios técnicos necesarios para determinar la viabilidad y factibilidad de la intervención del edificio, así como brindar el soporte requerido para dicha intervención y desarrollar las propuestas de rediseño que permitan su adecuado uso.
Para tal efecto, el contratista deberá considerar de manera integral todas las instalaciones eléctricas del inmueble, incluyendo, pero no limitándose a: tuberías, cableado, tomacorrientes, interruptores, luminarias, tableros eléctricos y cualquier otro elemento que forme parte del sistema eléctrico del edificio.
Disposiciones generales
El contratista deberá ejecutar las obras de mejoramiento, reparación y mantenimiento de la infraestructura existente del Museo Municipal, garantizando condiciones adecuadas de seguridad, durabilidad, funcionalidad e higiene, acordes con el uso de las instalaciones.
Todos los trabajos deberán realizarse conforme a las buenas prácticas de la construcción, normativa vigente del CFIA, Código Sísmico de Costa Rica, reglamentos municipales y normativa de salud y seguridad ocupacional.
Los materiales utilizados deberán ser nuevos, de primera calidad y adecuados para uso exterior o institucional, según corresponda.
Los trabajos se realizarán en las salas de exposición del ala este del Museo Municipal de Cartago, inmueble de carácter patrimonial, por lo que todas las intervenciones deberán ejecutarse con especial cuidado y respetando las características constructivas originales del edificio.
El contratista deberá sustituir el piso de madera existente en las tres salas, utilizando madera de cedro de características adecuadas para este tipo de intervención, incluyendo la reposición completa de los elementos asociados al sistema de piso.
Dado que se trata de pisos de madera antiguos pertenecientes a un edificio patrimonial, la ejecución de los trabajos deberá realizarse con técnicas apropiadas de intervención, procurando mantener la armonía estética, proporciones y apariencia tradicional del inmueble.
Area de intervención o alcance del proyecto 110m2 aprox. en total Especificaciones técnicas del piso de madera
1.
Diagnóstico previo
El contratista deberá realizar una inspección del estado actual del piso de madera existente en las salas de exposición del ala este, con el fin de identificar piezas deterioradas, sueltas, deformadas o afectadas por humedad, desgaste u otros factores.
2.
Reparación y sustitución de piezas
Se deberá realizar el suministro e instalación de tablillas de madera de cedro para el nuevo piso (las dimensiones serán las mismas del existente), debidamente tratadas y acondicionadas, contra cualquier tipo de xilófagos y secas.
3.
Nivelación, ajuste e instalación completa del sistema de piso
El piso deberá quedar debidamente nivelado, asegurando estabilidad estructural y condiciones adecuadas para el tránsito de visitantes y el uso museográfico. Reposición o sustitución de las piezas de soporte del sistema de piso, en caso de encontrarse deterioradas o en mal estado (mojones o pedestales) de soporte. Garantizando su correcta fijación y estabilidad.
4.
Sustitución de los cadenillos de madera dura en ambas direcciones
Con el fin de asegurar la adecuada rigidez, estabilidad estructural y nivelación del piso.
5.
Instalación de rodapiés nuevos
Deben ser acordes con el diseño y características del espacio, de igual manera en madera de cedro y con el mismo acabado final.
6.
Tratamiento y acabado
Posterior al lijado, se deberá aplicar sellador y acabado protector para pisos de madera de alto tránsito, preferiblemente barniz o poliuretano de alta resistencia, que garantice durabilidad, protección contra desgaste y fácil mantenimiento. Y que permita la adecuada conservación del piso. Ya sea base agua o base aceite, disponible en acabados brillante, satinado o mate. Marcas locales como Lanco o Protecto ofrecen poliuretano de alta resistencia a rayos UV, ideal para proteger la calidez del cedro contra el amarillamiento y el desgaste diario.
7.
Limpieza y protección del área
Durante la ejecución de los trabajos se deberán implementar medidas de protección del entorno y realizar la limpieza final del área intervenida, dejando el espacio en condiciones óptimas de uso.
Area de intervención
•
RECOMENDACIONES TÉCNICAS DE INSTALACIÓN EN CONTEXTO PATRIMONIAL
El SECADO: la madera para el piso debe estar estrictamente seca al horno (con un porcentaje de humedad residual entre el 10% y el 12% para el interior del Valle Central). Colocar piezas con humedad retenida provocará alabeos, contracciones y grietas mecánicas insalvables a los pocos meses de instalado.
Sistemas de Fijación: En estructuras patrimoniales, es vital revisar si el piso original descansa sobre alfajías o viguetas de madera. Al sustituir el cedro por una madera mucho más pesada (como el almendro), verifique que la capacidad de carga de los elementos estructurales inferiores sea apta para el incremento del peso propio del material.
Acabado: Para conservar la pátina histórica, pero garantizar la durabilidad, evite barnices comerciales estándar. Se recomiendan sistemas de poliuretano de alto tránsito base agua (que no amarillean la madera y respetan su tono natural) o acabados precurados de fábrica con óxido de aluminio si se opta por un formato modular
MANO DE OBRA, EQUIPO, TRANSPORTE Y ACARREOS
El contratista deberá suplir la totalidad de la mano de obra calificada para la realización del objeto contractual, así como el equipo necesario. Además, deberá asumir la responsabilidad del transporte del equipo necesario y personal en su totalidad.
PROFESIONALES A CARGO DE LA OBRA
Se debe indicar el nombre de los profesionales responsables de los trabajos, debidamente incorporados al Colegio correspondiente. Así mismo deberá indicar su compromiso, que en caso de resultar adjudicada la oferta que lo indica como profesional responsable, deberá declarar que se desempeñará como tal en la obra objeto de la contratación, durante todo el proceso. Las obras serán entregadas a la Municipalidad de Cartago como un sistema completo en cuanto al alcance del presente documento, que permita su inmediata ocupación y uso, lo anterior de conformidad con la mejor práctica de ingeniería y arquitectura y la expresa satisfacción del propietario. Así mismo deberá indicar su compromiso, que en caso de resultar adjudicada la oferta que lo indica como profesional responsable, deberá declarar que se desempeñará como tal en la obra objeto de la contratación, durante todo el proceso.
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
El tiempo que requiera el Contratista para corregir el trabajo deficientemente ejecutado, no modifica el plazo total de entrega del objeto contractual. Al adjudicatario se le exigirá, como requisito fundamental para que pueda iniciar los trabajos, un programa detallado de ejecución del mismo (CPM) que incluya tabla de secuencias, tabla de duraciones y su fuente de información, diagrama de fechas (Gantt) con indicación de Ruta Crítica y tabla de tiempos con holguras totales y clasificación de actividades de "Más Crítica" a "Menos Crítica".
OBLIGACIONES
El cronograma aprobado deberá permanecer disponible en la oficina de fiscalización de la obra para su seguimiento y control. Asimismo, se establece que no se reconocerán pagos por avances parciales, ya que la cancelación del contrato se realizará en un único tracto, contra la entrega total y conforme de la obra. El contratista asume todas las obligaciones que establecen el Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales correspondientes: Seguro Social, Riesgos Profesionales, cesantía, permiso, vacaciones, aguinaldo y otras obligaciones. Asume también responsabilidad en cuanto a accidentes a terceras personas y daños a la propiedad ajena, que sucedan durante la ejecución de los trabajos a realizar. La reparación y/o reposición de elementos presentes en el sitio de la obra que sean dañados durante el proceso constructivo será responsabilidad del Contratista. El oferente debe indicar expresamente en su oferta, que la Municipalidad queda libre de toda responsabilidad directa o indirecta y laboral que pueda surgir como consecuencia de la ejecución de la obra que origine la presente contratación. Por otra parte, la Administración tiene un período de 7 años para reclamar al Contratista la indemnización por daños y perjuicios, plazo que también se aplica cuando el funcionario designado por ella para hacerse cargo de la obra también haya incurrido en responsabilidad civil. Todos los materiales deben de ser de primera calidad. Las empresas oferentes deben basarse en la especificación para presupuestar, cualquier consulta debe hacerse por escrito para ser analizada. Todos los materiales, equipos, y la mano de obra estarán sujetos a la aprobación de los inspectores. Los materiales para todo lo que abarca el contrato deberán ser nuevos y de la mejor calidad, en su clase, de acuerdo a lo especificado. Todo el trabajo deberá ser ejecutado por personal experto en esta clase de obras.
El trabajo será hecho con operarios calificados y competentes. El Inspector tendrá la facultad de ordenar remover cualquier operario, capataz o empleado en la obra, si a su juicio hubiere molestias o impedimentos para llevar a cabo una inspección y/o la instalación pudiera quedar deficiente por causa de incompetencia o problema causado por los empleados del Contratista. Todas las tuberías en proceso de instalación serán protegidas por tacos o tapones de corcho, madera o caucho, para evitar la entrada de basura o suciedad. El Contratista pondrá al frente de estas obras a un maestro de obras idóneo, de amplia experiencia, el cual deberá estar trabajando continuamente en la obra. No se harán trabajos de ninguna especie que puedan debilitar la estructura de las construcciones. El Contratista prestará toda ayuda y la colaboración que el Inspector solicite para la correcta Inspección.
CONDICION DE LOS PRECIOS.
Los precios cotizados serán unitarios y totales, ciertos y definitivos e invariables, los cuales se presentarán en letras y número coincidentes, en caso de divergencias prevalecerá la suma indicada en letras.
Los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma para efectos de comparación, aplicando las reglas previstas en el pliego de condiciones o en su defecto el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura.
En relación con la estructura del precio, el oferente deberá completar el siguiente cuadro.
6 PRESENTACIÓN DE TABLA DE PRECIOS DE LA OFERTA.
Para la construcción el contratista deberá dejar totalmente concluidos los diferentes ítems que se contemplan, para lo cual realizará y ofertará las siguientes actividades:
Partida Línea Descripción Costo
1 1
CONTRATACIÓN PARA MEJORAS Y MANTENIMIENTO DEL MUSEO MUNICIPAL DE CARTAGO
Desmontajes
Reparación y sustitución de piezas. Tratamiento y acabado
Nivelación, ajuste e instalación completa del sistema de piso
Instalación de rodapiés nuevos
Sustitución de los cadenillos de madera dura en ambas direcciones
Costo total
Nota#1: El oferente que incumpla con la presentación de la Tabla de Precios solicitada, no se tomará en cuenta en la evaluación técnica de la Oferta.
Nota#2: Precio total (no unitario) de cada línea ofertada. Se considerará únicamente los elementos solicitados en el pliego de condiciones. (No incluye adicionales ofertados por iniciativa del oferente, a menos que sean necesarios para la correcta ejecución del proyecto, para ello, deberá notificar a la inspección y contar con su aprobación).
NOTA: Se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la obra en caso de que el contenido económico no alcance para la totalidad de la obra.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida - LD) Obra pública
“ MEJORAS Y MANTENIMIENTO DEL MUSEO MUNICIPAL DE CARTAGO”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
La presente contratación tiene por objeto la ejecución de mejoras y mantenimiento del piso de madera existente en las tres salas de exposición ubicadas en el ala este del Museo Municipal de Cartago, mediante labores de reparación, sustitución de piezas deterioradas, lijado, tratamiento y aplicación de acabados protectores, incluyendo el suministro de materiales, herramientas, equipo y mano de obra necesaria para garantizar la adecuada conservación, seguridad y funcionalidad del espacio museográfico, conforme a los requerimientos del proceso gestionado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas.
VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
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Se llevará a cabo una única visita al sitio de los trabajos (obra), la cual se ha programado para las 09 :00 horas del día 28 de setiembre del 2026, teniendo como punto de partida el Vestíbulo del Museo Municipal de Cartago y siendo coordinada por el Señor Randall Gómez y la Arquitecta María de la Cruz Calderón. |
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen a Randall Gómez Aguilar y a María de la Cruz Calderón Moya como Administradores de este contrato, quienes tendrán las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios, incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
|
1. Obra pública: (Artículos 71 LGCP, 171 y 172 RLGCP), definir la modalidad ,el tipo de contrato (Artículos 71 LGCP y 175 RLGCP (Contrato de conservación o mantenimiento) y la modalidad de cotización (Artículo 71 LGCP y 175 RLGCP, precios unitarios, costo más porcentaje). |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢9,941,299.94. (nueve millones novecientos cuarenta y un mil doscientos noventa y nueve colones/94)
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, (forma de pago en un solo tracto), todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado.
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
__________________
El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
.
NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
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Primero: Adjudicación en firme. |
|
Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
|
Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
|
Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
|
Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
|
Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
|
Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago conforme al artículo 102 RLGCP.
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COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
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Costos Directos |
|
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|
Costos Indirectos |
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|
|
Imprevistos |
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Utilidad |
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TOTAL |
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18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
G
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Tipo de costo |
Componente |
Monto |
Porcentaje |
Índice asociado |
Emisor / País |
Moneda / fuente |
|
CD de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN |
BCCR |
|
|
CD de Insumos |
Maquinaria |
¢ |
% |
Costos de posesión |
INEC |
|
|
|
Repuestos |
¢ |
% |
Repuestos |
INEC |
|
|
|
Combustibles |
¢ |
% |
Combustibles |
INEC |
|
|
|
Lubricantes |
¢ |
% |
Lubricantes |
INEC |
|
|
|
Equipo |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
|
Otros Insumos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
CD de Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
CI de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN |
BCCR |
|
|
CI de Insumos |
Insumos indirectos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
|
Imprevistos |
¢ |
% |
No aplica |
|
|
|
|
Utilidad |
¢ |
|
No aplica |
|
|
|
|
Subtotal |
¢ |
|
|
|
|
|
|
IVA |
¢ |
13% |
|
|
|
|
|
Total, precio IVA. |
¢ |
113% |
|
|
|
Los costos incluidos en la estructura de precios son una propuesta y el oferente debe considerar los costos que mejor se ajusten al objeto del contrato de la contratación, la definición de los conceptos de costos incluidos en la estructura del precio se presenta a continuación:
- Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
Además, como parte de la estructura del precio, con la oferta se deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados a los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda en que se presenta el precio de la oferta y los valores absolutos de la estructura
NOTA IMPORTANTE: En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se aplicarán multas por defectos en la ejecución del contrato. Para estimar el monto por concepto de multas, se utilizará la siguiente fórmula genérica: Para determinar el monto por concepto de multas originadas por defectos en la ejecución del contrato, se aplicará la siguiente fórmula genérica: Donde: M = MC * FP/ PC M = monto de multa. MC = monto del contrato PC= plazo de ejecución del contrato (En días naturales) FP= Factor de ponderación del riesgo, repercusiones del incumplimiento en el servicio a brindar, en el interés público y la posibilidad de incumplimientos parciales por línea. Si el oferente acumula cinco amonestaciones por incumplimientos específicos del contrato adjudicado, la Municipalidad podrá anular el mismo, estas amonestaciones se darán de manera escrita por parte de la inspección municipal. Incumplimientos: a. Atrasos en el cronograma de trabajo sin justificación técnica. En caso de ser por días lluviosos se deberá presentar documentación del IMN que respalde la existencia de lluvias en la zona, así como fotografías e informe que describa la situación. FP=0,50 al monto M por cada día natural de atraso b. Una vez realizada una inspección por la fiscalización y solicitados los faltantes se deberá atender de forma inmediata y de no cumplirse en un plazo de 3 días hábiles se procederá a multar. FP=0,40 al monto M por cada día natural de atraso c. Denuncias que no se atiendan en un plazo de 5 días hábiles por errores que afecten a un tercero. Cualquier daño que se dé que estuviese fuera del área de trabajo a efectuar que afecte a un tercero será considerada culpa de la oferente sumará a la lista de denuncias mensuales las cuales no podrán sumar un promedio mayor a 3 denuncias por mes sino serán castigados mediante la reposición inmediata del bien o la reparación de lo dañado. Cualquier daño que se dé que estuviese fuera del área de trabajo a efectuar. FP=0,50 al monto M por cada día natural de atraso d. Cualquier daño que se dé que estuviese fuera del área de trabajo a efectuar. FP=0,50 al monto M por cada día natural de atraso e. Falta de uso de los elementos de protección y seguridad ocupacional. FM=0,25 al monto M por cada día natural desde la fecha de comunicación al Contratista del incumplimiento del Reglamento de Dispositivos de Seguridad para Protección del personal y las Obras, hasta la fecha que se normalice la aplicación de las disposiciones del Reglamento. f. Falta de inspecciones de la persona encargada por parte de la oferente adjudicada. g. Falta de equipo, materiales o mano de obra en sitio. FP=0,50 al monto M por cada día natural de atraso h. Retiro injustificado de personal, equipo o maquinaria: la sanción por este incumplimiento se determinará aplicando FM=0,40 al monto M por cada día natural transcurrido la fecha de retiro injustificado de personal, equipo o maquinaria del sitio de obras, hasta la fecha de comunicación de la justificación del retiro o la reincorporación del personal, equipo o maquinaria al sitio de obras.
Cláusula penal. EL CONTRATISTA pagará a la Municipalidad por cada día hábil de atraso total o parcial en la ejecución del objeto contractual una cantidad equivalente al 2,00% del valor total adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificado y comprobado por la Institución. (Artículo 116 y 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública) En el evento en que el monto por concepto de multas por atraso alcance el 25% del monto del contrato, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se procederá con la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Contratación Administrativa. Esa multa se deducirá del monto adeudado por la Municipalidad de Cartago al contratista. En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte de la oferente adjudicada, no procederá el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento. Se adjunta la siguiente tabla para las multas: Esta figura no equipara ni debe confundirse con la garantía de cumplimiento o de participación, por lo que la garantía de cumplimiento no entrará a cubrir ningún elemento que esté bajo la cobertura y aplicación de la cláusula penal, ello sin detrimento de cualquier resarcimiento ulterior por otras faltas que no sean cubiertas tampoco por la garantía de cumplimiento. Solo se excluirá al contratista de las obligaciones anteriores cuando medie caso fortuito o fuerza mayor para lo cual la carga de la prueba correrá por cuenta del contratista, esta será conocida, aprobada o reprobada por la administración, todo en respeto del debido proceso y con base a la normativa y Ley vigentes de Contratación y publica y al Reglamento Interno a la Ley de Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago.
Documentos del cartel2
- Doc pliego de condicionesRAR · 7,7 MB
- Ficha técnica del proyectoPDF · 973 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Randall Gómez Aguilar
Servicios Generales
Maria de la Cruz Calderon Moya
Alcaldia
Randall Gómez Aguilar
Servicios Generales
Maria de la Cruz Calderon Moya
Alcaldia
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 08:19. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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