2026LD-000041-0023700001 · SICOP 20260902955
PROYECTO MEJORAMIENTO VIAL DEL CAMINO CODIGO 6-060-010 EN LA COMUNIDAD DE LONDRES.
Municipalidad de Quepos
Municipalidad de Quepos ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡160,8 millones. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡160,8 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
₡140,0 millones
12,9 % por debajo del presupuesto
Quién ganó
- Constructora PresbereNo era la más barata (4.ª de 4)₡152 407 866,99
Informe de recomendación de Jonathan Mesén Jiménez, 05/10/2026 · adjuntos: Captura de pantalla 2026-10-05 152522.png, Análisis de ofertas CALLE LONDRES.xlsx, MQ-UPV-068-2026 RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACION CALLE LONDRES.pdf
Fechas clave
- Se publicó23/09/2026 12:00 · hace 18 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Cierre de ofertas29/09/2026 10:00 · hace 12 días
- de ofertas29/09/2026 10:05 · hace 12 días
- publicado06/10/2026 11:05 · hace 5 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Municipalidad de Quepos adjudicó ₡852,4 millones en 93 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construccion, Conservacion y Mejora de Vías Acceso1 · ₡160 800 000,001₡160 800 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡136,7 millones – ₡160,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 50 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,5 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 4 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 50 % · GARANTÍA 15 % · EXPERIENCIA 15 % · TIEMPO DE ENTREGA 10 % · Pyme regional (Pacífico Central) 5 % · Contratar personal de Cantón de Quepos) 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Recursos presentados1
Recurso
Edwin Castro Rodriguez · 08/10/2026 · En proceso
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡457,21 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | GARANTÍAmáx. 15 | EXPERIENCIAmáx. 15 | TIEMPO DE ENTREGAmáx. 10 | Pyme regional (Pacífico Central)máx. 5 | Contratar personal de Cantón de Quepos)máx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Montedes | 47,88 | 15 | 15 | 10 | 5 | 5 | 97,88 |
| Transportes Mapache | 46,15 | 15 | 11,25 | 10 | 5 | 5 | 92,4 |
| Concreto Asfaltico Nacional | 50 | 15 | 11,25 | 10 | 0 | 5 | 91,25 |
| Constructora PresbereGanó | 45,94 | 15 | 11,25 | 10 | 0 | 5 | 87,19 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se notifica el acto final.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Quienes participan en esta contratación, se comprometen al fiel cumplimiento de las especificaciones establecidas en este pliego de condiciones, en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento y demás normas jurídicas que regulan esta materia.
- Para la presente contratación se tomaran los días sábados y domingos como días hábiles, esto con el fin de cumplir con los tiempos establecidos en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento.
- El oferente debe contar con 5 años mínimos de experiencia en proyectos de similar o igual naturaleza, para lo cual debe adjuntar a su oferta certificación del CFIA haciendo constar que se encuentra inscrita y al día para ejercer los trabajos. Además, debe adjuntar a su oferta, un total de 10 cartas de recomendación de proyectos similares (entiéndase por; asfaltados de urbanizaciones, conformación y recarpeteo de calles parqueos, construcción de sistemas de drenaje todo lo relacionado a obra exclusiva de carácter vial) donde se incluya en ellas: Nombre del cliente, nombre del proyecto, ubicación, cantidad de obra, nombre del contacto, teléfono, correo electrónico y fechas de ejecución. Deben ser cartas presentadas en original con una certificación general de las cartas. Se tomará como parámetro adicional y positivo la tramitación de planos constructivos del proyecto ante el CFIA que describan la naturaleza y especificaciones del proyecto a construir. Para efectos del presente cartel de conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la LGCP, la experiencia de las empresas que presenten su oferta en forma consorciada será tomando el promedio de los años de experiencia en proyectos similares o iguales de las empresas que conforman el consorcio.
- Los participantes tienen que tener una solidez financiera igual o mayor al 2%, el cual debe ser demostrado con un Balance General y Estado de Resultados del periodo anterior de la Empresa, los mismos deben estar auditados por el profesional autorizado, se consideran un documento privado. En el caso que fuese una oferta consorciada, cada uno de los socios deberán presentar los documentos solicitados para la evaluación económica y legal respectivamente y en el caso del análisis financiero se aplicara para cada uno de los socios. En el caso que alguno de los socios no llegará a cumplir con los valores mínimos requeridos, se entenderá como un riesgo financiero para el proyecto por lo que la oferta quedará descalificada.
- El oferente debe ofrecer un profesional responsable que funja como director técnico del proyecto con más de 3 años de experiencia en proyectos de infraestructura similares, además de estar claros que la fiscalización de la obra recae sobre el ingeniero de la UGIV y todos los técnicos que este destine a participar en el proyecto.
- De conformidad con la LGCP la participación de dos o más empresas bajo la figura de consorcio será permitida, a fin de reúnan o completen requisitos del cartel, para lo cual deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, cumpliendo los requisitos solicitados. La Municipalidad únicamente permitirá que una empresa solo pueda participar en un consorcio para un mismo concurso. Requisitos:
- La Oferta deberá cumplir y contener toda la información dentro del pliego de condiciones.
- La Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios. Todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo.
- Uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio. Al socio designado será el medio de comunicación y notificación entre la Municipalidad y el Consorcio.
- En el caso de Adjudicación, la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se hará exclusivamente con el socio designado.
- Adjunto en la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio del Consorcio realizado, firmado por todos los socios y donde también se demuestre el socio que los representará. Esta copia deberá ser autentificada por un notario público.
- Las empresas que participan asociadas en consorcio deberán de cumplir individualmente con los requisitos legales y financieros, además de todos los otros requisitos establecidos en este cartel.
- El Socio de un Consorcio que presente oferta no podrá participar en el presente concurso con una oferta independiente. El Socio de Consorcio que presente oferta tampoco podrá ser Socio de otro Consorcio que igual vaya a presentar ofertas. Ofertas quedaran descalificadas si incumplen esta condición para ambos oferentes.
- Deberán tener presente los oferentes que tendrán que cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 125 incisos d del RLGCP (ofertas en Consorcio).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
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Línea |
Cant. |
Unidad Medida |
Código Identificación SICOP |
Descripción |
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1 |
1 |
Unidad |
7214100192120768 |
Servicio de mantenimiento de carreteras y caminos |
Descripción y Ubicación del Proyecto
Camino 606010 seccion ent camino 6060115 al ent camino 6060051):
Se ubica en el distrito de Naranjito, cantón de Quepos, provincia de Puntarenas.
La intervención vial se desarrolla en el tramo comprendido entre:
- Punto de inicio: Ent.C.6060038) poste #744-001, Asentamiento Savegre.
- Punto final: A fin de camino, finca Concepción).
Las coordenadas geográficas aproximadas bajo el sistema de referencia CRTM05 son:
- Coordenada Este (X): 493020,1
- Coordenada Norte (Y): 1046352,1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO:
Generalidades
- Se realizará una gira técnica al sitio con las empresas interesadas en participar en el cartel (visita de campo), deben presentarse en la oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Quepos; con el fin de que se tenga certeza plena de todos los elementos involucrados en el proceso constructivo, los asuntos tratados en la visita de campo y los elementos presentes en el sitio no deben de alterar el objeto contractual, y cualquier recomendación omisa en el cartel y expuesta en la visita que signifique mejora al proyecto se toma como parte integral del mismo y no como modificación, la idea es que el oferente tenga una perspectiva clara de los detalles que podría encontrar en sitio en el momento de desarrollar obras.
- Las obras se ejecutarán de acuerdo con estas especificaciones y las indicaciones de los profesionales de la UDIV responsables de fiscalizar el proyecto.
- El Contratista deberá suministrar todos los materiales necesarios excepto aquellos que específicamente se indique que serán suministrados por la Municipalidad de Quepos.
- Para evitar que la excavación permanezca demasiado tiempo abierta, o las vías mucho tiempo clausuradas, el Contratista deberá contar con los materiales necesarios con suficiente antelación al inicio de los trabajos.
- La limpieza y el orden en las áreas de trabajo. son una obligación ineludible del Contratista
- Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, Carreteras y Puentes, del manual CR-2010 y del CR-2020, Dirección General de Vialidad, Ministerio de Obras Públicas y Transportes. San José, Costa Rica.
- Normas y Diseños para la Construcción de Carreteras, Dirección General de Viabilidad, Ministerio de Obras Públicas y Transportes, San José, Costa Rica.
- Estas especificaciones se aplicarán en todo aquello que corresponda a los alcances del presente proyecto, tanto en lo que contempla esta contratación, como a lo que quede omiso en la misma.
- El oferente deberá presentar en su oferta el cuadro de cantidades y precios en los respectivos reglones, seguidamente se detalla el cuadro de desglose con el fin que todas las ofertas se presenten de la misma manera. Este apartado orienta al oferente a desglosar lo incluido en su precio y no debe de cargar o compensar precios entre renglones de diferente categoría.
- Los ofertantes deberán presentar el cronograma de ejecución de la obra mediante un diagrama de barra Gantt, en el mismo debe especificarse ruta crítica, tiempo de inicio y el término estimado para cada vía, holgura, asignación de maquinaria principal y avance físico periódico, en un apartado adicional la cantidad en días naturales de duración.
- El adjudicado deberá de realizar planos constructivos del proyecto que incluyan los detalles y dimensiones expuestas en las presentes especificaciones, con objeto de tramitarlo ante el CFIA con su respectivo profesional responsable, por parte de la Municipalidad el profesional responsable como fiscalización será el ingeniero Ricardo Valero , carne CFIA, IC-36904, el costo de este apartado debe ser considerado en los costos administrativos y no como renglón de pago.
- Se determina un plazo mínimo de 10 días y un máximo de 60 días naturales para la realización todas actividades contempladas en el desarrollo total del proyecto. (en la actividad de colocación de la mezcla asfáltica no se podrá realizar en un plazo menor de 2 días, ni trabajar en presencia de lluvia, aunque se tenga material en el sitio). la mezcla asfáltica que pierda la temperatura necesaria para su colocación no se acepta y debe ser regresada, no se utilizará en el proyecto.
- Se realizará una reunión de pre-inicio con el contratista adjudicado donde se realizarán aclaratorias adicionales del proyecto y apertura de bitácora.
- Certificación al día que demuestre que la empresa posee el Seguro Obligatorio de Riesgos de Trabajo, esto con el fin de cumplir con las normas establecidas en el artículo 200 y 203 del Título IV del Código de Trabajo, así como seguros de daños a terceros de la maquinaria a utilizar.
- Para todos los equipos especificados en el punto “EQUIPOS A UTILIZAR DENTREO DE LA OBRA”, deberá aportar COPIA FIEL de los derechos de circulación y RTV al día (solo la barredora autopropulsada no debe presentar el derecho de circulación y RTV). Dichos equipos deberán cumplir con los requerimientos técnicos (pesos, potencias, características especiales, etc.) exigidos en “EQUIPOS A UTILIZAR DENTREO DE LA OBRA”. Se debe indicar expresamente cual será la maquinaria por utilizar en el proyecto, mediante un cuadro o tabla, con la descripción y características técnicas solicitadas, si la maquinaria es alquilada deberán incluir los contratos de arrendamiento. Este punto se recomienda considerar como requisito de admisibilidad.
- La oferta debe incluir, la ficha técnica o similar de la pavimentadora a utilizar, donde incluya las características técnicas del equipo y se indique la capacidad transversal (ancho de pavimentación) máxima y mínima de colocación.
- Además, en la reunión de pre-inicio el adjudicado deberá presentar una declaración jurada donde se exonere de responsabilidad al contratante sobre costos generados por alimentación, alojamiento u otros por parte del personal de la empresa adjudicado.
- Certificación al día que demuestre que la empresa posee el Seguro Obligatorio de Riesgos de Trabajo, esto con el fin de cumplir con las normas establecidas en el artículo 200 y 203 del Título IV del Código de Trabajo, así como seguros de daños a terceros de la maquinaria a utilizar.
- No se reconocerá remuneración por causa de mal tiempo (tiempo perdido), fallas mecánicas u otra condición ajena a la administración. Para ello se podrá ampliar el plazo de ejecución, siempre y cuando se justifique adecuadamente y existan las autorizaciones respectivas.
- El contratista deberá proveer TODOS LOS MATERIALES, maquinaria, personal, equipo y herramientas necesarios, en buen estado y de buena calidad.
- La limpieza y el orden en las áreas de trabajo son obligación ineludible del Contratista durante el proceso de ejecución y posteriormente en el momento del proyecto.
- Es responsabilidad exclusiva del contratista ejecutar las acciones necesarias para asegurar un adecuado control del polvo en obra.
- Será responsabilidad del contratista la protección de los trabajos en sitio, protección de los vehículos y peatones, así como los daños provocados durante las operaciones del proyecto. El contratista es responsable por toda pérdida que se genere producto de los trabajos en sitio.
- Será responsabilidad del contratista coordinar acciones con instituciones proveedoras de servicios básicos (AYA, ICE, o empresas de servicios locales) en caso de requerir movimientos de elementos de servicios básicos o posibles reparaciones.
- El contratista deberá realizar el señalamiento temporal de trabajos en la vía (control del tránsito), así como señalamiento de desvíos provisionales de rutas alternas o dentro de la propia ruta a intervenir de ser necesario. Además, el señalamiento debe ser retirado una vez concluido los trabajos. Es por esto que el contratista debe presentar un plan de manejo de tránsito para ser debidamente aprobado por la administración.
- El oferente deberá presentar junto con la oferta, la garantía de participación.
- Queda a criterio de la administración la adjudicación total o parcial de la contratación, sin embargo, por la naturaleza del proyecto se recomienda adjudicar todas las líneas completas al mismo oferente.
- La UDIV comunicará por escrito al adjudicatario la orden de inicio, después de recibida la comunicación de que el contrato está debidamente realizado y refrendado por el departamento legal del municipio. Para esto el contratista deberá estar en la capacidad de iniciar los trabajos 15 días hábiles después girada la orden de inicio, en caso de no ingresar a laborar en el proyecto en el plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a la fecha indicada en la orden de inicio el contratante podrá rescindir el contrato sin ninguna responsabilidad y el contratista acarreará con los eventuales perjuicios materiales y morales que se le causen a la Institución o a terceros.
- El contratista deberá presentar la solicitud de desembolso por escrito, así como un informe donde se indique todos los trabajos efectuados con fotos de las actividades realizadas que justifiquen el pago solicitado. Este informe es indispensable para el pago de los servicios, además de la inspección final donde se garantice que las obras fueron construidas a plena satisfacción de la UDIV y las directrices aquí destacadas. Para este proyecto se pueden considerar avances de pago o un solo pago al final de las obras, debidamente ejecutadas y aprobadas por esta UDIV (Recibidas a entera satisfacción en concordancia con lo tramitado y objetivo del proyecto).
- El proyecto estará supervisado por la UDIV y las recomendaciones que se giren por esta unidad para beneficio del proyecto, deberán ser acatadas y ejecutadas dentro del alcance del proyecto, sin que esto signifique trabajos adicionales sobre el objeto de esta contratación.
- Una vez determinado que las ofertas cumplen con los aspectos legales, financieros y técnicos y que son admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta según los factores de evaluación descritos en el apartado siguiente.
- Para todos los equipos especificados a utilizar dentro de la obra, deberá aportar COPIA FIEL de los derechos de circulación y RTV al día. Dichos equipos deberán cumplir con los requerimientos técnicos (pesos, potencias, características especiales, etc.).
- Los equipos que se deben utilizar para la ejecución del proyecto son los siguientes.
Equipo de Acarreo (Al menos 5 Vagonetas de Volteo o Trailetas).
1 pavimentador Bituminoso (finisher), acabadora de asfalto (Con lectores láser de la línea de colocación o equipo externo que facilite un acabado aceptable).
1 distribuidor de Asfalto con sensor de punto de riego automático con capacidad mínima de 2000 Gal.
1 compactador de llanta de hule.
1 compactador de rodillo vibratorio (mínimo 10 T).
1 compactador de suelos (mínimo 10 T).
1 barredora automatizada (50kW).
1 motoniveladora (125-145 kW o superior).
1 Back-Hoe (55kW o superior).
1 excavadora de 14 ton o superior.
Tanque de agua móvil.
Se debe indicar expresamente cual será la maquinaria por utilizar en el proyecto, mediante un cuadro o tabla, con la descripción y características técnicas solicitadas, si la maquinaria es alquilada deberán incluir los contratos de arrendamiento
Personal mínimo de la obra y requisitos de experiencia
Director Técnico
Director Técnico con al menos tres años de experiencia profesional en construcción de obras viales tales como: construcción de pavimentos flexibles, construcción de tratamientos superficiales bituminosos y construcción de pavimentos rígidos. El profesional deberá visitar el sitio del proyecto al menos una (1) vez a la semana y consignar sus visitas en la bitácora del CFIA.
Superintendente
El Superintendente deberá permanecer a tiempo completo en el sitio de las obras e informar al director técnico de cualquier problema identificado en la ejecución de las obras.
Ingeniero Topógrafo
Ingeniero topógrafo con experiencia mínima de dos (2) años en levantamiento de detalles y establecimiento de niveles en obras viales. Este profesional deberá consignar las actividades realizadas en la bitácora del CFIA y deberá tener presencia casi permanente en el sitio del proyecto. Máxime cada vez que se requiera realizar (o revisar) un establecimiento de niveles o referencias.
Otras indicaciones
Personal como operarios, ayudantes y peones serán reclutados por el contratista, siendo el único que actuará en calidad de patrono y cumplirá con todas las disposiciones legales y reglamentarias en lo que a materia laboral se refiere y que estén vigentes en Costa Rica, liberando de esta responsabilidad a la Municipalidad de Quepos. Debido a lo cual dicho personal deberá estar bajo relación laboral con el contratista.
Todo el personal del contratista deberá comportarse de acuerdo con las buenas costumbres y mostrando respeto por vecinos y transeúntes. Se consideran inaceptables episodios de violencia o acaso sexual en contra de mujeres y personas en general que transiten por la zona del proyecto.
No se permitirá consumir bebidas alcohólicas o drogas dentro del sitio del proyecto.
El contratista procurará brindar opciones de trabajo a personas de las comunidades vecinas al proyecto, esto con el objetivo de dinamizar la economía en la zona y otorgar oportunidades de empleo.
La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar la sustitución de cualquier funcionario del contratista en caso de que se considere que se incumple con lo indicado en este apartado.
Topografía para la Construcción
Descripción
Este apartado incluye el suministro del personal calificado, equipo y material necesarios para la ejecución de la topografía, colocación de estacas, cálculo y registro de los datos para el control del trabajo.
El personal, equipo y material deberán conformarse a las siguientes condiciones:
-Personal. Deberán usarse cuadrillas de topografía técnicamente calificadas, capaces de realizar el trabajo en el tiempo previsto y con la debida precisión. Mientras esté en ejecución la labor de topografía, deberá mantenerse en el proyecto un supervisor de cuadrillas debidamente calificadas.
-Equipo. Deberán usarse instrumentos y equipo de soporte aptos para alcanzar las tolerancias especificadas.
-Material. Deberán proporcionarse herramientas, suministros y estacas del tipo y calidad normalmente usados en trabajos de topografía y apropiados para el uso específico propuesto. Las estacas deberán ser de suficiente longitud para obtener un empotramiento firme en el terreno, con suficiente largo sobre la superficie para efectuar las anotaciones necesarias de manera legible.
Requerimientos para la construcción.
El oferente debe presentar a la administración todo lo relevante al levantamiento topográfico donde se garantice los bombeos, peraltes y la continuidad fluvial en los sistemas de drenaje, por lo que antes de iniciar la topografía, debe discutirse y coordinarse con el Contratante lo siguiente:
-Métodos topográficos y de estacado.
-Anotaciones que se inscribirán en las estacas.
-Control de la gradiente en las diferentes capas de materiales.
-Puntos de referencia.
-Control de estructuras existentes.
-Cualesquiera otros procedimientos y controles necesarios para el trabajo.
La topografía y los controles que se establezcan deberán estar dentro de las tolerancias mostradas en la Tabla 152-1.
Las anotaciones de campo deberán realizarse en el formulario aprobado por el Contratante. Las anotaciones topográficas de campo deben remitirse a la oficina del proyecto al menos una vez a la semana. Asimismo, deben elaborarse los datos necesarios para fundamentar las cantidades de pago. Todas las anotaciones de campo y la documentación de soporte son propiedad del Contratante hasta la conclusión del proyecto.
Requerimientos de la topografía.
- Puntos de Control. El Contratista debe relocalizar los puntos de control iniciales, tanto horizontales como verticales, que estén en conflicto con la construcción, trasladándolos a áreas que no serán perturbadas por las operaciones de construcción. El Contratante debe suministrarle las coordenadas y las elevaciones de los puntos que serán relocalizados, antes de que los puntos iniciales sean eliminados.
- Secciones transversales. Las secciones transversales deben ser tomadas normalmente en la línea de centro. El espaciamiento de las secciones transversales en la línea de centro no debe exceder 20 metros. Deben tomarse secciones transversales adicionales en los quiebres topográficos y en los cambios de la sección típica. Para cada sección transversal deben medirse y registrarse todos los quiebres topográficos, al menos cada 5 metros. Deben medirse y registrarse puntos al menos en las pendientes anticipadas y puntos de referencia. Todas las distancias entre las secciones transversales deben reducirse a distancias horizontales de la línea de centro.
- Estacas de talud y referencias. Las estacas de talud y las de referencia deben colocarse a ambos lados de la línea de centro, en las mismas ubicaciones de las secciones transversales. Las estacas de talud deben colocarse como el punto real de intersección de la gradiente de diseño de la carretera con la línea del terreno natural. Las referencias de las estacas de talud deben ubicarse fuera de los límites la limpieza del terreno. Toda la información de los puntos de referencia y de las estacas de talud debe anotarse en las estacas de referencia. Cuando se suministren puntos de referencia iniciales, las estacas de talud deben ser establecidas con base en esos puntos, con la respectiva verificación de la ubicación de las éstas respecto a medidas de campo. El Contratista debe reponer las estacas de talud de cualquier sección que no estén acordes con las tolerancias establecidas en la Tabla 152-1. Deben tomarse los datos de las secciones transversales de la vía entre la línea de centro y la nueva estaca de hayan dado puntos de referencia iniciales.
- Límites de la limpieza, chápea y destronque. Los límites de limpieza, chápea y destronque deben señalarse a ambos lados de la línea de centro, en las ubicaciones de las secciones transversales de la vía.
- Remarcación de la línea de centro. La línea de centro debe marcarse con instrumento desde los puntos de control. El espaciamiento entre los puntos de la línea de centro no debe de exceder 20 metros. La línea de centro debe ser restablecida tantas veces como sea necesario para la construcción de la obra.
- Estacas de acabado. Las estacas de acabado deben colocarse de conformidad con las elevaciones de la gradiente y el alineamiento horizontal, en la línea de centro y en cada espaldón de la carretera, en los mismos sitios en que fueron tomadas las secciones transversales. Estas estacas deben señalar el nivel superior de la subrasante y el de cada una de las capas de agregados.
Cuando se construyan áreas de giro, las estacas se colocarán en la línea de centro, sobre cada uno de los espaldones normales de la vía, y en el espaldón del área de giro. En áreas de parqueo, las estacas deben colocarse en el centro y a lo largo de los bordes del área. Deben colocarse estacas en todas las cunetas que serán revestidas.
El espaciamiento máximo entre estacas en cualquier dirección es de 20 metros. Deben usarse estacas de referencia para cada una las estacas de trabajo. Las estacas de acabado deben restablecerse tantas veces como sea necesario durante la construcción de la subrasante y de cada una de las capas de agregado.
- Estructuras de drenaje. Deben colocarse estacas en las estructuras de drenaje para que se ajusten a las condiciones del campo.
- Puentes. Deben establecerse puntos de control vertical y horizontal, así como referencias adecuadas, para todos los componentes de la subestructura y superestructura de los puentes. Se demarcarán y colocarán referencias para la cuerda o tangente del puente, así como para las líneas de centro de curvas, bastiones y pilas.
- Muros de retención. Se anotarán las mediciones del perfil a lo largo de la cara del muro propuesto y a 2 (dos) metros frente de la superficie de éste. Cada 5 (cinco) metros, a lo largo de la longitud del muro y en todos los quiebres mayores del terreno, se tomarán secciones transversales dentro de los límites designados por el contratante. Para cada sección transversal, se medirán y registrarán puntos cada 5 (cinco) metros, así como para todos los quiebres del terreno. Se establecerán referencias adecuadas y puntos de control horizontal y vertical.
- Sitios de préstamo. Se establecerán claramente el estado inicial y los datos topográficos necesarios para la posterior medición del sitio de préstamo. Se demarcarán una línea base referenciada, los linderos del sitio y los límites de la limpieza y desbosque. Se medirán y registrarán secciones transversales iniciales y finales.
- Monumentos permanentes y mojones. Se efectuarán todas las mediciones y estacados necesarios para registrar los monumentos permanentes y mojones. Se registrarán los monumentos permanentes de acuerdo con la Sección 621.
- Topografía miscelánea y estacado. Se efectuarán todas las mediciones topográficas, estacados y registro de datos esenciales para establecer los esquemas, control y medición de los siguientes elementos, cuando sea aplicable:
-Capa de suelo vegetal que debe removerse.
-Desperdicios.
-Caminos de acceso.
-Cunetas especiales.
-Enzacatados.
- Mediciones topográficas intermedias y colocación de estacas. Deben llevarse a cabo todas las mediciones, estacados, registro de datos y cálculos necesarios para construir el proyecto, conforme al esquema básico y a los controles establecidos en los puntos (a) al (l) arriba enumerados. Debe realizarse la topografía y el estacado adicionales, según sea necesario, para la ejecución de algunos renglones de trabajo individuales. Debe hacerse una nueva medición de las cantidades correspondientes a excavaciones realizadas en la calzada, si se determina que una porción del trabajo es aceptable pero no se ha terminado en conformidad con las líneas, en lo establecidas por el Contratante.
Tabla 152-1
Tolerancias en las Mediciones para la Construcción y el Estacado
Fase del estacado Horizontal Vertical
|
Fase del estacado |
Horizontal |
Vertical |
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Puntos de control |
1:10 000 |
± 5 mm |
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Puntos de la línea de centro (1) (PC), (PT), (POT), y (POC), incluyendo las referencias |
1:5 000 |
± 10 mm |
|
Otros puntos de la línea de centro |
± 50 mm |
± 100 mm |
|
Puntos de las secciones transversales y estacas de talud (2) |
± 50 mm |
± 100 mm |
|
Referencias de las estacas de talud (2) |
± 50 mm |
± 20 mm |
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Estructuras de alcantarillas, cunetas y drenaje menor |
± 50 mm |
± 20 mm |
|
Muros de retención |
± 20 mm |
± 10 mm |
|
Subestructura de puentes |
1:5 000 NTE (3) ± 20 mm |
± 10 mm |
|
Superestructura de puentes |
1:5 000 NTE (3) ± 20 mm |
± 10 mm |
|
Límites de limpieza y desbosque |
± 500 mm |
± 10 mm |
|
Estacas de acabado de la subrasante de la carretera |
± 50 mm |
± 10 mm |
|
Estacas de acabado de la rasante de la carretera |
± 50 mm |
± 10 mm |
Nota (1) PC – Puntos de la línea de centro, PT – Punto de curva, POT – Punto de tangente, POC – Punto en la curva.
Nota (2) Tomar las secciones transversales normales a la línea de centro ±1 grado.
Nota (3) No exceder.
Aceptación
Las mediciones topográficas de la construcción y el estaqueado se realizarán de conformidad con las Subsecciones 107.02 y 107.04.
Medición.
El Contratante colocará las estacas iniciales en el terreno, para establecer alineamientos, taludes y perfiles de rasantes, así como líneas de referencia y puntos de cota fija en las obras de puentes, alcantarillas, estructuras e instalaciones protectoras y accesorias que estime necesarias, y proporcionará al Contratista toda la información relativa al alineamiento, taludes y rasantes. Las estacas y marcas constituirán el control en el terreno a partir de las cuales el Contratista deberá establecer otros controles necesarios y ejecutar el trabajo.
Se entenderá que las líneas de referencia y gradientes que establezca el ingeniero para la vía, puentes, alcantarillas, protecciones y estructuras accesorias, serán solamente las necesarias como puntos de control, y el Contratista tendrá que establecer todas las otras líneas, puntos, gradientes y marcas necesarias para la ejecución del trabajo.
El Contratista será responsable de la conservación de todas las estacas y marcas. Cuando las estacas o marcas iniciales de construcción colocadas por la Administración, sean descuidadas, destruidas o alteradas por el Contratista, y su sustitución se considere necesaria para la continuación del trabajo, el costo que le origine a la Administración reponerlas será cargado al Contratista y le será descontado de los pagos por concepto de estimación de obra.
En el caso de que haya renglón de pago en el contrato para la actividad de topografía, el estacado de construcción, de puentes y de muros de retención se medirá con base en una suma global. Las estacas de talud, referencias y de demarcación de limpieza, chapeo y destronque se medirán por kilómetro. Caso contrario, el Contratista debe hacerlo por su cuenta, considerándose obligación subsidiaria de todos los renglones de pago del contrato.
El restablecimiento de la línea de centro se medirá por kilómetro, y se llevará a cabo una sola vez. La topografía y estacas para las estructuras de drenaje se medirán por unidad.
Las estacas de acabado de la rasante se medirán por kilómetro solo una vez, tanto para la subrasante, como para cada una de las capas de agregados. Los monumentos permanentes y los mojones se medirán por unidad.
La topografía y el estacado misceláneos se medirán por hora de cuadrilla, conforme al trabajo ordenado, o por suma global. El tamaño mínimo de la cuadrilla será de 2 personas. No debe tomarse en cuenta el tiempo gastado en preparativos, viaje a y del sitio del proyecto, ejecución de los cálculos, dibujo de las secciones transversales y otros datos, procesamiento de los datos en computadora y otras labores necesarias para ejecutar con éxito la topografía de construcción y el estacado. La topografía y el estaqueado intermedio no deben medirse para efectos de pago.
Pago
El monto asociado al servicio de topografía será incluido entre las líneas de la contratación requeridas. Por tanto, no se deberá cotizar un monto específico para esta actividad.
Movimiento de Tierras
Reacondicionamiento de la Plataforma.
Esta actividad en lo atinente deberá apegarse a lo establecido en la sección 303 del Manual CR-2020, denominada REACONDICIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA. El renglón de pago utilizado para esta actividad será el CR.303.01.
Estructura de Pavimento
Base granular (Grad. C)
Esta actividad en lo atinente deberá apegarse a lo establecido en la sección 301 del Manual CR-2020, denominada SUBBASES Y BASES GRANULARES. La base granular será de graduación C. La medición se realizará por metros cúbicos (m3), en sitio una vez conformado, compactado y acabado, de acuerdo con la estructura de pavimento indicada en la sección típica de diseño, con el espesor en sitio, o bien, verificando por topografía por secciones transversales cada una de las capas de subbase o base granular aprobadas según la Subsección 301.05 Aceptación. No se pagarán volúmenes por sobreespesor, si existieran. El renglón de pago utilizado para esta actividad será el CR.301.02.
Carpeta asfáltica
Esta actividad en lo atinente deberá apegarse a lo establecido en la sección 405 del Manual CR-2020, denominada SUMINISTRO, COLOCACIÓN Y COMPACTACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE. El método de diseño utilizado será Marshall, en apego a la sección 401. Como insumo para el diseño de la mezcla, se deberá considerar un tránsito liviano (Tabla 401-02), para una mezcla tipo AB (Tabla 401-04). El tamaño máximo nominal del agregado deberá ser 12,5 mm. El renglón de pago utilizado para esta actividad será el CR.405.02.
Drenaje Longitudinal
Cuneta revestida
Esta actividad en lo atinente deberá apegarse a lo establecido en la sección 608 del Manual CR-2020, denominada CONSTRUCCIÓN, PREPARACIÓN DE ZANJAS Y REVESTIMIENTO DE CANALES, CUNETAS Y CONTRACUNETAS, específicamente a la subsección 608.03.
El renglón de pago utilizado para esta actividad será el CR.608.02.
Se debe contemplar un mínimo de 15 cm de espesor para cama o "agregado para relleno granular", 703.03 Agregado para relleno granular (b).
Sistemas de alcantarillado
Esta actividad en lo atinente deberá apegarse a lo establecido en la sección 602 del Manual CR-2020, denominada SISTEMAS DE ALCANTARILLADO.
Para el caso de la tubería longitudinal, el tipo de tubería será C14. Para el caso de la tubería transversal, deberá ser C76, Clase III.
Obras de Arte (Construcción de cabezales)
Las obras de arte deberán ejecutarse siguiendo lo establecido en planos o en el documento Normas y Diseños del MOPT. Las estructuras serán de concreto simple. El concreto será clase A y deberá cumplir con las especificaciones técnicas del Manual CR-2020.
Señalización
Señalización Horizontal Permanente
Especificaciones pintura para demarcación horizontal
Este trabajo consistirá en el suministro, almacenamiento, transporte de pintura termoplástica, para líneas y marcas viales sobre el pavimento.
El proyecto se debe realizar con pintura termoplástica, de secado rápido para demarcación de carreteras, debe cumplir con las pruebas descritas en las Normas del Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO) y con las especificaciones ASTM y todo lo especificado en el CR210.
634.08 Señales termoplásticas (Tipo H e I). Cuando se apliquen señales termoplásticas sobre pavimento de concreto de cemento Portland o pavimentos de asfalto, se debe usar un sellador de resina epóxica de acuerdo con las recomendaciones del fabricante del termoplástico. El sellador debe secarse completamente. Se debe aplicar el termoplástico cuando las temperaturas del pavimento y del aire sean superiores a 10 °C. Se debe rociar o extruir el termoplástico a una temperatura de 220 ± 3 °C. Para las líneas de centro y las de carriles, se debe rociar o extruir 2,3 milímetros de espesor mínimo seco o una tasa de riego de 0,44 metros cuadrados por litro. Para las líneas de borde, se deben aplicar 1,5 milímetros de espesor seco mínimo o una tasa de 0,66 metros cuadrados por litro. (a) Tipo H. Se deben aplicar inmediatamente las esferas de vidrio tipo 1 sobre el termoplástico a una tasa mínima de riego de 0,59 kilogramos por metro cuadrado. (b) Tipo I. Se usarán dos dispensadores de esferas. Se deben aplicar las esferas tipo 5 sobre el termoplástico a una tasa mínima de riego de 0,59 kilogramos por metro cuadrado, inmediatamente seguida de una aplicación de esferas tipo 1 con una tasa de 0,59 kilogramos por metro cuadrado. La resistencia mínima de adherencia del termoplástico sobre pavimentos de cemento Portland, debe ser 1,2 Mega pascales.
Especificación estándar para Material Reflectivo Termoplástico Aplicado en Caliente, en colores Blanco, Amarillo y Negro
Esta especificación cumple con la especificación AASHTO M249-79 referente a material termoplástico. En adición, esta especificación contiene provisiones para aplicación y desempeño.
Sistema de resina:
Material alquídico proveerá de mejor desempeño desde los siguientes puntos de vista:
(1) Resistencia a manchas, (2) durabilidad, (3) resistencia a cuarteaduras, (4) fuerza de adherencia, (5) reflectividad, (6) efectividad en costo.
El material en resina de hidrocarbono también tendrá un desempeño aceptable.
Métodos de aplicación:
- Extrusión proveerá del desempeño más durable.
- Spray proveerá de un excelente desempeño si se aplica y monitorea su espesor de manera adecuada.
- Extrusión por listón o cinta suspendida tendrá un buen desempeño si se aplica cuando la temperatura del aire excede los 19°C.
CLASIFICACIÓN.
El material termoplástico deberá ser compuesto homogéneamente por pigmento, compuestos de relleno, resinas y micro esferas de vidrio.
El material termoplástico deberá estar disponible en colores blanco, amarillo y negro.
MATERIALES
La resina solida deberá ser alquídica o a base de hidrocarbono. Las propiedades físicas y químicas contenidas en esta especificación deberán ser respetadas no importando la resina utilizada. El material una vez fundido y calentado hasta la temperatura de aplicación, no deberá emitir humos tóxicos o peligrosos hacia personas o propiedades. El pigmento, micro esferas y materiales de llenado deberán estar disperses adecuadamente en la resina.
Micro esferas de vidrio – Las micro esferas deberán ser no recubiertas y conforme a la especificación AASHTO M247-81 Tipo1.
REQUERIMIENTOS DE LA MEZCLA DE TERMOPLÁSTICO
Gravedad Específica – La gravedad específica del material termoplástico no deberá exceder 2.15.
Composición – El pigmento, las micro esferas y los materiales de rellenado deberán ser disperses uniformemente dentro de la resina. El material deberá de estar libre de suciedad y objetos no relacionados con éste y deberá cumplir estrictamente con los requerimientos de la siguiente Tabla:
TABLA 1. COMPOSICIÓN (Porcentaje por peso)
Nota (a): Cantidad de pigmentos Amarillo y negro, carbonato de cálico y relleno inerte debe ser de acuerdo a lo que determine el fabricante, proporcionando los demás requerimientos para cumplir con la especificación.
Nota (b): La resina alquídica deberá consistir de una mezcla de resinas sintéticas, de las cuales al menos una deberá ser sólida a temperatura ambiente, y plastificantes de alto punto de ebullición. Al menos un tercio de la composición de resinas deberá ser una resina solida de glicerol ester maleica modificada y no deberá tener menos de 8% en peso de la formulación completa. La resina no podrá tener resinas provenientes de productos del petróleo.
Características Físicas
Color – El material termoplástico después de ser calentado por 4 horas ± 5 min. A 425 ± 3F. (218 ± 2C) bajo agitación deberá cumplir con lo siguiente:
Blanco: Reflectividad a luz del día de 45 grados, 0 grados-75% mínimo. Amarillo: Reflectividad a luz del día a 45 grados, 0 grados-45 % mínimo.
Amarillo: Para uso en carreteras, el color Amarillo deberá cumplir con el estándar federal de pruebas Número 595 - Color 13538 (Pruebas llevadas a cabo a 77F)
Tiempo de fraguado – Cuando se aplique material a un rango de temperaturas de 412.5±12.5F (211±7C) y un espesor de 60 mils to 185 mils (l.5mm to 4.7mm) el material deberá fraguar en no más de 2 minutos para tráfico ligero cuando las temperaturas del aire y carretera sean de 50 ± 3F. (10 ± 2C) y no más de 10 minutos cuando las mismas temperaturas sean de 90 ± 3F. (32 ± 2C).
Fuerza de Adhesión – Después de calentado el termoplástico por 4 horas ±5 min. a 425F (218C),la fuerza de adherencia en pavimentos de concreto excederá las 180psi (1.24MPa), (Método ASTM D4796-88).
Resistencia a fractura a Bajas Temperaturas – Después de calentado el termoplástico por 4 horas ± 5 min. A 425 ± 3F.(218 ± 2C), aplicándose a bloques de concreto y enfriando a 15±3F (9.4±l.7C), el material no deberá presentar agrietamiento.
Resistencia al Impacto – Después de calentar el termoplástico por 4 horas ± 5 min. a 425 ± 3F(218 +± 2C) y una vez teniendo probetas para prueba, la resistencia al impacto deberá ser por lo menos 1.13J.
Punto de ablandamiento – Una vez caliente el termoplástico por 4 horas ± 5 min. a 425 ± 3F (218 ± 2C) y efectuado pruebas de acuerdo con la ASTM D36, los materiales deberán tener un punto de ablandamiento de 215 ± 15F (102.5 ± 9.5C).
Fluidez – Una vez calentado el material termoplástico por 4 horas ±5 min. A 425±3F (218±2C) y probada su fluidez, el material termoplástico blanco deberá tener un porcentaje mínimo de residuos de 18% y el material termoplástico amarillo deberá tenerlo de 21%.
Indíce de Amarillez – El material termoplástico no deberá exceder un índice de 0.15.
Fluidez – Calentamiento extendido – Después de calendar y revolver el material por 8.5 horas a 425±3F (218±2C) y probada su fluidez, el material termoplástico deberá tener un porcentaje de residuos máximo de 28%.
Punto de Destello – El material termoplástico deberá tener un punto de destello no menor de 475F (246C) cuando sea probado de acuerdo al ASTM D92.
Vida útil del material – El material deberá cumplir con los requerimientos de la especificación por un periodo de un año. El material deberá de derretir uniformemente sin evidencia de material residual o partículas sin derretir por el mismo periodo de un año. Cualquier material que no cumpla con estos requerimientos deberá de ser repuesto por el fabricante.
PROPIEDADES DE APLICACIÓN.
El material termoplástico deberá ser aplicado al pavimento a una temperatura de 400 - 440F (204226C) por medio de un equipo aprobado para producir una línea por el método seleccionado, de manera continua, espesor y ancho indicados.
El material no deberá de emitir humos tóxicos o dañinos a las personas o propiedades durante su aplicación. El fabricante deberá de proporcionar hojas de seguridad de su producto.
La aplicación de la micro esfera de vidrio por método de gravedad o por spray deberá ser en un rango uniforme de 10 libras (4.53 kg) de micro esferas de vidrio por cada 100 ft2. (9.29m2) de línea. Las micro esferas de vidrio deberá de cumplir con la norma AASHTO M 247-81 (1986) tipo 1 a excepción de las micro esferas que se especifiquen resistentes a la humedad, un máximo de 5% deberá pasar por la malla #80; las micro esferas deberá de tener un mínimo del 70% de redondez y 80% con respecto al total. (Método de prueba M 47-81).
El material cuando sea conformado en líneas de tráfico, deberá de ser renovable únicamente aplicando una línea de material nuevo directamente sobre la existente del mismo material. Este Nuevo material deberá adherirse por sí mismo al existente de manera que no existan derrames o separaciones.
EMPAQUE Y MARCADO.
El material termoplástico deberá ser empacado en bolsas en donde no se adhiera en producto mientras su manejo, transporte y almacenamiento. Las bolsas deberán de contener un peso aproximado de50lbs (23kg). Cada bolsa deberá de indicar el color, la resina, el tipo de aplicación, información del usuario, nombre y dirección del fabricante, número de lote y fecha de elaboración. Cada lote deberá de tener un número por separado. La bolsa deberá de indicar que el material deberá de ser calentado en un rango de temperatura de 400-440F (204-226 C).
El contratista asumirá todos los costos del uso de materiales patentados, equipos, artefactos y procesos usados para usarse e incorporarse a las actividades; está de acuerdo de indemnizar y eliminar riesgos al comprador y sus representantes de cualquier acción legal o de cualquier naturaleza, ara o en cuenta de cualquier material patentado, equipo, artefacto o proceso.
METODOS DE MUESTREO Y PRUEBAS
El tamaño mínimo de lote de material termoplástico para ser probado deberá ser no menor a 2000 lbs (907kg) a menos de que la orden sea menor en volumen. Una pequeña muestra de lote deberá ser realizada previo a la colocación del termoplástico para asegurar de que el producto terminado cumplirá con los requerimientos de la especificación.
El material deberá ser probado de acuerdo con la AASHTO M249 & T250 con su método de pruebas de acuerdo a la localidad o a la designación del ASTM.
CARACTERISTICAS DE DESEMPEÑO Y APLICACION DEL MATERIAL TERMOPLASTICO.
El material termoplástico no se debe de deteriorar por el contacto de cloruro de sodio, cloruro de calcio y otros químicos utilizados para prevenir el hielo en carreteras o por el contenido de petróleo en los materiales de pavimento o por derrames de petróleo ocurridos en las carreteras.
Aplicación – El material deberá de ser aplicado al pavimento por el método de: extrusión en donde en un lado del dado se encuentre el pavimento y sus demás lados contengan de equipo de calentado y control de flujo del material; por un dado de extrusión suspendida teniendo un control de cuatro lados del flujo y forma del material; o, por aplicación en spray.
Equipo –El equipo a utilizar para la aplicación del material termoplástico deberá ser construido para proveer de calentamiento continuo y uniforme a temperaturas que excedan los 400F (204C), mezclando y agitando el material. Las partes del equipo que realicen transportación de material desde sus depósitos hasta dispositivos de dosificación deberán de prevenir acumulaciones y obstrucciones. Todas las partes del equipo que puedan estar en contacto con el material deberán ser fabricadas para fácil accesibilidad a las mismas y para proporcionarle de limpieza y mantenimiento de manera sencilla y adecuada. El equipo deberá de operar de manera en que todas las partes de mezclado de transportación interna incluyendo sus dispositivos de dosificación, mantengan la temperatura requerida por el material. El equipo deberá de proveer diferentes opciones para la medida del ancho de la línea dependiendo de la necesidad de proyecto.
Tel equipo de aplicación deberá de ser maniobrable y móvil de manera que líneas rectas puedan ser logradas, pero también líneas curves que nos permitan realizar un arco perfecto.
Las micro esferas de vidrio a ser aplicadas en la superficie de una línea deberán de ser aplicadas por un dispensador automático adherido a la máquina de aplicación, de manera de que las micro esferas sean aplicadas cerca de la línea recién aplicada. El dispensador de micro esferas deberá de estar equipado con un dispositivo controlador de flujo que trabaje de manera sincronizada con el dispositivo aplicador de termoplástico, a efecto de que una vez deteniéndose la aplicación de termoplástico, se detenga la aplicación de micro esferas.
Una caldera especial deberá de ser provista para derretir el material uniformemente y calendar el mismo hasta la temperatura adecuada. La caldera deberá de contar con un control de temperatura automático y un termómetro para control de temperaturas y para proveer de sobrecalentamiento y abrasión del material. La caldera de calentamiento y el equipo de aplicación deberán de cumplir con los requerimientos de ley correspondientes.
Técnicas de Aplicación – Las líneas aplicadas deberán estar bien definidas en sus bordes. El contratista deberá de limpiar la superficie de suciedad, grasa y compuestos de curado de concreto, utilizando métodos apropiados y aprobados por la inspección de proyecto.
Un sellador de tipo primario es recomendado por el fabricante del material termoplástico cuando el material se aplique en pavimentos de concreto tipo Portland, y si es recomendado por el fabricante en otro tipo de superficies previo a la aplicación del termoplástico. El sellador de tipo primario deberá ser libre de solvente y agua antes de ser aplicado.
Para asegurar adhesión optima, el material termoplástico deberá ser instalado en estado de material derretido a una temperatura de400 a 440F (204 -226C)
Líneas longitudinales deberán ser compensadas al menos por 2 pulgadas (5cm) de las juntas de construcción en pavimentos de concreto o en pavimentos de concreto bituminoso.
Los materiales termoplásticos no deberán de ser aplicados por método de extrusión cuando la temperatura del pavimento sea menor a 50F (10C), por método de spray cuando la temperatura sea menor a 55F (13C), o cuando la superficie presente evidencia de humedad. Si el termoplástico no es aplicado por método de extrusión o spray, el material termoplástico no deberá de ser aplicado cuando la temperatura del aire sea menor a los 65F.
Garantía - El material termoplástico suministrado y aplicado por el contratista bajo su especificación deberá de ser garantizado para cualquier falla debida a instalación inadecuada debida a una baja adherencia resultante de materiales o métodos de aplicación defectuosos.
Demarcación de cordón y caño.
La demarcación de color amarillo en cordón y caño se hará de acuerdo a las especiaciones del CR-2020. SECCIÓN 634 DEMARCACIÓN VIAL HORIZONTAL 634.01 Descripción y alcances Esta sección se refiere al suministro, colocación, control y verificación de la calidad de los materiales a utilizar en la actividad de la demarcación vial horizontal.
Especificaciones especiales demarcación vertical
Este trabajo deberá consistir en el suministro, almacenamiento, transporte de señales de tránsito. El diseño de las señales verticales, los mensajes y los colores deberán estar de acuerdo con en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2000).
Las señales verticales deberán ser durables, resistentes a la abrasión, retroreflectivas, diseñadas para su aplicación sobre las superficies de vías de asfalto o de concreto. Deberán ser resistentes a químicos, agua y rayos UV y proporcionar una visibilidad nocturna altamente efectiva a largo plazo.
Las señales deberán confeccionarse con papel retrorreflectivo alta intensidad prismático. Este material, debe cumplir con la tabla 5 tipo IV y tabla 4 tipo III de la norma ASTM-D4956-09, las señales deben ser tamaño estándar de acuerdo al Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el control del Tránsito. El contratista deberá garantizar una durabilidad de 10 años sobre el señalamiento vertical.
Paneles de las señales verticales
El material debe ser una lámina de hierro galvanizado liso con un espesor de 1/16 pulgada o bien 1,6 mm, para señales de dimensiones mínimas (61 cm de ancho) y de 2 mm, para señales de tamaño estándar (76,2 cm de ancho), con acabado galvanizado por inmersión en caliente o electrolítica, grado de recubrimiento G 60.
El tamaño de las señales es el establecido como "MÍNIMA" en los Anexos C y D del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2000. Si no se encuentra esta denominación, es porque el tamaño es único o porque tiene una dimensión “Estándar”).
Las piezas en bruto no deberán tener laminaciones, ampollas, hendiduras abiertas, hoyos, orificios ni otros defectos que puedan afectar su apariencia o uso. El espesor deberá ser uniforme, y las piezas en bruto deberán ser comercialmente planas. Los trabajos de cizallamiento, corte y taladrado deberán realizarse antes de preparar las piezas en bruto para la aplicación del material reflectivo.
Las piezas en bruto deberán limpiarse, desengrasarse y cromarse o prepararse correctamente utilizando métodos aprobados recomendados por el fabricante de los laminados.
Toda la fabricación de los paneles, incluyendo el corte, perforación y taladrado de orificios, se deberá completar antes de la preparación final de la superficie y aplicación de las láminas reflectivas.
Las tintas a utilizar en las señales serán del tipo especial para serigrafía compatible con el papel retroreflectivo. Tinta serigráfica color negro correspondiente para papel de alta intensidad o grado diamante serie 885 o similar. Tinta serigráfica color roja para papel de alta intensidad o grado diamante serie 882 l o similar.
Postes de las señales verticales
El poste para las señales deberá ser un tubo cuadrado de 7.5cm x 7.5cm x 1.8mm de espesor, galvanizado, con su respectiva tapa galvanizada en la parte superior. La soldadura de la tapa deberá ser tratada correctamente y como mínimo llevará una mano de minio y tres de pintura anticorrosiva. Así mismo no se aceptarán postes con soldadura en la sección transversal y deberán ser de una sola pieza.
La base (cimiento) será de 25 cm x 25 cm x 50 cm en concreto con una resistencia de 210 kg/cm2. La base de concreto utilizada como fundación del poste de soporte no deberá sobresalir del nivel del suelo o acera, para evitar que se convierta en un obstáculo adicional.
Los tornillos deben ser galvanizados, de 0.79 cm x 10,16 cm, con 5 cm toda rosca, tuerca y cabeza hexagonal, con dos arandelas (plana y de presión).
Angular de 3.81cm x 3.81cm x 3.175mm deberá pintarse con una mano de minio rojo y adicionalmente sobre este, dos manos de pintura anticorrosiva verde, incluyendo la soldadura.
Los agujeros de 10 mm, serán perforados o punzonados antes de ser resanadas con el galvanizado.
Control de calidad
En concordancia con el Artículo 16 del Decreto No. 40139-MOPT, Las obras desarrolladas en la red vial cantonal deberán contar con un adecuado aseguramiento de la calidad de conformidad con la normativa aplicable, acorde a las características propias de cada proyecto, tales como maquinaria, materia prima, tipo de obra, método constructivo y cualquier otro factor que incida en la determinación de la calidad de las obras realizadas. Según sea la metodología de ejecución que se utilice, el aseguramiento de la calidad deberá realizarse de acuerdo con los lineamientos y requisitos que se describen a continuación:
En obras por contrato. Corresponderá al contratista como responsable directo ante el gobierno local de la calidad obtenida en la obra ejecutada. El contratista deberá diseñar y ejecutar un plan de control de calidad que contenga como mínimo una descripción detallada de las tareas, procedimientos y personal que desplegará en el proyecto para un adecuado control de calidad de los materiales, mezclas y procesos constructivos. La cantidad y frecuencia de los ensayos de laboratorio o mediciones que se incluyan en dicho plan, deberá tomar en consideración la normativa vigente y los ajustes que correspondan de conformidad con las características de los materiales que se utilizarán y los requisitos contractuales. En la reunión de pre-inicio, el contratista presentará el plan de control de calidad al ingeniero de proyecto del gobierno local para su respectiva revisión y aprobación.
“corresponderá al contratista como responsable directo, ante la Administración, el control de la calidad obtenida en la obra ejecutada, el cual deberá diseñar y ejecutar un Plan de Control de Calidad que contenga como mínimo una descripción detallada de las tareas, procedimientos y personal que desplegará en el proyecto para un adecuado control de calidad de los materiales, mezclas y procesos constructivos.
La cantidad y frecuencia de los ensayos de laboratorio o mediciones que se incluyan en dicho plan deberá tomar en consideración la normativa establecida por el MOPT y los ajustes que correspondan de conformidad con las características de los materiales que se utilizan y los requisitos contractuales”. El contratista presentará junto con la oferta, el Plan de Control de Calidad al Ingeniero de proyecto de la Administración para su respectiva revisión y aprobación.
Este control de calidad será respaldado mediante certificados de calidad generados a partir de las pruebas pertinentes realizadas, por laboratorios debidamente certificados ante ECA. Dichas certificaciones serán indispensables para el trámite de estimaciones de pago, el contratista debe demostrar que su laboratorio está certificado ante “ECA”. Será requisito indispensable para la aprobación final y pago de los trabajos el aporte de estos documentos.
Para cualquier otra especificación técnica que se haya omitido en este cartel, se tendrá como obligatorio lo estipulado en las “Especificaciones generales para la construcción de caminos, carreteras y puentes, CR – 2010-2020”. La sola presentación de la oferta es prueba de que conoce y acepta dicha norma, así como las condiciones que el sitio presente.
Renglón: Bacheo con mezcla asfáltica en caliente
Código recomendado: M-41(A) / Especificación Especial
Descripción: Bacheo con mezcla asfáltica en caliente 12mm
Unidad de pago: tonelada (t) de mezcla asfáltica colocada y aceptada.
- Descripción
El trabajo consiste en la reparación localizada de deterioros existentes en pavimentos asfálticos mediante mezcla asfáltica en caliente, incluyendo todos los materiales, mano de obra, maquinaria, equipo, transporte y operaciones necesarias para obtener un bache completamente terminado, compactado y aceptado por la Ingeniería de Proyecto.
Comprende, como mínimo:
- señalización y control temporal del tránsito;
- delimitación del área por intervenir;
- corte del pavimento;
- extracción y disposición del material deteriorado;
- limpieza y preparación del bache;
- compactación de la superficie de apoyo cuando corresponda;
- reposición de base o subbase cuando sea requerida por la Ingeniería de Proyecto;
- suministro y aplicación del riego de liga;
- suministro, transporte y colocación de mezcla asfáltica en caliente;
- compactación;
- conformación de juntas y acabado final; y
- limpieza y retiro de materiales sobrantes.
Esta descripción es consistente con M-41(A), que incluye expresamente mezcla, emulsión, corte, preparación y liga del bache, transporte, colocación, compactación y limpieza final.
- Delimitación y corte
Las áreas que deberán ser bacheadas serán previamente definidas por la Ingeniería de Proyecto.
El pavimento deberá cortarse mediante cortadora o sierra para pavimento, procurando obtener bordes firmes y aproximadamente verticales. La geometría del área intervenida deberá facilitar una adecuada colocación y compactación de la mezcla.
CONAVI establece específicamente que las áreas deben definirse previamente en sitio por la Ingeniería de Proyecto, cortarse con máquina cortadora de pavimento y prepararse de manera que los bordes queden perpendiculares a la superficie.
- Excavación y preparación
Se removerá la totalidad del material asfáltico deteriorado o que presente pérdida de capacidad estructural.
La profundidad de intervención será determinada por la Ingeniería de Proyecto según las condiciones encontradas en cada bache.
Cuando el deterioro alcance únicamente la capa asfáltica, se removerá y repondrá dicha capa. Cuando alcance la base o subbase, la Ingeniería podrá ordenar la extracción y reposición de los materiales afectados.
Si después de retirar el material deteriorado el fondo se encuentra suelto, deberá compactarse antes de colocar el material de reposición. M-41(A) contempla expresamente tanto el bacheo limitado a la capa asfáltica como intervenciones que incluyan base y subbase.
- Limpieza
Antes de aplicar el riego de liga, el área deberá encontrarse:
limpia, barrida, libre de polvo, material suelto, residuos y agua.
No deberá colocarse mezcla asfáltica sobre superficies contaminadas, saturadas o con agua acumulada.
- Riego de liga
Sobre el fondo y las paredes del área preparada deberá aplicarse un riego de liga uniforme.
El tipo específico de emulsión deberá ser compatible con la mezcla asfáltica, superficie existente y condiciones de ejecución, y deberá cumplir las especificaciones técnicas vigentes aplicables.
- Mezcla asfáltica
Se utilizará mezcla asfáltica en caliente, diseñada para las condiciones de tránsito y características de las vías por intervenir.
El CR-2020, Sección 405,
Mezcla asfáltica en caliente conforme a las Secciones 401 y 405 del CR-2020.
- Transporte
La mezcla deberá transportarse desde la planta hasta el sitio de colocación en vehículos apropiados, evitando:
- contaminación;
- segregación;
- pérdida excesiva de temperatura;
- exposición innecesaria a condiciones ambientales adversas.
La mezcla que llegue al sitio en condiciones que impidan obtener la compactación o calidad requerida deberá ser rechazada.
- Colocación
La mezcla se colocará inmediatamente después de que el área se encuentre preparada y el riego de liga haya alcanzado la condición apropiada.
La colocación podrá realizarse manualmente o mediante equipo mecánico apropiado, dependiendo de las dimensiones y características del bache.
El espesor de cada capa deberá permitir alcanzar una compactación uniforme.
- Compactación
La compactación deberá efectuarse inmediatamente después de la colocación de la mezcla, mientras esta se encuentre dentro del rango de temperatura adecuado.
Dependiendo de las dimensiones del bache podrán utilizarse:
rodillos, compactadores vibratorios, planchas vibratorias u otros equipos apropiados.
La superficie terminada deberá quedar firmemente compactada y adecuadamente integrada con el pavimento existente.
- Acabado
Una vez finalizada la compactación:
- no deberán existir depresiones o protuberancias apreciables;
- las juntas deberán quedar cerradas;
- los bordes deberán quedar firmemente unidos al pavimento existente;
- no deberá existir segregación visible;
- la superficie deberá permitir el adecuado escurrimiento de las aguas; y
- el área reparada deberá quedar aproximadamente al nivel de la superficie existente.
- Seguridad vial
Durante la ejecución deberá mantenerse el tránsito en condiciones seguras.
no debe interrumpirse totalmente la vía, manteniendo al menos un carril disponible, y que un bache excavado debe rellenarse y compactarse en el menor tiempo posible; no debe dejarse abierto durante la noche.
Yo trasladaría esa exigencia directamente al cartel.
- Control de calidad
La mezcla asfáltica deberá cumplir con el diseño aprobado y con las especificaciones aplicables del CR-2020, particularmente las Secciones 401 y 405 cuando se utilice diseño Marshall.
La Administración podrá verificar, según corresponda:
granulometría, contenido de asfalto, temperatura, propiedades Marshall, calidad de agregados, compactación y demás parámetros establecidos en el CR-2020 y documentos contractuales.
La aceptación estará condicionada al cumplimiento de las especificaciones técnicas y a la aprobación de la Ingeniería de Proyecto.
- Medición
La cantidad de bacheo se medirá por tonelada (t) de mezcla asfáltica en caliente efectivamente colocada, compactada y aceptada por el administrador del Proyecto.
La cantidad deberá acreditarse mediante los mecanismos de control contractual correspondientes, incluyendo comprobantes de pesaje cuando proceda.
- Forma de pago
El precio unitario por tonelada deberá constituir compensación total por la ejecución completa del bacheo, incluyendo:
corte del pavimento, demolición y extracción del material deteriorado, carga, acarreo y disposición, limpieza, preparación del bache, riego de liga, emulsión asfáltica, mezcla asfáltica en caliente, transporte, colocación, compactación, mano de obra, maquinaria, herramientas, señalización temporal, control de tránsito, limpieza final y cualquier otra operación necesaria para entregar el bache terminado y aceptado.
La reposición de base o subbase, cuando sea necesaria, yo recomendaría manejarla mediante renglones independientes, porque puede variar significativamente entre baches y no necesariamente debe quedar absorbida dentro del precio por tonelada de mezcla asfáltica.
Presupuesto estimado del proyecto
Línea 1. Cuadro para presentación de oferta, código SICOP 7214100192120768, SERVICIO DE CONSTRUCCION, CONSERVACION Y MEJORA DE VÍAS ACCESO.
ESTIMACIÓN DEL COSTO:
para la determinación del costo estimado del proyecto se realizó un estudio de mercado, tomando como referencia precios correspondientes a contrataciones similares efectuadas por la Municipalidad de Quepos, así como información obtenida del banco de precios de la plataforma SICOP, específicamente de los procedimientos 2025LD-000016-0023700001, 2025LE-000005-0023700001, 2024LD-000084-00237000 y 2025LD-000047-0023700001.
Como resultado de dicho análisis, se estableció un costo estimado de ₡160.800.000,00 (ciento sesenta millones ochocientos mil colones exactos).
En ese sentido, se aclara que el análisis de razonabilidad del precio deberá efectuarse de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Proveeduría de la Municipalidad de Quepos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.° 25 del 9 de febrero de 2024.
Específicamente, el artículo 20 del Reglamento de Proveeduría, relativo al estudio de las ofertas, establece que para determinar la razonabilidad del precio, “aquel que se encuentre dentro de un rango más-menos (+-) 20% respecto del precio estimado para la contratación, se considerarán razonables”.
Por lo anterior, tomando como precio estimado para la presente contratación el monto de ₡160.800.000,00, se obtiene el siguiente rango:
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Concepto |
Monto |
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Precio estimado de la contratación |
₡160.800.000,00 |
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20 % del precio estimado |
₡32.160.000,00 |
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Límite inferior (-20 %) |
₡128.640.000,00 |
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Límite superior matemático (+20 %) |
₡192.960.000,00 |
No obstante, debe aclararse que el límite superior resultante de la aplicación matemática del +20 % constituye únicamente un parámetro para el análisis de razonabilidad del precio y no implica autorización para superar el monto máximo de contratación que corresponda legalmente a obra pública bajo la modalidad de licitación reducida.
En consecuencia, para efectos de la presente contratación, el monto de una eventual adjudicación no podrá superar el límite máximo vigente aplicable a la contratación de obra pública mediante licitación reducida. En caso de que una oferta, aun encontrándose dentro del rango de razonabilidad derivado del ±20 %, exceda dicho límite, no podrá utilizarse el rango de tolerancia como fundamento para ampliar el monto permitido para la modalidad de contratación seleccionada, debiendo observarse los límites y procedimientos establecidos en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa aplicable.
Cabe señalar que este rango deberá ser considerado en el análisis de las ofertas que eventualmente sean presentadas, en concordancia con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Proveeduría y demás normativa aplicable en materia de contratación pública.
Asimismo, lo anterior guarda concordancia con el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), en cuanto el estudio de mercado constituye un insumo para la determinación del precio de referencia y el análisis de los precios ofertados.
Por tanto, mediante el presente oficio se deja formalmente aclarado que el monto de ₡160.800.000,00 (ciento sesenta millones ochocientos mil colones exactos) corresponde al precio estimado de la contratación y que, para efectos del análisis de razonabilidad, el ±20 % representa matemáticamente un intervalo entre ₡128.640.000,00 y ₡192.960.000,00.
No obstante, el límite superior matemático de ₡192.960.000,00 no deberá interpretarse como un monto disponible para adjudicación cuando este exceda el límite máximo permitido para obra pública mediante la modalidad de licitación reducida. En todos los casos, la eventual adjudicación deberá mantenerse dentro del monto máximo legalmente establecido para dicha modalidad de contratación.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
- La oferta así como su documentación anexa y productos esperados deberán presentarse por escrito en idioma español, o con su correspondiente traducción, según lo dispone el artículo 118 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, con excepción de la información técnica muy específica que podrá ser suministrada en idioma inglés. Siempre que exista contradicción entre información proporcionada en español y en inglés prevalecerá la que se encuentra en idioma español.
- El plazo de vigencia de la oferta será de 30 días hábiles, a partir de la fecha de apertura.
- Una vez que se ha verificado el acto de apertura de las ofertas presentadas a concurso en la Proveeduría de la institución, no podrán ser retiradas ni podrán modificarse, entendiéndose que aportadas las ofertas en la proveeduría no podrán retirarse ya que éstas pertenecen a la Municipalidad.
- La Proveeduría no considerará oferta alguna presentada después de la hora fijada para el acto de apertura de las ofertas, las mismas serán recibidas, pero no serán evaluadas.
- El oferente debe indicar en su oferta un número de CUENTA CLIENTE O CUENTA CORRIENTE DEL BANCO DE COSTA RICA O BANCO NACIONAL DE COSTA RICA por medio del cual se hará efectivo el pago. La Municipalidad realizara los pagos mediante transferencia bancaria del Banco de Costa Rica.
- DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE INCLUIR CON LA OFERTA:
- Toda oferta presentada debe contener toda la documentación solicitada dentro de este cartel. En caso de las declaraciones juradas, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante Notario Público, salvo que el oferente sea adjudicado y así lo solicite la Administración previo a la elaboración del contrato. Dichas declaraciones serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta:
- Declaración jurada de que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
- Declaración jurada de que el oferente no está afectado por ninguna causal de prohibición, según artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública.
- Declaración de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la C.C.S.S, o bien que tiene arreglo de pago aprobado por esta y vigente al momento de la apertura de las ofertas. En caso de que aparezca como patrono “NO INSCRITO” o estado “INACTIVO”, deberá explicar el motivo del porque no se encuentra inscrito como patrono ante la C.C.S.S. Declaración jurada de que se encuentra el día con FODESAF o bien que tiene arreglo de pago suscrito con esta entidad, lo anterior de conformidad con el artículo 22 de la Ley 8783, que reformó la Ley 5662. Comprobante de que se encuentra al día con el Impuesto de personas jurídicas, correspondientes a la Ley 9024, La Administración podrá verificar esta condición directamente del sistema de esa entidad.
- Certificación de la personería jurídica de la empresa en caso necesario.
- Copia de la cédula del oferente si es persona física o del representante Legal de la compañía en caso de oferta de persona jurídica.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que se indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas.
- DEL PRECIO.
El precio deberá ser firme y definitivo, sujeto a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
- Los oferentes deberán cotizar preferiblemente en colones costarricenses, pero en caso de cotizar en dólares, se le aplicara la conversión a moneda nacional, para efectos de presupuesto, análisis y evaluación del factor precio, a las ofertas en dólares se les aplicará la conversión a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio vigente para la venta del Banco Central de Costa Rica al día de la apertura.
- Conforme a lo establecido en la Directriz No. 044-H denominada “Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, publicada en el Alcance No. 156 a la Gaceta No. 167 del 10 de setiembre del 2024, dirigida al sector público” que indica en el artículo 1 lo siguiente:
Artículo l º -Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación.
La forma es que deberán cotizar los oferentes será en colon costarricense, en caso de que algún proveedor cotice en moneda extranjera no se invalidará la oferta en el momento de los análisis y la evaluación correspondiente, pero en caso de recibir propuestas en distintas monedas al colón costarricense , la Administración las convertirá al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas, y en caso de ser adjudicado el contrato se convertirá a colones, para lo cual se tomará como referencia el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
Conforme a lo anterior descrito, el pago se realizará en colones costarricenses, el pago que se acreditará al proveedor adjudicado estará supeditado al precio que ha sido indicado en el contrato.
- DESGLOSE DEL PRECIO
De conformidad con el artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen. Esta disposición es obligatoria para los contratos de servicios y de obra pública; además, para cualquier otro objeto contractual que lo amerite cuando así lo exija explícitamente el cartel.
El presupuesto detallado y completo con todos los elementos que componen el precio, incluyendo un desglose de los precios unitarios, deberán ser presentados por el adjudicado.
Si la Administración así lo requiere en el periodo de revisión y calificación de ofertas, esta podrá solicitar al oferente que la información del punto anterior sea certificada por un contador público autorizado, para efectos de establecer la razonabilidad del precio ofertado, en relación con prestaciones similares existentes en el mercado; así como la aportación de las pruebas que estime idóneas para efectuar tal acreditación (razonabilidad del precio).
El detalle del precio debe comprender: pólizas, jornadas, cantidad de personal, desglose de cargas patronales, seguros, salario por hora o mensual por cada tipo de trabajador, tipos y cantidades de insumos y materiales, gastos administrativos, combustible, equipos, maquinaria, gastos de transporte, permisos de operación, costos financieros, entre otros.
La cotización del precio del servicio, debe desglosarse en los rubros que se solicitan a continuación:
Mano de obra (Monto y porcentaje)
Indicar el número de trabajadores, clase y horas laboradas. Se determinará el costo de la mano de obra para cada clase de trabajador, detallándose por separado las cargas patronales. Lo anterior, de acuerdo con el decreto de salarios mínimos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, para el semestre que corresponda.
Insumos (Monto y porcentaje)
Costo y cantidad de los materiales y/o cualquier otro insumo nacional o importado asignado a éste servicio.
Imprevistos.
Costo y cantidad de gasto (costo indirecto administrativo) asignado a éste servicio.
Utilidad (Monto y porcentaje)
Utilidad asignada al servicio
La sumatoria de los rubros anteriores corresponderá a la totalidad del precio ofertado en términos absolutos y al 100% en términos relativos.
El precio detallado:
El adjudicado deberá presentar el precio detallado en el siguiente formato:
Para determinar la razonabilidad del precio, aquel que se encuentre dentro de un rango más-menos (+-) 20% respecto del precio estimado para la contratación, se considerarán razonables. Sin embargo, aquellas variaciones que se encuentren fuera de este rango deberán ser analizadas por la Unidad Solicitante (Administrador del Contrato), a efectos de determinar si el precio resulta o no inaceptable. Para los contratos de obra pública, entregas parciales, entregas según demanda y contratos prorrogables por más de un periodo, el oferente debe presentar el desglose de la estructura del precio, junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen, conforme al artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Además, deberá presentar la identificación de los índices de precios a aplicar, con especificación del índice, el nombre de la institución que lo elabora y publica, así como el capítulo, nivel y/o renglón específico que se utilizará.
Lo anterior según el artículo 20 del Reglamento de Proveeduría de la Municipalidad de Quepos.
- FACTORES DE EVALUACIÓN
- Calificación de ofertas.
Para la calificación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes parámetros:
Los elementos a calificar en esta contratación serán:
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Concepto |
% de Calificación |
|
Precio |
50 |
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Garantía de Obra |
15 |
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Experiencia de la Empresa |
15 |
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Plazo de Ejecución |
10 |
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Criterio sustentable Contratar personal del Cantón de Quepos (presentar declaración jurada) |
5 |
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Pyme regional del pacifico central |
5 |
PRECIO (Máximo 50 puntos)
Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, de las ofertas que resulten elegibles, se seleccionará la más conveniente para los intereses de la Administración utilizando el siguiente criterio:
Donde:
PP: Puntos asignados por precio.
MOP: Monto de la oferta con menor precio.
MOEA: Monto de la oferta económica en estudio.
PLAZO DE EJECUCIÓN (Máximo 10 puntos)
La oferta que ofrezca el menor plazo, se denominará oferta base y recibirá la puntuación máxima de puntos indicados. Para la asignación de puntos a las ofertas restantes, se utilizará la siguiente fórmula
Se calificará de la siguiente manera:
Donde:
PPE: Puntos asignados por plazo.
PEOB: Plazo de entrega oferta base.
PEOE: Plazo de entrega oferta en estudio.
EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (Máximo 15 puntos)
- En lo que respecta a la experiencia de la empresa el oferente deberá presentar detalle de la experiencia registrada en los últimos 10 años en trabajos relacionados a la construcción de obras de infraestructura vial relacionadas a conformación y recarpeteo de calles o similares.
- Así mismo, el oferente deberá demostrar fehacientemente su experiencia, para lo cual deberá presentar una certificación del CFIA con la lista de los proyectos viales registrados en la empresa, además de cartas de experiencia originales o copias certificadas por un abogado, extendidas por la administración que los contrató; de los proyectos viales registrados en el CFIA.
- Experiencia en Consorcios: Para efectos del presente cartel de conformidad con lo establecido en el artículo 127 del LGCP la experiencia de las empresas que presenten su oferta en forma consorciada será evaluando a cada una de la empresas que conforman el consorcio hasta un máximo de 10 proyectos por empresa, aplicando la evaluación de la misma forma que en los apartados anteriores, el puntaje obtenido para la oferta consorciada será el promedio de la sumatoria de los puntajes obtenidos de la experiencia a cada una de las empresas entre la cantidad de empresas que conforman el consorcio.
La calificación de este factor de evaluación será de la siguiente manera:
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Cantidad de proyectos similares |
Porcentaje Correspondiente |
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11 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados |
2 puntos |
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11 a 15 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados |
3 puntos |
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De 16 a 20 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados |
8 puntos |
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Más de 20 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados |
15 puntos |
GARANTIA DE LA OBRA (Máximo 15 puntos)
La empresa que ofrezca mayor plazo de garantía de la obra obtendrá el máximo puntaje, esta se deberá indicar claramente en la oferta para su evaluación, el oferente que ofrezca más de 5 años de plazo de garantía se le tomara como total de años de garantía los 5 años, lo anterior debido a que es plazo que tiene la administración para reclamos de la obra.
Para la asignación de puntos a las ofertas restantes, se utilizará la siguiente fórmula: Queda a criterio de la administración la adjudicación total o parcial de la contratación, sin embargo, por la naturaleza del proyecto y beneficio municipal se recomienda adjudicar todas las líneas completas al mismo oferente.
Donde:
PPG: Puntos asignados por plazo.
PGOE: Plazo de garantía oferta en estudio.
PGOB: Plazo de garantía oferta base.
CRITERIO SUSTENTABLE SOCIAL (Máximo 5 puntos)
Inserción laboral de personas del Cantón de Quepos: La persona física o Jurídica oferente que contrate un 80 % de la totalidad del personal tipo peones de cuadrilla de obra menor, los cuales residan dentro del Cantón de Quepos, se le otorgará el porcentaje en la calificación.
El oferente debe presentar junto con la oferta una declaración jurada mediante la cual se compromete a mantener contratados, durante el plazo de la ejecución contractual al personal que residan en el Cantón de Quepos. Total 5 PUNTOS
Si el contratista incumple con la Inserción laboral de personas del Cantón de Quepos durante la ejecución contractual por única vez será motivo para rescindir el contrato. Para la verificación de lo anterior el administrador del contrato o encargado del proyecto solicitará la lista de los operarios que trabajaran en el proyecto u otros controles que consideren pertinentes.
CERTIFICACION PYME (Máximo 5 puntos)
Se otorgará una puntuación adicional del 5% sobre la nota total de evaluación técnica y económica a aquellas ofertas presentadas por empresas que acrediten su condición de Pequeña o Mediana Empresa (PYME) regional del pacifico central o de la provincia de Puntarenas, debidamente inscritas en el Registro PYME del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), conforme a la normativa vigente.
En caso de los consorcios para incluir una pyme y obtener el porcentaje debe indicar ampliamente cual es la labor de la pyme en la contratación.
Base Legal
Este criterio se encuentra debidamente respaldado por el marco jurídico costarricense, según se detalla a continuación:
Ley N.º 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas: En su artículo 6, establece que las instituciones del Estado deben facilitar condiciones preferenciales para promover la participación de las PYMEs en los procesos de contratación administrativa.
Ley N.º 9986, Ley Marco de Contratación Pública: El artículo 22, inciso c), dispone que deben incorporarse medidas de acción afirmativa para fomentar la participación de sectores vulnerables, incluidas las MIPYMES, mediante tratos preferenciales, segmentación de contratos y requisitos diferenciados.
Directrices del MEIC y del Ministerio de Hacienda: Ambas instituciones promueven la adopción de mecanismos efectivos que favorezcan la participación de las PYMEs en la compra pública, como medio para estimular el desarrollo económico territorial y la equidad en el acceso a los mercados públicos.
Justificación Técnica
El objeto contractual corresponde a servicios de infraestructura vial y pluvial, permitiendo su segmentación en múltiples órdenes de trabajo.
Esta segmentación es compatible con la capacidad operativa de las PYMEs, que pueden ejecutar obras de menor escala sin comprometer los estándares de calidad ni los plazos establecidos.
- ADJUDICACION:
- El adjudicatario de esta contratación no podrá traspasar o ceder los derechos derivados de la adjudicación en firme a terceros, sin previo consentimiento y por escrito de la Municipalidad de Quepos.
- La adjudicación de esta licitación recaerá en aquella oferta que resulte más ventajosa para la administración, que cumpla con las especificaciones del cartel y lo establecido en la Ley General de Contratación Pública, así como con el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- La Municipalidad de Quepos no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa.
- En caso de que se dé un empate se procederá a tomar en cuenta como primer elemento para desempatar, la oferta que demostró mayor tiempo en el mercado, si se mantuviera el empate se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración de acuerdo a los siguientes parámetros: a) PYME de industria 5 puntos. b) PYME de servicio 5 puntos. c) PYME de comercio 2 puntos. d) Por último si se mantuviera el empate se procederá al lanzamiento de una moneda en una serie de tres, y resultara adjudicado quien gane dos de tres lanzamientos.
- La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar una línea o varias líneas según conveniencia de la administración. art 86 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- En la relación de la Municipalidad con el adjudicatario no mediará subordinación laboral alguna, ni salario, por lo que correrá por su cuenta cualquier obligación relacionada con la C.C.S.S. o el I.N.S., liberando de cualquiera de esas responsabilidades a la Municipalidad.
- El adjudicatario deberá hacer referencia al número de procedimiento y orden de compra, en la factura para trámite de pago. El oferente debe enviar la factura al correo electrónico proveeduria@muniquepos.go.cr
- El contratista, debe gestionar la solicitud de recepción provisional del sistema SICOP para luego poder coordinar la cita para la entrega de los bienes a la Sección Almacén Municipal; caso contrario, no será atendido.
- El contratista deberá cumplir, durante la ejecución contractual, con todos los requisitos, permisos, autorizaciones y licencias exigidos por el ordenamiento jurídico para el desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto de la presente contratación, incluyendo, cuando corresponda, el Permiso Sanitario de Funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud y la Licencia Municipal (Patente) correspondiente.
La presentación de dichos permisos o licencias no constituirá un requisito sustantivo de admisibilidad de la oferta, cuando estos correspondan a condiciones necesarias para el ejercicio de la actividad comercial durante la ejecución del contrato y no formen parte de las características técnicas esenciales del objeto contractual.
En consecuencia, la Administración verificará que el contratista cuente y mantenga vigentes dichos permisos, licencias y autorizaciones previo al inicio de la ejecución contractual y durante todo el período de vigencia del contrato, según corresponda, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico.
El contratista será el único responsable de gestionar, obtener, mantener vigentes y renovar oportunamente los permisos, licencias y autorizaciones que resulten legalmente exigibles para la correcta ejecución del objeto contractual. La falta de estos requisitos durante la ejecución podrá dar lugar a las medidas administrativas, sanciones, resolución o terminación contractual que correspondan, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa aplicable.
Lo anterior se establece en observancia de los principios de eficiencia, eficacia, simplificación de los procedimientos y conservación de las ofertas, evitando que requisitos legales accesorios al objeto contractual se conviertan en un fin en sí mismo o generen la exclusión de ofertas por aspectos que pueden ser verificados y subsanados en la etapa de ejecución contractual.
- LA FORMA Y PLAZO DE PAGO.
- La Municipalidad cancelará los servicios prestados de conformidad con lo que señala el artículo 19 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, que indica que la Municipalidad tendrá un plazo de 30 días naturales para cancelar. Este se efectuará en un tracto, una vez presentado el respectivo informe por los servicios prestados, y que el mismo cuente con el aval de la unidad solicitante de esta contratación. El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la confección del cheque o medio de pago seleccionado.
- La Municipalidad no tramitará pago alguno sobre facturas que no estén debidamente autorizadas, según lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación.
-
- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
El adjudicatario deberá rendir una Garantía de Cumplimiento, deberá aportar certificación original y vigente de la CCSS, de estar al día en el pago de las cuotas obrero patronales. Esta garantía deberá ser entregada la Municipalidad dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación.
Deberá presentar la garantía de cumplimiento en la Plataforma SICOP.
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento, según lo dispone el artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
En caso de ser dinero en efectivo, la cuenta de la Municipalidad de Quepos es la 001-289273-1 del Banco de Costa Rica, para colones costarricenses a nombre de la Municipalidad de Quepos.
La garantía podrá rendirse en moneda nacional o cualquier otra moneda extranjera para lo cual la Administración adoptará las medidas contables que resulten necesarias. Se exceptúa de lo anterior, las garantías rendidas mediante un depósito en efectivo o una transferencia, en cuyo caso podrán rendirse en su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía.
- DEDUCCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- En toda contratación que supere la suma de CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS COLONES, se rebajará en cada pago el 2% del impuesto sobre la renta, según artículo 24, inciso G, del Reglamento del Impuesto sobre la Renta.
- CLÁUSULA PENAL.
Si existiera atraso no justificado en la entrega del objeto de esta Contratación, de acuerdo con los términos del Contrato, y por ende de la Oferta y del presente Cartel, una vez vencido el plazo de entrega, incluyendo las prórrogas que se hubiesen otorgado, la Municipalidad rebajará al Contratista una cantidad equivalente al 1,07% del total del valor adjudicado por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del 25%, porcentaje a partir del cual se considerará como incumplido el contrato a efecto de que la Municipalidad acuda a la figura jurídica de la resolución por incumplimiento contractual, de conformidad con la normativa vigente y aplicable a esta materia. (Art. 712 Código Civil)
Se entenderá que el retraso en la entrega del objeto contractual, una vez vencido el plazo establecido, no resulta imputable al adjudicatario, a título de incumplimiento contractual, cuando el mismo sea consecuencia directa del acaecimiento de caso fortuito y/o fuerza mayor debidamente comprobada por el Contratista y aceptada por la Municipalidad; siempre que la justificación respectiva haya sido presentada por el Contratista dentro de los cinco días hábiles posteriores al acontecimiento que provocó el atraso.
- MULTA
- EJECUCIÓN.
- El adjudicatario iniciará la ejecución del contrato una vez que reciba la orden de inicio.
15) RESCISIÓN Y EJECUCIÓN.
El contrato se extinguirá por la vía normal por el acaecimiento del plazo, ejecución del objeto contractual y por mutuo acuerdo.
15.2) Por la vía anormal, se extinguirá por resolución contractual según los artículos No. 113 y 114 de la LGCP, rescisión según lo artículo No. 115 y 116 de la LGCP, caducidad conforme el artículo No. 112 de la LGCP y su reglamento. Declaratoria de nulidad, muerte del contratista, declaratoria de insolvencia, cesión de contrato, supresión del servicio, rescate del servicios y sentencia penal condenatoria en contra del contratista según los artículos No. 172, 102 y 114 de LGCP:
Resolución de Controversias:
Las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato serán resueltas con base en las previsiones de la LGCP y su reglamento; y con las condiciones reguladas en este documento y adoptadas en el contrato.
Aquellas controversias que no pudiesen ser resueltas por medio de negociación directa, se someterán a un comité de expertos con competencia para conocer y resolver cualquier controversia. Su decisión será vinculante.
El comité podrá ser colegiado, unipersonal, permanente o ad hoc, según se disponga en este documento. De no establecerse en el pliego de condiciones, se entenderá que el comité estará conformado por tres miembros; quienes deberán tener la capacidad profesional y experiencia demostrada con relación al objeto contractual.
Dentro de las cláusulas exorbitantes, la Municipalidad conserva su derecho a decretar la rescisión o resolución del contrato, según las causales que deberán concretarse y bajo los parámetros admitidos por la normativa de contratación administrativa.
- COMPORTAMIENTO ETICO INSTITUCIONAL, DE LOS OFERENTES Y CONTRATISTAS.
Conforme la nueva Ley de Compras Públicas N°9986 en su numeral 8 se definió el principio de integridad, seguidamente en el reglamento N° 43808-H, se define el actuar ético y de probidad en la Contratación publican en su numeral 17 y adicionalmente en el Código de Ética de la Municipalidad de San José en su apartado 10.2. se define el comportamiento de la relación con proveedores, los cuales son de acatamiento obligatorio en el desarrollo de todo procedimiento de contratación pública, los cuales se detallan:
Ley de Compras Públicas N°9986:
Artículo 8- Principios generales:
Principio de integridad: La conducta de todos los sujetos que intervengan en la actividad de contratación en la que medien fondos públicos se ajustará al cumplimiento de las normas y los valores éticos, entre ellos, la honestidad, la buena fe, la responsabilidad y el respeto, prevaleciendo en todo momento el interés público.
Reglamento a Ley de Compras Públicas N°9986 (Decreto N° 43808-H):
Artículo 17. Actuar ético y de probidad en la Contratación Pública. Las actuaciones realizadas por los jerarcas, los titulares subordinados y demás funcionarios públicos de la Administración, con ocasión de la actividad de contratación pública, deberán estar orientadas a la satisfacción del interés público.
En su gestión, deberán observar rectitud, buena fe y probidad en el uso de las facultades que les confiere la Ley General de Contratación Pública, este Reglamento y los lineamientos emitidos por la Autoridad de Contratación Pública.
A los funcionarios públicos comprometidos en las distintas gestiones de contratación pública se les exigirá, entre otros, los siguientes comportamientos:
- a) Salvaguardar en todas sus actuaciones el interés público, procurando el correcto uso de los fondos públicos y denunciando ante la autoridad competente cualquier actividad o situación contraria al correcto manejo de los recursos públicos.
- b) Abstenerse de utilizar las atribuciones de sus cargos, con el fin de obtener un beneficio patrimonial o de cualquier índole, directa o indirectamente, para sí mismos o en favor de un familiar o de un tercero, derivado de personas físicas o jurídicas que mantengan relaciones contractuales con la Administración para la cual laboran.
- c) Rechazar todo tipo de pago, regalos, dádivas, comisiones, gratificaciones o liberalidades semejantes, ofrecidas directa o indirectamente por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, independientemente que genere o no conflicto real o potencial con sus derechos y responsabilidades en las funciones que desempeña, o que llegue a verificarse o materializarse compromiso contra la transparencia, objetividad o imparcialidad del proceso de contratación. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N°8422 de 06 de octubre de 2004.
- d) No infringir el régimen de prohibiciones establecido en la Ley General de Contratación Pública, ni incurrir en cualquier conducta indebida tipificada en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y la Ley General de Control Interno, Ley N°8292 del 31 de julio de 2002, la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre Cohechos Domésticos, Soborno Transnacional y otros Delitos y la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N°8131 del 18 de setiembre del 2001.
- e) No deberán establecer intereses privados o relaciones con personas físicas o jurídicas, incompatibles con su puesto y con las atribuciones y funciones que tenga asignadas, que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e imparcialidad.
- f) Actuar en el ejercicio de sus funciones, con estricto apego al bloque de legalidad; con respeto absoluto a la Constitución Política, las leyes y demás disposiciones del sistema normativo costarricense.
- g) Ajustar su conducta a los más altos estándares de las normas, éticas y de probidad reconocidas en el ejercicio de las funciones públicas.
- h) Elaborar el pliego de condiciones procurando la más amplia participación y la igualdad entre los oferentes. No resulta procedente la introducción, sin sustento técnico alguno, de requisitos y condiciones injustificadas en los pliegos de condiciones, de manera que se generen barreras de ingreso para los oferentes.
- i) Abstenerse de conocer y resolver asuntos en los que se configure alguna causal de impedimento y recusación establecidas en el Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N°8508 y el Código Procesal Civil, Ley N°9342 del 03 de febrero de 2016.
- j) Mantener la objetividad e imparcialidad en todos aquellos asuntos que lleguen a conocimiento de los funcionarios.
La inobservancia al deber de probidad de los funcionarios serán objeto de responsabilidad de éstos, de conformidad con las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y demás normas del ordenamiento jurídico que resulten aplicables.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se adjunta documento en excel.
Cláusula penal. Se adjunta documento en excel.
Documentos del cartel3
- AnexoPDF · 287 KB
- MultasXLSX · 72 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 1,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ricardo Alberto Valero Lopez
GESTION DE INFRAESTRUCTURA
Ricardo Alberto Valero Lopez
GESTION DE INFRAESTRUCTURA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 08:21. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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