2026LE-000006-0024250801 · SICOP 20260903253
Adquisición de Excavadora para el Departamento de Infraestructura de Municipalidad de Tilarán
Municipalidad de Tilarán
Municipalidad de Tilarán busca adquisición de excavadora para el departamento de infraestructura de municipalidad de tilarán con un presupuesto de ₡101,7 millones en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 15/10/2026 (en 4 días).
₡101,7 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
4 días
cierra el 15/10/2026 09:00
Lotes y líneas
2 lotes
2 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó25/09/2026 08:53 · hace 16 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas15/10/2026 09:00 · en 4 días
- de ofertas15/10/2026 09:00 · en 4 días
- (plazo máximo)≈ 26/11/2026 · en 46 días
2 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 07/10/2026 07:00 → 15/10/2026 09:00
- Apertura de ofertas: 07/10/2026 10:00 → 15/10/2026 09:00
- Límite de aclaraciones: 30/09/2026 23:59 → 02/10/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 08/10/2026 23:59 → 16/10/2026 23:59
- Plazo del acto final: 16 → 30
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1 oferentes.101 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Municipalidad de Tilarán adjudicó ₡666,3 millones en 72 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡72,7 millones – ₡85,5 millones
- Lote 2₡13,8 millones – ₡16,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Excavadora Hidráulica, Combustible Diesel. 4 Cilindros, Potencia Neta Mínima 104 Kw (140 HP), Zapatas 600 Mm Ancho Mínimo, Peso Operación Mínimo 20500 Kg1 c/u · ₡85 496 850,511 c/u₡85 496 850,51
- L2Mantenimiento Preventivo de Maquinaria Pesada y de Producción1 · ₡16 200 366,651₡16 200 366,65
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 5 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Experiencia 20 % · Tiempo de entrega 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.12 Requisitos de admisibilidad:
Las empresas que participen en el presente concurso deberán presentar obligatoriamente en sus ofertas las declaraciones juradas y certificaciones que se detallan a continuación. Su incumplimiento facultará a la Administración para declarar la inadmisibilidad de la propuesta:
- a) Distribución y Respaldo Directo de Fábrica: Declaración jurada que acredite que el oferente está constituido legalmente en la República de Costa Rica para la comercialización de maquinaria pesada. Deberá demostrar que es el fabricante, sucursal, representante de marca o distribuidor autorizado para el territorio nacional. Para ello, aportará obligatoriamente una certificación emitida directamente por la casa matriz fabricante de la excavadora, donde se valide su autorización para la distribución del equipo, el respaldo técnico directo de fábrica y el compromiso de suministro de repuestos legítimos por un periodo mínimo de diez (10) años posteriores a la entrega definitiva de la maquinaria.
- b) Infraestructura Postventa y Talleres de Servicio: El oferente deberá declarar bajo juramento que cuenta con al menos un taller propio o centro de servicio autorizado activo dentro del territorio nacional para brindar de forma directa el mantenimiento preventivo y correctivo de la unidad. Para efectos de verificación e inspección por parte del Administrador del Contrato, el oferente deberá anexar en SICOP: un registro fotográfico detallado de las instalaciones del taller, su ubicación geográfica exacta, número telefónico y el nombre completo del ingeniero o técnico encargado. Asimismo, garantizará documentalmente mantener un adecuado stock de repuestos originales de alta rotación en el país para evitar tiempos de inmovilización prolongados de la excavadora.
- c) Validación Visual e Integridad Técnica: El oferente adjuntará de forma obligatoria la ficha técnica de fábrica y el catálogo con fotografías a color reales del equipo propuesto. Manifestará mediante declaración jurada el cumplimiento en su totalidad de las especificaciones obligatorias fijadas en el pliego (datos del motor, dimensiones, tren de rodaje, capacidades, sistemas de seguridad ROPS/FOPS y rangos de excavación).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Capítulo II
Especificaciones técnicas
- Descripción del proyecto:
La Municipalidad de Tilarán cuenta actualmente con una cuadrilla básica de maquinaria destinada a brindar el mantenimiento rutinario y preventivo a las vías terrestres incorporadas dentro del registro vial de caminos municipales. Dicha flotilla contempla operativamente: dos (2) motoniveladoras, una (1) compactadora, dos (2) retroexcavadoras (back-hoe) y cuatro (4) vagonetas. En la actualidad, la institución no dispone de una excavadora hidráulica de orugas de servicio pesado de propiedad municipal, viéndose obligada a recurrir de forma recurrente a la contratación externa bajo la modalidad de alquiler de maquinaria para la ejecución de este tipo de trabajos.
Debido a las reformas estructurales de la Ley N.° 8114 y la Ley N.° 9329, y el consecuente incremento de recursos económicos destinados a la gestión vial de los gobiernos locales, se vuelve imperiosa la adquisición de un equipo propio de alta capacidad. Esta unidad permitirá ejecutar proyectos críticos como excavaciones mayores en la vía pública, colocación de sistemas de alcantarillado pluvial de gran diámetro, y la extracción, cribado y carga masiva de materiales granulares provenientes de la Concesión de Cauce de Dominio Público Río Chiquito (Resolución 9-2016).
El equipo automotor pesado deberá ser completamente nuevo de fábrica, cumplir con las especificaciones técnicas definidas en este pliego y estar rigurosamente apto para operar de forma continua en condiciones de topografía fuertemente irregular, pendientes pronunciadas y caminos de difícil acceso característicos de la geografía del cantón de Tilarán.
- Especificaciones Técnicas:
A continuación, se detallan las especificaciones de los equipos a contratar:
Partida 1. Compra de 1 excavadora hidráulica de mínimo 21 750 kg en peso de operación.
2.1 Requisitos Técnicos Mínimos Obligatorios
Para facilitar los procesos de fiscalización y análisis comparativo de las ofertas, la información técnica presentada por el oferente deberá estructurarse en el mismo formato, orden y unidades de medida de las siguientes tablas. Los parámetros se expresan en rangos funcionales mínimos para garantizar la libre concurrencia de ofertas, de conformidad con la Ley N.° 9986.
|
Motor: |
Indicar Modelo |
|
Torque neto (kgf-m): |
55 mínimo |
|
Potencia neta (HP): |
145 mínimo |
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Tier: |
2 mínimo |
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Cilindrada (c.c): |
4400, 4 cilindros mínimo |
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Tipo de combustible: |
Diésel |
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Inyección: |
Mecánica o electrónica |
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Cucharón: |
|
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Cucharón roquero (Reforzado): |
Si |
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Capacidad de cucharón (m3): |
1,20 mínimo |
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Pesos: |
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Peso operativo (kg): |
21750 mínimo |
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Sistema Hidráulico: |
|
|
Caudal hidráulico (LPM): |
420 mínimo |
|
Presión de trabajo (psi): |
4950 mínimo |
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Mecanismo de giro: |
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Velocidad de giro (RPM): |
11,1 mínimo |
|
Par de giro (lb-ft): |
47200 mínimo |
|
Cabina: |
(FOPS) Nivel 1 (ISO 10262) Estructura Protectora Contra Vuelcos (ROPS) (ISO 12117-2) mínimo |
|
Cabina insonorizada con montajes viscosos: |
Si |
|
Monitor LCD con pantalla de alta resolución que registre imagen de cámara: |
Si |
|
Asiento de ajuste mecánico con apoyacabezas: |
Si |
|
Consola ajustable: |
Si |
|
Aire acondicionado automático de 2 niveles: |
Si |
|
Radio AM/FM con conexión inalámbrica bluetooth: |
Si |
|
Posavasos y compartimentos de almacenamiento: |
Si |
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Parabrisas de vidrio templado 70/30: |
Si |
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Limpiaparabrisas superior radial con lavador: |
Si |
|
Tragaluz de acero con posibilidad de apertura |
Si |
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Luces en el techo: |
Si |
|
Alfombrilla lavable: |
Si |
|
Cámara de visión trasera: |
Si |
|
Capacidad de servicio de reabastecimiento: |
|
|
Tanque de combustible (L): |
340 mínimo |
|
Sistema de enfriamiento (L): |
20 mínimo |
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Aceite del motor (L): |
15 mínimo |
|
Mando de balanceo (L): |
5 mínimo |
|
Sistema hidráulico incluido el tanque (L): |
215 mínimo |
|
Tanque hidráulico (L): |
110 mínimo |
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Tren de rodaje: |
|
|
Cadenas lubricadas y selladas: |
Si |
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Ancho de Zapatas (mm): |
700 mínimo |
|
Cantidad de zapatas: |
46 mínimo |
|
Cantidad de rodillos superiores e inferiores: |
7 y 2 mínimo |
|
Ancho de rodaje (mm): |
2900 mínimo |
|
Longitud de rodaje (mm): |
4150 mínimo |
|
Mando: |
|
|
Velocidad máxima desplazamiento (km/h): |
5,5 mínimo |
|
Tracción a la barra de tiro (kg-f): |
19150 mínimo |
|
Dimensiones: |
|
|
Alcance de Pluma (mm): |
5650 mínimo |
|
Alcance de Brazo (mm): |
2900 mínimo |
|
Altura parte superior de cabina (mm): |
2950 mínimo |
|
Altura del pasamanos (mm): |
2970 mínimo |
|
Longitud de embarque (mm): |
9510 mínimo |
|
Radio de balanceo o de giro de la cola (mm): |
2750 mínimo |
|
Espacio libre del contra peso (mm): |
1000 mínimo |
|
Espacio libre sobre el suelo (mm): |
440 mínimo |
|
Longitud de la cadena (mm): |
4170 mínimo |
|
Rangos y fuerzas de trabajo: |
|
|
Alcance máximo horizontal (mm): |
9460 mínimo |
|
Profundidad de excavación (mm): |
6650 mínimo |
|
Alcance a nivel del suelo (mm): |
9670 mínimo |
|
Altura de corte (mm): |
9460 mínimo |
|
Altura de carga (mm): |
6500 mínimo |
|
Fuerza de excavación del cucharon (kg-f): |
14250 mínimo |
|
Fuerza de excavación del brazo (kg-f): |
10800 mínimo |
|
Fuerza en la barra de tiro (kg-f): |
19150 mínimo |
|
Extras: |
|
|
Línea auxiliar hidráulica: |
Si |
|
Bomba de repostaje: |
Si |
|
Garantía: |
3 años o 6.000 horas |
|
Monitoreo remoto: |
Si |
|
Bomba de relleno de combustible |
Si |
Nota: El equipo debe poseer un cucharón de uso general (Entregado con el equipo inicialmente) y, además, se debe de incluir dentro de la oferta del equipo, un cucharón adicional de uso roquero reforzado para lo cual se otorgará un periodo de 60 días hábiles para la entrega de este a la administración (En caso de no entregar en el tiempo establecido procederá el cobro de 2% de multa diaria por los días de retraso en la entrega).
Otros
- El no cumplir con las especificaciones aquí descritas, automáticamente se descartará la oferta (entiéndase son rangos mínimos).
- El adjudicatario cubrirá los gastos de transporte, internamiento, desalmacenaje, bodega, seguros, así como cualquier otro gasto que se incurra hasta la entrega del equipo en la Municipalidad de Tilarán.
- El equipo deberá entregarse debidamente rotulado según las indicaciones dadas por la Municipalidad de Tilarán.
- Se debe entregar el equipo inscrito ante el Registro Público de la Propiedad de Vehículos, a nombre de la Municipalidad de Tilarán, además debe cumplir a cabalidad con las leyes de tránsitos vigentes para circular en el país.
- El oferente deberá acatar lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo #17266-MOPT, y cumplir con cualquier otra regulación especial de funcionamiento establecido por la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres (LEY No. 7331).
- Rotulación en las puertas delanteras con el escudo municipal y nombre de la institución. Coordinar la rotulación de previo a la entrega
2.2 Garantías técnicas del equipo y mantenimiento preventivo
- Condiciones de la Garantía Básica de Fábrica
- El vehículo pesado deberá contar con una Garantía Técnica Extendida e Integral de un mínimo de tres (3) años o seis mil (6.000) horas de operación, lo que ocurra primero. Dicha cobertura será absoluta y certificada por escrito, cubriendo componentes estructurales, sistemas mecánicos, componentes hidráulicos, sistema eléctrico, tren de rodaje y la electrónica general.
- El cómputo de la garantía técnica iniciará formalmente a partir del día hábil siguiente a la firma del acta de recepción definitiva a entera satisfacción de la municipalidad.
- El adjudicatario queda obligado a proveer los servicios de garantía en el sitio de trabajo o Plantel Municipal de Tilarán, asumiendo los costos de traslado de mecánicos, viáticos y herramental. La garantía cubrirá cualquier defecto de fabricación o fallas de funcionamiento y no podrá ser condicionada.
- Las pólizas y coberturas de garantía deben presentarse debidamente certificadas y avaladas por la casa matriz fabricante de la marca internacional ofrecida mediante certificación original.
- De conformidad con el artículo 43 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N.° 7472) aplicado de forma supletoria para salvaguardar el patrimonio público, el oferente debe aceptar en todos sus extremos lo solicitado en este pliego en cuanto a soporte y tiempos de respuesta.
- Para que los vehículos se mantengan operativos y con un costo bajo en mantenimiento y repuestos, así como para minimizar los tiempos de equipo detenido, el oferente que no acepte en todos sus extremos lo solicitado en este capítulo y lo consigne expresamente en su oferta, queda descalificado.
- Vicios Ocultos: Ante la manifestación de vicios ocultos o defectos estructurales de fundición latentes, las garantías comenzarán a computarse formalmente a partir del momento en que la Administración descubra o documente técnicamente dicha situación.
- Debe anotarse la garantía de origen del fabricante. Los oferentes deben indicar detalladamente en que consiste la garantía de fábrica e indicar las condiciones principales de esa garantía.
- Mantenimiento Preventivo y tiempos de respuesta operativa
- a) Primer Servicio de Mantenimiento Gratuito: El contratista brindará de forma completamente gratuita, libre de costos colaterales o de traslado, el primer servicio de mantenimiento preventivo de fábrica (mano de obra, filtros originales, aceites y consumibles completos de la rutina) en las instalaciones del Plantel Municipal, según el intervalo fijado en el manual de taller de la máquina.
- b) Línea de Cotización Separada por 10.000 Horas: El oferente cotizará en línea independiente el Servicio de Mantenimiento Preventivo Integral programado para las primeras 10.000 horas de operación. Las rutinas se ejecutarán físicamente en el plantel municipal o sitio de trabajo. Su adjudicación será estrictamente opcional y a conveniencia de la Administración y aplicará como partida 2.
- c) Coordinación Programada y plazo de respuesta: El Administrador del Contrato notificará al contratista con un mínimo de tres (3) días hábiles de anticipación el momento en que la excavadora se aproxime al horómetro del hito preventivo correspondiente. El proveedor estará obligado a programar el servicio de manera que las labores en campo no excedan un plazo máximo de veinticuatro (24) horas naturales para la entrega conforme de la máquina en condiciones operativas.
- d) Tiempo de Respuesta ante Alertas de Mantenimiento Crítico: Si el horómetro alcanza el límite y el proveedor no se apersona a realizar el mantenimiento en la fecha programada, se le otorgará un plazo de gracia máximo de 24 horas hábiles. El exceso de este plazo facultará a la Municipalidad a paralizar temporalmente el uso del equipo para proteger el motor y la transmisión, computándose cada día de atraso como un incumplimiento del contratista sujeto a la aplicación del régimen de multas diarias del pliego de condiciones y a la eventual resolución contractual por poner en riesgo el activo municipal, sin perjuicio de otras medidas legales por parte de la administración.
- e) Garantía Técnica de los Servicios de Mantenimiento Ejecutados
- Garantía Mínima del Servicio y Repuestos: Cada servicio de mantenimiento preventivo o correctivo ejecutado sobre la excavadora tendrá una garantía técnica mínima e independiente de tres (3) meses o doscientas cincuenta (250) horas de operación (lo que ocurra primero), contados a partir de la firma del recibido conforme por parte del Administrador del Contrato.
- Cobertura Absoluta de Componentes: Esta garantía cubrirá de forma total cualquier falla, fuga de fluidos, desajuste mecánico o defecto derivado de una mala praxis en la mano de obra o por la instalación de repuestos, filtros o lubricantes defectuosos. El contratista estará obligado a resolver la incidencia en el Plantel Municipal en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas naturales a partir de la notificación, asumiendo el 100% de los costos de reparación, nuevos materiales y viáticos, bajo apercibimiento de la aplicación de las multas.
- f) Obligación de Entrega de Informe Técnico de Servicio para Trámite de Pago
Al finalizar cada mantenimiento preventivo o correctivo en el Plantel Municipal, el contratista tendrá la obligación ineludible de emitir y entregar al Administrador del Contrato un Informe Técnico de Trabajos Realizados, debidamente firmado de forma digital por el ingeniero mecánico o jefe de taller responsable de la empresa, el cual deberá contener como mínimo:
- El registro exacto del horómetro actual de la excavadora al momento de iniciar y finalizar el servicio.
- El detalle minucioso de las piezas, empaques, fluidos e insumos sustituidos, especificando los códigos de parte originales del fabricante.
- El resultado de las pruebas de presión, rendimiento y diagnóstico computarizado del motor y sistema hidráulico ejecutadas post-mantenimiento.
- Entrega física obligatoria al encargado del Almacén Municipal, señor Isauro Herrera, de los filtros y repuestos viejos sustituidos para la verificación física de desecho.
De conformidad con las buenas prácticas de control interno, la no presentación de este informe técnico o la omisión de los repuestos sustituidos facultará a la Administración a paralizar de forma inmediata el trámite de pago de la factura, computándose el tiempo de retraso como un incumplimiento imputable al contratista.
- Condiciones de entrega, inscripción y logística vial.
- Entrega
- a) El Adjudicatario cubrirá la totalidad de los costos derivados del transporte pesado, fletes, grúas de bajo perfil (lowboy), trámites de internamiento aduanero, desalmacenaje, bodegajes, seguros de transporte y cualquier otro gasto logístico indirecto que se requiera para situar el equipo de forma definitiva y a satisfacción en las instalaciones del Plantel de la Municipalidad de Tilarán.
- b) Capacitación Técnica Obligatoria: El proveedor se obliga a impartir un módulo de capacitación técnica de un mínimo de 16 horas prácticas, dirigido a los operadores de maquinaria y mecánicos del plantel municipal sobre la operación correcta de los mandos, uso de la pantalla digital, rutinas de inspección diarias y medidas de seguridad ocupacional.
- c) Tal y como se requiere en este pliego de condiciones el equipo que se entregue debe ser completamente nuevo en todos sus componentes.
- d) Se debe entregar el equipo con una placa AGV o placa temporal T24, y posteriormente se deberá inscribir ante el Registro Público de la Propiedad (a nombre de la Municipalidad de TILARÁN) y con la revisión técnica vehicular y derechos de circulación al día.
- Inscripción Registral y Cumplimiento de la Ley de Tránsito
- a) Estado Registral: El equipo pesado se entregará al municipio completamente inscrito ante el Registro Público a nombre único de la Municipalidad de Tilarán, con sus derechos de circulación (marchamo) vigentes y debidamente pagos, placas metálicas y la Revisión Técnica Vehicular aprobada conforme a derecho. Para la entrega física transitoria, se permitirá movilizar el equipo bajo placas temporales tipo T24 o placas AGV válidas.
- b) Cumplimiento del Bloque Vial Nacional: El equipo deberá cumplir a cabalidad con lo estipulado en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N.° 9078, el Decreto Ejecutivo N.° 17266-MOPT sobre pesos y dimensiones máximas autorizadas, y cualquier otra directriz o regulación especial de funcionamiento emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para la circulación de equipo especial en territorio nacional.
- c) Rotulación Institucional Exigida: De previo a la entrega física de la excavadora, el contratista coordinará con la Administración el diseño de la imagen institucional. La unidad se entregará debidamente rotulada mediante vinil autoadhesivo de alta durabilidad con protección contra rayos UV, colocado visiblemente en ambas puertas delanteras de la cabina. La rotulación incorporará el Escudo Municipal a full color y el nombre oficial de la institución: MUNICIPALIDAD DE TILARÁN.
- d) Caja de Herramientas Obligatoria: El equipo pesado se entregará con una caja de herramientas metálica de servicio pesado con cerradura de seguridad para el mantenimiento preventivo diario y semanal, instalada en el compartimento técnico de la máquina, la cual contendrá como mínimo lo siguiente:
- Una (1) bomba de engrase manual de alta presión con manguera flexible de acople rápido.
- Un (1) juego completo de llaves fijas mixtas (coronas y bocas) en medidas milimétricas estándar aptas para los pernos ordinarios del motor y chasis de la máquina.
- Un (1) juego de llaves hexagonales tipo Allen en estuche organizador.
- Un (1) juego de destornilladores de servicio pesado (planos y de cruz) con mango aislado.
- Una (1) llave ajustable (llave inglesa) de mínimo 12 pulgadas de longitud.
- Un (1) calibrador de presión de neumáticos/orugas o medidor técnico de tensión de cadenas según recomiende el fabricante.
- Extintor americano tipo ABC de 2 kg recargable.
- Adicionalmente debe aportarse 4 conos de seguridad juego de llaves para mantenimiento del equipo, juego de cubos, rash y maneral, un chaleco reflectante talla L, cables (lagartos) de buena marca y alto amperaje. Todas estas herramientas deben ser de marca reconocida tipo Hazet, Proto, o de similar calidad. Manual de operación y mantenimiento.
- Otros requerimientos
- a) TALLER DE SERVICIO: La empresa debe contar con un taller de servicio propio, debidamente acondicionado con herramientas para ajuste y reparación, lo cual debe demostrar con documentación idónea.
El taller debe contar con los permisos de funcionamiento y patente comercial acorde con la actividad comercial y a nombre del oferente.
Se deberá aportar información del taller de servicio y su ubicación (Adjuntar fotos del taller de servicios y repuestos).
- b) REPUESTOS: Al someter a concurso la oferta, el oferente debe garantizar por un periodo no menor a 10 años, que mantendrá un suministro constante de repuestos.
Deberá indicar por escrito el número de días hábiles requeridos para la importación de un repuesto no común, para la máquina ofrecida en la modalidad de emergencia, vía aérea hasta sus bodegas de repuestos.
Indemnización por falta de repuestos
El oferente se debe comprometer a indemnizar, a la Municipalidad en el caso de que el equipo llegare a mantenerse en avería por falta comprobada de repuestos y/o servicio de garantía, por un período mayor de 20 días hábiles. Se entiende como el equivalente al costo de alquilar un equipo similar para que efectúe el trabajo que se dejó de hacer mientras la máquina municipal esté en avería por falta de repuestos y/o servicio.
Esta indemnización estará vigente por un período de 5 años a partir del momento de recepción definitiva.
- c) CUMPLIMIENTO ESPECIFICACIONES TECNICAS: Deberá de certificarse por el fabricante de la marca ofertada de la EXCAVADORA el cumplimiento de las especificaciones técnicas, en carta original o copia. La no presentación del documento solicitado será objeto descalificación de la oferta.
- d) TRANSPORTE: El transporte del equipo y accesorios de esta licitación deberá hacerse por cuenta y riesgo del adjudicatario hasta su sitio de entrega en el plantel municipal de Tilarán.
- e) MANUALES: Se debe incluir:
- Manual de operación
- Manual de servicio (mantenimiento preventivo)
- f) Capacitación Presencial en Campo: A más tardar diez (10) días hábiles posteriores a la recepción definitiva a conformidad de la excavadora hidráulica en el Plantel Municipal, el contratista adjudicado quedará obligado a brindar una jornada de capacitación técnica-operativa de forma presencial en las instalaciones de la Municipalidad de Tilarán.
- Alcance: El entrenamiento se impartirá como mínimo para cinco (5) funcionarios municipales (incluyendo operarios de maquinaria pesada y mecánicos del plantel), sin ningún costo adicional o diferido para la institución.
- Contenido Mínimo: El programa deberá cubrir de forma teórica y práctica la operación segura de los mandos, interpretación de alertas en el monitor LCD, mantenimiento preventivo de primer nivel, técnicas de excavación eficiente y seguridad ocupacional, de estricto acuerdo con las especificaciones del manual del fabricante de la máquina. El cumplimiento de esta capacitación será requisito indispensable para el trámite de finiquito o liberación de las retenciones correspondientes.
- g) Condiciones adicionales:
- Todas las especificaciones técnicas solicitadas en el pliego de condiciones y ofrecidas en la oferta deben ser debidamente respaldadas con literatura técnica original del fabricante.
- Las garantías ofrecidas para él equipo inician en el momento que la unidad sea recibida satisfactoriamente por la Institución.
- Se debe entregar el equipo inscrito ante el Registro Público de la Propiedad en las instalaciones de la Municipalidad.
- El equipo debe cumplir con las normas técnicas consignadas en la Ley de Tránsito y su Reglamento vigentes para circulación y uso de maquinaria, así como de todas las normas y Decretos Ejecutivos vigentes que se hayan publicado por el Poder Ejecutivo en materia de importación de maquinaria, control de emanación de gases y valoraciones energéticas de maquinaria.
- Todos los componentes principales del equipo deben venir con su respectiva placa de identificación del fabricante, donde se especifique sus modelos y números de serie entre lo más importante, así como las relaciones y características técnicas de diseño en aquellos componentes que así se requieran, como el caso del: motor, bomba hidráulica, entre otros. Las placas anteriores de los fabricantes, así como los números de chasis y motor, deben ser visibles sin coberturas de pintura u otro material que impida su verificación y comprobación contra la oferta.
- La garantía sobre los equipos corre a partir de la entrega a satisfacción y puesta en operación del equipo, en todo caso la prueba de descargo en aspectos de garantía correrá por cuenta del adjudicatario y de la empresa representante en el país. Es decir, es deber del adjudicatario o representante, establecer el origen e incidencias de posibles fallas, como su solución, determinando sus requerimientos en tiempo, suministros, mano de obra y repuestos.
- El adjudicatario avisará formalmente el día y hora de entrega de los equipos, para lo cual deberá presentar los equipos completos, con accesorios, manuales y documentos, tal y como lo ofreció en la oferta y solicitó el pliego de condiciones, de no cumplirse con ese requisito, se rechazará la entrega y correrá el tiempo de entrega hasta que se reciba en su totalidad. El día de dicha entrega se realizarán las pruebas de control, para verificar el comportamiento del equipo y sus capacidades, conforme a la oferta, de no cumplir con alguna condición se rechazará la entrega y correrá el tiempo de entrega hasta que se reciba en su totalidad.
- En general, el equipo debe guardar un ajuste substancial contra el catálogo del fabricante (el cual deberá adjuntarse con la oferta), de forma tal, que éste sea un instrumento eficaz en la identificación, valoración y posterior recibo del equipo. De igual forma los manuales entregados deben corresponder y ajustarse al equipo ofrecido y entregado.
- Toda la anterior descripción técnica del equipo deberá certificarse mediante declaración jurada por parte del oferente.
- Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, deberá indicar mediante acto motivado Justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. La administración valorará los argumentos para determinar si se mantiene dicha condición.
- Cualquier condición no prevista, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra normativa aplicable a la materia.
- La Administración se reserva el derecho de efectuar las modificaciones y/o aclaraciones a las condiciones o especificaciones del pliego de condiciones, cuando se consideren necesarias y en estricto apego a lo definido para los efectos por la Ley 9986 y su reglamento, y se comunicarán a los potenciales oferentes oportunamente.
- El oferente no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que existan en las especificaciones. En caso de que el contratista advierta un error u omisión deberá notificar de inmediato a la Municipalidad, quien hará las correcciones y dará las interpretaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo promovido en el presente procedimiento de contratación.
- En caso fortuito la administración recurrirá a las razones de lógica y al Principio de Buena Fe entre las partes. Es claro que la Municipalidad de Tilarán se reserva el derecho de verificar en cualquier momento sin previo aviso, y confirmar los datos que a su juicio se considere necesario investigar. La falsedad de algún dato o información descalifica inmediatamente la oferta de concurso.
Se deberá adjuntar en la oferta la fotografía del equipo ofrecido, para poder validar lo requerido por la administración.
- Procedimientos de control de calidad:
Procedimientos de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución del contrato y para la recepción de la obra, suministro o servicio, los terceros interesados y/o afectados, así como las medidas de abordaje de estos sujetos cuando el proyecto lo amerite y los riesgos identificados, debiendo asegurarse de que el riesgo en ningún caso superará el beneficio que se obtendrá con la contratación. (art. 86 inciso e, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y Artículo 37 Ley de Compras Públicas.
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Procedimientos de control de calidad |
· Se corroborarán que los equipos cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas. · Revisión de productos por parte del encargado del proyecto y mecánico.
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Terceros interesados |
· Colaboradores municipales quienes serán los usuarios de dichos equipos.
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Riegos identificados |
· Aceptación de equipos que no cumplan con lo solicitado. |
2.4 Rangos de tolerancia: Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se presumirá como razonable todas aquellas variaciones del precio cotizado en relación con el precio estimado que oscilen en un rango de +-20% por cada precio unitario de cada línea a contratar.
Esta administración no realizará análisis de precios para ofertas que estén por encima del margen superior del estudio de mercado. Solamente en la eventualidad de que los precios ofertados se estimen por debajo de los parámetros, la administración realizará el análisis correspondiente y solicitará a los oferentes información adicional a fin de determinar su procedencia o no de manera razonada y justificada en que no se incurra en un precio ruinoso y afecte el desarrollo de las obras generando afectaciones a la administración por la no ejecución.
Se realizará el análisis correspondiente de razonabilidad de precios, en donde se utilizarán diversos insumos para analizar los precios de cada una de las ofertas, llámese, estudios de mercado, decretos ejecutivos, precios de ofertas presentadas, entre otros. De igual forma, quien resulte adjudicado se deberá presentar la estructura de costos.
2.6 Otras disposiciones: El Contratista deberá contratar personal calificado para la prestación de un buen servicio; además de:
- Asignar al personal el equipo necesario para brindar un servicio adecuado, el cual debe mantener en todo momento una buena presentación personal y un comportamiento apropiado guardando en todo momento buenas prácticas éticas y morales.
- Sustituir personal a cargo de una labor específica por solicitud debidamente justificada de la Municipalidad.
- Permitir la supervisión de la Municipalidad.
- El contratista será el responsable de satisfacer los requisitos concernientes a la higiene y seguridad ocupacional de su personal en el área de trabajo y de la señalización correspondiente.
- Es obligación del adjudicatario suscribir y/o mantener actualizada una póliza de riesgos de trabajo conforme la actividad comercial contratada, que cubra a todo el personal que brinda el servicio contratado y a terceros. Dicha póliza deberá de estar vigente durante la ejecución del contrato y sus prorrogas ya que la Municipalidad de Tilarán no asumirá ningún tipo de responsabilidad en este sentido.
- El contratista adjudicado deberá mantener vigentes y al día los pagos por concepto de seguro de riesgos del trabajo y de responsabilidad civil por lesión o muerte a terceras personas.
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Si durante la ejecución del contrato por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá resolución del contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista asumirá cualquier responsabilidad y la eventual indemnización que hubiere que pagar por los daños causados a su personal, terceras personas o propiedades o bienes ocasionados por la ejecución del objeto contratado. Asimismo, éste asumirá el riesgo por eventuales daños que sufran el transporte, los equipos y herramientas de trabajo en el traslado y ejecución de los servicios.
- Es obligación del contratista pagar los salarios mínimos establecidos por la ley en forma oportuna y demás derechos laborales. En general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono y obligaciones laborales contenidas en el Código de Trabajo, y demás leyes y regulaciones conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas. La contratación será en términos “sin relación de subordinación jurídica laboral”, de modo que la Municipalidad no asumirá ninguna responsabilidad laboral ni civil, en relación con el personal del adjudicatario o terceros.
- Garantizar que el equipo utilizado para el cumplimiento del objeto contractual cumple con todos los requisitos de ley y se encuentra al día con el pago de sus obligaciones, según corresponda al tipo de maquinaria requerido (revisión técnica, derecho de circulación, permisos especiales, etc). Se debe aportar copia de los documentos de respaldo junto con la oferta.
- Garantizar la suplencia de vehículos y cualquier equipo del proceso, para cubrir las necesidades de reparación y o mantenimiento de las unidades a fin de evitar demoras en la entrega de las obras.
- El contratista deberá tomar todas las medidas de seguridad necesarias para mitigar accidentes de tránsito, garantizará el libre tránsito de vehículos de emergencia a toda hora y tiene que velar por la seguridad peatonal, todo lo anterior si la etapa del proyecto lo permite. Por lo tanto, todo el personal involucrado en el proyecto debe contar con el respectivo equipo de seguridad con chalecos reflectivos, cascos, zapatos especiales, así como conos, rótulos, vallas, barriles entre otros. Debe además cumplir con los requisitos de Ley para el manejo y operación de los equipos necesarios para el cumplimiento de las labores.
- En ninguna circunstancia, el contratista podrá ceder gravar o traspasar los derechos derivados del contrato que se origine, si no cuenta previamente con la anuencia expresa de su contraparte, manifestada por medio de acto debidamente razonado y motivado, cuando razones de fuerza mayor u otras muy calificadas así lo impongan en beneficio del interés público.
- La Municipalidad de Tilarán, durante el plazo de estudio de las ofertas o en cualquier etapa del proceso, se reserva el derecho de requerir a los participantes las explicaciones, documentación y aclaraciones que considere necesarias, así como de verificar toda la información suministrada por el oferente para el presente concurso y/o de buscar información adicional de la que se aporte relacionada con el objeto de contratación. De comprobarse información negativa, alguna falsedad o intento de fraude será motivo de exclusión inmediata de la oferta.
- La ejecución del contrato se realizará por cuenta y riesgo del contratista y la Administración no asumirá ante él más responsabilidades que las previstas en la contratación. En el caso de que ocurra algún evento que sobrepase los montos asegurados, el exceso de los costos correrá por cuenta del adjudicatario de conformidad con lo indicado. Es decir, que, en el caso de ocurrir algún evento durante la ejecución de los servicios, que ocasione daños por responsabilidad civil a terceras personas, los costos correrán por cuenta del contratista. Por tal motivo, el servicio debe ser realizado en una forma ordenada y cuidadosa.
- La municipalidad se reserva el derecho de verificar la información aquí solicitada, aunque no se adjunte en la oferta, y de solicitar cualquier información o documentación adicional.
2.7 Recursos disponibles para verificar la correcta ejecución del objeto del contrato:
Para la ejecución de este proyecto se cuenta con tres inspectores que controlaran no solo las labores que se van a ejecutar, sino también los muestreos de calidad correspondientes.
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Recurso Humano Disponible |
Para este concurso se cuenta con el coordinador del departamento, ingeniero asistente y el inspector de campo para velar por el cumplimiento de las especificaciones técnicas y equipos ofertados |
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Recursos Materiales disponibles |
Computadores, vehículos y pliego de condiciones con especificaciones técnicas.
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2.8 Designación de un encargado general del contrato:
El encargado del proyecto es el Ingeniero Louis Porras Duarte, Coordinador del Departamento Servicios de Infraestructura, así como los supervisores del proyecto en labores de campo que se asignen conforme la disponibilidad.
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Nombre completo Teléfono Correo electrónico Dependencia |
Ing. Louis Porras Duarte 2695-2428 Departamento de Servicios de Infraestructura |
2.9 Lugar de entrega del bien o servicio
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Almacén municipal |
Bodega plantel municipal, ubicado 300 m al Norte de las oficinas centrales del ICE |
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Nombre, teléfono y correo de contacto municipal |
Louis Porras Duarte, 2695-2428, lporras@tilaran.go.cr |
2.10 Modalidad de cotización o de pago y tipo de contrato: Cantidad definida. La oferta deberá ser presentada de acuerdo con el siguiente cuadro de ofertas:
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Cantidad |
Descripción |
Costo Unitario |
Costo total |
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1 |
Excavadora totalmente nueva |
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1 |
Mantenimiento preventivo |
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Total |
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¢ |
¢ |
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Monto en letras: |
_____________________________________________________ |
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- Observaciones complementarias y reglas de cotización.
- a) El oferente debe verificar que el monto total por línea sea exacto y congruente entre el precio unitario y la cantidad solicitada, evitando divergencias por decimales.
- b) Se recomienda cotizar utilizando números enteros (sin decimales). En caso de incluirlos, se autoriza un máximo de dos (2) dígitos decimales. La Administración no asumirá responsabilidad por diferencias de céntimos provocadas por las fórmulas de redondeo automático de la plataforma SICOP.
- c) Para garantizar la compatibilidad técnica y la continuidad de la garantía de fábrica, la línea del Servicio de Mantenimiento Preventivo se adjudicará única y exclusivamente al oferente que resulte ganador de la compra de la Excavadora Hidráulica.
- d) El oferente debe adjuntar en su propuesta el Plan de Mantenimiento Preventivo de Fábrica para un ciclo total de diez mil (10.000) horas de trabajo, indicando el costo global acumulado y una tabla desglosada con el precio unitario de cada hito periódico recomendado (ej. mantenimientos de las 250h, 500h, 1.000h, etc.).
- e) El mantenimiento preventivo se ofertará por un monto global por un periodo de 10.000 horas para efectos de adjudicación, pero la Administración fraccionará y cancelará dicho monto de forma individual por cada servicio efectivamente realizado a conformidad en el campo, pagando el valor exacto fijado en la tabla de desglose de la oferta, conforme los precios de cada servicio propuestos en el plan de mantenimiento.
2.11 Tipo de cotización y adjudicación
La adjudicación del concurso se realizará de forma total a un único proveedor. Se seleccionará a la empresa que obtenga la mejor calificación en la evaluación global del proceso de contratación. Este criterio busca garantizar la eficiencia operativa y simplificar la gestión administrativa al consolidar la totalidad de las líneas contratadas con una sola entidad.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Capítulo I
Condiciones Generales
- Objeto contractual: La Municipalidad de Tilarán, cédula jurídica 3-014-042110 en adelante la administración, requiere contratar la adquisición de bienes o servicios de conformidad con lo estipulado en el capítulo II del presente documento.
El Departamento de Servicios de Infraestructura tiene a cargo el presente proceso por lo que cualquier consulta la pueden realizar al ingeniero Louis Porras Duarte al teléfono 26952428, lporras@tilaran.go.cr.
El encargado de la unidad usuaria solicitante, será responsable directo de la recepción definitiva, así como del control de la garantía técnica de los bienes solicitados y recibidos, control de plazos de entrega y del proceso de reclamo que dicha garantía conlleve.
- Lugar y forma de entrega: El objeto contractual deberá ser entregado formalmente en los sitios indicados por el funcionario municipal a cargo de este proceso indicado en el punto anterior, principalmente dentro de los límites del cantón de Tilarán, sin limitarse al mismo.
- Fundamento legal:
3.1 La presente contratación se establece como Licitación Menor de conformidad con los artículos 36, y 74 de la Ley General de Contratación Pública, los artículos 151 y 195 del Reglamento a Ley General de Contratación Pública y con los umbrales para determinar el procedimiento de contratación actualizados mediante resolución R-DC-00142-2025 de la Contraloría General de la República publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 237 del 17 de diciembre del 2025, y el Reglamento sobre gastos fijos y adquisición de bienes y servicios, de competencia del Alcalde Municipal.
- Forma de presentación de la oferta: Se aceptarán únicamente ofertas electrónicas presentadas antes de la hora y fecha de la apertura, por medio del sistema integrado de compras públicas (SICOP). (Requisito de admisibilidad). La información que contiene la oferta debe ser en idioma español, legible, sin cualquier signo de alteración. Todos los documentos relacionados con las ofertas y en general con el concurso, deben ser electrónicos y deberán ser incorporados por el mismo oferente en el SICOP. No se atenderá ninguna gestión realizada por otro medio distinto al anterior y este sistema constituirá el único medio para recibir notificaciones por parte de la Municipalidad.
- Vigencia de la oferta: Todo concursante deberá indicar clara y expresamente la vigencia de su oferta, la cual en ningún caso podrá ser inferior a sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de esta contratación.
- Aclaraciones: Toda solicitud de aclaración a las disposiciones del pliego de condiciones deben ser efectuadas por medios electrónicos, a través del sistema SICOP, mismo sistema informático que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo vigente.
- Plazo de Entrega y/o Tiempo de respuesta para entrega: Se refiere al tiempo que requiere el contratista a partir de la comunicación de la orden de pedido en SICOP por parte de la Municipalidad, para hacer la entrega del bien o servicio adjudicado. No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuyo tiempo de respuesta de entrega no sea mayor a 60 días hábiles.
No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuyo tiempo de respuesta de entrega sea mayor al indicado en el punto anterior u ofertas con plazos en días naturales.
De conformidad con el artículo 281 del RCP, respecto al plazo de ejecución del contrato, a solicitud del contratista, la Administración podrá autorizar prórrogas al plazo de ejecución del contrato vigente, cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista originadas por caso fortuito y fuerza mayor. En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, dará derecho a la Administración a rescindir el contrato sin responsabilidad alguna y dará derecho a cobrar los daños y perjuicios que tal incumplimiento causare.
La Administración deberá valorar la solicitud de prórroga del contratista considerando las afectaciones en la programación de la ejecución contractual, conforme a lo que le haya acreditado y probado el contratista en su requerimiento. Una vez presentado el evento que ocasiona la solicitud el contratista deberá comunicarlo inmediatamente a la Administración
El contratista solicitará la prórroga dentro de los ocho días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la extensión del plazo y la Administración contará con igual plazo para resolver si procede o no. Si la solicitud se hace fuera de plazo, pero estando aún el contrato vigente, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada.
- Precio (Artículos 41, 42 y 43 LCP, Artículo 44 RCP)
8.1 Los precios cotizados, serán ciertos, unitarios, definitivos e invariables, en moneda nacional, sin sujeción a condición alguna no autorizada por este pliego de condiciones y libre de todo tipo de impuestos, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones regulados en el artículo 43 de la Ley de Compras Públicas. Será posible mejorar los precios cotizados de conformidad con lo que disponga el Reglamento y la Ley de Compras Públicas. Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
8.2 De darse divergencia entre dos o más formas de expresión, prevalecerá la consignada en la plataforma SICOP. Para la estimación del precio el oferente deberá tomar en cuenta todos los gastos e implicaciones que conlleva la prestación de este servicio, bajo la modalidad de entrega según demanda. Entre dichos gastos deberá tomar en cuenta gastos operativos, gastos administrativos, cargas sociales, seguros, pólizas, mantenimiento, transportes, viáticos, bodegaje, así como cualquier otro gasto en que se incurra el contratista hasta la total entrega de lo solicitado, de manera ágil y eficiente.
8.3 En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
8.4 Los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación conforme el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
De conformidad con la Directriz Nº 044-H Uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas dirigidas al sector público en su artículo 1 °, se deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público; por lo que se insta a realizar la cotización del precio en colones, en concordancia con lo establecido en dicho documento.
8.5 El precio cotizado debe ser libre de todo tipo de impuestos con entrega en el Plantel Municipal y debe contemplar todos los gastos. Para ello se entiende que el contratista termina su obligación de entrega, asumiendo todos los gastos referentes a exoneración de impuestos, transporte, riesgos, póliza de desalmacenaje, bodegaje, revisión técnica vehicular, la boleta de pesos y dimensiones, seguros y tramites, entre otros necesarios hasta la entrega en el lugar indicado, en el Plantel Municipal, sito en el cantón de Tilarán, 300 mts norte de la sucursal del ICE, carretera a Arenal, hasta cuando las mercancías hayan sido puestas a disposición de la Administración. Corren por cuenta del adjudicatario todos los gastos en el sitio antes indicado e inscripción de la maquinaria en el registro de la propiedad de vehículos.
8.6 El pago será en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la confección del cheque o medio de pago seleccionado. La Administración deberá comunicar al contratista dentro de los cinco días hábiles posteriores a su confección, que el medio de pago acordado se encuentra a su disposición.
8.7 Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública.
8.8 Se deberán cotizar los precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio. La Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
8.9 La Administración no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa para el oferente.
8.10 La oferta no debe incluir el impuesto al valor agregado (IVA), toda vez que la Municipalidad se encuentra no sujeto a este impuesto en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del Código Municipal, Ley N°7794 y lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°9635.
8.11 En el supuesto de que la Administración presente dudas acerca de la razonabilidad
del precio de una oferta y ese sea el único factor determinante para adjudicar, se podrá adjudicar la contratación siempre y cuando el oferente presente de previo a la adjudicación una línea de crédito o garantía que asegure que cuenta con medios para cumplir con el bien, la obra o el servicio, sin que la Administración cancele un mayor precio que el cotizado.
8.12 El oferente podrá ofrecer descuentos y mejoras en su precio. Bajo ningún supuesto
la mejora implicará disminución de cantidades, desmejora de la calidad y condiciones de lo originalmente ofrecido o el otorgamiento de una ventaja indebida para el proponente, ni podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.
- Documentación y Declaraciones juradas a aportar: Toda oferta presentada por un proveedor contendrá las siguientes declaraciones y certificaciones. Las declaraciones se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público. Deberán estar debidamente firmadas por el oferente mismo, en el caso de personas físicas, o el representante legal en caso de las personas jurídicas:
- Que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
- Que se encuentra al día en el pago del impuesto a personas jurídicas, de conformidad con la Ley 8024, si así corresponde.
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la normativa y de manera particular las contempladas en los los artículos 28 de la LGCP y 32 del RLGCP e indicar con cuál institución tiene esta afectación. En caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la LCP, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de dicha ley.
- Estar inscrito y al día como Patrono o trabajador independiente ante la CCSS, de conformidad con el artículo 14 inciso f) de la Ley de General Contratación Pública y artículo 74 de la CCSS (esta información será validada en línea en la página de consulta respectiva). Tal condición se hace extensiva a los subcontratistas conforme artículo 14 inciso g de dicha Ley.
Durante la etapa de ejecución del contrato, si un contratista adquiere la condición de morosidad con la Caja, y el contratante tiene pendiente pagos a su favor, este deberá retener su pago y girarle dichos recursos directamente a la Caja. Si una vez honrado el pago de las cuotas obrero-patronales o de trabajadores independientes quedara algún remanente a favor del contratista, el contratante le hará entrega de este.
- Que cumple estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo el salario mínimo establecido en el decreto de Salarios Mínimos.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- Si el oferente subcontrata el servicio a terceros, deberá indicarlo expresamente en su oferta y presentar una constancia y dar fe del tipo de contrato que se tiene para con estos terceros. Igualmente, los subcontratados deberán presentar (al igual que el oferente), una declaración jurada de los artículos 14 y 28 de la Ley General de Contratación Pública, además de encontrarse al día con el pago de los impuestos nacionales, contar con licencia comercial que lo habilite a ejercer la actividad por la que está ofertando, dicho subcontratista debe encontrarse inscrito en la respectiva plataforma SICOP. Adicionalmente, dicha subcontratación deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 del este mismo cuerpo normativo.
- El oferente deberá comprometerse en un actuar ético y un compromiso anticorrupción, según lo establecido en el artículo 24 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- La administración queda en potestad de verificar la información aportada por los oferentes respectivos y en caso de detectar inconsistencias se las hará saber al oferente.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
9.1 Adicionalmente, se deberá presentar:
- Declaración jurada de cumplir con todos los requisitos legales para el ejercicio del comercio en el país.
- Personería jurídica y/o poder especial de quien firma la oferta, así como cédula de identidad, en caso de personas jurídicas.
- Declaración jurada de cumplir con todos los requisitos legales para el ejercicio del comercio en el país (Tributación Directa, Ministerio de Salud, Municipalidades, Legislación ambiental, INS, entre otros establecidos por el ordenamiento jurídico según la forma en que el oferente ejerza su actividad comercial) Los oferentes que no se ajusten a este requerimiento quedarán descalificados por falta de idoneidad legal de conformidad con el Artículo 16 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se deberá aportar copia de la documentación que corrobore lo indicado en este punto.
- Certificación sobre la personería legal del oferente y la naturaleza y documento idóneo de que la sociedad está legalmente inscrita y vigente, con una vigencia de no más de tres meses de emitidas.
En todos los casos, la Municipalidad de Tilarán se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
De conformidad con los artículos 18 y 29 de la Ley de Compras Públicas y 33 de su Reglamento, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores en el sistema digital unificado SICOP y es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada y previo a presentar su oferta. El proveedor deberá actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en ese registro.
Los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada se mantiene invariable.
- Plazo de adjudicación (Articulo 51 LCP, 140 RCP): La Municipalidad de Tilarán tendrá un plazo en días hábiles no mayor al doble del fijado para recibir las ofertas, para resolver este proceso licitatorio. En casos excepcionales, por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al de recibir ofertas, acto que será suscrito por el superior jerárquico o a quien éste delegue para dictar el acto final e incorporado en el sistema digital unificado.
- Plazo para comunicar el acto final (Artículo 141 RCP). El acto final será comunicado por medio del sistema digital unificado al día hábil siguiente a su dictado.
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados, no sea posible realizarlo mediante el sistema digital unificado, la Administración deberá notificar el acto final a los participantes por el medio electrónico señalado en ese mismo plazo.
- Órdenes de pedido: Las órdenes de pedido se elaborarán por medio de la plataforma de SICOP y una vez notificadas al contratista inicia la contabilización del “tiempo de entrega”. La Municipalidad tendrá como incumplido el contrato para una entrega específica, cuando el contratista, no solicite al menos un día hábil previo al vencimiento del “tiempo de entrega”, la prórroga del plazo de entrega con la justificación correspondiente, por medio de la plataforma SICOP.
- Recepción provisional y definitiva: El personal designado efectuará la recepción provisional de los bienes entregados, se consignarán las cantidades recibidas, la hora, la fecha y la firma de los presentes. Lo anterior sin perjuicio de los mecanismos de revisión posteriores que la Municipalidad tenga a bien establecer, con el fin de dar la recepción definitiva de los mismos.
- Forma de pago: (Artículo 11LCP) La Municipalidad pagará al contratista por orden de pedido efectivamente emitida y recibida a satisfacción por parte del funcionario municipal a cargo del proyecto, quien debe presentar en cada caso el informe respectivo, así como la solicitud de pago correspondiente. El pago se hará en colones, dentro de los 30 días naturales después de recibir el objeto contractual y será en función del presupuesto disponible. No se tramitará ningún pago cuya gestión no se haya hecho por medio de SICOP, paralelamente la factura electrónica deberá remitirse al correo facturaelectronica@tilaran.go.cr. La administración realizará la retención del 2% de la renta.
El adjudicatario deberá realizar la facturación por cada mes calendario, en los primeros ocho días hábiles del mes siguiente.
- Obligaciones del oferente ante la CCSS: Todo oferente, sea en su condición de patrono o como trabajador independiente, deberá estar registrado, activo y al día en el pago de sus obligaciones obrero-patronales ante la CCSS al presentar su plica. (Requisito de admisibilidad); o bien, bajo arreglo de pago, lo cual deberá demostrar mediante certificación emitida por esa entidad con no más de dos días al momento de su presentación al SICOP. La Municipalidad verificará el estado de morosidad en sistema de consulta del sitio oficial de dicha entidad de seguridad social en todas las etapas del proceso de contratación.
- Póliza de Riesgos de Trabajo, Responsabilidad Civil y Obligaciones Patronales: El oferente deberá tener póliza de Riesgos de Trabajo al día conforme la actividad comercial contratada y que cubra a todos trabajadores que intervengan en la ejecución contractual. Quien resulte adjudicado debe presentar Póliza de Responsabilidad Civil.
16.1 Es obligación del ofertado suscribir y/o mantener actualizada una póliza de riesgos de trabajo del Instituto Nacional de Seguros, que cubra a todo el personal necesario para brindar el servicio y/o bienes a contratar, conforme la actividad comercial objeto de contratación y presentarla junto con su oferta. En caso de resultar adjudicado dicha póliza deberá de estar vigente durante la ejecución del contrato y sus prorrogas, así como la de Responsabilidad Civil.
16.2 El contratista adjudicado deberá mantener vigentes y al día los pagos por concepto de seguro de riesgos del trabajo y de responsabilidad civil por lesión o muerte a terceras personas.
16.3 El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
16.4 Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas. La contratación será en términos “sin relación de subordinación jurídica laboral”, de modo que la Municipalidad no asumirá ninguna responsabilidad directa o indirecta de tipo laboral ni civil, en relación con el personal del adjudicatario.
16.5 Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá resolver el contrato por el incumplimiento del Contratista.
16.6 El contratista asumirá cualquier responsabilidad y la eventual indemnización que hubiere que pagar por los daños causados a su personal, terceras personas o propiedades o bienes ocasionados por la ejecución del objeto contratado. Asimismo, éste asumirá el riesgo por eventuales daños que sufran el transporte, los equipos y herramientas de trabajo en el traslado y ejecución de los servicios.
16.7 El contratista será el responsable de satisfacer los requisitos concernientes a la higiene y seguridad ocupacional de su personal en el área de trabajo y de la señalización correspondiente.
16.8 La ejecución del contrato se realizará por cuenta y riesgo del contratista y la Administración no asumirá ante él más responsabilidades que las previstas en la contratación. En el caso de que ocurra algún evento que sobrepase los montos asegurados, el exceso de los costos correrá por cuenta del adjudicatario de conformidad con lo indicado.
Es decir, que, en el caso de ocurrir algún evento durante la ejecución de los servicios, que ocasione daños por responsabilidad civil a terceras personas, los costos correrán por cuenta del contratista. Por tal motivo, el servicio debe ser realizado en una forma ordenada y cuidadosa.
La municipalidad se reserva el derecho de verificar la información aquí solicitada, aunque no se adjunte en la oferta, y de solicitar cualquier información o documentación adicional.
- Obligaciones Tributarias: La Administración verificará en la plataforma Virtual denominada “Consulta Situación Tributaria” del Ministerio de Hacienda, la actividad registrada que sea referente con el objeto contractual, así la condición de estar al día con los impuestos por parte del Oferente. En caso, que el oferente se encuentre en dicha plataforma en estado de morosidad, debe aportar en su oferta la constancia o certificación emitida por el Ministerio de Hacienda, de estar al día con los impuestos tributarios (no se considera para el análisis de la oferta, declaraciones o comprobantes de pago).
No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuya actividad comercial registrada no sea acorde con el objeto contractual.
- Patente e impuestos municipales:
18.1 El oferente debe contar con la licencia municipal (Patente Comercial) vigente, al día y acorde con el objeto contractual de este proceso para lo cual deberá presentar la documentación de respaldo, conforme el artículo 88 del Código Municipal.
18.2 Certificación de encontrarse al día en el pago de los impuestos municipales, emitida por parte de la municipalidad del cantón del domicilio de la empresa.
- Formalización del contrato
19.1 La firma del contrato se realiza conforme lineamientos del sistema SICOP.
19.2 Rescisión del contrato: Unilateralmente, la Municipalidad de Tilarán podrá rescindir o resolver el contrato de acuerdo con el Artículo Nº 115 y 116 de la Ley Contratación Pública y 288 de su Reglamento según corresponda, cuando ocurra alguna de las siguientes causas, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan:
- a) Por transferencia o cesión total o parcial del presente contrato por parte del o los contratistas, sin la correspondiente autorización de la Alcaldía Municipal.
- b) Por quiebra, insolvencia, convocatoria de acreedores, concurso civil o cualquier circunstancia de incapacidad del o los contratistas.
- c) Por deficiencias graves y faltas reiteradas que afecten fundamentalmente el desarrollo normal del servicio contratado.
- d) Por incumplimiento por parte del contratista de alguna de las especificaciones técnicas indicadas en el presente cartel.
- e) Por incumplimiento durante la prestación del servicio de las leyes y reglamentos en materia de salud y ambiente.
- Clausula penal y multas
20.1Clausula Penal: La cláusula penal procede por ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales.
Si existiera atraso en la entrega de los bienes o servicios y en las cantidades solicitadas en cada orden de pedido y de acuerdo con los términos de la oferta y el presente pliego de condiciones, la Municipalidad rebajará al contratista, por cada día hábil de retraso, un monto equivalente al 2% indicado de la orden de pedido respectiva o línea independiente siempre que su incumplimiento no afecte el resto de las obligaciones y del proyecto. Dicho monto no podrá ser superior a un 25% destinado por la Municipalidad para la compra de los bienes objeto de la orden de pedido. Esta disposición no implica que hasta haberse verificado la aplicación de un 25% por concepto de cláusula penal, pueda acudirse a la resolución contractual, pues esta podría justificarse ante la gravedad de un incumplimiento imputable al Contratista, independientemente del porcentaje que se haya aplicado por tal concepto.
Si resultare insuficiente del monto pendiente a facturar, se adoptarán las medidas que resulten necesarias para su reintegro, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP y 117 del RLGCP.
La ejecución de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a la Municipalidad de Tilarán por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados. Los incumplimientos que se presenten en la ejecución contractual serán valorados al amparo de lo establecido en el Título VI “Régimen Sancionatorio”, Capítulo I “Sanciones a Particulares” de la LGCP.
La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios derivados del atraso en la entrega de los bienes o servicios, además de iniciar el respectivo proceso administrativo correspondiente, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario.
En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, este no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado, podrá solicitar prorroga aportando para ello la prueba en la que se sustente, y que debe provenir de aspectos absolutamente ajenos al área y riesgo del negocio del adjudicatario, y ser causa mayor o caso fortuito, la cual deberá ser analizada por la Administración, dentro del impostergable plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se conoció el hecho que ocasionaría el atraso, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto estarán a cargo de la respectiva Unidad Administrativa respecto a lo cual el Departamento de Proveeduría suministrará la información que le sea requerida.
20.2 Multa: Las multas se aplicarán por ejecución defectuosa o incumplimiento en las condiciones del contrato. La Municipalidad no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas.
Se aplicará una multa del 2% sobre el monto total de la orden de pedido y/o de la línea afectada, según lo detallado a continuación:
- Si el contratista no entrega la excavadora hidráulica debidamente inscrita, rotulada y con sus accesorios a satisfacción dentro del plazo contractual ofertado.
- Por no entrega del cucharón roquero adicional en el plazo establecido.
- Por Retraso en Diagnóstico y Atención de Garantías Postventa. El exceso de dicho plazo generará una multa fija de cien mil colones (₡000,00) por cada día natural de retraso en el inicio de las obras de reparación.
- Si las reparaciones de garantía mayor exceden los cinco (5) días naturales de internamiento, el contratista está obligado a suministrar a la Municipalidad una excavadora sustituta de similares características operativas al sexto día. El incumplimiento generará una multa fija de ciento cincuenta mil colones (₡000,00) por cada día natural que el municipio permanezca sin el equipo de reemplazo.
- Por incumplimiento por la NO sustitución o suplencia de equipos requeridos para la correcta y oportuna ejecución del contrato.
- Por incumplimiento de indumentaria higiene y seguridad ocupacional de su personal y de la señalización correspondiente en el área de trabajo y durante el traslado del equipo.
- Por la no presentación personal decorosa y un comportamiento inapropiado del personal.
La parálisis de la maquinaria pesada institucional detiene los proyectos de infraestructura vial, limpieza de vías por emergencias climáticas y atención de caminos vecinales del cantón, obligando a la administración a incurrir en alquileres de maquinaria externa o detener la obra pública, lo cual justifica la proporcionalidad de los montos fijos establecidos.
El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio.
De conformidad con el articulo 46 LCP, con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un cinco por ciento (5%) del total facturado.
En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento y la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
- Garantía de cumplimiento: Al momento que la Municipalidad le notifique al contratista la solicitud de la garantía de cumplimiento por medio de SICOP, el adjudicatario, dentro de los cinco días hábiles posteriores deberá presentar una garantía de cumplimiento por un el equivalente al 10% ( Diez por ciento) del monto adjudicado la cual deberá mantenerse vigente por todo el periodo del y hasta por dos meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual o terminación del plazo de la contratación (Articulo 114 RCP).
Conforme el artículo 110 del RLCP la vigencia podrá ser por el primer periodo del contrato bajo la condición de que dos meses antes de su vencimiento el contratista aporte la nueva garantía, a riesgo de ejecución de la anterior, en caso de incumplimiento.
La garantía de cumplimiento debe de ser rendida en forma electrónica. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del pliego de condiciones para que dicha entidad se encargue de su custodia. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el sistema SICOP deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual, comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato de conformidad con el artículo No. 113 del Reglamento de Compras Públicas.
En ofertas en consorcio se presentará una única garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de cauciones. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión.
En cuanto a las formas de rendir las garantías, deberán ser rendidas electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías.
La devolución de la garantía se realizará mediante nota al departamento de Tesorería Municipal al correo yulloa@tilaran.go.cr, teléfono 26952417 y esta gestionará lo pertinente por el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Confidencialidad: El adjudicatario tiene la obligación de proteger la confidencialidad de la información que obtengan de la Municipalidad, con ocasión del presente procedimiento de contratación administrativa. En ninguna circunstancia, la persona adjudicada podrá utilizar la información que la Municipalidad le proporcione con propósitos distintos a los contemplados en la presente contratación. La utilización indebida o negligente de los recursos institucionales por prácticas imputables al adjudicado serán consideradas factores de incumplimiento del contrato por parte de este y objeto de las sanciones administrativas y penales correspondientes.
- Subcontratación (Artículo 133 RCP, 14 y 49 de la LCP): De conformidad con la normativa, el oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, así como el objeto de subcontratación con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas.
Los subcontratistas deben cumplir con los requisitos establecidos por normativa para el ejercicio del comercio en el país y se deben encontrar al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, así como del Ministerio de Hacienda.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley.
Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico.
En casos excepcionales, cuando se acredite que en el mercado existe un número limitado de eventuales subcontratistas, la Administración valorará de manera razonada, la posibilidad que un mismo subcontratista sea ofrecido por diferentes oferentes.
De resultar adjudicatario, el contratista deberá aportar a la Administración, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
- Criterio para revisión de ofertas: En caso de que se reciban más de una oferta se analizaran las tres ofertas de menor precio en orden de mérito para determinar si cumplen administrativa, legal y técnicamente según los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones y términos de referencia. Si a partir del análisis realizado se determina que deberán subsanar algún aspecto se realizará la solicitud de subsanación a esas tres ofertas solamente, en caso de que las tres ofertas cumplan con todo lo requerido resultara adjudicado la oferta de mayor puntuación.
Si del análisis realizado de las tres ofertas de menor precio se determina que ninguna de ellas cumple con lo requerido y son descalificadas del proceso, se analizará la siguiente oferta de menor precio en orden de mérito y si cumple con todo lo requerido se procederá a adjudicar esa oferta o bien la siguiente por orden de mérito.
- Disponibilidad: Inmediata
- Vigencia de la contratación (Articulo 280RCP, 104 y 105 de la Ley): El período de esta contratación será de tres meses con opción de prórroga.
Previo a acordar cualquier tipo de prórroga, ya sea facultativa o automática, con una antelación de al menos dos meses al vencimiento del plazo contractual, la Administración deberá acreditar, mediante acto motivado, su conveniencia, debiendo ponderar la buena ejecución del contrato.
En caso de prórrogas automáticas, la Administración deberá comunicar al contratista con una antelación al menos de dos meses, su intención de no prorrogar la contratación.
- Ofertas en consorcio (Artículo 48 LCP, 125 RCP): Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria.
Todas las demás consideraciones y requisitos sobre el tema de consorcios serán reguladas por lo que establece la sección III del Reglamento de Compras Públicas y la Ley de Compras Públicas.
La Municipalidad únicamente permitirá que una empresa solo pueda participar en un consorcio para un mismo concurso
Consorcios de Pymes (Artículo 77 RCP). Las PYMES podrán participar bajo los consorcios previstos en el artículo 48 de la Ley General de Contratación Pública, así como también podrán utilizar la figura de los consorcios PYME regulados en la Ley para el Fomento de la Competitividad de la PYME mediante el desarrollo de consorcios, Ley N°9576 de 22 de julio de 2018, en cuyo caso, gozará de los mismos beneficios establecidos al amparo de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 de 2 de mayo de 2002.
28. Excepciones y alternativas: Ningún oferente podrá participar con intereses contrapuestos en otra oferta presentada para el mismo proceso de contratación. Si se infringiere esta prohibición, la Municipalidad podrá rechazar todas o cualquiera de las ofertas involucradas.
29. Derechos y prerrogativas de la Municipalidad: La Municipalidad de Tilarán, durante el plazo de estudio de las ofertas o en cualquier etapa del proceso, se reserva el derecho de requerir a los participantes las explicaciones y aclaraciones que considere necesarias, así como de verificar toda la información suministrada por el oferente para el presente concurso y/o de buscar información adicional de la que se aporte entre las instituciones públicas referidas u otras relacionadas con el objeto de contratación. De comprobarse información negativa, alguna falsedad o intento de fraude será motivo de exclusión inmediata de la oferta.
- Desempate: Artículo 97 RCP: En caso de empate de ofertas, se asignará dos puntos adicionales a la oferta que obtenga la mejor puntuación en el rubro de precio y de persistir el empate la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
El puntaje adicional se asignará conforme el siguiente detalle:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 4 puntos
- PYME de comercio 3 puntos
En caso de que el empate entre PYMES persista se definirá a la suerte. La administración convocara por escrito con dos días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, lo cual será efectuado en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Tilarán. Cada oferente tomara al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra adjudicatario, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa; además de lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente respectivo.
31. Finiquito de contrato: En los contratos de servicios o suministros de bienes se realizará el finiquito dentro del plazo de seis meses, contado a partir de la recepción definitiva del objeto contractual, conforme a lo previsto por el artículo 111 de la Ley General de Contratación Pública y se aplicarán en lo pertinente, los requisitos establecidos en el artículo 190 de este Reglamento para el finiquito del contrato de obra pública.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley General de Contratación Pública, en
los contratos de obra pública las partes deberán suscribir el finiquito correspondiente, dentro del plazo máximo de un año contado a partir del día siguiente a la recepción definitiva de la obra. La emisión del finiquito no exime de la responsabilidad al contratista por incumplimientos o vicios ocultos de la obra, en los plazos establecidos en el artículo 107 de la Ley General de Contratación Pública, ni del cumplimiento de las garantías de buen funcionamiento de la obra y/o equipos u otras otorgadas por el contratista.
- Presentación de documentos con carácter confidencial: Obligatoriamente y sin excepción todos los documentos que se anexen a la oferta deberán tener el estado “público”, caso contrario la administración procederá con el cambio de estado de confidencial a público, sin perjuicio alguno para sus funcionarios o para la institución. Solamente será respetada tal condición en caso de que el oferente aporte el respaldo legal o técnico que justifique tal condición.
- Ofertas conjuntas: No se aceptará la presentación de ofertas en conjunto.
- Garantía Técnica: Conforme capítulo II. Especificaciones técnicas.
El hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción oficial no exime al contratista de su responsabilidad por vicios ocultos, si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de la recepción definitiva. Por otra parte, la Administración tiene un período de cinco años para reclamar al Contratista la indemnización por daños y perjuicios, plazo que también se aplica cuando el funcionario designado por ella para hacerse cargo de la obra también haya incurrido en responsabilidad civil; la responsabilidad disciplinaria por faltar a sus obligaciones durante la ejecución de la obra prescribe a los dos años después de haberse efectuado la recepción definitiva.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 20.2 Multa: Las multas se aplicarán por ejecución defectuosa o incumplimiento en las condiciones del contrato. La Municipalidad no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas. Se aplicará una multa del 2% sobre el monto total de la orden de pedido y/o de la línea afectada, según lo detallado a continuación: a) Si el contratista no entrega la excavadora hidráulica debidamente inscrita, rotulada y con sus accesorios a satisfacción dentro del plazo contractual ofertado. b) Por no entrega del cucharón roquero adicional en el plazo establecido. c) Por Retraso en Diagnóstico y Atención de Garantías Postventa. El exceso de dicho plazo generará una multa fija de cien mil colones (₡100.000,00) por cada día natural de retraso en el inicio de las obras de reparación. d) Si las reparaciones de garantía mayor exceden los cinco (5) días naturales de internamiento, el contratista está obligado a suministrar a la Municipalidad una excavadora sustituta de similares características operativas al sexto día. El incumplimiento generará una multa fija de ciento cincuenta mil colones (₡150.000,00) por cada día natural que el municipio permanezca sin el equipo de reemplazo. e) Por incumplimiento por la NO sustitución o suplencia de equipos requeridos para la correcta y oportuna ejecución del contrato. f) Por incumplimiento de indumentaria higiene y seguridad ocupacional de su personal y de la señalización correspondiente en el área de trabajo y durante el traslado del equipo. g) Por la no presentación personal decorosa y un comportamiento inapropiado del personal. La parálisis de la maquinaria pesada institucional detiene los proyectos de infraestructura vial, limpieza de vías por emergencias climáticas y atención de caminos vecinales del cantón, obligando a la administración a incurrir en alquileres de maquinaria externa o detener la obra pública, lo cual justifica la proporcionalidad de los montos fijos establecidos. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio. De conformidad con el articulo 46 LCP, con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un cinco por ciento (5%) del total facturado. En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento y la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
Cláusula penal. 20.1Clausula Penal: La cláusula penal procede por ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales. Si existiera atraso en la entrega de los bienes o servicios y en las cantidades solicitadas en cada orden de pedido y de acuerdo con los términos de la oferta y el presente pliego de condiciones, la Municipalidad rebajará al contratista, por cada día hábil de retraso, un monto equivalente al 2% indicado de la orden de pedido respectiva o línea independiente siempre que su incumplimiento no afecte el resto de las obligaciones y del proyecto. Dicho monto no podrá ser superior a un 25% destinado por la Municipalidad para la compra de los bienes objeto de la orden de pedido. Esta disposición no implica que hasta haberse verificado la aplicación de un 25% por concepto de cláusula penal, pueda acudirse a la resolución contractual, pues esta podría justificarse ante la gravedad de un incumplimiento imputable al Contratista, independientemente del porcentaje que se haya aplicado por tal concepto. Si resultare insuficiente del monto pendiente a facturar, se adoptarán las medidas que resulten necesarias para su reintegro, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP y 117 del RLGCP. La ejecución de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a la Municipalidad de Tilarán por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados. Los incumplimientos que se presenten en la ejecución contractual serán valorados al amparo de lo establecido en el Título VI “Régimen Sancionatorio”, Capítulo I “Sanciones a Particulares” de la LGCP. La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios derivados del atraso en la entrega de los bienes o servicios, además de iniciar el respectivo proceso administrativo correspondiente, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario. En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, este no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado, podrá solicitar prorroga aportando para ello la prueba en la que se sustente, y que debe provenir de aspectos absolutamente ajenos al área y riesgo del negocio del adjudicatario, y ser causa mayor o caso fortuito, la cual deberá ser analizada por la Administración, dentro del impostergable plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se conoció el hecho que ocasionaría el atraso, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto estarán a cargo de la respectiva Unidad Administrativa respecto a lo cual el Departamento de Proveeduría suministrará la información que le sea requerida.
Documentos del cartel5
- Cuadro de cotizaciónXLSX · 20 KB
- Estudio de MercadoXLSX · 2,1 MB
- Decisiòn inicialPDF · 1,3 MB
- Pliego de condicionesPDF · 717 KB
- Acuerdo Concejo InicioPDF · 420 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Shirley Ramirez Méndez
Encargado del concurso · Proveeduria
Yesenia Sibaja Alvarado
Proveeduría
Pedro Carranza Suarez
Unidad Técnica de Gestión Vial
Sofia Murillo Aguilar
Infraestructura
Luis Porras Duarte
UTGV
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 08:47. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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