2026LD-000049-0000700001 · SICOP 20260903338
Mantenimiento correctivo del parque infantil, instalado en el parque central del cantón de Grecia
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡8,2 millones. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas el 05/10/2026. La más baja fue de Comercializadora Brecam de Costa Rica, ₡6,6 millones (19,3 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡8,2 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡6,6 millones
19,3 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó28/09/2026 08:13 · hace 13 días
- Límite para 01/10/2026 16:00 · hace 10 días
- Límite para 30/09/2026 23:59 · hace 11 días
- Cierre de ofertas05/10/2026 09:00 · hace 6 días
- de ofertas05/10/2026 09:05 · hace 6 días
- (plazo máximo)≈ 19/10/2026 · en 8 días
3 recibidas, 3 respondidas.
Nota de la institución. Se realizara una única visita al sitio el día martes 29 de septiembre del 2026 a las 9:00 a.m.
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construcción de Parque Infantil1 · ₡8 222 000,001₡8 222 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡7,0 millones – ₡8,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 4 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Ambiente 15 % · Igualdad de Genero 5 % · Políticas empresariales de salud, seguridad y bienestar de la persona trabajadora 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡462,08 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Ambientemáx. 15 | Igualdad de Generomáx. 5 | Políticas empresariales de salud, seguridad y bienestar de la persona trabajadoramáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Comercializadora Brecam de Costa Rica | 75 | 15 | 0 | 5 | 95 |
| Suplidora Santamaria Responsabilidad | 64,37 | 15 | 5 | 5 | 89,37 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
-
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales al momento de la apertura de ofertas, de conformidad con la reforma al Art. 74 de la Ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social publicado en la gaceta N° 92 del 25 mayo del 2023, y el Art. 14 inciso f) de la LGCP, se verificará a través del SICOP.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta. El oferente debe estar claro al momento de ofertar según la naturaleza del objeto, tener presente los siguientes puntos:
- Para el caso de bienes y servicios: Debe aportar la póliza de riesgos de trabajo al momento de ofertar y en caso de requerir ser declarada, la Municipalidad solicitará esa condición previa a la formalidad del contrato. Para aquellos servicios que NO representen instalaciones nuevas, éstos no deberán ser declarados, solo que el pliego de condiciones solicita esa condición, así como también una póliza de responsabilidad civil y daños a terceros.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
- Adicionalmente a la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El Alcalde Municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
- Debe contar como experiencia mínima de 10 proyectos de suministro e instalación de juegos infantiles al aire libre, demostrables mediante cartas presentadas por empresas o instituciones públicas que al menos contengan en su contenido lo siguiente:
- Descripción del bien y servicio contratado: se debe tener presente que los trabajos realizados sean con características en su área iguales o superiores al requerimiento solicitado por esta Municipalidad.
- Fecha y año en que se finalizó.
- Contacto: nombre, correo, número de teléfono.
- Al menos dos fotos con el trabajo realizado.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme al documento adjunto llamado pliego de condiciones, apartir del punto 5 condiciones especificas y técnicas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere el servicio de mantenimiento correctivo del parque infantil, instalado en el parque central del cantón de Grecia.
La Municipalidad de Grecia, en cumplimiento de las competencias que le atribuye el Código Municipal en materia de administración, conservación y mantenimiento de los espacios públicos destinados al uso y disfrute de la comunidad, requiere ejecutar el mantenimiento correctivo del parque infantil ubicado en el Parque Central del cantón de Grecia, con el propósito de restituir las condiciones de seguridad, funcionalidad y servicio de dicha infraestructura recreativa.
Como resultado de las inspecciones realizadas por la Administración, se ha determinado que diversos componentes del parque infantil presentan deterioro producto del uso continuo, la exposición a las condiciones climáticas, el envejecimiento natural de los materiales y el desgaste propio de este tipo de infraestructura. Estas condiciones comprometen la adecuada prestación del servicio público y aumentan el riesgo de accidentes para los usuarios, principalmente niñas y niños, población que constituye el principal beneficiario de estas instalaciones.
La intervención propuesta corresponde a un mantenimiento correctivo, orientado a reparar o sustituir aquellos elementos que han perdido su funcionalidad o presentan condiciones que afectan la seguridad estructural y operativa de los juegos infantiles, permitiendo prolongar la vida útil de la infraestructura y evitando un deterioro mayor que pueda generar inversiones de mayor cuantía en el futuro.
La contratación resulta procedente debido a que la Municipalidad no dispone de los recursos materiales, herramientas especializadas, equipos ni del personal técnico necesario para ejecutar integralmente este tipo de trabajos mediante administración, razón por la cual se hace indispensable acudir a un proveedor externo con experiencia comprobada en mantenimiento y reparación de infraestructura recreativa infantil.
Asimismo, la ejecución de este mantenimiento responde a criterios de eficiencia, eficacia, continuidad del servicio público y protección del interés público, procurando conservar en condiciones óptimas un espacio de recreación ampliamente utilizado por la población del cantón y garantizando que las instalaciones cumplan con condiciones adecuadas de seguridad para sus usuarios.
En consecuencia, la contratación propuesta constituye el mecanismo idóneo para atender una necesidad pública actual y debidamente identificada, resultando técnica, administrativa y financieramente procedente, en concordancia con los principios que rigen la contratación pública, particularmente los de eficiencia, eficacia, valor por el dinero, planificación, transparencia y satisfacción del interés público.
Mediante a la constancia presupuestarias MGP-CONST-0616-2026, se cuenta con una asignación de ¢8.300.000,00, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación.
El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
Consideraciones para la presentación de su oferta:
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema integrado de compras públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
- Acto final:
La Municipalidad de Grecia adjudicara por partida definida en Sicop y se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
En caso de no tener los bienes ya ingresados al país, seguirá el siguiente proceso:
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por el Adjudicatario o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuales son los equipos que serán entregados a la Institución.
- Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor de la Institución“, firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. Esto, por cuanto los documentos de embarque deben estar consignados a nombre del adjudicatario o su representante y no de la Administración.
- La administración entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista correr con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución, si así se ha establecido en las condiciones del contrato.
- En el caso de desalmacenaje de vehículos, una vez realizado el desalmacenaje por parte del contratista, este deberá hacer entrega a la Institución de la Póliza de Desalmacenaje y Riteve al día.
- La Institución procederá con el trámite de exoneración de los derechos de inscripción e impuesto a la propiedad.
- La Institución entregará al contratista la documentación necesaria para que proceda con los trámites de inscripción y placas metálicas ante el Registro Nacional.
- En el caso de bienes ya ingresados al país que cancelaron esos impuestos, deberá el bien ofrecerse cumplir con lo regulado en la directriz.
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
El plazo de entrega se da por medio de la disponibilidad inmediata, referente de acuerdo con las condiciones y necesidades indicadas en el pliego de condiciones.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidad de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa diaria Descripción de la multa 0,38% Errores de instalación 0,38% Material usado 0,38% Malos acabados
Cláusula penal. Cláusula penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 0.90% del valor del monto total de la factura, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel8
- FRAUDEPDF · 809 KB
- COMPORTAMIENTO ÉTICOPDF · 1,7 MB
- CLÁUSULA DE HOSTIGAMIENTODOCX · 20 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Multas y Cláusulas PenalesXLSX · 92 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 328 KB
- ESTUDIO DE MERCADOXLSM · 614 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 1,5 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Andrés Cortés Castro
Gestión Ambiental
Kristin Conejo Solís
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Andrés Cortés Castro
Gestión Ambiental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 08:05. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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