2026PX-000015-0040100001 · SICOP 20260903518
SERVICIO PREVENTIVO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y EN GENERAL, DE FLOTILLA DE VEHÍCULOS INSTITUCIONALES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Municipalidad de Bagaces
Municipalidad de Bagaces ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡1,3 millones y quedó en firme el 02/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡1,3 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡1,3 millones
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/10/2026
- Maykol Arias Valenciano₡1 341 025,00
Informe de recomendación de Yeimy Pamela Artavia Garcia, 01/10/2026 · adjuntos: MB-VALC-OFI-0075-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó28/09/2026 13:03 · hace 13 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Cierre de ofertas01/10/2026 07:10 · hace 10 días
- de ofertas01/10/2026 08:15 · hace 10 días
- publicado02/10/2026 11:00 · hace 9 días
- Adjudicación 02/10/2026 11:07 · hace 9 días
Nota de la institución. Únicamente por SICOP.
Contexto
- Municipalidad de Bagaces adjudicó ₡1 895,2 millones en 73 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo en General, de Flotilla de Vehiculos Institucionales.1 · ₡400 000,001₡400 000,00
- Repuestos para Reparación de Vehículos1 c/u · ₡941 025,001 c/u₡941 025,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1,1 millones – ₡1,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡460,73 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Maykol Arias ValencianoGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En relación con el presente procedimiento de contratación, es necesario dejar constancia expresa de la improcedencia de habilitar una etapa recursiva contra el acto de adjudicación, en virtud de la naturaleza jurídica del proceso tramitado. El procedimiento en cuestión corresponde a un procedimiento por excepción, específicamente bajo la modalidad de contratación de cuantía o naturaleza indeterminada, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública N° 9986 y su Reglamento, que habilitan a la Administración a apartarse de los procedimientos ordinarios en aquellos supuestos previamente definidos por el legislador. Desde el punto de vista normativo, los procedimientos por excepción se caracterizan por su naturaleza especial, dirigida y restrictiva, en los cuales la Administración puede gestionar la contratación directamente con uno o varios potenciales proveedores previamente determinados, en atención a criterios de oportunidad, eficiencia, especialidad técnica o circunstancias particulares del objeto contractual. En este contexto, la doctrina y la normativa vigente en contratación pública establecen que el derecho a recurrir los actos administrativos, incluyendo el acto de adjudicación, se encuentra condicionado a la existencia de un interés legítimo, actual y directo, el cual supone necesariamente la existencia de sujetos que participen en condiciones de concurrencia y que puedan resultar eventualmente lesionados por la decisión adoptada. No obstante, tratándose de procedimientos excepcionales de carácter dirigido, como el presente, no se configura un escenario de libre competencia ni concurrencia abierta, sino que la Administración delimita de manera previa el universo de posibles oferentes, lo cual restringe la participación a condiciones específicas previamente justificadas en el expediente. En consecuencia: • No existe pluralidad de oferentes en sentido competitivo, sino una gestión dirigida conforme al marco de excepción permitido por la Ley. • No se configura la existencia de terceros interesados en condiciones de igualdad, susceptibles de invocar una afectación a sus derechos o expectativas legítimas. • No se cumple el presupuesto esencial de legitimación activa para recurrir, exigido por el ordenamiento jurídico administrativo. Adicionalmente, el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública refuerza el principio de que los recursos administrativos en esta materia tienen como finalidad la tutela de la competencia y la protección de los derechos de los oferentes dentro de un procedimiento concursal, situación que no se presenta en los procedimientos excepcionales de carácter dirigido. Bajo esta lógica jurídica, la apertura de una etapa recursiva en el presente caso resultaría contraria a los principios de economía procesal, eficiencia administrativa y celeridad, al carecer de utilidad práctica y sustento legal, dado que no existen sujetos legitimados para interponer recursos contra el acto de adjudicación. Por tanto, no procede la habilitación de la etapa recursiva, en virtud de: 1. La naturaleza excepcional y dirigida del procedimiento amparado en la Ley N° 9986. 2. La ausencia de concurrencia competitiva. 3. La inexistencia de terceros con interés legítimo, actual y directo. 4. La falta de presupuesto jurídico para la interposición válida de recursos administrativos. En consecuencia, el acto de adjudicación que se dicte en el presente procedimiento deviene firme desde su emisión, sin perjuicio de los controles posteriores de legalidad que pudieran corresponder conforme al ordenamiento jurídico.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
La establecida en el pliego de condiciones y sus adjuntos. Ver el documento y adjuntar lo requerido
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
La establecida en el pliego de condiciones y sus adjuntos. Ver el documento y adjuntar lo requerido
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La establecida en el pliego de condiciones y sus adjuntos. Ver el documento y adjuntar lo requerido
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega se impondrá una multa equivalente a 1% (uno por ciento) del valor total adjudicado hasta un mínimo de 25% así como se establece en el Artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública, y artículos 116 y 117 de su Reglamento, porcentaje a partir del cual se considerará como incumplido el contrato a efecto de que la Municipalidad acuda a la figura jurídica de la resolución por incumplimiento contractual, de conformidad con la normativa vigente y aplicable a esta materia
Cláusula penal. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega se impondrá una multa equivalente a 1% (uno por ciento) del valor total adjudicado hasta un mínimo de 25% así como se establece en el Artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública, y artículos 116 y 117 de su Reglamento, porcentaje a partir del cual se considerará como incumplido el contrato a efecto de que la Municipalidad acuda a la figura jurídica de la resolución por incumplimiento contractual, de conformidad con la normativa vigente y aplicable a esta materia
Documentos del cartel4
- Pliego de condicionesPDF · 338 KB
- SM-5169-1PDF · 246 KB
- MB-VALC-OFI-0071-2026PDF · 707 KB
- Certificacion 265-2026 1-8-5 2-4-2 ADM 2026PDF · 348 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Natalia Salazar Alvarado
Alcaldía
Yeimy Pamela Artavia Garcia
Encargado del concurso · Proveeduría Municipal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 06:36. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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