2026LD-000039-0002100002 · SICOP 20260903949
SERVICIOS DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS (FUMIGACIÓN) CON CRITERIOS AMBIENTALES PARA EL CENTRO NACIONAL ESPEC. EN PROCESOS ARTESANALES (CNEPA)
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡5,3 millones. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas el 07/10/2026. La más baja fue de JFD Inversiones Serrano Hernandez, ₡100 084 (98,1 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡5,3 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
₡100 084
98,1 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó30/09/2026 14:51 · hace 11 días
- Límite para 01/10/2026 23:59 · hace 10 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas07/10/2026 08:00 · hace 4 días
- de ofertas07/10/2026 08:10 · hace 4 días
- (plazo máximo)≈ 21/10/2026 · en 10 días
Nota de la institución. VER FECHA Y HORA PARA PRESENTAR ACLARACIONES
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio Integral de Fumigación y Control de Plagas1 · ₡889 638,121₡889 638,12
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4,5 millones – ₡5,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡457,8 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| JFD Inversiones Serrano Hernandez | 100 | 100 |
| Consorcio Coroin-tyr | 24,94 | 24,94 |
| Fumigadora Fulminex | 7,89 | 7,89 |
| 3-101-715457 | 7,27 | 7,27 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.13 REQUISITOS MÍNIMOS DE ADMISIBILIDAD
2.13.1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA:
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 4 años de experiencia en el mercado nacional en el periodo comprendido entre 01 de enero de 2018 a la fecha de apertura en servicios similares a los incluidos en la presente contratación.
Para verificar este aspecto el oferente deberá presentar referencias comerciales originales, confrontadas con el original o bien en copia certificada y las mismas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Indicar los datos del emisor: Nombre o razón social, dirección y número telefónico.
- Indicar los datos de la persona que suscribe la referencia: Nombre, cédula y puesto que desempeña.
- Indicar con claridad la fecha de inicio y finalización del servicio. En el caso de que el servicio se continué prestando al momento de presentación de la oferta, se tomará como “fecha de finalización” la fecha de apertura de las ofertas.
- Brindar información sobre el tipo de trabajo realizado.
- Indicar si el servicio fue recibido a satisfacción.
Notas:
- No se aceptarán referencias brindadas a título personal.
- No se aceptarán referencias emitidas con presentación del servicio anterior al 01 enero de 2018
- Para acreditar la experiencia requerida, se considerará el período efectivo en que se brindó el servicio, independientemente de la fecha de emisión de la referencia comercial.
- La Administración se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
Nota: De conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones y en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la experiencia que será objeto de valoración deberá corresponder exclusivamente a la persona jurídica que figure formalmente como oferente dentro del sistema SICOP. En consecuencia, no se considerará válida la experiencia aportada por casas matrices, sucursales, subsidiarias u otras entidades vinculadas que no participen directamente como oferentes en el presente procedimiento. No obstante, en aquellos casos en que se requiera integrar capacidades técnicas y experiencia adicional, los interesados podrán recurrir a la figura del consorcio, conforme a la normativa vigente, de manera que la experiencia de las empresas consorciadas sí pueda ser considerada para efectos de acreditación, siempre que estas formen parte formal de la oferta presentada.
2.13.2 PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO
La empresa oferente deberá contar el Permiso Sanitario de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud de acuerdo con lo que establece la Ley N°5395 Ley General de Salud en sus artículos 245 y 333 demostrando que está debidamente habilitada con los permisos CIIU 8129, de acuerdo con el Decreto 43432-S. El cual debe de ser presentado junto con su oferta.
2.13.3 CERTIFICACIÓN DE LA EMPRESA
El oferente debe presentar el documento que acredite (certificado) que la empresa se encuentra inscrita ante el Colegio de Químicos de Costa Rica o el Colegio de Ingenieros y Profesionales afines de Costa Rica, según lo expuesto y dispuestos en la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica N° 8412, además debe presentar una constancia emitida por el mismo colegio con los membretes oficiales que indique que la empresa se encuentra al día con el pago de las cuotas respectivas, ante dicho colegio.
2.13.4 CERTIFICACIÓN DEL REGENTE
El oferente debe aportar un documento que acredite (certificado) que posee un regente químico incorporado al Colegio de Químicos de Costa Rica, o bien, incorporado al Colegio de Ingenieros y Profesionales Afines de Costa Rica esto según la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica, además debe presentar una constancia emitida por el mismo colegio con los membretes oficiales que indique la fecha de incorporación y que se encuentra al día con sus cuotas respectivas, ante dicho Colegio.
2.13.5 PERFIL DEL PERSONAL REQUERIDO PARA LA CONTRATACIÓN:
Para la prestación del servicio se requiere de dos (02) técnicos en Servicios de Fumigación o Control de Plagas con un nivel de escolaridad mínimo de segundo año de Secundaria (octavo año), para la prestación del servicio.
Para corroborar el punto anterior, el oferente deberá presentar en su oferta las hojas de vida (curriculum) los atestados, diplomas, títulos, cursos o similares que le demuestren a la Institución lo solicitado anteriormente.
Del personal asignado, una persona tendrá la responsabilidad de coordinar todas las labores de fumigación establecidas en el Plan de Trabajo. Además, será responsable de velar por la aplicación correcta de los productos y del comportamiento del personal mientras se encuentre dentro de las instalaciones.
El oferente debe presentar el certificado de Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por la aseguradora que cubra al personal destacado para la prestación del servicio de cualquier accidente durante el período contratado. En caso de ampliación del contrato, deberá ampliar también el período de vigencia de la póliza.
Deberá contar con un Regente Químico, deberá indicar el nombre y que se encuentre avalado por las instancias pertinentes, que respalde las fórmulas de dichos productos con la certificación de incorporación al colegio respectivo.
El Regente Químico, deberá contar con cinco (5) años de experiencia en labores similares a las descritas en este Pliego de Condiciones, lo cual deberá respaldarse mediante una declaración jurada sobre su experiencia profesional. Además, deberá presentar una constancia emitida por el Colegio respectivo que indique la fecha de incorporación y confirme que este al día con sus obligaciones respectivas, ante dicho Colegio.
2.13.6 GARANTÍA DEL SERVICIO
El contratista deberá dar una garantía de trabajo no menor a 2 días después de haber aplicado el servicio, en el caso de que la plaga persista después de tratamiento el contratista deberá de repetir el servicio sin ningún costo adicional para la Institución dentro de un periodo no mayor a 5 días y en coordinación con el Encargado del Centro de Formación.
Esta garantía estará sujeta de acuerdo con el efecto residual del producto ofertado según su ficha técnica.
2.13.7 CLAUSULAS AMBIENTALES
1. El Oferente debe presentar junto con la oferta copia de las hojas de seguridad MSDS de cada uno de los plaguicidas a utilizar según lo establecido en el DECRETO EJECUTIVO Nº N-30043-S “Reglamento para el registro de Plaguicidas de uso doméstico e industrial y fertilizantes de uso doméstico”.
2. El Oferente debe presentar junto con la oferta copia de los certificados de registro del Ministerio de Salud de cada uno de los plaguicidas a utilizar, según lo establecido en DECRETO EJECUTIVO Nº N- 30043-S “Reglamento para el registro de Plaguicidas de uso doméstico e industrial y fertilizantes de uso doméstico”.
3. Todo oferente deberá garantizar que una vez convertido en contratista y antes de la entrada en vigencia del servicio, asumirá la preparación del personal de control de plagas mediante programas de inducción o capacitación, en los temas de: recolección selectiva de residuos sólidos, el depósito temporal de los residuos en recipientes rotulados por tipo de material, manejo de sustancias químicas, entre otros; brindada por el fabricante de los productos químicos o empresa que se dedique a las actividades de capacitación y formación en tales temas. Dichas capacitaciones deberán de tener una duración de al menos 3 horas cada curso.
El contratista contará con un máximo de 10 días naturales, una vez notificada la orden de inicio de la contratación, para presentar las pruebas siguientes:
- Listas de asistencia de las actividades de capacitación recibida por el personal asignado a esta licitación.
- Copia de los Certificados de participación a las capacitaciones del personal asignado a esta licitación.
Así mismo, el oferente podrá presentar estos documentos con la oferta de tenerlos al día.
2.14. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
En aquellos casos en que proceda el refrendo el contratista deberá una vez aprobado, ajustar la vigencia de la garantía de cumplimiento de forma tal que a partir de ese momento se cubra el plazo real establecido de vigencia para esta garantía, en el Proceso Financiero Contable de la Unidad Regional Central Oriental, según los siguientes términos:
Porcentaje: 5% del monto adjudicado.
Vigencia: 60 días naturales, más el plazo establecido del contrato.
Esta garantía podrá depositarse en efectivo o conforme a cualquiera de las modalidades contempladas en el Artículo 79 y 110 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Cuando las garantías se rindan mediante títulos valores, se deberán confeccionar a favor del Instituto Nacional de Aprendizaje, preferiblemente. De lo contrario, deberán endosarse de forma clara y legible a nombre del Instituto Nacional de Aprendizaje.
De conformidad con el Artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública el INA no reconocerá intereses por las garantías mantenidas en depósito. Sin embargo, los intereses que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten pertenecen al dueño. Tampoco el INA se hará responsable de renovar los títulos valores depositados en sus oficinas.
Si la cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse en esa misma moneda; o bien, en colones y se tasará al tipo de cambio interbancario resultado del promedio de la venta, según referencia del Banco Central de Costa Rica (B.C.C.R.), vigente al día de la publicación de la adjudicación.
En caso de que el contratista solicite un reajuste al precio cotizado, y el mismo es aprobado, deberá reajustar la garantía de cumplimiento. Esto en virtud que al verse ajustado el precio, se considera necesario ajustar proporcionalmente la garantía ya que la misma se torna insuficiente para cubrir cualquier futuro incumplimiento por parte del contratista; y de este modo mantener el equilibrio económico del contrato.
Devolución: la devolución de la garantía de cumplimiento será realizada dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo a satisfacción del servicio adquirido. (Artículo 113 del RLGCP).
Para las garantías presentadas en efectivo se realizará la devolución por medio del sistema digital unificado o por Transferencia electrónica en la cuenta cliente bancaria; para tal efecto el proveedor deberá inscribirse en el registro en la cuenta cliente de proveedores, en el Proceso de Programación y Control de Operaciones de la Unidad de Compras Institucionales del INA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
3. REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
3.2 SISTEMA DE EVALUACIÓN: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que acredite mayor experiencia en la prestación de servicios similares al objeto contractual. Para estos efectos, la experiencia deberá acreditarse mediante declaración jurada suscrita por el representante legal, en la que se indiquen claramente los períodos durante los cuales se brindaron los servicios, el objeto de estos y la empresa o institución para la cual fueron prestados. El cómputo, únicamente se considerarán períodos efectivamente acreditados y no se contabilizarán de forma duplicada períodos simultáneos de prestación de servicios.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
3.3 ESTUDIOS QUE REALIZARÁ LA ADMINISTRACIÓN A LAS OFERTAS: Las ofertas serán sometidas a los estudios que correspondan para verificar el cumplimiento de las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas establecidas en el pliego de condiciones, según la naturaleza del procedimiento y del objeto contractual. Para este caso las ofertas serán evaluadas mediante estudio legal y administrativo, y estudio técnico.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
2. CONDICIONES GENERALES
2.1 Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2 TÉRMINOS DE PAGO
El INA cancelará las facturas por cada visita MENSUAL, dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del servicio a satisfacción, previo visto bueno de la Licda. Ana Jansen Solano González, Encargada del CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES del INA, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Encargado/a del Centro, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Junto a la factura se deben de remitir los siguientes documentos para el respectivo pago, y en caso de no presentarlos NO se tramitará pago alguno:
- Original y copia certificada de la planilla de riesgos profesionales y de recibo cancelado del mes anterior.
- Original certificado de la planilla de la Caja Costarricense del Seguro Social y del recibo de cancelación del mes anterior.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo facturacion099@ina.ac.cr, del CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES, dirigido a la Licda. Ana Jansen Solano González, Encargada.
Es importante que en la remisión de los documentos electrónicos se adjunten la totalidad de los archivos con extensión .xml y PDF.
Importante: El INA no tramitará pago alguno sobre facturas que no estén debidamente timbradas o que no indiquen el dispensado del timbraje, según lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda.
2.3 LUGAR Y FECHA DE INICIO DEL SERVICIO: CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES, ubicado 400 metros al sur del templo católico del Cantón de Alajuelita. El Proceso de Adquisiciones, notificará al Contratista la fecha de inicio del servicio.
2.4 El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
2.5 Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%.
El oferente deberá estipular el COSTO MENSUAL del servicio completo, así como el costo anual del mismo. El costo mensual multiplicado por 12 meses debe ser igual al costo anual, en caso de ser diferentes se tomará el de menor costo.
Importante: EN EL SISTEMA SICOP DEBE REGISTRARSE SOLO EL MONTO ANUAL, MIENTRAS QUE EN LOS DOCUMENTOS ADJUNTOS DEBE INCLUIRSE EL DESGLOSE DETALLADO. (VER PUNTO 2.7)
2.6 DESGLOSE DE TRIBUTOS
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
2.7 DESGLOSE DEL PRECIO
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
- Para la presentación de la estructura del precio de la oferta se deberá seguir el siguiente formato:
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RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO MENSUAL |
MONTO ANUAL |
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Costos Directos (Mano de obra Directa) |
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Costos Directos (Insumos Directos) |
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Subcontrataciones (cuando corresponda) |
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Costos Indirectos (Mano de Obra Indirecta) |
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Cotos Indirectos (Insumos Indirectos) |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Subtotal |
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IVA |
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TOTAL |
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Nota: Salvo que el oferente especifique un porcentaje mayor, la Administración requiere que el oferente cotice el porcentaje mínimo de utilidad en un 8%, en caso contrario quedará excluido. Todo acorde con el artículo 98 del RLGCP.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto, si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación. Ante esto, la omisión de dicho rubro será analizada por la Administración conforme a la normativa aplicable y a las reglas de subsanación y admisibilidad que correspondan.
Para efectos de determinar la oferta mejor posicionada, refiérase al punto 3.2 de este pliego de condiciones “ELEMENTOS DE ADJUDICACIÓN Y METODOLOGÍA DE COMPARACIÓN DE OFERTAS”.
El oferente deberá presentar junto con su oferta certificación, constancia o documento emitido por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada, que permita verificar la tarifa de Riesgos del Trabajo aplicable a la empresa al momento de la presentación de la oferta. Esta información será utilizada por la Unidad Técnica exclusivamente como referencia interna para el análisis de precios y no constituye un requerimiento de presupuesto detallado de mano de obra.
2.8 PRESUPUESTO DETALLADO
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
2.9 REVISIÓN DE PRECIOS
En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El contrato podrá estar sujeto a riesgos y a la aparición de circunstancias no tomadas en cuenta por las partes al momento de su formalización conforme a lo señalado en el artículo 100 de la LGCP, que afecten el nivel económico originalmente establecido, dependiendo de la modalidad de remuneración, el grado de incidencia y de su permanencia en el tiempo. Para ello se deberá examinar el origen de las alteraciones que modifiquen el equilibrio económico del contrato a fin de restituir el equilibrio establecido en la fecha de presentación de la oferta.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática para calcularlo, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El costo del servicio podrá ser reajustado. Para tal efecto se aplicará la fórmula de revisión de precios que se adjunta en Anexo 1 del Pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la Estructura porcentual del Precio Cotizado.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
2.9.1 Cronograma Preliminar del Servicio con las fechas acordadas
El adjudicatario presentará a la Administración el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica, según corresponda, y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación. En un máximo de cinco días hábiles a partir de su presentación, la Administración deberá revisar y resolver acerca de la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos, de conformidad con los términos establecidos en el pliego de condiciones y en los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
2.9.2 Documentación probatoria
En cuanto a la documentación probatoria solamente aplicable al método analítico documental, el adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación de la factura preforma o documento equivalente aportado en su oferta asociada a aquellos costos directos e indirectos de dicho presupuesto, que serán reajustados mediante el método analítico documental, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y regulado en la sección V Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
2.10 PÓLIZA DE RIESGOS DEL TRABAJO
El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores del contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
2.11 VISITA AL SITIO
El oferente podrá realizar al menos una visita durante el período de recepción de ofertas a las instalaciones del CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES, ubicado 400 metros al sur del templo católico del Cantón de Alajuelita, coordinar con la Licda. Ana Jansen Solano González Encargada del CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES, a los teléfonos 2254-0659 / 2252-0428, correo electrónico asolanogonzalez@ina.ac.cr, para comprobar los datos e información suministrada en las especificaciones, toda duda técnica con respecto al cartel se evacuará en sitio.
Además, deberá solicitar una constancia de visita y adjuntar la misma a su oferta. Esta visita no es obligatoria, ni excluyente.
2.12 SUPERVISIÓN
Este servicio será supervisado en todos sus extremos, así como de establecer los controles que considere conveniente, por la Licda. Ana Jansen Solano González, Encargada del CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO EN PROCESOS ARTESANALES.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 4.2 CLÁUSULAS DE MULTAS 4.2.1 MULTAS POR DEFECTO EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El incumplimiento de los requerimientos indicados en el punto “ACTIVIDADES SUJETAS A MULTA”, serán multados con un 0,20% cada uno de ellos por día. Es decir, a manera de ejemplo, el incumplimiento de cuatro aspectos en un solo día generará una multa diaria de 0,80% sobre el total mensual del costo del servicio. Si el incumplimiento fuera reincidente en otros días se volverá a multar de igual manera. Lo anterior con el fin de que el contratista vele por el fiel cumplimiento en todos sus alcances del contrato correspondiente. La multa se podrá ejecutar MENSUAL según el servicio durante la ejecución del contrato. Dicha multa se aplicará hasta un máximo de un 25% del monto mensual, según lo dispuesto en el artículo 712 del Código Civil. Con base en el voto número 6057-2015 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se advierte que, para efectos de ejecutar esta cláusula, no es necesario que la Administración constituya en mora al adjudicatario, ni lleve a cabo ningún procedimiento. Sin embargo, la administración comunicará al proveedor por escrito el monto a ejecutar de la cláusula penal, para que dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles se manifieste al respecto PARA LAS ACTIVIDADES SUJETAS A MULTA se debe indicar lo siguiente: 1. Falta de equipo de protección personal para brindar el servicio, según detalle de las especificaciones. 2. Por utilizar productos que no corresponden a los ofrecidos por el Contratista. 3. Inadecuado comportamiento del personal. (fumar dentro de las instalaciones, uso de mal vocabulario e irrespeto a compañeros y funcionarios). 4. Entrega retrasada del Plan de Trabajo 5. Presentación para atender el servicio 30 minutos más tarde del horario convenido en el Plan de Trabajo. 6. Asistencia de personal menor a la cantidad de personal dispuesto en el Plan de Trabajo para atender el servicio. 4.2.2 MULTAS POR LA PRESENTACIÓN DE RECURSOS TEMERARIOS Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. NO APLICA
Documentos del cartel2
- 2162 Especificaciones Técnicas Serv Fumigación CNEPAPDF · 20 KB
- PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES SERVICIO DE FUMIGACIÓN DE CNEPAPDF · 522 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ana Jansen Solano Gonzalez
Centro Nac Esp en Procesos Artesanales Ismael Gonzalez
Marco Arroyo Yannarella
Unidad de Recursos Materiales
Andres Gerardo Serrano Quiros
Proceso Servicios Generales
Fabián Lizano González
Unidad de Recursos Materiales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 07:43. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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