2026PX-000008-0023200001 · SICOP 20260904005
Capacitación sobre auditoría forense
Municipalidad de Naranjo
Municipalidad de Naranjo publicó esta compra con un presupuesto de ₡310 000, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡310 000
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡308 506
0,5 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó30/09/2026 15:35 · hace 11 días
- Cierre de ofertas02/10/2026 08:00 · hace 9 días
- de ofertas02/10/2026 08:00 · hace 9 días
- publicado06/10/2026 11:19 · hace 5 días
Quién ganó
- Motivo: DesiertaDel analisis efectuado del procedimiento se identifica que la capacitación esta para ejecutarse el 06 de octubre de 2016, se determina con base en cri terio juridico, la existencia de aspectos que deben ser remitidos para subsanacion o correccion previo a la continuacion del procedimiento y la eventua l ejecucion de la actividad. La necesidad de efectuar dichas actuaciones no constituye una decision de oportunidad o conveniencia , sino a una medida orientada a garantizar qu e el procedimiento se ajuste a los principios que rigen la contratacion publica, considerando que, la capacitacion se encuentra programada para ejecut arse el dia 06 de octubre, el plazo material disponible resulta insuficiente para realizar las actuaciones de subsanacion determinadas, efectuar las veri ficaciones correspondientes, garantizar el cumplimiento de etapas procedimentales que resulten aplicables antes de la fecha prevista para la ejecucio n. En estas condiciones, continuar el procedimiento y pretender ejecutar la capacitacion en la fecha programada, implicaria anteponer la fecha de ejecuc ion a la necesidad de finalizar el procedimiento, lo cual es inconveniente juridicamente.
Informe de recomendación de Yenci Margarita Solis Miranda, 05/10/2026
Contexto
- Municipalidad de Naranjo adjudicó ₡317,6 millones en 76 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Suscripcion a Cursos, Congresos, Talleres, Conferencias y Seminarios2 · ₡308 505,802₡308 505,80
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡263 500 – ₡310 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡462,29 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Rheoli Spa | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
UNA VEZ ANALIZADAS LAS OFERTAS RESPECTIVAS EL ALCALDE PROCEDE CON LA DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PRESENTE PROCESO CONFORME A LA RECOMENDACION DE ADJUDICACION
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- DECISIÓN INICIAL: En cumplimiento a lo establecido en artículo 37 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 86 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la decisión inicial la autoriza el alcalde conforme consta en punto 1 del expediente electrónico del presente proceso.
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El presente proceso tiene por objeto la contratación de un servicio de capacitación de Auditoria Forense para Auditores, los días 06 y 07 de octubre del presente año a realizarse en el Hotel Crowne Plaza, San Jose.
2.1. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE ARTICULO 4 DEL RLGCP
- Decisión administrativa: La Municipalidad ha identificado la necesidad de fortalecer las competencias técnicas del personal de auditoria interna mediante la participación en capacitación abierta denominada Auditoria Forense para Auditores, razón por la cual se dispone conforme a solicitud inicial el inicio del procedimiento por excepción, al tratarse de un evento abierto especializado organizado por una única entidad cuya participación resulta de interés publico para el fortalecimiento de la gestión municipal.
- Justificación del uso de la excepción: La contratación tiene como objeto la inscripción a una capacitación exclusiva organizada por rheoli university entidad que posee la organización, administración, programación académica y facultad para comercializar las inscripciones al evento.
El servicio no puede obtenerse mediante competencia ya que no se identifica en sondeo ningún otro proveedor que pueda ofrecer la participación en ese mismo congreso con su programa, conferencistas, metodología e incluso certificación por lo que, el uso del régimen de excepción constituye la vía idónea para satisfacer el interés público, garantizando la actualización profesional de los funcionarios de la auditoria interna.
- Sondeo o estudio de mercado: se encuentra consignado en informe MN-ALC-DAP-PROV-IF-107-2026 en donde se identifica un parámetro de costos conforme al catálogo de banco de precios de SICOP y una proforma que permitan identificar la razonabilidad del precio con respecto al promedio por persona, tomando en consideración que, al tratarse de un servicio tan especifico y desarrollado por una sola persona en general todos los proceso se tramitan por excepción y presentan variables que impiden ser valorados de una forma similar.
El estudio se concluye que no existen pluralidad de oferentes y que por tratarse de una capacitación abierta al publico es aplicable el uso de la excepción del artículo 10 del RLGCP ya que, si bien es cierto existen más actividades de capacitación en auditoria, ninguna corresponde al mismo evento, mismo contenido, agenda académica, conferencistas, certificación y metodología; en consecuencia, no existe competencia efectiva respecto al objeto contractual.
- Monto por contratar: el monto especifico conforme a proforma 001 es de ¢308.505.80 correspondiente a la participación de dos funcionarios de la capacitación entrenamiento de Fraude, Auditoria Forense, según la tarifa oficial establecida para el evento.
El precio se considera razonable por cuanto corresponde al valor oficial fijado por la entidad organizadora para todos los participantes y comprende el acceso al programa académico, conferencias, material del evento y certificado de participación.
- PRESENTACION DE OFERTAS: La Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas de forma electrónica y debidamente firmada por quien tenga poder para ello, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), con todo gasto pagado e impuestos incluidos.
- DECLARACIONES JURADAS: Todo interesado en participar como oferente o subcontratista deberá aportar las siguientes declaraciones juradas de acuerdo a artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley. Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo anterior, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la Ley General de Contratación Pública.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente inscrito como Proveedor ante la Dirección de Contratacion Publica y que mantiene los datos actualizados ante dicho ente.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente incorporado al registro oficial de proveedores y subcontratistas.
Cualquier violación debidamente acreditada a la presente norma, generará la exclusión de la oferta del procedimiento y la resolución del contrato si se detecta en la fase de ejecución, así como la imposición de la sanción prevista en el artículo 118, de acuerdo con las causales contempladas en el artículo 119, incisos c) y g) y la sanción penal indicada en la presente ley.
- ADMISIBILIDAD
Todos los oferentes deben garantizar a la administración lo siguiente:
- Debe encontrarse al día con la CCSS y FODESAF.
- Se considera inadmisible la oferta de persona física o jurídica que no se encuentre al día con el pago de las obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación, lo anterior de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. En razón de lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del bien yo servicio que se compromete a brindar.
- Deberá cumplir las disposiciones señaladas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y estipulaciones contenidas en este cartel según el Artículo 123 del RLGCP, además de someterse a la normativa, jurisdicción y a los tribunales nacionales.
- Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
- Serán excluidas del concurso las ofertas que tengan una vigencia inferior a 30 días hábiles. Toda propuesta que no indique el plazo de vigencia, se presumirá su ajuste al plazo mínimo citado, con la sola presentación de la oferta.
- ENCARGADO GENERAL DEL CONTRATO
La designación de administrador de la contratación por la MUNICIPALIDAD recae sobre Alexis Arroyo, encargado del departamento de Auditoría Interna, ostentando capacidad para:
- Recibir vía SICOP los bienes y servicios.
- Verificar que la actividad puesta al cobro se haya realizado satisfactoriamente.
- Avalar el pago de cada servicio.
- Gestionar cualquier incumplimiento contractual dentro de los tres días hábiles siguientes a la generación del hecho debiendo documentarlo en el expediente respectivo.
- Gestionar las gestiones de pago y recepción a través del sistema Unificado de compras dentro del plazo señalado para tal fin.
- Cualquier otra actividad relacionada a la Administración del Contrato.
En caso de presentarse eventos futuros que impidan la continuidad del funcionario en tal condición, la designación mencionada en el párrafo supra podrá ser variada en la etapa de ejecución por parte de la Municipalidad de Naranjo, para lo cual se emitirá comunicación con constancia en el expediente del SICOP; así mismo se advierte la potestad administrativa de gestionar en cada orden de pedido al administrador de contrato que corresponda en función de la actividad que se promueve.
- ADJUDICACIÓN
La Administración podrá adjudicar, declarar desierta o infructuosa esta contratación, asimismo, de acuerdo con el Art. 139 del RLGCP. La Proveeduría resolverá este concurso en el doble del plazo otorgado para la presentación de ofertas, pudiendo prorrogarse por un plazo igual en forma justificada, de conformidad con el Artículo 51 del RLGCP; todas las actuaciones se comunicarán por medio del SICOP. Se advierte a los participantes que la adjudicación que recayere queda sujeta a la Aprobación Interna de la Municipalidad de Naranjo.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- DECISIÓN INICIAL: En cumplimiento a lo establecido en artículo 37 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 86 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la decisión inicial la autoriza el alcalde conforme consta en punto 1 del expediente electrónico del presente proceso.
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El presente proceso tiene por objeto la contratación de un servicio de capacitación de Auditoria Forense para Auditores, los días 06 y 07 de octubre del presente año a realizarse en el Hotel Crowne Plaza, San Jose.
2.1. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE ARTICULO 4 DEL RLGCP
- Decisión administrativa: La Municipalidad ha identificado la necesidad de fortalecer las competencias técnicas del personal de auditoria interna mediante la participación en capacitación abierta denominada Auditoria Forense para Auditores, razón por la cual se dispone conforme a solicitud inicial el inicio del procedimiento por excepción, al tratarse de un evento abierto especializado organizado por una única entidad cuya participación resulta de interés publico para el fortalecimiento de la gestión municipal.
- Justificación del uso de la excepción: La contratación tiene como objeto la inscripción a una capacitación exclusiva organizada por rheoli university entidad que posee la organización, administración, programación académica y facultad para comercializar las inscripciones al evento.
El servicio no puede obtenerse mediante competencia ya que no se identifica en sondeo ningún otro proveedor que pueda ofrecer la participación en ese mismo congreso con su programa, conferencistas, metodología e incluso certificación por lo que, el uso del régimen de excepción constituye la vía idónea para satisfacer el interés público, garantizando la actualización profesional de los funcionarios de la auditoria interna.
- Sondeo o estudio de mercado: se encuentra consignado en informe MN-ALC-DAP-PROV-IF-107-2026 en donde se identifica un parámetro de costos conforme al catálogo de banco de precios de SICOP y una proforma que permitan identificar la razonabilidad del precio con respecto al promedio por persona, tomando en consideración que, al tratarse de un servicio tan especifico y desarrollado por una sola persona en general todos los proceso se tramitan por excepción y presentan variables que impiden ser valorados de una forma similar.
El estudio se concluye que no existen pluralidad de oferentes y que por tratarse de una capacitación abierta al publico es aplicable el uso de la excepción del artículo 10 del RLGCP ya que, si bien es cierto existen más actividades de capacitación en auditoria, ninguna corresponde al mismo evento, mismo contenido, agenda académica, conferencistas, certificación y metodología; en consecuencia, no existe competencia efectiva respecto al objeto contractual.
- Monto por contratar: el monto especifico conforme a proforma 001 es de ¢308.505.80 correspondiente a la participación de dos funcionarios de la capacitación entrenamiento de Fraude, Auditoria Forense, según la tarifa oficial establecida para el evento.
El precio se considera razonable por cuanto corresponde al valor oficial fijado por la entidad organizadora para todos los participantes y comprende el acceso al programa académico, conferencias, material del evento y certificado de participación.
- PRESENTACION DE OFERTAS: La Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas de forma electrónica y debidamente firmada por quien tenga poder para ello, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), con todo gasto pagado e impuestos incluidos.
- DECLARACIONES JURADAS: Todo interesado en participar como oferente o subcontratista deberá aportar las siguientes declaraciones juradas de acuerdo a artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley. Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo anterior, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la Ley General de Contratación Pública.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente inscrito como Proveedor ante la Dirección de Contratacion Publica y que mantiene los datos actualizados ante dicho ente.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente incorporado al registro oficial de proveedores y subcontratistas.
Cualquier violación debidamente acreditada a la presente norma, generará la exclusión de la oferta del procedimiento y la resolución del contrato si se detecta en la fase de ejecución, así como la imposición de la sanción prevista en el artículo 118, de acuerdo con las causales contempladas en el artículo 119, incisos c) y g) y la sanción penal indicada en la presente ley.
- ADMISIBILIDAD
Todos los oferentes deben garantizar a la administración lo siguiente:
- Debe encontrarse al día con la CCSS y FODESAF.
- Se considera inadmisible la oferta de persona física o jurídica que no se encuentre al día con el pago de las obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación, lo anterior de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. En razón de lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del bien yo servicio que se compromete a brindar.
- Deberá cumplir las disposiciones señaladas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y estipulaciones contenidas en este cartel según el Artículo 123 del RLGCP, además de someterse a la normativa, jurisdicción y a los tribunales nacionales.
- Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
- Serán excluidas del concurso las ofertas que tengan una vigencia inferior a 30 días hábiles. Toda propuesta que no indique el plazo de vigencia, se presumirá su ajuste al plazo mínimo citado, con la sola presentación de la oferta.
- ENCARGADO GENERAL DEL CONTRATO
La designación de administrador de la contratación por la MUNICIPALIDAD recae sobre Alexis Arroyo, encargado del departamento de Auditoría Interna, ostentando capacidad para:
- Recibir vía SICOP los bienes y servicios.
- Verificar que la actividad puesta al cobro se haya realizado satisfactoriamente.
- Avalar el pago de cada servicio.
- Gestionar cualquier incumplimiento contractual dentro de los tres días hábiles siguientes a la generación del hecho debiendo documentarlo en el expediente respectivo.
- Gestionar las gestiones de pago y recepción a través del sistema Unificado de compras dentro del plazo señalado para tal fin.
- Cualquier otra actividad relacionada a la Administración del Contrato.
En caso de presentarse eventos futuros que impidan la continuidad del funcionario en tal condición, la designación mencionada en el párrafo supra podrá ser variada en la etapa de ejecución por parte de la Municipalidad de Naranjo, para lo cual se emitirá comunicación con constancia en el expediente del SICOP; así mismo se advierte la potestad administrativa de gestionar en cada orden de pedido al administrador de contrato que corresponda en función de la actividad que se promueve.
- ADJUDICACIÓN
La Administración podrá adjudicar, declarar desierta o infructuosa esta contratación, asimismo, de acuerdo con el Art. 139 del RLGCP. La Proveeduría resolverá este concurso en el doble del plazo otorgado para la presentación de ofertas, pudiendo prorrogarse por un plazo igual en forma justificada, de conformidad con el Artículo 51 del RLGCP; todas las actuaciones se comunicarán por medio del SICOP. Se advierte a los participantes que la adjudicación que recayere queda sujeta a la Aprobación Interna de la Municipalidad de Naranjo.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- DECISIÓN INICIAL: En cumplimiento a lo establecido en artículo 37 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 86 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la decisión inicial la autoriza el alcalde conforme consta en punto 1 del expediente electrónico del presente proceso.
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El presente proceso tiene por objeto la contratación de un servicio de capacitación de Auditoria Forense para Auditores, los días 06 y 07 de octubre del presente año a realizarse en el Hotel Crowne Plaza, San Jose.
2.1. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE ARTICULO 4 DEL RLGCP
- Decisión administrativa: La Municipalidad ha identificado la necesidad de fortalecer las competencias técnicas del personal de auditoria interna mediante la participación en capacitación abierta denominada Auditoria Forense para Auditores, razón por la cual se dispone conforme a solicitud inicial el inicio del procedimiento por excepción, al tratarse de un evento abierto especializado organizado por una única entidad cuya participación resulta de interés publico para el fortalecimiento de la gestión municipal.
- Justificación del uso de la excepción: La contratación tiene como objeto la inscripción a una capacitación exclusiva organizada por rheoli university entidad que posee la organización, administración, programación académica y facultad para comercializar las inscripciones al evento.
El servicio no puede obtenerse mediante competencia ya que no se identifica en sondeo ningún otro proveedor que pueda ofrecer la participación en ese mismo congreso con su programa, conferencistas, metodología e incluso certificación por lo que, el uso del régimen de excepción constituye la vía idónea para satisfacer el interés público, garantizando la actualización profesional de los funcionarios de la auditoria interna.
- Sondeo o estudio de mercado: se encuentra consignado en informe MN-ALC-DAP-PROV-IF-107-2026 en donde se identifica un parámetro de costos conforme al catálogo de banco de precios de SICOP y una proforma que permitan identificar la razonabilidad del precio con respecto al promedio por persona, tomando en consideración que, al tratarse de un servicio tan especifico y desarrollado por una sola persona en general todos los proceso se tramitan por excepción y presentan variables que impiden ser valorados de una forma similar.
El estudio se concluye que no existen pluralidad de oferentes y que por tratarse de una capacitación abierta al publico es aplicable el uso de la excepción del artículo 10 del RLGCP ya que, si bien es cierto existen más actividades de capacitación en auditoria, ninguna corresponde al mismo evento, mismo contenido, agenda académica, conferencistas, certificación y metodología; en consecuencia, no existe competencia efectiva respecto al objeto contractual.
- Monto por contratar: el monto especifico conforme a proforma 001 es de ¢308.505.80 correspondiente a la participación de dos funcionarios de la capacitación entrenamiento de Fraude, Auditoria Forense, según la tarifa oficial establecida para el evento.
El precio se considera razonable por cuanto corresponde al valor oficial fijado por la entidad organizadora para todos los participantes y comprende el acceso al programa académico, conferencias, material del evento y certificado de participación.
- PRESENTACION DE OFERTAS: La Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas de forma electrónica y debidamente firmada por quien tenga poder para ello, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), con todo gasto pagado e impuestos incluidos.
- DECLARACIONES JURADAS: Todo interesado en participar como oferente o subcontratista deberá aportar las siguientes declaraciones juradas de acuerdo a artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley. Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo anterior, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la Ley General de Contratación Pública.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente inscrito como Proveedor ante la Dirección de Contratacion Publica y que mantiene los datos actualizados ante dicho ente.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente incorporado al registro oficial de proveedores y subcontratistas.
Cualquier violación debidamente acreditada a la presente norma, generará la exclusión de la oferta del procedimiento y la resolución del contrato si se detecta en la fase de ejecución, así como la imposición de la sanción prevista en el artículo 118, de acuerdo con las causales contempladas en el artículo 119, incisos c) y g) y la sanción penal indicada en la presente ley.
- ADMISIBILIDAD
Todos los oferentes deben garantizar a la administración lo siguiente:
- Debe encontrarse al día con la CCSS y FODESAF.
- Se considera inadmisible la oferta de persona física o jurídica que no se encuentre al día con el pago de las obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación, lo anterior de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. En razón de lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del bien yo servicio que se compromete a brindar.
- Deberá cumplir las disposiciones señaladas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y estipulaciones contenidas en este cartel según el Artículo 123 del RLGCP, además de someterse a la normativa, jurisdicción y a los tribunales nacionales.
- Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
- Serán excluidas del concurso las ofertas que tengan una vigencia inferior a 30 días hábiles. Toda propuesta que no indique el plazo de vigencia, se presumirá su ajuste al plazo mínimo citado, con la sola presentación de la oferta.
- ENCARGADO GENERAL DEL CONTRATO
La designación de administrador de la contratación por la MUNICIPALIDAD recae sobre Alexis Arroyo, encargado del departamento de Auditoría Interna, ostentando capacidad para:
- Recibir vía SICOP los bienes y servicios.
- Verificar que la actividad puesta al cobro se haya realizado satisfactoriamente.
- Avalar el pago de cada servicio.
- Gestionar cualquier incumplimiento contractual dentro de los tres días hábiles siguientes a la generación del hecho debiendo documentarlo en el expediente respectivo.
- Gestionar las gestiones de pago y recepción a través del sistema Unificado de compras dentro del plazo señalado para tal fin.
- Cualquier otra actividad relacionada a la Administración del Contrato.
En caso de presentarse eventos futuros que impidan la continuidad del funcionario en tal condición, la designación mencionada en el párrafo supra podrá ser variada en la etapa de ejecución por parte de la Municipalidad de Naranjo, para lo cual se emitirá comunicación con constancia en el expediente del SICOP; así mismo se advierte la potestad administrativa de gestionar en cada orden de pedido al administrador de contrato que corresponda en función de la actividad que se promueve.
- ADJUDICACIÓN
La Administración podrá adjudicar, declarar desierta o infructuosa esta contratación, asimismo, de acuerdo con el Art. 139 del RLGCP. La Proveeduría resolverá este concurso en el doble del plazo otorgado para la presentación de ofertas, pudiendo prorrogarse por un plazo igual en forma justificada, de conformidad con el Artículo 51 del RLGCP; todas las actuaciones se comunicarán por medio del SICOP. Se advierte a los participantes que la adjudicación que recayere queda sujeta a la Aprobación Interna de la Municipalidad de Naranjo.
Documentos del cartel1
- PLIEGO COMPLEMENTARIOPDF · 246 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alexis Pastor Arroyo Bonilla
Auditoría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 07:07. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 08/10/2026
Capacitación Abierta Curso Inteligencia Artificial en la Gestión Pública.
Sistema de Emergencia 911 · 1 oferente
Adjudicada por ₡3,3 M a Asociación Camara de Industrias de Costa Rica
Adjudicadamismo producto · 05/10/2026
L-355-2026 Taller Innovación Pedagógica a Través del Juego, el Diseño Lúdico y la Tecnología
Universidad Técnica Nacional
Adjudicadamismo producto · 05/10/2026
Capacitación Inteligencia Artifical para Desarrolladores de TI
Tribunal Supremo de Elecciones · 1 oferente
Adjudicada por ₡3,6 M a Auros Formacion Empresarial
Adjudicadamismo producto · 02/10/2026
L-365-2026 Capacitacion: Herramientas de Gamificación e Ia para el Aprendizaje
Universidad Técnica Nacional
Adjudicadamismo producto · 02/10/2026
Congreso Internacional de Normas Contables y Transparencia Gubernamental.
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano · 1 oferente
Adjudicada por ₡80 000 a Colegio de Contadores Privados de Costa Rica
Adjudicadamismo producto · 02/10/2026
Compliance en el Sector Público: Diseñando Estrategias Anticorrupción
Dirección Nacional de Notariado · 1 oferente
Adjudicada por ₡153 000 a Fundacion de la Universidad de Costa Rica para la Investigacion