2026LD-000017-0053200001 · SICOP 20261000431
Servicio de buró de crédito especializado - Recursos FID 544-03
Fideicomiso Fonafifo BNCR
Fideicomiso Fonafifo BNCR busca servicio de buró de crédito especializado - recursos fid 544-03 con un presupuesto de ₡392 504. Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (mañana).
₡392 504
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 12/10/2026 08:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó05/10/2026 13:39 · hace 6 días
- Límite para 06/10/2026 23:59 · hace 5 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 08:00 · mañana
- de ofertas12/10/2026 08:00 · mañana
- (plazo máximo)≈ 26/10/2026 · en 15 días
Nota de la institución. Decisión inicial No. DI-007-2026. IMPORTANTE: En cumplimiento de la "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al sector público" 044-H, publicada en el Alcance No 156 a la Gaceta No 167 del 10 de setiembre de 2024, las ofertas deben ser presentadas en moneda nacional. En caso de discrepancia entre especificaciones técnicas del código de SICOP, el pliego de condiciones electrónico y/o ficha técnica, prevalecerá esta última.
Contexto
- Fideicomiso Fonafifo BNCR adjudicó ₡2 030,4 millones en 28 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡333 628 – ₡392 504
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Consulta de Historial Crediticio de Clientes1 · ₡392 503,551₡392 503,55
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Criterio ambiental 10 % · Criterio económico 5 % · Criterio Social 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1) Localización: El oferente deberá indicar el número de teléfono, teléfono celular, dirección de la empresa y correo electrónico.
2) Cambios de domicilio: El oferente debe indicar en su oferta, el compromiso (en caso de resultar adjudicatario) de mantener actualizados los siguientes datos (número de teléfono, teléfono celular, dirección de la empresa y correo electrónico), y reportar cualquier cambio que se dé en ellos a la Proveeduría Institucional.
3) El oferente deberá contar con una experiencia mínima de haber brindado al menos tres (3) servicios (concluidos) de igual o similar naturaleza al solicitado en esta contratación, realizados en los últimos cinco años (contados a partir de la fecha de la apertura de ofertas hacia atrás).
Para acreditar la experiencia el oferente deberá incluir en la oferta, la lista de los servicios brindados completando el siguiente cuadro (debe incluir el cuadro con la información completa) con los siguientes datos:
- Nombre de la empresa o institución donde se brindó el servicio.
- Aspectos esenciales del servicio (Descripción, tipo de servicio)
- Periodo de ejecución del servicio. (Fecha de inicio o periodo vigente y Fecha de fin)
- Datos del contacto responsable de la supervisión del servicio (Nombre completo. Teléfono y Correo electrónico)
Como contratos de similar naturaleza se entenderá cualquier servicio de buró de crédito especializado en información sobre el historial crediticio.
El Fideicomiso se reserva el derecho de verificar la veracidad y exactitud de la información presentada por los oferentes, conforme a lo establecido en la Ley N.º 9986 y su reglamento. En caso de detectarse información falsa, inexacta o que no se ajuste a la realidad, la oferta podrá ser desestimada, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
El contratista debe mantener vigente durante todo el plazo del contrato el cumplimiento de la agencia de protección de datos de los habitantes PRODAHAB a través de la inscripción de bases de datos ante dicha entidad según la Ley N°8968 Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales.
El contratista deberá brindar el soporte en caso de cualquier inconveniente de acceso o duda relacionado al uso de la plataforma, continuo y permanente, las 24 horas del día y los 7 días de la semana.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- CONSIDERACIONES PARA ADJUNTAR DOCUMENTOS A LA OFERTA EN SICOP.
En caso de incluir documentos confidenciales debe presentarse según lo dispuesto en el artículo 15 de la LGCP y 30 del RLGCP.
- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
- IMPORTANTE: En cumplimiento de la "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al sector público" 044-H, publicada en el Alcance No 156 a la Gaceta No 167 del 10 de setiembre de 2024, las ofertas deben ser presentadas en moneda nacional.
- El oferente deberá cotizar en el sistema SICOP incluyendo el IVA. El Fideicomiso no está exento de impuestos.
- El oferente debe indicar en el formulario electrónico SICOP, el costo unitario de los bienes o servicios incluyendo todos sus componentes (inclusive el transporte o acarreo cuando éste se requiera), salvo lo establecido en el Artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública en lo referido al desglose de los tributos. Esta condición a fin de mantener la igualdad de trato.
- Desglose del precio: El oferente debe aportar el desglose de la estructura del precio incluyendo como mínimo costos directos, costos indirectos la utilidad y los imprevistos, según lo dispuesto en el artículo 42 LGCP y 102 RLGCP.
No se aceptan parámetros (MO (costos directos e indirectos), I (costos directos e indirectos), U, IMP) en cero. Según el siguiente formato:
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RUBRO |
MONTO |
PORCENTAJE |
Índice aplicable con su respectiva vinculación y enlace |
Fuente |
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Mano de obra (costos directos) |
Indicar monto |
Indicar % |
Índice de Salarios Mínimos Nominales (ISMN) https://sdd.bccr.fi.cr/es/IndicadoresEconomicos/Inicio/Contenedor/1221?Cuadro=787 |
Banco Central de Costa Rica |
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Insumos (costos directos) |
Indicar monto |
Indicar % |
Índice de Precios al Productor de Servicios (IPP-S) (índice general) https://sdd.bccr.fi.cr/es/IndicadoresEconomicos/Inicio/Contenedor/201?Cuadro=646 |
Banco Central de Costa Rica |
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Mano de obra (costos indirectos) |
Indicar monto |
Indicar % |
Índice de Salarios Mínimos Nominales (ISMN) https://sdd.bccr.fi.cr/es/IndicadoresEconomicos/Inicio/Contenedor/1221?Cuadro=787 |
Banco Central de Costa Rica |
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Insumos (costos indirectos) |
Indicar monto |
Indicar % |
Índice de Precios al Consumidor (IPC) (índice general) https://sdd.bccr.fi.cr/es/IndicadoresEconomicos/Inicio/Contenedor/969?Cuadro=51 |
Banco Central de Costa Rica |
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Imprevistos |
Indicar monto |
Indicar % |
N/A |
N/A |
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Utilidad |
Indicar monto |
Indicar % |
N/A |
N/A |
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Total |
100% |
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- Declaraciones Juradas:
-
- Declaración Jurada Prácticas Anticompetitivas.
En los casos donde la ficha técnica solicite experiencia del personal o equipo de trabajo, atestados, capacidad técnica y/o capacidad administrativa, el oferente deberá incluir en su oferta, la (s) declaración (es) jurada (s), según formato anexo a este documento; una por cada profesional o miembro del equipo de trabajo.
Lo anterior en atención a la Circular DGABCA-0093-2022 - "Aspectos a considerar para evitar prácticas anticompetitivas en los procesos de contratación administrativa" de la Dirección de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda.
Observación: De conformidad con la circular DGABCA-0103-2022, se procedió analizar el contenido de la circular y se determinó que resulta procedente mantener el requisito toda vez que no se ve afectado con el inicio de la vigencia de la Ley 9986 y su Reglamento.
6. El oferente debe presentar patente municipal de su respectivo municipio y la constancia o comprobante de estar al día con los pagos. Deberán estar vigentes durante todo el plazo de la contratación en caso de resultar adjudicatario.
C. RAZONABILIDAD DEL PRECIO
Según lo dispuesto en el artículo 44 del RLGCP inciso “b”, en el caso que las ofertas difieran de los precios de referencia del sistema SICOP, el rango de tolerancia para razonar el precio de las ofertas será de un 25%.
Se determinará que no se presente ninguno de los casos contemplados en el artículo 106 del RLGCP. Verificando que el precio ofertado no constituya un “precio inaceptable”, es decir:
Cuando el precio supere la disponibilidad presupuestaria y no se esté ante alguno de los supuestos del artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se verificará la posibilidad de destinar más recursos, en caso de no contar con presupuesto se le consultará al oferente la posibilidad de ajustarse al disponible presupuestario.
La Administración deberá emitir un acto motivado para justificar la razonabilidad del precio en los casos de concursos de licitaciones mayores o menores, cuando la oferta adjudicable supere el monto presupuestado.
Si el oferente no se ajusta al presupuesto disponible se declarará infructuosa la contratación o la línea respectiva (según corresponda).
D. El Fideicomiso se reserva el derecho de adjudicar parcial o totalmente y/o declarar desierto el presente concurso.
E. En caso de discrepancia entre las especificaciones del código SICOP, el pliego de condiciones electrónico y/o la ficha técnica, prevalecerá ésta última.
F. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
Dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación o aprobación del presupuesto detallado según corresponda, el adjudicatario deberá aportar una garantía de cumplimiento según se detalla en el pliego de condiciones electrónico.
G. Se elimina del pliego de condiciones apartado “Condiciones y declaraciones” la cláusula de Arbitraje, por cuanto lo que corresponde aplicar es lo dispuesto en el capítulo III, Resolución de controversias Art. 294 del RLGCP.
H. VIGENCIA DEL CONTRATO:
El contrato será por un año y prorrogable por 3 periodos adicionales de un año, es decir, el periodo total de la contratación será de 4 años.
Según lo dispuesto en el artículo 280 del RLGCP se dispone lo siguiente:
“…Previo a acordar cualquier tipo de prórroga, ya sea facultativa o automática, con una antelación de al menos dos meses al vencimiento del plazo contractual, la Administración deberá acreditar, mediante acto motivado, su conveniencia, debiendo ponderar la buena ejecución del contrato.
En caso de prórrogas automáticas, la Administración deberá comunicar al contratista con una antelación al menos de dos meses, su intención de no prorrogar la contratación...”
I. REVISIÓN DE PRECIOS
Sobre los índices económicos para el reajuste o revisión de precios para contrataciones obra pública y bienes/servicios:
A. Cláusulas para el oferente:
- El oferente deberá presentar la estructura de precio de su oferta tanto en valores absolutos como porcentuales. La estructura del precio deberá presentarse, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas o los renglones de pago que conforman el objeto contractual. Si durante la ejecución contractual se autoriza una mejora o descuento de un precio unitario contractual, el contratista deberá aportar la nueva estructura de precio descontado o mejorado, y los cálculos para el reajuste o la revisión de precios se determinarán con base en esa nueva estructura.
- El oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.Los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Para ello el oferente deberá considerar el siguiente orden de aplicación: primero, propondrá un índice de precios específico asociado al costo, para el que se desee medir dichas variaciones y, en segundo lugar, en su ausencia o inexistencia, propondrá un índice de precios similar y deberá aportar la justificación técnica correspondiente del índice propuesto.
- El oferente deberá advertir en su oferta si no existe un índice de precios específico oficial o uno similar que represente las variaciones de un determinado costo directo y que se aplique el método analítico-documental. En esos casos el oferente deberá aportar en la oferta una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información a aportar conforme a lo establecido en el artículo 33 del "Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios".
- En caso de que no exista un índice de precios del costo directo debido a que dicho costo fue ofertado en una moneda distinta a la unidad monetaria legalmente establecida en el país de origen del citado costo, por motivos de exigencias del proveedor del insumo o servicio.El oferente deberá aportar en la oferta la prueba pertinente y suficiente que acredite tal exigencia.
- Identificación de índices:
Artículo 9: Índices de precios oficiales para los costos (directos e indirectos) ofertados en moneda nacional: El oferente deberá aportar en su oferta información acerca de los índices de precios que están expresados en la oferta en colones costarricenses detallando al menos: a) el nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio, b) ente público competente que divulga el índice y c) el enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
Artículo 12: Índices de precios oficiales para los costos (directos e indirectos) ofertados en moneda extranjera: El oferente deberá aportar en su oferta información acerca de los índices de precios nacionales, detallando al menos: a) El país de origen y unidad monetaria de los costos b) El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio, c) La periodicidad con que se determina el valor de cada índice d) El ente competente que divulga el índice. e) El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
- Declaración Jurada
Contrataciones de bienes y servicios: Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento para el Reajuste de Precios y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, el oferente deberá aportar una declaración jurada donde se acredite la veracidad de la información aportada para cumplir lo establecido en los artículos 9 y/o 12 de dicho reglamento, relacionados con la información aportada sobre los índices de precios para los costos ofertados en moneda nacional o moneda extranjera respectivamente.
B. Cláusulas para el adjudicatario:
- El presupuesto detallado deberá ser concordante con la estructura de precio de la oferta tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio.
El adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación del índice de precios aportado en su oferta asociándolo a cada uno de los costos directos e indirectos de dicho presupuesto, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
La Administración revisará la vinculación de los índices oficiales de precios y costos propuestos con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual.
Una vez verificado lo regulado anteriormente, la Administración deberá emitir la "no objeción" a la pertinencia de los índices de precios, posterior a la suscripción de la formalización contractual o documento equivalente y previo a otorgarse la orden de inicio de la ejecución contractual.
Excepcionalmente, en caso de que la Administración no emita la "no objeción" a la pertinencia de los índices de precios por motivos atribuibles al contratista, ello impedirá la aplicación del mecanismo de reajuste y de revisión de precios regulado en este reglamento. En tal caso el contratista podrá interponer el reclamo administrativo para garantizar el equilibrio económico del contrato.
- Si durante la ejecución contractual se autoriza una mejora o descuento de un precio unitario contractual, el contratista deberá aportar la nueva estructura de precio descontado o mejorado, y los cálculos para el reajuste o la revisión de precios se determinarán con base en esa nueva estructura.
- Contrataciones de bienes y servicios
El adjudicatario deberá presentar el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica y demás información de planificación dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación.
La Administración realizará la revisión y resolverá sobre la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos en un máximo de cinco días hábiles. El adjudicatario presentará el cronograma ajustado y con sus documentos en un plazo no mayor a tres días hábiles a partir del momento de su devolución y la Administración tendrá tres días hábiles para emitir su no objeción.
Si no se emite la no objeción no se podrá emitir la orden de inicio del contrato. El cronograma deberá incluir un informe de apoyo que incluya al menos la información detallada en el artículo 45 del "Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios".
El contratista deberá mantener actualizado el cronograma vigente desde el inicio hasta la finalización del plazo de vigencia del contrato. Cuando haya una actualización del cronograma a solicitud del contratista o en virtud de la gestión de la Administración se podrá emitir la "no objeción" de éste, la cual se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del "Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios".
- Contrataciones de Obra Pública
El adjudicatario deberá presentar el programa de trabajo preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación
La Administración realizará la revisión y resolverá sobre la pertinencia o no del programa de trabajo propuesto y sus documentos anexos en un máximo de cinco días hábiles. El adjudicatario presentará el programa de trabajo preliminar ajustado y con sus documentos en un plazo no mayor a tres días hábiles a partir del momento de su devolución y la Administración tendrá tres días hábiles para emitir su no objeción.
Si no se emite la no objeción no se podrá emitir la orden de inicio del contrato. El programa de trabajo deberá incluir un informe de apoyo que incluya al menos la información detallada en el artículo 19 del "Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios".
J. Indicadores para verificar resultados del procedimiento, 56 y 61 inciso f LGCP (aplica únicamente para Licitaciones Mayores y Menores)
A efectos de aplicar los indicadores para verificar resultados del procedimiento, se utilizará una matriz, la cual será completada en dos etapas saber:
Etapa 1: Finalizada la firmeza del proceso de contratación, se completará la matriz en lo correspondiente a las etapas de recepción de ofertas, análisis de ofertas y adjudicación de dicha matriz.
Etapa 2: Trasladado el pago de los bienes/servicios objetos de la contratación, se completará la matriz en cuanto a la etapa de ejecución del contrato.
K. SOBRE EL PRESUPUESTO DETALLADO:
Según lo dispuesto en el artículo 103 RLGCP. El adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, deberá presentar el presupuesto detallado, el cual deberá coincidir tanto en los valores absolutos como en los porcentuales indicados en la estructura del precio aportada en la oferta.
El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos. según el siguiente formato:
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RT. 103 RLGCP: PRESUPUESTO DETALLADO |
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Rubro |
Componentes |
Monto |
Porcentaje |
Índice aplicable con su respectiva vinculación y enlace |
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Mano de obra (costo directo) |
Salarios |
Indicar monto |
Indicar % |
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Cargas sociales |
Indicar monto |
Indicar % |
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Reservas de Ley |
Indicar monto |
Indicar % |
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Insumos (costo directo) |
Materiales o elementos para la producción o fabricación; de o prestación de un bien o servicio |
Indicar monto |
Indicar % |
|
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Mano de obra (costo indirecto) |
Salarios (Del personal directivo, técnico y administrativo de la empresa) |
Indicar monto |
Indicar % |
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|
Cargas sociales |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
|
Reservas de Ley |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
|
Insumos (costo indirecto) |
Gastos de formalización |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
Acarreos |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
|
Alquileres |
Indicar monto |
Indicar % |
|
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Seguros |
Indicar monto |
Indicar % |
|
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Utilidad |
Indicar monto |
Indicar % |
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Imprevistos |
Indicar monto |
Indicar % |
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TOTAL |
Sumatoria de los montos anteriores |
Sumatoria de los porcentajes anteriores = 100% |
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Nota: Los componentes indicados, corresponden a ejemplos, por tanto, cada oferente deberá incluir en el cuadro los rubros que corresponden a su oferta. |
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ANEXO NO. 1
DECLARACIÓN JURADA PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS
El suscrito [nombre y apellidos], mayor, [estado civil], [profesión u oficio], vecino de [domicilio exacto (provincia-cantón-distrito-ubicación)], portador de la cédula de identidad número [número], bajo la fe de juramento declaro:
Soy empleado/he sido contratado por la empresa ofertante, que el currículo adjunto describe correctamente a mi persona, mis calificaciones y mi experiencia y que estoy disponible para asumir el trabajo de acuerdo con las disposiciones de ejecución y cronograma señalados en la oferta, en caso de que sea adjudicado a la empresa. Que fui informado de haber sido incluido como parte del equipo de trabajo de la presente oferta.
Entiendo que cualquier falsedad o interpretación falsa aquí descrita podrá incurrir en las consecuencias penales por los delitos de perjurio y falso testimonio establecidos en la legislación penal costarricense e institucionales administrativas por el hecho de omitir información o indicar datos falsos.
Nombre del Profesional Firma Fecha
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso imputable al adjudicatario en la entrega o en la aceptación de los bienes y/o servicios a satisfacción de la unidad solicitante, éste deberá pagar como indemnización al Fideicomiso por concepto de cláusula penal, el porcentaje indicado en el anexo matriz de penalidades adjunto al expediente electrónico, del valor del bien y/o servicio no entregado o aceptado, por cada día hábil de atraso (con respecto al plazo ofrecido), salvo casos de fuerza mayor debidamente justificado y comprobado por la Institución, de conformidad con lo dispuesto el artículo 47 LGCP y 117 RLGCP. En el evento en que el monto por concepto de multas por atraso alcance el 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se gestionará lo procedente para finalizar el contrato de conformidad con lo establecido en el Título V, Capítulo II Terminación del Contrato. El Fideicomiso se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios si corresponde, para lo cual podrá accionar los mecanismos legales establecidos en el ordenamiento jurídico.
Documentos del cartel3
- Crono SICOP obj continúo - Buró de créditoPDF · 61 KB
- FICHA TECNICA BURO CREDITOPDF · 532 KB
- MATRIZ PENALIDADES BUROPDF · 358 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Christian Baltodano Vargas
Gestión Crediticia
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 06:00. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.