2026LY-000033-0000100001 · SICOP 20261000493
CONTRATACIÓN DE UN PROVEEDOR PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRASLADO DE VALIJAS PARA LAS OFICINAS DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Banco Nacional de Costa Rica
Banco Nacional de Costa Rica busca contratación de un proveedor para la prestación de servicios de traslado de valijas para las oficinas del banco nacional de costa rica con un presupuesto de ₡305,0 millones. Recibe ofertas hasta el 02/11/2026 (en 22 días).
₡305,0 millones
Tiempo para ofertar
22 días
cierra el 02/11/2026 23:59
Lotes y líneas
2 líneas
Fechas clave
- Se publicó05/10/2026 13:33 · hace 6 días
- Límite para 15/10/2026 23:59 · en 4 días
- Límite para 15/10/2026 23:59 · en 4 días
- Cierre de ofertas02/11/2026 23:59 · en 22 días
- de ofertas03/11/2026 09:00 · en 23 días
- (plazo máximo)≈ 29/12/2026 · en 79 días
Contexto
- Banco Nacional de Costa Rica adjudicó ₡11 624,5 millones en 94 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡259,3 millones – ₡305,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Traslado de Valijas (tulas) y Paquetes a Nivel Nacional1 · ₡600,001₡600,00
- Servicio de Trasporte de Cajas con Documentos1 · ₡600,001₡600,00
Lo que exige el cartel
- : 24400000 durante 13 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 150 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Oferta económica 92 % · Experiencia adicional 6 % · Plan de gestión ambiental 1 % · 1. Criterios de sostenibilidad: Empleo personas mayores de 45 años 1 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 94 de 100 puntos.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Según el apartado C. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Según el apartado E. CONDICIONES GENERALES
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Según el complemento al pliego de condiciones, apartado D. CONDICIONES ESPECIALESSegún el apartado E. CONDICIONES GENERALES
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas por recursos temerarios en fase de selección del contratista. Conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley General de Contratación Pública, se aplicarán las siguientes multas por recursos temerarios: • Recurso de objeción: un cero coma cinco por ciento (0,5%) del monto del umbral de la Licitación Mayor, cuando al atender un recurso de objeción, se determine que ha operado la preclusión, que el objetante no acredita su vinculación con el objeto del concurso o que actúe con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales. • Recursos contra el acto final: un uno por ciento (1%) del monto del umbral de la Licitación Mayor, al atender un recurso contra el acto final, se determine que el recurrente actúa con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales. • Actuación temeraria: se entenderá que la actuación es temeraria cuando el recurrente abusa ejercitando acciones totalmente infundadas y, de mala fe, cuando este alegue hechos contrarios a la realidad. Se entenderá que el recurrente actuó con temeridad, mala fe o abuso de derecho, cuando su recurso sea declarado inadmisible o improcedente conforme a lo previsto en los artículos 244 y 245 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. • Procedimiento especial y recursos contra el acto que determine la aplicación de multas por recursos temerarios. Para la aplicación de la multa se estará a lo previsto en el procedimiento establecidos en el artículo 94 de la Ley General de Contratación Pública. Sanciones económicas en ejecución contractual • Cláusula penal por incumplimiento en el plazo de inicio de servicios En caso de incumplirse con el plazo de inicio de servicio fijado, de conformidad con lo indicado en la punto F.5 apartado F. Condiciones Generales, inicio de servicio, el banco aplicará una sanción del 8% del monto del monto total adjudicado, calculado con la totalidad de oficinas que reciben el servicio al costo ofertado, por cada día hábil hasta de atraso hasta lograr un máximo del 25%, luego de lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública el banco podrá valorar la resolución del contrato así como el reclamo de los daños y perjuicios que se deriven de dicho incumplimiento, previo del debido proceso correspondiente. • Cláusula penal por incumplimiento en el plazo de entrega de las valijas y la valija pequeña En caso de atraso por parte del contratista en la entrega de las valijas según los plazos y horarios previstos en el punto C.1. SERVICIO DE PORTADURÍA PARA VALIJAS, MDC Y BANNERS del Apartado C. SERVICIOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el banco aplicará al contratista una multa de un 8% de la sumatoria del monto de 25 oficinas de su mismo tipo (periférica, mediana y lejana) por cada hora natural de atraso, según horario de entrega establecido por el banco. La multa contemplará la suma del tiempo efectivo de atraso el cual incluye horas completas y fracción de horas de todas las valijas que se entreguen de forma tardía durante el periodo de facturación. Dicha multa se aplicará de forma independiente por cada tipo de oficina. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% según lo indicado anteriormente, luego de lo cual se podrá tener por incumplido el contrato por parte del contratista sin responsabilidad para el banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada automáticamente de las facturas presentadas a cobro por parte del contratista. • Cláusula penal por incumplimiento en el plazo de entrega de cajas En caso de atraso por parte del contratista en la entrega de cajas según los plazos y horarios previstos en el punto C.2 SERVICIO DE ENVÍO DE CAJAS del Apartado C. SERVICIOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el banco aplicará al contratista una multa de un 8% de la sumatoria del monto de 25 oficinas de su mismo tipo (periférica, mediana y lejana) por cada hora natural de atraso, según horario de entrega establecido por el banco. La multa contemplará la suma del tiempo efectivo de atraso el cual incluye horas completas y fracción de horas de todas las valijas que se entreguen de forma tardía durante el periodo de facturación. Dicha multa se aplicará de forma independiente por cada tipo de oficina. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% según lo indicado anteriormente, luego de lo cual se podrá tener por incumplido el contrato por parte del contratista sin responsabilidad para el banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada automáticamente de las facturas presentadas a cobro por parte del contratista. • Cláusula penal por extravío de una valija o caja En caso de extravío o pérdida de una valija o caja en poder del contratista, el banco cobrará una sanción del 25% del monto total facturado en el mes que se presenta el evento, una valija o caja se declara extraviado luego de trascurridos tres días hábiles de su fecha y hora máxima de entrega, según los plazos de entrega indicados en el punto C.2 SERVICIO DE ENVÍO DE CAJAS del Apartado C. SERVICIOS TÉCNICOS MÍNIMOS, luego de lo cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública el banco podrá valorar la resolución del contrato así como el reclamo de los daños y perjuicios que se deriven de dicho incumplimiento, previo del debido proceso correspondiente. Se aclara que la motivación de las sanciones económicas y su respectiva memoria de cálculo se pueden visualizar en el registro RE04-PR418RM01 correspondiente a la decisión inicial del proceso de cita, el mismo se encuentra adjunto en el expediente de la contratación. Procedimiento de cobro de sanciones económicas en ejecución contractual Las sanciones económicas derivadas de la fase de ejecución contractual indicadas anteriormente serán aplicadas de forma automática a partir de la mera constatación del supuesto de hecho dispuesto en los puntos anteriores, según el porcentaje indicado en cada uno de los supuestos. Recursos contra el acto que determine la sanción económica en fase de ejecución contractual En contra del acto de imposición de las sanciones económicas por parte del órgano competente, cabrán los recursos de revocatoria y apelación establecidos en el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento, el recurso de revocatoria será resuelto por el órgano que dictó el acto y el de apelación por el Gerente General. La interposición de los recursos de cita por parte de “La Contratista” no suspenderá la aplicación de la sanción económica, ello de conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública. Cobro de sanciones económicas derivadas de la fase de ejecución contractual El cobro de las sanciones económicas en fase de ejecución contractual se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago. En caso de que no existan facturas pendientes de pago para el cargo de las sanciones económicas impuestas durante la ejecución contractual, el banco procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. En caso de ejecución de la garantía de cumplimiento, el banco otorgará un plazo de tres días hábiles al contratista para que restituya el monto original de dicha garantía, bajo pena que, de no hacerlo, ello constituirá un incumplimiento contractual que facultará al banco a resolver el contrato, así como a imponer sanciones y determinar la responsabilidad civil del contratista, previo trámite del procedimiento especial dispuesto al efecto en la Ley General de Contratación Pública. El oferente y eventual contratista entiende, acepta y reconoce que en caso de que no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento suficiente contra las cuales ejecutar el cobro de las sanciones económicas, el banco se reserva el derecho a recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el procedimiento especial establecido para sancionar al contratista en los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. Todo monto por concepto de las sanciones económicas en fase de ejecución contractual, que no pudiese ser cobrado a cargo de facturas pendientes de pago o la garantía de cumplimiento, así como por los costos derivados de los incumplimientos citados en los puntos anteriores, serán comunicados al contratista mediante resolución u oficio, en cuyo caso deberán ser cancelados en la oficina de Infraestructura y Compras en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del banco, bajo el entendido que, de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el banco podrá tener por incumplido el contrato. La oficina de Logística e Inventarios en su condición de administrador general del contrato determinará los daños y perjuicios ocasionados por cualquier incumplimiento, así como la valoración de la gravedad del incumplimiento para efectos aplicar los procedimientos especiales establecidos en la Ley General de Contratación Pública, para la ejecución de garantía, resolución contractual, responsabilidad civil, las eventuales sanciones administrativas, de conformidad con los artículos 15 y 17 párrafo tercero del Reglamento Orgánico de Contratación Pública del Banco Nacional de Costa Rica , publicado en La Gaceta No. 243 del 21/12/2022 Alcance No. 278.
Documentos del cartel1
- Pliego de condiciones y anexosZIP · 2,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Mario Andre Villegas Campos
Gestión de Contratos
Gustavo Bonilla Murillo
PROCESAMIENTO DE DOCUMENTOS
Dauren Rivera Cordero
PROCESAMIENTO DOCUMENTOS
Catalina Rodriguez Flores
Gestión de Contratos
Yuliana Matarrita
Proveeduria General
Erika Mayela Calderon Brenes
Encargado del concurso · Administración de Contratos
Dauren Rivera Cordero
PROCESAMIENTO DOCUMENTOS
Gustavo Bonilla Murillo
PROCESAMIENTO DE DOCUMENTOS
Catalina Rodriguez Flores
Gestión de Contratos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 06:00. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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