2026LD-000049-0023700001 · SICOP 20261000723
Contratación de servicio de Suministro e Instalación de Puertas y Ventanas en Vidrio Bajo la Modalidad Según Demanda
Municipalidad de Quepos
Municipalidad de Quepos busca contratación de servicio de suministro e instalación de puertas y ventanas en vidrio bajo la modalidad según demanda con un presupuesto de ₡696 302. Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (hoy).
₡696 302
Tiempo para ofertar
hoy
cierra el 12/10/2026 10:00
Lotes y líneas
5 líneas
Fechas clave
- Se publicó06/10/2026 15:39 · hace 6 días
- Límite para 08/10/2026 10:00 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 10:00 · hoy
- de ofertas12/10/2026 10:05 · hoy
- (plazo máximo)≈ 26/10/2026 · en 14 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,9 oferentes.28 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Municipalidad de Quepos adjudicó ₡852,4 millones en 93 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡591 856 – ₡696 302
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Qué se compra5 líneas
- Servicio de Reparacion e Instalacion de Puertas y Ventanas1 · ₡104 666,671₡104 666,67
- Servicio de Reparacion e Instalacion de Puertas y Ventanas1 · ₡107 000,001₡107 000,00
- Servicio de Reparacion e Instalacion de Puertas y Ventanas1 · ₡373 666,671₡373 666,67
- Servicio de Reparacion e Instalacion de Puertas y Ventanas1 · ₡87 301,591₡87 301,59
- Servicio de Polarizado de Ventana1 · ₡23 666,671₡23 666,67
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 60 % · EXPERIENCIA 25 % · CERCANÍA GEOGRÁFICA 10 % · Empresa con certificación Bandera Azul 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 75 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Quienes participan en esta contratación, se comprometen al fiel cumplimiento de las especificaciones establecidas en este pliego de condiciones, en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento y demás normas jurídicas que regulan esta materia.
- El oferente deberá contar con experiencia positiva entendida ésta, como los servicios recibidos a entera satisfacción en mano de obra por servicio de instalación de puertas, ventanas y polarizado, conforme lo estipulado en el artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Al respecto deberá presentar al menos dos, certificaciones o constancias de clientes a nivel público o privado a los cuales se les ha suministrado el servicio por un período mínimo de tres años dentro de los últimos cinco años de proyectos de instalaciones de puertas, ventanas y polarizado.
Para ser tomada en consideración, la carta, constancia o certificación deberá reunir los siguientes requisitos:
- a) No podrán ser emitidas por empresas distribuidoras o subsidiarias del oferente, sino por el cliente que ha utilizado los servicios.
- b) Cada carta debe hacer constar:
- Nombre de la institución a la que se brindó el servicio.
- Número de compra o contrato (si lo hubiera).
- Fecha (período) en el que se brindó el servicio en los últimos 5 años.
- Que el cliente está 100% satisfecho con la calidad del servicio brindado por el contratista.
Las cartas deben hacer referencia al oferente tal y como éste hace constar en la oferta. No se aceptarán cartas que hagan referencia a terceros, aunque el oferente alegue haber trabajado para o con ellos.
Las cartas deben estar firmadas por el Gerente General, o el Proveedor General de la empresa o Administrador local del contrato.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La contratación comprenderá el servicio de suministro e instalación de ventanas, puertas comerciales, puertas corredizas y llavines de seguridad.
Los servicios de instalación podrán ejecutarse en todas las instalaciones municipales.
Para los servicios de instalación, el precio ofertado deberá contemplar todos los costos ordinarios necesarios para la ejecución de los trabajos dentro del cantón de Quepos, incluyendo transporte, movilización, desplazamiento del personal, herramientas, equipos, mano de obra, materiales y accesorios que correspondan según el alcance de cada instalación.
En consecuencia, no procederá el reconocimiento de costos adicionales por desplazamiento, movilización o transporte derivados de que el sitio de instalación se encuentre fuera de las instalaciones físicas de la Municipalidad, siempre que dicho sitio se encuentre dentro del cantón de Quepos.
|
Línea |
Código Identificación SICOP |
Descripción |
|
1 |
7215403292226132 |
Servicio de Reparación e Instalación de Puertas y Ventanas |
|
2 |
7215403292226132 |
Servicio de Reparación e Instalación de Puertas y Ventanas |
|
3 |
7215403292226132 |
Servicio de Reparación e Instalación de Puertas y Ventanas |
|
4 |
7215403292226132 |
Servicio de Reparación e Instalación de Puertas y Ventanas |
|
5 |
7215402192202894 |
Servicio de Polarizado de Ventana |
Se deberá incluir dentro de las ofertas, todos los elementos necesarios para la correcta ejecución de los servicios, mismos que serán valorados por el profesional designado y por la unidad encargada del proceso de compra.
A continuación, se detallan las características técnicas de los servicios que conforman el objeto de la contratación, así como los alcances específicos requeridos por la Administración.
|
No. Línea |
Descripción del Bien o Servicio |
Imagen de referencia |
|
1 |
Ventana con vidrio 5mm claro corrediza construida con tubo de 1” x 2” (m2) |
|
|
2 |
Ventana con vidrio fijo 5mm bronce corrediza construida con tubo de 1” x 2” (m2) |
|
|
3 |
Puerta de lujo comercial de 2.10mx1.10m con tubo de 1 ¾” x 1¾” con llavín con llave, vidrio 6mm sanblasting, agarradera en aluminio y pivote al piso, seguro al piso tipo pata de cabra para sujetar la puerta, con el logo estandarizado de las puertas del Municipalidad de Quepos. Con |
|
|
4 |
Puerta corrediza de lujo con tubo de 1¾” x 1 ¾”, vidrio 6mm sanblasting, con llavín con llave, parte inferior en aluminio, agarradera en aluminio y pivote al piso y brazo hidráulico. Con marco de aluminio de 1 ¾” x 3”. Con el logo estandarizado de las puertas del Municipalidad de Quepos. |
|
|
5 |
m² polarizado de vidrio tipo limosina |
|
Procedimiento para la instalación de las ventanas, puertas y polarizado
- El contratista debe retirar marcos de ventana, vidrios y puertas existentes.
- El contratista debe preparar la superficie de instalación eliminando cualquier material como silicón, venillas u otros que afecten la correcta instalación.
- Una vez preparada la superficie, el contratista debe instalar los perfiles de aluminio solicitados en las ventanas o puertas y ajustarlas para que queden bien aplomadas.
- Una vez realizado el punto anterior el contratista debe proceder con la instalación de las ventanas o puertas en las medidas y especificaciones solicitadas, sellarlas con silicón acrílico transparente.
- Cuando se requiera polarizado el contratista debe de verificar que la ventana esté completamente limpia y seca, una vez corroborado esto proceder con la instalación del polarizado en la puerta o ventana según sea el caso.
- Todo el aluminio que se utilice deberá ser de una calidad igual o superior al Extralum. Los marcos de las ventanas serán en tubo de aluminio anodizado natural (no se aceptarán marcos tipo caja).
Condiciones Generales:
- Esta contratación incluye el suministro por parte del Contratista de todos los materiales, mano de obra, herramientas y equipos que se requieran para obtener los resultados finales acorde con un servicio de buena calidad, según las especificaciones de este pliego de condiciones. Todos los elementos que conforman el producto deberán quedar instalados y en perfecto funcionamiento.
- Todos los materiales que se utilicen (vidrio, aluminio, polarizado, silicón, etc.) deben ser nuevos y de primera calidad y deberán cumplir con lo solicitado en esta decisión inicial, aspecto que será supervisado por el Administrador del Contrato.
- En caso de que el contratista proponga una alternativa diferente a lo especificado por considerarla superior, deberá presentar ante el Administrador del Contrato los detalles y muestras de lo ofrecido. En todo caso la decisión final será de éste. Todas las medidas deberán ser verificadas en el sitio.
- Todos los materiales por utilizar deberán ajustarse a las especificaciones y garantías de calidad solicitadas, dichos materiales deberán someterse a consideración del Administrador del Contrato, tantas veces como sea necesario, pudiendo ser rechazadas a criterio del Administrador del Contrato, aquellas que no cumplan con lo deseado.
- Cualquier material o trabajo no mencionado en estas especificaciones pero que sea necesario para dejar el trabajo concluido al 100% y con una correcta operación, será suministrado, transportado, e instalado por el contratista, sin que esto constituya costo adicional para la institución.
- El contratista deberá velar por la seguridad de los activos, materiales e infraestructura, propiedad de la Municipalidad, durante la ejecución del contrato. También será responsable de cualquier riesgo profesional, así como daño en las personas, que se produzcan por el trabajo a realizar. Es responsabilidad del contratista reparar los daños que pudiera causar durante la realización del trabajo, atribuibles a los equipos o herramientas de trabajo, productos y materiales, y/o recurso humano de su dependencia.
- Limpieza: A medida que avancen las obras, el Contratista deberá ir limpiando las áreas que vaya finalizando. Después de terminado el trabajo y antes de su formal aceptación por parte de la Municipalidad, el Contratista deberá retirar del Municipio, todos los materiales y productos sobrantes, retirar residuos como vidrios, aluminio y otros que se generen, desechos o basura, andamios, escaleras, equipos y herramientas de trabajo en general, entregando la obra completamente limpia. El contratista deberá de mantener en todo momento el área de trabajo limpia y libre de todo desecho que produzca algún tipo de perjuicio y contaminación al medio ambiente. Estos aspectos serán evaluados en el transcurso de la supervisión y en el momento de recibir los trabajos finales y no se recibirá ningún trabajo si no se cumplen las condiciones mencionadas anteriormente.
- Garantía: La garantía sobre el trabajo y calidad de los materiales será de 18 meses como mínimo contados a partir de la recepción definitiva por parte de la Municipalidad.
Protección de las Obras y del Personal
El Contratista deberá tomar las medidas apropiadas para proteger el edificio e instalaciones ya concluidas durante el proceso de instalación de puertas, ventanas y polarizado, con el objeto de evitar daños y atrasos a la obra.
De igual forma para el traslado de materiales, deberá adoptar las medidas de seguridad del caso para evitar accidentes con los funcionarios y usuarios de la Municipalidad.
El Contratista debe colocar cinta de seguridad y cercar de acuerdo con las instrucciones del Administrador del Contrato, con el fin de evitar que las personas se acerquen a lugares de peligro.
Las medidas necesarias para la seguridad del personal de construcción e inspección deben ser aplicadas durante el desarrollo de cualquier trabajo de los indicados en este pliego de condiciones.
Se mantendrán todas las áreas de circulación libres de todo obstáculo y de materiales peligrosos. Cualquier otra medida de seguridad puede ser solicitada por el Administrador del contrato.
El equipo mínimo de seguridad que debe contar todo el personal que se mantenga en la obra será:
- Sistema de andamios
- Escaleras
- Zapatos de seguridad
- Guantes
- Chaleco fosforescente
- Casco de seguridad
- Pantalón largo
- Anteojos protectores (si lo requiere)
- Arnés para trabajos en alturas
Estructura de Precios 2: Los oferentes deben presentar también la oferta en este formato.
|
No. Línea |
Descripción del Bien o Servicio |
Cantidad |
Unidad medida |
Precio |
Total |
|
1 |
Ventana con vidrio 5mm claro corrediza construida con tubo de 1” x 2” (m2) |
1 |
m2 |
₡ |
₡ |
|
2 |
Ventana con vidrio fijo 5mm bronce corrediza construida con tubo de 1” x 2” (m2) |
1 |
m2 |
₡ |
₡ |
|
3 |
Puerta de lujo comercial de 2.10mx1.10m con tubo de 1 ¾” x 1¾” con llavín con llave, vidrio 6mm sanblasting, agarradera en aluminio y pivote al piso, seguro al piso tipo pata de cabra para sujetar la puerta, con el logo estandarizado de las puertas del Municipalidad de Quepos. Con |
1 |
Und |
₡ |
₡ |
|
4 |
Puerta corrediza de lujo con tubo de 1¾” x 1 ¾”, vidrio 6mm sanblasting, con llavín con llave, parte inferior en aluminio, agarradera en aluminio y pivote al piso y brazo hidráulico. Con marco de aluminio de 1 ¾” x 3”. Con el logo estandarizado de las puertas del Municipalidad de Quepos |
1 |
m2 |
₡ |
₡ |
|
5 |
m² polarizado de vidrio tipo limosina |
1 |
m2 |
₡ |
₡ |
|
TOTAL |
₡ |
||||
GARANTÍA DEL SERVICIO:
El adjudicatario debe garantizar un servicio de calidad, mediante la utilización de productos nuevos, de primera calidad y libre de defectos, acordes a los ofertados. Se establece una garantía mínima de 18 meses para cada línea.
La garantía será efectiva contra defectos de fabricación, trabajo defectuoso, no tomar en consideración las recomendaciones del fabricante del producto para la aplicación del mismo, la no realización del procedimiento establecido en la presente contratación y/o no acatar lo establecido e indicado por el Administrador del Contrato.
Esta iniciará su vigencia una vez que se reciba el servicio de conformidad de acuerdo con la “Fecha de entrega real” establecida en el acta de recepción definitiva generada por parte del Administrador General del contrato o quien le sustituya en caso de ausencia.
En caso de defecto de fabricación de los productos a utilizar, mano de obra y/o servicio brindado, el contratista deberá reponer el producto y/o servicio realizado, en un plazo máximo de cinco días hábiles siguientes al día en que se notifica la situación.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
- La oferta, así como su documentación anexa y productos esperados deberán presentarse por escrito en idioma español, o con su correspondiente traducción, según lo dispone el artículo 118 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, con excepción de la información técnica muy específica que podrá ser suministrada en idioma inglés. Siempre que exista contradicción entre información proporcionada en español y en inglés prevalecerá la que se encuentra en idioma español.
- El plazo de vigencia de la oferta será de 30 días hábiles, a partir de la fecha de apertura.
- Una vez que se ha verificado el acto de apertura de las ofertas presentadas a concurso en la Proveeduría de la institución, no podrán ser retiradas ni podrán modificarse, entendiéndose que aportadas las ofertas en la proveeduría no podrán retirarse ya que éstas pertenecen a la Municipalidad.
- La Proveeduría no considerará oferta alguna presentada después de la hora fijada para el acto de apertura de las ofertas, las mismas serán recibidas, pero no serán evaluadas.
- El oferente debe indicar en su oferta un número de CUENTA CLIENTE O CUENTA CORRIENTE DEL BANCO DE COSTA RICA O BANCO NACIONAL DE COSTA RICA por medio del cual se hará efectivo el pago. La Municipalidad realizara los pagos mediante transferencia bancaria del Banco de Costa Rica.
- DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE INCLUIR CON LA OFERTA:
- Toda oferta presentada debe contener toda la documentación solicitada dentro de este cartel. En caso de las declaraciones juradas, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante Notario Público, salvo que el oferente sea adjudicado y así lo solicite la Administración previo a la elaboración del contrato. Dichas declaraciones serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta:
- Declaración jurada de que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
- Declaración jurada de que el oferente no está afectado por ninguna causal de prohibición, según artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública.
- Declaración de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la C.C.S.S, o bien que tiene arreglo de pago aprobado por esta y vigente al momento de la apertura de las ofertas. En caso de que aparezca como patrono “NO INSCRITO” o estado “INACTIVO”, deberá explicar el motivo del porque no se encuentra inscrito como patrono ante la C.C.S.S. Declaración jurada de que se encuentra el día con FODESAF o bien que tiene arreglo de pago suscrito con esta entidad, lo anterior de conformidad con el artículo 22 de la Ley 8783, que reformó la Ley 5662. Comprobante de que se encuentra al día con el Impuesto de personas jurídicas, correspondientes a la Ley 9024, La Administración podrá verificar esta condición directamente del sistema de esa entidad.
- Certificación de la personería jurídica de la empresa en caso necesario.
- Copia de la cédula del oferente si es persona física o del representante Legal de la compañía en caso de oferta de persona jurídica.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que se indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas.
- DEL PRECIO.
El precio deberá ser firme y definitivo, sujeto a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
- Los oferentes deberán cotizar preferiblemente en colones costarricenses, pero en caso de cotizar en dólares, se le aplicará la conversión a moneda nacional, para efectos de presupuesto, análisis y evaluación del factor precio, a las ofertas en dólares se les aplicará la conversión a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio vigente para la venta del Banco Central de Costa Rica al día de la apertura.
- Conforme a lo establecido en la Directriz No. 044-H denominada “Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, publicada en el Alcance No. 156 a la Gaceta No. 167 del 10 de setiembre del 2024, dirigida al sector público” que indica en el artículo 1 lo siguiente:
Artículo l º -Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación.
La forma es que deberán cotizar los oferentes será en colon costarricense, en caso de que algún proveedor cotice en moneda extranjera no se invalidará la oferta en el momento de los análisis y la evaluación correspondiente, pero en caso de recibir propuestas en distintas monedas al colón costarricense , la Administración las convertirá al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas, y en caso de ser adjudicado el contrato se convertirá a colones, para lo cual se tomará como referencia el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
Conforme a lo anterior descrito, el pago se realizará en colones costarricenses, el pago que se acreditará al proveedor adjudicado estará supeditado al precio que ha sido indicado en el contrato.
- DESGLOSE DEL PRECIO
De conformidad con el artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio. Esta disposición es obligatoria para los contratos de servicios y de obra pública; además, para cualquier otro objeto contractual que lo amerite cuando así lo exija explícitamente el cartel.
Si la Administración así lo requiere en el periodo de revisión y calificación de ofertas, esta podrá solicitar al oferente que la información del punto anterior sea certificada por un contador público autorizado, para efectos de establecer la razonabilidad del precio ofertado, en relación con prestaciones similares existentes en el mercado; así como la aportación de las pruebas que estime idóneas para efectuar tal acreditación (razonabilidad del precio).
La estructura de precio de la oferta deberá presentarse, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas o los renglones de pago que conforman el objeto contractual. En aquellos casos que el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura de precio correspondiente a cada moneda:
|
RUBRO |
DETALLE |
¢/$ |
PORCENTAJE |
|
Costos directos |
Mano de obra directa |
Indicar monto |
Indicar % |
|
Insumos directos |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
Costos indirectos |
Mano de obra indirecta |
Indicar monto |
Indicar % |
|
Insumos indirectos |
Indicar monto |
Indicar % |
|
|
Costo de insumos y/o servicios a reajustar por método analítico- documental |
|
Indicar monto |
Indicar % |
|
Subcontratos |
|
Indicar monto |
Indicar % |
|
Imprevistos |
|
Indicar monto |
Indicar % |
|
Utilidad |
|
Indicar monto |
Indicar % |
|
Total |
|
¢/$ |
100% |
De conformidad con el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, se considera:
Costos directos: son los costos en los que incurre el contratista para materializar el objeto contractual. Estos costos se dividen en costos directos de mano de obra, costos directos de insumos y costos directos por subcontrataciones.
Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 13 3 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Costos indirectos: son los costos generales en que incurre el contratista para la administración del objeto contractual, en sus oficinas matrices y/o en el sitio de la ejecución del contrato, no atribuibles a una actividad contractual en particular, pero necesarios para la ejecución del contrato. Estos costos se dividen en costos indirectos de insumos y costos indirectos de mano de obra.
Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
Para determinar la razonabilidad del precio, aquel que se encuentre dentro de un rango más-menos (+-) 20% respecto del precio estimado para la contratación, se considerarán razonables. Sin embargo, aquellas variaciones que se encuentren fuera de este rango deberán ser analizadas por la Unidad Solicitante.
Los oferentes que estén fuera del rango pueden presentar junto con su oferta la justificación del porque está fuera de los rangos.
- FACTORES DE EVALUACIÓN
- Calificación de ofertas.
Para la calificación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes parámetros:
|
FACTORES EVALUACION |
PUNTUACIÓN |
|
a) Precio |
60 |
|
b) Experiencia |
25 |
|
c) Criterios Sustentables |
15 |
|
Total |
100 |
Precio (60%)
La oferta que cotice el menor precio obtendrá cincuenta y cinco (60) puntos que será denominada oferta base y las restantes tendrán puntos en forma proporcional.
(indicar el precio para los mantenimientos correctivos e indicar el precio por actividad solicitada en los mantenimientos correctivos ya que estos precios regirán en la vigencia del contrato). La calificación del resto de las ofertas se realizará utilizando la siguiente formula:
En donde:
PM = Menor precio, debe de cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.
PC = Precio de la oferta a calificar
Pts. = Puntos asignados
Experiencia Profesional (25%)
Se evaluará la experiencia de siguiente forma:
El oferente deberá presentar cartas de referencia que evidencien su experiencia en instalación de. Estas cartas deben ser emitidas por la persona responsable de supervisar dichos servicios.
Se otorgará un total de 2.5 puntos por cada carta presentada que cumpla los requerimientos solicitados.
Para validar la experiencia del oferente, las cartas deberán provenir de diferentes instituciones públicas o privadas y deben cumplir con los siguientes requisitos sin excepción:
- a) No podrán ser emitidas por empresas distribuidoras o subsidiarias del oferente, sino por el cliente que ha utilizado los servicios.
- b) Cada carta debe hacer constar:
- Nombre de la institución a la que se brindó el servicio.
- Número de compra o contrato (si lo hubiera).
- Fecha (período) en el que se brindó el servicio en los últimos 5 años.
- Que el cliente está 100% satisfecho con la calidad del servicio brindado por el contratista.
- c) Las cartas deben hacer referencia al oferente tal y como éste hace constar en la oferta. No se aceptarán cartas que hagan referencia a terceros, aunque el oferente alegue haber trabajado para o con ellos.
- d) Las cartas deben estar firmadas por el Gerente General, o el Proveedor General de la empresa o Administrador local del contrato.
No se tomará en cuenta las cartas de experiencia aportada en los requisitos de admisibilidad.
Criterios Sustentables (15%)
Régimen Jurídico Aplicable:
Decreto Ejecutivo N° 42709-H-MEIC-MTSS-MINAE-MICITT- publicado en LA GACETA N° 3 del 6 de enero del 2021. Medidas para incentivar la participación de empresas, PYME y empresas de la economía social en las compras públicas de la administración, según criterios de localización y sostenibilidad.
ARTÍCULO 21- Incorporación de criterios sociales, económicos, ambientales y de innovación en los pliegos de condiciones LGCP. N° 9986- aplicación a partir del 01-Dic-2022, según ALCANCE N° 58 A LA GACETA N°54, publicado jueves 18 de marzo del 2021.
Artículo 55. Incorporación de criterios de compra pública estratégica en los pliegos de condiciones y artículo 57. Criterios de vinculación al objeto contractual. RLGCP. N°9986- publicado ALCANCE N° 258 A LA GACETA N° 229, miércoles 30 de noviembre del 2022.
|
Puntuación Criterios Sustentables: 15 puntos |
|
|
Rubro |
Porcentaje Máximo (%) |
|
Criterio Sustentable: Patentados (distancia) |
10 |
|
Criterio Sustentable Ambiental Programa Bandera Azul Ecológica |
5 |
- Criterio Sustentable: Patentados (distancia) 10 pts.
A efectos de evaluar el impacto económico positivo con la administración contratante, se evaluará de la siguiente forma, según los siguientes rangos:
- Proveedores patentados en el mismo cantón del lugar de entrega de los bienes y servicios a contratar. Demostrable mediante la patente comercial, emitida para el desarrollo de la actividad a fin con el objeto contractual, y con seis o más meses de antigüedad. 10 puntos
- Proveedores patentados en la misma provincia y distinto cantón del lugar de entrega de los bienes y servicios a contratar. Demostrable mediante la patente comercial, emitida para el desarrollo de la actividad a fin con el objeto contractual, y con seis o más meses de antigüedad. 5 puntos
- Proveedores patentados fuera de la provincia y fuera del cantón del lugar de entrega de los bienes y servicios a contratar. Demostrable mediante la patente comercial, emitida para el desarrollo de la actividad a fin con el objeto contractual, y con seis o más meses de antigüedad. 3 puntos
El anterior criterio es aplicado por la administración Municipal usando la razonabilidad y proporcionalidad de las potestades otorgadas por la Ley General de Contratación Pública, según el principio de discrecionalidad administrativa y autonomía Municipal, de acuerdo con el Código Municipal actual, con la intención de satisfacer el interés institucional y por ende el interés público con fin de incentivar el desarrollo económico local en nuestro cantón, por medio de la contratación estratégica.
Deberá aportar copia de la Licencia Municipal De Servicios De Construcción Y Remodelaciones; (Patente Municipal) comercial extendida para la actividad objeto de la presente licitación (Construcción, Remodelaciones consultorías), con no menor de seis (6) meses de haberse extendido dicha licencia respecto al día de recepción de ofertas, por lo cual, debe aportar patente o licencia activa, vigente y al día.
En caso de ofertas en consorcio, todos los miembros del consorcio deben poseer la respectiva licencia comercial acorde con el objeto de la presente licitación indistintamente del domicilio; para calificación de Cercanía geográfica obtendrá la puntuación establecida si al menos uno de los integrantes posee licencia (patente municipal) comercial extendida para la actividad objeto de la presente licitación con no menor de seis (6) meses de haberse extendido dicha licencia con respecto a la recepción de oferta por parte de municipalidad.
- Criterio Sustentable 5 pts.
Acreditación: Debe aportar un certificado (galardón) emitido por el Programa Bandera Azul Ecológica vigente. Entiéndase como vigente que la certificación haya sido emitida en un plazo no mayor a un año, o bien, de acuerdo con la fecha de caducidad que establezca claramente la certificación aportada.
Justificación: un proveedor puede demostrar ante la población que su empresa aporta a la sostenibilidad ambiental, mediante su participación en este Programa que premia a las organizaciones, por el desarrollo de acciones enfocadas en disminuir el impacto del cambio climático, disminuir el consumo de recursos de naturales y permitir una sociedad más sostenible, lo cual la Municipalidad como institución pública procura en bienestar de sus asegurados.
- ADJUDICACION:
- El adjudicatario de esta contratación no podrá traspasar o ceder los derechos derivados de la adjudicación en firme a terceros, sin previo consentimiento y por escrito de la Municipalidad de Quepos.
- La adjudicación de esta licitación recaerá en aquella oferta que resulte más ventajosa para la administración, que cumpla con las especificaciones del cartel y lo establecido en la Ley General de Contratación Pública, así como con el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- La Municipalidad de Quepos no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa.
- En caso de que se dé un empate se procederá a tomar en cuenta como primer elemento para desempatar, la oferta de menor precio, si persiste el empate se otorgará al que demostró mayor tiempo en el mercado, si se mantuviera el empate se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración de acuerdo a los siguientes parámetros: a) PYME de industria 5 puntos. b) PYME de servicio 5 puntos. c) PYME de comercio 2 puntos. d) Por último si se mantuviera el empate se procederá a confeccionar documento (papelitos) en la que se indicará Adjudicado y los demás Gracias por participar, cada oferente empatado tomará uno de los papelitos, los abrirá, los enseña a los presentes y quien resulte adjudicado se indicará en dicha acta con el fin de tener claridad.
- La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar una línea o varias líneas según conveniencia de la administración. art 86 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- En la relación de la Municipalidad con el adjudicatario no mediará subordinación laboral alguna, ni salario, por lo que correrá por su cuenta cualquier obligación relacionada con la C.C.S.S. o el I.N.S., liberando de cualquiera de esas responsabilidades a la Municipalidad.
- El adjudicatario deberá hacer referencia al número de procedimiento y orden de compra, en la factura para trámite de pago. El oferente debe enviar la factura al correo electrónico proveeduria@muniquepos.go.cr
- El contratista, debe gestionar la solicitud de recepción provisional del sistema SICOP para luego poder coordinar la cita para la entrega de los bienes a la Sección Almacén Municipal; caso contrario, no será atendido.
- El contratista deberá cumplir, durante la ejecución contractual, con todos los requisitos, permisos, autorizaciones y licencias exigidos por el ordenamiento jurídico para el desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto de la presente contratación, incluyendo, cuando corresponda, el Permiso Sanitario de Funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud y la Licencia Municipal (Patente) correspondiente.
La presentación de dichos permisos o licencias no constituirá un requisito sustantivo de admisibilidad de la oferta, cuando estos correspondan a condiciones necesarias para el ejercicio de la actividad comercial durante la ejecución del contrato y no formen parte de las características técnicas esenciales del objeto contractual.
En consecuencia, la Administración verificará que el contratista cuente y mantenga vigentes dichos permisos, licencias y autorizaciones previo al inicio de la ejecución contractual y durante todo el período de vigencia del contrato, según corresponda, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas por el ordenamiento jurídico.
El contratista será el único responsable de gestionar, obtener, mantener vigentes y renovar oportunamente los permisos, licencias y autorizaciones que resulten legalmente exigibles para la correcta ejecución del objeto contractual. La falta de estos requisitos durante la ejecución podrá dar lugar a las medidas administrativas, sanciones, resolución o terminación contractual que correspondan, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa aplicable.
Lo anterior se establece en observancia de los principios de eficiencia, eficacia, simplificación de los procedimientos y conservación de las ofertas, evitando que requisitos legales accesorios al objeto contractual se conviertan en un fin en sí mismo o generen la exclusión de ofertas por aspectos que pueden ser verificados y subsanados en la etapa de ejecución contractual.
- LA FORMA Y PLAZO DE PAGO.
- La Municipalidad cancelará los servicios prestados de conformidad con lo que señala el artículo 19 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, que indica que la Municipalidad tendrá un plazo de 30 días naturales para cancelar. Este se efectuará en un tracto, una vez presentado el respectivo informe por los servicios prestados, y que el mismo cuente con el aval de la unidad solicitante de esta contratación. El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la confección del cheque o medio de pago seleccionado.
- La Municipalidad no tramitará pago alguno sobre facturas que no estén debidamente autorizadas, según lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación.
-
- DEDUCCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- En toda contratación que supere la suma de CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS COLONES, se rebajará en cada pago el 2% del impuesto sobre la renta, según artículo 24, inciso G, del Reglamento del Impuesto sobre la Renta.
- CLÁUSULA PENAL.
Si existiera atraso no justificado en la entrega del objeto de esta Contratación, de acuerdo con los términos del Contrato, y por ende de la Oferta y del presente Cartel, una vez vencido el plazo de entrega, incluyendo las prórrogas que se hubiesen otorgado, la Municipalidad rebajará al Contratista una cantidad equivalente al 1% del total del valor adjudicado por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del 25%, porcentaje a partir del cual se considerará como incumplido el contrato a efecto de que la Municipalidad acuda a la figura jurídica de la resolución por incumplimiento contractual, de conformidad con la normativa vigente y aplicable a esta materia. (Art. 712 Código Civil)
Se entenderá que el retraso en la entrega del objeto contractual, una vez vencido el plazo establecido, no resulta imputable al adjudicatario, a título de incumplimiento contractual, cuando el mismo sea consecuencia directa del acaecimiento de caso fortuito y/o fuerza mayor debidamente comprobada por el Contratista y aceptada por la Municipalidad; siempre que la justificación respectiva haya sido presentada por el Contratista dentro de los cinco días hábiles posteriores al acontecimiento que provocó el atraso.
- EJECUCIÓN.
- El adjudicatario iniciará la ejecución del contrato una vez que reciba la orden de compra.
13) RESCISIÓN Y EJECUCIÓN.
13.1) El contrato se extinguirá por la vía normal por el acaecimiento del plazo, ejecución del objeto contractual y por mutuo acuerdo.
13.2) Por la vía anormal, se extinguirá por resolución contractual según los artículos No. 113 y 114 de la LGCP, rescisión según lo artículo No. 115 y 116 de la LGCP, caducidad conforme el artículo No. 112 de la LGCP y su reglamento. Declaratoria de nulidad, muerte del contratista, declaratoria de insolvencia, cesión de contrato, supresión del servicio, rescate del servicios y sentencia penal condenatoria en contra del contratista según los artículos No. 172, 102 y 114 de LGCP:
Resolución de Controversias:
Las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato serán resueltas con base en las previsiones de la LGCP y su reglamento; y con las condiciones reguladas en este documento y adoptadas en el contrato.
Aquellas controversias que no pudiesen ser resueltas por medio de negociación directa, se someterán a un comité de expertos con competencia para conocer y resolver cualquier controversia. Su decisión será vinculante.
El comité podrá ser colegiado, unipersonal, permanente o ad hoc, según se disponga en este documento. De no establecerse en el pliego de condiciones, se entenderá que el comité estará conformado por tres miembros; quienes deberán tener la capacidad profesional y experiencia demostrada con relación al objeto contractual.
Dentro de las cláusulas exorbitantes, la Municipalidad conserva su derecho a decretar la rescisión o resolución del contrato, según las causales que deberán concretarse y bajo los parámetros admitidos por la normativa de contratación administrativa.
- COMPORTAMIENTO ETICO INSTITUCIONAL, DE LOS OFERENTES Y CONTRATISTAS.
Conforme la nueva Ley de Compras Públicas N°9986 en su numeral 8 se definió el principio de integridad, seguidamente en el reglamento N° 43808-H, se define el actuar ético y de probidad en la Contratación publican en su numeral 17 y adicionalmente en el Código de Ética de la Municipalidad de San José en su apartado 10.2. se define el comportamiento de la relación con proveedores, los cuales son de acatamiento obligatorio en el desarrollo de todo procedimiento de contratación pública, los cuales se detallan:
Ley de Compras Públicas N°9986:
Artículo 8- Principios generales:
Principio de integridad: La conducta de todos los sujetos que intervengan en la actividad de contratación en la que medien fondos públicos se ajustará al cumplimiento de las normas y los valores éticos, entre ellos, la honestidad, la buena fe, la responsabilidad y el respeto, prevaleciendo en todo momento el interés público.
Reglamento a Ley de Compras Públicas N°9986 (Decreto N° 43808-H):
Artículo 17. Actuar ético y de probidad en la Contratación Pública. Las actuaciones realizadas por los jerarcas, los titulares subordinados y demás funcionarios públicos de la Administración, con ocasión de la actividad de contratación pública, deberán estar orientadas a la satisfacción del interés público.
En su gestión, deberán observar rectitud, buena fe y probidad en el uso de las facultades que les confiere la Ley General de Contratación Pública, este Reglamento y los lineamientos emitidos por la Autoridad de Contratación Pública.
A los funcionarios públicos comprometidos en las distintas gestiones de contratación pública se les exigirá, entre otros, los siguientes comportamientos:
- a) Salvaguardar en todas sus actuaciones el interés público, procurando el correcto uso de los fondos públicos y denunciando ante la autoridad competente cualquier actividad o situación contraria al correcto manejo de los recursos públicos.
- b) Abstenerse de utilizar las atribuciones de sus cargos, con el fin de obtener un beneficio patrimonial o de cualquier índole, directa o indirectamente, para sí mismos o en favor de un familiar o de un tercero, derivado de personas físicas o jurídicas que mantengan relaciones contractuales con la Administración para la cual laboran.
- c) Rechazar todo tipo de pago, regalos, dádivas, comisiones, gratificaciones o liberalidades semejantes, ofrecidas directa o indirectamente por personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, independientemente que genere o no conflicto real o potencial con sus derechos y responsabilidades en las funciones que desempeña, o que llegue a verificarse o materializarse compromiso contra la transparencia, objetividad o imparcialidad del proceso de contratación. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N°8422 de 06 de octubre de 2004.
- d) No infringir el régimen de prohibiciones establecido en la Ley General de Contratación Pública, ni incurrir en cualquier conducta indebida tipificada en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y la Ley General de Control Interno, Ley N°8292 del 31 de julio de 2002, la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre Cohechos Domésticos, Soborno Transnacional y otros Delitos y la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N°8131 del 18 de setiembre del 2001.
- e) No deberán establecer intereses privados o relaciones con personas físicas o jurídicas, incompatibles con su puesto y con las atribuciones y funciones que tenga asignadas, que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e imparcialidad.
- f) Actuar en el ejercicio de sus funciones, con estricto apego al bloque de legalidad; con respeto absoluto a la Constitución Política, las leyes y demás disposiciones del sistema normativo costarricense.
- g) Ajustar su conducta a los más altos estándares de las normas, éticas y de probidad reconocidas en el ejercicio de las funciones públicas.
- h) Elaborar el pliego de condiciones procurando la más amplia participación y la igualdad entre los oferentes. No resulta procedente la introducción, sin sustento técnico alguno, de requisitos y condiciones injustificadas en los pliegos de condiciones, de manera que se generen barreras de ingreso para los oferentes.
- i) Abstenerse de conocer y resolver asuntos en los que se configure alguna causal de impedimento y recusación establecidas en el Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N°8508 y el Código Procesal Civil, Ley N°9342 del 03 de febrero de 2016.
- j) Mantener la objetividad e imparcialidad en todos aquellos asuntos que lleguen a conocimiento de los funcionarios.
La inobservancia al deber de probidad de los funcionarios serán objeto de responsabilidad de éstos, de conformidad con las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y demás normas del ordenamiento jurídico que resulten aplicables.
- DEDUCCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se adjunta documento en excel.
Cláusula penal. Se adjunta documento en excel.
Documentos del cartel4
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 553 KB
- DIPDF · 2 MB
- MultasXLSX · 72 KB
- Pliego de condicionesPDF · 737 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Steve Geovanny Fallas Arauz
Unidad de Desarrollo Infraestructura
Steve Geovanny Fallas Arauz
Unidad de Desarrollo Infraestructura
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 15:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 14/09/2026
Mantenimiento de Edificio Administrativo B
Universidad de Costa Rica · 1 oferente
Adjudicada por ₡13,4 M a Ventanales e Instalaciones Nacionales Vin
Adjudicadamismo producto · 09/09/2026
Asamblea Legislativa · 2 oferentes
Adjudicada por ₡6,1 M a Portones de Costa Rica Fmjsociedad Anonima
Adjudicadamismo producto · 07/09/2026
Sustitución de Ventanas Perimetrales en el Edificio de Hospitalización
Caja Costarricense de Seguro Social · 1 oferente
Adjudicada por ₡51,4 M a Serviglass Vidrio y Aluminio
Adjudicadamismo producto · 28/08/2026
Instituto Costarricense sobre Drogas · 5 oferentes
Adjudicada por ₡30,4 M a Vente & Herrera y 1 más
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Corte Suprema de Justicia-poder Judicial · 2 oferentes
Adjudicada por ₡2,1 M a Accesos Automaticos
Adjudicadamismo producto · 12/08/2026
Sumunistro e Instalación de Polarizado Tipo Sanblasting y Seguridad
Municipalidad del Cantón de Santa Ana · 4 oferentes
Adjudicada a Centro de Polarizado Tres G de S J (precios unitarios)