2026LD-000020-0023100001 · SICOP 20261000781
Contratación de servicios de producción de eventos para actividades Culturales de la Municipalidad de Curridabat para finales del año 2026 e inicios del año 2027
Municipalidad de Curridabat
Municipalidad de Curridabat busca contratación de servicios de producción de eventos para actividades culturales de la municipalidad de curridabat para finales del año 2026 e inicios del año 2027 con un presupuesto de ₡28,0 millones en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡28,0 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 10:00
Lotes y líneas
2 lotes
11 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 09:19 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 10:00 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 10:01 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
Nota de la institución. No se aceptarán consultas o trámites fuera de la plataforma SICOP. ADVERTENCIA: LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT NO GESTIONA TRÁMITES RELACIONADOS CON SUS CONTRATACIONES VÍA TELEFÓNICA, NO SEA VÍCTIMA DE ESTAFAS.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,1 oferentes.30 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Municipalidad de Curridabat adjudicó ₡1 282,8 millones en 81 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡14,4 millones – ₡16,9 millones
- Lote 2₡9,2 millones – ₡10,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra11 líneas · 2 lotes
- L1Organización de Eventos1 · ₡3 560 000,001₡3 560 000,00
- L1Organización de Eventos1 · ₡2 225 000,001₡2 225 000,00
- L1Organización de Eventos1 · ₡2 225 000,001₡2 225 000,00
- L1Organización de Eventos1 · ₡2 225 000,001₡2 225 000,00
- L1Organización de Eventos1 · ₡2 225 000,001₡2 225 000,00
- L1Organización de Eventos1 · ₡4 450 000,001₡4 450 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 15 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO (MENOR PRECIO= PUNTAJE MÁXIMO) 80 % · EXPERIENCIA (N° MAYOR EN AÑOS O EN CANTIDAD DE PROYECTOS) 20 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
III. REQUISITOS TÉCNICOS PARA EL OFERENTE:
1.El oferente debe cotizar los precios unitarios y totales según se detalla en el presente pliego para cada una de las líneas que conforman las partidas, y debe aportar la estructura porcentual del precio, desglosada (100%= % Costos directos (CD) + % Costos indirectos (CI) + % Gastos administrativos (GA) + % Gastos financieros (GF) + % Utilidad (U) + % Imprevistos (I); los precios deberán ser firmes y definitivos, durante la vigencia total del contrato por lo que deberán contemplar todos los insumos necesarios para la entrega de los bienes ; esto incluye todos los costos, tales como, (CD) insumos, mano de obra, subcontratación, materias primas, (CI) energía, transporte, seguros, depreciación, (GA) nómina administrativa, servicios corporativos, (GF) intereses y comisiones atribuibles, (I) provisión de contingencias, (U) margen de ganancia y cualquier otro costo que deba incurrir y no podrán realizar cobros adicionales, durante la vigencia del contrato.
Estructura de Costos técnico – contable:
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Categoría |
Subcategorías incluidas |
Código contable sugerido |
Observaciones |
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Costos directos (CD) |
Materia prima, suministros, mano de obra directa, subcontratación |
Costo de ventas |
Solo los vinculados al contrato |
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Costos indirectos (CI) |
Energía, alquiler, transporte, seguros, depreciación |
Gastos operativos indirectos |
Sin duplicación con CD |
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Gastos administrativos (GA) |
Nómina administrativa, contabilidad, legal, oficinas |
Gastos administrativos |
Proporcionales al contrato |
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Gastos financieros (GF) |
Intereses operativos, comisiones bancarias |
Gastos financieros |
Solo si están documentados |
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Utilidad (U) |
Margen de ganancia |
Resultado del ejercicio |
No sujeta a revisión |
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Imprevistos (I) |
Contingencias menores |
Provisión |
No sujeto a revisión |
Este anexo detalla los índices económicos oficiales recomendados para la revisión de precios en contratos de bienes y servicios, conforme con la normativa vigente y con base en las categorías de costos definidos en la estructura técnico - contable.
Costos Directos (CD)
Incluyen materia prima, insumos, mano de obra directa, combustibles, repuestos, subcontrataciones específicas:
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Índice |
Aplicación |
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Índice de Precios al Productor (IPP) |
Materias primas industriales, materiales de producción |
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Índice de Precios de Materiales de Construcción (IPMC) |
Materiales específicos para obras o estructuras |
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Índice de precios de combustibles (ARESEP) |
Diésel, gasolina, gas para operación y transporte |
Costos Indirectos (CI)
Incluyen transporte, alquiler de equipo, seguros, energía, servicios logísticos:
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Índice |
Aplicación |
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Índice de Precios al Consumidor (IPC) |
Energía eléctrica, transporte, seguros |
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Índice de Servicios Empresariales (INEC) |
Servicios tercerizados, arrendamientos |
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Índice de Variación Salarial (BCCR) |
Personal técnico indirecto |
Gastos Administrativos (GA)
Incluyen nómina administrativa, legal, contabilidad, sistemas, soporte técnico:
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Índice |
Aplicación |
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Índice de Remuneraciones del Sector Privado (BCCR) |
Nómina administrativa |
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Índice de Costos de Servicios Profesionales |
Servicios legales, contabilidad, auditoría |
Gastos Financieros (GF)
Incluyen comisiones bancarias, intereses de créditos operativos, costos de financiamiento:
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Índice |
Aplicación |
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Tasa Básica Pasiva (TBP) |
Créditos a tasa variable |
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Tasa de Política Monetaria (TPM) |
Variación de costos financieros generales |
2.El oferente debe indicar desde su oferta la descripción, marca y modelo de los equipos a utilizar en la ejecución del servicio y asegurar que el equipo ofertado cubre con las necesidades requeridas para el evento. En caso de que el oferente proponga equipos de sonido, iluminación u otros, con características similares o superiores en cuanto a las funcionalidades, deberá indicar las diferencias y/o ventajas técnicas y justificar que el cambio será de calidad y aportará al desarrollo del evento. Este cambio debe ser previamente notificado a la administración y el evento no debe verse comprometido por faltas o cambios en el equipo de última hora.
3.Los oferentes deberán demostrar que cuentan con una experiencia previa en el campo o actividad comercial, por lo que se deberán adjuntar a la oferta el permiso de funcionamiento junto con la patente comercial y además se cotejará la actividad registrada ante el Ministerio de Hacienda, con la Consulta pública en sistemas TRIBU-CR (OVI) que facilita el sitio web oficial de ese ministerio.
4.Los precios de la oferta deberán estar LIBRES DE TODO IMPUESTO, por lo que la Municipalidad no atenderá solicitudes de exoneración de materiales, insumos u otros.
5.El oferente le garantizará a la Municipalidad de Curridabat que, en caso de resultar adjudicados, una vez iniciado el servicio contará con los técnicos y personal necesario con la experiencia en el montaje y producción de eventos, de todos los equipos necesarios para la producción de cada evento. Para lo cual se deberán presentar desde su oferta el listado con los nombres, currículum y documentación que así lo demuestre y compruebe la experiencia del equipo humano en el desarrollo y manipulación de equipos, sonido, iluminación, tarimas, toldos, cabañas sanitarias, equipos, etc y/o atención de fallas. La relación existente del oferente con el personal que se proponga deberá identificarse, desde su oferta ya sea por medio de la copia de la planilla (de fecha previa al acto de apertura), o por listado de subcontratación en cuyo caso deberá aportar además una declaración jurada de este, con el compromiso para mantenerse durante todo el plazo para desarrollar sus funciones durante la totalidad del contrato y este último deberá estar al día en sus obligaciones con la CCSS, FODESAF y Ministerio de Hacienda (“consulta atv”: como no omisos ni morosos) y con la patente municipal (con excepción de profesionales liberales, debidamente comprobado).
6.Experiencia mínima del oferente – Partida 1: Actividades Navideñas: Diciembre Dulce
El oferente deberá acreditar, como requisito de admisibilidad, un mínimo de cinco (5) proyectos o contratos ejecutados satisfactoriamente, correspondientes a servicios de producción de eventos navideños, festivales, conciertos, actividades comunitarias, recreativas o culturales, que hayan comprendido como mínimo servicios de montaje, instalación y desmontaje de infraestructura, equipos o elementos necesarios para la realización del evento.
Para efectos de este requisito, únicamente se considerarán como proyectos o contratos similares aquellos que correspondan a la producción de eventos y que incluyan servicios de montaje e instalación. No se aceptarán como experiencia contratos cuyo objeto corresponda exclusivamente al alquiler o suministro aislado de bienes o equipos, sin servicios de producción y montaje.
Experiencia mínima del oferente – Partida 2: Actividades Artísticas y Culturales
El oferente deberá acreditar, como requisito de admisibilidad, un mínimo de cinco (5) proyectos o contratos ejecutados satisfactoriamente, correspondientes a servicios de producción de festivales artísticos o culturales, recitales, conciertos, temporadas de teatro, actividades de danza, ferias del libro o ferias culturales, que hayan comprendido servicios de montaje, instalación y desmontaje de infraestructura, equipos o elementos necesarios para la realización del evento.
Para efectos de este requisito, únicamente se considerarán como proyectos o contratos similares aquellos que correspondan a la producción de eventos artísticos o culturales y que incluyan servicios de montaje e instalación. No se aceptarán como experiencia contratos cuyo objeto corresponda exclusivamente al alquiler o suministro aislado de bienes o equipos, sin servicios de producción y montaje.
Para demostrar lo anterior, se debe adjuntar en su oferta una declaración jurada que contenga como mínimo los siguientes datos: a- nombre completo del cliente al cual se le brindó el servicio (indicar además la dirección y/o las sedes), b- descripción del servicio prestado, c- fecha y periodo de ejecución del contrato brindado (cada caso), d- nombre completo del funcionario, el cargo y número de teléfono (sobre quien fungió como fiscalizador del contrato). Si los procesos fueron adjudicados en la plataforma SICOP o brindado los servicios en la Municipalidad de Curridabat, únicamente deberá indicar el número de licitación y/o contratación para la cual resulto adjudicado. No se aceptarán constancias que hagan alusión a trabajos hechos por terceros, sean personas físicas o jurídicas, aunque el oferente alegue que laboró con o para tales personas.
7.El oferente deberá garantizar por escrito que está de acuerdo con que la ejecución dependerá de las disposiciones del Ministerio de Salud para el tema de eventos al aire libre en ese momento, por lo que deberá gestionar oportunamente los permisos correspondientes.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
La Municipalidad de Curridabat requiere la contratación de servicios de producción para las actividades protocolarias asociadas a los eventos navideños, culturales y artísticos programados para el cierre del periodo 2026 y el inicio del período 2027, de conformidad con las actividades, cantidades y características y demás condiciones previamente definidas por la Administración en el presente pliego de condiciones.
Nota importante: Con respecto a las especificaciones técnicas, se deberá tomar lo definido estrictamente en este pliego de condiciones particulares, por lo que resulta indispensable que el oferente revise y tenga claro lo que se solicita, de previo a confeccionar su oferta; si se presenta alguna duda o, se considera que las características indicadas podrían presentar alguna ambigüedad, el oferente deberá presentar la solicitud de aclaración y/o recomendación sobre los posibles cambios que sean necesarios, dentro del plazo otorgado en SICOP para solicitar aclaraciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
II.CONDICIONES GENERALES TÉCNICAS PARA EL OFERENTE:
1.Los precios ofertados se encuentran libres de todo impuesto, por lo que la Municipalidad no atenderá solicitudes de exoneración de materiales, insumos u otros, siendo que ello debe gestionarse mediante el permiso correspondiente ante el Ministerio de Hacienda, conforme los procedimientos establecidos por esa Administración Tributaria.
2.El oferente deberá considerar desde su oferta el traslado y entrega de todo lo necesario para la producción de los eventos en cualquiera de los cuatro distritos del cantón de Curridabat.
3.El oferente deberá cotizar la totalidad de las líneas que conforman cada partida, por lo que no se aceptarán ofertas parciales, de cada una de ellas.
4.Precios y régimen tributario aplicable: Los precios ofertados deberán ser finales, firmes y expresados netos de todo impuesto, conforme al régimen de no aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que ampara a las corporaciones municipales para las adquisiciones y contrataciones destinadas al cumplimiento de sus fines públicos.
En virtud de lo anterior, el oferente no deberá incluir el IVA en los precios ofertados, ni trasladarlo en sus facturas a la Municipalidad de Curridabat, por cuanto este ente no se encuentra sujeto al pago de dicho impuesto en la contratación de servicios vinculados a su gestión institucional.
La Municipalidad de Curridabat no gestionará exoneraciones tributarias a nombre del contratista, dado que la no aplicación del IVA opera de pleno derecho.
Los precios presentados deberán reflejar la totalidad de los costos directos, indirectos, administrativos, financieros e imprevistos asociados al servicio ofertado, de modo que representen el costo integral y definitivo durante la vigencia del contrato. Cualquier ajuste o revisión de precios únicamente procederá si se encuentra expresamente previsto en este pliego de condiciones, con base en la metodología e índices oficialmente aprobados por la Administración.
Cualquier ajuste o revisión de precios únicamente procederá si se encuentra expresamente previsto en este pliego, con base en la metodología e índices oficialmente aprobados por la Administración.
5.Se presume la capacidad del oferente que participe, garantizar la disponibilidad de todos los recursos necesarios para atender esta contratación, en los tiempos establecidos.
6.Los oferentes deben contemplar todos los costos que requieren los servicios solicitados, así como la tramitología de los permisos y autorizaciones ante el Ministerio de Salud, que correspondan a cada evento, según la legislación vigente, asimismo, deberán cubrir posibles eventualidades e imprevistos propios de la actividad comercial objeto de contratación, sin recibir adelantos por parte de la Municipalidad.
7.Listado de subcontratación: El oferente tendrá que indicar desde su oferta el listado de los subcontratistas a utilizar en caso de resultar adjudicatario, indicando el porcentaje de su oferta que representa cada subcontratación. Asimismo, cada uno de los subcontratistas deberá cumplir con los requisitos individuales de estar inscrito en la plataforma SICOP, en el registro de proveedores y subcontratistas, en donde deberán contar, además, con las declaraciones juradas del artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública, sobre prohibiciones, naturaleza y propiedad de las acciones (en los casos en los que se trate de una persona jurídica) y beneficiarios finales. Asimismo, deberán estar inscritos y al día en sus obligaciones con la CCSS, FODESAF y el Ministerio de Hacienda (“TRIBU-CR”, como “Al día”). En caso de que los subcontratistas no se encuentren inscritos o al día en sus obligaciones ante las instituciones antes indicadas al momento de presentar la oferta, deberán aportar una declaración jurada de cada subcontratista (persona física o jurídica representada por su respectivo representante legal), en la que se manifieste el compromiso de estos de que, en caso de que la oferta en que figuran como subcontratistas resulte adjudicada, previo al inicio de la fase de ejecución, se encontrarán inscritos y al día en sus obligaciones con la CCSS, FODESAF y el Ministerio de Hacienda (“TRIBU-CR”, como “Al día”). Además, deberán aportar patente municipal y permiso sanitario de funcionamiento; sin embargo, en caso de no aportar estos requisitos con la oferta, se podrá verificar su cumplimiento de previo al inicio de la fase de ejecución contractual, en cuyo caso deberán aportar una declaración jurada en la que manifiesten el compromiso de aportar dichos requisitos (patente comercial y permiso sanitario de funcionamiento) de previo al inicio de la fase de ejecución, en caso de resultar adjudicatarios (la oferta en la que son subcontratista). El requisito de la patente comercial no aplicará a los profesionales que ejerzan liberalmente su profesión, lo cual deberá estar debidamente acreditado.
Nota importante: Se aclara que, en la etapa de ejecución contractual, no podrá utilizar ningún subcontratista que no haya sido reportado previamente en la etapa correspondiente (desde la oferta).
8.Ofertas en consorcio. Para efectos de este concurso, dos o más participantes podrán ofertar bajo la forma consorciada; sin embargo, los requisitos de admisibilidad técnicos (experiencia de proyectos o contratos previos) deberá ser cumplidos como mínimo para las funciones que sea propuesto (línea o actividad), por cada participante; por ejemplo dentro de la partida 1, si se recibe un consorcio con dos integrantes entre esos dos se deberá demostrar la idoneidad técnica y experiencia previa en todas las líneas de esa partida, para ello se verificara que la experiencia este ligada a la actividad económica autorizada para cada participante o miembro del consorcio. De ofrecer bajo esta modalidad, deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada una de las partes, con la documentación de respaldo pertinente, así como aportar el listado completo de posibles subcontratistas (en la etapa de ejecución no se aceptará la participación de terceros no declarados desde la oferta).
Será requisito obligatorio adjuntar el acuerdo consorcial que contemple todas las condiciones aplicables a las partes, indicación del porcentaje de participación de cada una, etc., tanto para la etapa de concurso como para la etapa de ejecución contractual (en caso de resultar adjudicado), indicando quién sería el representante legal para el concurso licitatorio, qué funciones aportará cada una de las partes y quién facturará, de resultar adjudicado (aportar certificación bancaria de la cuenta IBAN).
Asimismo, se recuerda que las partes ofrecidas como subcontratistas y/o trabajadores independientes deberán estar referenciadas desde la oferta y, para efectos de la evaluación del oferente, no podrán aportar proyectos o experiencia para ser considerados en los requisitos de admisibilidad y/o en la tabla de calificación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. • CLÁUSULA DE MULTAS Y CLÁUSULA PENAL 1. Naturaleza de la sanción económica Las sanciones económicas derivadas de la ejecución contractual comprenden dos regímenes diferenciados: a) Cláusula penal: aplicable exclusivamente a la ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales definidas en este pliego. b) Multas: aplicables a incumplimientos formales, técnicos u operativos que afecten la correcta ejecución de los servicios de producción de eventos, conforme a las conductas tipificadas en esta cláusula. La aplicación de una multa o de la cláusula penal deberá corresponder a un hecho concreto, comprobable y atribuible al contratista. No se aplicarán dos sanciones económicas por un mismo hecho. 2. Base de cálculo de las sanciones Las multas y la cláusula penal se calcularán sobre el monto correspondiente a la línea y/o componente especifico directamente afectado por el incumplimiento, según corresponda, y no sobre el monto total de la factura. Cuando el incumplimiento afecte un componente específico de una línea, la multa se calculará sobre el monto asignado a dicho componente, cuando este se encuentre individualizado con base en la oferta y en la estructura de costos correspondiente. La aplicación de una sanción no podrá generar una duplicidad respecto de un mismo hecho. 3. Tipificación de incumplimientos y sanciones A. Cláusula penal por atraso o ejecución prematura Se aplicará una cláusula equivalente al uno por ciento (1%) por cada día natural de atraso o ejecución prematura, sobre el monto correspondiente a la línea o componente directamente afectado, cuando el contratista incumpla los plazos establecidos para la ejecución de las obligaciones contractuales. a) Finalizar el montaje e instalación de los elementos requeridos para la actividad. b) Tener instalados, habilitados y en condiciones de funcionamiento los equipos, estructuras, servicios e insumos requeridos dentro del plazo establecido en el presente pliego. c) Iniciar o poner a disposición de la Administración alguno de los servicios contratados después de la fecha u hora expresamente establecida para su disponibilidad. d) Efectuar el desmontaje, retiro o desinstalación de los elementos contratados, posterior al plazo expresamente establecido para ello. El monto acumulado por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del monto correspondiente a la línea o componente afectado. Alcanzado dicho límite, la Administración podrá valorar la existencia de un incumplimiento grave y las acciones contractuales que correspondan. La cláusula penal no será aplicable cuando el mismo hecho haya sido sancionado mediante una multa específica prevista en esta cláusula. B. Multas por incumplimientos técnicos y de ejecución Cada conducta se sancionará con el porcentaje indicado, aplicado sobre el monto correspondiente a la línea afectada: 1. Incumplimiento de las especificaciones técnicas de los servicios y componentes de producción del evento. Se aplicará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del monto correspondiente a la línea o componente afectado, por cada evento en que los equipos, estructuras, insumos, servicios, elementos técnicos o demás componentes suministrados, instalados o utilizados no cumplan con las características, cantidades, dimensiones, capacidades, calidades o especificaciones expresamente establecidas en el presente pliego. La multa será aplicable aun cuando el componente se encuentre en funcionamiento, cuando sus características, condiciones, cantidad o capacidad sean inferiores o distintas de las requeridas en el presente pliego. 2. Prestación incompleta de los servicios y componentes requeridos para la producción del evento. Se aplicará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del monto correspondiente al componente, insumo, equipo o servicio requerido y no aportado, por cada evento en que el contratista omita aportar, suministrar, instalar o ejecutar alguno de los servicios, equipos, estructuras, insumos, elementos o demás componentes expresamente requeridos para la actividad en el presente pliego. La multa será aplicable cuando el componente, insumo, equipo o servicio requerido no sea aportado en su totalidad o cuando sea aportado de forma parcial respecto de la cantidad expresamente establecida, sin perjuicio de las consecuencias que correspondan cuando dicha omisión impida el inicio o la realización del evento. 3. Sustitución o corrección de servicios, equipos, estructuras, insumos o componentes de producción que no cumplan con las condiciones requeridas. Cuando se determine que un servicio, equipo, estructura, insumo o componente no cumple con las condiciones establecidas en el presente pliego y deba ser sustituido o corregido durante la ejecución de la actividad, el contratista deberá efectuar la sustitución o corrección dentro del plazo establecido. El incumplimiento de dicho plazo dará lugar a una multa equivalente al dos por ciento (2%) del monto correspondiente al componente afectado, por cada período completo de treinta (30) minutos de atraso, contado a partir del vencimiento del plazo establecido para efectuar la sustitución o corrección. No se aplicará esta multa cuando el mismo hecho y período de incumplimiento haya sido sancionado mediante la cláusula penal u otra multa. 4. Incumplimiento de las condiciones de funcionamiento y prestación de los servicios durante el desarrollo del evento. Se aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) del monto correspondiente al servicio, equipo o componente afectado, por cada evento en que, durante el desarrollo de la actividad, se produzca la interrupción, indisponibilidad o funcionamiento defectuoso de un servicio, equipo o componente que, conforme al presente pliego, deba mantenerse disponible y en funcionamiento durante la actividad. La aplicación de la multa requerirá que el incumplimiento sea objetivamente verificable y atribuible al contratista. Cuando para un servicio, equipo, componente se haya establecido una condición específica de atención, corrección o activación de contingencia, el incumplimiento de dicha condición dará lugar a la multa correspondiente. 5. Incumplimiento de las medidas de contingencia previstas para los servicios críticos del evento. Se aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) del monto correspondiente al servicio, equipo o componente afectado, por cada evento en que el contratista incumpla una medida de contingencia expresamente requerida en el presente pliego. Se considerará incumplimiento la falta de disponibilidad del equipo o recurso de respaldo requerido, la imposibilidad de activar la contingencia cuando corresponda, la utilización de una alternativa que no cumpla con las condiciones requeridas o la falta de restitución del servicio dentro del plazo establecido para su atención. 6. Inobservancia de obligaciones e instrucciones vinculadas con la producción y ejecución del evento. Se aplicará una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto correspondiente a la línea o componente afectado, por cada evento en que el contratista incumpla una obligación previamente establecida en el presente pliego o una instrucción emitida por el Administrador del Contrato que se encuentre directamente relacionada con las condiciones previstas para la correcta ejecución de los servicios. Las instrucciones deberán corresponder al objeto y condiciones establecidos en el presente pliego y ser claras, verificables y aplicables al servicio contratado. No procederá la aplicación de multas por instrucciones que impliquen la incorporación de obligaciones nuevas, modificaciones al objeto contractual o condiciones no previstas en el presente pliego. 7. Atraso en el inicio o imposibilidad de realización del evento. Se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto correspondiente a la línea del evento afectado, cuando, por causas atribuibles al contratista, el evento no pueda iniciar en la fecha y hora programadas y el atraso alcance treinta (30) minutos o más. La multa se aplicará por la afectación general del inicio del evento, independientemente de cuál servicio, equipo, estructura, insumo o componente haya generado la situación, siempre que se determine que la causa del atraso es atribuible al contratista. Esta multa no sustituye las multas previstas en los apartados anteriores cuando existan incumplimientos específicos distintos que puedan ser sancionados de manera independiente. Cuando el evento no pueda realizarse en la fecha y hora programadas por causas atribuibles al contratista, no procederá el pago correspondiente a la línea del evento, por cuanto el servicio no habrá sido efectivamente prestado y recibido a satisfacción, sin perjuicio de las acciones contractuales que correspondan. 5. Límite máximo acumulado (25% del contrato) Las sanciones económicas aplicadas se contabilizarán de manera acumulada. El Administrador del contrato verificará que la sumatoria histórica de multas y cláusula penal: • nunca exceda el 25% del precio total del contrato, incluidas sus modificaciones. Al alcanzarse dicho límite: a) No podrán aplicarse sanciones adicionales. b) La Municipalidad deberá valorar la resolución del contrato y la ejecución de la garantía de cumplimiento. El límite es global e irreiniciable: no se renueva por línea, entrega o pedido. 5. Procedimiento sumario para la ejecución y recurso 5.1 Rebajo automático preventivo El monto de la sanción se rebajará automáticamente de la factura afectada, como medida de resguardo del interés público. 5.2 Notificación del acto motivado El Administrador del contrato emitirá un oficio independiente, mediante el cual formalizará la aplicación de la multa o cláusula penal. Este oficio deberá contener: a) La descripción detallada de la conducta sancionada. b) La evidencia técnica o documental que sustenta el incumplimiento. c) El porcentaje aplicable y su base de cálculo (factura correspondiente al incumplimiento). d) El cálculo matemático del monto sancionado. e) La advertencia expresa del derecho a recurrir en los plazos legales. El Administrador del contrato deberá: 1.Notificar formalmente el oficio al contratista, dejando constancia de fecha, hora, medio y acuse de recibo. 2.Incorporar el oficio y su constancia de notificación en el expediente electrónico del contrato (SICOP). 3.Adjuntar copia del oficio y de su notificación a la gestión de solicitud de pago remitida a la Proveeduría Municipal, dejando evidencia de que el contratista fue notificado previo al rebajo automático. La omisión de cualquiera de estos actos constituirá un vicio esencial del procedimiento. 5.3 Recursos El contratista podrá interponer: • Revocatoria ante el Administrador del contrato, quien resolverá en tres días hábiles. • Apelación ante la Alcaldía Municipal, la cual resolverá en cinco días hábiles, con apoyo en un criterio obligatorio de la Dirección Jurídica. 5.4 Devolución Si el contratista demuestra la improcedencia parcial o total de la sanción, la Administración devolverá el monto rebajado preventivamente mediante acreditación en la factura siguiente. 6. Medios de ejecución Si el monto sancionado no puede rebajarse de la factura correspondiente: • se aplicarán las retenciones contractuales; y • si persiste saldo, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto debido. 7. Justificación de pertinencia, razonabilidad y proporcionalidad Las sanciones definidas en esta cláusula: • Responden a la naturaleza técnica del objeto. • Guardan proporcionalidad en función de la gravedad e impacto del incumplimiento. • Son pertinentes al vincularse únicamente con obligaciones verificables. • Son trascendentes, al incentivar calidad y trazabilidad. • Son aplicables objetivamente, al basarse en hechos comprobables.
Documentos del cartel2
- Pliego de condiciones formalesPDF · 819 KB
- Pliego de condiciones particularesPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alejandra Palma León
Arte y Cultura
Alejandra Palma León
Arte y Cultura
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 09:21. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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