2026LD-000059-0000700001 · SICOP 20261001304
Iluminación solar sectores G, H (fosas) I & y J (planicie) en el Cementerio Municipal 2026
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia busca iluminación solar sectores g, h (fosas) i & y j (planicie) en el cementerio municipal 2026 con un presupuesto de ₡10,2 millones. Recibe ofertas hasta el 19/10/2026 (en 7 días).
₡10,2 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 19/10/2026 08:30
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó12/10/2026 08:28 · hoy
- Límite para 15/10/2026 08:30 · en 3 días
- Límite para 14/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas19/10/2026 08:30 · en 7 días
- de ofertas19/10/2026 08:35 · en 7 días
- (plazo máximo)≈ 02/11/2026 · en 21 días
Nota de la institución. Se realizara una única visita el día miércoles 14 de octubre 2026 a las 09:00am, en el Cementerio Municipal de Grecia. • Nombre completo: Julio Cesar Arias Segura • Teléfono: 2495-6218 • Correo electrónico: julio.arias@grecia.go.cr
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 151 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡8,6 millones – ₡10,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 45 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,45 puntos.
Qué se compra1 línea
- Sistema Solar Fotovoltaico, Conformado por Un Módulo, Inversor Aislado, Potencia de al Menos 100 W, Tecnología Monocristalina o Policristalina, Batería 12 V, Luminarias LED, Salida Iluminación Mínima 400 Lm, Conectores MC4, Caja de Interconexión Ip65, Estructura de Montaje en Aluminio.1 c/u · ₡10 166 151,851 c/u₡10 166 151,85
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 8 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 10 meses
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 45 % · Experiencia 30 % · Pyme 10 % · Garantía adicional 10 % · Oportunidad para las personas con discapacidad 2,5 % · Inclusión laboral a personas mayores de 45 años. 2,5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 70 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Conforme al documento adjunto llamado pliego de condiciones, en su punto 4, Requisitos de admisibilidad.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme al documento adjunto llamado pliego de condiciones, en su punto 5 Condiciones especificas y técnicas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La procedencia de la presente contratación se justifica en la necesidad pública impostergable de Iluminación solar sectores G, H (fosas), I & J (planicie) en el Cementerio Municipal 2026” responde a la necesidad impostergable de erradicar dichos vacíos de iluminación mediante la adquisición e instalación de 15 luminarias solares autónomas de alta eficiencia.
El Cementerio Municipal de Grecia, cuya primera etapa data del año 1884, alberga 1.230 bóvedas privadas y 431 nichos individuales distribuidos en seis bóvedas comunales. En la actualidad, los sectores G, H (fosas), I y J (planicie) carecen de un sistema de alumbrado nocturno, generando zonas de penumbra crítica que vulneran la seguridad perimetral de la propiedad municipal y dificultan las labores de patrullaje de los cuerpos de vigilancia.
La contratación del proyecto “Iluminación solar sectores G, H (fosas), I & J (planicie) en el Cementerio Municipal 2026” responde a la necesidad impostergable de erradicar dichos vacíos de iluminación mediante la adquisición e instalación de 15 luminarias solares autónomas de alta eficiencia y 15 postes metálicos de acero. Esta solución tecnológica garantiza la salvaguarda de los bienes públicos y privados del recinto, dignifica el servicio ofrecido a los más de 76.898 habitantes del cantón, y dota a la infraestructura municipal de la capacidad técnica requerida para atender eventualmente sepelios nocturnos extraordinarios ante emergencias sanitarias o situaciones de fuerza mayor
- Responsabilidad profesional y permisos
- Dirección Técnica y CFIA: El contratista adjudicado deberá elaborar los estudios técnicos, estudios preliminares, anteproyecto, planos, especificaciones y registrar la responsabilidad profesional en la plataforma digital APC del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA), manteniendo la Bitácora Digital oficial durante el desarrollo del proyecto.
- Permisos Sanitarios: Corresponderá al contratista tramitar y obtener la aprobación formal de los planos constructivos ante el Ministerio de Salud.
- Restitución de Áreas: Todos los costos asociados a demoliciones puntuales, restituciones de firme de concreto o reparaciones de elementos dañados por el paso de tuberías deberán ser asumidos por el contratista, garantizando acabados finales iguales o superiores a los preexistentes.
- Vinculación con los Planes de Largo y Mediano Plazo
La presente contratación se encuentra plenamente alineada y articulada con los instrumentos de planificación estratégica e institucional de la Municipalidad de Grecia:
- Plan de Largo Plazo — Plan de Desarrollo Humano Cantonal (PDHC 2022–2032): Se vincula directamente con la Línea Estratégica 7.2 ("Promover la construcción de instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones limpias"), al implementar tecnología fotovoltaica autosuficiente que promueve la descarbonización y el desarrollo sostenible en los espacios públicos del cantón.
- Plan de Mediano Plazo — Plan Estratégico Municipal (PEM 2023–2027): Se enmarca en el Objetivo 6.1 ("Construir y dar mantenimiento a la infraestructura del cantón"), asegurando la rehabilitación, modernización y conservación de los inmuebles e infraestructuras comunitarias bajo la administración del gobierno local.
- Vinculación con el Plan Anual Operativo (PAO)
El proyecto está incorporado de manera expresa en el Plan Anual Operativo (PAO) del periodo 2026, dentro de la programación de metas operativas de la Jefatura de Administración de Servicios Municipales en coordinación con el Departamento de Ingeniería para el Desarrollo Cantonal (IDC). El proyecto cuenta con el dictamen de viabilidad técnica, administrativa y legal del IDC (estudio IDC-JCAS-070-2026 / MG-IDC-JA-179-2026) y la aprobación formal de la Dirección de Planificación Institucional mediante el oficio PLAN-INS-089-2026.
- Disponibilidad Presupuestaria y Respaldo Financiero
La contratación cuenta con el respaldo económico necesario para cubrir la totalidad de los compromisos derivados de la adjudicación, según el siguiente detalle presupuestario:
- Partida Presupuestaria: 3-05-04-05-02-07
- Certificación de Contenido Presupuestario: MGP-CONST-0644-2026
- Monto Estimado de Inversión Total: ₡10.166.151,85 (incluye ₡9.578.735,09 de costos directos de obra, ₡478.936,75 correspondientes al 5,00% de Dirección de Obras de Ingeniería, y ₡108.480,00 por concepto de imprevistos equivalentes al 2,00% sobre materiales de luminarias).
- Inclusión en el Programa de Adquisiciones
De conformidad con los principios de publicidad, transparencia y planificación de la compra pública, esta obra pública bajo la modalidad "llave en mano" se encuentra debidamente registrada e incluida en el Programa de Adquisiciones (Plan Anual de Compras) de la Municipalidad de Grecia para el ejercicio presupuestario correspondiente, publicado y gestionado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Conforme a la constancia presupuestaria MGP-CONST-0644-2026 se cuenta con una asignación de ¢10.166.151,85, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación de la siguiente manera:
El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema integrado de compras públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
- Acto final:
La Municipalidad de Grecia se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
El reajuste de precios se regula mediante el reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo No.44937-H-MICITT-MIDEPLAN (Alcance No.46 Gaceta No.64 03 abril 2025, entrada en vigencia a partir del 04 de agosto del 2025).
El oferente debe aportar en su estructura de precios, todos aquellos índices de precios que se componen de su oferta inicial, bajo el amparo de lo regulado en el artículo 9 y/o 12 de este Decreto.
Cuando haya ausencia del índice de precios el oferente deberá advertirlo en su oferta y se podrá aplicar bajo el método analítico – documental de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Trámite de exoneración:
En caso de no tener los bienes ya ingresados al país, seguirá el siguiente proceso:
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por el Adjudicatario o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuales son los equipos que serán entregados a la Institución.
- Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor de la Institución“, firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. Esto, por cuanto los documentos de embarque deben estar consignados a nombre del adjudicatario o su representante y no de la Administración.
- La administración entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista correr con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución, si así se ha establecido en las condiciones del contrato.
- En el caso de desalmacenaje de vehículos, una vez realizado el desalmacenaje por parte del contratista, este deberá hacer entrega a la Institución de la Póliza de Desalmacenaje y Riteve al día.
- La Institución procederá con el trámite de exoneración de los derechos de inscripción e impuesto a la propiedad.
- La Institución entregará al contratista la documentación necesaria para que proceda con los trámites de inscripción y placas metálicas ante el Registro Nacional.
- En el caso de bienes ya ingresados al país que cancelaron esos impuestos, deberá el bien ofrecerse cumplir con lo regulado en la directriz.
- Orden de compra:
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
- Recepción del objeto en el plazo de entrega:
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
El plazo de entrega se da por medio de la disponibilidad inmediata, referente de acuerdo con las condiciones y necesidades indicadas en el pliego de condiciones.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
- Factura:
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidad de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
- Cesión:
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
- Cesión de derecho de pago:
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
- Sustitución del administrador del contrato:
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
- Tramite y forma de pago:
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
- Finiquito:
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa 1. Limpieza inadecuada de la zona de trabajo (0,33%): • Causal: Acumulación desordenada de escombros, tierra, polvo, sobrantes de material eléctrico, empaques o tubos en los pasillos peatonales, accesos principales o sectores G, H (fosas), I y J (planicie), afectando la circulación de los visitantes o la salubridad del recinto. • Procedimiento: o Amonestación Verbal: Primer llamado de atención al Director de Obra (REC) y al Contratista. o Apercibimiento Escrito: En caso de persistencia, notificación formal por escrito. o Sanción: A partir de la tercera reincidencia, cobro diario del 0,33% sobre el valor de la partida o actividad afectada hasta la limpieza total del área. 0,33% Multa 2. Comportamiento Indebido del Personal en Sitio • Causal: Detección de conductas inadecuadas como faltas de respeto hacia funcionarios municipales, visitantes del Campo Santo o entre los mismos trabajadores, uso de vocabulario vulgar/soez, o bromas que irrespeten la solemnidad del cementerio o afecten a cualquier persona en el sitio. • Procedimiento: o Llamado verbal al Contratista y al Director de Obra. o Notificación escrita en caso de reincidencia. o Sanción: A la tercera vez y faltas subsiguientes, cobro del 0,33% sobre el monto total de la actividad donde se desarrollaron los malos comportamientos. 0,33% Multa 3. Vencimiento de Pólizas de Seguro (RT y RC) • Causal: Dejar vencer cualquiera de las pólizas obligatorias exigidas para la obra: Póliza de Riesgos del Trabajo (RT del INS) o Póliza de Responsabilidad Civil (RC por ₡10.000.000,00). • Procedimiento: Aplicación de una multa diaria del 0,28% sobre el monto total del contrato por cada día de mora hasta que el contratista ponga al día los seguros y entregue las certificaciones vigentes a la Administración. 0,28% Multa 4. Ausencia del Director de Obra (REC) • Causal: Inasistencia injustificada del profesional responsable de la Dirección de Obra (Ingeniero Civil, Arquitecto o Electromecánico incorporado al CFIA) a las visitas e inspecciones semanales programadas con la fiscalización del IDC y el Administrador del Contrato. • Procedimiento: Cobro automático del 0,28% sobre el monto total del contrato por cada ausencia semanal registrada en la bitácora. 0,28% Multa 5. Pruebas y Mediciones Rechazadas de Sistemas • Causal: Cuando los ensayos de resistencia del concreto de las fundaciones (f'c = 210 kg/cm^2) o las pruebas de autonomía, encendido, fotometría y sensores de las luminarias solares Sylvania de 60W no cumplan los estándares mínimos y sean rechazados por la inspección municipal6more_horiz. • Procedimiento: Cobro del 0,28% por cada día natural de atraso sobre el valor del sistema o actividad defectuosa hasta su corrección y aprobación formal10. 0,28% Multa 6. Omisión en la Entrega del Manual de Mantenimiento Final • Causal: Retraso en la entrega formal del Manual de Operación, Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los equipos fotovoltaicos y postes al finalizar las obras físicas. • Procedimiento: Cobro diario del 0,23% por cada día natural de mora contado a partir de la fecha de la solicitud de recepción provisional hasta la entrega a satisfacción de la Administración. 0,23% Multa 7. Incumplimiento en Seguridad y Salud Ocupacional • Causal: Ausencia de cintas, rótulos y barreras de delimitación temporal en los puntos de excavación de los 15 postes, o falta del Equipo de Protección Personal (EPP) en los trabajadores. • Procedimiento: o Llamado verbal al Contratista y al Director de Obra. o Notificación escrita en caso de reincidencia. o Sanción: A partir del tercer incumplimiento, cobro del 0,38% sobre el monto total de la actividad en ejecución 0,38% Multa 8. Sanción Especial por Acabados Defectuosos en la Recepción de la Obra • Causal: Cuando producto de malos acabados (defectos en la pintura anticorrosiva/esmalte, falta de nivelación o plomo en los postes metálicos, imperfecciones en pedestales de concreto) la obra no pueda ser recibida en la etapa provisional o definitiva. • Procedimiento: Cobro del 0,33% diario del monto total del proyecto por cada día natural de atraso hasta la reparación completa de las imperfecciones señaladas por el fiscalizador del IDC. 0,33% Multa 9. . Multa por Daño a Estructuras Existentes o Bóvedas Colindantes (0,38%): • Causal: Afectación física, fisura, rotura o daño no reparado de inmediato en bóvedas privadas, nichos comunales, aceras, bordillos o infraestructura histórica del Campo Santo producto de excavaciones, maniobras de transporte o hincado de los 15 postes metálicos. • Procedimiento: Ante la detección del daño, la Administración notificará por escrito al Contratista exigiendo su reparación en un plazo no mayor a 24 horas. En caso de incumplimiento, se aplicará una multa del 0,38% diario sobre la partida afectada hasta la restitución total del elemento dañado a condiciones iguales o superiores a las originales, sin costo ni ampliación de plazo para el municipio. 0,38% Multa 10. Atraso Reiterado en la Entrega de Submittals: (0,33%): • Causal: Mora injustificada en la entrega formal de las fichas técnicas, catálogos de fabricante, certificados de prueba de laboratorio o muestras de las luminarias solares Sylvania de 60W, paneles fotovoltaicos, baterías LiFePO4, postes metálicos o pintura anticorrosiva una vez transcurridos los 15 días naturales posteriores a la notificación de la Orden de Inicio. • Procedimiento: Cumplido el plazo de 15 días sin la presentación formal de las fichas técnicas ante el Administrador del Contrato y la Inspección del IDC, se aplicará una multa diaria del 0,33% sobre el valor del sistema o partida correspondiente por cada día de retraso, hasta su entrega a satisfacción. 0,33%
Cláusula penal. Cláusula penal: Dado que el proyecto se ha dividido estratégicamente en dos fases (Etapa 1 de diseño en el año 2026 y Etapa 2 de ejecución constructiva en el año 2027), los plazos de entrega se fiscalizarán de manera independiente para cada fase. En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1.38% del valor del monto total adjudicado por etapa por cada día natural de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel5
- DocumentosZIP · 12,6 MB
- Pliego de condicionesPDF · 1 MB
- Alerta sobre FraudePDF · 809 KB
- Comportamiento éticoPDF · 1,7 MB
- Cláusula hostigamientoDOCX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
José Mario Murillo Fonseca
Servicios Municipales
José Mario Murillo Fonseca
Servicios Municipales
Karen Tatiana Barrantes Barrantes
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 12/10/2026 09:09. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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