2026LD-000013-0005000001 · SICOP 20261001574
SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN Y LOGÍSTICA DE EVENTOS Y ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
Colegio Universitario de Limón
Colegio Universitario de Limón busca servicios para la atención y logística de eventos y actividades protocolarias del colegio universitario de limón con un presupuesto de ₡28,0 millones. Recibe ofertas hasta el 16/10/2026 (en 3 días).
₡28,0 millones
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 16/10/2026 16:00
Lotes y líneas
5 líneas
Fechas clave
- Se publicó12/10/2026 22:52 · ayer
- Límite para 13/10/2026 23:59 · hoy
- Límite para 14/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas16/10/2026 16:00 · en 3 días
- de ofertas16/10/2026 16:01 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 30/10/2026 · en 17 días
Nota de la institución. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), los oferentes podrán solicitar aclaraciones a las especificaciones técnicas, condiciones generales y especiales que integran el presente pliego de condiciones, dentro del plazo establecido en la normativa aplicable y conforme a los términos definidos en el Sistema Digital Unificado (SICOP), contado a partir del día siguiente a la publicación del concurso. Las solicitudes de aclaración deberán gestionarse exclusivamente a través del Sistema Digital Unificado (SICOP), utilizando el módulo habilitado para tales efectos. En consecuencia, no se dará trámite a consultas remitidas por medios distintos, tales como correo electrónico, documentos físicos u otros canales informales.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,9 oferentes.228 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Colegio Universitario de Limón adjudicó ₡819,8 millones en 32 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡23,8 millones – ₡28,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra5 líneas
- Servicio de Catering Service para Actividades o Eventos en la Institución1 · ₡115 352,001₡115 352,00
- Servicio de Salonero por Hora para la Atencion de Eventos Protocolarios o Recepciones1 · ₡3 000,001₡3 000,00
- Servicio de Alquiler de Mobiliario y Accesorios para Eventos1 · ₡708 588,001₡708 588,00
- Servicio de Alquiler de Sala de Eventos1 · ₡1,001₡1,00
- Alquiler Servicio de Transporte1 · ₡1 500,001₡1 500,00
Lo que exige el cartel
- : 1400000 durante 48 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 48 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 80 % · CERTIFICACIÓN PYMES 10 % · CONDICIONES DEL INMUEBLE (VISITA AL SITIO) 10 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
La oferta se admitirá si cumple con todos los requerimientos técnicos, legales, administrativos y económicos solicitados en el pliego de condiciones, así como con la demás normativa aplicable establecida en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y disposiciones conexas. La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca del OFERENTE de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, de conformidad con el artículo 123 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación, dentro del contenido de la relación contractual, de las normas constitucionales, la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento, el presente pliego de condiciones, la oferta adjudicada y los demás documentos contractuales aplicables.
El OFERENTE deberá cumplir los requisitos técnicos mínimos aplicables a la oferta integral y acreditar capacidad para ejecutar las cinco líneas que componen la única partida contractual. Cuando un requisito corresponda específicamente a uno de los componentes, deberá acreditarse como parte de la oferta integral.
El incumplimiento de un requisito esencial, su falta de acreditación o la imposibilidad de comprobar que la condición exigida existía a la fecha de apertura podrá generar la inadmisibilidad de la oferta completa, previa valoración de la trascendencia del incumplimiento y de las posibilidades de subsanación previstas en el ordenamiento jurídico.
- Experiencia del Oferente en Servicios Similares: El OFERENTE deberá acreditar experiencia satisfactoria en los cinco componentes que integran el objeto contractual. Para ello, aportará al menos una referencia válida para cada componente: a) alimentación y bebidas; b) salonería; c) mobiliario y montaje; d) disposición de salones; y e) transporte de bienes. Un mismo contrato o referencia podrá acreditar más de un componente cuando su alcance permita identificar claramente las prestaciones ejecutadas. La experiencia podrá corresponder al OFERENTE, a integrantes de un consorcio o, respecto del componente que ejecutarán, a subcontratistas identificados en la oferta. Las experiencias deberán haberse ejecutado dentro de los cinco años anteriores a la apertura y contar con recepción satisfactoria comprobable. La documentación indicará ejecutor, cliente, descripción, fecha, cantidades o configuración, resultado satisfactorio y datos de contacto. Se entenderán como servicios similares:
- Para alimentación y bebidas: preparación y suministro de alimentos para actividades institucionales, empresariales, académicas, sociales, protocolarias o eventos.
- Para saloneros: suministro, coordinación o administración de personal para atención de alimentos y bebidas en actividades o eventos.
- Para mobiliario, mantelería y elementos complementarios: alquiler, transporte, montaje, instalación, desmontaje y retiro de bienes para actividades o eventos.
- Para disposición de salones: alquiler o facilitación de espacios destinados a reuniones, capacitaciones, graduaciones, congresos, actos protocolarios o actividades similares.
- Para transporte: traslado de equipos, mobiliario, materiales, suministros u otros bienes.
Un mismo servicio podrá utilizarse para acreditar más de un componente cuando el documento permita identificar claramente las prestaciones ejecutadas. Los servicios podrán haber sido prestados a entidades públicas o privadas. ACREDITACIÓN: La experiencia se acreditará mediante cartas, constancias, certificaciones, contratos, órdenes de compra, recepciones conformes u otros documentos emitidos por el cliente. La documentación deberá indicar, como mínimo: a. Nombre del OFERENTE que ejecutó el servicio. b. Nombre del cliente. c. Descripción y alcance de la prestación. d. Fecha o período de ejecución. e. Cantidades, capacidad, rutas o configuración atendida, cuando corresponda. f. Manifestación de que el servicio fue recibido satisfactoriamente. g. Nombre, cargo y medio de contacto de la persona que certifica. No será suficiente la presentación de una lista elaborada unilateralmente por el OFERENTE sin respaldo emitido por el cliente.
La contratación comprende prestaciones heterogéneas, presenciales y sujetas a fechas y horarios determinados. La experiencia permite comprobar que el OFERENTE ha ejecutado servicios comparables y que posee conocimiento práctico para atender alimentos, personal, montajes, salones o traslados sin afectar el desarrollo de las actividades institucionales.
- Capacidad Técnica y Operativa del Oferente: El OFERENTE deberá demostrar que dispone de los recursos humanos, materiales, técnicos y logísticos necesarios para ejecutar las líneas ofertadas bajo modalidad según demanda. La capacidad deberá guardar proporción con la naturaleza de los servicios y podrá estar constituida por recursos propios, arrendados, subcontratados o respaldados mediante compromisos formales de disponibilidad. Según las líneas ofertadas, deberá contemplar: a. Personal operativo y de supervisión. b. Instalaciones. c. Equipos y utensilios. d. Vehículos. e. Mobiliario, mantelería y elementos complementarios. f. Herramientas y sistemas de montaje. g. Salones o espacios disponibles. h. Medios de conservación, empaque, carga y protección. i. Recursos de contingencia y sustitución. ACREDITACIÓN: El OFERENTE deberá presentar: a. Declaración de capacidad técnica y operativa. b. Descripción de los recursos disponibles para cada línea ofertada. c. Inventario o relación de equipos, vehículos, mobiliario, instalaciones y demás recursos principales. d. Documentos de propiedad, arrendamiento, disponibilidad, compromiso de suministro o subcontratación, cuando corresponda. e. Plan operativo preliminar o metodología de atención. f. Cualquier otro documento que permita verificar la disponibilidad real de los recursos.
La modalidad según demanda requiere que el adjudicatario pueda atender órdenes de distinta magnitud, naturaleza, ubicación y plazo. La capacidad operativa reduce los riesgos de faltantes, atrasos, sustituciones improvisadas, montajes incompletos o imposibilidad de atender las necesidades institucionales.
- Perfil de la Persona Chef: El OFERENTE deberá proponer una persona chef profesional que tendrá a su cargo la planificación, dirección, supervisión y control de la preparación, conservación, empaque y entrega de los alimentos. La persona propuesta debe poseer título Profesional en Gastronomía, Cocina, Artes Culinarias, Cocina Profesional, emitido por una institución legalmente habilitada, y contar con al menos dos años de experiencia en preparación o coordinación de servicios de alimentación. Adicionalmente, deberá acreditar experiencia en al menos cinco servicios de alimentación colectiva, catering, eventos, actividades institucionales, reuniones o actos protocolarios ejecutados durante los cinco años anteriores a la apertura de las ofertas. La persona propuesta deberá contar con carné de manipulación de alimentos vigente y mantener disponibilidad durante la ejecución de las líneas de alimentación. ACREDITACIÓN: El OFERENTE deberá aportar: a. Nombre completo y número de identificación de la persona propuesta. b. Currículum vitae firmado. c. Títulos, certificados o constancias de formación, cuando corresponda. d. Copia o constancia verificable del carné de manipulación de alimentos vigente. e. Cartas, certificaciones o constancias de experiencia. f. Declaración de disponibilidad suscrita por la persona propuesta. g. Carta de compromiso cuando la persona no forme parte de la planilla regular del OFERENTE. Los documentos de experiencia deberán indicar las funciones desempeñadas, tipo de servicio, fecha o período de ejecución y datos de contacto de quien certifica.
La persona chef incidirá directamente en la inocuidad, calidad, gramajes, cumplimiento de menús, control de porciones, conservación, atención de dietas especiales y puntualidad de los alimentos.
- Permiso Sanitario del Establecimiento de Preparación de Alimentos: El OFERENTE deberá disponer de un establecimiento habilitado para preparar, manipular, conservar y empacar los alimentos. El establecimiento deberá contar con permiso sanitario de funcionamiento vigente y corresponder a la actividad que se pretende contratar. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Copia del permiso sanitario de funcionamiento vigente. b. Identificación y dirección del establecimiento. c. Documento de propiedad, arrendamiento, autorización o compromiso de disponibilidad, cuando corresponda. d. Consulta ante la autoridad competente, cuando se encuentre habilitada.
La preparación de alimentos constituye una actividad central del objeto contractual. El establecimiento debe encontrarse habilitado para reducir riesgos sanitarios y asegurar que la producción se realice en condiciones apropiadas de higiene, almacenamiento y manipulación.
- Personal Habilitado para la Manipulación de Alimentos: El OFERENTE deberá comprometerse a asignar únicamente personal que cuente con carné vigente de manipulación de alimentos cuando sus funciones comprendan preparación, manipulación, empaque, transporte, distribución o servicio de alimentos. La obligación comprenderá a la persona chef, auxiliares de cocina, personal de empaque, saloneros y demás personas que tengan contacto directo con los alimentos. ACREDITACIÓN: En la oferta se aportará: a. Declaración jurada o compromiso formal del OFERENTE. b. Carné vigente de la persona chef o responsable técnico propuesto. Antes de la ejecución de cada orden, la Administración podrá solicitar: a. Lista del personal asignado. b. Copia o verificación de los carnés vigentes. c. Registro de sustituciones.
El personal que participa en la cadena de preparación y servicio puede incidir directamente en la inocuidad de los alimentos. La habilitación permite comprobar que cuenta con conocimientos mínimos sobre higiene, manipulación y prevención de contaminación.
- Capacidad para la Preparación, Conservación y Entrega de Alimentos: El OFERENTE deberá contar con instalaciones, equipos, utensilios, recipientes, medios de conservación, empaques y transporte apropiados para preparar y entregar los alimentos conforme a los menús, cantidades, horarios y lugares solicitados. Deberá disponer de capacidad para: a. Preparar las cantidades estimadas. b. Conservar las condiciones organolépticas y sanitarias. c. Separar e identificar dietas especiales. d. Prevenir la contaminación cruzada. e. Transportar los alimentos protegidos. f. Atender reposiciones o contingencias imputables al servicio. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Descripción de las instalaciones y equipos. b. Inventario de los recursos principales. c. Fotografías, fichas técnicas o documentos de disponibilidad. d. Descripción del sistema de conservación, empaque y transporte. e. Metodología para atender dietas especiales. f. Declaración de capacidad suscrita por el OFERENTE.
Los alimentos pueden ser preparados fuera del lugar de la actividad y transportados hasta distintas instalaciones. La capacidad de conservación, separación y entrega es necesaria para evitar deterioro, contaminación, atrasos o incumplimientos en las cantidades solicitadas.
- Capacidad para Suministrar Personal de Salonería: El OFERENTE deberá demostrar que dispone de personal suficiente para atender las cantidades y horarios que puedan requerirse bajo modalidad según demanda. El personal deberá contar con: a. Experiencia o capacitación en atención de alimentos y bebidas. b. Presentación personal apropiada. c. Uniforme completo y limpio. d. Conocimiento básico de protocolo y servicio. e. Carné de manipulación de alimentos cuando tenga contacto directo con los alimentos. f. Disponibilidad para cumplir los horarios autorizados. No será necesario identificar en la oferta a la totalidad de las personas que podrían participar durante la vigencia contractual, pero sí deberá demostrarse una organización operativa suficiente para suministrarlas. ACREDITACIÓN: El OFERENTE deberá presentar: a. Declaración de disponibilidad de personal. b. Descripción de la cantidad máxima de saloneros que puede asignar simultáneamente. c. Descripción de la experiencia o capacitación mínima del personal. d. Descripción o fotografía del uniforme propuesto. e. Procedimiento de sustitución por ausencia o contingencia. f. Nombre y experiencia de la persona encargada de coordinar al personal, cuando corresponda.
El servicio de salonería incide en la distribución de alimentos, atención de participantes, montaje de mesas, retiro de utensilios y desarrollo ordenado de la actividad. La disponibilidad de personal suficiente evita atrasos, atención deficiente o incumplimiento de los horarios contratados.
- Disponibilidad de Mobiliario, Mantelería y Elementos Complementarios: El OFERENTE deberá demostrar que dispone o puede disponer legítimamente del mobiliario, mantelería y elementos complementarios correspondientes a las líneas ofertadas. Los bienes deberán coincidir con las características, dimensiones, materiales, colores, acabados y cantidades establecidas en el pliego. La disponibilidad podrá acreditarse mediante bienes propios, arrendados o suministrados por terceros, sin perjuicio de la responsabilidad integral del OFERENTE. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Inventario de los bienes disponibles. b. Fotografías o catálogos. c. Fichas técnicas y dimensiones. d. Documentos de propiedad, arrendamiento o disponibilidad. e. Carta de compromiso del proveedor de los bienes, cuando corresponda. f. Identificación de los elementos que serán obtenidos mediante subcontratación.
La ejecución requiere que los bienes se encuentren disponibles en la fecha, cantidad y condición solicitadas. La acreditación reduce el riesgo de sustituciones no autorizadas, faltantes, deterioro o imposibilidad de realizar el montaje.
- Capacidad para el Montaje, Instalación y Desmontaje: El OFERENTE deberá disponer de personal, herramientas, equipos y procedimientos adecuados para transportar, cargar, descargar, montar, instalar, nivelar, estabilizar, desmontar y retirar los bienes ofertados. La metodología deberá prever: a. Protección de las instalaciones. Estabilidad de los elementos. c. Sistemas de soporte, fijación no invasiva, contrapeso o estructura autoportante, cuando correspondan. d. Conservación de accesos y rutas de evacuación. e. Corrección inmediata de condiciones inseguras. ACREDITACIÓN: a. Descripción del equipo de montaje. b. Relación de herramientas y equipos disponibles. c. Metodología general de instalación y seguridad. d. Experiencia del OFERENTE en montajes similares. e. Documentos de disponibilidad de recursos propios o subcontratados. f. Declaración de responsabilidad por daños imputables al montaje o desmontaje.
Los elementos instalados temporalmente pueden generar riesgos de caída, vuelco, desprendimiento, obstrucción o daños al inmueble. La capacidad técnica de montaje es indispensable para asegurar una instalación funcional y segura.
- Condiciones y Disponibilidad de los Salones Ofertados: Cada salón ofertado deberá cumplir las condiciones técnicas establecidas para la línea correspondiente, incluyendo: a. Ubicación. Capacidad. c. Accesibilidad. d. Servicios sanitarios. e. Iluminación y ventilación. f. Suministro eléctrico. g. Condiciones de seguridad. h. Limpieza. i. Mobiliario y servicios incluidos. j. Disponibilidad durante el horario requerido, incluyendo montaje y desmontaje cuando corresponda. El OFERENTE deberá tener propiedad, administración o disponibilidad legítima del inmueble. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Ficha descriptiva del salón. b. Dirección exacta y ubicación geográfica. c. Fotografías actuales. d. Documento de propiedad, arrendamiento, administración o compromiso de disponibilidad. e. Patente, permiso sanitario u otra habilitación exigible para el funcionamiento del lugar. f. Indicación del aforo o capacidad. g. Inventario de los servicios y facilidades incluidos. h. Declaración de disponibilidad. La Administración podrá realizar una inspección antes de adjudicar o antes de emitir una orden de pedido.
CUNLIMÓN requiere espacios externos cuando sus instalaciones no resulten suficientes o adecuadas. La ubicación, capacidad y seguridad del salón inciden directamente en la participación, logística, puntualidad y desarrollo de la actividad institucional.
- Capacidad para el Transporte de Bienes Institucionales: El OFERENTE deberá demostrar que dispone de vehículos y personal apropiados para las rutas, cargas y condiciones ofertadas. Los vehículos deberán: a. Tener capacidad suficiente. Encontrarse en condiciones de funcionamiento y seguridad. c. Mantener vigentes los documentos exigibles para su circulación. d. Disponer de elementos de protección, sujeción y cobertura de la carga. e. Ser conducidos por personas con licencia correspondiente al tipo de vehículo. El servicio deberá incluir carga y descarga cuando así se establezca en la línea. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Lista de vehículos disponibles por categoría. b. Copia del derecho de circulación vigente. c. Constancia de revisión técnica vehicular vigente. d. Documento de propiedad, arrendamiento o compromiso de disponibilidad. e. Copia de la licencia de las personas conductoras propuestas o compromiso de asignar conductores habilitados. f. Descripción de los medios de protección y sujeción de los bienes. g. Declaración de disponibilidad del personal de carga y descarga.
El transporte involucra bienes institucionales que deben movilizarse y devolverse sin pérdidas ni daños. La capacidad vehicular, la habilitación de las personas conductoras y la protección de la carga resultan indispensables para reducir riesgos patrimoniales y operativos.
- Cobertura Territorial: El OFERENTE deberá confirmar que posee capacidad para ejecutar las líneas ofertadas en las sedes, instalaciones, salones o lugares donde CUNLIMÓN desarrolle sus actividades, conforme a las zonas establecidas en el pliego. No se exigirá domicilio en un cantón específico como condición de admisibilidad. La obligación se referirá a la capacidad efectiva de cobertura, puntualidad y atención del servicio. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Declaración de las zonas geográficas cubiertas. b. Identificación del punto desde el cual se prestará el servicio. c. Metodología logística. d. Confirmación de que los precios incluyen los desplazamientos ordinarios previstos. e. Compromiso de cumplimiento de los horarios de entrega, montaje, atención y retiro.
Los servicios deben ejecutarse en lugares y horarios determinados. La cobertura territorial permite comprobar que el proveedor podrá atender las órdenes sin generar atrasos ni cobros adicionales no previstos.
- Representación del Contratista y Coordinación Operativa: El OFERENTE deberá designar una persona representante encargada de coordinar la ejecución contractual y actuar como enlace oficial con la Administración. La persona deberá contar con capacidad para: a. Recibir y confirmar órdenes de pedido. b. Coordinar personal y recursos. c. Atender cambios e incidencias. d. Verificar las condiciones previas del servicio. e. Presentar documentación de ejecución. f. Gestionar correcciones y reposiciones. g. Mantener comunicación durante la actividad. ACREDITACIÓN: El requisito se acreditará mediante: a. Nombre completo e identificación de la persona propuesta. b. Currículum vitae o descripción de experiencia. c. Carta de designación. d. Declaración de disponibilidad. e. Número telefónico y correo electrónico para comunicaciones oficiales.
La modalidad según demanda exige coordinación continua para confirmar cantidades, lugares, horarios, recursos y condiciones especiales. La existencia de un enlace oficial reduce errores, comunicaciones contradictorias y retrasos.
Toda la documentación requerida deberá presentarse preferiblemente en formato electrónico con firma digital válida, conforme a la normativa vigente. En caso de no disponerse de documentos electrónicos, se aceptarán copias digitalizadas, acompañadas de una declaración jurada en la que se haga constar que corresponden a una reproducción fiel del original. La Administración se reserva el derecho de verificar la información aportada. Los requisitos legales serán exigibles al oferente en su totalidad y, en lo que corresponda, a los subcontratistas propuestos. Esto permite garantizar que todos los participantes en la ejecución contractual cumplen con las condiciones legales mínimas. En todo caso, el contratista será responsable solidario por las actuaciones de sus subcontratistas.
- Identificación: El oferente deberá aportar documento de identidad vigente. En caso de personas jurídicas, se deberá aportar además la identificación del representante legal, con el fin de verificar la legitimación para actuar dentro del procedimiento.
- Personería Jurídica: Las personas jurídicas deberán acreditar su personería mediante certificación vigente —notarial o del Registro Nacional—, en la cual consten las facultades suficientes del representante legal. Este requisito permite validar la capacidad legal para obligar a la empresa dentro del procedimiento.
El oferente, y cuando corresponda los subcontratistas, deberán encontrarse al día en sus obligaciones ante la CCSS, FODESAF y la Administración Tributaria. Estas condiciones serán verificadas de oficio por la Administración conforme al artículo 122 del RLGCP y deberán mantenerse durante todo el procedimiento y ejecución contractual.
- Estado de obligaciones patronales ante CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL; (interfaz del Sistema Digital Unificado con SICERE (CCSS | Morosidad patronal)
- Estado de obligaciones patronales ante FONDO DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES (FODESAF); interfaz del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, “Gestión de Patrono Morosos” (Bienvenidos al Sitio Oficial de FODESAF)
- Estado de obligaciones tributarias ante la DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN – MINISTERIO DE HACIENDA; ); interfaz TRIBU-CR del Ministerio de Hacienda, “Consulta Pública de Situación Tributaria” (Consulta pública de situación tributaria - Oficina Virtual Tributaria)
El OFERENTE deberá contar con las patentes, licencias, permisos sanitarios u otras habilitaciones que resulten legalmente exigibles según la naturaleza de la actividad económica que desarrolle, el establecimiento desde el cual opere y las prestaciones que efectivamente asuma dentro de la contratación. La patente o licencia comercial deberá ser concordante con la actividad desarrollada cuando jurídicamente resulte exigible. Igualmente, el Permiso Sanitario de Funcionamiento será requerido únicamente cuando la naturaleza de la actividad o establecimiento se encuentre sujeta a dicha autorización.
La Administración verificará estas condiciones mediante las fuentes oficiales disponibles o solicitará su acreditación cuando corresponda. Cuando determinada habilitación no resulte legalmente exigible a una persona OFERENTE por su naturaleza jurídica, modalidad de participación, domicilio o características de la actividad desarrollada, no se exigirá como condición de admisibilidad.
La subsanación documental de estas condiciones se regirá por la LGCP y el RLGCP, sin que pueda utilizarse la subsanación para crear con posterioridad una habilitación que legalmente debía existir al momento correspondiente.
- Patente o licencia comercial: El oferente deberá contar con patente municipal o licencia comercial vigente, emitida por la autoridad competente, cuya actividad sea concordante con el objeto contractual. Este requisito permite verificar que el oferente se encuentra legalmente habilitado para ejercer la actividad económica correspondiente.
- Cumplimiento de obligaciones municipales: El oferente deberá encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones municipales asociadas a la actividad comercial, incluyendo el pago de la patente. Esta condición podrá ser verificada de oficio por la Administración y deberá mantenerse durante todo el procedimiento y la ejecución contractual.
- Permiso Sanitario de Funcionamiento: Cuando la naturaleza de la actividad lo requiera, el oferente deberá contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento vigente, emitido por el Ministerio de Salud. Este requisito tiene como finalidad garantizar que la actividad cumple con las condiciones sanitarias exigidas por la normativa aplicable.
En caso de que el oferente se encuentre legalmente exento de este requisito, deberá acreditarlo mediante certificación emitida por la autoridad competente.
- Póliza de Riesgos del Trabajo: El CONTRATISTA deberá contar con una póliza de riesgos del trabajo vigente, emitida por una entidad aseguradora autorizada, que cubra al personal que participará en la ejecución de los servicios, conforme a lo dispuesto en el Código de Trabajo y demás normativa aplicable.
Este requisito tiene como finalidad garantizar la protección del personal asignado ante accidentes laborales que puedan ocurrir durante la ejecución contractual, incluyendo actividades presenciales, reuniones, talleres, sesiones de trabajo, levantamiento de información u otras actividades vinculadas con el objeto contractual. En caso de resultar adjudicatario, deberá presentar la constancia vigente de la póliza de riesgos del trabajo previo a la suscripción del contrato o a la emisión de la orden de inicio, según corresponda, y mantenerla vigente durante toda la ejecución contractual. Cuando se produzcan modificaciones en el personal asignado, plazo, alcance o condiciones de ejecución que incidan en la cobertura de la póliza, el CONTRATISTA deberá realizar los ajustes correspondientes y acreditarlo ante la Administración.
El OFERENTE y los subcontratistas, cuando corresponda, deberán mantener vigente y actualizada en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado (SICOP) la información y las declaraciones juradas exigidas por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
La Administración realizará las verificaciones correspondientes mediante el Sistema Digital Unificado y las fuentes oficiales disponibles. Únicamente se solicitarán declaraciones adicionales cuando exista una disposición normativa específica o cuando la información requerida no se encuentre disponible mediante los mecanismos oficiales de consulta.
- Formas de participación: El oferente extranjero podrá participar en el presente procedimiento bajo cualquiera de las siguientes modalidades, siempre que cumpla con la normativa aplicable:
- Participación directa: El oferente podrá participar de forma directa. En caso de resultar adjudicatario, deberá designar un representante en Costa Rica que facilite la ejecución contractual y la comunicación con la Administración. La ausencia de dicho representante no exime al contratista de sus responsabilidades contractuales.
- Representación de casa extranjera: El oferente podrá participar a través de un representante autorizado por la casa matriz o principal, debidamente acreditado. En este caso, el representante deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente y aportar la documentación que respalde su vínculo y autorización.
- Apoderado legal: El oferente podrá actuar mediante apoderado, debidamente acreditado conforme a la legislación costarricense, con facultades suficientes para obligarlo dentro del procedimiento.
- Documentación emitida en el extranjero: Toda documentación emitida en el extranjero deberá presentarse debidamente apostillada o consularizada, según corresponda, conforme a la normativa aplicable. Asimismo, deberá aportarse el documento equivalente a la personería jurídica, emitido en el país de origen, en el cual se acredite que la persona que suscribe la documentación cuenta con facultades suficientes para representar al oferente.
- Aceptación de jurisdicción: El oferente extranjero deberá manifestar expresamente su aceptación de someterse a la legislación y jurisdicción de la República de Costa Rica para todas las situaciones derivadas del procedimiento y del eventual contrato, con renuncia a cualquier fuero o jurisdicción extranjera.
- Obligaciones ante la CCSS: En caso de no encontrarse inscrito ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) al momento de presentar la oferta, el oferente extranjero deberá indicarlo expresamente y aportar los elementos que justifiquen dicha condición. En caso de resultar adjudicatario, deberá cumplir con las obligaciones que correspondan conforme a la normativa vigente, previo al inicio de la ejecución contractual.
- Registro en SICOP y beneficiario final: El oferente extranjero deberá cumplir con los requisitos de inscripción y actualización en el Registro de Proveedores del SICOP, conforme a lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Asimismo, deberá aportar la información correspondiente al beneficiario final, mediante declaración jurada, incluyendo: Nombre completo, Tipo y número de identificación. En el caso de personas jurídicas, deberá declararse además la estructura de propiedad, naturaleza de las acciones, capital social y titularidad de las mismas, conforme a la normativa vigente.
- Declaraciones juradas: En caso de que la oferta sea presentada bajo la figura de consorcio, cada una de las personas físicas o jurídicas que lo integran deberá contar con las declaraciones juradas vigentes, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública. Este requisito tiene como finalidad verificar que todos los integrantes cumplen con las condiciones legales para contratar con la Administración.
- Cumplimiento de requisitos legales: Cada integrante del consorcio deberá cumplir individualmente con los requisitos legales exigidos en el presente pliego, en lo que le resulte aplicable. La Administración podrá verificar de oficio dichas condiciones conforme a la normativa vigente.
- Acuerdo consorcial: El consorcio deberá aportar un acuerdo consorcial suscrito por todos sus integrantes, en el cual se establezcan claramente las condiciones de participación, distribución de responsabilidades y designación de un representante común. Este documento tiene como finalidad definir la estructura operativa y jurídica del consorcio frente a la Administración.
- Representante común: El consorcio deberá designar un representante común con facultades suficientes para actuar en nombre de todos sus integrantes durante el procedimiento y la ejecución contractual. Este representante será el canal oficial de comunicación con la Administración.
- Responsabilidad solidaria: Todos los integrantes del consorcio responderán de forma solidaria frente a la Administración por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, independientemente de la distribución interna de responsabilidades.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
El CONTRATISTA deberá cumplir las siguientes condiciones técnicas durante la ejecución contractual, según las líneas que le sean adjudicadas. Estas condiciones son esenciales para garantizar la calidad, inocuidad, puntualidad, seguridad, disponibilidad, trazabilidad y adecuada coordinación de los servicios requeridos para la atención de las actividades protocolarias institucionales. La estructura se adapta al objeto actual a partir del modelo técnico aportado como referencia.
- Idoneidad Técnica: El CONTRATISTA deberá contar con la experiencia, personal, instalaciones, mobiliario, equipos, vehículos, herramientas, insumos y capacidad logística necesarios para ejecutar las líneas adjudicadas. La idoneidad deberá guardar relación directa con los componentes ofertados y comprender, según corresponda, experiencia comprobable en:
- Preparación y suministro de alimentos para catering, alimentación colectiva, eventos o actividades protocolarias.
- Atención de actividades mediante personal de salonería.
- Alquiler, transporte, montaje, instalación, estabilización, desmontaje y retiro de mobiliario, mantelería y elementos complementarios para actividades protocolarias.
- Disposición y gestión de salones para eventos.
- Transporte, carga, descarga y custodia de equipos, mobiliario, materiales y demás bienes.
La Administración no exigirá que un oferente acredite capacidades correspondientes a líneas que no pretenda contratar, salvo que el estudio de mercado y la estructura definitiva de partidas determinen una integración técnica debidamente justificada.
- Habilitaciones Sanitarias y Personal de Alimentación: Para la prestación de los servicios de alimentación, el CONTRATISTA deberá contar con un establecimiento autorizado para la actividad desarrollada y mantener vigente el permiso sanitario de funcionamiento correspondiente. Asimismo, deberá disponer de:
- Una persona chef profesional responsable de la producción alimentaria, con formación técnica o profesional acreditada en gastronomía, cocina, artes culinarias o especialidad equivalente.
- Personal auxiliar de cocina suficiente para atender las cantidades y tiempos establecidos.
- Saloneros en la cantidad requerida cuando la orden de pedido incluya este servicio.
- Personal capacitado para el empaque, transporte, distribución y entrega de alimentos.
La persona chef, los auxiliares de cocina, los saloneros y cualquier otra persona que intervenga en la preparación, manipulación, empaque, transporte, distribución o servicio de alimentos deberá contar con carné vigente de manipulación de alimentos. El régimen vigente contempla el carné digital para las personas manipuladoras, mientras que los establecimientos comerciales y de servicios deben contar con la autorización sanitaria aplicable a su actividad.
- Instalaciones, Equipos y Medios para la Producción Alimentaria: El CONTRATISTA deberá disponer de instalaciones y recursos adecuados para preparar, almacenar, conservar, empacar y transportar los alimentos bajo condiciones higiénicas y sanitarias. Deberá contar, según la naturaleza de los menús ofertados, con:
- Áreas de preparación, cocción, almacenamiento y empaque adecuadamente diferenciadas.
- Equipos y superficies aptos para contacto con alimentos.
- Sistemas de refrigeración, congelación o mantenimiento térmico suficientes.
- Recipientes cerrados y medios de transporte que protejan los alimentos de contaminación, derrames, alteraciones y cambios inadecuados de temperatura.
- Utensilios, vajilla, cristalería, cubiertos, servilletas y demás elementos incluidos en las líneas adjudicadas.
- Procedimientos de limpieza, desinfección, manejo de residuos y control de contaminación cruzada.
La Administración podrá solicitar evidencia documental, fotográfica o presencial de estas condiciones y realizar verificaciones cuando resulte necesario.
- Disponibilidad y Continuidad del Servicio: El CONTRATISTA deberá garantizar la disponibilidad efectiva de los recursos requeridos para atender las órdenes de pedido durante la vigencia contractual. La disponibilidad deberá comprender, según las líneas adjudicadas:
- Personal de cocina, salonería, montaje, transporte y coordinación.
- Materias primas e insumos suficientes.
- Mobiliario, mantelería y elementos complementarios en las cantidades, características y dimensiones autorizadas.
- Salones disponibles para las fechas y horarios confirmados.
- Vehículos y personal para el transporte de bienes.
- Recursos sustitutos para atender contingencias imputables al CONTRATISTA.
Cuando se prevean actividades simultáneas, el CONTRATISTA deberá confirmar que dispone de capacidad suficiente para atenderlas sin afectar la puntualidad, calidad, inocuidad o integridad de los servicios.
- Metodología de Trabajo: El CONTRATISTA deberá aplicar una metodología clara, estructurada, verificable y documentada para atender cada orden de pedido. La metodología deberá comprender, como mínimo:
- Para los servicios de alimentación
- Recepción y revisión del requerimiento.
- Confirmación del menú, cantidades, gramajes, horario y lugar.
- Identificación de dietas especiales y medidas para evitar contaminación cruzada.
- Planificación de compras, producción y asignación del personal.
- Preparación y control interno de calidad.
- Empaque, conservación y transporte.
- Entrega, montaje y servicio, cuando corresponda.
- Retiro de residuos, menaje y demás elementos incluidos.
- Documentación de la ejecución y recepción.
- Para el servicio de saloneros
- Determinación y confirmación del personal asignado.
- Verificación de uniformidad, identificación y carné de manipulación de alimentos.
- Registro de ingreso y salida.
- Asignación de funciones.
- Supervisión de la atención durante la actividad.
- Validación de las horas efectivamente prestadas.
- Para mobiliario, mantelería y elementos complementarios
- Confirmación de tipos, cantidades y características.
- Revisión previa del estado y limpieza de los bienes.
- Transporte, carga y descarga.
- Montaje, instalación, nivelación, estabilización y distribución conforme a las instrucciones de la Administración y a las condiciones de seguridad aplicables.
- Verificación de dimensiones, presentación, estabilidad, sistemas de soporte o fijación, seguridad y respeto de accesos y rutas de evacuación.
- Desmontaje, retiro y comprobación final.
- Para la disposición de salones
- Confirmación de disponibilidad para la fecha y horario requeridos.
- Verificación de capacidad, accesibilidad, limpieza, seguridad y servicios incluidos.
- Coordinación de los períodos de montaje y desmontaje.
- Entrega del espacio habilitado y listo para uso.
- Atención de incidencias durante la actividad.
- Comprobación de utilización y entrega final.
- Para el transporte de bienes institucionales
- Identificación de los bienes y elaboración del inventario.
- Verificación del vehículo, conductor y personal asignado.
- Registro del estado aparente de los bienes.
- Protección, carga, acomodo y sujeción.
- Traslado al destino autorizado.
- Descarga y entrega.
- Recolección, retorno y devolución.
- Comprobación final de cantidades y estado de conservación.
La metodología deberá garantizar la relación verificable entre la orden de pedido, la confirmación del CONTRATISTA, los servicios ejecutados, la evidencia aportada, la recepción conforme y el monto facturado.
- Coordinación Institucional: El CONTRATISTA deberá coordinar todas sus actuaciones con la Administración del Contrato y con la persona responsable de cada actividad. La coordinación deberá realizarse mediante los canales formales establecidos y comprender, al menos:
- Confirmación de las órdenes de pedido.
- Definición de horarios de ingreso, montaje, entrega, atención, desmontaje y retiro.
- Verificación de cantidades y características de los servicios.
- Coordinación de accesos a las instalaciones.
- Confirmación de dietas especiales.
- Identificación del personal asignado.
- Confirmación de salones, vehículos y demás recursos.
- Comunicación de riesgos, atrasos o incidencias.
- Atención de las observaciones y medidas correctivas requeridas.
El CONTRATISTA no podrá modificar cantidades, menús, horarios, salones, mobiliario, vehículos, personal ni demás condiciones confirmadas sin autorización previa y documentada.
- Calidad Técnica de los Servicios: Los servicios deberán ser completos, verificables y ajustados a la necesidad autorizada. Deberán cumplir, como mínimo, las siguientes condiciones:
- Corresponder a las líneas y cantidades incluidas en la orden de pedido.
- Ejecutarse dentro de la fecha, horario y lugar autorizados.
- Mantener condiciones adecuadas de calidad, higiene, seguridad y presentación.
- Utilizar personal suficiente e idóneo.
- Aportar todos los recursos incluidos en el precio adjudicado.
- No presentar faltantes, sustituciones no autorizadas o defectos que reduzcan su utilidad.
- Contar con evidencia suficiente de ejecución.
- Ser sometidos a verificación y recepción por parte de la Administración.
En los servicios de alimentación se verificará especialmente la correspondencia del menú, cantidad de porciones, gramajes, frescura, temperatura, presentación, inocuidad y entrega de dietas especiales.
En mobiliario, mantelería y elementos complementarios se verificarán las cantidades, características, dimensiones, limpieza, presentación, estabilidad, seguridad, sistemas de soporte o fijación y correcta instalación.
En salones se comprobarán su disponibilidad, capacidad, accesibilidad y condiciones funcionales. En transporte se verificará la integridad y devolución de los bienes institucionales.
- Adaptabilidad a la Necesidad Institucional: El CONTRATISTA deberá adaptar la ejecución a las características de cada actividad, sin modificar unilateralmente las condiciones adjudicadas. La prestación deberá considerar variables como:
- Cantidad de participantes.
- Tipo y formalidad de la actividad.
- Lugar y horario de ejecución.
- Necesidad de alimentación con o sin saloneros.
- Dietas y restricciones alimentarias comunicadas.
- Capacidad y configuración del salón.
- Cantidad y tipo de mobiliario.
- Características de los bienes que deban transportarse.
- Requerimientos de accesibilidad, seguridad y circulación.
No se admitirán soluciones genéricas, incompletas o incompatibles con el requerimiento autorizado.
- Plan de Contingencia y Capacidad de Respuesta: El CONTRATISTA deberá contar con medidas de contingencia para atender situaciones previsibles que puedan afectar la actividad, entre ellas:
- Ausencia del chef, auxiliares, saloneros, conductores o personal de montaje.
- Falla de vehículos o equipos.
- Insuficiencia, alteración o pérdida de alimentos.
- Faltantes, daños, inestabilidad o fallas de instalación en mobiliario, mantelería y elementos complementarios.
- Indisponibilidad del salón confirmado.
- Atrasos en la preparación, transporte o montaje.
- Interrupción de servicios básicos.
- Daños o faltantes en bienes institucionales transportados.
El CONTRATISTA deberá informar inmediatamente la contingencia, proponer la medida correctiva y aplicar una solución que mantenga condiciones iguales o superiores, sin costo adicional cuando la situación le sea imputable.
- Condiciones Ambientales, de Limpieza y Manejo de Residuos: El CONTRATISTA deberá aplicar prácticas que reduzcan los impactos ambientales derivados de la ejecución. Deberá:
- Priorizar utensilios, recipientes y materiales reutilizables, reciclables o compostables.
- Reducir el uso de plásticos de un solo uso.
- Evitar el desperdicio innecesario de alimentos e insumos.
- Retirar oportunamente residuos, empaques y sobrantes.
- Utilizar productos de limpieza adecuados y, cuando resulte posible, biodegradables.
- Dejar limpias, ordenadas y libres de residuos las áreas utilizadas.
- Cumplir las disposiciones establecidas por la administración del salón o inmueble utilizado.
- Control Técnico, Validación y Recepción Conforme: El cumplimiento de estas condiciones será verificado por la Administración del Contrato mediante los mecanismos de control establecidos, incluyendo:
- Revisión de órdenes de pedido y confirmaciones.
- Verificación de permisos, carnés, licencias y pólizas.
- Inspecciones previas o durante la ejecución.
- Listas de comprobación.
- Control de alimentos, cantidades, gramajes y dietas especiales.
- Registros horarios del personal de salonería.
- Inventarios y comprobantes de entrega, montaje e instalación del mobiliario, la mantelería y los elementos complementarios, así como inventarios de los bienes institucionales transportados.
- Evidencia fotográfica.
- Informes de ejecución e incidencias.
- Recepción parcial o total de los servicios.
- Cotejo entre la ejecución, la factura y los precios adjudicados.
La Administración podrá requerir aclaraciones, reposiciones, correcciones o sustituciones cuando identifique incumplimientos. Las correcciones imputables al CONTRATISTA deberán realizarse sin costo adicional.
No se reconocerán pagos por servicios que no cuenten con orden previa, evidencia suficiente, ejecución comprobable y recepción conforme.
Las condiciones establecidas responden a criterios de idoneidad, proporcionalidad y vinculación directa con el objeto contractual, procurando garantizar la calidad y seguridad del servicio sin incorporar requisitos innecesarios que restrinjan injustificadamente la participación. La Ley General de Contratación Pública y su Reglamento exigen que la contratación procure valor por el dinero y que las condiciones del procedimiento se relacionen directamente con la necesidad pública que se pretende satisfacer.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El CONTRATISTA deberá cumplir las siguientes condiciones generales durante la ejecución contractual, aplicables a todas las líneas que le sean adjudicadas, de conformidad con el pliego de condiciones, la oferta adjudicada, el contrato, las órdenes de pedido y el ordenamiento jurídico vigente. La presente redacción adapta al objeto contractual actual la estructura administrativa aportada como referencia.
- Cumplimiento del Ordenamiento Jurídico: El CONTRATISTA deberá cumplir la legislación costarricense vigente y las disposiciones aplicables a la naturaleza de las prestaciones adjudicadas, incluyendo la normativa en materia de contratación pública, obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, riesgos del trabajo, salud ocupacional, inocuidad alimentaria, permisos sanitarios, manipulación de alimentos, patentes municipales, tránsito, transporte, accesibilidad, protección ambiental, protección de datos y responsabilidad contractual. La Administración podrá requerir en cualquier momento la documentación que permita acreditar el cumplimiento de dichas obligaciones, sin perjuicio de las verificaciones que realice mediante los sistemas oficiales disponibles.
- Responsabilidad Laboral y Cargas Sociales: El CONTRATISTA será el único patrono y responsable directo del personal utilizado para ejecutar los servicios. No existirá relación laboral, subordinación ni responsabilidad patronal alguna entre dicho personal y el CUNLIMÓN. Será responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA:
- El pago oportuno de salarios y demás derechos laborales.
- El cumplimiento de las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- La cobertura del personal mediante la póliza de riesgos del trabajo.
- El cumplimiento de las jornadas, descansos, vacaciones, aguinaldo y demás derechos laborales.
- La aplicación de medidas de seguridad y salud ocupacional.
- La dotación de uniformes, equipos de protección y herramientas necesarias.
La Administración podrá verificar estas condiciones durante la vigencia contractual, especialmente cuando resulte necesario para autorizar pagos, valorar la continuidad del contrato o atender eventuales incumplimientos.
- Responsabilidad Integral en la Ejecución Contractual: El CONTRATISTA será responsable de la correcta ejecución técnica, sanitaria, operativa, administrativa, documental y legal de las líneas adjudicadas. Esta responsabilidad comprenderá, según corresponda:
- La preparación, conservación, transporte, entrega y servicio de alimentos.
- La adecuada atención mediante saloneros.
- La entrega, montaje, instalación, utilización, desmontaje y retiro del mobiliario, la mantelería y los elementos complementarios.
- La disponibilidad y condiciones funcionales de los salones.
- La carga, transporte, descarga, custodia y devolución de los bienes institucionales.
- La idoneidad y conducta del personal asignado.
- La obtención y mantenimiento de permisos, licencias, carnés, pólizas y demás documentos habilitantes.
- La atención de observaciones, correcciones, reposiciones y medidas de contingencia.
- La generación y conservación de la evidencia de ejecución.
El CONTRATISTA responderá por las actuaciones y omisiones de sus representantes, personal, colaboradores, proveedores auxiliares y subcontratistas autorizados.
- Mantenimiento de Requisitos de Elegibilidad y Habilitación: El CONTRATISTA deberá mantener durante toda la vigencia contractual las condiciones legales, administrativas, técnicas y sanitarias que permitieron su adjudicación. Entre otras, deberá conservar vigentes:
- La patente municipal correspondiente a las actividades desarrolladas.
- El permiso sanitario de funcionamiento aplicable.
- Los carnés de manipulación de alimentos del personal obligado a portarlos.
- La póliza de riesgos del trabajo.
- Las licencias de conducir del personal asignado.
- La documentación y habilitación de los vehículos utilizados.
- Las pólizas o seguros requeridos.
- La condición de cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
La pérdida, suspensión, vencimiento o modificación de cualquiera de estas condiciones deberá comunicarse inmediatamente a la Administración del Contrato.
- Coordinación con la Administración: El CONTRATISTA deberá mantener una coordinación formal, efectiva, oportuna y documentada con la Administración del Contrato y con la persona responsable de cada actividad. La comunicación deberá canalizarse por medio del representante designado por el CONTRATISTA y comprenderá, entre otros aspectos:
- Recepción y confirmación de las órdenes de pedido.
- Coordinación de fechas, lugares y horarios.
- Confirmación de menús, cantidades y dietas especiales.
- Asignación de saloneros y demás personal operativo.
- Entrega, montaje e instalación de mobiliario, mantelería y elementos complementarios.
- Confirmación de la disponibilidad del salón.
- Programación del transporte de bienes institucionales.
- Comunicación de riesgos, atrasos o incidencias.
- Atención de observaciones y medidas correctivas.
- Presentación de informes, comprobantes y facturas.
- Cumplimiento de Instrucciones: El CONTRATISTA deberá acatar las instrucciones emitidas por la Administración del Contrato, siempre que se encuentren dentro del objeto, las líneas adjudicadas, el pliego de condiciones, la oferta, la orden de pedido y la normativa aplicable. Serán de acatamiento obligatorio las instrucciones relacionadas con:
- Horarios de acceso, montaje, entrega, servicio y retiro.
- Distribución del mobiliario.
- Condiciones de presentación del personal.
- Identificación y entrega de dietas especiales.
- Protección de instalaciones y bienes institucionales.
- Condiciones de carga, descarga y custodia.
- Medidas sanitarias, ambientales, de accesibilidad y seguridad.
- Documentación y evidencia de ejecución.
- Atención de incidencias y correcciones.
Las instrucciones no podrán utilizarse para modificar unilateralmente el objeto contractual ni para ordenar prestaciones adicionales sin la correspondiente autorización y respaldo presupuestario.
- Prohibición de Ejecutar Servicios Sin Orden Previa: El CONTRATISTA no podrá ejecutar servicios por iniciativa propia ni atender solicitudes informales emitidas por personas no autorizadas. Toda prestación deberá estar respaldada por una orden de pedido o requerimiento formal que identifique, como mínimo:
- Las líneas contratadas.
- Las cantidades requeridas.
- La fecha, lugar y horario.
- La actividad institucional relacionada.
- Las condiciones particulares.
- La persona responsable de la recepción.
No se reconocerán pagos por servicios ejecutados sin autorización previa, por cantidades superiores a las solicitadas ni por prestaciones adicionales incorporadas unilateralmente.
- No Cesión del Contrato: El CONTRATISTA no podrá ceder total ni parcialmente los derechos, obligaciones o responsabilidades derivadas del contrato sin autorización previa y expresa de la Administración y sin el cumplimiento de las condiciones establecidas por el ordenamiento jurídico. Cualquier cesión realizada sin autorización constituirá incumplimiento contractual y podrá dar lugar a las medidas administrativas y legales correspondientes.
- Subcontratación: El OFERENTE podrá subcontratar prestaciones especializadas hasta por un máximo conjunto del cincuenta por ciento —50 %— del monto adjudicado. La subcontratación no liberará al CONTRATISTA de su responsabilidad directa e integral frente al CUNLIMÓN. Con la oferta deberá presentar: a) identificación de cada subcontratista; b) descripción de la prestación que asumirá; c) porcentaje económico; d) experiencia y capacidad técnica; e) habilitaciones, permisos, pólizas y licencias; f) certificación de titulares del capital social y representantes legales, cuando corresponda; g) carta de compromiso de disponibilidad; y h) requisitos de admisibilidad que serán acreditados con sus recursos. No podrán sustituirse los subcontratistas cuyos recursos hayan sido determinantes para la admisibilidad, salvo autorización previa y acreditación de condiciones iguales o superiores. El CONTRATISTA responderá por todos los incumplimientos, daños, atrasos y defectos causados por sus subcontratistas. La subcontratación no liberará al CONTRATISTA de su responsabilidad directa e integral frente al CUNLIMÓN. El CONTRATISTA responderá por los incumplimientos, daños, atrasos, defectos, afectaciones sanitarias o actuaciones del subcontratista. Los subcontratistas deberán cumplir las mismas condiciones técnicas, sanitarias, laborales, administrativas, ambientales, de confidencialidad y seguridad aplicables al CONTRATISTA.
- Responsabilidad por Bienes e Instalaciones: El CONTRATISTA deberá utilizar y proteger adecuadamente las instalaciones, equipos, mobiliario, materiales y demás bienes a los que tenga acceso durante la ejecución. Asimismo, deberá garantizar que el montaje e instalación de mamparas, paneles, tarimas, atriles, podios, separadores u otros elementos complementarios no ocasione perforaciones, daños, sobrecargas, obstrucciones o riesgos en el inmueble utilizado. Será responsable por los daños, pérdidas o deterioros que sean consecuencia de acciones u omisiones imputables a su personal, representantes, colaboradores o subcontratistas. Cuando se transporten bienes institucionales, la responsabilidad del CONTRATISTA abarcará el período comprendido desde su recepción para la carga hasta su devolución y aceptación en el punto autorizado. Los daños deberán ser reparados, sustituidos o indemnizados por cuenta del CONTRATISTA, sin perjuicio de las demás medidas contractuales procedentes.
- Confidencialidad, Discreción y Uso de la Información: El CONTRATISTA y su personal deberán mantener confidencialidad y discreción respecto de la información institucional a la que tengan acceso. Esta obligación comprenderá, entre otros:
- Información sobre las actividades programadas.
- Datos de personas participantes, autoridades e invitados.
- Información sobre alergias o restricciones alimentarias.
- Documentos, listados, agendas y protocolos institucionales.
- Inventarios y características de los bienes transportados.
- Información administrativa o presupuestaria no pública.
La información deberá utilizarse exclusivamente para ejecutar los servicios autorizados. No podrá divulgarse, reproducirse, transferirse, publicarse o utilizarse para fines distintos. El CONTRATISTA no podrá tomar ni publicar fotografías, grabaciones o información relacionada con las actividades sin autorización expresa del CUNLIMÓN. Tampoco podrá utilizar el nombre, logotipo o imagen institucional con fines comerciales o promocionales. Esta obligación subsistirá después de finalizado el contrato.
- Protección de Datos Personales: Cuando la ejecución implique acceso a datos personales, el CONTRATISTA deberá limitar su tratamiento a la información estrictamente necesaria para atender la actividad. Deberá adoptar medidas que eviten:
- Accesos no autorizados.
- Divulgación indebida.
- Pérdida o alteración de información.
- Uso para fines distintos de los autorizados.
- Conservación innecesaria de datos.
La información relativa a alergias, restricciones alimentarias, discapacidad u otras condiciones personales deberá manejarse de forma reservada y utilizarse exclusivamente para organizar y prestar el servicio correspondiente.
- Conducta Ética, Probidad y Respeto Institucional: El CONTRATISTA y su personal deberán actuar con integridad, diligencia, buena fe, responsabilidad y respeto durante toda la ejecución contractual. El personal deberá mantener una conducta acorde con el carácter institucional y protocolario de las actividades. Deberá abstenerse de:
- Presentarse bajo los efectos de alcohol, drogas o sustancias que afecten su desempeño.
- Consumir alcohol durante la ejecución.
- Dirigirse irrespetuosamente a las personas participantes.
- Solicitar dádivas, propinas o beneficios.
- Realizar actividades comerciales o promocionales no autorizadas.
- Utilizar indebidamente instalaciones o bienes institucionales.
- Participar en conductas que comprometan la imagen de CUNLIMÓN.
La Administración podrá solicitar el retiro y sustitución inmediata del personal que incumpla estas condiciones.
- Trazabilidad y Documentación Administrativa: El CONTRATISTA deberá asegurar que sus actuaciones se encuentren debidamente documentadas. La documentación deberá permitir relacionar:
- La orden de pedido.
- La confirmación del servicio.
- Las líneas y cantidades autorizadas.
- El personal y los recursos asignados.
- La prestación efectivamente ejecutada.
- Los comprobantes de entrega, montaje, uso, traslado o devolución.
- Las incidencias y correcciones.
- La recepción conforme.
- La factura presentada.
El CONTRATISTA deberá aportar la documentación adicional que resulte necesaria para verificar la ejecución, respaldar pagos, atender auditorías, sustentar decisiones administrativas o tramitar eventuales incumplimientos.
- Facturación y Obligaciones Tributarias: El CONTRATISTA deberá emitir comprobantes electrónicos autorizados y cumplir las obligaciones tributarias aplicables. Cada factura deberá:
- Identificar el procedimiento y la orden de pedido.
- Desglosar las líneas y cantidades ejecutadas.
- Aplicar los precios unitarios adjudicados.
- Indicar los impuestos correspondientes.
- Coincidir con la recepción conforme.
- Incluir los documentos de respaldo requeridos.
La presentación de la factura no genera derecho automático al pago. Este quedará sujeto a la verificación de la ejecución y a la recepción conforme.
- Verificación por Parte de la Administración: La Administración podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de las condiciones legales y administrativas mediante:
- Revisión de documentos.
- Consultas en sistemas oficiales.
- Inspecciones presenciales.
- Verificación de carnés, licencias, pólizas y permisos.
- Revisión de informes y comprobantes.
- Entrevistas o consultas a las personas responsables.
- Cotejo entre las órdenes, los servicios, las recepciones y las facturas.
El CONTRATISTA deberá facilitar la información y documentación solicitada dentro del plazo otorgado. Las verificaciones y sus resultados deberán documentarse en el expediente contractual y en el Sistema Digital Unificado cuando corresponda.
- Conservación de la Documentación: El CONTRATISTA deberá conservar la documentación relacionada con la ejecución contractual durante el plazo legal aplicable y ponerla a disposición de la Administración, auditorías internas o externas y demás órganos competentes cuando sea requerida. La documentación comprenderá, según corresponda:
- Registros del personal asignado.
- Carnés y licencias.
- Comprobantes de entrega.
- Registros horarios.
- Informes de ejecución.
- Reportes de incidencias.
- Facturas y respaldos.
- Documentación de subcontratistas autorizados.
- Responsabilidad por Incumplimiento: El incumplimiento de estas condiciones podrá dar lugar, según la naturaleza, gravedad, reiteración y consecuencias de los hechos, a:
- Prevención formal.
- Requerimiento de corrección.
- Sustitución de personal o recursos.
- Rechazo total o parcial del servicio.
- No reconocimiento o ajuste del pago.
- Aplicación de multas o cláusulas penales.
- Ejecución de garantías.
- Reclamación de daños y perjuicios.
- Inicio del procedimiento de incumplimiento.
- Resolución contractual.
- Aplicación de las sanciones administrativas que correspondan.
Toda medida deberá sustentarse en evidencia objetiva y aplicarse con respeto del debido proceso, de conformidad con el pliego de condiciones, el contrato y la normativa vigente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 1. Definición General Las multas constituyen sanciones económicas aplicables por defectos en la ejecución contractual distintos del simple atraso. Procederán cuando el CONTRATISTA ejecute una prestación que incumpla las condiciones de calidad, cantidad, inocuidad, seguridad, funcionalidad, limpieza, coordinación, documentación o facturación establecidas en: a. El pliego de condiciones. b. La oferta adjudicada. c. El contrato. d. La orden de pedido. e. Las instrucciones formalmente emitidas por la Administración. f. La normativa técnica, sanitaria, laboral o de seguridad aplicable. Las multas se aplicarán por cada evento de incumplimiento debidamente identificado, verificado y motivado. No tendrán naturaleza diaria. 2. Metodología de Determinación de las Multas Los porcentajes establecidos se fundamentan en la Matriz de Penalidades y Valoración de Riesgos elaborada para el procedimiento, mediante la cual se analizaron: a. La probabilidad de ocurrencia. b. El impacto sobre la finalidad pública. c. La afectación a la salud y seguridad. d. La pérdida de utilidad de la prestación. e. La posibilidad de subsanación. f. El reproceso o costo institucional generado. g. La afectación a la recepción conforme y la trazabilidad. h. El valor económico de la prestación afectada. La metodología permite asignar porcentajes diferenciados, proporcionales y previsibles. Los porcentajes establecidos en el presente pliego serán definitivos una vez que este adquiera firmeza, conforme al artículo 116 del Reglamento. 3. Base de Cálculo Las multas se calcularán mediante la siguiente fórmula: Monto de la multa = valor económico de la orden, línea, servicio, cantidad o componente afectado × porcentaje aplicable. Cuando el incumplimiento afecte únicamente una cantidad determinada, la base de cálculo se limitará al valor de esa cantidad. Cuando una prestación no haya sido ejecutada, no haya sido autorizada o no haya sido recibida conforme, su pago no será reconocido. El no reconocimiento del pago no sustituirá la multa cuando concurran los presupuestos establecidos para su aplicación. 4. Supuestos y Porcentajes de Multa INCUMPLIMIENTO SANCIONABLE MULTA APLICABLE BASE DE CÁLCULO Y CONSECUENCIAS Incumplimiento grave de inocuidad, higiene, temperatura o control de alérgenos. Comprende contaminación, manipulación insegura, conservación inadecuada, alimentos en mal estado, ruptura de la cadena de frío o calor, falta de identificación de dietas especiales o cualquier condición que pueda afectar la salud de las personas participantes. 5,00 % Se aplicará sobre el valor económico del servicio de alimentación afectado. La Administración podrá rechazar los alimentos, ordenar su retiro y reposición inmediata, no reconocer el pago y adoptar las demás medidas contractuales o legales procedentes. Alimentos o bebidas no conformes con el menú, cantidad, presentación, calidad o dieta autorizada. Incluye raciones inferiores, productos distintos, porciones insuficientes, temperatura inadecuada sin riesgo sanitario grave, presentación deficiente o ausencia de opciones especiales requeridas. 4,00 % Se aplicará sobre el valor económico del servicio afectado. El CONTRATISTA deberá reponer, completar o corregir la prestación sin costo adicional. Servicio de salonería insuficiente o deficiente. Comprende menos personal del solicitado, ausencia de sustitución, incumplimiento de uniforme o presentación, falta de atención, conducta inapropiada o prestación contraria a la coordinación de la actividad. 2,50 % Se aplicará sobre el valor económico de las horas o jornada afectada. La Administración podrá exigir sustitución inmediata, refuerzo del personal y corrección de la conducta. Mobiliario, mantelería, tarima o elementos complementarios incompletos, defectuosos, sucios, inestables o inseguros. Incluye faltantes, dimensiones diferentes, montaje incorrecto, fijaciones inadecuadas o condiciones que puedan causar daño a personas o bienes. 5,00 % Se aplicará sobre el valor económico del componente afectado. El CONTRATISTA deberá sustituir, estabilizar, limpiar o corregir inmediatamente y sin costo adicional. Salón que no cumpla las condiciones ofertadas o autorizadas. Comprende capacidad inferior, sustitución no autorizada, falta de limpieza, accesibilidad, servicios sanitarios, climatización, parqueo, equipo incluido, seguridad o cualquier condición evaluada o exigida. 4,00 % Se aplicará sobre el valor económico del alquiler afectado. La Administración podrá rechazar el inmueble y exigir un salón equivalente o superior sin costo adicional, sin perjuicio de otras medidas cuando la actividad resulte comprometida. Transporte deficiente o manejo inadecuado de bienes institucionales. Comprende vehículo de capacidad insuficiente, falta de protección o sujeción, carga o descarga negligente, pérdida, daño, deterioro o entrega incompleta imputable al CONTRATISTA. 4,00 % Se aplicará sobre el valor económico del servicio de transporte afectado, sin perjuicio de la obligación de reparar o reponer los bienes dañados o perdidos y de las demás responsabilidades procedentes. Incumplimiento de limpieza, orden, retiro de residuos o entrega final del espacio. Comprende residuos no retirados, limpieza deficiente, materiales abandonados, desmontaje incompleto o afectación del inmueble al finalizar la actividad. 2,50 % Se aplicará sobre el valor económico del servicio afectado. El CONTRATISTA deberá corregir la condición y asumir los costos derivados del incumplimiento. Cobro improcedente, duplicado o superior a lo recibido. Comprende servicios no autorizados, cantidades no entregadas, horas no laboradas, cargos incluidos en otro precio, consumos mínimos, recargos o conceptos no recibidos a satisfacción. 4,00 % No se reconocerá el pago y podrá aplicarse la multa sobre el monto improcedentemente cobrado. Si el pago ya se realizó, procederá el reintegro, compensación, rebajo o mecanismo legal aplicable. Incumplimiento de la orden de pedido, metodología de coordinación o plan de contingencia. Comprende omisión de confirmaciones, cambios no autorizados, falta de responsable operativo, incumplimiento de configuración, ausencia de recursos de respaldo o ejecución distinta de las instrucciones emitidas. 2,50 % Se aplicará sobre el valor económico de la prestación afectada, sin perjuicio de la obligación de corregir o completar el servicio. Documentación, evidencia o trazabilidad incompleta. Comprende ausencia de listas de entrega, inventarios, controles de horario, actas, fotografías, comprobantes, detalle de factura o documentos necesarios para verificar la ejecución y recepción conforme. 2,50 % Se aplicará sobre el valor económico de la orden o prestación que no pueda verificarse. La Administración podrá suspender la recepción y el pago hasta que se aporte el respaldo requerido. 5. Reglas Comunes para la Aplicación de las Sanciones a. Proporcionalidad: La sanción deberá guardar relación directa con: a. La gravedad del incumplimiento. b. La afectación generada. c. El valor económico de la prestación afectada. d. La pérdida de utilidad. e. El riesgo para la salud o seguridad. f. La posibilidad de subsanación. g. El reproceso y costo institucional generado. b. Divisibilidad: Las sanciones se aplicarán sobre la orden, línea, servicio, cantidad o componente afectado, sin incluir prestaciones correctamente ejecutadas. Cuando el incumplimiento de una prestación comprometa integralmente la actividad o afecte otras líneas interdependientes, la Administración deberá demostrar y motivar esa afectación antes de ampliar la base económica. c. Aplicación por Evento: Las multas se aplicarán por cada evento de ejecución defectuosa comprobado. No se fragmentará artificialmente un único incumplimiento con la finalidad de incrementar la sanción. Cuando se presenten incumplimientos materialmente distintos, cada uno podrá ser analizado y sancionado separadamente. d. Imputabilidad: No procederá la sanción cuando el incumplimiento sea consecuencia de: a. Una causa atribuible a la Administración. b. Caso fortuito o fuerza mayor. c. Una modificación formalmente autorizada. d. Suspensión ordenada por la Administración. e. Falta de información, acceso o condiciones que debía proporcionar CUNLIMÓN. f. Cualquier otra causa no imputable al CONTRATISTA, debidamente acreditada. e. No Exoneración del Cumplimiento: La sanción económica no exime al CONTRATISTA de: a. Entregar la prestación. b. Sustituir bienes, alimentos o personal. c. Corregir defectos. d. Completar cantidades. e. Limpiar o retirar materiales. g. Reparar o reponer bienes dañados. h. Reintegrar cobros improcedentes. i. Entregar documentación. j. Cumplir las demás obligaciones contractuales. f. Límite Máximo Acumulado: La suma acumulada de la cláusula penal y las multas no podrá superar el veinticinco por ciento —25 %— del precio del contrato, incluidas sus modificaciones. Cuando se alcance ese límite, no procederá la imposición de nuevas multas posteriores por el mismo período de ejecución; la Administración deberá valorar las medidas contractuales correspondientes, incluida la resolución del contrato. En caso de incumplimiento total de las obligaciones, no procederá continuar aplicando multas posteriores a ese momento, sino valorar la ejecución de la garantía de cumplimiento, la resolución contractual y las demás responsabilidades administrativas o civiles procedentes. 6. Procedimiento para la Aplicación y el Cobro Para aplicar una multa o cláusula penal, la Administración deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que sustente la decisión. Contra dicho acto podrán interponerse los recursos de revocatoria y apelación dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación. La aplicación de este procedimiento no suspenderá la continuidad de la ejecución contractual. El acto deberá contener, al menos: a. Identificación del contrato y de la orden de pedido. b. Descripción precisa del incumplimiento. c. Obligación contractual incumplida. d. Prueba que sustenta la decisión. e. Análisis de imputabilidad. f. Fecha, hora o período del incumplimiento. g. Base económica utilizada. h. Porcentaje aplicable. i. Operación matemática realizada. j. Monto de la sanción. k. Medidas correctivas requeridas. l. Recursos procedentes y plazo para interponerlos. La prueba podrá comprender: a. Órdenes de pedido. b. Actas de recepción. c. Fotografías o videos. d. Registros de temperatura. e. Listas de entrega o asistencia. f. Inventarios de salida y recepción. g. Bitácoras de transporte. h. Registros de ingreso al salón. i. Comunicaciones electrónicas. j. Facturas y comprobantes. k. Informes técnicos. l. Cualquier otro medio idóneo para demostrar el incumplimiento. Una vez firme el acto, el cobro podrá hacerse con cargo a las retenciones que se hubieran establecido y practicado, a los saldos pendientes de pago y, cuando esas alternativas no resulten viables, mediante la ejecución de la garantía de cumplimiento hasta por el monto correspondiente. La aplicación de la cláusula penal o de las multas no impedirá que la Administración adopte otras medidas procedentes, entre ellas: a. Rechazar la prestación. b. Suspender la recepción conforme. c. No reconocer el pago. d. Exigir reposición o corrección. e. Reclamar daños y perjuicios adicionales cuando corresponda. f. Ejecutar la garantía de cumplimiento. g. Iniciar el procedimiento de resolución contractual. h. Promover las acciones administrativas, civiles o penales aplicables.
Cláusula penal. a. Definición y Finalidad La cláusula penal constituye una sanción económica aplicable cuando el CONTRATISTA incurra, por causas imputables a este, en ejecución tardía de obligaciones contractuales sujetas a una fecha, hora o plazo previamente definido. Su finalidad es asegurar el cumplimiento oportuno de las prestaciones necesarias para la atención y logística de eventos y actividades protocolarias del Colegio Universitario de Limón, considerando que dichas actividades se desarrollan en fechas y horarios determinados y que una prestación ejecutada tardíamente puede perder total o parcialmente su utilidad. La cláusula penal podrá aplicarse, según corresponda, a atrasos en: a. La apertura o disponibilidad del salón. b. La entrega de alimentos y bebidas. c. El montaje o instalación de mobiliario, mantelería, tarimas y elementos complementarios. d. La presentación o sustitución del personal de salonería. e. El transporte de equipos, mobiliario, materiales y bienes institucionales. f. La reposición o corrección de prestaciones defectuosas. g. El desmontaje, retiro de bienes, limpieza final o devolución de bienes trasladados. h. La entrega de documentación necesaria para la recepción conforme y el pago. b. Base de Cálculo La cláusula penal se calculará sobre el valor económico de la prestación directamente afectada, de acuerdo con la siguiente fórmula: Monto de la cláusula penal = valor económico de la prestación afectada × porcentaje por hora × minutos efectivos de atraso ÷ 60. La unidad de atraso será la hora o fracción, o el día hábil, según el supuesto sancionable. La Administración deberá individualizar: s. La orden de pedido afectada. t. La obligación incumplida. u. La fecha y hora de vencimiento. v. El momento efectivo de cumplimiento. w. La cantidad de horas, fracciones o días hábiles de atraso. x. La base económica correspondiente. y. El porcentaje aplicable. z. El monto resultante. c. Supuestos y Porcentajes de Cláusula Penal SUPUESTO SANCIONABLE BASE DE CÁLCULO PENALIDAD POR UNIDAD DE ATRASO LÍMITE MÁXIMO Atraso injustificado en la apertura o disponibilidad del salón principal, cuando impida el montaje, el ingreso de participantes o el inicio de la actividad. Valor económico del alquiler del salón o de la orden afectada, según el alcance comprobado del incumplimiento. 1,00 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos Hasta un 20 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en la entrega, montaje o instalación de mobiliario, mantelería, tarima o elementos complementarios necesarios para iniciar la actividad. Valor económico de los bienes, montaje o componente afectado. 1,00 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos. Hasta un 20 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en la entrega de alimentos y bebidas respecto de la hora autorizada para el servicio. Valor económico del servicio de alimentación y bebidas afectado. 1,00 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos Hasta un 20 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en la presentación de saloneros o en la sustitución del personal faltante. Valor económico de las horas o jornada de salonería afectada. 0,75 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos. Hasta un 15 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en el transporte de equipos, mobiliario, materiales o bienes institucionales. Valor económico del viaje, servicio de transporte o componente afectado. 0,75 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos Hasta un 15 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en la reposición o corrección de alimentos, mobiliario, equipo, montaje o condiciones del salón, cuando el defecto sea subsanable y no impida totalmente el inicio de la actividad. Valor económico de la prestación que requiera reposición o corrección. 0,50 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos Hasta un 10 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en el desmontaje, retiro de mobiliario, limpieza final o devolución de bienes trasladados, cuando exista un plazo expresamente establecido. Valor económico del servicio de desmontaje, retiro, limpieza o transporte afectado. 0,50 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos Hasta un 10 % de la base económica afectada. Atraso injustificado en la entrega de facturas detalladas, actas, inventarios, listas de asistencia, evidencias o documentación necesaria para la recepción y el pago. Valor económico de la orden de pedido sujeta a revisión. 0,25 % por hora de atraso, calculado proporcionalmente según los minutos efectivamente transcurridos. Hasta un 5 % de la base económica afectada. d. Cómputo del Atraso En las obligaciones relacionadas con el inicio o desarrollo de una actividad, el atraso se contabilizará a partir del vencimiento de la fecha y hora establecidas en la orden de pedido, sin que la prestación haya sido ejecutada conforme. Cuando la sanción se determine por hora o fracción, se contabilizará cada unidad de atraso transcurrida hasta que la Administración compruebe el cumplimiento efectivo de la obligación. En las obligaciones documentales, el atraso se contabilizará a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo establecido. El cómputo se detendrá cuando: a. La obligación sea cumplida y verificada por la Administración. b. Se autorice formalmente una modificación o prórroga. c. Se ordene la suspensión de la obligación. d. Se acredite una causa no imputable al CONTRATISTA. e. Causas No Imputables No procederá la cláusula penal cuando el atraso derive de: m. Causas atribuibles a la Administración. n. Modificaciones o cambios formalmente autorizados. o. Falta de información, acceso o condiciones que correspondía suministrar a la Administración. p. Suspensión formalmente ordenada. q. Caso fortuito o fuerza mayor. r. Condiciones climáticas extraordinarias que imposibiliten objetivamente la prestación. s. Cierre de vías, restricción de acceso o situación de emergencia no imputable al CONTRATISTA. t. Cualquier otra circunstancia ajena al control razonable del CONTRATISTA, debidamente acreditada. El CONTRATISTA deberá informar la situación inmediatamente después de conocerla y aportar la evidencia correspondiente. La existencia de la causa eximente será valorada y resuelta por la Administración. f. Efectos de la Cláusula Penal La aplicación de la cláusula penal no exime al CONTRATISTA de: Cumplir la obligación pendiente. Entregar o completar la prestación. Reponer alimentos, bienes o equipos. Sustituir personal. Corregir el montaje. Realizar la limpieza o retiro requerido. Entregar la documentación pendiente. Asumir las demás responsabilidades contractuales correspondientes. La cláusula penal podrá coexistir con el rechazo de la prestación, el no reconocimiento del pago, la reposición, la corrección, la ejecución de la garantía de cumplimiento, la resolución contractual u otras medidas legales, siempre que no se sancione dos veces el mismo hecho generador.
Documentos del cartel2
- Anexo Pliego de CondicionesPDF · 1,7 MB
- Anexo N° 1 - Cuadro de Cotización del OferenteXLSX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Daniel Agames Acuña
Dirección Administrativa-Financiera
Michell Daborne Richards Lemones
Encargado del concurso · Proveeduria Institucional
Michell Daborne Richards Lemones
Encargado del concurso · Proveeduria Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 12/10/2026 22:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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