2026LY-000002-0032000702 · SICOP 20261001630
Mejoramiento Camino Palmitas 2 7-02-178, 7-02-437
Municipalidad del Cantón de Pococí
Municipalidad del Cantón de Pococí busca mejoramiento camino palmitas 2 7-02-178, 7-02-437 con un presupuesto de ₡1 011,7 millones. Recibe ofertas hasta el 03/11/2026 (en 20 días).
₡1 011,7 millones
Tiempo para ofertar
20 días
cierra el 03/11/2026 23:59
Lotes y líneas
4 líneas
Fechas clave
- Se publicó13/10/2026 11:50 · ayer
- Límite para 23/10/2026 23:59 · en 9 días
- Límite para 23/10/2026 23:59 · en 9 días
- Cierre de ofertas03/11/2026 23:59 · en 20 días
- de ofertas04/11/2026 08:00 · en 21 días
- (plazo máximo)≈ 15/12/2026 · en 62 días
Nota de la institución. No se aceptarán consultas o trámites fuera de la plataforma SICOP.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 3 oferentes.5 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Municipalidad del Cantón de Pococí adjudicó ₡5 344,0 millones en 229 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡859,9 millones – ₡1 011,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra4 líneas
- Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡269 069 142,851₡269 069 142,85
- Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡269 069 142,851₡269 069 142,85
- Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡237 000 000,001₡237 000 000,00
- Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡236 561 766,641₡236 561 766,64
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 9 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 180 días naturales
- Contrato por 7 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Experiencia 10 % · Criterios ambientales 5 % · Criterio Cercanía geográfica 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.3 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
a)
En el presente procedimiento de contratación no se permitirá la presentación de ofertas conjuntas, solamente se admitirán ofertas individuales o en consorcio.
b)
Para este concurso no se acepta la presentación de ofertas alternativas ni parciales, se deberá ofertar todos los renglones de pago y las cantidades contenidas del sumario de cantidades de este documento.
c)
Se aclara que, en aras de evitar incurrir en un conflicto de intereses, el presente procedimiento contempla un único sumario de cantidades y, por consiguiente, una única partida de contratación, conformada por la totalidad de las líneas y cantidades indicadas en dicho sumario, por lo que los oferentes deberán presentar su oferta económica por la totalidad de las líneas que conforman la partida, sin que se admitan ofertas parciales.
d)
El oferente deberá suministrar, el precio unitario y el precio total de todos y cada uno de los renglones de pago del “sumario de cantidades” de la partida correspondiente, de acuerdo con lo solicitado en este documento de requerimientos. No se considerará para la evaluación, aquellas ofertas que no incluyan la totalidad de los sumarios que componen la partida ofertada, con la totalidad de sus líneas.
e)
Será requisito indispensable la presentación de las estructuras de costos de acuerdo con el formato establecido por el contratante, del sumario de cantidades ofertado (estructural general) y por cada uno de los ítems que lo componen. En cumplimiento con el reglamento a la ley de contratación administrativa, en su Artículo 42 de la LGCP y el Articulo N°102 del RLGCP. (Ver formulario No.2).
f)
Será requisito de admisibilidad la presentación de la “Tabla N° 2 Maquinaria y equipo requerido para la ejecución del contrato”, una tabla con la lista de maquinaria de acuerdo con la partida por ofertada. El oferente deberá indicar en su oferta cada uno de los equipos y/o maquinarias a utilizar en la obra, la omisión de maquinaria requerida provocará que la oferta se declare inadmisible.
g)
Deberá presentar la carta de compromiso del laboratorio de control de la calidad designado para realizar las pruebas de autocontrol, el cual deberá estar debidamente acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), para lo cual deberá aportar certificación original de ese ente o copia certificada.
h)
El oferente deberá indicar el profesional responsable de la obra (DIRECTOR DE OBRA), mismo que deberá estar inscrito ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. Deberá tener no menos de 10 años de experiencia comprobada mediante certificación del CFIA.
i)
En caso de personas jurídicas, la empresa participante deberá estar debidamente inscrita o incorporada al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), deberá presentar una certificación que así lo acredite. Lo anterior basados en la resolución R-DCA-264-2011 emitida por la Contraloría General de la República y lo que señala el artículo 52 de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingeniero y Arquitectos de Costa Rica.
j)
El oferente deberá presentar el plan de trabajo de conformidad con lo indicado en este documento de requerimientos.
k)
EXPERIENCIA DE LA EMPRESA.
Para determinar la experiencia, el oferente deberá aportar resumen y cartas de experiencia, donde se determine la actividad para la cual se prestaron servicios y los periodos durante los cuales se realizaron, lo anterior de conformidad con el artículo No. 94 del RLGCP.
Para participar en el presente procedimiento de contratación, se requiere que los oferentes cumplan las condiciones indicadas. El oferente (empresa) deberá contar con una experiencia mínima indicada a continuación:
La experiencia del oferente se evaluará, en proyectos que contengan parcial o totalmente las actividades que sean de la misma naturaleza del presente objeto contractual y que sean de construcción o conservación de obras viales.
Tabla N° 4 Experiencia mínima
| No. | Tipo de actividad | Unidad | Experiencia mínima |
| 1 | Colocación de material granular (subbase, base, préstamo o similar) | m³ | 10000,00 |
| 2 | Capa de mezcla asfáltica en caliente tipo AB, preparada en planta | m³ | 1000 |
Para efectos de evaluación de la experiencia del oferente, se aplicarán las siguientes consideraciones:
I.
Se contabilizará únicamente a partir de la debida inscripción y durante los periodos en que se encuentre habilitada la empresa ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) u otra agrupación gremial en caso de oferentes extranjeros.
II.
En caso de ofertas presentadas en consorcio, la experiencia se contabilizará como la suma de los aportes de las partes del consorcio.
III.
La documentación para la evaluación de la experiencia del oferente deberá ser presentada según el Formulario N°1 adjunto en los anexos.
IV.
El contratante se reserva el derecho de comprobar, en cualquier etapa del proceso de contratación, la exactitud y veracidad de los datos consignados en la oferta, en caso de que así lo considere necesario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del RLGCP, en caso de requerirse certificaciones de experiencia emitidas por el cliente, se exime a los oferentes de aportar certificaciones relativos a la experiencia positiva que haya sido generada en la propia entidad o que consten en los archivos de este Consejo, para lo cual será obligación del oferente señalar de manera clara la experiencia que solicita le sea reconocida y en cual expediente administrativo consta, indicando el número y nombre de la contratación.
Para el cumplimento de la experiencia, se contemplará la sumatoria de las cantidades por actividad a evaluar, solo se incluirán en la sumatoria los proyectos que cumplan con las características de “proyectos similares”, es decir; aquellos proyectos de contemplen las actividades por evaluar y que al menos una de estas cuente con cantidades iguales o superiores a las indicadas en el sumario de cantidades de proyecto.
Se entenderá como “proyecto” la construcción de un camino de forma continua sin interrupción en su longitud intervenida, puede que existan varios “proyectos” contemplados en una misma contratación, estos se contemplarán de forma individual.
Solo se aceptará como como experiencia, proyectos donde la sumatoria de al menos una de las actividades a evaluar, sea igual o superior a las indicadas en la tabla N° 4.
2.4 RAZONABILIDAD DE PRECIO
El Proceso de Obra Pública realizará el análisis de razonabilidad económica de las ofertas con base en el Estudio de Mercado y Análisis de Precios de Referencia elaborado para la presente contratación.
El análisis comprenderá la revisión de los precios unitarios de los renglones de pago, sus estructuras de costos y el precio global ofertado, con el fin de identificar desviaciones respecto de los valores de referencia determinados por la Administración.
Tabla N°5. Banda de razonabilidad del precio global
| LÍMITE INFERIOR (-15 %) | PRECIO GLOBAL DE REFERENCIA | LÍMITE SUPERIOR (+10 %) |
| ₡781.429.587,39 | ₡919.328.926,35 | ₡1.011.261.818,98 |
| Referencia inferior | Precio global estimado | Referencia superior |
Los valores indicados constituyen los parámetros de referencia para el análisis de razonabilidad del precio global ofertado, sin perjuicio de la revisión individual de los precios unitarios de los distintos renglones de pago.
La revisión de los precios unitarios permitirá identificar renglones que presenten desviaciones significativas respecto de los valores de referencia establecidos en el Estudio de Mercado.
Cuando del análisis del precio global o de los precios unitarios se identifiquen desviaciones respecto de los valores de referencia, El Proceso de Obra Pública solicitará al oferente las justificaciones, aclaraciones y documentación de respaldo correspondientes, previo a determinar la razonabilidad de la oferta, de conformidad con la normativa aplicable.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
5.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
El proyecto “Mejoramiento Camino Palmitas Dos, Etapa II y Etapa III” contempla la intervención de infraestructura vial en la comunidad de Palmitas Dos, cantón de Pococí, provincia de Limón.
La Etapa II comprende la intervención del camino C-7-02-178, en una longitud aproximada de 2,096 km. La Etapa III comprende el camino C-7-02-437, en una longitud aproximada de 0,454 km, y un tramo de camino público de 0,850 km, para una longitud total de 1,304 km en esta etapa.
Las obras contemplan actividades de mejoramiento del sistema de drenaje, conformación de la estructura de pavimento, colocación de mezcla asfáltica en caliente, demarcación vial, señalización y demás obras complementarias definidas en las especificaciones técnicas y el sumario de cantidades.
5.2 UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LA OBRA
El proyecto se localiza en la comunidad de Palmitas Dos, cantón de Pococí, provincia de Limón. La ubicación y delimitación de las Etapas II y III se establece conforme a las siguientes coordenadas en el sistema CRTM-05:
| Etapa | Código/Tramo | Longitud | Coordenada inicio( CRTMN-05) | Coordenada fin ( CRTM-05) |
| Etapa II | C-7-02-178 | 2,096 km | 521124.0397,1151977,6235(fin de etapa I) | 521494.9182, 1153903.4306 (Intersección Y) |
| Etapa III | C-7-02-437 | 0,454 km |
521494.9182, 1153903.4306 (Intersección Y) | 521902.7817, 1153925.2754 (Escuela Palmitas Dos) |
| Etapa III | Camino público | 0,850 km | 521494.9182, 1153903.4306 (Intersección Y) | 521842.0411, 1154785.5864 (Fin Parcelas) |
| TOTAL | 3,400 km |
Imagen 2. Mapa de ubicación e identificación de las Etapas II y III del proyecto “Mejoramiento Camino Palmitas Dos”. ( visible en las especificaciones técnicas)
5.3 ALCANCE DEL PROYECTO
El alcance del proyecto comprende la ejecución de las obras necesarias para el mejoramiento de la infraestructura vial correspondiente a las Etapas II y III, de acuerdo con las cantidades, ubicación y condiciones establecidas en los documentos que integran la contratación.
Las obras incluyen el reacondicionamiento de la subrasante, conformación de capas granulares, mejoramiento y construcción de sistemas de drenaje, colocación de mezcla asfáltica en caliente, obras de concreto, señalización vial y demás trabajos complementarios requeridos para garantizar la funcionalidad, seguridad y durabilidad de la infraestructura.
Las actividades deberán ejecutarse conforme al CR-2020, planos, especificaciones técnicas, sumario de cantidades y demás normativa técnica aplicable.
5.3.1 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA CONTRATACIÓN.
Las actividades de la contratación corresponden a los renglones de pago establecidos en el sumario de cantidades de las Etapas II y III, entre los cuales se contemplan:
•Topografía de construcción y estacado.
•Alquiler de backhoe y excavadora de 20 toneladas.
•Excavación en la vía, subexcavación y excavación para estructuras.
•Material de préstamo selecto, relleno de fundación y relleno para estructuras.
•Reacondicionamiento de subrasante, cunetas y espaldones.
•Colocación de subbase de agregados graduación B y base de agregados graduación C.
•Colocación de mezcla asfáltica en caliente tipo AB, riego de imprimación y material de secado.
•Construcción de estructuras menores en concreto hidráulico clase X-2.
•Suministro y colocación de tuberías de alcantarillado de concreto en los diámetros establecidos en el sumario.
•Construcción y revestimiento de canales, cunetas y contracunetas.
•Demarcación vial horizontal y colocación de capta luces.
•Suministro e instalación de señalización vial vertical reglamentaria, preventiva e informativa.
•Trabajos a costo más porcentaje, cuando sean debidamente autorizados por la Administración.
Todos los renglones deberán ejecutarse de conformidad con las secciones y especificaciones aplicables del CR-2020, los planos o inventarios de necesidades, el sumario de cantidades, las disposiciones de la Administración y demás normativa técnica vigente aplicable.
5.4 SUMARIO DE CANTIDADES
El oferente deberá presentar su oferta económica utilizando los renglones de pago y cantidades establecidos en el presente Sumario de Cantidades, indicando el precio unitario y precio total correspondiente.
Los precios unitarios ofertados deberán contemplar la totalidad de los costos necesarios para la correcta ejecución de cada actividad, de conformidad con el CR-2020, las presentes especificaciones técnicas y demás normativa aplicable.
La oferta deberá presentar de forma diferenciada los montos correspondientes a la Etapa II y Etapa III, así como el precio global de la contratación.
Tabla N° 8. Sumario de cantidades ( visible en las especificaciones técnicas)
El contratante verificará que los sumarios de las ofertas que se hayan establecido como admisibles, no contengan errores (aritméticos o de aspectos exigidos por el pliego de condiciones) y si los hubiere, procederá a corregirlos de la siguiente manera:
•Cuando haya diferencia entre los montos indicados en números y en letras, prevalecerán los indicados en letras. Salvo en casos de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real, de conformidad con lo señalado en el artículo No. 42 de la LGCP y el No. 98 de su reglamento.
•Cuando haya diferencia entre el precio unitario y el precio total del renglón de pago, prevalecerá el precio unitario, corrigiéndose de esta manera el precio total ofertado. El valor unitario prevalecerá sobre el precio global.
•Cuando haya diferencia entre la cantidad ofertada y la cantidad cartelaria, prevalecerá la cantidad cartelaria, corrigiéndose de esta manera la cantidad ofertada y consecuentemente el precio total ofertado.
•Cualquier precio unitario y cantidad consignada en la oferta que cuente con más de 2 (dos) decimales, será redondeado a la centésima más próxima. Se solicita a todos los oferentes presentar los sumarios de cantidades, en PDF y en versión editable (Excel), en caso de discrepancias rige lo señalado en el archivo PDF.
•En caso de ser necesario, el contratante corregirá cualquier error aritmético que exista en el sumario de cantidades (presentado por el oferente).
En la tabla de cantidades, los precios unitarios y totales de los renglones de pago se deberán reflejar en números, con una exactitud de 2 decimales, estos se verán reflejados en la columna “Precio Unitario” y en la columna “Precio total” respectivamente.
Para cada una de las actividades de construcción y/o mantenimiento de obra, el precio de cada uno deberá desglosarse en los diferentes elementos de costos.
costo fijo o costo de posesión, repuestos, combustible (diésel y/o gasolina), lubricantes, llantas, mano obra, materiales (desglosar materiales), subcontratos, mano obra de administración, insumos de administración, imprevistos, utilidad a obtener; esta conjunción se denomina “estructura de costos” del renglón de pago. La estructura de costos se presentará con base en brigadas debidamente balanceadas con las que se estimó el presupuesto. (Ver formulario No.2)
La oferta deberá indicar el monto y la naturaleza de los impuestos que la afectan, si se omite esta referencia se tendrán por incluidos en el precio cotizado.
5.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo para la ejecución del proyecto será contado a partir de la fecha indicada en la Orden de Inicio emitida por parte de la unidad supervisora del contrato y está distribuido de la siguiente forma.
Tabla N° 9. Plazos de ejecución
| Etapa | Alcance | Plazo de ejecución | Equivalencia |
| Etapa II | Intervención camino C-7-02-178 | 120 días naturales | 4 meses |
| Etapa III | Intervención camino C-7-02-437 y Camino Público | 90 días naturales | 3 meses |
| PLAZO TOTAL | Ejecución Etapas II y III | 210 días naturales | 7 meses |
Nota: Los plazos indicados corresponden a días naturales. El plazo de cada etapa se contabilizará conforme a la respectiva orden de inicio y a las condiciones establecidas para la ejecución contractual.
Condición para la continuidad entre etapas
La ejecución del proyecto se encuentra sujeta a la disponibilidad e incorporación efectiva de los recursos presupuestarios correspondientes a cada etapa. En consecuencia, los plazos establecidos para las Etapas II y III corresponden a períodos de ejecución independientes y no implican necesariamente que ambas etapas deban ejecutarse de manera consecutiva e ininterrumpida o simultánea.
Una vez finalizada la Etapa II, si se encuentran disponibles y debidamente incorporados los recursos requeridos para la Etapa III, podrá darse continuidad a la ejecución de esta última conforme al plazo establecido. En caso contrario, deberá suspenderse el cómputo del plazo contractual, según corresponda y mediante los actos administrativos respectivos, hasta que se complete la incorporación y disponibilidad de los recursos necesarios para continuar con la Etapa III.
Por lo tanto, el plazo total estimado de 210 días naturales (7 meses) corresponde a la suma de 120 días naturales para la Etapa II y 90 días naturales para la Etapa III, sin considerar eventuales períodos de suspensión asociados a la gestión, incorporación y disponibilidad de los recursos presupuestarios de la Etapa III.
Si existieran circunstancias no determinadas y/o establecidas en el presente pliego de condiciones, que conlleve a retrasos en la entrega de las líneas solicitadas, la empresa adjudicataria deberá gestionar las prórrogas o modificaciones al contrato a través del SICOP y detallar las causas de tales demoras, para ser evaluadas por la Municipalidad de Pococí, para determinar si justifica o no el retraso, así mismo se tramite la modificación contractual en dicha plataforma
No se considerarán dentro del plazo de ejecución, los días no laborables por malas condiciones climáticas o eventos compensables, entendidos éstos como causales eximentes de responsabilidad sustentados en caso fortuito, fuerza mayor o hecho de la propia administración.
Es responsabilidad del contratista suministrar el cronograma de actividades, el mismo podrá ajustase según variaciones en actividades y días compensables que cuenten con previa aprobación por parte de la unidad ejecutora. En caso de que el cronograma por parte del contratista no detalle si los días son hábiles o calendario, esta administración considerara que se trata de días calendario.
Para esta contratación el horario de trabajo será definido por el oferente en función de la metodología de trabajo propuesta. Durante el plazo de ejecución la vía nunca permanecerá totalmente cerrada al tránsito vehicular y peatonal.
El trabajo deberá realizarse en forma continua, sin ninguna interrupción y, en caso de que la unidad supervisora del contrato, detecte atrasos debido a deficiencias en la organización y/o programación del contratista, que impidan el cumplimiento del programa de trabajo aprobado realizara las sanciones correspondientes.
5.6 NORMAS, REGLAMENTOS Y REQUISITOS ADICIONALES
El proyecto incluye la realización de actividades de acuerdo con las cantidades descritas en el sumario de cantidades, estas actividades deberán cumplir a satisfacción según corresponda con:
―Las especificaciones técnicas contenidas en este documento de requerimientos.
―Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes (CR-2020). Cualquier mención de este manual en el presente documento se entiende como última versión vigente.
―Manual centroamericano de dispositivos uniformes para el control del tránsito (SIECA).
―Disposiciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, dentro de las que se pueden citar, pero sin limitarse a las mismas, la PP-01-2020 Programa de Trabajo, la SC-02-2001 Constancia de Calidad y la SC-03-2001 Aseguramiento de la Calidad.
―Reglamento de dispositivos de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías. (Decreto Ejecutivo N°38799 MOPT, 2015).
―Decreto N° 33114-MEIC Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y mantenimiento.
―Ley No. 7600. Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
―Decreto Ejecutivo No. 31363-Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) del 02 de junio de 2003 (Reglamento de circulación de por carreteras con base en el peso y las dimensiones de los vehículos de carga) modificado mediante Decreto N°35208-MOPT-JMEIC de 23 de setiembre de 2003.
―Las normas para la colocación de dispositivos de seguridad para protección de obras.
―Manual de Especificaciones Generales para la Conservación de Caminos, Carreteras y Puentes (MCV-2015) y sus actualizaciones oficializadas según Decreto Ejecutivo No. 39429- MOPT publicado el 29 de febrero de 2016 en el Alcance No. 28.
Será responsabilidad del contratista el suministro de agua para los procesos constructivos que lo amerite, y deberá cumplir con la sección 725.01 del CR-2020, por lo cual deberá de incluir en la memoria de cálculo del material “agua”, (cuando sea necesario) en la sección de materiales, en el caso de que ésta sea comprada, el oferente deberá contemplar su costo, o en su defecto se deberá de realizar una concesión temporal de extracción de agua ante las autoridades competentes, de igual manera este procedimiento le corresponderá al contratista.
En caso de existir tubería potable dentro de la zona de trabajo, las actividades por realizarse deberán ser ejecutados con precaución, tomando las medidas necesarias para evitar cualquier afectación negativa al sistema de agua potable, cualquier daño provocado a la misma debe ser reparada, esto en lo que refiere a daños menores. Cuando se requiera intervención del AyA/ASADA, será el contratista quien deberá realizar el reporte y coordinación.
Cuando por causas imputables al contratista sea necesario colocar áreas y/o volúmenes adicionales materiales varios no indicados ni ordenados por el Departamento Obra Pública Municipal, el trabajo correrá por cuenta y riesgo del Contratista.
Si por falla del personal de la compañía adjudicataria (no acatan órdenes del personal del Departamento de Obra Pública Municipal); en la correcta construcción del proyecto, produciéndose daños; el material para reparar los daños corre por cuenta del adjudicatario.
Los demás costos de operación directos e indirectos necesarios para ejecutar esta actividad deben ser cubiertos por el contratista.
6 CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
6.1 REUNIÓN DE PRE-CONSTRUCCIÓN (PRE-INICIO)
En la reunión de pre-construcción, el contratista deberá entregar para aprobación del fiscalizador de obra los siguientes documentos:
Debe hacerse entrega de la siguiente documentación, pero sin limitarse a la misma:
a)Programa de Trabajo actualizado a la Orden de Inicio y de acuerdo con la disposición PP-01 -2020.
b)Personal Técnico por incorporar al proyecto de acuerdo con la lista presentada en la oferta (director técnico, Ingeniero Residente y Superintendente).
c)Documentación probatoria del trámite completo de la bitácora digital del CFIA.
d)Suministrar el diseño de la mezcla asfáltica en caliente, según se establece en las especificaciones técnicas del presente documento.
e)Suministrar el estudio realizado por un laboratorio certificado del ECA donde se certifique los agregados ofrecidos, y se demuestre que el agregado ofrecido cumple con los requisitos de los materiales solicitados, realizado con un máximo de 3 (tres) meses de anterioridad.
f)Plan del manejo del tránsito a utilizar en la obra.
g)Plan de manejo del polvo a utilizar en la obra.
h)Documentación probatoria del estado de la maquinaria, en apego con la Declaración jurada del estado de la maquinaria y los equipos a utilizar (placa, marchamo, revisión técnica vehicular, pesos y dimensiones, etc.).
i)Previo a la emisión de la orden de inicio, se le solicitará al proveedor adjudicado una “Certificación de Proyectos de Construcción”, esta será emitida por el INS o bien la compañía aseguradora en donde se realizó el trámite respectivo, en la cual se debe indicar al menos, el nombre del proyecto y monto de la contratación adjudicada, dicha póliza deberá cubrir el monto total del costo por el servicio a brindar. La presentación de dicho documento será requisito indispensable para la emisión de la Orden de Inicio por parte del Proceso de Gestión Vial.
La unidad supervisora verificará la documentación presentada en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la presentación de la información.
En caso de incumplimiento, la unidad supervisora realizará la prevención al contratista y otorgará un plazo máximo de 3 (tres) días naturales, improrrogables, para su corrección.
6.1.1 BITÁCORA DIGITAL PARA EL CONTROL DEL PROYECTO
a)El contratista deberá realizar el procedimiento correspondiente de inscripción de Proyecto ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA). Cualquier costo asociado a su obtención correrá por cuenta del contratista.
b)El uso de esta bitácora se deberá hacer de acuerdo con las estipulaciones del “Reglamento Especial de la Bitácora Digital para el Control de Proyectos” que el CFIA exige a los profesionales responsables de las obras de ingeniería en construcción.
c)Una vez adjudicado el concurso, es responsabilidad de contratista solicitar la documentación para la inscripción del proyecto ante el CFIA.
d)El acceso a la bitácora digital del CFIA deberá estar habilitado en la reunión de pre-inicio, siendo este un requisito ineludible que constatará la unidad supervisora del contrato.
e)Además de la bitácora del CFIA, el departamento de Obra Pública suministrará una bitácora de inspección, en la cual se anotarán las instrucciones que se den al contratista por parte del administrador de la contratación sobre aspectos relacionados con la obra, tales como avances, inclemencias del tiempo entre otras cosas que se considere importante. Se entenderá que el Contratista está informado sobre las anotaciones e instrucciones del inspector aún sin manifestación expresa
de ese hecho. En todo caso, las anotaciones efectuadas en el libro mencionado siempre se considerarán conocidos por ambas partes y será responsabilidad tanto del inspector de la Municipalidad como del Superintendente firmar diariamente este libro.
6.1.2 PROGRAMA DE TRABAJO
Al oferente se le exigirá, como requisito indispensable en la oferta, la presentación del programa de trabajo, todo programa de trabajo debe construirse basado en una secuencia lógica de la estrategia ideada para desarrollar el proyecto, de conformidad con los elementos indicados en la estructura de costos y las buenas prácticas para la construcción de un cronograma y en general de la gestión de proyectos.
El contratista deberá presentar en la reunión de pre-inicio (previamente convocada), el programa de trabajo actualizado, una vez recibido y aceptado formalmente el cronograma actualizado presentado por el contratista para la ejecución del proyecto, se dará visto bueno para el inicio de las obras.
El tiempo que requiera el Contratista para corregir el trabajo deficientemente ejecutado, no modifica el plazo total de entrega de la obra.
6.1.2.1 Cronograma de actividades de oferta
Corresponde a la presentación física y también en digital de un Plan de trabajo, programa detallado de ejecución entregado formalmente, que incluya tabla de secuencias, tabla de duraciones y su fuente de información, diagrama de fechas (Gantt) con indicación de Ruta Crítica” emitido por la División de Obras Públicas-MOPT y el CONAVI y sus actualizaciones o versión vigente. El cronograma de actividades servirá como respaldo para el plazo ofertado
El cronograma de trabajo debe indicar el tiempo que tardará en cada una de las diferentes etapas prevista en el sumario de cantidades. Este calendario de actividades se utilizará para el seguimiento de avance de obra, y deberá coincidir plenamente con el tiempo total ofertado.
6.1.2.2 Plan de manejo del transito
Se deberá incluir el plan del manejo del tránsito durante el proceso constructivo, con miras a garantizar el flujo vehicular y peatonal en condiciones idóneas de seguridad, continuidad, fluidez y comodidad. Los costos asociados al plan de manejo de tránsito (Señalización vertical y horizontal, conos, barriles, barreras plásticas, entre otros) correrán por cuenta del contratista. El plan presentado deberá cumplir con lo establecido en el Decreto ejecutivo N°38799-MOPT Reglamento de dispositivos de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías.
6.1.2.3 Plan de manejo del polvo
El programa de trabajo también debe presentar el plan del manejo del polvo durante las etapas a ejecutar en el proceso constructivo, con miras a mitigar los efectos del polvo producto del paso de los vehículos y el movimiento del aire, generando su ingreso a viviendas, escuelas, entre otras edificaciones. Por esta razón la administración solicitará el plan del manejo del polvo, evitando efectos negativos en la salud de las personas. Los costos asociados al plan de manejo de polvo (Aplicación de agua por aspersión según frecuencia indicada) correrán por cuenta del contratista.
6.1.3 PERSONAL CLAVE
El adjudicatario deberá de ofrecer para el proyecto, un al menos un director técnico para la contratación y un ingeniero residente y un superintendente para el proyecto. Estos deberán tener la suficiente autoridad y conocimientos técnicos para discutir y resolver todos los problemas que se presenten durante la ejecución de los trabajos y será el de mayor rango quien se relacionará con la unidad ejecutora para la resolución de cualquier conflicto o duda.
| Descripción del personal | Cantidad de personal |
| Director técnico | 1 por proyecto |
| Residente | 1 por proyecto |
| Superintendente | 1 por proyecto |
6.1.3.1 Obligaciones del personal Clave
a)Director Técnico: Este deberá de ser miembro activo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) (requisito indispensable), deberá presentarse al proyecto al menos 1 (una) vez por semana, será el responsable de hacer anotaciones periódicas en la bitácora de inspección y en la bitácora digital del CFIA.
La función principal de este profesional es velar por el cumplimiento del programa de trabajo, tomar y ejecutar las medidas correctivas en caso de retrasos en el programa.
b)Ingeniero residente: Deberá permanecer a tiempo completo en cada una de las actividades objeto de esta contratación.
c)Superintendente: Deberá permanecer a tiempo completo en cada una de las actividades objeto de esta contratación.
6.1.3.2 Experiencia del personal clave
El personal técnico y profesional deberá cumplir con lo indicado en la tabla siguiente. La experiencia del personal deberá ser en proyectos que contengan las actividades que sean de la misma naturaleza del presente objeto contractual, sean de construcción o conservación de obras viales.
Tabla 10. Experiencia y formación del personal
| Descripción del personal | Escolaridad | Experiencia mínima requerida |
| Director Técnico (Ingeniero civil) |
Licenciatura universitaria e incorporado al CFIA. | 10 (diez) años experiencia en trabajos de construcción y/o reconstrucción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento de obras viales (carreteras y/o puentes). |
| Residente (Ingeniero civil) |
Licenciatura universitaria e incorporado al CFIA. | 5 (cinco) años experiencia en trabajos de construcción y/o reconstrucción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento de obras viales (carreteras y/o puentes). |
| Superintendente o capaz (con experiencia en trabajos de construcción y/o reconstrucción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento de obras viales(carreteras). |
Empírico (primaria completa) | 5 (cinco) años |
| Superintendente o capaz (con experiencia en trabajos de construcción y/o reconstrucción y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o mantenimiento de obras viales(carreteras). |
Técnico o equivalente (*) | 3 (tres) años |
NOTA: (*) Entendiéndose equivalente como la formación adquirida en el área de construcción, a través del INA, UCR, institutos, colegios técnicos y/o vocacionales. La experiencia “general” se refiere a experiencia en proyectos de construcción, rehabilitación y/o supervisión de obras viales, habiendo participado en otros puestos (por ejemplo, superintendente o capataz).
Para efectos de experiencia del personal, se aplicarán las siguientes consideraciones:
a)
En el caso de los ingenieros civiles, la experiencia se contabilizará únicamente a partir de la debida inscripción y durante los periodos en que se encuentren habilitados los profesionales ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA) u otra agrupación gremial en caso de profesionales extranjeros.
b)
El contratante se reserva el derecho de comprobar la exactitud y veracidad de los datos consignados en la oferta, en caso de que así lo decida.
6.2 ORDEN DE INICIO
Una vez emitidos la Orden de Compra, el departamento de Obra Pública emitirá la “Orden de Inicio” en el plazo que considere razonable.
El adjudicatario, aun cuando el acto de adjudicación sea firme, por ningún motivo iniciará las labores contratadas, sin que antes medie la formalización contractual por el medio que corresponda y se dicte la “orden de inicio” respectiva.
En la “Orden de Inicio” se establecerá la fecha de inicio de los trabajos objeto de esta contratación.
La unidad supervisora del contrato convocará la reunión de preinicio, con una antelación mínima de 5 (cinco) días hábiles previos a emitir la “orden de inicio”.
La emisión de la “orden de inicio” en ningún momento se podrá condicionar al tiempo que requiera el contratista para disponer de la maquinaria, los equipos, materiales, diseños y personal necesarios para iniciar los trabajos contratados. Por lo tanto, el contratista deberá considerar dentro del plazo de ejecución, el tiempo requerido para esas actividades.
6.3 AVISO OPORTUNO DE EVENTOS EXCEPCIONALES
Cuando el Contratista conozca un evento o circunstancia excepcional que pueda perjudicar la calidad de los trabajos del contrato o demorar la ejecución de las obras, deberá avisar por escrito al fiscalizador de obras dentro de los tres (3) días siguientes al conocimiento del evento. El fiscalizador de obras puede solicitar que el Contratista entregue una estimación de los efectos esperados del hecho o circunstancia futura, que puedan eventualmente afectar la ejecución del programa de trabajo o la fecha de terminación estimada. El Contratista debe proporcionar dicha estimación en el plazo solicitado por la Administración. No se aceptarán notificaciones extemporáneas.
El Contratista debe colaborar con el fiscalizador de obras en la preparación y consideración de propuestas acerca de la manera en que los efectos de dicho hecho o circunstancia puedan ser evitados o reducidos por alguno de los participantes en el trabajo y para ejecutar las instrucciones correspondientes que ordene el Fiscalizador de obras.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1 CONDICIONES GENERALES
La Municipalidad de Pococí –en adelante indicada como contratante– promueve el proceso de contratación denominado “Mejoramiento Camino Palmitas Dos, Etapa II y Etapa III”.
1.1 MODALIDAD DE EJECUCIÓN
La ejecución del proyecto se realizará mediante la modalidad de:
• OBRA POR CONTRATO.
1.2 FINANCIAMIENTO
Para la ejecución del proyecto “Mejoramiento Camino Palmitas Dos, Etapa II y Etapa III”, se contará con recursos provenientes del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y de la Municipalidad de Pococí, de conformidad con el Convenio Específico suscrito entre ambas instituciones.
Para la Etapa II, se dispone de un aporte del INDER por ₡269.069.142,85 y un aporte de la Municipalidad de Pococí por ₡269.069.142,85, para un monto total de ₡538.138.285,70.
Para la Etapa III, se contempla un aporte del INDER por ₡236.561.766,64 y un aporte de la Municipalidad de Pococí por ₡236.561.766,64, para un monto total de ₡473.123.533,28. Los recursos correspondientes a esta etapa serán incorporados conforme a los procedimientos presupuestarios de cada institución; en el caso de la Municipalidad de Pococí, mediante el Presupuesto Ordinario 2027, y por parte del INDER conforme al procedimiento que corresponda dentro de sus competencias.
En consecuencia, el monto total previsto para las Etapas II y III asciende a ₡1.011.261.818,98, correspondiendo ₡505.630.909,49 al INDER y ₡505.630.909,49 a la Municipalidad de Pococí.
De conformidad con el artículo 38 de la Ley General de Contratación Pública, cuando la ejecución contractual se prolongue en diversos ejercicios económicos deberán incorporarse los recursos necesarios para atender las obligaciones correspondientes a cada ejercicio, debiendo contemplarse el valor total de la contratación dentro del marco de presupuestación plurianual. Asimismo, cuando se promueva un procedimiento sin disponer de la totalidad de los recursos presupuestarios, deberá observarse la autorización y las condiciones establecidas en dicho artículo.
En razón de lo anterior, la ejecución de la Etapa III estará condicionada a la efectiva incorporación, disponibilidad y aprobación de los recursos presupuestarios correspondientes. Si al finalizar la Etapa II dichos recursos se encuentran disponibles, podrá continuarse con la Etapa III; de lo contrario, deberá gestionarse la suspensión del plazo contractual hasta contar con las condiciones presupuestarias necesarias para continuar su ejecución.
1.3 OBJETO CONTRACTUAL
La presente contratación tiene por objeto contratar a una persona física o jurídica con capacidad técnica, legal y financiera para ejecutar las obras correspondientes al proyecto “Mejoramiento Camino Palmitas Dos, Etapa II y Etapa III”, que comprende el mejoramiento de la infraestructura vial de los caminos C-7-02-178, C-7-02-437 y el tramo de camino público definido para el proyecto, de conformidad con las especificaciones técnicas, cantidades de obra, planos y demás documentos que integran el procedimiento.
1.4 RESPONSABLES DEL CONTRATO
El Proceso de Obra Pública de la Municipalidad de Pococí será responsable de la administración del contrato. Para tales efectos, se designa al Ing. Olger Gutiérrez Mendoza como administrador de la contratación, quien tendrá a cargo la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
En caso de que se requiera sustituir al administrador designado durante la ejecución del contrato, la Municipalidad de Pococí podrá efectuar la nueva designación correspondiente.
1.5 UNIDAD SUPERVISORA DEL CONTRATO
El Proceso de Obra Pública de la Municipalidad de Pococí, mediante el personal técnico y profesional designado, será la unidad responsable de la supervisión y seguimiento de la ejecución contractual.
La Unidad Supervisora velará por el cumplimiento de las especificaciones técnicas, condiciones contractuales, normativa aplicable y disposiciones de seguridad y control temporal de tránsito durante la ejecución de las obras.
Cuando resulte técnicamente necesario, podrá emitir instrucciones al contratista relacionadas con la ejecución de los trabajos, las cuales deberán quedar debidamente documentadas por los medios establecidos para el control del contrato.
1.5.1 DEFECTOS DETECTADOS POR LA UNIDAD SUPERVISORA
Durante la ejecución del contrato, la Unidad Supervisora verificará la calidad y correcta ejecución de los trabajos y notificará formalmente al contratista cualquier defecto detectado, dejando constancia en los medios establecidos para el control de la obra.
El contratista deberá corregir, por su cuenta y sin costo adicional para la Administración, los defectos señalados dentro del plazo establecido por la Unidad Supervisora. El tiempo requerido para dichas correcciones no modificará el plazo contractual.
En caso de incumplimiento del período otorgado para la corrección, la Unidad Supervisora podrá adoptar las medidas contractuales correspondientes y no aprobará el pago de los trabajos afectados hasta que estos sean corregidos a satisfacción de la Administración.
La corrección de los defectos deberá quedar debidamente documentada por la Unidad Supervisora.
1.6 INSPECCIÓN DE LA OBRA
Conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Municipalidad de Pococí designará el personal técnico y profesional encargado de la inspección de las obras.
La inspección tendrá a su cargo verificar en campo que los trabajos se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas, planos, cantidades de obra, condiciones contractuales y normativa aplicable, así como documentar el avance y las observaciones que se presenten durante la ejecución.
El contratista deberá facilitar al personal designado el acceso a las obras y la información necesaria para el adecuado desarrollo de las labores de inspección.
PERSONAL RESPONSABLE DE LA INSPECCIÓN
| Responsable | Permanencia / participación | Funciones principales |
| Profesional en Ingeniería encargado de la obra | Realizará las visitas e inspecciones que programe el Proceso de Obra Pública, estableciéndose como mínimo una visita semanal. | Coordinar con el director técnico del contratista; verificar el cumplimiento de planos, especificaciones técnicas y normativa aplicable; supervisar calidad, avance y plazo; realizar mediciones y recepción de trabajos; emitir instrucciones técnicas y solicitar la corrección de trabajos que no cumplan con las condiciones establecidas. |
| Técnico en sitio | Mantendrá presencia en obra conforme a la programación establecida por el Proceso de Obra Pública. | Verificar en campo el cumplimiento de las especificaciones técnicas, planos, materiales, equipos y procedimientos constructivos; informar al Profesional en Ingeniería sobre incumplimientos o deficiencias; solicitar la corrección inmediata de situaciones que puedan afectar la calidad de la obra y documentar las incidencias correspondientes. |
| Contratista / director técnico | Según las obligaciones establecidas para la ejecución de la obra y cuando sea requerido por el Proceso de Obra Pública. | Atender las instrucciones y observaciones de la inspección, coordinar técnicamente la ejecución de los trabajos y garantizar el acceso del personal autorizado del Proceso de Obra Pública a todas las áreas de la obra. |
Las observaciones, instrucciones, incumplimientos y correcciones que resulten relevantes para la ejecución contractual deberán quedar documentados mediante los mecanismos oficiales establecidos para el control de la obra.
1.7 OBLIGACIONES DEL OFERENTE Y DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones de los oferentes y de los contratistas las siguientes:
a)Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por el Proceso de Obra Pública se ajuste a las disposiciones de la presente ley.
b)Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
c)Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de esta Ley.
d)Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
e)Aportar al Proceso de Obra Pública, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que se requiera para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
f)Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
g)Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
h)Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
1.7.1 OBLIGACIONES OBRERO PATRONALES
En la ejecución de las labores contratadas, se entiende y acepta que el contratista es el único patrono de los trabajadores que en la obra laboren y que no existe relación obrero-patronal entre esas partes contratantes ni entre el Proceso de Obra Pública y el contratista. El contratista es el único responsable frente a los trabajadores y frente a las correspondientes instituciones por concepto de prestaciones legales, riesgos profesionales y laborales, cargas del Seguro Social, etc., según lo indique la legislación laboral vigente, así como cualquiera otras indemnizaciones o pagos provenientes de la ejecución de este contrato.
El contratista tiene totalmente prohibido contratar mano de obra infantil, es decir personas menores de quince años. La contratación de personas de 15 a 18 años facultará a la administración a resolver unilateralmente de pleno derecho el contrato sin responsabilidad legal alguna de su parte y con el consecuente derecho al cobro de los daños y perjuicios que de ésta se deriven.
El contratista tiene totalmente prohibido contratar a personas que no cuenten con los correspondientes permisos de trabajo emitidos por la Dirección General de Migración y Extranjería, si incumpliera el contratista con dicha obligación, el Proceso de Obra Pública podrá resolver unilateralmente de pleno derecho el presente contrato sin responsabilidad legal alguna de su parte y con el consecuente derecho al cobro de los daños y perjuicios que de ésta se deriven. En caso de que el Contratista tenga trabajadores extranjeros, se obliga a realizar los trámites legales correspondientes, para que éstos en el menor término posible puedan tramitar y obtener sus respectivos permisos de trabajo, sin los cuales no podrán realizar labores dentro de las propiedades la Municipalidad.
El contratista no podrá en ningún caso contratar ni ocupar trabajadores indocumentados para los trabajos aquí contratados. El contratista se compromete a respetar y cumplir con las disposiciones de este contrato, así como con la legislación nacional, el Código de Trabajo, estándares recomendados en la legislación vigente y del Ministerio de Salud y otras disposiciones legales especiales en materia de hostigamiento sexual, fumado, erradicación del trabajo infantil y protección al trabajador adolescente.
Por todos los medios posibles el contratista evitará que personas ajenas a las labores contratadas, particularmente menores de edad, aunque relacionados con los trabajadores, permanezcan en los lugares de trabajo propiedad de la Municipalidad, durante su ejecución. Finalmente, el Contratista está obligado a mantener un ambiente de trabajo libre de acosos y discriminación de género, origen étnico, incapacidad o religión, entre otros.
1.7.2 OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONTRATISTA
Además de las disposiciones obligantes de este contrato y en la legislación aplicable, el Contratista deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
a)El Contratista debe permitir al fiscalizador y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso a la zona de obras y a todo lugar donde se estén realizando o se prevean realizar los trabajos relacionados con el contrato, como plantas de producción de concretos, asfaltos, agregados o cualquier insumo maquilado para el proyecto.
b)Cualquier objeto de interés histórico que se descubra en la zona de obras debe ser notificado al fiscalizador y el contratista deberá seguir las instrucciones que éste
imparta sobre la manera de proceder.
c)El Contratista es el responsable del diseño de las Obras Provisionales. El Contratista debe obtener las aprobaciones de terceros que sean necesarias para implementar las Obras Provisionales.
d)Si durante la ejecución del contrato, alguno de los profesionales no pudiere representar al contratista en el proyecto, de acuerdo con las calidades requeridas por el Contrato, el contratista deberá proponer al Proceso de Obra Pública dentro del plazo de tres (3) días, otro profesional con calidades y experiencia igual o superior a las requeridas en este cartel, y deberá ser aprobado por el fiscalizador de la obra.
e)El Contratista está obligado a mantener vigentes los seguros, derechos de circulación, revisiones técnicas y cumplir con la normativa de la Ley de Tránsito para toda la maquinaria del proyecto, que así lo requiera. El fiscalizador será el responsable de vigilar su cumplimiento. Esto aplica para cambios o sustituciones de maquinaria.
f)El Contratista es responsable por todo gasto, reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución de este Contrato.
g)El contratista personalmente asume la responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionen él, sus trabajadores o colaboradores. Cualquier daño generado le será cobrado y deducido de sus cuentas pendientes, a cuyo efecto deja desde ya autorizada a la Municipalidad para realizar dichas deducciones de sus cuentas pendientes de pago. El contratista es responsable, además, por los daños y perjuicios que cause a terceros en sus personas o en sus propiedades, por dolo, falta, negligencia o imprudencia de su parte. La responsabilidad laboral y civil con los empleados será de manera total y exclusiva del Contratista, exonerando así de toda responsabilidad, directa o indirecta en estos extremos.
h)El Contratista debe cumplir con lo establecido en la directriz No. 29 de fecha 10 de julio del 2001, publicado en la Gaceta el día 10 de agosto del 2001, sobre el deber ineludible de las empresas contratantes de cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo.
i)El contratista asume todas las obligaciones que establecen el Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales correspondientes:
Seguro Social, Riesgos Profesionales, cesantía, permiso, vacaciones, aguinaldo y otras obligaciones.
j)Asume también responsabilidad en cuanto a accidentes a terceras personas y daños a la propiedad ajena, o pública que sucedan durante la ejecución de los trabajos a realizar.
k)La reparación y/o reposición de elementos presentes en el sitio de la obra que sean dañados durante el proceso constructivo será responsabilidad del Contratista.
l)El contratista está obligado a cumplir estrictamente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
m)El contratista será el responsable de la ejecución completa de la obra y deberá entregarla en condiciones óptimas de funcionamiento y en perfecto estado, cumpliendo con los planos, especificaciones y calidad solicitados.
n)El contratista deberá entregar la memoria de cálculo, especificando materiales, mano de obra, equipo y cualquier otra actividad presupuestada para la obra, la cual deberá ser entregada una vez firmado el respectivo contrato. La misma deberá ser remitida al correo electrónico del Ingeniero encargado de la inspección de la obra y en formato Excel.
o)El contratista suministrará a la Inspección Municipal de obra el respectivo cronograma de obra, previo al inicio de los trabajos. El Contratista preparará y someterá al Inspección municipal para su aprobación antes de iniciar la obra un programa de trabajo o cronograma, obtenido del análisis de proceso de construcción por ejecutarse, empleando para dicho análisis cualquiera de los métodos de programación en uso. En él, se indicarán las actividades más importantes y la fecha en que proyecta terminarlas. Para el inicio de las obras, el cronograma deberá ser aceptado previamente y deberá mantenerse en la oficina de supervisión de la obra.
p)El Contratista deberá suministrar la señalización vertical adecuada que indique claramente a los conductores y peatones la construcción de la obra.
q)Los trabajadores deberán usar chalecos de seguridad y cualquier otro elemento de protección exigido por el Instituto Nacional de Seguros (INS), en lo que concierne a obreros de construcción.
r)El oferente debe indicar expresamente en su oferta, que la Administración queda libre de toda responsabilidad directa o indirecta y laboral que pueda surgir como consecuencia de la ejecución de la obra que origine la presente licitación.
s)Asimismo, el oferente debe indicar que, en caso de resultar adjudicatario, se compromete a suscribir una póliza de riesgos ante el Instituto Nacional de Seguros que lo proteja contra daños a terceros de cualquier accidente, a su equipo, a su personal y/o cualquier otro tipo de seguros vigentes en el mercado dentro de esa misma línea, durante toda la vigencia del contrato y por el monto que guarde proporcionalidad con el monto ofertado.
t)El hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción oficial no exime al Contratista de su responsabilidad por vicios ocultos; si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de la recepción definitiva, el oferente deberá reparar cualquier daño ocasionado por la obra a la infraestructura existente y toda reparación necesaria correrá por su cuenta.
u)Es responsabilidad del contratista garantizar el cierre de las vías durante los trabajos, para ello puede colocar estañones o vallas y será obligatorio colocarles cinta reflectiva que permitan al conductor identificar que la vía está cerrada, detrás de las vallas, podrá colocarse equipos que impidan el paso de vehículos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo por cobrar es del 10% del total adjudicado y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal en apego con el artículo 46 Y 47 de la LGCP y los artículos 116 y 117 del RLGCP. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo por cobrar es del 10% del total adjudicado y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Documentos del cartel9
- Pliego de condicionesPDF · 1,9 MB
- Estudio Prefactibilidad del proyectoPDF · 748 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 1,4 MB
- Decisión inicialPDF · 502 KB
- Estudio mercadoPDF · 1,2 MB
- Certificación ingreso INDERPDF · 379 KB
- Cronograma tareas y responsablesPDF · 389 KB
- Certificación presupuesto municipal.PDF · 358 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 399 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Olger Ivan Gutierrez Mendoza
Proceso de Obras Publicas
Olger Ivan Gutierrez Mendoza
Proceso de Obras Publicas
Olger Ivan Gutierrez Mendoza
Proceso de Obras Publicas
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 13/10/2026 12:14. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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