2026PX-000024-0019200001 · SICOP 20261002071
Patrocinio para apoyar el Festival de teatro Chucheca de Oro de la Casa de la Cultura de Puntarenas
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡5,0 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 19/10/2026. La más baja fue de Producciones Don Mamut, ₡5,0 millones (0 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡5,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡5,0 millones
0 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó15/10/2026 12:21 · hace 5 días
- Cierre de ofertas19/10/2026 14:00 · ayer
- de ofertas19/10/2026 14:00 · ayer
Contexto
- Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico adjudicó ₡2 438,4 millones en 134 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Patrocinio para Eventos Culturales1 · ₡5 000 000,001₡5 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4,3 millones – ₡5,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 2 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,48 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Producciones Don Mamut | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos de admisibilidad (Artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
El oferente deberá acreditar que se encuentra al día con el pago de la Caja Costarricense del Seguro Social, Tributación Directa por medio de declaración jurada firmada por un representante legal, no superior a los 6 meses de emitido.
Las ofertas se presentarán únicamente por el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación- complementaria. Demostrar el régimen del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Aportar el desglose correspondiente al pago del IVA por los servicios ofrecidos, o bien, presentar la certificación oficial emitida por la Dirección General de Tributación que lo exonere de este tributo.
Estar aprobado por la Junta Directiva de la JPT.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Requerimientos, especificaciones técnicas y evaluación de las ofertas:
3.1.
Descripción de la naturaleza y cantidad de los bienes o servicios objeto del procedimiento.
El contratista queda obligado a ejecutar de forma integral el plan de pauta, publicidad, propaganda y exhibición de marca para la JPT e INCOP durante el transcurso del Festival Nacional de Teatro Chucheca de Oro 2026, a celebrarse del 12 al 15 de noviembre de 2026 en la Ciudad de Puntarenas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Condiciones Generales:
La Junta Promotora de Turismo, requiere realizar la contratación de los servicios de publicidad
a Producciones don Mamut S.A. , según la solicitud presentada en el este evento se realizará
con el objetivo de colaborar con la atracción de turistas a la Ciudad de Puntarenas. Se
colocarán los logos del, INCOP-JPT en la publicidad de los eventos en redes sociales y medios
de comunicación, demás plataformas digitales.
Porcentaje de garantía de cumplimiento: (Artículo 110 del Reglamento a la Ley General de
Contratación Pública).
Para este procedimiento la Administración no requiere garantía de cumplimiento.
disposiciones del Artículo 110 del RLGCP.
2.1. Términos de pago.
Se realizará el pago con la modalidad de mes vencido, esto considerando los servicios
suministrados y con plazo de 30 días naturales a crédito, se tendrá que enviar la factura al
correo proveeduria@incop.go.cr, se debe aportar certificación bancaria con el número de
cuenta IBAN, previamente de realizar la emisión de contrato. Además, se debe incluir en el
módulo de gestión de pago del sistema SICOP la factura que se va a cancelar producto de esta
Teléfono: 2634-9185 • Central (506) 26349100
Correo: proveeduria@incop.go.cr • Apdo.: 543-1000-San José.
contratación, si no se incluye en SICOP la factura, no se realizará el trámite de cancelación. Se recuerda que si la empresa o persona física está morosa con la CCSS, FODESAF y Tributación Directa, no se podrá realizar la gestión de pago hasta que solucione su condición de morosidad ante esas instituciones, lo anterior, porque es una obligación de ley estar al día en dichas organizaciones.
El pago se hará en un solo tracto vencido el período de cada mes. La institución tiene hasta treinta días naturales para realizar el pago, mismo que será en moneda nacional por medio de transferencia electrónica. Lo anterior contra la presentación de la factura, los XML, con el detalle de los días y horas que prestó el servicio de la cual se deducirá el 2% por concepto del Impuesto sobre la Renta.
La Junta Promotora de Turismo como unidad encargada de verificar la correcta ejecución del contrato, dará por escrito su aprobación de que los servicios contratados se han recibido a satisfacción, cada vez que se realice un pago, será remitido a la unidad de Proveeduría para que gestione el trámite correspondiente.
2.2.
Plazo de la vigencia de la oferta y plazo de adjudicación.
La oferta tiene una vigencia de 60 días naturales, plazo de adjudicación 8 días.
2.3.
Lugar y fecha de inicio y conclusión de la entrega de los bienes o servicios, cuando así proceda.
Lugar de entrega corresponde en La Casa de la Cultura de Puntarenas. Cantón central.
2.4.
Indicación de que se reversa el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad con lo establecido en la decisión inicial. En este último caso, esta alternativa será posible cuando el objeto lo permita y ello no afecte su
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funcionalidad. En ambos supuestos se exigirá, al menos, los precios unitarios cuando la modalidad de contratación lo requiere técnicamente. No será necesario advertir en el pliego de condiciones, la posibilidad de adjudicar parte de la totalidad de las líneas contempladas en éste. La obligación de participar en la totalidad de las líneas solamente será posible cuando exista una justificación técnica para ello y así haya advertido en el pliego de condiciones.
No se aplica.
2.5.
Resolución de controversias cuando así proceda. (Artículo 294 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública) . patrocino por excepción no aplica controversia.
Requisitos de admisibilidad (Artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
El oferente deberá acreditar que se encuentra al día con el pago de la Caja Costarricense del Seguro Social, Tributación Directa por medio de declaración jurada firmada por un representante legal, no superior a los 6 meses de emitido.
Las ofertas se presentarán únicamente por el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación- complementaria. Demostrar el régimen del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Aportar el desglose correspondiente al pago del IVA por los servicios ofrecidos, o bien, presentar la certificación oficial emitida por la Dirección General de Tributación que lo exonere de este tributo.
Estar aprobado por la Junta Directiva de la JPT.
2.6.
Plazo de la contratación: “la vigencia del presente contrato será por 2 meses sin prorroga.
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3.
Requerimientos, especificaciones técnicas y evaluación de las ofertas:
3.1.
Descripción de la naturaleza y cantidad de los bienes o servicios objeto del procedimiento.
El contratista queda obligado a ejecutar de forma integral el plan de pauta, publicidad, propaganda y exhibición de marca para la JPT e INCOP durante el transcurso del Festival Nacional de Teatro Chucheca de Oro 2026, a celebrarse del 12 al 15 de noviembre de 2026 en la Ciudad de Puntarenas
3.2.
Sistema de evaluación (Artículo 96 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
Se procederá a calificar únicamente aquellas ofertas que no hayan sido excluidas o eliminadas del concurso.
Se evaluarán los siguientes puntos:
Criterios de evaluación Puntaje 1. Precio 100% Total 100%
3.3.
Indicación de los estudios que realizará la Administración a las ofertas, ya sean legales, técnicos, financieros u otros.
Estudio técnico: cumplimiento de la Guía de patrocinios de la Junta Promotora
Estudio Legal. Cumplimiento de la Ley 8461, el objetivo de la JPT. Promoción turística a Puntarenas artículos 23 al 25 de
3.4.
Indicación precisa, de los documentos que se deberán aportar para la evaluación de la idoneidad del oferente en aspectos económicos, legales, técnicos u otros.
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1. Factura electrónica, con el nombre, monto y detalle según la Orden de compra.
2. Un Informe final, con los aspectos generales que se indican:
✓
Resumen ejecutivo de la actividad realizada o proyecto. Debe incluir detalle de las actividades patrocinadas y un promedio de asistentes de estas.
✓
Detalle del cumplimiento de lo planteado en el Estudio Costo-Beneficio.
✓
Detalle del cumplimiento de la tasa de razonabilidad solicitada.
✓
Archivo de fotografías donde se demuestre la exposición de marca.
✓
Archivo de fotografías donde se demuestre la presencia del público meta esperado.
✓
Mediciones del impacto en los comercios de la zona (visitación).
✓
Detalle de la distribución del patrocinio.
✓
Detalle de los resultados de la gestión de exposición de marca. Esto incluye los alcances en medios tradicionales como indicadores digitales (Google Analytics, Google Trends, Facebook Business, Instagram Analytics.) Informe final contable con facturas.
4.
Condiciones para la ejecución contractual:
4.1.
Requisitos para el adjudicatario y contratista.
Se requiere que el patrocinado se encuentre en todo momento al día con las obligaciones de Tributación Directa, CCSS y todos los permisos de uso de suelo, si se ocuparan de la Municipalidad de Puntarenas y Ministerio de Salud y demás que requieran para la ejecución del Patrocinio.
4.2.
Clausulas penales y de multas (Artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública).
Previendo la protección del interés público, y la finalidad del INCOP para atender sus necesidades institucionales y la de sus usuarios; y que los requerimientos que se deriven de
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este procedimiento sean concluidos de acuerdo con las especificaciones señaladas en el pliego de condiciones
Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega o en la aceptación de los bienes y/o servicios a satisfacción de la unidad solicitante, éste deberá pagar como indemnización al INCOP por concepto de clausula penal, el 1% sobre el monto total de la línea adjudicada donde se cometiera la afectación; hasta un máximo de un 25%; salvo casos de fuerza mayor debidamente justificado y comprobado por la Institución, de conformidad con lo dispuesto el artículo 47 LGCP y 117 RLGCP. Para los efectos de cálculo serán consideradas las adendas que se hayan presentado; por ser parte integral del contrato. Los montos por cobrar serán rebajados de la facturación pendiente o bien de la garantía de cumplimiento si no existieren facturas por pagar, o bien, si el monto de las facturas no alcanza.
Una vez que la Proveeduría Institucional, notifique al contratista la aplicación de la Cláusula Penal, indicando el plazo, monto y situaciones imputadas, podrá el contratista presentar los descargos que considere necesarios en el plazo que se le confiera para audiencia; de no presentar descargo alguno, autoriza a la administración para que aplique la cláusula penal.
En el evento en que el monto por concepto de multas por atraso alcance el 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se gestionará lo procedente para finalizar el contrato.
El INCOP se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios si corresponde, para lo cual podrá accionar los mecanismos legales establecidos en el ordenamiento jurídico
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4.3.
SANCIONES ECONOMICAS (MULTAS)
De conformidad con el artículo 116 y 117 al RLGCP, la administración podrá establecer el pago de multas por defectos en la ejecución del contrato. La multa se establece por la eventual implicación que tendría este incumplimiento en el interés público.
4.4.
DETALLE DE SANCIONES ECONOMICAS
Si existiera atraso imputable al adjudicatario en la entrega del servicio adjudicado, éste autoriza a la Proveeduría Institucional del INCOP para que, por concepto de cláusula penal y como indemnización, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) del valor no entregado, por cada día hábil de atraso (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual.
En caso de detectar incumplimiento en las especificaciones técnicas e insumos señalados en el pliego de condiciones, se aplicará un 1% del monto facturados de los bienes ejecutados en la jornada que se cometiera dicha infracción.
El Fiscalizador solicitará el trámite de Multa a la Proveeduría, quien realizará el proceso sumario administrativo correspondiente. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante la Unidad Administrativa pertinente, dentro del impostergable plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto, estará a cargo del
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Departamento de Proveeduría, junto con la asesoría técnica del proceso. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del pago correspondiente o a la garantía de cumplimiento existente.
4.5.
Plazos y lugares de entrega del objeto contractual.
8 días hábiles lugar el Casa de la Cultura de Puntarenas
5.
Desempate:
Debe fijarse las cláusulas de desempate y en caso de que éste persista, lo definirá la suerte. (Artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública) No se aplica.
6.
Presupuesto detallado: Deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario. (Artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
En un plazo no mayor a 8 días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, el patrocinado deberá presentar un presupuesto de trabajo detallados para el control y la fiscalización de sus Patrocinios.
Estructura Porcentual: El contratista debe distribuir sus costos de acuerdo con la siguiente tabla:
7.
Mejora de precio (Artículo 99 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
No se aplica.
Teléfono: 2634-9185 • Central (506) 26349100
Correo: proveeduria@incop.go.cr • Apdo.: 543-1000-San José.
8.
Desglose del precio (Artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
No aplica
9.
Descuentos (Artículo 105 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública)
No aplica.
10.
Aclaraciones
De acuerdo con el Reglamento de Contratación Pública, todas las aclaraciones serán atendidas por medio del sistema SICOP y tendrán un día hábil después de la apertura de la publicación del Pliego de Condiciones.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En el evento en que el monto por concepto de multas por atraso alcance el 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista y se gestionará lo procedente para finalizar el contrato. El INCOP se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios si corresponde, para lo cual podrá accionar los mecanismos legales establecidos en el ordenamiento jurídico SANCIONES ECONOMICAS (MULTAS) De conformidad con el artículo 116 y 117 al RLGCP, la administración podrá establecer el pago de multas por defectos en la ejecución del contrato. La multa se establece por la eventual implicación que tendría este incumplimiento en el interés público. 4.4. DETALLE DE SANCIONES ECONOMICAS Si existiera atraso imputable al adjudicatario en la entrega del servicio adjudicado, éste autoriza a la Proveeduría Institucional del INCOP para que, por concepto de cláusula penal y como indemnización, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) del valor no entregado, por cada día hábil de atraso (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual. En caso de detectar incumplimiento en las especificaciones técnicas e insumos señalados en el pliego de condiciones, se aplicará un 1% del monto facturados de los bienes ejecutados en la jornada que se cometiera dicha infracción. El Fiscalizador solicitará el trámite de Multa a la Proveeduría, quien realizará el proceso sumario administrativo correspondiente. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante la Unidad Administrativa pertinente, dentro del impostergable plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto, estará a cargo del Departamento de Proveeduría, junto con la asesoría técnica del proceso. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del pago correspondiente o a la garantía de cumplimiento existente.
Cláusula penal. Previendo la protección del interés público, y la finalidad del INCOP para atender sus necesidades institucionales y la de sus usuarios; y que los requerimientos que se deriven de este procedimiento sean concluidos de acuerdo con las especificaciones señaladas en el pliego de condiciones Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega o en la aceptación de los bienes y/o servicios a satisfacción de la unidad solicitante, éste deberá pagar como indemnización al INCOP por concepto de clausula penal, el 1% sobre el monto total de la línea adjudicada donde se cometiera la afectación; hasta un máximo de un 25%; salvo casos de fuerza mayor debidamente justificado y comprobado por la Institución, de conformidad con lo dispuesto el artículo 47 LGCP y 117 RLGCP. Para los efectos de cálculo serán consideradas las adendas que se hayan presentado; por ser parte integral del contrato. Los montos por cobrar serán rebajados de la facturación pendiente o bien de la garantía de cumplimiento si no existieren facturas por pagar, o bien, si el monto de las facturas no alcanza Una vez que la Proveeduría Institucional, notifique al contratista la aplicación de la Cláusula Penal, indicando el plazo, monto y situaciones imputadas, podrá el contratista presentar los descargos que considere necesarios en el plazo que se le confiera para audiencia; de no presentar descargo alguno, autoriza a la administración para que aplique la cláusula penal.
Documentos del cartel9
- Decisión inicial INCOP 164-2026PDF · 481 KB
- CR-INCOP-JPT-0298-2026-JDResolucion admi. Cucheca OroPDF · 358 KB
- Sondeo o Estudio de Mercado INCOPPDF · 614 KB
- Solciitud_Patrocinio_Chucheca_De_Oro_2026PDF · 666 KB
- ALIANZA ESTRATÉGICA PATROCINIO JPTPDF · 573 KB
- SUBSANE-CHUCHECA DE OROPDF · 440 KB
- CR-INCOP-JPT-0273-2026-JD-traslado acuerdo 05-Sección 10-2026PDF · 338 KB
- Pliego condiciones Festival de TeatroPDF · 512 KB
- 164-2026 Patrocinio JPTPDF · 369 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Marilú Ramírez Novoa
Junta Promotora de Turismo
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 20/10/2026 06:29. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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