2025LE-000013-0015500001 · SICOP 20250600584
Contratación de experto en Proyectos de Mejora Pesquera para la Gestión del Plan de Trabajo de la Pesquería de Grandes Pelágicos en Costa Rica.
Instituto de Desarrollo Rural
Instituto de Desarrollo Rural publicó esta compra con un presupuesto de ₡83,0 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡83,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡82,9 millones
0,1 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó05/06/2025 16:50 · hace 16 meses
- Límite para 10/06/2025 23:59 · hace 16 meses
- Límite para 10/06/2025 23:59 · hace 16 meses
- Cierre de ofertas26/06/2025 10:00 · hace 16 meses
- de ofertas26/06/2025 10:00 · hace 16 meses
- publicado24/09/2025 09:31 · hace 13 meses
- Adjudicación 24/09/2025 09:52 · hace 13 meses
Quién ganóen firme 24/09/2025
- Adjudicatario no indicado en el acto final
- Línea no adjudicada (Helven Naranjo Madrigal): SICOP registra ₡82 942 000, pero el informe de adjudicación no la adjudica (una línea repetida, una oferta que no ganó o una partida declarada desierta o infructuosa); el explorador no la suma.
Informe de recomendación de Magally Rivas Rodriguez, 19/09/2025
Contexto
- Instituto de Desarrollo Rural adjudicó ₡23 718,7 millones en 181 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Consultoría en Biología: Asesoría Técnica en Temas de Biología.1 · ₡83 000 000,001₡83 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡70,6 millones – ₡83,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 50 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 48 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡507,19 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Helven Naranjo Madrigal | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
SE COMUNICA FIRMEZA ACTO FINAL (INSUBSISTENTE).
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Planilla de experto, y ejecución del programa Servicio de consultoría en biología marina
El ente ejecutor seleccionado será el responsable de suministrar al experto, que estará a cargo del desarrollo y ejecución del Servicio de consultoría en biología marina quien deberá contar con conocimiento y experiencia en los temas a desarrollar.
- a) Grado académico del experto:
✓ Título universitario en pesquerías, biología de la conservación marina, recursos
naturales, gestión ambiental o campo relacionado.
✓ Estudios de maestría en pesquerías, biología de la conservación marina, recursos
naturales, gestión ambiental o campo relacionado.
✓ Al menos 5 años de experiencia en gestión o investigación en un puesto de biología
de la conservación marina, pesquería, recursos naturales o gestión ambiental, para
tal caso deberá presentar referencias de proyectos desarrollados en ese lapso, las
referencias deben ser emitidas por personal responsable del desarrollo del proyecto
o dueños y deben contar con nombre del proyecto, propietario, fechas de ejecución,
correo electrónico, teléfono y monto del proyecto.
El oferente deberá presentar con su oferta el curriculum vitae y los atestados académicos del experto que estará desarrollando el servicio de consultoría en Biología Marina.
- b) Conocimiento comprobado en la actividad:
Cumplir con al menos una de las siguientes áreas de especialización en pesca:
✓ Evaluación de poblaciones: al menos 3 años de experiencia como coautor en la
producción de evaluaciones de poblaciones revisadas por pares y publicadas en
revistas indexadas, presentar evidencias.
✓ Biología/ecología de poblaciones de peces: al menos 3 años de experiencia
trabajando en biología pesquera y dinámica de poblaciones, debe presentar
evidencia mediante certificaciones o referencias.
✓ Impactos de la pesca en los ecosistemas acuáticos: al menos 3 años de experiencia
en investigación, análisis de políticas o gestión de los impactos de la pesca en los
ecosistemas acuáticos. Presentar enlaces de publicaciones relacionadas.
- c) Proyectos desarrollados relacionados con el objeto contractual:
- Haber sido coautor de al menos cuatro planes de trabajo para FIPs que cumplan con las Directrices de la Conservation Alliance for Seafood Solutions para el reconocimiento de Proyectos de Mejora Pesquera. Presentar enlaces de publicaciones relacionadas.
- Experiencia y conocimiento sobre el Proyecto de Mejora Pesquera de Grandes Pelágicos con Palangre y Greenstick de Costa Rica. Presentar cartas de referencias tanto de la FEDENAP y del Comité FIP Pelágicos Costa Rica.
- Haber asistido y aprobado en su totalidad a un taller avanzado de desarrollo de
capacidades “Trabajando hacia la certificación MSC” (también conocido como nivel 2) y
haber completado con éxito los módulos de capacitación de evaluadores en línea para la última versión del Estándar de Pesca MSC (evidencia: certificado de finalización).
- Estar acreditado ante Fishery Progress como evaluador de responsabilidad social.
respaldado por referencias, constancias laborales o portafolio de trabajos realizados.
- Capacidad de comunicación oral y escrita en español, preferiblemente con manejo del
idioma inglés a nivel avanzado. Presentar publicaciones.
Otros: Cuando la empresa deba cambiar al profesional capacitador por cualquier razón, debe de nuevo adjuntar todos los requisitos que se mencionan en la admisibilidad y comunicarlo al INDER Y INCOPESCA
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
La adjudicación será aprobada por la Gerencia General o Junta Directiva, según corresponda como Órganos Competentes según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y oficios GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016 e INDER-PE-AJ-939-2022 del 13 de diciembre 2022.
Opción 1: Por conveniencia institucional y por un tema de logística y coordinación de entregas con el contratista, la Administración se reserva el derecho de adjudicar la totalidad de líneas de una partida a un solo proveedor, siempre y cuando cumpla con los aspectos técnicos y legales solicitados en el cartel, así como también se reserva la posibilidad de aumentar o disminuir la cantidad por contratar de unidades de una o varias líneas dentro de una misma partida, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y de la razonabilidad del precio.
Opción 2: Si en una contratación, las ofertas elegibles para la evaluación en una partida no han ofertado la totalidad de las líneas, se procederá con la evaluación por línea, adjudicando aquellas que hayan obtenido la mayor calificación. La adjudicación parcial de una partida también será posible, siempre y cuando se cumpla con la satisfacción del interés público que se persigue y que las líneas que no se adjudiquen no afecten la integralidad del proyecto.
El plazo del contrato, según lo definido en la Decisión Inicial se define de acuerdo a los siguientes parámetros:
- Para este servicio: 48 meses
Para contrataciones de servicios plurianuales el plazo de vigencia de los contratos puede ser de 1 año con prorrogas iguales, puede ser de dos años con prorrogas iguales, tres años con prorrogas de uno, máximo del contrato 4 años.
Para la compra de bienes el plazo de entrega rige a partir de la notificación del contrato por SICOP. Para el caso de obras y servicios el plazo máximo de ejecución rige a partir de la orden de inicio emitida por parte del Administrador de Contrato, por medio de un documento debidamente firmado que debe ser del conocimiento del Conductor con el fin de que este registre dicha fecha en SICOP. Todo plazo de ejecución o de entrega debe darse estando vigente el plazo del contrato.
Definir las condiciones de ofertas en consorcio (artículo 127 RLGCP) en caso de considerarlo necesario.
En todo caso la Administración podrá fijar el porcentaje mínimo de participación que cada miembro deba tener en el consorcio para considerar esa experiencia.
En el caso de que el pliego de condiciones sea omiso, la oferta consorcial deberá identificar un integrante que cumpla con el mínimo requerido para al menos uno de los aspectos a evaluar, debiendo entre todos los oferentes consorciados cumplir con la totalidad de las
condiciones del concurso.
Si en la oferta no se identifican los integrantes del consorcio que cumplen esas condiciones, la oferta no podrá ser elegible.
En cumplimiento de la Directriz No.44-H denominada "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al Sector Público" publicada en el alcance No.156 de la Gaceta No.167 del 10 de septiembre de 2024, el Inder deberá efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación. Cuando no sea posible adjudicar o renegociar en moneda nacional (colones) deberá motivarse el acto por la instancia pertinente y contar con el aval de la Administración Superior.
El precio indicado en la Plataforma Sicop debe incluir todos los costos asociados al producto y entregas con los respectivos impuestos. El Inder no reconocerá ningún costo adicional que no haya sido incluido en el precio ofrecido, por lo tanto, debe contemplar impuestos. Tomar en cuenta que el Inder no está exento del pago de impuestos.
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el artículo 102 de su Reglamento se deberá detallar con el precio cotizado un desglose porcentual del precio (precio=%MO+%I+%GA+%U) según como se detalla en la siguiente tabla denominada Estructura del Precio, la cual será considerada dentro de análisis de razonabilidad de precios:
Para bienes y servicios:
P = %MO + %I + %GA + %U Donde:
|
Concepto |
Abrev. |
Porcentaje |
Monto |
|
Mano de Obra |
MO |
|
|
|
Insumos |
I |
|
|
|
Gastos Administrativos |
GA |
|
|
|
Utilidad |
U |
|
|
|
Precio |
P |
100% |
|
|
Se deben indicar los porcentajes aplicables a cada elemento, totalizando un 100%. Esta misma estructura aplicará para revisiones de precios en caso de ofertas en colones. |
|||
Este apartado se incluye cuando son compras por demanda o bien contratos continuos.
Según lo indicado en los artículos 107, 108 y 109 del RLGCP las partes tendrán derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, según la estructura de precios presentada y los índices de precios aplicables según el bien o servicio contratado.
El reajuste solicitado se hará mediante la siguiente fórmula matemática:
Para bienes y servicios:
En donde:
Precio Variado Pv
Precio Cotizado Pc
% de costo de mano de obra del Pc Mo
% de costo de insumos del Pc I
% de costo de gastos administrativo del Pc GA
% de utilidad del Pc U
Índice de costo de mano de obra en el momento considerado para la variación (IMOtm)
Índice del costo de mano de obra en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones (IMOtc)
Índice del costo de insumos en el momento considerado para la variación (iItm)
Índice del costo de los insumos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones (iItc)
Índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado p/ la variación ((iGAtm)
Índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización cuando la fórmula se aplica por primera vez y el vigente en la última revisión para posteriores aplicaciones ((iGAtc)
P = MO + I + GA + U
Fuente: Contraloría General de la República. Unidad de Autorización y Aprobación de Reajustes.
Los índices a utilizar serán los publicados por el BCCR en la página http://www.bccr.fi.cr:
- Mano de obra: Índice de salarios mínimos nominales (ISMN)
- Insumos: En el caso de los índices genéricos se utilizará el Índice de precios al productor de Servicios (IPP-S) para el caso de contratos de servicios y el Índice de precios al productor de Manufactura (IPP-Man), los otros insumos específicos serán reajustados con cada índice asociado más adecuado.
- Gastos administrativos: Índice de precios al consumidor (IPC)
En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 107, 108 y 109 del RLGCP, el oferente deberá́ aportar junto con la oferta la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
En el caso de ofertas que contemplen la cotización en colones y cualquier otra monera, se deben indicar los índices elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio. La pertinencia de lo anterior deberá́ ser verificada por parte de la Administración.
Excepcionalmente, en caso de que no exista un índice oficial del país de origen de determinado costo directo o indirecto, las partes podrán demostrar las variaciones de ese costo, mediante el método analítico-documental. Esto tomando en consideración la diferencia en el precio del insumo o servicio entre el día de la compra y el día de la presentación de la oferta, ello con base en documentación probatoria valida y pertinente, que desde la oferta se haya presentado en caso de ser necesario.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda precio a la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
- Forma de Pago
Las facturas deberán presentarse en el tipo de moneda cotizada. El INDER realizará los pagos en moneda costarricense. Sin embargo, para las ofertas en otra moneda, se aplicará el tipo de cambio de referencia para la venta del dólar americano, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento del pago por parte de la Tesorería del Inder (Art.25 del RLCA).
Todo pago producto de esta contratación, está sujeto a las retenciones que la Ley 7092 Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento, establece en su artículo 23 inciso g) “dos por ciento (2%) de impuesto del producto bruto, cuando corresponda”; además de que se encuentre al día con la CCSS y FODESAF y las respectivas pólizas. Para efecto de solicitar una constancia sobre este rebajo debe solicitarse directamente a la Unidad de Tesorería.
El pago se efectuará mediante cheque o transferencia a la cuenta corriente del contratista, 30 días naturales posteriores a la entrega del “Acta de Recibido a Satisfacción para Pago (Recepción Definitiva) en la Proveeduría Institucional.
- Rangos de tolerancia para razonabilidad del precio
Con el fin de cumplir con el artículo 44 inciso b) RLGCP, el INDER realiza un estudio de razonabilidad de precios, mediante el formulario de Excel FO-ABS-002 (disponible en el expediente electrónico) denominado Investigación de Precios y Análisis de Razonabilidad en el cual la metodología a utilizar es: 1) Sacar la desviación estándar de las fuentes dadas por la Unidad Solicitante (estudio de mercado), 2) Una vez dada se le resta al precio más bajo dado por las cuatro fuentes y nos da el precio mínimo y se le suma al precio más alto dado y nos da el precio máximo y 3) Confrontar el precio ofertado con el precio mínimo y máximo.
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el 103 de su Reglamento el presupuesto detallado, deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato.
- Anticipos o adelantos
De acuerdo con el artículo 20 del RLGCP, los pagos por anticipado podrán ser autorizados en el pliego de condiciones, de conformidad con su disponibilidad financiera y presupuestaria entre un veinte por ciento (20%) y un cuarenta por ciento (40%) del monto total de la contratación, estimado de acuerdo con el artículo 35 de la Ley General de Contratación Pública.
En caso de que se conceda el pago anticipado, la Administración contratante deberá asegurar previamente que:
- Se concede únicamente para cubrir los costos directos de los insumos definidos en la estructura del precio de la oferta; la Administración excepcionalmente podrá considerar otros rubros de la estructura del precio siempre y cuando se encuentren debidamente justificados en la decisión inicial y regulados en el pliego de condiciones;
- No supere el monto correspondiente a los costos directos de los insumos definidos en la estructura del precio de la oferta, ni tampoco supere el monto determinado con base al porcentaje establecido en el pliego de condiciones multiplicado por el monto total de la contratación, salvo la excepción dispuesta en el inciso anterior;
- Se cuente con una garantía colateral por parte del contratista, por todo el monto del anticipo otorgado, en los términos del artículo 115 de este Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, Nº 9986;
- Se concede en la misma moneda en que se presentó́ la oferta.
El monto del anticipo será́ amortizado en cada una de las estimaciones periódicas de avance de la obra pública o en cada una de las valoraciones de pago por la entrega de los bienes o por la prestación de los servicios, según corresponda, deduciendo el mismo porcentaje del pago anticipado, hasta que la Administración liquide el cien por ciento (100%) del monto del pago anticipado.
Se deberá emitir mediante acto motivado la conveniencia de establecer un pago anticipado, todo lo cual deberá quedar debidamente acreditado en el expediente electrónico respectivo.
En el caso de los adelantos, se deberán razonar de manera motivada, cuando ello obedezca a una costumbre o uso derivado de la práctica comercial del tipo contractual utilizado, lo cual debe estar debidamente comprobado; o bien, sea una consecuencia del medio de pago utilizado o las condiciones de mercado así lo exijan, como en el caso de suscripciones periódicas o el pago de arrendamiento de bienes inmuebles
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Presentación e información que deben contener las ofertas, sería lo siguiente:
- Nombre de la persona física o jurídica del oferente.
- Número cédula de persona física o cédula jurídica.
- Escaneada la cédula de identidad. En caso de ser una sociedad mercantil adjuntar personería jurídica.
- Dirección exacta, número de teléfono, dirección postal y correo electrónico.
- Declaraciones juradas: presentar las indicadas en SICOP.
- Será obligación del oferente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 193 del Código de Trabajo, presentar prueba documental de que ha adquirido un seguro contra riesgos de trabajo.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- El oferente deberá aportar los documentos probatorios que se encuentra al día con la licencia comercial y con las obligaciones tributarias ante la Municipalidad del cantón donde se encuentra domiciliada la empresa, caso contrario documento extendido por la Municipalidad donde señale que no le aplica el requisito de patente para el objeto contractual que se está concursando. No se aceptarán patentes que no correspondan al giro comercial correspondientes al objeto del concurso.
- El Inder NO se encuentra exento del pago de impuestos. Las ofertas deberán presentarse con el impuesto al valor agregado que corresponda según el objeto contractual que se esté solicitando dispuesto en la legislación vigente y sus transitorios (Ley 9635 de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, directriz DGABCA-0064-2019 del 05 de diciembre 2019 del Ministerio de Hacienda, CIRCULAR INDER-GG-AF-025-2019, de fecha 10 de diciembre de 2019 y Circular INDER-GG-AF-ADM-PI-480-2020 del 04 de junio 2020 del Instituto de Desarrollo Rural). El impuesto respectivo debe incluirse en el apartado de la plataforma Sicop designado para tal efecto; es decir, debe venir separado del precio unitario.
En caso de que el proveedor pertenezca a algún segmento con excepción de porcentaje que contemple la ley, deben presentar las certificaciones o comprobantes que justifiquen las razones por las cuales la oferta tiene una tarifa del iva diferenciada.
El precio ofertado final y definitivo por línea debe incluir todos los elementos que componen el mismo, tales como transporte, acarreo, fletes o similares.
En caso de presentar rubros adicionales deben realizarlos de conformidad a lo indicado en la Directriz DGABCA-0013-2020 del 04 de setiembre 2020.
En caso de que el Contratista requiera constancia de la devolución del 2% se debe solicitar a la Oficina de Tesorería.
El oferente extranjero debe contar con un representante en el país, que puede ser una persona física o jurídica para gestionar la contratación El representante debe actuar de forma continua y autónoma en la promoción y venta de bienes o servicios. b) Cumplimiento de la normativa legal:
- Código de Comercio (Art. 360 y 366).
- Código Civil (mandatos y poderes, artículos 1251 y siguientes).
- Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Ley N°6209 de Protección al Representante de Casas Extranjeras. c) Registro y documentación:
- Inscripción en el Registro de Proveedores del SICOP.
- Presentación de un contrato de representación, distribución o concesión con la casa extranjera.
- Documentación legal que acredite la existencia y operación de la casa extranjera. d) Capacidad legal del representante:
- Puede ser costarricense o extranjero con las condiciones establecidas en la normativa vigente.
- Debe tener la potestad de negociar y suscribir contratos en nombre de la casa extranjera. e) Cumplimiento de requisitos específicos del proceso de licitación: Debe cumplir todos los requerimientos jurídicos y administrativos de cada proceso licitatorio en SICOP.
- Información confidencial en las ofertas
Se informa que, para el presente proceso de contratación, debe tomar en consideración -al momento de generar su oferta en el Sistema Digital Unificado- lo siguiente:
La condición de “confidencial” que brinda dicho Sistema para adjuntar los anexos de las ofertas, es para uso exclusivo del oferente y puede ser seleccionado con un “SI” en la casilla correspondiente, en tanto en la oferta se introduzcan “documentos” que cumplían esa condición.
(…) Documento confidencial: Es aquel documento calificado, mediante acto razonado por la institución usuaria de oficio a solicitud de la parte interesada, como secreto comercial, industrial o económico, según lo regulado por la normativa especial aplicable a la institución usuaria, el cual será de acceso restringido. Incluye los procedimientos para la adquisición de objetos con seguridades calificadas.
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Nº 9986 y artículo 30 del RLGCP, los documentos no se deben incluir como “confidenciales” ya que únicamente aplica para los documentos supracitados; así el oferente deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, indicando los folios o archivos que estiman confidenciales, la justificación y el sustento jurídico respectivo.
ADVERTENCIA DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Se le solicitará al proveedor vía correo electrónico que brinde la fundamentación jurídica correspondiente para considerar los archivos en las partidas indicados como confidenciales de conformidad con el artículo 15 de la LGCP y se brindará un plazo de 1 día hábil para que presente su respuesta, de lo contrario se cambiarán los archivos a modo público.
- Participación de los oferentes
Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada (Artículo 126 RLGCP).
Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, con los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas (artículo 133 RLGCP).
- Muestras
Indicar el destino que se dará a las muestras, señalando el tipo de pruebas, verificaciones y valoraciones que se aplicarán, así como la autoridad encargada del estudio (artículos 90, punto 3, inciso d) y 95 RLGCP).
- Prácticas de Hostigamiento
En cumplimiento con lo establecido en la Política Institucional para la prevención del Hostigamiento Sexual aprobada por Acuerdo de Junta Directiva N° 40, Sesión Ordinaria 02, las contrataciones que tengan por objeto la prestación de servicios o concesiones que introduzcan personas externas dentro del funcionamiento de la institución, se establece como causal de rompimiento del contrato con responsabilidad para la persona contratista, la práctica de actos de hostigamiento sexual.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En el caso de entrega que no cumple con lo solicitado y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el INDER, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando.
Cláusula penal. Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del objeto contractual de esta contratación, según los plazos establecidos en el presente cartel, éste autoriza al INDER para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) correspondiente por cada línea del cartel afectada y por cada día hábil de atraso en la entrega del objeto contractual (según el plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual y se ejecutará la garantía de cumplimiento, sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios. En caso de servicios la fecha que se toma para cálculo de la cláusula penal es a partir de fecha que se giró la Orden Inicio o en su defecto se toma la fecha de notificación del contrato vía SICOP.
Documentos del cartel2
- DECLARACIÓN JURADADOCX · 276 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 778 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Maria Francine Gonzalez Arias
Región de Desarrollo Pacífico Central
Vannia Chaves Mora
Gestión de Capacidades Y Plataformas Territorriales
Vannia Chaves Mora
Gestión de Capacidades Y Plataformas Territorriales
Maria Francine Gonzalez Arias
Región de Desarrollo Pacífico Central
Vannia Chaves Mora
Gestión de Capacidades Y Plataformas Territorriales
Maria Francine Gonzalez Arias
Región de Desarrollo Pacífico Central
Vannia Chaves Mora
Gestión de Capacidades Y Plataformas Territorriales
Maria Francine Gonzalez Arias
Región de Desarrollo Pacífico Central
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 10:17. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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