2026XE-000291-0000400001 · SICOP 20260500788
SE-Contratación directa por excepción para el Servicio de arrendamiento y operación de bloques de potencia para generación térmica (DG-2333-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡191 477,5 millones y quedó en firme el 10/07/2026. Se recibieron 8 ofertas de 5 empresas en 4 lotes (partidas). En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡191 477,5 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
8
de 5 empresas en 4 lotes
Suma de las ofertas más bajas
—
Quién ganó cada loteen firme 10/07/2026
- L1Consorcio Aggreko-agkServicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de ElectricidadLa más barata de 2$65 224 873,79
- L2Soenergy International IncServicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de ElectricidadLa más barata de 3$36 844 225,17
- L3Adjudicatario no indicado en el acto finalServicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad
- L4Consorcio KarpowershipServicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad$260 452 509,55
Informe de recomendación de Judith Dahiana Chinchilla Cascante, 08/07/2026 · adjuntos: Certificación presupuesto.pdf, Revisión CCSS-FODESAF-MH.pdf
Fechas clave
- Se publicó12/05/2026 19:14 · hace 5 meses
- Límite para 15/05/2026 23:59 · hace 5 meses
- Cierre de ofertas16/06/2026 23:59 · hace 4 meses
- de ofertas17/06/2026 07:00 · hace 4 meses
- publicado10/07/2026 15:29 · hace 3 meses
- Adjudicación 10/07/2026 15:32 · hace 3 meses
14 recibidas, 14 respondidas.
El cartel fue modificado (4 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 11/06/2026 23:59 → 16/06/2026 23:59
- Apertura de ofertas: 12/06/2026 07:00 → 17/06/2026 07:00
- Límite de observaciones a la apertura: 15/06/2026 23:59 → 18/06/2026 23:59
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones aquellas que no varían el objeto de la licitación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del sistema SICOP. El encargado técnico de esta licitación es el señor Francisco Carrillo Sanchun, quién realizará cualquier aclaración sobre este tema a través de la encargada de aclaraciones.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra9 líneas · 4 lotes
- L1Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $44 358 682,031$44 358 682,03
- L1Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $44 358 682,031$44 358 682,03
- L2Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $15 569 801,011$15 569 801,01
- L2Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $30 223 731,381$30 223 731,38
- L3Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $4,001$4,00
- L3Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad1 · $4,001$4,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡162 755,9 millones – ₡191 477,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 36 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad +12 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Consorcio Aggreko-agkGanó | 100 | 100 |
| Power Solutions N.V. | 60,86 | 60,86 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad +13 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Soenergy International IncGanó | 100 | 100 |
| Consorcio Aggreko-agk | 76,83 | 76,83 |
| Geotermica para el Desarrollo Sapi de CV | 48,76 | 48,76 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad +21 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Consorcio Aggreko-agk | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Servicio de Arrendamiento de Infraestructura para la Produccion de Electricidad +11 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Consorcio KarpowershipGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
2026-07-10 0012-1-62-2026 Asunto: Contratación Directa por Excepción 2026XE-000291-0000400001 para la contratación del Servicio de arrendamiento y operación de bloques de potencia para generación térmica. Les transcribo el acuerdo emitido por la Junta de Adquisiciones ICE en el artículo 2 de la Sesión 704 del 10 de julio del 2026, que textualmente indica: “CONSIDERANDO QUE: 1. El ICE promovió el procedimiento de contratación directa por excepción 2026XE- 000291-0000400001 para la contratación del Servicio de arrendamiento y operación de bloques de potencia para generación térmica, al amparo del artículo 112 inciso q) del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones. 2. La apertura de ofertas se realizó el 17 de junio de 2026, con la concurrencia de los siguientes oferentes: Consorcio AGGREKO-AGK (partidas 1,2 y 3); POWER SOLUTIONS N.V. (partida 1); SOENERGY INTERNATIONAL INC (partida 2); GEOTÉRMICA PARA EL DESARROLLO SAPI DE CV (partida 2) y Consorcio Karpowership (partida 4). 3. La Dirección Contratación mediante oficio 258-513-2026, SACI-1083 al 1087 del 19 de junio de 2026, emite el estudio legal de las ofertas en el cual concluye que: “Una vez estudiadas las cinco (5) ofertas participantes en este proceso, se concluye que la oferta de la empresa POWER SOLUTIONS N.V. y GEOTERMICA PARA EL DESARROLLO SAPI DE CV (Partida 2), cumplen a cabalidad con los requisitos legales, razón por la cual, son elegibles desde el punto de vista jurídico. Por su parte, las ofertas de las empresas CONSORCIO KARPOWERSHIP; SOENERGY INTERNATIONAL INC. y CONSORCIO AGGREKO AGK, de resultar potenciales adjudicatarias, su cumplimiento queda supeditado a la subsanación de los aspectos indicados en el presente estudio, lo cual debe ser verificado por parte del Coordinador de Contratación Pública (CCP) de la Dependencia que promueve la licitación.” Según oficio 3050-712-2026 de fecha 08 de julio de 2026, de la División Generación, las subsanaciones legales fueron atendidas a satisfacción por todos los oferentes. 4. De acuerdo con el análisis técnico y recomendación de adjudicación, emitida por la División Generación contenida en oficio 3050-712-2026 de fecha 08 de julio de 2026, se recomienda adjudicar la presente licitación a los oferentes Consorcio AGGREKOAGK (Partida 1); SOENERGY INTERNATIONAL INC (Partida 2) y Consorcio Karpowership (Partida 4), por cuanto cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos en el cartel, además, se determina que su precio es razonable. Por su parte no se recomienda adjudicar la partida 3, en aplicación de la facultad expresamente prevista en el numeral 1.6.2.E del cartel de contratación y habiéndose acreditado que la adjudicación de la partida 4 resulta más conveniente para los intereses institucionales. 5. La Dirección Proveeduría mediante secuencia 1952518 de fecha 08 de julio del 2026, eleva a la Junta de Adquisiciones la recomendación de adjudicación correspondiente. 6. Se cuenta con el contenido presupuestario, según consta en la certificación firmada por el jefe de División Generación en fecha 08 de julio de 2026. POR TANTO, POR UNANIMIDAD ACUERDA: 1. Adjudicar el procedimiento de contratación directa por excepción 2026XE-000291-0000400001, promovida para la contratación del Servicio de arrendamiento y operación de bloques de potencia para generación térmica, al amparo del artículo 112 inciso q) del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones; de acuerdo con el siguiente detalle: A: Partida 1 Nombre: Consorcio AGGREKO-AGK Cédula Jurídica: 3102891741 E-mail: SANTIAGO.MONTI@AGGREKO.COM Total USD 65 224 873,79024 Partida 2 Nombre: SOENERGY INTERNATIONAL INC Cédula Jurídica: 9000012368 E-mail: mauricio.uribe@soenergy.com Total USD 36 844 225,17 Partida 4 Nombre: Consorcio Karpowership Cédula Jurídica: 9000021052 E-mail: deniz.harezi@karpowership.com Total USD 260 452 509,55178 VIGENCIA DEL CONTRATO: 36 meses, una vez notificado el contrato electrónico y definido el inicio de ejecución por parte de la Administración. PLAZO DE ENTREGA: El plazo de entrega contemplando movilización, operación comercial y desmovilización es de 36 meses, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del pedido de compra o servicio o contrato electrónico. LUGAR DE ENTREGA: Planta Hidroeléctrica Angostura. Planta Térmica Garabito, Puntarenas. Puerto JAPDEVA, Moín, Limón. MODALIDAD DE PAGO: Giro a 30 días mediante transferencia electrónica. FORMA DE PAGO: Parcial: De la siguiente manera Partida 1, Partida 2 y Partida 4 Los pagos se efectuarán de acuerdo con la etapa de ejecución de cada bloque de potencia, conforme a la modalidad de pago establecida: El monto adjudicado se cancelará por bloque de potencia con un pago equivalente al 100% del monto correspondiente a la movilización, pagos mensuales durante la etapa de operación comercial conforme a los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción por el ICE, y un pago equivalente al 100% del monto correspondiente a la desmovilización, de acuerdo con la distribución anual de costos establecida en la oferta adjudicada para los años 2027, 2028 y 2029. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: 5% con vigencia de 14 meses. La garantía de cumplimiento se establece en 5% del valor total adjudicado, con una vigencia de 14 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación. El contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del contrato, para lo cual deberá de prorrogar por dos tantos iguales dicha garantía, hasta completar el período del contrato. GARANTÍA TÉCNICA: A satisfacción del recibido a conformidad por parte del Administrador del Contrato. Todo de conformidad con la recomendación de la Dirección Proveeduría, de la (División Generación, el pronunciamiento de la Dirección Contratación, así como las condiciones del cartel y los términos de la oferta adjudicada, cuyos documentos quedarán en el expediente de esta contratación. Acuerdo firme.” Atentamente Junta de Adquisiciones ICE
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Ver capitulo I y II del Cartel (Ver anexo en SICOP).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver capitulo II y III del Cartel (Ver anexo en SICOP).
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CAPÍTULO I DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No.161 a La Gaceta No.174 del 19 de setiembre del 2024.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica:https://apps.grupoice.com/PEL/
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros, la División Generación incluirá en las cifras de formulación presupuestaria de año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la División Generación se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria. La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera:
Periodo 2027-2029 un monto de 415 794 412,85 USD
Para la Partida 3 y la Partida 4 contemplan el suministro para el arrendamiento de bloques de potencia para misma solución energética de 130 MW, a conectar al SEN a través de las ST Moín II, III y IV, variando exclusivamente el sitio de emplazamiento y el punto de conexión en la subestación. Por este motivo, el ICE adjudicará únicamente una de las dos opciones. El proceso de evaluación y adjudicación se regirá por las siguientes condiciones:
a. Admisibilidad: Sólo se considerarán aquellas ofertas que cumplan de forma estricta con la totalidad de los requisitos técnicos, legales y formales exigidos en el cartel de
contratación.
b. Evaluación económica: Entre las ofertas elegibles de ambas partidas, el ICE adjudicará aquella que ofrezca el menor costo total comparativo del alquiler (CTCA)
conforme lo establecido en el sistema de evaluación de ofertas.
BANDAS DE TOLERANCIA
Para determinar la razonabilidad del precio, dentro de la cual se considerará como aceptable el precio ofertado, la administración establece la banda de tolerancia para la partida 1 y partida 2:
|
4. Cálculo de Bandas de Tolerancia |
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Objeto |
Método Porcentaje Razonabilidad |
Cantidad requerida |
Monto estimado USD |
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USD |
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% Razonabilidad |
Mínimo |
Máximo |
|||
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Partida #1. Sitio Angostura 90 MW (Bloques #1 y#2) |
44,57 |
49 177 997,67 |
128 256 730,43 |
1 |
88 717 364,05 |
|
Partida #2. Sitio Garabito 53 MW. Bloques #3 y #4 |
11,66 |
40 454 965,94 |
51 132 098,85 |
1 |
45 793 532,39 |
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
• Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
• Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
• Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Partida N° 3 y Partida N° 4
No se establecieron bandas de tolerancia para las partidas 3 y 4.
ESTRUCTURA DE PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
Disposiciones para presentación de la oferta:
El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta.
Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a.Para el caso de contratación de servicios en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
3. Forma de presentar el Presupuesto detallado:
En los procedimientos de servicios el oferente deberá presentar en conjunto con la oferta un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar.
El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
Se anexan los formatos.
NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
En cumplimiento con los lineamientos del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el oferente deberá acatar todos los requisitos establecidos en la Norma de Seguridad e Higiene para el Oferente y Contratista, así como los requisitos obligatorios indicados en el cartel correspondiente.
Obligaciones del Oferente:
El oferente debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3 o 7.1.4
7.1.3. En las especificaciones técnicas para contrataciones de empresas que tengan de menos de cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en una obra o servicio contratada por el ICE, se debe solicitar al oferente participante que presente lo siguiente:
7.1.3.1. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación nacional en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional.
7.1.3.2. Presentación de certificación de vigencia de la Póliza de Riesgos del Trabajo para la actividad económica requerida.
7.1.3.3. Presentación de la documentación asociada al cumplimiento con las obligaciones del régimen de la C.C.S.S. (estar al día con las mismas).
7.1.3.4. Certificación de inscripción y funcionamiento de la Comisión de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), si cuenta con 10 o más personas trabajadoras.
Nota: Cuando la empresa posea varios contratos adjudicados por el ICE, en los cuales la suma del personal sea igual o supere las 50 personas trabajadoras, debe cumplir con los requisitos solicitados en el punto siguiente:
7.1.4. En las especificaciones técnicas para contrataciones de empresas que tengan de un número igual o mayor a cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en una obra o servicio contratada por el ICE, se debe solicitar al oferente participante que presente lo siguiente:
7.1.4.1. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación nacional en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional.
7.1.4.2. Presentación de certificación de vigencia de la Póliza de Riesgos del Trabajo para la actividad económica requerida.
7.1.4.3. Presentación de la documentación asociada al cumplimiento con las obligaciones del régimen de la C.C.S.S. (estar al día con las mismas).
7.1.4.4. Certificación de inscripción y funcionamiento de la Oficina de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
7.1.4.5. Certificación de inscripción y funcionamiento de la Comisión de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Consideraciones de la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008:
7.1.6. Todo cartel de la contratación debe contemplar las siguientes cláusulas:
7.1.6.1. Toda obra o servicio adjudicado no podrá iniciar hasta que todo el personal de la empresa contratada haya participado en la capacitación de inducción que brindará el Centro de Trabajo, sobre las medidas y disposiciones específicas de Seguridad y Salud Ocupacional que tiene el centro de trabajo donde se efectuarán las obras o servicios. Esta capacitación debe estar registrada formalmente ante el CADE y podrá ser impartida por el Gestor de Salud y Seguridad del Centro de Trabajo, Prevencionista designado o por Seguridad Industrial.
7.1.6.2. La documentación de los registros de la implementación de su programa preventivo de Seguridad e Higiene Ocupacional según la legislación vigente.
7.1.6.3. Cuando se presente un accidente laboral el contratista debe presentar un informe completo al Administrador de Contrato en un plazo de 8 días hábiles, donde se identifiquen las causas para cada caso específico de accidente leve, moderado o grave, que ocurra durante el periodo de ejecución de la obra, además de un plan de acción en relación con cada causa descrita, donde se establezca las medidas preventivas a tomar para el control de eventos similares; el responsable y la prioridad de intervención.
7.1.6.4. La contratación no originará relación laboral alguna entre el ICE y los empleados del contratista y sus subcontratistas. Por tal motivo, corresponderá a estas dos figuras, el pago de pólizas y en general, respetar todos los derechos laborales y disposiciones en materia de riesgos de trabajo que le corresponden al personal a su cargo, debiendo cumplir en todos los casos como mínimo con las garantías laborales de la legislación vigente.
7.1.6.5. La responsabilidad de la aplicación de los derechos en materia de seguridad y salud ocupacional que realicen las personas trabajadoras del contratista o sus subcontratistas durante la ejecución del contrato será de exclusiva competencia del contratista.
7.1.6.6. El cumplimiento estricto, como deber ineludible, propio y de sus subcontratistas con las obligaciones laborales, prevención de riesgos laborales y de seguridad social, siendo su inobservancia causal de revisión del contrato por parte del AC para activar las acciones pertinentes.
Obligaciones del Contratista
El contratista debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (anexo 07) código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3, 7.1.4 o 7.1.5.
El contratista debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (anexo 07) código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en el punto 7.3 y su anexo 2: Plan de Gestión.
Extracto de la Norma en mención, haciendo énfasis en el punto 7.1.3, 7.1.4 o 7.1.5., aplicable a este servicio.
Nota: En caso de que su representada cuente con menos de 10 personas trabajadoras, deberá validarlo mediante la presentación de la planilla registrada (aplica también, para figura de consorcio empresarial).
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
La garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente de manera continua e ininterrumpida durante todo el plazo de ejecución contractual, en estricta observancia de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento a la Ley N.° 8660.
CLÁUSULA DE DESEMPATE
En caso de empate en precio entre varias ofertas para una misma partida se adjudicará al oferente que ofrezca la mayor potencia garantizada.
En caso de que el empate persista, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma virtual o presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente, y se utilizará la moneda. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (virtuales o presenciales).
SOBRE LA FACTURACIÓN
a) La factura deberá ser electrónica, emitida conforme a la legislación fiscal vigente.
b) La factura deberá ser emitida tras la entrega efectiva y recepción conforme del bien o servicio, declarada por el administrador de contrato. Las facturas emitidas con anterioridad a la recepción definitiva en SICOP, serán rechazadas de oficio y deberán emitirse nuevamente.
c) El pago se realizará en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir de la recepción conforme emitida por el administrador de contrato.
d) La factura deberá ser enviada electrónicamente al correo facturasice@ice.go.cr, y de forma simultánea se deberá realizar la solicitud de pago en el módulo de SICOP establecido para tal fin, anexando la factura emitida. De no completar este paso no se procederá con el registro del pago. Las solicitudes de pago donde no se anexe la factura serán rechazadas de oficio.
- La factura deberá contener:
- Número de pedido (MM), N° contrato y N° de procedimiento SICOP
- Descripción detallada del bien entregado
- Unidad de medida, cantidad y precio unitario
- Monto total
- Condiciones de pago pactadas
- Cédula jurídica: 4-000-042139
- Razón social: Instituto Costarricense de Electricidad
- Nombre comercial: ICE
- Domicilio: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Avenida Las Américas, frente al boulevard, avenida principal.
- Código de actividad económica: 3510.0 Generación y/o distribución de energía eléctrica (hidráulica, convencional, térmica, etc.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Detalle en Cartel “Capítulo II Apartado 2 Clausula penal y multas”
Cláusula penal. Detalle en Cartel “Capítulo II Apartado 2 Clausula penal y multas”
Documentos del cartel34
- Anexo 8ZIP · 236 KB
- Anexo 7ZIP · 5,3 MB
- Anexo 6 parte 3ZIP · 7,8 MB
- Anexo 6 parte 2ZIP · 13,7 MB
- Anexo 6 parte 1ZIP · 2,2 MB
- Anexo 5ZIP · 205 KB
- Anexo 4 parte 4ZIP · 5,6 MB
- Anexo 4 parte 3ZIP · 8 MB
- Anexo 4 parte 2ZIP · 10,4 MB
- Anexo 4 parte 1ZIP · 10,4 MB
- Anexo 3 parte 6ZIP · 20 KB
- Anexo 3 parte 5ZIP · 7,5 MB
- Anexo 3 parte 4ZIP · 2,5 MB
- Anexo 3 parte 3ZIP · 23,8 MB
- Anexo 3 parte 2ZIP · 9,3 MB
- Anexo 3 parte 1ZIP · 15,4 MB
- Anexo 2ZIP · 3,9 MB
- Anexo 0ZIP · 92 KB
- Cartel PTA 2027-2029 11-05-2026PDF · 3,5 MB
- Listado de anexos y archivos ZIPPDF · 102 KB
- A.4.5 Topografía Partida 1.z01Z01 · 100 MB
- A.4.5 Topografía Partida 1.z02Z02 · 100 MB
- A.4.5 Topografía Partida 1.z03Z03 · 100 MB
- A.4.5 Topografía Partida 1.z04Z04 · 100 MB
- A.4.5 Topografía Partida 1ZIP · 97,5 MB
- Anexo G 03PDF · 1,1 MB
- Anexo E 02PDF · 328 KB
- Anexo 23i0177-1 Diagnóstico geotécnico en partida 2PDF · 23,8 MB
- Cartel de contratación Modificación N°1PDF · 1,5 MB
- Detalle Modificación N° 1PDF · 276 KB
- Detalle Modificación N° 2PDF · 225 KB
- Anexo 1ZIP · 195 KB
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A quién contactar en la institución
Ronald Solis Solis
CG-COSABA
Francisco Carrillo Sanchun
División Generación
Yanory Mesen Valverde
División Generación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 08:47. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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