2026XE-000664-0000400001 · SICOP 20260702520
S.E Contratación directa escasa cuantía/Servicio de instalación, suministro y mantenimiento de sistema de líneas de vida DOCSE San Miguel
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡51,0 millones. Se recibieron 16 ofertas de 5 empresas en 3 lotes (partidas) el 01/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡51,0 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
16
de 5 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡35,4 millones
30,7 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó21/08/2026 11:37 · hace 51 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Cierre de ofertas28/08/2026 23:59 · hace 44 días
- de ofertas01/09/2026 07:00 · hace 40 días
- (plazo máximo)≈ 15/09/2026 · hace 26 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra7 líneas · 3 lotes
- L1Servicio de Instalación Pernos de Anclajes y Lineas de Vida Horizontales y Verticales en Edificación y Estructuras para Sistema de Seguridad Humana1 · ₡14 605 503,261₡14 605 503,26
- L2Servicio de Mantenimiento de Lineas de Vida1 · ₡1 865 856,001₡1 865 856,00
- L3Anclaje de Acero y Aluminio, Tipo Viga Fija, Capacidad 22 Kn (5000 Lb), Punto de Conexión en D Giratorio, para Sistema de Seguridad de Personas en Vigas30 c/u · ₡3 220 500,0030 c/u₡3 220 500,00
- L3Línea de Vida Retráctil con Carcasa con Longitud Mínima de 3,3 M con Carcasa Termoplástica Resistente a Impactos. con Una Capacidad de 140 Kg. Mosquetón de Anclaje Extragrande Que Permita Su Sujeción a Puntos de Anclaje con Capacidad de 2 243,38 Kg18 c/u · ₡6 193 530,0018 c/u₡6 193 530,00
- L3Cable de Acero Inoxidable , Diametro 12,70 Mm (1/2 Pulg), Trenzado 7x7 (49 Hilos Individuales Entrelazados), Capacidad de Resistencia de 35 Kn (7868 Lb), Volumen por Metro 127cm3, Peso por Metro Lineal 690g,a Granel (m), para Linea de Vida Horizontal765 m · ₡21 282 912,00765 m₡21 282 912,00
- L3Punto de Anclaje, Tipo Fijo, para Escalera, de Acero Inoxidable Grado Ansi 316, Peso 2 Kg (±10 %)8 c/u · ₡361 600,008 c/u₡361 600,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡12,4 millones – ₡14,6 millones
- Lote 2₡1,6 millones – ₡1,9 millones
- Lote 3₡29,4 millones – ₡34,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡452,93 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Instalación Pernos de Anclajes y Lineas de Vida Horizontales y Verticales en Edificación y Estructuras para Sistema de Seguridad Humana5 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Afalpi Medica | 100 | 100 |
| Soluciones Altius | 62,28 | 62,28 |
| Sondel | 54,11 | 54,11 |
| Equipos de Salud Ocupacional | 53,31 | 53,31 |
| Enviroment, Health & Safety | 47,08 | 47,08 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Mantenimiento de Lineas de Vida5 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Sondel | 100 | 100 |
| Soluciones Altius | 90,79 | 90,79 |
| Enviroment, Health & Safety | 78,58 | 78,58 |
| Equipos de Salud Ocupacional | 46,36 | 46,36 |
| Afalpi Medica | 34,23 | 34,23 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Anclaje de Acero y Aluminio, Tipo Viga Fija, Capacidad 22 Kn (5000 Lb), Punto de Conexión en D Giratorio, para Sistema de Seguridad de Personas en Vigas +45 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Soluciones Altius | 100 | 100 |
| Afalpi Medica | 96,66 | 96,66 |
| Sondel | 92,02 | 92,02 |
| Equipos de Salud Ocupacional | 89,75 | 89,75 |
| Enviroment, Health & Safety | 86,48 | 86,48 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. Requisitos por el oferente
1.1 Aportar declaración jurada de que posee cinco (5) años de prestar en el mercado nacional brindando servicios iguales o similares al solicitado. El oferente debe tener mínimo 5 años de estar en el mercado de la seguridad ocupacional.
1.2 El oferente debe demostrar que cuenta con la experiencia, conocimiento y habilidades necesarias para realizar el servicio de instalación de las líneas incluidas en este documento y para ello deberá proporcionar declaración jurada de que cuenta con la capacidad y experiencia en este tipo de trabajos. Debe proporcionar la siguiente información de tres registros de trabajos exitosos efectuados en los últimos cinco años, por medio de una carta de recomendación de las empresas a las que les han brindado el servicio donde se detalle:
1.2.1 Nombre de la empresa
1.2.2 Fecha de ejecución del trabajo
1.3 El oferente deberá presentar la documentación y certificación oficial emitida por el fabricante que lo acredite como distribuidor e instalador autorizado del sistema de líneas de vida de la marca que representa, así como para el suministro de componentes originales.
1.4 El oferente debe indicar con claridad la marca y modelos de los equipos que oferta, aplica específicamente para los bienes de la partida 3:
1.5 El oferente debe aportar como parte de su oferta la ficha técnica y/o certificación de fábrica de cada equipo ofertado en español que le permitan a la institución verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel, para la partida 3.
Adicionalmente, el oferente deberá aportar las fichas técnicas del sistema de líneas de vida propuesto a instalar, en las cuales deberán contener:
-
- Límites de carga del sistema.
- Resistencia de los materiales.
- Certificaciones de cumplimiento normativo aplicables.
- Compatibilidad entre los componentes del sistema.
- Demás información técnica que respalde el cumplimiento de las características requeridas en el presente cartel.
1.6 El oferente deberá indicar en su oferta los canales de atención, horarios de servicio y procedimiento de escalamiento para la atención de incidentes.
1.7 El oferente deberá presentar las declaraciones juradas y certificaciones establecidas en el Anexo “Declaraciones juradas y certificaciones”.
1.8 Aportar evidencia documental de la capacitación reciente (últimos 2 años) del personal técnico en trabajo seguro en alturas y en uso e instalación de sistemas de líneas de vida certificados, con el fin de garantizar que el personal cuente con conocimientos actualizados en materia de seguridad, conforme a la evolución de buenas prácticas, tecnologías y normativas aplicables.
Lo anterior se fundamenta en las recomendaciones establecidas en la norma INTE T110-2, así como en lo definido en el procedimiento interno de trabajos seguros en altura de la organización, los cuales promueven la actualización periódica de las competencias del personal para mitigar riesgos, prevenir accidentes y asegurar la correcta aplicación de medidas de protección contra caídas.
En este sentido, la vigencia de la capacitación constituye un elemento clave para asegurar que el personal técnico mantiene las competencias necesarias para ejecutar labores en altura de forma segura y conforme a las disposiciones técnicas y de seguridad ocupacional vigentes.
1.9 Aportar un esquema gráfico o plano preliminar de la propuesta de instalación de las líneas de vida en el edificio, incluyendo puntos de anclaje, rutas de desplazamiento seguro y tipo de sistema (horizontal, vertical, rígido, flexible, entre otros.).
1.10 El Oferente debe presentar el Plan para la Gestión de los Residuos que genere y copia del certificado de registro del Gestor Autorizado de Residuos que les brinda los servicios.
1.11 El oferente debe cumplir y aportar lo que se solicita en la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3 o 7.1.4 aplicable Pueden consultar el detalle en el archivo adjunto.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. Alcance
1.1. Se requiere contratar el servicio de mantenimiento preventivo y suministro de componentes del sistema de líneas de vida y puntos de anclaje instalados en infraestructura crítica, conforme a los lineamientos de seguridad establecidos por normativas internacionales (ANSI, OSHA, EN) y especificaciones técnicas de los fabricantes. El alcance incluye la instalación, la verificación, ajuste, limpieza, prueba de carga y suministro de los siguientes componentes:
• Anclajes fijos de acero o aluminio tipo viga.
• Líneas de vida retráctiles, con carcasa termoplástica resistente a impactos
• Línea de vida horizontal
• Puntos de anclaje fijos para escaleras
• Kit de rescate y descenso
1.2. El servicio de instalación abarca la confección de estructuras para las líneas de vida horizontal over head y sobre techos, instalación de líneas de vida horizontal, instalación de anclajes varios, y todo lo requerido para dejar al 100% el sistema solicitado en el apartado 2 de especificaciones técnicas.
1.3. La adjudicación será por requerimiento completo a la oferta que cumpla con las especificaciones del cartel y ofrezca el precio más bajo.
1.4. Se debe considerar que todos los materiales y consumibles a utilizar durante la prestación del servicio, deben ser nuevos, originales y seguir las recomendaciones del fabricante en cada servicio de mantenimiento e instalación.
2. Partida 1: Servicio de Instalación
2.1. Alcance del servicio de instalación
El contratista deberá ejecutar la instalación integral de los sistemas de protección contra caídas, incluyendo anclajes, líneas de vida (retráctiles y horizontales), puntos de anclaje para escaleras y sistemas de rescate, conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el presente cartel.
La instalación deberá garantizar la correcta integración, funcionamiento y seguridad del sistema como un todo, cumpliendo con las normativas internacionales indicadas (ANSI, OSHA, EN o equivalentes vigentes).
2.2. Condiciones de instalación
El contratista deberá:
a) Realizar una inspección técnica previa en sitio, con el fin de validar condiciones estructurales, materiales de soporte (hormigón o metal), interferencias y geometría del área de instalación.
b) Elaborar y presentar, previo a la instalación, una memoria de cálculo y propuesta técnica, que contemple como mínimo:
-
- Distribución de cargas.
- Ubicación de anclajes.
- Tensiones en líneas de vida horizontales.
- Cantidad y ubicación de dispositivos intermedios, tensores y amortiguadores.
- Validación para uso simultáneo (cuando aplique).
c) Garantizar que todos los sistemas sean instalados de forma que permitan su uso seguro, continuo y sin desconexión del usuario, especialmente en líneas de vida horizontales.
2.3. Instalación por tipo de sistema
a) Anclajes para detención de caídas (Línea 3)
Deberán instalarse en superficies de hormigón o metal, conforme a las
recomendaciones del fabricante. Se deberá garantizar su correcta fijación estructural para soportar cargas mínimas de 22,2 kN. La instalación deberá permitir la rotación de 360° del punto de conexión, sin interferencias. Se deberá asegurar su ubicación visible y accesible para el usuario. Ver anexo A: Anclajes para detención de caídas Nivel -1 y Nivel cero.
b) Líneas de vida retráctiles (Línea 4)
Deberán instalarse en puntos de anclaje certificados o en sistemas horizontales compatibles. Se deberá verificar el correcto funcionamiento del sistema retráctil, indicador de caídas y amortiguador de impacto. Se deberá garantizar que el equipo opere sin obstrucciones y con el recorrido libre requerido.
c) Cable de acero inoxidable (Línea 5)
Incluye instalación completa del sistema: cable, tensores, amortiguadores, intermedios, curvas y deslizadores. El sistema deberá instalarse conforme a la memoria de cálculo aprobada. Se deberá garantizar:
• Tensión adecuada del cable.
• Reducción de carga a máximo 5 kN mediante amortiguador.
• Desplazamiento continuo del usuario sin desconexión.
• Se deberán instalar dispositivos antipéndulo según diseño.
• El sistema deberá permitir el uso simultáneo de al menos dos usuarios.
Ver Anexo B: Línea de vida horizontal Azotea y Nivel +1.
d) Puntos de anclaje para escaleras (Línea 6)
Deberán instalarse de forma fija en la parte superior del área de trabajo. Se deberá garantizar su correcta fijación para evitar desplazamientos laterales o traseros de la escalera. La instalación deberá cumplir con las condiciones de uso en interiores.
e) Equipo de rescate (Línea 7)
El contratista deberá suministrar el equipo completo y verificar su correcto ensamblaje. Se deberá realizar una prueba funcional del sistema de poleas 4:1 o equivalente, verificando su operatividad. Se deberá garantizar la compatibilidad entre todos los componentes (cuerda, poleas, mosquetones, ascensores).
f) Pruebas y puesta en servicio
Una vez finalizada la instalación, el contratista deberá: Realizar pruebas de carga y funcionamiento de los sistemas instalados, conforme a normativa aplicable. Verificar la correcta operación de todos los componentes. Documentar los resultados de las pruebas realizadas.
g) Entregables
El contratista deberá entregar lo siguiente:
• Memoria de cálculo final.
• Planos “as built” del sistema instalado.
• Certificados de cumplimiento normativo.
• Manuales de uso y mantenimiento.
• Protocolos de inspección.
• Certificación de instalación conforme a normativa aplicable.
El contratista deberá brindar además una explicación al personal designado por la Administración, incluyendo:
• Uso correcto de los sistemas instalados.
• Inspección visual previa al uso.
• Procedimientos básicos de rescate.
h) Garantía de la instalación
El contratista deberá garantizar la correcta ejecución de la instalación, así como el funcionamiento del sistema, conforme a las condiciones establecidas en el presente cartel.
El contratista deberá certificar que la instalación del sistema se realizó conforme a la memoria de cálculo, normativa aplicable y recomendaciones del fabricante.
3. Servicio de mantenimiento Preventivo
3.1. Alcance del servicio de mantenimiento
El contratista deberá realizar un mantenimiento preventivo anual a la totalidad de los sistemas de protección contra caídas instalados, incluyendo:
• Anclajes para detención de caídas.
• Líneas de vida retráctiles.
• Líneas de vida horizontales.
• Puntos de anclaje para escaleras.
• Equipos de rescate y descenso.
El mantenimiento deberá ejecutarse conforme a las recomendaciones del fabricante, normativa internacional aplicable (ANSI, OSHA, EN o equivalentes) y las condiciones establecidas en el presente cartel.
3.2. Actividades a realizar
Durante cada visita anual, el contratista deberá realizar las siguientes actividades:
a) Inspección visual detallada de todos los componentes, verificando: Estado físico (corrosión, desgaste, deformaciones, fisuras), condiciones de fijación y anclaje, integridad de etiquetas e identificación.
b) Inspección funcional de los sistemas: Verificación del funcionamiento de líneas de vida retráctiles (bloqueo, retracción, indicador de caída, amortiguador). revisión de deslizadores y dispositivos móviles en líneas horizontales, verificación de poleas, mosquetones y ascensores del sistema de rescate.
c) Revisión de la línea de vida horizontal: Verificación de la tensión del cable, inspección de amortiguadores, tensores y dispositivos intermedios, revisión de puntos antipéndulo y anclajes extremos.
d) Limpieza de componentes cuando aplique, utilizando productos compatibles que no afecten la integridad de los materiales.
e) Ajuste y reapriete de elementos de fijación, conforme a especificaciones del fabricante.
f) Verificación de cumplimiento normativo, asegurando que los sistemas se mantengan dentro de los parámetros de seguridad exigidos.
3.3. Pruebas
El contratista deberá realizar, cuando corresponda: Pruebas funcionales de los sistemas instalados, verificación de operación bajo condiciones normales de uso, pruebas adicionales conforme a recomendaciones del fabricante.
3.4. Recertificación
Como parte del mantenimiento anual, el contratista deberá: Realizar la recertificación de los sistemas inspeccionados, cuando aplique. Emitir un certificado formal de aptitud para el uso, con vigencia de un (1) año.
3.5. Informe técnico
El contratista deberá entregar un informe técnico por cada visita, que incluya como mínimo:
• Inventario actualizado de los equipos inspeccionados.
• Resultados de la inspección (apto / no apto / requiere intervención).
• Registro fotográfico.
• Detalle de hallazgos y recomendaciones.
• Registro de acciones correctivas realizadas.
3.6. Acciones correctivas
En caso de detectarse fallas o condiciones inseguras: El contratista deberá notificar de inmediato a la Administración, recomendar la sustitución, reparación o retiro del equipo, abstenerse de certificar equipos que no cumplan con condiciones seguras de operación.
3.7. Personal técnico
El mantenimiento deberá ser realizado por personal calificado y certificado, conforme a los requerimientos establecidos en el cartel, debidamente acreditado por el fabricante o entidad competente.
3.8. Condiciones de ejecución
El mantenimiento deberá coordinarse previamente con la Administración.
Se deberá garantizar la seguridad del personal durante la ejecución del servicio. El contratista deberá contar con herramientas, equipos y elementos de protección personal adecuados.
4. Suministro de elementos y equipos para el sistema de líneas de Vida
4.1. Condiciones de Calidad, para la entrega de los bienes
El contratista deberá cumplir con las siguientes condiciones para la entrega de los bienes correspondientes al sistema de líneas de vida, a fin de garantizar su conformidad con los requisitos técnicos y el control de calidad establecido por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE):
a) Entrega de los bienes
• Todos los equipos y componentes deberán ser entregados nuevos, sin uso, en su empaque original de fábrica, debidamente protegidos contra daños durante transporte y almacenamiento.
• Cada ítem deberá contar con su respectivo etiquetado visible y legible, conforme a lo indicado en las especificaciones técnicas (modelo, fabricante, lote, fecha de fabricación, normas aplicables, entre otros).
• Se deberá adjuntar la documentación técnica completa, incluyendo fichas técnicas, certificados de calidad, certificados de cumplimiento normativo vigente y manuales de uso.
b) Revisión y control de calidad por parte del ICE
El ICE realizará la verificación y validación de los bienes suministrados, previo a su aceptación, considerando como mínimo los siguientes aspectos:
• Inspección física: Verificación del estado general de los equipos, integridad, materiales, acabados y ausencia de daños o defectos visibles.
• Verificación documental: Revisión de certificados, fichas técnicas y cumplimiento de las normas internacionales exigidas en cada ítem.
• Trazabilidad: Validación de la información de etiquetado (fabricante, lote, fecha de fabricación y vida útil).
• Cumplimiento técnico: Confirmación de que los bienes cumplen con todas las características y requisitos establecidos en la presente contratación.
• Compatibilidad: Verificación de que los componentes del sistema sean compatibles entre sí y adecuados para su uso conjunto.
c) Criterios de aceptación
La aceptación de los bienes estará sujeta al visto bueno (VB) del ICE, una vez completado el proceso de inspección y verificación. En caso de detectarse incumplimientos técnicos, daños, inconsistencias documentales o desviaciones respecto a lo solicitado, el ICE podrá:
• Rechazar total o parcialmente los bienes.
• Solicitar su reposición sin costo adicional.
• Suspender el proceso de instalación hasta su subsanación.
d) Condición previa a la instalación
Ningún equipo podrá ser instalado sin contar previamente con el visto bueno del ICE en la etapa de recepción. El contratista será responsable de asegurar que todos los bienes cumplen con el procedimiento de control de calidad propuesto en su oferta, además será responsable por la calidad, conformidad y desempeño de los bienes suministrados. Cualquier defecto identificado durante la recepción o posterior a la instalación, atribuible a fallas de calidad, deberá ser corregido sin costo adicional para la Administración.
4.2. Línea 3: Anclajes para detención de caídas
a. El dispositivo está diseñado para ser utilizado en trabajos en altura como punto de anclaje para detención de caídas, brindando seguridad al usuario durante tareas de ascenso, descenso y desplazamiento en entornos con riesgo de caída. Es apto para su instalación en superficies de hormigón o metálicas, conforme a las recomendaciones del fabricante.
b. Material de confección:
• Fabricada en aluminio o 100% acero inoxidable, o material de igual o mejor calidad.
• El dispositivo de anclaje debe tener una resistencia a la rotura mínima certificada de 22.2 kN (5,000 lbf), conforme a los requisitos establecidos en la norma indicada en el inciso c. del presente apartado.
• Con un diámetro del orificio que sea compatible para conectores fabricados con apertura de por lo menos 19 mm.
• Deberá permitir una rotación de 360° para garantizar la adecuada conexión del conector.
• Para ser colocadas en superficies de metal u hormigón (ver sección de requerimiento), conforme a recomendaciones del fabricante.
c. Cumplimiento normativo: el equipo deberá cumplir con, al menos, una de las siguientes normas internacionales, el cumplimiento de estas normas debe ser en su versión más reciente:
• ANSI Z359.18 (norma principal recomendada). Adicional puede indicar la ANSI Z359.6.
• OSHA 1926.502.
• En caso de ofertar estándares europeos, estos deben cumplir con:
o EN 795 (dispositivos de anclaje).
• Se aceptarán normas equivalentes siempre que el oferente demuestre técnicamente su equivalencia en materia de seguridad, resistencia y desempeño.
d. Etiquetado: Debe incluir una etiqueta con la siguiente información:
• Modelo del equipo.
• Fecha de fabricación.
• Nombre del fabricante.
• Número de lote.
• Información clara de las normas aplicables y su cumplimiento.
4.3. Línea 4: Línea de vida retráctil
a. Diseñado para ser utilizado directamente sobre puntos de anclaje o en líneas de vida horizontales, conforme a las condiciones de uso del sistema. Se deberá considerar equipo compatible con trabajo en bordes o condiciones de posible fricción, conforme a las recomendaciones del fabricante y lo indicado en el inciso c del presente apartado.
b. Características:
• Material: cable de acero o cinta textil certificada para trabajo en borde o línea de vida de poliéster o nylon, conforme a la normativa aplicable y lo indicado en el inciso c del presente apartado.
• Longitud del cable: 6m de longitud.
• Carcasa protectora: Fabricada en material termoplástico resistente, diseñada para proteger los componentes internos del dispositivo.
• Conectores/ganchos:
• Gancho giratorio con estructura protectora (gancho giratorio o sistema equivalente que permita la conexión segura del usuario).
• Debe incluir un mosquetón de seguridad con una abertura mínima de 19 mm, conforme a las normativas aplicables para conectores.
• Todos los ganchos deben garantizar la prevención de aperturas accidentales mediante mecanismos de cierre de seguridad.
c. Sistema de absorción de energía:
• Se especifica el tipo de absorción de energía y cantidad requerida:
Clase 1: para trabajos por encima de la cintura y sin bordes filosos, cantidad 18.
Clase 2: para trabajos encima o debajo de la cintura y con bordes filosos, cantidad 4
d. Indicador de caídas: El equipo debe estar equipado con un indicador de caídas visible, que permita identificar si el dispositivo ha sido sometido a una caída y, por lo tanto, requiere inspección o reemplazo.
e. Amortiguador de impacto: El equipo deberá contar con un sistema de absorción de energía que permita mitigar las fuerzas generadas en caso de caída. Dicho sistema deberá permitir la identificación de alteraciones o activación posterior a un evento de caída, ya sea mediante inspección visual o a través de los mecanismos definidos por el fabricante.
c. Cumplimiento normativo: el equipo deberá cumplir con, al menos, una de las siguientes normas internacionales, el cumplimiento de estas normas debe ser en su versión más reciente y según el tipo indicado en el inciso c del presente apartado:
• ANSI Z359.14.
• OSHA 1926.502 (estándares de protección contra caídas).
• EN 360
• CSA Z259.2.2 (dispositivos auto-retráctiles).
f. Etiquetado: Debe incluir una etiqueta legible que contenga la siguiente información:
• Modelo del dispositivo.
• Fecha de fabricación.
• Nombre del fabricante.
• Número de lote.
• Información clara de las normas internacionales aplicables.
4.4. Línea 5: Cable de acero inoxidable
a. Diseñado para ser utilizado en trabajos en altura, proporcionando seguridad al usuario durante tareas de mantenimiento y desplazamiento en entornos con riesgo de caída. El sistema deberá permitir el desplazamiento continuo del usuario a lo largo de la línea de vida, conforme a las condiciones de diseño del sistema.
b. El sistema deberá ser apto para el uso simultáneo de al menos dos (2) usuarios, dicha condición esté debidamente sustentada en la memoria de cálculo y diseño del sistema, conforme a la normativa aplicable y las recomendaciones del fabricante.
c. Generalidades
• Cada sistema ofertado deberá incluir como mínimo los siguiente:
o Cable de línea de vida.
o Amortiguador de impacto.
o Tensor.
o Dispositivos intermedios y curvos, según indique la memoria cálculo del sistema.
o Elementos anti péndulos.
o El sistema deberá contar con dispositivos que permitan el desplazamiento continuo del usuario a lo largo de la línea de vida, sin necesidad de desconexión, conforme a las condiciones del diseño.
• El cable del sistema deberá ser de acero inoxidable calidad AISI 316 o equivalente, con construcción adecuada para sistemas de línea de vida horizontal, 7x7, para sistemas de línea de vida horizontal, con un diámetro mínimo de 8 mm y máximo de 12.7 mm (½”), conforme al diseño del sistema; deberá ser apto para condiciones ambientales exteriores.
• El cable deberá ser de acero inoxidable, adecuado para sistemas de línea de vida horizontal, conforme a la normativa aplicable y condiciones del entorno. Las características específicas del cable, tales como diámetro, tipo de construcción y resistencia, deberán ser definidas como parte del diseño del sistema y respaldadas mediante la memoria de cálculo correspondiente, garantizando la seguridad y funcionalidad del sistema. El cable deberá ser apto para las condiciones ambientales del sitio de instalación, incluyendo resistencia a la corrosión.
• La fuerza de ruptura del cable deberá ser como mínimo de 35 kN, conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable.
• El sistema deberá contar con un amortiguador de impacto que limite las fuerzas transmitidas al usuario en caso de caída, conforme a la normativa aplicable y al diseño del sistema. Se espera que el sistema reduzca las cargas transmitidas al usuario a valores cercanos a 5 kN, o conforme a los parámetros establecidos en la normativa aplicable y la memoria de cálculo del sistema
• Cada sistema deberá contar con dispositivos intermedios y elementos curvos, cuando así lo requiera el diseño del sistema, conforme a lo establecido en la memoria de cálculo correspondiente. La memoria de cálculo deberá justificar la cantidad, ubicación y características de dichos elementos, garantizando la seguridad y funcionalidad del sistema. El diseño del sistema deberá permitir el desplazamiento continuo del usuario a lo largo de la línea de vida, sin necesidad de desacoplarse del sistema en ningún punto del recorrido.
• Los componentes del sistema, tales como amortiguadores, tensores, elementos intermedios y accesorios, deberán estar fabricados en materiales adecuados para las condiciones ambientales del sitio de instalación, garantizando resistencia a la corrosión y durabilidad, conforme a la normativa aplicable y a las especificaciones del fabricante. Preferiblemente de acero inoxidable AISI 316 (o de mejor calidad).
• El adjudicatario deberá entregar junto la totalidad de los sistemas horizontales la cantidad de 2 c/u deslizadores que permita a los usuarios trasladarse a lo largo del cable sin dificultad.
• Cada sistema deberá incluir deslizadores adecuados que permitan la conexión segura del usuario y su desplazamiento continuo a lo largo de la línea de vida, conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable. Los deslizadores deberán contar con elementos que faciliten su correcta orientación y funcionamiento durante el desplazamiento, tales como sistemas giratorios o equivalentes, cuando aplique. El sistema deberá considerar medidas para la mitigación del efecto péndulo, conforme al diseño y memoria de cálculo correspondiente.
• El deslizador deberá estar fabricado en materiales de alta resistencia, adecuados para las condiciones de uso y el entorno de instalación, garantizando resistencia a la corrosión y durabilidad, conforme a la normativa aplicable y las especificaciones del fabricante. Se recomienda el uso de acero inoxidable AISI 316 o materiales equivalentes que garanticen resistencia a la corrosión y durabilidad en las condiciones de uso del sistema.
• El sistema deberá contar con identificación visible que indique su capacidad, condiciones de uso e información básica para inspección y operación segura.
• Los sistemas para instalar se ajustarán acorde a los diagramas adjuntos en la sección “requerimiento”.
d. Cumplimiento normativo: El equipo debe cumplir con una de las siguientes normativas internacionales, el cumplimiento de estas normas debe ser en su versión más reciente:
1. Cable:
• EN795 tipo C.
• ANSI Z359.6
• CSA Z259.13 (líneas de vida horizontales).
• Adicionalmente, el sistema deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad para trabajos en altura establecidas en la normativa OSHA 1926.502 Subparte M, en lo que resulte aplicable.
• Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante documentación emitida por el fabricante.
2. Amortiguador:
• EN 355
• ANSI Z359.13
• CSA Z259.13 (líneas de vida horizontales).
• Adicionalmente, el sistema deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad para trabajos en altura establecidas en la normativa OSHA 1926.502 Subparte M, en lo que resulte aplicable.
• Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante documentación emitida por el fabricante.
3. Tensor:
• EN795 tipo A y C.
• ANSI Z359.6
• CSA Z259.13 (líneas de vida horizontales).
• Adicionalmente, el sistema deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad para trabajos en altura establecidas en la normativa OSHA 1926.502 Subparte M, en lo que resulte aplicable.
• Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante documentación emitida por el fabricante.
4. Deslizador:
• EN 362.
• CEN/TS16415 tipo C
• ANSI Z359.12
• Debe contar con un mecanismo de doble cierre de seguridad o bloqueo manual/automático que impida la apertura accidental o la salida involuntaria del cable durante el uso.
• Adicionalmente, el sistema deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad para trabajos en altura establecidas en la normativa OSHA 1926.502 Subparte M, en lo que resulte aplicable.
• Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante documentación emitida por el fabricante.
e. Etiquetado: Todos los accesorios de la línea de vida deben incluir etiqueta con la siguiente información:
• Modelo del equipo.
• Fecha de fabricación.
• Nombre del fabricante.
• Número de lote.
• Información clara de las normas aplicables y su cumplimiento.
4.5. Línea 6: Punto de anclaje para escaleras
a. Dispositivo diseñado para asegurar escaleras portátiles de extensión, evitando desplazamientos laterales, traseros o deslizamientos, para su uso en superficies estructurales tales como hormigón o metal, conforme a las condiciones del sitio y las recomendaciones del fabricante.
b. Generalidades
• El material de confección será acero inoxidable en grado AISI 316 (o de mejor calidad) o bien deberán estar fabricados en materiales adecuados para las condiciones ambientales del sitio de instalación, garantizando resistencia a la corrosión y durabilidad, conforme a la normativa aplicable y a las especificaciones del fabricante
• Dispositivo para enganchar y asegurar escaleras portátiles, evitando desplazamientos laterales o traseros.
• El dispositivo deberá instalarse de forma fija, en la ubicación definida conforme al diseño y las condiciones del sitio.
• El dispositivo deberá ser adecuado para las condiciones de uso del entorno donde será instalado. Para ser utilizado en interiores de edificaciones.
c. Cumplimiento normativo:
• El dispositivo deberá cumplir con la norma EN 517 o con otras normas internacionales equivalentes aplicables a dispositivos de anclaje o sistemas de seguridad para trabajos en altura, en su versión vigente.
El oferente deberá demostrar la equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño mediante certificación del fabricante.
4.6. Línea 7: Equipo de rescate
a. Diseñado para ser utilizado en operaciones de rescate vertical, permitiendo la evacuación segura de personas en trabajos en altura. El sistema deberá contar con un mecanismo de ventaja mecánica adecuado para las labores de rescate, conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable. Podrá ser utilizado adicionalmente en labores de mantenimiento, siempre que cumpla con las condiciones de seguridad requeridas para trabajos en altura.
b. Características Generales:
• El sistema deberá contar con una configuración de ventaja mecánica adecuada para operaciones de rescate vertical, recomendándose una relación mínima de 4:1 o equivalente, que permita reducir el esfuerzo del operador y garantizar el control seguro de la maniobra, conforme a la normativa aplicable.
• Para ser utilizado en escenarios de trabajo vertical, ya sea para rescate de personal o para trabajos en mantenimiento de edificaciones.
• El sistema deberá contar con un mecanismo de bloqueo automático o dispositivo de control que evite el desplazamiento no controlado en caso de liberación del sistema, garantizando la detención segura de la carga conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable.
• El sistema deberá permitir la realización de maniobras de ascenso y descenso controlado mediante dispositivos adecuados para trabajo en cuerda, conforme a las especificaciones del fabricante y normativa aplicable.
• El sistema deberá contar con capacidad suficiente para el rescate de al menos una persona, incluyendo al rescatista, conforme a la normativa aplicable y las especificaciones del fabricante. La capacidad del sistema deberá ser demostrada mediante documentación técnica, indicando la carga máxima de trabajo segura.
• El sistema deberá estar compuesto por los elementos necesarios para la ejecución segura de maniobras de rescate, tales como dispositivos de izaje, conexión y control, conforme a las especificaciones del fabricante.
• Los componentes del sistema deberán estar fabricados en materiales de alta resistencia, adecuados para garantizar seguridad, durabilidad y confiabilidad durante su uso.
• El sistema deberá incluir un medio adecuado para su almacenamiento y transporte, que permita la correcta protección y organización de los componentes.
• Debe contar con poleas, mosquetones y ascensores de aluminio de alta resistencia que aseguren tanto comodidad como seguridad al usuario.
c. Cuerda:
• La cuerda deberá ser de tipo semiestática, adecuada para operaciones de rescate vertical.
• El material podrá ser poliéster, nylon u otros materiales de alta resistencia, conforme a las especificaciones del fabricante.
• El diámetro de la cuerda deberá ser como mínimo de 10 mm y ser compatible con el sistema de rescate ofertado, conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable.
• La cuerda deberá presentar características de elongación acordes a las exigencias de la normativa aplicable para cuerdas semiestáticas, garantizando un comportamiento estable bajo carga. Se valorará que la elongación sea igual o inferior a valores típicos de cuerdas semiestáticas (aproximadamente 2% a cargas de referencia), conforme a la normativa aplicable.
• Resistencia a la ruptura: La cuerda deberá contar con una resistencia mínima a la ruptura de al menos 22 kN, siendo deseable valores iguales o superiores a 24 kN, conforme a la normativa aplicable y especificaciones del fabricante. Esta resistencia debe estar claramente indicada en las fichas técnicas y rotulación del sistema.
• Cantidad: La cuerda deberá contar con una longitud suficiente para cubrir un recorrido mínimo de 15 m en un sistema de rescate, considerando la configuración de ventaja mecánica utilizada (por ejemplo, 4:1) y las condiciones de operación del sistema. De manera referencial, se podrá requerir una longitud aproximada de 60 m, conforme a la configuración del sistema y las especificaciones del fabricante.
• Cumplimiento normativo: La cuerda deberá cumplir con al menos una de las siguientes normas internacionales aplicables para cuerdas utilizadas en operaciones de rescate vertical, tales como:
o EN 1891 (cuerdas semiestáticas).
o NFPA 1983 (Standard on Life Safety Rope and Equipment for Emergency Services).
o ASTM F1740 o equivalentes.
o El cumplimiento deberá ser en su versión vigente.
o Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante certificación del fabricante.
d. Polea:
• Diseño de la polea: La polea deberá ser adecuada para operaciones de rescate vertical, compatible con la cuerda y el sistema ofertado.
• Deberá contar con un diseño que permita un funcionamiento suave y eficiente, reduciendo la fricción durante las maniobras.
• La polea deberá estar libre de bordes afilados u otros elementos que puedan dañar la cuerda, garantizando la seguridad durante su uso.
• Las características constructivas y dimensiones de los componentes deberán ser conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable
• La polea deberá ser compatible con cuerdas utilizadas en sistemas de rescate vertical, garantizando su correcto funcionamiento, conforme a las especificaciones del fabricante, diseño propuesto y normativa aplicable.
• La polea deberá contar con una capacidad de carga adecuada para operaciones de rescate, con una carga de trabajo segura acorde al sistema ofertado.
• El dispositivo deberá estar debidamente marcado con sus características de resistencia, conforme a las especificaciones del fabricante. Capacidad de carga: La polea debe ser capaz de soportar una carga de trabajo de 8 kN y una resistencia a la ruptura mínima de 44 kN. Debe estar debidamente marcada con la resistencia correspondiente.
• La polea deberá contar con un diseño que facilite su manipulación y uso durante las operaciones de rescate, conforme a las especificaciones del fabricante.
• Marcado normativo: La polea deberá estar debidamente marcada, indicando su cumplimiento con al menos una de las siguientes normas internacionales aplicables, en su versión vigente:
o EN 12278: Norma europea para poleas de seguridad.
o NFPA 1983-06: Norma de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios para equipos de rescate.
o Adicionalmente, el dispositivo deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad aplicables, conforme a la normativa OSHA o normas equivalentes, cuando corresponda.
o El marcado deberá incluir información relevante como resistencia, modelo y especificaciones del fabricante.
e. Mosquetones:
• Apertura mínima: El conector deberá contar con una apertura mínima de 18 mm, permitiendo su adecuada manipulación y conexión con los diferentes elementos del sistema de rescate, conforme a las condiciones de uso.
• Cierre automático: El conector deberá contar con un sistema de cierre automático de seguridad que impida aperturas accidentales durante su uso. Dicho sistema deberá asegurar el bloqueo del conector una vez cerrado, conforme a las especificaciones del fabricante y la normativa aplicable para trabajos en altura y rescate.
• Compatibilidad: El conector deberá ser compatible con los diferentes elementos del sistema de rescate (cuerda, poleas, dispositivos de control), conforme a las especificaciones del fabricante, garantizando su correcto funcionamiento y seguridad en operación.
• Diseño ergonómico: El conector deberá contar con un diseño ergonómico que permita su fácil manipulación durante las operaciones de rescate, incluyendo su uso con guantes de protección. El sistema de apertura y cierre deberá facilitar su operación en condiciones de trabajo en altura, conforme a las especificaciones del fabricante.
• Resistencia a la tracción: El mosquetón debe tener una resistencia mínima de 25 kN a la tracción, garantizando su solidez y durabilidad durante su uso en trabajos de altura. Siendo deseable valores superiores a 25 kN, conforme a la normativa aplicable y las especificaciones del fabricante.
• Cumplimiento normativo: El mosquetón debe cumplir al menos una de las siguientes normas internacionales, en su versión vigente en la industria, tales como:
o ANSI Z359.12 (Normas del Instituto Nacional de Estándares de los Estados Unidos).
o NFPA 1983 (Norma de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios).
o Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante certificación del fabricante.
o Adicionalmente, el equipo deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad aplicables, conforme a la normativa OSHA o normas equivalentes, en lo que resulte aplicable.
f. Ascensores:
• El ascensor deberá estar fabricado en materiales de alta resistencia, adecuados para operaciones de rescate y trabajo en altura, garantizando su durabilidad, seguridad y desempeño, conforme a las especificaciones del fabricante.
• El ascensor deberá ser compatible con la cuerda y los demás componentes del sistema de rescate ofertado, conforme a las especificaciones del fabricante, garantizando su correcto funcionamiento y seguridad en operación.
• El ascensor deberá permitir su operación mediante una sola mano, sin comprometer la seguridad del usuario, conforme a las condiciones de uso en trabajos en altura y rescate. El diseño del dispositivo deberá facilitar su manipulación segura durante las maniobras, conforme a las especificaciones del fabricante.
• Cumplimiento normativo: debe cumplir al menos una de las siguientes normas internacionales, en su versión vigente en la industria, tales como:
o EN 567 (ascensores de cuerda).
o EN 12841 (dispositivos para trabajos en altura).
o NFPA 1983 (equipos de rescate), cuando corresponda.
o Se aceptarán normas equivalentes, siempre que el oferente demuestre su equivalencia técnica en términos de seguridad, resistencia y desempeño, mediante certificación del fabricante.
o Adicionalmente, el equipo deberá cumplir con las disposiciones generales de seguridad aplicables, conforme a la normativa OSHA o normas equivalentes, en lo que resulte aplicable.
• El cumplimiento de estas normas debe ser en su versión más reciente.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Con la finalidad de que los oferentes logren una mejor apreciación del trabajo a realizar, la Administración realizará una visita (NO OBLIGATORIA) al edificio del DOCSE San Miguel el tercer día hábil posterior a la publicación del cartel, por lo tanto, se requiere que los oferentes realicen la respectiva coordinación con el Administrador del Contrato, Ing. Luis Alberto Victor Soto, o a quien este designe, al Teléfono (506) 2001-5907, correo electrónico LVictorS@ice.go.cr.
El presupuesto total para esta contratación es de 51 022 726,87 CRC:
Partida 1: 14 605 506,33 CRC
Partida 2: 1 865 856,00 CRC; con estimación de 5 prorrogas de un plazo igual.
Partida 3: 34 551 367,61 CRC
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato correspondiente a los presupuestos de los años futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República.
1. Cláusula de desempate:
1.1. En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se deberá realizar presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
1.2. Para definir el desempate se utilizará una moneda.
1.3. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales).
2. Responsabilidades del ICE
2.1. Tramitar oportunamente los permisos para que el personal del Contratista pueda ingresar a instalaciones DOCSE.
2.2. Suministrar la información técnica que requiera el Contratista para el desarrollo del proyecto.
2.3. Revisar y aprobar la documentación generada de esta contratación.
2.4. Ejecutar los pagos según la programación de pagos establecida para esta contratación.
2.5. Suministrar el almacenaje de materiales, herramientas y equipos, necesarios para la ejecución de las labores contractuales, en caso de ser requerido.
2.6. Brindar el servicio de agua y energía eléctrica necesarios para desempeñar las labores contractuales.
2.7. El Administrador del Contrato será el que apruebe a satisfacción del ICE los productos entregados por el Contratista.
3. Obligaciones del Contratista
3.1. Asistir a las charlas de inducción solicitadas por el personal de la DOCSE.
3.2. Realizar la coordinación necesaria con el Administrador del Contrato, con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas hábiles previas al ingreso del personal a las instalaciones de la DOCSE.
3.3. Suministrar la totalidad del alcance contractual conforme al detalle técnico y operativo establecido en las condiciones técnicas.
3.4. El Contratista debe asumir la responsabilidad de todos los daños a personas, instalaciones o equipos, que se produjeran con ocasión o motivo del trabajo realizado, siempre y cuando las razones no sean imputables al ICE. Además, deberá responder a cualquier acto ilícito en que puedan incurrir sus empleados en perjuicio del ICE.
3.5. Los servicios se deben realizar de lunes a viernes en horario de 8:00 am a 4:00 pm, y únicamente en casos de extrema necesidad a criterio de la DOCSE y previa aprobación del Administrador del Contrato o su delegado, se podrán realizar labores en un horario diferente al indicado.
3.6. Presentar un cronograma de trabajo para la instalación. Después de la notificación, el contratista cuenta con un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la notificación de contrato, para enviar el cronograma de trabajo, en el que se detalle el tiempo estimado de ejecución, fases del proyecto, personal asignado por etapa y condiciones de seguridad a implementar durante la instalación según las tareas que se llevarán a cabo en cada caso, tal como se solicita en las condiciones técnicas.
3.7. Presentar un plan preliminar de trabajo seguro (PTS) para la instalación de líneas de vida, que incluya análisis de riesgos, medidas de mitigación, uso de EPP, señalización y protocolos de trabajo en altura. Después de la notificación del contrato, el contratista cuenta con un plazo máximo de 15 días hábiles para enviar el plan preliminar.
3.8. Acatar las normativas de Seguridad Ocupacional y Ambientales con las que el ICE labora y debe contribuir con las solicitudes complementarias de seguridad establecidas por la Administración.
3.9. Toda la información a la cual tenga acceso el Contratista durante el desarrollo de las labores de este contrato, acerca de los procedimientos internos, instalaciones, activos o cualquier otra información puesta a disposición del Contratista, ya sea de manera gráfica, oral, escrita o mediante cualquier otro medio por la DOCSE, debe ser considerada como confidencial y será utilizada únicamente para efectos del presente contrato. El Contratista y sus subcontratistas deberán firmar el acuerdo de confidencialidad dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación del contrato y, en todo caso, previo al inicio de la ejecución contractual. La falta de suscripción impedirá el inicio de labores.
3.10. Al finalizar el contrato, el Contratista debe devolver cualquier información de este tipo, o aquella que el Administrador del Contrato o la DOCSE le haya entregado.
3.11. El Contratista no podrá utilizar información de la DOCSE para promocionar su producto en otras empresas u organizaciones, sin autorización por escrito por parte del ICE. El contratista deberá garantizar que las personas encargadas de ejecutar el trabajo cuenten con el equipo de protección personal certificado, adecuado y en buenas condiciones, además de que se tomarán en cuenta todas las medidas de seguridad recomendadas por el ICE. El ICE se reserva la potestad de suspender aquellos trabajos que contravengan los Reglamentos y Normas Técnicas de Seguridad e Higiene Ocupacional en el Trabajo.
3.12. El Contratista debe suministrar la mano de obra, equipos especializados, así como las herramientas necesarias para ejecutar las actividades indicadas de este contrato.
3.13. El Contratista debe mantener limpia y en orden el área de trabajo, no se permite la permanencia de materiales, herramientas u objetos que no sean necesarios para la ejecución del servicio contratado. De igual forma velará por el buen uso de las instalaciones.
3.14. Si el Contratista cometiere imprecisiones o errores en la prestación del servicio contratado, debe corregir y reponer la información y trabajos que resultaran defectuosos, asumiendo todos los costos en los que se deba incurrir.
3.15. Cualquier trabajo defectuoso por la calidad de los materiales, mano de obra, por descuido u otras causas imputables al contratista, la Administración, mediante el Administrador del Contrato o su delegado, procederá a documentar dicha situación y notificar formalmente al contratista, conforme al debido proceso. Una vez realizada la notificación, el contratista deberá corregir, sustituir o rehacer los trabajos señalados, sin costo adicional para la Administración de inmediato (en lo razonablemente posible) por cuenta del Contratista.
3.16. El Contratista será responsable de los daños que provoque a terceros, a la infraestructura y equipos de la DOCSE, en el ejercicio de las obligaciones contractuales que le han sido asignadas. En ese sentido, se impone el deber de coordinación con el Administrador del Contrato o su delegado en todas las tareas que desempeñe.
3.17. En caso de existir alguna actividad (contractual o no, inclusive), que sea realizada por el personal del Contratista, y cuyas consecuencias directa o indirectamente, provoquen un fallo o afectación a los equipos de la DOCSE, implicará que los gastos de repuestos, reparación (mano de obra) y puesta a punto de los equipos involucrados, deben ser cubiertos por el Contratista, garantizando la continuidad de funcionamiento de los diferentes sistemas, sin que esto represente un costo extra para la DOCSE. Los equipos, repuestos y personal necesario para llevar a cabo lo detallado en este punto, estará sujeto a previa evaluación y aprobación del Administrador del Contrato o su delegado.
3.18. El Contratista será responsable de cualquier riesgo laboral de su personal con ocasión o motivo del servicio contratado.
3.19. Cuando se requiera, el Contratista debe brindar asesoría técnica acerca del mantenimiento de los equipos y sistemas contratados, mejoras de la operación y compra de repuestos (número de parte del repuesto, y una descripción detallada de la misma), instrucciones para la operación adecuada del equipo, recomendaciones para el cuido del equipo y cualquier otro aspecto de índole técnico que sea considerado por el Administrador del Contrato o su delegado, aplicable a esta contratación.
3.20. El contratista debe adquirir y utilizar equipo para delimitar el área de trabajo (rótulos de prevención verticales con apoyo, cinta plástica, entre otros).
3.21. Para todos los trabajos en altura de más de 1,80 m las personas deberán usar obligatoriamente arnés de seguridad de cuerpo completo de cuatro puntos.
3.22. El contratista y todos sus colaboradores asignados deben contar con una certificación de persona autorizada para trabajos en altura (duración mínima de 8 horas, incluyendo la práctica) donde estén consideradas las normativas OSHA 1926–502, relacionadas con la construcción, y estándar Z359.1 de A.N.S.I (por sus siglas en inglés: Instituto Nacional Americano de Estándares). El contratista deberá suministrar la certificación del personal que ejecutará el servicio, para la respectiva revisión y aprobación por parte de la Administración, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles previos al inicio de la ejecución contractual. La presentación y aprobación de dicha certificación constituirá un requisito indispensable para la emisión de la orden de inicio del contrato.
3.23. El Contratista deben estar en la capacidad de fabricar todas aquellas estructuras o equipos que les permitan acceder a los sitios más riesgosos de forma segura, así como posicionarse con un sistema fijo de anclaje que permita a los trabajadores ejecutar las labores debidamente ancladas. Tanto las escaleras como andamios que se utilicen deberán cumplir con las normas INTE T24-2000 y INTE T26-2016.
3.24. No se deberá realizar ningún trabajo si se presenta amenaza de lluvia o tormenta, rayería.
3.25. El contratista deberá garantizar el cero filtraciones o goteras, así como daños a las láminas del techo.
3.26. Todos los sistemas horizontales deberán calcularse de acuerdo a la distancia de claridad que tenga cada sitio, por lo que el oferente deberá entregar la memoria de cálculo antes de la instalación.
3.27. El contratista deberá presentar un plan de rescate, detallando el paso a paso, este se deberá de entregar antes de la ejecución del servicio para su revisión y aprobación, es un requisito para la iniciación del contrato respectivo
3.28. El contratista deberá cumplir con lo establecido en la norma INTE T12:2000, sobre las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manipulación de sustancias inflamables y combustibles.
3.29. En caso de que el contratista utilice o suministre productos químicos durante la ejecución de los servicios (como limpiadores, lubricantes, desengrasantes u otros), deberá aportar la respectiva Ficha de Datos de Seguridad (FDS) conforme a la normativa vigente.
Las FDS deberán cumplir con lo establecido en el Decreto Ejecutivo N.° 28113 y el Reglamento Técnico RTCR 478:2015 “Productos químicos peligrosos. Registro, importación y control”, cuando corresponda según la clasificación del producto.
3.30. El contratista deberá garantizar el manejo seguro, almacenamiento y uso adecuado de dichos productos durante la ejecución del servicio.
3.31. Para efectos de verificación, el contratista deberá:
3.31.1. Presentar, previo al inicio de la ejecución contractual, las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) en idioma español, vigentes y debidamente actualizadas, correspondientes a cada producto químico que será utilizado.
3.31.2. Aportar evidencia documental del registro sanitario vigente ante el Ministerio de Salud, cuando corresponda, o cualquier otro documento oficial que respalde su cumplimiento normativo.
3.31.3. Mantener las FDS disponibles en el sitio de trabajo durante toda la ejecución contractual, para su consulta por parte de la Administración.
3.32. La Administración, por medio del Administrador del Contrato o su delegado, realizará la revisión documental de las FDS y registros aportados, así como verificaciones en sitio durante la ejecución del contrato, a fin de constatar el cumplimiento de lo requerido.
3.33. El contratista deberá asegurar al ICE que las personas encargadas de ejecutar el trabajo no ingresen a las instalaciones en chancletas, pantaloneta o camiseta sin mangas. Por lo cual deberán usar zapatos dieléctricos antideslizantes en buen estado, pantalón de mezclilla y camisa o camiseta de tela 100% algodón.
3.34. El transporte del personal, equipos y materiales estará totalmente bajo responsabilidad del contratista y se ajustará a las regulaciones establecidas por el MOPT.
3.35. Si el contratista requiere utilizar productos químicos u otro tipo de sustancias contaminantes, deberá almacenar los sobrantes en un lugar seguro y retirarlos de la zona de trabajo cuando finalice el servicio.
3.36. Los recipientes que contengan almacenado sustancias químicas deben estar en perfectas condiciones (su estado), además el material de fabricación de este debe ser resistente al líquido que almacene.
3.37. Durante el transporte y en el lugar de trabajo, el oferente debe constatar el buen estado y cierre de las tapas de los recipientes (galones, pichingas o estañones debidamente identificados con la rotulación correspondiente al Sistema Globalmente Armonizado y NFPA 704).
3.38. En caso de que se reutilicen recipientes que no sean el original del producto, se le debe quitar cualquier tipo de calcomanía, logo u otro que pueda causar una confusión y por ende un accidente. Luego se debe rotular el envase, con la descripción del nuevo contenido.
3.39. El Área de SST y de Ambiente podrá hacer inspecciones para verificar el cumplimiento de lo indicado en la charla de inducción y de la aplicación de los controles operacionales definidos en la identificación de peligros y aspectos ambientales. Las recomendaciones que se emitan son vinculantes y el contratista deberá indicar que se corrigió los hallazgos detectados, para hacer un re-inspección y verificar su cumplimiento.
3.40. Además de lo anterior, el contratista debe comprometerse a respetar y cumplir los controles operacionales definidos en dicha reunión y cualquier otra observación que realicen los gestores de Ambiente y SST durante la ejecución de sus labores.
3.41. Si luego de concluida la reunión, los gestores de Ambiente y SS expresan la necesidad de realizar otra reunión antes del inicio de las labores, el contratista debe asistir obligatoriamente.
3.42. El Contratista debe presentar la copia del Certificado de la gestión de los residuos generados.
3.43. Condiciones de no conformidades: En caso de detectarse fallas, desviaciones o condiciones inseguras:
3.43.1. El contratista deberá notificar inmediatamente a la Administración.
3.43.2. Se deberán proponer e implementar acciones correctivas (reparación, sustitución o retiro del equipo).
3.43.3. No se permitirá la certificación de equipos que no cumplan con las condiciones de seguridad requeridas.
3.43.4. El contratista será responsable de garantizar la calidad, conformidad, trazabilidad y desempeño de todos los bienes y servicios suministrados.
4. Requisitos de Seguridad y Salud Ocupacional
4.1. Aplicables al Contratista:
4.1.1. Los siguientes requisitos deberán suministrarse previo al inicio de la ejecución contractual y mantenerse vigentes durante todo el plazo del contrato.
4.1.2. El Contratista deberá presentar las actualizaciones correspondientes cuando así lo requiera la Administración.
4.1.3. Documentos a presentar el contratista: 5 días hábiles a partir de la notificación del contrato el contratista debe presentar los documentos solicitados en la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (Documento anexo) código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en el punto 7.1., 7.2 y el anexo 2: Plan de Gestión. Pueden consultar el detalle en el archivo adjunto.
4.2. Consideraciones de la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008 ítem 7.1.6.
4.2.1. 7.1.6.1 Los servicios contratados no podrán iniciar hasta que todo el personal de la empresa contratada haya participado en la capacitación de inducción que brindará el Centro de Trabajo, sobre las medidas y disposiciones específicas de Seguridad y Salud Ocupacional que tiene el centro de trabajo donde se efectuarán las obras o servicios. Esta capacitación será registrada formalmente ante el CADE y podrá ser impartida por el Gestor de Salud y Seguridad del Centro de Trabajo, Prevencionista designado o por Seguridad Industrial.
4.2.2. 7.1.6.2 La documentación de los registros de la implementación de su programa preventivo de Seguridad e Higiene Ocupacional según la legislación vigente.
4.2.3. 7.1.6.3. Cuando se presente un accidente laboral el contratista debe presentar un informe completo al Administrador de Contrato en un plazo de 8 días hábiles, donde se identifiquen las causas para cada caso específico de accidente leve, moderado o grave, que ocurra durante el periodo de ejecución de la obra, además de un plan de acción en relación con cada causa descrita, donde se establezca las medidas preventivas a tomar para el control de eventos similares; el responsable y la prioridad de intervención.
4.2.4. 7.1.6.4. La contratación no originará relación laboral alguna entre el ICE y los empleados del contratista y sus subcontratistas. Por tal motivo, corresponderá a estas dos figuras, el pago de pólizas y en general, respetar todos los derechos laborales y disposiciones en materia de riesgos de trabajo que le corresponden al personal a su cargo, debiendo cumplir en todos los casos como mínimo con las garantías laborales de la legislación vigente.
4.2.5. 7.1.6.5. La responsabilidad de la aplicación de los derechos en materia de seguridad y salud ocupacional que realicen las personas trabajadoras del contratista o sus subcontratistas durante la ejecución del contrato será de exclusiva competencia del contratista.
4.2.6. 7.1.6.6. El cumplimiento estricto, como deber ineludible, propio y de sus subcontratistas con las obligaciones laborales, prevención de riesgos laborales y de seguridad social, siendo su inobservancia causal de revisión del contrato por parte del AC para activar las acciones pertinentes.
5. Subcontratistas
5.1. Podrán subcontratar hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento a la Ley N.° 8660. La subcontratación deberá, en todo caso, respetar las condiciones, alcances y obligaciones establecidas en el contrato principal, sin que ello implique delegación o transferencia de las responsabilidades propias del Contratista.
5.2. El oferente aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle se indicarán los nombres de todas las empresas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación y se aportará una declaración jurada de que no le afecta el régimen de prohibiciones y certificación de los representantes legales de los subcontratados.
5.3. La responsabilidad de la aplicación de los derechos en materia de seguridad y salud ocupacional que realicen las personas trabajadoras del contratista o sus subcontratistas durante la ejecución del contrato será de exclusiva competencia del contratista.
5.4. El cumplimiento estricto, como deber ineludible, propio y de sus subcontratistas con las obligaciones laborales, prevención de riesgos laborales y de seguridad social, siendo su inobservancia causal de revisión del contrato por parte del AC para activar las acciones pertinentes.
5.5. En las contrataciones de servicios y obras que generen la visita de personal perteneciente a empresas radicadas fuera de Costa Rica, el contratista debe aportar:
- La existencia y vigencia de seguros de brinden cobertura por accidentes o enfermedades laborales, que puedan ocurrir durante las actividades que estas personas realicen en instalaciones del ICE.
6. Sobre la facturación
6.1. Luego de cada entrega parcial del servicio, conforme a lo estipulado en la contratación, el ICE procederá con la revisión técnica y administrativa correspondiente, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, especificaciones técnicas y demás obligaciones aplicables a dicha entrega.
6.2. La verificación se realizará para cada intervención ejecutada (instalación, mantenimiento y suministro de bienes), y su aceptación estará sujeta al cumplimiento satisfactorio de los requisitos establecidos en el cartel
6.3. En caso de detectarse algún incumplimiento o inconsistencia, el ICE notificará formalmente al Contratista mediante el respectivo reclamo, otorgándole un plazo para que subsane lo señalado. Hasta tanto no se verifique la correcta subsanación y aceptación del servicio, este no se tendrá por recibido a satisfacción.
6.4. La factura deberá presentarse una vez que el servicio de y/o bienes haya sido recibido a satisfacción por parte del ICE, luego de la emisión del acta o documento formal de recepción definitiva por la unidad administradora del contrato. Para efectos de pago, cada factura deberá corresponder a los servicios efectivamente ejecutados (servicio de instalación o servicio de mantenimiento) y/o bienes entregados, debidamente verificados y aceptados conforme a las condiciones establecidas en la contratación.
6.5. El plazo de pago será de treinta (30) días naturales, y comenzará a regir a partir de la recepción de la factura debidamente emitida y presentada, acompañada del recibido conforme de los servicios y/ o bienes del cumplimiento de todos los requisitos administrativos establecidos por el ICE.
6.6. En caso de que la factura presente errores, omisiones o incumpla requisitos formales, el plazo para el pago se suspenderá y comenzará a computarse nuevamente a partir de la fecha en que el Contratista presente la factura corregida y ésta sea aceptada por el ICE.
6.7. La dirección a la que se deberá enviar las facturas electrónicas debe ser: facturasice@ice.go.cr
7. Criterios Sostenibles
7.1. Criterios Sociales: Ingreso a instalaciones ICE
a) El personal del Contratista, al momento de presentarse a las instalaciones del ICE para la entrega o retiro de equipos, productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, deberá cumplir con todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos institucionales en materia de Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otra disposición que la institución considere pertinente.
b) El cumplimiento de lo anterior será verificado por el ICE mediante:
- La presentación previa de documentación vigente (por ejemplo, póliza de riesgos del trabajo, constancias de capacitación en Salud y Seguridad Ocupacional, y demás requisitos que se establezcan).
- El registro y control de ingreso del personal a las instalaciones.
- La supervisión directa por parte del administrador del contrato o personal designado.
- La firma de declaraciones o compromisos de cumplimiento cuando así se requiera.
c) El incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a la denegatoria de ingreso a las instalaciones, suspensión de labores o aplicación de las medidas contractuales correspondientes.
7.2. Criterios Ambientales:
7.2.1. Los residuos ordinarios tales como: papeles, envases, plástico, residuos de bolsas plásticas, madera, cartón, entre otros; deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique (El contratista debe aportar los recipientes para almacenar los residuos y deberá de gestionarlos). Se deberá realizar limpieza general del sitio todos los días después de terminar sus labores. Una vez finalizado el trabajo, el contratista será responsable del retiro y desecho de todos los residuos ordinarios. Los residuos peligrosos, especiales y valorizables; tales como: materiales contaminados con hidrocarburos, cualquier tipo de metal, barras de cobre, conductores eléctricos, entre otros deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique. Una vez finalizado el trabajo, el contratista será responsable del retiro y desecho de todos los residuos peligrosos, especiales y valorizables.
7.2.2. Los materiales del embalaje deben ser de cartón, madera, otros (que sus características permitan reutilizarse o reciclarse). No se permiten plásticos; entre ellos el conocido como estereofon (poliestireno expandido).
8. Plazo de entrega:
El contratista debe de brindar el suministro componentes del sistema de líneas de vida y puntos de anclaje, servicio de instalación y de mantenimiento para el sistema de líneas de vida en el edificio de la División Operación y Control del Sistema Eléctrico (DOCSE) Principal ubicado Contiguo al cementerio de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, frente a la Subestación San Miguel del Instituto Costarricense de Electricidad.
El plazo total de ejecución del contrato será de hasta doce (12) meses, contados a partir de la notificación del contrato electrónico en el SICOP, contemplando hasta 5 prorrogas únicamente para la partida 2 del servicio de mantenimiento.
Partida 1: Servicio de Instalación:
El contratista contará con un plazo máximo de 80 días hábiles, contados a partir de la notificación del contrato, para la entrega del servicio de instalación, entrega del informe, planos correspondientes del sistema instalado con el detalle y distribución respectiva, así como las especificaciones, y cualquier otra información que sea de interés por parte de la DOCSE a solicitar.
Previo al inicio del servicio de instalación deben realizarse las siguientes actividades:
- Después de la notificación del contrato, el contratista cuenta con un plazo máximo de 15 días hábiles para enviar el cronograma de trabajo, plano de la propuesta de instalación de las líneas de vida en el edificio, incluyendo puntos de anclaje, rutas de desplazamiento seguro y tipo de sistema (horizontal, vertical, rígido, flexible, entre otros.) y el procedimiento.
- Luego de recibir el cronograma y el procedimiento, la DOCSE dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles, para programar las ventanas de instalación y coordinar los permisos de ingreso del personal propuesto.
Partida 2: Servicio de mantenimiento preventivo:
El contratista contará con un plazo máximo de 12 meses, contados a partir de la notificación del contrato, para la entrega del servicio de mantenimiento preventivo, este servicio de mantenimiento se contempla 5 prorrogas.
Partida 3: Bienes
El contratista contará con un plazo máximo de 45 días hábiles, contados a partir de la notificación del contrato, para la entrega de los componentes del sistema de líneas de vida y puntos de anclaje.
9. Forma de pago
9.1. Los pagos se realizarán contra la emisión del acta de recepción definitiva respectiva, debidamente suscrita por la Administración, conforme a lo siguiente:
9.2. Servicio de instalación
9.2.1. 70 % contra recepción definitiva de la instalación y puesta en marcha del sistema de líneas de vida.
9.2.2. 30 % contra aprobación por parte del Administrador del Contrato del Informe por el servicio de instalación, verificación y pruebas de cumplimiento de Normativa para líneas de vida y puntos de anclaje detallado, el cual debe incluir las interpretaciones y recomendaciones de acuerdo con el resultado de las pruebas y mediciones.
9.3. Servicio de Mantenimiento Preventivo anual
9.3.1. 90 % contra recepción definitiva por parte del Administrador del Contrato del evento que da lugar al pago y entrega de la respectiva factura por parte del Contratista.
9.3.2. 10 % contra aprobación por parte del Administrador del Contrato del Informe por el servicio de mantenimiento, verificación y pruebas de cumplimiento de Normativa para líneas de vida y puntos de anclaje detallado, el cual debe incluir las interpretaciones y recomendaciones de acuerdo con el resultado de las pruebas y mediciones.
9.4. Suministro de elementos y equipos para el sistema de líneas de Vida
9.4.1. 100% mediante transferencia bancaria contra factura, la factura se recibirá luego de notificada la recepción definitiva del suministro (bienes) componentes del sistema de líneas de vida y puntos de anclaje instalados en infraestructura crítica, por parte del Administrador del Contrato.
9.5. Emitida la recepción definitiva, el Contratista podrá presentar la factura correspondiente al evento que da lugar al pago. El ICE realizará el pago dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la aprobación de la factura.
9.6. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Contratista. El ICE no reconocerá gastos por comisiones bancarias u otros cargos financieros asociados.
9.7. El pago se realizará en la moneda ofertada.
9.8. El pago estará sujeto a las retenciones legales correspondientes por concepto de Impuesto sobre la Renta. No se realizarán pagos anticipados.
10. Garantía técnica.
Partida 1 y 2:
En caso de contratación de servicios, éstos deben brindarse con la más alta calidad y eficiencia, respondiendo en todo momento a los fines de la contratación. Lo anterior sin perjuicio de las mejoras que puedan otorgarse, pero nunca podrán ser en detrimento de la necesidad pública contratada.
El contratista deberá otorgar una garantía de un (1) año sobre los trabajos de instalación realizados, contados a partir de la recepción definitiva del servicio por parte de la DOCSE.
Esta garantía cubre defectos de ejecución, errores técnicos y la correcta implementación del sistema conforme a las especificaciones contractuales. Asimismo, incluye las interpretaciones, recomendaciones y observaciones emitidas en los informes técnicos asociados al servicio.
Partida 3:
Las líneas de vida y componentes a instalar deberán ser nuevas, de última generación, e incluir todos los componentes necesarios para su correcto funcionamiento y seguridad. Estos deberán cumplir con los diseños, especificaciones de operación, capacidades y normativas vigentes establecidas por el fabricante y la legislación aplicable. El período de garantía será de quince (15) años[DC1.1], contados a partir de la puesta en marcha y recepción satisfactoria por parte de la DOCSE, la cual deberá cubrir la durabilidad, resistencia e impermeabilización, incluyendo todos sus componentes.
11. Estructura de Precio y Presupuesto Detallado
11.1 El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta.
Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
11.2 Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a. Para el caso de contratación de bienes en cantidad definida la estructura de precios se solicitará por partida.
b. Para el caso de contratación de servicios en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
c. No obstante, tanto para bienes como para servicios el oferente podrá realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
d. Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique por requerimiento completo o los objetos sean de similar naturaleza entre las diferentes partidas, el oferente según su criterio podrá presentar una estructura global de precios si así lo justifica desde la oferta, lo cual será valorado por la Administración.
11.3 Forma de presentar el Presupuesto detallado:
a. En los procedimientos de servicios el oferente deberá presentar en conjunto con la oferta un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar
b. En los procedimientos de bienes el Presupuesto Detallado deberá ser presentado por el adjudicatario y sustenta la estructura de precio presentada en la oferta, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro. Se anexa el formato a utilizar.
c. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,5 % por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 43 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver anexo Estimación Clausula Penal).
Documentos del cartel9
- Cláusula reajuste-revisión de precios bienes y servicios final 15-04DOCX · 51 KB
- Formato Presupuesto detallado BYS 2026 final 15-04XLSX · 20 KB
- Formato Estructura de Precios ByS finalDOCX · 51 KB
- NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENEPDF · 3,8 MB
- Política CorporativaPDF · 379 KB
- Declaraciones Juradas y certificacionesPDF · 236 KB
- Estimación Clausula PenalDOCX · 41 KB
- Anexo B_Línea de vida horizontal Azotea y Nivel +1PDF · 399 KB
- Anexo A_Anclajes para detención de caídas Nivel -1 y Nivel ceroPDF · 512 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Luis Alberto Victor Soto
CENCE
Luis Alberto Victor Soto
CENCE
Luis Alberto Victor Soto
CENCE
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 13:39. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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