2026LD-000072-0019800001 · SICOP 20260800268
Contrato mantenimiento preventivo para marcos detectores de metal
Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa publicó esta compra con un presupuesto de ₡998 892, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 16/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡998 892
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó08/09/2026 11:58 · hace 33 días
- Límite para 09/09/2026 23:59 · hace 32 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Cierre de ofertas16/09/2026 10:00 · hace 25 días
- de ofertas16/09/2026 10:01 · hace 25 días
- publicado17/09/2026 16:59 · hace 24 días
- Adjudicación 22/09/2026 12:17 · hace 19 días
Quién ganóen firme 22/09/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Vanessa Ramírez Segura, 17/09/2026
Contexto
- Asamblea Legislativa adjudicó ₡1 501,0 millones en 160 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Arcos Detectores de Metal4 · ₡998 892,484₡998 892,48
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡849 059 – ₡998 892
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 95 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,95 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 95 % · PYMES 5 %
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- El oferente deberá presentar el plan de manejo de residuos vigente al momento de la apertura de ofertas, según lo estable el capítulo VII "Del Plan de Atención de Emergencias, Programa de Manejo Integral de Residuos, Programa de Salud Ocupacional, las Buenas Prácticas de Manufactura y las Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Transporte" del Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud.
- El oferente deberá ser distribuidor oficial de la marca de los marcos detectores de metal en el país, por lo que deberá presentar un certificado del fabricante que así lo compruebe, vigente al momento de la apertura de ofertas.
- El oferente deberá tener un taller de mantenimiento servicio y soporte técnico para los artículos ofertados. Por lo anterior, deberá presentar certificación o declaración jurada que así lo compruebe.
- El oferente deberá referirse a las especificaciones técnicas del objeto contractual de manera completa y específica, y no utilizando la leyenda “ENTENDIDO Y ACEPTADO” ó “LEIDO Y ACEPTADO” o similar que devenga en imprecisiones, ambigüedades u omisiones. Lo anterior para evitar posibles confusiones en la lectura de las ofertas y poder verificar que se ajustan y están dispuestos a cumplir con lo solicitado en el cartel.
- El oferente deberá demostrar mediante certificación o declaración jurada que tiene más de 5 años de ser distribuidor del equipo ofrecido.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Partida # 1, Línea # 1: Mantenimiento preventivo para marco detector de metal marca CEIA Multizone
Cantidad: 3 marcos detecto de metal
Código SICOP: 7215403292028451
Código Presupuestario: 1.08.01.030.002
Solicitud de Pedido: 260066
El mantenimiento preventivo deberá contemplar las siguientes tareas:
- Limpieza del equipo.
- Revisión de partes eléctricas y electrónicas.
- Revisión del enchufe, cable de alimentación, y fuente de respaldo en caso de tenerla.
- Revisión y diagnóstico de funcionabilidad del equipo, controles remotos, etc.
- Calibración adecuada de los equipos.
- Ajustes necesarios para la correcta funcionabilidad del equipo.
- Activación de prueba.
- Prueba de display.
- Prueba de fotocélulas.
- Limpieza e inspección de las barreras de luz.
- Revisión de los elementos de control.
- Inspección de la conexión de tierra.
- Medición de los voltajes de alimentación.
- Revisión de la programación.
- Revisión de sensibilidad.
- Revisión del canal de transmisión
- Revisión de duración de la alarma.
- Revisión de volumen de señal de alarma.
- Revisión de medida de ruido ambiental general.
- Revisión de ruido electromagnético ambiental.
- Revisión de dirección de pasaje.
- Revisión de la sección de mandos asequibles.
- Prueba general de funcionamiento.
- Cualquier otro mantenimiento propio de este equipo de conformidad con el fabricante.
- El contratista deberá realizar cuatro (4) visitas anuales, una cada trimestre, distribuidas durante el período de vigencia del contrato
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica le invita a participar en el presente procedimiento de licitación reducida, tramitada de conformidad con el artículo 62 de la Ley General de Contratación Pública. Para el presente procedimiento se recibirán ofertas electrónicas por medio del sistema digital unificado (SDU), según fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones del formulario electrónico.
- Justificación de la adquisición
- Descripción de la justificación: Los marcos detectores de metales son fundamentales para la seguridad institucional, ya que, permiten detectar armas u otros objetos potencialmente peligrosos en los puntos de acceso de público y personal, previniendo así posibles incidentes. Su relevancia radica en la detección temprana de amenazas, su alto poder disuasorio y la protección de personas, bienes e instalaciones.
Por lo anterior, resulta de vital importancia celebrar el contrato de mantenimiento preventivo de los tres arcos detectores de metales instalados en los edificios patrimoniales de la institución, con el fin de garantizar su adecuado funcionamiento y la continuidad de su operación.
- Aplicación de criterio de Contratación Pública Estratégica: Se incorporaron criterios estratégicos, en el punto 1.17.1 de los requisitos de admisibilidad y en el punto 3.1.2. del sistema de evaluación.
- Presupuesto:
|
Partida |
Línea |
Código Presupuestario |
Subpartida |
Solicitud de Pedido |
Monto Presupuestado |
|
1 |
1 |
1.08.01.030.002 |
1.08.01 |
260066 |
¢1.086.000,00 |
La estimación presupuestaria para esta contratación es de ¢1.086.000,00 (un millón ochenta y seis mil colones exactos) que corresponden a la partida presupuestaria 1.08.01, contando con dicho monto en el presupuesto ordinario 2026.
- Bandas de tolerancia:
Según el estudio de mercado, se determinaron las siguientes bandas de tolerancia:
|
MARGEN |
MONTO |
CANTIDAD |
ESTIMACIÓN TOTAL |
|
Margen inferior |
¢177.714,19 |
4 |
¢710.856,76 |
|
Margen superior |
¢321.732,87 |
4 |
¢1.286.931,48 |
- La Proveeduría de la Asamblea Legislativa será el Departamento encargado de tramitar el procedimiento de contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Técnica responsable, en este caso, el " Departamento de Seguridad Parlamentaria".
- El precio: Deberá ser cierto y definitivo, en caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes. El oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en diferentes monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda (colones) para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de la oferta.
- La oferta: Deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
En caso de precios unitarios, la Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
En el precio para cada partida y línea, se deberá indicar por separado el impuesto al valor agregado (IVA). En el caso de ofertas con más de dos decimales, tanto para los precios unitarios y totales ofertados, al momento de confeccionar la orden de pedido en el sistema SIAF de la institución, se tomarán los dos primeros decimales sin aplicar redondeo.
En caso de ofertas en dólares, el oferente debe autorizar desde la oferta un redondeo hacia abajo, para que, al momento de aplicar el tipo de cambio a efectos de pago, el precio no contenga más de dos decimales.
La oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
- Los oferentes deberán encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
- Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, declaración jurada de que no les afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicación del beneficiario final. Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- El contratista deberá adquirir y mantener por la duración de la contratación, la siguiente póliza emitida por algún ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgos.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
- Póliza de responsabilidad civil, por un monto de ¢5.000.000,00.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
- Subcontratación: En la oferta se deberá indicar el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 del L.G.C.P.).
- La oferta económica debe ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego, según el artículo 35 del Reglamento para la utilización del sistema integrado de compras públicas "SICOP", N°41438-H, el cual indica:
"Artículo 35.- Cartel electrónico.
El cartel electrónico constituye el reglamento específico de la contratación que se promueve. Está compuesto por un formulario y sus documentos electrónicos anexos."
- Garantía de cumplimiento:
- En un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha en que quede firme la adjudicación, el adjudicatario deberá rendir electrónicamente, a través del sistema digital unificado, una garantía de cumplimiento equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto adjudicado.
- Su objetivo será respaldar la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con la normativa vigente.
- Formas de Rendir la garantía de cumplimiento
Las garantías de cumplimiento deben rendirse según se establece en el artículo 111 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- Garantías rendidas por PYMES
Las garantías de cumplimiento y colaterales presentadas por las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N° 8262 y sus reglamentos; podrán ser otorgadas a través del Fondo Especial para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FODEMIPYME) o por los instrumentos financieros creados al amparo de la Ley del Sistema Nacional de Banca para el Desarrollo, Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008, siempre y cuando las PYMES solicitantes cumplan con todos los requisitos y las condiciones de la normativa vigente.
Las garantías podrán, además, ser rendidas en cualquiera de las formas admitidas en el presente Reglamento. Artículo 79 del RLGCP.
- Sustitución de garantía de cumplimiento y retenciones.
De ser el caso que se exija la garantía de cumplimiento, esta podrá ser sustituida en cualquier momento, a solicitud del contratista, previa aceptación de la Administración, siempre que con ello no desmejore los términos de la garantía original.
A solicitud del contratista y previa autorización de la Administración, cuando lo estime conveniente, se podrán sustituir las retenciones por una garantía adicional. La Administración podrá solicitar la sustitución de garantías que presenten riesgos financieros de no pago, como cuando su emisor esté intervenido.
La Administración deberá solicitar la sustitución de la garantía en forma inmediata cuando esta haya sido ejecutada y continúe la ejecución contractual de modo que satisfaga el monto y plazo según las condiciones contractuales.
- Tributos: Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local (Artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública).
La Asamblea Legislativa se encuentra exonerada conforme a:
- La Ley N° 641 de 23 de agosto de 1946, modificada en su artículo primero por la Ley N° 174 de 21 de setiembre de 1948: Las importaciones.
- La Ley N° 7293 Reguladora de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, Articulo 15: Impuesto sobre la Renta; Artículo 30: Impuesto Selectivo de Consumo.
Para el trámite de exoneración, la Asamblea Legislativa requiere conocer el detalle de las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que recaen en las obras, bienes o servicios objeto de esta licitación.
- El oferente debe indicar en la oferta; todas las características del servicio cotizado.
- Forma de pago:
Se realizarán pagos parciales trimestrales, una vez recibido a satisfacción el objeto contractual por parte del administrador del contrato.
Deberá aceptar la forma de pago de la institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
- Visto bueno del acuerdo de pago por parte de la Gerente General y Gerente del Departamento Financiero.
- Trasferencia electrónica por medio del sistema Web Banking del Ministerio de Hacienda.
- El oferente deberá de indicar en la oferta el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, en caso de ser adjudicado.
- El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
- En contratos de bienes y servicios deberá mediar un acta de recepción del objeto contractual, conforme a los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, así mismo, deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique el número de cuenta IBAN en colones. De igual forma, deberá informar cuando realice un cambio en el número de cuenta IBAN en colones.
- Trámite de factura electrónica:
- Deberá contar con la notificación del contrato a través del SDU, junto con la orden de pedido aprobada del Sistema Integrado de Administración Financiera de la institución.
- Asamblea Legislativa, cédula jurídica: 2-200-042153.
- Se deberá enviar al siguiente correo electrónico: facturaelectronica@asamblea.go.cr con un mínimo de dos días hábiles de anticipación a la fecha de entrega, para poder realizar las revisiones respectivas; previo a realizar la gestión de recepción en el módulo de pago del SDU.
- Si la oferta fue presentada en dólares, deberá facturar en dólares sin excepción; caso contrario, no se podrá tramitar el pago respectivo.
- Contacto: Sonia Vega Solano, Jefe Área de Gestión y Control.
- Dirección: San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, entre Avenida Central y Avenida Primera, entre calles 17 y 19, costado sureste del Parque Nacional, Edificio Sion, segundo piso.
Nota: Para el trámite de pago respectivo, se debe incluir en la factura: número de la orden de pedido SIAF de la institución, número de cuenta IBAN en colones del proveedor, el número de actividad económica es: 8411.0. (Actividades de la administración Pública en general) y el porcentaje de IVA correspondiente según normativa vigente por cada línea contratada.
- La adjudicación: La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales. La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a sus intereses y a la disponibilidad presupuestaria, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso, de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- El oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se admitirá la cotización parcial de una línea Art. 123. “Integralidad de la oferta”, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. La Asamblea Legislativa aplicará al contratista, una sanción económica del 0.4% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega, cuando se compruebe que el mismo obedece a situaciones imputables al contratista. Art. 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento. Ver Anexo N° 1 “Tabla Estimación de Cláusula Penal”
Documentos del cartel10
- Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés Alejandra BolañosPDF · 215 KB
- Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés definitiva MJSL Jacinta Sevilla LoríaPDF · 154 KB
- Declaración Jurada conflictos de interés Betsy Solano EspinozaPDF · 215 KB
- Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés definitiva Vanessa Ramírez SeguraPDF · 317 KB
- Cronograma detallado de plazos para los procedimientos ordinariosPDF · 358 KB
- Documento complementario al Pliego de Condiciones Licitación Reducida Mantenimiento preventivo para marcos detectores de metalPDF · 471 KB
- Anexo #1 Cláusula penalDOCX · 61 KB
- Anexo #2 EJEMPLO PRESUPUESTO DETALLADOXLSX · 10 KB
- Anexo #3 ESTUDIO DE MERCADO Contrato de mantenimiento preventivo para marcos detectores de metal 11-06DOCX · 102 KB
- Solicitud de pedido #260066 Mantenimiento Detectores de MetálesPDF · 502 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Carlos Sancho Rivera
Seguridad Parlamentaria
Carlos Sancho Rivera
Seguridad Parlamentaria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 27/09/2026 10:06. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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