2026LD-000023-0004611901 · SICOP 20260800646
SERVICIO DE DEMARCACIÓN VIAL DENTRO DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE SAN ISIDRO DE EL GENERAL, PARA MEJORAR LA SEGURIDAD VIAL
Municipalidad de Pérez Zeledón
Municipalidad de Pérez Zeledón ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡44,1 millones y quedó en firme el 16/09/2026. Se recibieron 5 ofertas de 4 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡44,1 millones
Ofertas recibidas
5
de 4 empresas
Oferta más baja
₡37,6 millones
14,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 16/09/2026
- Bela ConsultoresLa más barata de 4₡37 647 248,10
Informe de recomendación de Julian Fallas Carvajal, 10/09/2026 · adjuntos: TRIBU.pdf, Aumento.xlsx
Fechas clave
- Se publicó07/08/2026 13:12 · hace 2 meses
- Límite para 10/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas14/08/2026 10:00 · hace 59 días
- de ofertas14/08/2026 10:00 · hace 59 días
- publicado10/09/2026 16:00 · hace 32 días
- Adjudicación 16/09/2026 20:25 · hace 26 días
Nota de la institución. Las aclaraciones serán remitidas a la unidad correspondiente, para su trámite respectivo.
Contexto
- Municipalidad de Pérez Zeledón adjudicó ₡3 176,0 millones en 116 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Demarcacion y Señalizacion Vial1 · ₡44 140 432,311₡44 140 432,31
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡37,5 millones – ₡44,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10 % · PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledón 5 % · Galardones o Certificaciones en el área ambiental 5 % · Ubicación física según Licencia Comercial (Patente) 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,89 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | EXPERIENCIA DEL OFERENTEmáx. 10 | PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledónmáx. 5 | Galardones o Certificaciones en el área ambientalmáx. 5 | Ubicación física según Licencia Comercial (Patente)máx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Bela ConsultoresGanó | 75 | 10 | 0 | 5 | 5 | 95 |
| Publivias | 69,13 | 10 | 0 | 5 | 5 | 89,13 |
| Roads & Solutions | 70,26 | 5 | 5 | 0 | 0 | 80,26 |
| 3-101-809673 | 58,75 | 10 | 0 | 5 | 0 | 73,75 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Comunicado de acto final del SERVICIO DE DEMARCACIÓN VIAL DENTRO DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE SAN ISIDRO DE EL GENERAL, PARA MEJORAR LA SEGURIDAD VIAL
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
El oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
3.1.1 PATENTE O LICENCIA MUNICIPAL
El oferente en forma individual así como todos los miembros que conformen un consorcio al igual que los sub contratitas de éste, deberán contar y presentar junto con la oferta, copia de la Licencia Municipal bajo su nombre y número de cédula, esto con base a lo estipulado en el artículo 79 del Código Municipal y del artículo 7 del Reglamento para adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 90 de su reglamento. Cabe indicar que la patente municipal deberá ser acorde o similar al objeto contractual en concurso.
Por otra parte, según establece el artículo 40 de la Ley número 8821 Ley de Regulación de Licencias y Patentes de Pérez Zeledón; se indica que para ejercer cualquier actividad lucrativa o productiva el interesado deberá contar con la licencia respectiva y paralelamente cancelar el impuesto de patentes.
Conforme a lo antes citado, debemos tener claro la diferencia que existe entre el concepto de Licencia Municipal que es el derecho de ejercer una actividad lucrativa o productiva otorgado por la Municipalidad y el concepto de Patente Municipal que es el impuesto que se cobra a partir de la tenencia de la Licencia. En esta línea el artículo 64 de la Ley 8821 define las actividades exentas al impuesto donde se extrae textualmente lo siguiente:
ARTÍCULO 64.- A c t i v i d a d e s exentas del pago del impuesto
Están exentas del pago del impuesto de patentes de la Municipalidad de Pérez Zeledón, total o parcialmente en la proporción que aquí se indica, las siguientes actividades productivas u organizacionales del cantón:
(…)
c) En cuanto a las actividades de los profesionales liberales estarán exentas. (…)
Como se puede extraer del texto anterior, la Ley 8821 exonera del impuesto de patente a los servicios profesionales que ejerzan de forma liberal, sin embargo, en la norma que nos rige, no se exime de la tenencia de la licencia para ejercer la actividad descrita por lo que es criterio de esta dependencia municipal que los profesionales que realicen su profesión de manera liberal eventualmente podrán exonerarse del impuesto de patentes y no así de la obtención de la licencia respectiva.
3.1.2 PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO
El oferente debe presentar una certificación emitida por el Instituto Nacional de Seguros, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicada (tarifa según INS).
3.1.2 INSCRIPCION DE EMPRESA Y PROFESIONALES EN CFIA
Como requisito de admisibilidad, la empresa participante deberá estar debidamente inscrita o incorporada al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA). Por lo tanto, deberá presentar la certificación correspondiente que así lo acredite; de lo contrario, su oferta será excluida del proceso de evaluación y, en consecuencia, de una eventual adjudicación. Este requisito se fundamenta en lo establecido en la resolución R-DCA-264-2011 emitida por la Contraloría General de la República.
Asimismo, el oferente deberá aportar una certificación del CFIA que confirme que los profesionales propuestos se encuentran al día en sus obligaciones y sin impedimentos para el ejercicio profesional. Además, deben tener al menos 5 años de estar incorporados al CFIA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
CAPÍTULO IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MATERIALES
4.1 OBJETO
El objeto de esta licitación es contratar una persona jurídica, con capacidad técnica y legal para llevar a cabo la demarcación horizontal con material termoplástico y labores de demarcación vertical, considerando tanto el suministro e instalación de las señales de tránsito, estas labores se deberán ejecutar sobre dentro del Centro de la Ciudad de San Isidro de El General, en el cantón de Pérez Zeledón, por la Municipalidad de Pérez Zeledón, de conformidad con los términos que se detallan a continuación.
El presente proceso se sustenta en el acuerdo OFI-050-26-SJV tomado por la Junta Vial Cantonal, en donde se autoriza la inversión de estos recursos para la ejecución de las labores de demarcación horizontal y vertical de algunas rutas cantonales para mejorar la seguridad vial dentro del Centro de la Ciudad de San Isidro de El General.
4.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá contar cumplir con lo indicado a continuación:
- Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
- Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al contratista que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 la esta ley 9986.
- Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
- Aportar a la Administración, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre.
- Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
- Entregar los servicios, bienes e insumos solicitados en apego a las condiciones de calidad requeridos.
- De requerirse modificación sobre los plazos de entrega, sobre los bienes o servicios a entregar, dichas gestiones deben ser tramitadas en la plataforma del SICOP, en los sitios habilitados para tales fines y dentro de plazos prudenciales.
- Entregar los servicios, bienes e insumos dentro del plazo ofertado.
- Entregar los servicios, bienes e insumos en óptimas condiciones y nuevos a partir de las reglas del pliego de condiciones.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante la CCSS.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante el Ministerio de Hacienda.
- Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantener vigente a Póliza de Riesgos del trabajo.
- Atender oportunamente las solicitudes de información que puedan solicitarse a través del SICOP.
- Será responsabilidad del Contratista cumplir con todas las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad e higiene de sus trabajadores, atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
- El contratista tiene la obligación de entregar, ejecutar, completar y garantizar los servicios contratados objeto de esta contratación, por su propia cuenta y riesgo.
- El contratista tiene la obligación de respetar junto con su personal, todas las medidas y reglas de seguridad que rijan.
- Asimismo, el contratista proporcionará el equipo de seguridad necesario a su personal, quedando la Municipalidad de Pérez Zeledón exenta de esta obligación.
- Bajo ningún motivo se permitirá la permanencia de un trabajador en la obra sin las medidas mínimas de seguridad.
- El contratista será responsable de cualquier riesgo laboral, así como daños en la persona o en las cosas que se produzcan por el trabajo realizado. Por lo anterior el contratista deberá adquirir la correspondiente póliza de riesgo de trabajo del INS, lo mismo que deberá incluir y reportar en la planilla de la C.C.S.S. la mano de obra contratada.
- Por consiguiente, es obligación del adjudicatario hacerles frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero-patronales, de relaciones civiles y penales y de cualquier índole que se suscriben y originen entre el contratista y sus trabajadores.
- El contratista garantizará a la Municipalidad de Pérez Zeledón el cumplimiento de todo tipo de seguros, pago de planillas, riesgos laborales, seguros de equipo, etc. Por lo que, libera a la Municipalidad de Pérez Zeledón de todo tipo de responsabilidad patrimonial, así como de toda responsabilidad civil, penal y laboral y ante terceros, por este concepto durante la ejecución del trabajo.
- El Contratista será el único responsable por la ejecución del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, equipo, maquinaria y materiales).
- El Contratista será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del contrato.
- El contratista deberá construir y al final del servicio demoler las instalaciones temporales que él y sus colaboradores requieran.
- Durante el proceso de trituración, el contratista deberá mantener el lugar de las obras limpio de escombros y basura, en especial en las zonas de paso de personas y/o vehículos.
- Será un requisito indispensable para aceptar el servicio como finalizado, que el sitio de trabajo y sus alrededores queden libres de desechos al momento de realizar la inspección final.
- El contratista deberá velar por la presentación adecuada de su personal. Es obligación del Contratista que todos los trabajadores porten chaleco, ropa y herramientas de protección y seguridad adecuados.
- El personal del contratista mantendrá un comportamiento adecuado de respecto al personal municipal y público en general, de acuerdo con la Ley No. 7476 Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. El incumplimiento de esta norma por parte de algún trabajador dará derecho a la administración de solicitar al contratista la destitución o remoción inmediata del trabajador en el sitio de obras.
4.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: PARTIDA #1 DEMARCACIÓN HORIZONTAL CON MATERIAL TERMOPLÁSTICO.
El objeto de esta licitación es contratar una persona jurídica, con capacidad técnica y legal para llevar a cabo la demarcación horizontal con material termoplástico de diferentes rutas dentro del Centro de la Ciudad de San Isidro de El General, en el cantón de Pérez Zeledón, de conformidad con los términos del presente documento.
4.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Y OBRAS A REALIZAR
La ejecución de esta línea se basa en la demarcación de los tramos identificados en el punto 4.3.3, con el fin de contar con vías de comunicación terrestre demarcadas adecuadamente para mejorar la seguridad vial de los usuarios.
En este se deben realizar diferentes actividades como:
- Limpieza profunda de la superficie a demarcar 3.00 km
- Perfilado de pavimento para borrado de demarcación horizontal 116.00 m2
- Sellador (primer) 0.60 km
- Demarcación de línea continua blanca (Termoplástica) 1.80 km
- Demarcación de línea Intermitente blanca (Termoplástica) 3.17 km
- Demarcación de letrero de alto (Termoplástica) 46.00 u
- Demarcación de letrero de ceda (Termoplástica) 4.00 u
- Demarcación de letrero de velocidad máxima (Termoplástica) 6.00 Ud
- Demarcación de letrero de escuela (Termoplástica) 2.00 Ud
- Demarcación de letrero de solo bus 5.00 Ud
- Demarcación de pasos peatonales tipo cebra (Termoplástica) 437.00 m2
- Demarcación de flechas direccionales (Termoplástica) 293.99 m2
- Demarcación de isla de canalización (Isla de Canalización Amarilla) (Termo) 130.00 m2
- Demarcación de línea continua amarilla) (Solvente) Bordillos 6905.60 m
- Demarcación de línea continua blanca (Solvente) Bordillos 4615.00 m
- Demarcación de reductores de velocidad amarilla) (Solvente) 4.00 Ud
- Demarcación de línea continua amarilla) (Termoplástica) 2.35 km
- Demarcación de línea continua blanca estacionamientos (Termo) 3276.90 m
- Demarcación de línea espera (Termo) 14.00 m
- Señal vertical R-3-3a 3.00 Ud
- Señal vertical R-3-4a 3.00 Ud
- Señal vertical R-3-1b / R-3-2b Ensamble 3.00 Ud
- Señal vertical R-1-1 1.00 Ud
4.3.2 CONDICIONES ACTUALES
Los tramos por ejecutar se encuentran con una superficie de calzada en mezcla asfáltica, con un ancho promedio de 7.00 m.
4.3.3 LOCALIZACIÓN
La intervención sería ejecutada dentro del caso central de la ciudad de San Isidro de El General. Caminos 1-19-0126, 1-19-0217, 1-19-1292, 1-19-0179
Imagen N° 1. Sector de intervención en la Ciudad San Isidro de El General.
El uso de cantidades remanentes dentro del proyecto se podrá utilizar en las rutas cantonales aledañas o en puntos específicos de la Red Vial Cantonal que requieren mejoras de señalización.
4.4 ESPECIFICACIONES PARA LAS OBRAS REQUERIDAS
Con el objetivo de que el contratista sea el responsable de la ejecución de las obras, hasta el momento en que estas sean debidamente recibidas por parte del departamento de Gestión Vial Municipal, tanto el suministro de los productos como la colocación, se adjudicará al mismo proveedor en cada una de las partidas determinadas, esto por razones técnicas constructivas y para una mejor inspección de la calidad y acabados de los trabajos.
Los trabajos de demarcación vertical deberán ajustarse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas para Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras (IT-91), en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014) y en las especiaciones técnicas descritas en la sección 633, del CR-2020. Además de normas internacionales como la NTC 1360 Norma Técnica Colombiana “Pinturas para demarcación de pavimentos.”, ABNT NBR 15870, “Señalización horizontal Plástico en Frio” Norma Brasileña.
Se debe realizar una limpieza previa a la colocación de pintura o material termoplástico en la calzada, para que este se adhiera adecuadamente a la superficie asfáltica.
4.5 DEMARCACIÓN VERTICAL
Los trabajos de demarcación vertical deberán ajustarse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas para Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras (IT-91), en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014) y en las especiaciones técnicas descritas en la sección 633, del CR-2020.
Las señales verticales tienen tres componentes principales: paneles, material retrorreflectivo y postes o estructuras de soporte. Además, la instalación de las señales comprende tornillería, aditamentos y fundación del poste o de la estructura de soporte.
Los paneles de las señales verticales podrán ser de aluminio o acero.
El material retrorreflectivo utilizado para la confección de las señales verticales deberá cumplir con las especificaciones establecidas en la norma Láminas retrorreflectivas para control de tránsito INTE W36 (ASTM D4956) en su versión vigente, como se indica en la Subsección 718.01 Material retrorreflectivo.
Los postes de las señales verticales podrán ser de acero, aluminio u otros materiales alternativos, previa aprobación de la Administración y que cumplan.
4.6 DEMARCACIÓN HORIZONTAL
Los trabajos de demarcación horizontal deberán ajustarse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas para Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras (IT-91), en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014) y en las especificaciones contenidas en este cartel.
Respecto a la demarcación horizontal se debe cumplir INTE Q45: Requisitos de microesferas de vidrio utilizadas en pinturas de tráfico; además, con la norma INTE Q46: Guía de buenas prácticas para la demarcación vial horizontal, que constituye una guía para el trabajo en campo.
Los precios unitarios de los letreros de “ALTO” Y “CEDA” deberán incluir (además de la leyenda), el costo de la línea transversal de 0,40 (cero comas cuarenta) metros de ancho y la línea divisoria de carril correspondiente.
El borrado de las líneas erróneas, deberá realizarse con la máquina borradora de pintura, la cual correrá por cuenta del contratista salvo caso de excepción que se deba a errores o imprecisiones en los planos o levantamientos de demarcación. No se debe utilizar pintura negra ni emulsión asfáltica para el borrado de la demarcación, cumpliendo con la norma INTE Q46: Guía de buenas prácticas para la demarcación vial horizontal, en la cual se establece un apartado para el borrado adecuado de la demarcación vial horizontal.
Cuando así se requiera, el oferente deberá considerar el costo del replanteo con pintura de agua o cal e incluirlo en el precio unitario del renglón de pago correspondiente, conocido como “caleo” y “punteado”. En tal caso, es estrictamente necesario que el ingeniero residente designado supervise los trabajos. Por ello, el ingeniero responsable deberá permanecer en sitio de proyecto durante todo este proceso y será quién asuma la responsabilidad por los trabajos elaborados en el campo.
Las dimensiones y geometría de los letreros de “CEDA”, “ALTO” y “ESCUELA”, así como los letreros de velocidad máxima y las flechas direccionales, incluyendo la flecha de carril de giro izquierdo, deberán cumplir con las especificaciones del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014).
Microesferas:
El índice de refracción deberá ser mayor a 1,50 (uno coma cincuenta).
Las microesferas deberán tener un mínimo del 70% (setenta por ciento) de redondez o esfericidad según el método de prueba M 47-81; así como un 75% (setenta y cinco) con respecto al total de acuerdo al método ASTM D-155.
Las microesferas deberán tener una película o recubrimiento que resista la humedad y que mejore la adherencia con la pintura.
Los requisitos de retroreflectividad inicial para señalización termoplástica, con base en la normativa vigente (INTE Q46 y Manual SIECA), son los siguientes:
Antes de emitirse la orden de inicio de los trabajos, el contratista deberá presentar las certificaciones de calidad de los materiales a utilizar en el proyecto.
|
Retroreflexión para materiales termoplástico. |
Color (mcd/m2*1x) |
|
|
Blanco |
Amarillo |
|
|
Valores mínimos iniciales |
300 |
250 |
|
Valores mínimos a 180 días |
250 |
175 |
Equipo profesional:
Para el desarrollo adecuado del proyecto se requiere cumplir con los siguientes profesionales:
- Ingeniero Residente de Obra: Profesional de ingeniería civil o en construcción con grado académico de licenciatura como mínimo.
Al menos 3 años de experiencia en obras de seguridad vial, (Demarcación y/o señalización vertical).
- Director Técnico: Profesional de ingeniería civil o en construcción con grado académico de licenciatura como mínimo.
Al menos 5 años de experiencia en obras de seguridad vial, (Demarcación y/o señalización vertical).
Para este proceso, el ingeniero residente deberá estar en campo durante la ejecución de la obra, dando un seguimiento y control de todos los procesos, así como la respectiva coordinación entre las partes. El director técnico, deberá supervisar y dirigir todos los trabajos, realizando inspecciones o visitas periódicas al sitio de las obras; por tal motivo, un mismo profesional no podrá ejercer la dirección técnica y la residencia de obra simultáneamente.
4.6.1 DEMARCACIÓN HORIZONTAL CON MATERIAL TERMOPLÁSTICO.
Respecto a la demarcación horizontal, los materiales deben cumplir con las normas nacionales INTE Q44-1: Requisitos de material termoplástico blanco y amarillo (forma sólida). Estas normas prevalecen sobre el CR-2020 en lo que se opongan.
La pintura a utilizar (tipo termoplástica base alquídica, tipo TTP 115 E Tipo III y TTP 1952) deberá cumplir con las pruebas descritas en las normas federales vigentes en los Estados Unidos de América (USA) y con las especificaciones ASTM para pintura de tránsito.
Pintura termoplástica:
El material termoplástico deberá ser del tipo alquídico y deberá cumplir las especificaciones de la Norma AASHTO M249-79, si el material es de fabricación americana. Los colores serán blanco y amarillo sin plomo.
También será aceptable el uso de material termoplástico de resinas naturales que deberán cumplir con la Norma EN 1871 y satisfacer los requisitos de la Norma EN 1436, en caso de que sean fabricados bajo normativa europea. Los colores serán blanco y base blanca más pigmento amarillo para el color amarillo.
No será aceptable material termoplástico del tipo hicrocarbonado o compuesto por resinas derivadas del petróleo.
Se deberá utilizar un termómetro infrarrojo para conocer la temperatura de la pintura al momento de aplicación.
El pigmento, las microesferas y los materiales de relleno deberán ser dispersos uniformemente dentro de la resina. El material deberá de estar libre de suciedad y objetos no relacionados con éste y deberá cumplir estrictamente con los requerimientos de la siguiente tabla:
Tabla Composición de la pintura (Porcentaje por peso).
|
COMPONENTE |
BLANCO (%) |
AMARILLO (%) |
|
Aglutinante (1) |
18% mínimo |
18% mínimo |
|
Dióxido de titanio (2) |
10% mínimo |
- |
|
Microesferas |
30% mínimo |
30% mínimo |
|
Relleno |
18% mínimo |
20% mínimo |
|
Carbonatos y rellenos inertes |
42% máximo |
49% máximo |
|
Pigmentos amarillos (3) |
|
2.5% mínimo |
Notas:
(1): El aglutinante alcalino consistirá de "maleic moclifíed rosin este” y otros plastificantes.
(2): El dióxido de titanio consistirá de "rutile tipo 2".
(3): Los pigmentos que se usan en la pintura amarilla deberán ser orgánicos y libres de plomo; además deberá estar formado en cápsulas compuestas de una película de sílice que evita la descomposición a alta temperatura.
La pintura deberá tener las siguientes propiedades físicas:
a) Color: se utilizará el método ASTM D 4960 y la pintura deberá producir lo siguiente:
✓ Blanca: brillantez por día a 45°C (cuarenta y cinco) centígrados, 0°C (cero) centígrados: 75% (setenta y cinco por ciento) mínimo.
✓ Amarilla: brillantez por día a 45°C (cuarenta y cinco) centígrados, 0°C (cero) centígrados: 45% (cuarenta y cinco por ciento) mínimo.
b) Tiempo de secado: cuando se pinta a temperatura de 205°C (doscientos cinco grados centígrados), la línea tiene que secarse de tal forma que no aparezcan las huellas de los vehículos en un tiempo de 15 (quince) minutos.
c) Fuerza de adherencia: después de calentar la pintura a 205°C (doscientos cinco grados centígrados), la fuerza de adherencia deberá alcanzar 1,24 (uno coma veinticuatro) MPa (12,64 (doce coma sesenta y cuatro) kg/cm2).
d) Resistencia a indentación: para probar la dureza es necesario usar un durómetro Shore Tipo A2 usando el método de ASTM D2240, el durómetro y el panel deberán estar a 45°C (cuarenta y cinco) centígrados con una carga de 2.000,00 (dos mil) kilos. Después de 15 (quince) segundos, la escala deberá marcar entre 40 (cuarenta) y 75 (setenta y cinco). Resistencia al impacto, utilizando el método A de ASTM D256-72a, la resistencia al impacto promedio de 4 (cuatro) muestras distintas deberá ser como mínimo de 1,13 J (uno coma trece).
e) Punto de ablandamiento: probado de acuerdo con el método ASTM E-28, la pintura deberá tener un punto de ablandamiento de más de 90°C (noventa) grados centígrados.
f) Absorción de agua: de acuerdo con el método ASTM D-570, la pintura podrá contener un máximo de 0,50% (cero coma cincuenta por ciento) de peso de agua.
g) Gravedad específica: deberá de ser entre 1,90 (uno coma noventa) y 2,30 (dos coma treinta). Para determinar la gravedad específica, usar el método ASTM D 792.
h) Resistencia a la abrasión: de acuerdo al método California Test 423, en la prueba se puede perder 10,00 (diez) gramos como máximo.
i) Capacidad de recalentar: la pintura deberá tener las características físicas de los puntos anteriores después de 4 (cuatro) horas a la temperatura de 205°C (doscientos cinco) grados centígrados. También, la pintura tiene que retener sus características después de 4 (cuatro) calentamientos.
j) Fluidez: después de calentar el material termoplástico a las temperaturas indicadas en el método, el termoplástico blanco deberá presentar un residuo de 18% (dieciocho por ciento) y el termoplástico amarillo deberá tener un residuo máximo de 21% (veintiuno por ciento).
k) Punto de inflamación: el material termoplástico deberá tener una temperatura de inflamación no menor de 246°C (doscientos cuarenta y seis centígrados) (475°F) (cuatrocientos setenta y cinco grados Fahrenheit).
Aceptación, Medición y Pago:
El trabajo de demarcación horizontal con pintura plástica en frío, que incluye suministro y la colocación, se medirá por KILOMETRO, METRO, METRO CUADRADO O UNIDAD COLOCADA (km, m, m2 o unidad) medida en el sitio de colocación según corresponda y se pagará al precio unitario establecido en el Contrato (según la cantidad de cada orden de pedido). Dicho pago se considerará como compensación total por equipo, materiales, mano de obra y por todos los demás costos en los que haya incurrido el Contratista necesarios para realizar el trabajo especificado.
4.7 AUTO CONTROL Y ACEPTACIÓN DE CALIDAD
4.7.1 AUTO CONTROL
El control de calidad de los materiales, productos y procesos de este proyecto es responsabilidad exclusiva del contratista y lo respaldará mediante las constancias de calidad generadas a partir de las pruebas pertinentes realizadas por laboratorios debidamente acreditados por la ECA y aceptados por la administración, este control será utilizado como respaldo de la calidad de las labores.
El laboratorio de control de calidad contratado por la empresa constructora debe ser diferente al laboratorio de control de calidad contratado por la administración. Todos los muestreos para el control de la calidad que se efectúen deberán realizarse por triplicado, que serán distribuidas de la siguiente manera: una para el control de la calidad del contratista, otro para verificación por parte de la administración y la tercera como testigo. La custodia de la muestra testigo estará a cargo de la administración.
4.7.2 ACEPTACIÓN DE LA CALIDAD
Para efectos de aceptación la Municipalidad tomará como oficial los ensayos realizados por medio de autocontrol según lo siguiente:
|
Material |
Elemento |
Ensayo retro reflectividad inicial |
Ensayo espesores secos |
|
Material Termoplástico |
Línea Blanca |
Cada 1 km de línea |
Cada 1 km de línea |
|
Línea Amarilla |
Además, deben ser entregados previo a la utilización de los productos para demarcación, las certificaciones correspondientes con los cuales se asegura que estos cumplen con las especificaciones técnicas.
4.7.3 LIMPIEZA FINAL Y REMOCIÓN DE RESIDUOS
Consiste en la limpieza final realizada antes de la entrega de la obra, del área de la construcción y de las construcciones aledañas, que fueron afectadas en la construcción por uno u otro motivo.
Además de la limpieza general, que se refiere a la remoción de todo tipo de escombro y desecho, se incluye la reconstrucción de toda la infraestructura que haya sufrido daños durante el proceso constructivo.
Es por tanto responsabilidad de la empresa realizar la entrega de las obras y todo trabajo incluido con la limpieza y calidad esperados, por lo cual, no se efectuará ningún tipo de pago adicional por el concepto de limpieza final, o limpieza durante el proceso de construcción, dado que este es aspecto que debe ser intrínseco a las obras públicas desarrolladas por el adjudicado.
4.8 PLAN DE TRABAJO
El tiempo que requiera el Contratista para corregir el trabajo deficientemente ejecutado, no modifica el plazo total de entrega de la obra.
Al oferente se le exigirá, como requisito indispensable en la oferta, la presentación física y también en digital de un Plan de trabajo, programa detallado de ejecución entregado formalmente al departamento de Gestión Vial que incluya tabla de secuencias, tabla de duraciones y su fuente de información, diagrama de fechas (Gantt) con indicación de Ruta Crítica y tabla de tiempos con holguras.
Una vez recibido y aceptado formalmente el cronograma presentado por la empresa para la ejecución del proyecto, se establecerá un punto de control dentro del plazo cronológico de dicho cronograma oficial a fin de verificar el avance que, con la aceptación de este documento, se obliga a cumplir el contratista. Esto se entenderá de la siguiente manera:
Fundamentados en el estudio social realizado para la comunidad beneficiaria, se establece una estrategia de comunicación y manejo comunal, lo cual, permite obtener aportes y acuerdos para el mantenimiento de adecuadas condiciones sociales que permitan el desarrollo del proyecto. Dado lo anterior, de acuerdo con las características del proyecto y las duraciones de sus actividades, se establece un punto de control de los avances que debe presentar la empresa adjudicada a fin de monitorear tanto la materialización de los beneficios esperados como la menor afectación posible a las personas dadas sus distintas particularidades de salud entre otros. Este tendrá definidos una fecha y un porcentaje de avance general del proyecto esperado para ese momento.
Una vez establecido el punto de control el cual se fijará partiendo de la fecha de inicio de la ejecución especificada en la orden de inicio emitida para la empresa, la supervisión del proyecto a través del personal de ingeniería e inspección definidos informará a la empresa el mismo, a fin de que exista claridad al respecto de esta obligación de cumplimiento para el adjudicado.
4.9 GARANTÍA DEL BIEN O SERVICIO SOLICITADO
Los servicios por contratarse deben cumplir con las especificaciones indicadas en los puntos anteriores.
Se deberá ofrecer una garantía no menor a los 6 meses sobre los servicios brindados, indicando claramente los alcances de esta.
4.10 VIDA ÚTIL
El proveedor deberá indicar la vida útil de los bienes y servicios a suministrar.
4.11 DISTRIBUCIÓN DE LAS PARTIDAS
Para este caso se adjunta la distribución en donde se definió una partida conformada de la siguiente manera:
4.11.1. PARTIDA #1, (Línea #1): (LÍNEA 1) DEMARCACIÓN HORIZONTAL CON MATERIAL TERMOPLÁSTICO
|
PARTIDA |
LÍNEA |
CANTIDAD |
UNIDAD |
DESCRIPCION SICOP |
|
1 |
1 |
1 |
SERVICIO |
SERVICIO DE DEMARCACION Y SEÑALIZACION VIAL |
* Se debe definir un costo total de oferta según la siguiente tabla resumen:
Tabla N°1. Desglose mínimo para presentación de oferta.
|
Ítem |
Descricpion |
Unidad |
Pecio Unitario Estimado |
Cantida Estimada |
Total |
|
T-1 |
Limpieza profunda de la superficie a demarcar |
km |
3.00 |
₡0.00 |
|
|
T-2 |
Perfilado de pavimento para borrado de demarcación horizontal |
m2 |
116.00 |
₡0.00 |
|
|
T-3 |
Sellador (primer) |
km |
0.60 |
₡0.00 |
|
|
T-4 |
Demarcación de línea continua blanca (Termo) |
km |
1.80 |
₡0.00 |
|
|
T-5 |
Demarcación de línea Intermitente blanca (Termo) |
km |
3.17 |
₡0.00 |
|
|
T-6 |
Demarcación de letrero de alto (Termo) |
u |
46.00 |
₡0.00 |
|
|
T-7 |
Demarcación de letrero de ceda (Termo) |
u |
4.00 |
₡0.00 |
|
|
T-8 |
Demarcación de letrero de velocidad máxima (Termo) |
u |
6.00 |
₡0.00 |
|
|
T-9 |
Demarcación de letrero de escuela (Termo) |
u |
2.00 |
₡0.00 |
|
|
T-10 |
Demarcación de letrero de solo bus |
u |
5.00 |
₡0.00 |
|
|
T-11 |
Demarcación de pasos peatonales tipo cebra (Termo) |
m2 |
437.00 |
₡0.00 |
|
|
T-12 |
Demarcación de flechas direccionales (Termo) |
m2 |
292.99 |
₡0.00 |
|
|
T-13 |
Demarcación de isla de canalización (Isla de Canalización Amarilla) (Termo) |
m2 |
130.00 |
₡0.00 |
|
|
T-14 |
Demarcación de línea continua amarilla) (Solvente) Bordillos |
m |
6905.60 |
₡0.00 |
|
|
T-15 |
Demarcación de línea continua blanca (Solvente) Bordillos |
m |
4615.00 |
₡0.00 |
|
|
T-16 |
Demarcación de reductores de velocidad amarilla) (Solvente) |
ud |
4.00 |
₡0.00 |
|
|
T-17 |
Demarcación de línea continua amarilla) (Termo) |
km |
2.35 |
₡0.00 |
|
|
T-18 |
Demarcación de línea continua blanca estacionamientos (Termo) |
m |
3276.90 |
₡0.00 |
|
|
T-19 |
Demarcación de línea espera (Termo) |
m |
14.00 |
₡0.00 |
|
|
S-1 |
R-3-3a |
Ud |
3.00 |
₡0.00 |
|
|
S-2 |
R-3-4a |
Ud |
3.00 |
₡0.00 |
|
|
S-3 |
R-3-1b / R-3-2b Ensamble |
Ud |
3.00 |
₡0.00 |
|
|
S-4 |
R-1-1 |
Ud |
1.00 |
₡0.00 |
|
|
Total |
₡0.00 |
||||
- El costo Unitario de cada actividad será costo total (Suministro, transporte y debida colocación de materiales según la normativa del CR-2020).
- Será responsabilidad del contratista incluir dentro del presupuesto las actividades adicionales a la tabla N°1, que considere necesarias para el correcto desarrollo de la obra.
- Los costos referentes a pólizas y similares deberán estar considerados dentro de los costos unitarios.
- Se debe incluir el Trámite ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos como parte de los costos administrativos del proyecto.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CAPÍTULO I. CONDICIONES GENERALES
Serán obligaciones de los oferentes y de los contratistas las siguientes:
a) Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la presente ley.
b) Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
c) Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de esta ley.
d) Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
e) Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
f) Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
g) Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
h) Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
En cuanto al Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, deberá cumplir con lo estipulado en el artículo 18 de la LGCP, el cual define:
La Dirección de Contratación Pública conformará, en el sistema digital unificado, un registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas, en el cual se inscribirán todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas. En tal registro se acreditará la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones, la experiencia para prestar el objeto que se llegue a licitar, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, entre otros, según lo determine el reglamento de la presente ley.
DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado.
b) Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada.
c) En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
d) Los proveedores y subcontratistas registrados, están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar.
e) Además, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado.
f) Actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, incluyendo los nuevos documentos vigentes al momento de realizarla.
g) Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser mantenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
h) Declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada acerca de los índices de precios nacionales y detallando en su oferta al menos:
1. El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el
índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
2. El ente público competente que divulga el índice.
3. El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en
donde se accede a la información aportada.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total adjudicado y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal de acuerdo con: Art. 46 y 47 LGCP, Art. 116 y 117 RLGCP y Art. 24, 25, 26, 27 y 28 del Reglamento de Adquisiciones de bienes y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total adjudicado y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. Las partes técnicas o administradores designados serán los competentes para la verificación, instrucción y resolución de los procedimientos que pudieran dar origen a la aplicación de una sanción económica, sea esta una multa o cláusula penal, según corresponda. De conformidad con la LGCP, se determinarán las sanciones económicas de acuerdo con los siguientes parámetros la variación, producidas por defectos de ejecución, días de retraso o premura al completar el entregable: BAJO, MEDIO, MÁXIMO. En cada categoría se aplicarán los porcentajes de sanción que se detallan a continuación: Impacto BAJO: El impacto no detiene la ejecución del proyecto ni pone en riesgo el logro del objetivo general definido. Es un entorpecimiento leve pero asimilable dentro de las acciones de contingencia que puedan implementarse. Sanción: 10% del valor máximo sancionable por Ley Impacto MEDIO: El impacto tiene consecuencias moderadas en el logro del objetivo en los plazos previstos. Requiere acciones de contingencia que podrían requerir costos adicionales, pero solventables para la corrección de la desviación experimentada en la ruta crítica. Se vislumbra alguna posibilidad de que no se logre cumplir con el plazo previsto para la totalidad del proyecto sin ser ésta una posibilidad inminente. Sanción: 50% del valor máximo sancionable por Ley Impacto MÁXIMO: El impacto es severo, las consecuencias generan una imposibilidad de lograr el objetivo en el plazo previsto, puede existir una afectación en costos importante, podría indicar la imposibilidad de materializar los beneficios del proyecto y hasta crear pérdidas de recursos. Sanción: 100% del valor máximo sancionable por Ley SANCIÓN La cantidad máxima de días para aplicar la cláusula penal respectiva será del 30% del plazo para el entregable. Es decir, si debe aplicarse la cláusula penal, la sanción diaria se calculará dividiendo el total de la sanción entre los días resultantes de multiplicar el plazo del entregable por un 30%. El cálculo es el siguiente: Sanción Total = (Sanción máxima / (plazo del entregable * 30%))* días de variación Este 30% de variación se estima razonable de acuerdo con los principios de buena fe y sana planificación con enfoque preventivo. Una vez superado este plazo se deberá valorar la posibilidad de resolución del contrato. Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra Ley o Decreto aplicable a la materia
Documentos del cartel1
- PLIEGO DE CONDICIONES DEMARCACIONPDF · 1,5 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jonathan Morales Araya
PROCESO GESTIÓN VIAL
Jonathan Morales Araya
PROCESO GESTIÓN VIAL
Julian Fallas Carvajal
Encargado del concurso · Proveeduria
Jimmy Arias Davila
Asesoria Legal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 12/10/2026 00:35. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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