2026LD-000035-0002500001 · SICOP 20261002583
Contratación para señalización y demarcación vial.
Municipalidad de Palmares
Municipalidad de Palmares busca contratación para señalización y demarcación vial con un presupuesto de ₡173,8 millones en 4 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 27/10/2026 (en 7 días).
₡173,8 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 27/10/2026 11:45
Lotes y líneas
4 lotes
4 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó20/10/2026 11:50 · hoy
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas27/10/2026 11:45 · en 7 días
- de ofertas27/10/2026 11:50 · en 7 días
- (plazo máximo)≈ 10/11/2026 · en 21 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,4 oferentes.13 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de Palmares adjudicó ₡259,2 millones en 81 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡784 316 – ₡922 725
- Lote 2₡234 591 – ₡275 989
- Lote 3₡384 188 – ₡451 986
- Lote 4₡298 353 – ₡351 004
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra4 líneas · 4 lotes
- L1Servicio de Demarcacion y Señalizacion Vial1 · ₡922 725,201₡922 725,20
- L2Servicio de Demarcacion y Señalizacion Vial1 · ₡275 989,061₡275 989,06
- L3Servicio de Demarcacion y Señalizacion Vial1 · ₡451 986,411₡451 986,41
- L4Servicio de Demarcacion y Señalizacion Vial1 · ₡351 004,001₡351 004,00
Lo que exige el cartel
- : 2172685.39 durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Experiencia de la empresa 15 % · Promoción a Pymes. 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
2. El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero Patronales, de conformidad con el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Art. 14 de la Ley General de Contratación Pública, se verificará a través del SICOP y documentación anexa en la oferta económica. 3. Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta. 4. El oferente deberá contar con la respectiva licencia municipal (Patente) que autoriza y permite llevar a cabo su actividad comercial; el cual debe ser aplicable al giro comercial del objeto de esta contratación, aportando el documento emitido por parte de la Municipalidad que señale su giro comercial y estar el periodo al día con el pago del impuesto al momento de la apertura de ofertas en SICOP. 5. El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda. 6. Presentar declaración jurada donde señale que no se encuentra cubierto por la prohibición establecidas en la Ley 9986 e indicar los beneficiarios finales del oferente o bien mantenerlo actualizado en el registro de proveedores. 7. El oferente deberá aportar una póliza de responsabilidad civil vigente, emitida por una entidad aseguradora autorizada para operar en Costa Rica, que cubra los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a terceros, bienes o infraestructura pública o privada como consecuencia de la ejecución de los trabajos objeto de la contratación. La póliza deberá mantenerse vigente durante todo el período de ejecución contractual 8. Si el oferente es una empresa, deberá aportar certificación que acredite su inscripción y habilitación como empresa ante el Registro de Empresas Constructoras y Consultoras del CFIA, debiendo contar con un mínimo de diez (10) años de inscripción ante dicho Colegio Profesional. Asimismo, deberá indicar el profesional responsable de dirigir y supervisar técnicamente la ejecución de los trabajos, quien deberá encontrarse debidamente habilitado y al día en el pago de sus obligaciones ante el CFIA, condición que deberá acreditarse mediante la respectiva certificación. Asimismo, deberá aportar su currículo y documentos que acrediten experiencia en al menos tres proyectos similares a la partida ofertada. Si el oferente es una persona física; deberá contar al menos con el título de licenciatura en Ingeniería Civil o en Construcción. Debe aportar certificación de inscripción y habilitación para el ejercicio profesional ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, dicho profesional deberá estar habilitado y al día en el pago de las cuotas. Deberá tener un mínimo de 10 años inscrito a dicho colegio. Asimismo, deberá aportar su currículo y documentos que acrediten experiencia en al menos tres proyectos similares a la partida ofertada. 9. Experiencia: Se establece como requisito de admisibilidad que el oferente acredite haber ejecutado, durante los últimos diez (10) años, contados desde la fecha de recepción definitiva de las obras y hasta la fecha de presentación de las ofertas, al menos cinco (5) proyectos de demarcación vial horizontal y/o colocación de señales verticales. Para el cumplimiento de este requisito, la experiencia acreditada deberá corresponder a la partida o partidas en las que participe el oferente, y podrá demostrarse mediante uno o varios contratos, los cuales podrán comprender ambos componentes conjuntamente o cada componente por separado. El requisito se acreditará mediante la experiencia deberá demostrarse mediante certificaciones, constancias de recepción, cartas de referencia u otros documentos idóneos emitidos por instituciones y/o empresas, tanto en el ámbito público como privado y que indiquen, como mínimo, el contratante, descripción del objeto ejecutado, la fecha de ejecución y la conformidad del servicio. 10. El oferente deberá presentar una declaración jurada con el detalle del equipo, maquinaria y herramientas que pondrá a disposición para ejecutar según cada partida ofertada. El equipo deberá ser apto para la aplicación uniforme de los materiales, la dosificación de micro esferas, la instalación de señales o barandas y el control seguro del tránsito, según corresponda. La disponibilidad podrá acreditarse mediante propiedad, arrendamiento, carta de compromiso u otro medio idóneo. 11. Laboratorio de Autocontrol de Calidad: el oferente deberá de incluir dentro de su participación la firma encargada de la realización de las pruebas de autocontrol de calidad. Dicho laboratorio de control de calidad designado deberá estar debidamente acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), para lo cual deberá aportar certificación original de ese ente o copia certificada, convirtiéndose este aspecto en un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo tanto, no será sujeto a evaluación. Serán declaradas inadmisibles las ofertas que incumplan con alguno de los puntos indicados anteriormente, sin perjuicio del régimen de subsanación aplicable.
Los interesados deben presentar su propuesta en el periodo establecido para recibir la documentación requerida, esto posterior a la publicación en SICOP de la invitación realizada por parte de la Municipalidad y según lo solicitado en los documentos de la contratación.
Las personas o empresas interesadas en participar de esta compra, deberán aceptar los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Todos los interesados deberán estar al día con todas las cargas sociales e impuestos nacionales con los distintos entes gubernamentales tales como:
- Caja Costarricense de Seguro Social
- Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
- Ministerio de Hacienda
- Municipalidades y demás que establezca la ley.
- Igualmente presentará las declaraciones juradas requeridas en los procesos de contratación pública, de conformidad con La Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- En caso de oferentes calificadas como PYME, deberá aportar documentos donde se acredite tal condición, siempre en observancia de lo establecido en el artículo 20, inciso a), de la Ley № 82623, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, publicada en el Diario Oficial La Gaceta № 94, del 17 de mayo del 2002.
La Municipalidad realizará el proceso de estudio de propuestas en un plazo no mayor al doble del plazo establecido para la recepción de propuestas; dentro de dicho plazo la Administración podrá requerir el subsane de documentos o información por parte de los oferentes; para lo cual se brindará un plazo hasta de 3 días hábiles como máximo, no prorrogables.
Los oferentes podrán efectuar observaciones a sus ofertas en forma electrónica por medio del sistema dentro del plazo establecido posterior a la publicación de la apertura.
La Administración no admitirá para trámite consultas, documentos, aclaraciones, objeciones, entre otros; que sean presentados por otra vía que no sea SICOP, salvo que así lo haya solicitado o autorizado explícitamente a través de un comunicado mediante el sistema SICOP.
En cuanto a las aclaraciones al pliego de condiciones, éstas deben presentarse vía sistema SICOP, en las secciones que éste tiene habilitadas para tales efectos (solicitud de aclaración-objeción al pliego de condiciones), pues caso contrario la Administración se ve imposibilitada a darles el trámite correspondiente a través del sistema.
Todas las unidades de medidas que se utilicen en la oferta deben estar dadas en el Sistema Internacional (S.I.) de Pesos y Medidas.
Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan, así como cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores; para lo que deberá certificación de estar al día con la CCSS, póliza de riesgos del trabajo y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros y someterse a la jurisdicción y a los Tribunales nacionales.
La persona física o jurídica oferente deberá aportar la siguiente documentación:
Persona Física:
Deberá presentar copia de la cédula de identidad con sus calidades.
Persona Jurídica:
Certificación registral o notarial que indique:
Quién (es) ostentan la representación judicial y extrajudicial de la compañía, indicando sus calidades y si pueden actuar en forma conjunta o separada.
La naturaleza y propiedad de las acciones.
Las citas de inscripción en el Registro Público, de la sociedad, del personero acreditado y el domicilio social.
En caso de que las acciones pertenezcan a una o varias personas jurídicas, deberá indicarse el nombre de los accionistas de estas.
Fotocopias de la cédula(s) jurídica(s) de lo(s) oferente(s) y de la(s) cédula(s) de identidad del (los) representante(s) legal (es).
· Declaraciones juradas:
Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la Ley General de Contratación Pública.
- Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la Ley General de Contratación Pública.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones. En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas.
· Pólizas:
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta. El oferente debe presentar una certificación emitida por el Instituto Nacional de Seguros, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad que desarrolla.
- El oferente debe estar claro al momento de ofertar según la naturaleza del objeto, tener presente los siguientes puntos:
- Para el caso de bienes y servicios: Debe aportar la póliza de riesgos de trabajo al momento de ofertar y en caso de requerir ser declarada, la Municipalidad solicitará esa condición previa a la formalidad del contrato. Para aquellos servicios que NO representen instalaciones nuevas, éstos no deberán ser declarados, solo que el pliego de condiciones solicita esa condición, así como también una póliza de responsabilidad civil y daños a terceros.
- Para el caso de obra: Debe contar con la póliza de riesgos de trabajo al momento de ofertar y en caso de una obra nueva o remodelación deberá declarar la póliza de riesgos de trabajo, así como la de responsabilidad civil y daños a terceros del proyecto, bajo las condiciones que señale este pliego de condiciones. El adjudicado en firme deberá apersonarse a la aseguradora para declarar esas pólizas al proyecto y aportar la certificación que acredite esa condición con el número de procedimiento, nombre de la Municipalidad y nombre del proyecto a desarrollar.
· Patente:
El oferente debe presentar copia de la patente comercial expedida por la respectiva autoridad Municipal que lo faculte para cumplir con el objeto contractual y estar al día con el pago de la misma, conforme lo establece la legislación vigente para las actividades que así lo requieren, presentar copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento vigente, el cual debe ser afín al objeto del contrato y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta, para cada solicitud el administrador del contrato verificara la vigencia de lo solicitado en este apartado.
· FODESAF
El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
· Obrero Patronal
El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero Patronales al momento de la apertura de ofertas, de conformidad con la reforma al Art. 74 de la Ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social publicado en la gaceta N° 92 del 25 mayo del 2023, y el Art. 14 inciso f) de la LGCP, se verificará a través del SICOP.
· Hacienda
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
· Sistema Digital Unificado
Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
· Subcontrataciones
El oferente debe de indicar si realizara subcontrataciones en la propuesta y en caso de hacerlo debe de aportar un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las razones sociales o bien personas físicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. (Artículo 133 de Reglamento a la Ley de Contratación Pública).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
El objeto de la presente contratacion se organiza en cuatro (4) partidas, cada una de las cuales comprende diferentes items asociados a los servicios requeridos. Los oferentes podran cotizar una o varias partidas; no obstante, para cada partida que sea ofertada deberan cotizarse la totalidad de los items que la conforman. En consecuencia, cuando una oferta no contemple la totalidad de los items correspondientes a una partida, esta no sera considerada para dicha partida, en virtud de que se requiere atender de manera integral los servicios que la conforman.
La partida 1 comprende elementos de senalizacion vertical, especificamente senales de transito y dispositivos de seguridad vial tipo flex beam.
Las partidas 2, 3 y 4 corresponden a servicios de demarcacion horizontal y se organizan de acuerdo con el sistema de pintura a utilizar, de la siguiente manera:
„« Partida 2: pintura agua/ base solvente.
„« Partida 3: pintura termoplastica.
„« Partida 4: pintura plastica en frio.
La incorporacion de las diferentes alternativas para la demarcacion horizontal tiene como finalidad brindar a la Administracion Municipal opciones que permitan atender las distintas necesidades y condiciones que presenta la Red Vial Cantonal, de acuerdo con las caracteristicas particulares de cada intervencion.
A fin de describir de manera mas precisa los servicios requeridos, a continuacion, se detallan las partidas y los items que las conforman:
Partida 1: Señalización Vertical y dispositivos tipo baranda
Partida
Descripción
Precio 1 R-1-1 "Alto" (61,0 x 61,0 cm) R-2-1 "Ceda" forma de triángulo equilátero 75 cm de lado, con uno de sus vértices apuntando hacia abajo. R-15-X Placa de Sentido (30,0 cm x 61,0 cm) R-X-X Restrictiva genérica (61,0 cm x 91,4 cm) P-X-X Preventiva genérica (76,2 cm x 76,2 cm) P-1-9 Chevrón (57.1 cm x 76,2 cm) P-12-1 Delineador (30 cm x 60 cm) II-4-X "Nomenclatura vial-logo" (61,0 x 20,0 cm) PP-X-X "Prevención trabajos en vía genérica" (76.2 x 76.2 cm) PP-X-X "Prevención trabajos en vía genérica" (61.0 x 76.2 cm) E-1-1 Zona Escolar ( 76,2 cm x 76,2 cm ) E-X-X Placa zona escolar genérica (31,7 cm x 76,2 cm ) IP-X-X Señales de información genérica (61 cm x 91,4 cm) Suministro y colocación de baranda tipo flex beam
El servicio requerido de señalización vertical consiste en suministrar, construir e instalar señales de control permanente del tráfico, sus soportes, delineadores y marcadores especiales y también el proceso de eliminar y sustituir los dispositivos existentes de control permanente de tráfico. Las señales verticales deberán ser construidas e instaladas de conformidad con lo establecido en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (Anexo del Acuerdo Centroamericano sobre señales uniformes, año 2000) y su Anexo C – Especificaciones de Letras Figuras y Materiales, así como las secciones 633 y 718 del CR-2020.
Las labores involucradas en la ejecución de esta actividad se deben hacer sin causar daño a otras obras existentes, a terceros o a la Administración. De producirse algún daño su reparación será por cuenta del Contratista y de conformidad con lo establecido en el contrato, la legislación concerniente, la Subsección 104.11 Equipo y maquinaria y la Sección 108 Relaciones legales y responsabilidad respecto del público, del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes, CR2020.
Especificaciones constructivas:
Fundaciones: Cada uno de los postes de las señales deberán quedar empotrados dentro de una fundación de concreto 175kg/cm2. Esta fundación debe tener un tamaño de 30cm x 30 cm x 50 cm de profundidad. Cada poste deberá estar pintado de color gris metálico.
Las cimentaciones se construirán de concreto de acuerdo con la Sección CR-601. La excavación y el relleno se realizarán conforme a la Sección CR-209. Se deben reemplazar todos los postes dañados por el tráfico en caso de ser necesarios. Los materiales excavados que no se utilicen en la construcción de los cimientos o bases, deberán ser retirados y eliminados en forma aceptable. Ninguna parte de la fundación de hormigón deberá quedar sobre el nivel del terreno circundante.
Tableros: Serán confeccionados en aluminio liso aleación 5052, temple H-38 de 3 milímetros de espesor (de acuerdo con ASTM-A-653 o A-653 m). Se construirán paneles planos y libres de deformaciones, dobleces, raspones, desastilladuras u otros defectos. No se permitirá el taladrado de orificios en la obra, en cualquier parte del montaje de la estructura, sin la aprobación previa del ingeniero.
(Verificar cuadro adjunto en el documento- Pliego de Condiciones)
Materiales Retrorreflectivos: Las señales verticales deberán diseñarse con películas retrorreflectivas microprismáticas de alta intensidad, que cumplan estrictamente con las especificaciones de la norma ASTM D4956-09 para los Tipos III y IV. El color del material será el especificado para cada uno de los tipos de señales conforme al Manual Centroamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito. Para el caso específico de las señales de ZONA ESCOLAR, se deberá utilizar obligatoriamente película retrorreflectante de tecnología microprismática de alta intensidad en color Amarillo-Verde Fluorescente.
Leyenda: Las letras, números, flechas, símbolos y bordes, y otras características o detalles del mensaje de la señal, serán del tipo, tamaño, series y colores establecidos en el Manual Centroamericano de Dispositivitos Uniformes para el Control del Tránsito (Anexo C y D).
Postes: Deberán utilizar sección cuadrada galvanizada de 3“x 3x 1,8mm por 3 m de alto (o 3.5 m de alto) (incluye 50 cm en cimentación). En el extremo superior deberá tener una cruz para atornillar el tablero. Así mismo, no se aceptarán postes con soldadura en la sección transversal y deberán ser de una sola pieza. Los tornillos deben ser galvanizados, de 0.79 cm x 10,16 cm, con 5 cm toda rosca, tuerca y cabeza hexagonal, con dos arandelas (plana y de presión).
La aceptación del servicio se brindará una vez que el supervisor municipal designado lo apruebe, según la cantidad de señales solicitadas, así como los detalles de los sitios de colocación y verificación de condiciones de construcción e instalación.
Para proceder con el pago respectivo, las señales viales se miden por unidad instalada y completa, incluyendo su soporte respectivo debidamente cimentado. La cantidad de trabajo aceptada por el ingeniero supervisor del contrato, medida de forma global se pagará de acuerdo con el precio unitario del contrato. El pago compensará totalmente al contratista por los trabajos antes citados incluyendo el autocontrol de calidad.
Suministro y colocación de baranda tipo flex beam:
Las barandas tipo Flex beam son estructuras acanaladas de acero al carbono, formadas en frío, usadas como medio de protección vial con la función básica de servir de barrera de contención durante las colisiones de los vehículos.
Los postes tienen una longitud 1.70 m y los tipos utilizados son: 1. Circular (calibre 12), diámetro 152.4 mm (6”) 2. Strong (calibre 5), sección 165 mm x 110 mm. Y Tipo “C” (calibre 5), sección 100 mm x 50 mm.
Especificaciones:
Las aletas terminales, de longitud útil 460 mm y ancho útil 425.5 mm, son colocadas en los cierres de cada tramo. Las vigas flexibles pueden suministrarse cóncavas o convexas, para ser colocadas en tramos curvos, cuando el radio de curvatura de la carretera sea menor a 50 m. Longitud útil 3.81 m, ancho útil entre 300- 311 mm. El peso unitario de cada viga flexible es de 44 kg.
Serán de materiales flexibles de acero de lámina delgada, doblado en frío, con bobinas de acero al carbono, laminado en caliente según especificaciones ASTM A-569. El acero con el que se fabricarán estas vigas flexibles será como se indicó, de lámina delgada y cumplirán las especificaciones AASHTO M-180-95. El espesor de la lámina sin revestimiento será de 2.657 mm. Los postes de apoyo de las vigas flexibles serán de acero estructural ASTM A588, laminadas en caliente de perfiles W6 x 8,5 ó W6 x 16. Las vigas flexibles serán galvanizadas con al menos 610 g de Zinc por metro cuadrado de superficie expuesta doble, según las Normas ASTM A525 ó ASTM A123-97. Calidad G-200. Los pernos de unión a postes deberán galvanizarse de acuerdo con la Norma ASTM A153 dimensiones, 3”X 5/8” Ø y los tornillos de empalmes correspondientes a 5/8”Ø x 1 ¼”o similar. Los postes de las vigas tendrán un espesor de 2.743 mm, y deberán ser galvanizados de la misma manera que las vigas flexibles o defensas. Los pernos inferiores de barandas Flex Beam serán de las dimensiones y diámetro indicados en la figura adjunta con longitudes de 42cm y 36 cm y diámetros de 7/8”
Para la aceptación del suministro y colocación de la baranda Flex Beam, estas deberán cumplir con los espesores, anchos y demás especificaciones anteriormente señaladas y recibir el visto bueno de inspector municipal designado para la revisión de los trabajos, La unidad de medida es el metro lineal de baranda suministrada, hincada y colocada.
Demarcación horizontal
Los trabajos de demarcación horizontal deberán ajustarse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas para Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras (IT-91), en el Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014) y en las especificaciones contenidas en este cartel.
Respecto de la demarcación vial horizontal, las microesferas de vidrio utilizadas deberán cumplir con los requisitos establecidos en la norma INTE Q45: Requisitos de microesferas de vidrio utilizadas en pinturas de tráfico. Asimismo, la ejecución de los trabajos deberá realizarse conforme a la norma INTE Q46: Guía de buenas prácticas para la demarcación vial horizontal, o la norma vigente que la sustituya.
Las dimensiones y geometría de los letreros de “CEDA”, “ALTO” y “ESCUELA”, así como los letreros de velocidad máxima y las flechas direccionales, incluyendo la flecha de carril de giro izquierdo, deberán cumplir con las especificaciones del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito (SIECA 2014).
Garantía de calidad y durabilidad
El contratista deberá garantizar la calidad de los materiales suministrados, así como la correcta instalación y funcionamiento de las señales verticales y de las barandas de seguridad tipo Flex Beam, por un período mínimo de doce (12) meses, contado a partir de la fecha de recepción definitiva de los trabajos.
Durante el período de garantía, el contratista deberá, sin costo adicional para la Municipalidad, reparar, sustituir o reinstalar aquellos elementos que presenten defectos, deterioro prematuro, desprendimiento, deformación, corrosión, pérdida de estabilidad, aflojamiento de elementos de fijación o cualquier otra deficiencia atribuible a defectos de fabricación o de los materiales, deficiencias en la instalación o incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el cartel.
En el caso de las señales verticales, la garantía comprenderá, según corresponda, la lámina o placa, película o material retrorreflectivo, leyendas y símbolos, postes, elementos de fijación, soldaduras, anclajes y demás componentes suministrados e instalados.
En el caso de las barandas de seguridad tipo Flex Beam, la garantía comprenderá la lámina o viga metálica, postes, separadores, elementos de fijación, terminales, empalmes, anclajes y demás componentes que formen parte del sistema suministrado e instalado.
La obligación de garantía comprenderá tanto los materiales como la mano de obra y los procedimientos empleados para la instalación.
Cuando la Unidad Supervisora determine la existencia de una deficiencia cubierta por la garantía, comunicará al contratista los elementos que deberán ser reparados, sustituidos o reinstalados. El contratista deberá atender dicha solicitud dentro del plazo que establezca la Administración, de acuerdo con la naturaleza y urgencia de la intervención.
Las reparaciones, sustituciones o reinstalaciones realizadas durante el período de garantía deberán ejecutarse sin costo adicional para la Municipalidad y no generarán pagos adicionales al contratista.
La presente garantía será independiente de la garantía de cumplimiento y de las demás responsabilidades contractuales y legales que correspondan al contratista.
Partida 2: Demarcación horizontal agua/ base solvente
Partida
Descripción
Precio 2 Demarcación de línea continua blanca Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de línea continua Amarilla Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de línea discontinua Blanca Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de línea discontinua Amarilla Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de cordón de caño Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de flechas direcciones Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de letrero de alto Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de letrero de ceda Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de letrero de escuela Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de paso de peatones tipo cebra Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de reductores de velocidad Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de línea de paro Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de isla de canalización Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de pasos peatonales de líneas paralelas continuas Pintura agua INTE 11-02-01 Parte I Pintura base solvente INTE 11-02-01 Parte II Demarcación de señal para discapacitados pintura base agua INTE 11-02-01 parte I Pintura base solvente INTE 11-0201 Parte III
Pintura de tráfico con base de 100% acrílico (base agua)
La pintura de tráfico con base de agua está conformada por el 100% de polímero acrílico y debe ser una mezcla lista para ser usada sobre pavimento asfáltico o de concreto portland. La formulación de esta pintura debe cumplir con lo indicado en el siguiente cuadro:
(Verificar cuadros adjuntos en el documento- Pliego de Condiciones)
Especificaciones constructivas para las partidas 2 y 3:
1. Condiciones previas a la aplicación de la demarcación
El pavimento deberá encontrarse seco antes de la aplicación de la demarcación. En caso de duda, se deberá realizar la siguiente prueba: colocar una hoja de plástico de 60,00 cm² (sesenta centímetros cuadrados) sobre la superficie de rodamiento durante un período de veinte (20) minutos. Si al retirar la hoja se observa condensación suficiente para que se produzca goteo al levantarla verticalmente, no se deberá proceder con la aplicación, debiendo repetirse la prueba hasta que no se presente dicha condición.
El pavimento deberá encontrarse limpio y libre de polvo, suciedad, grasa, residuos u otros elementos que puedan afectar la adherencia del material. Previo a la aplicación, el contratista deberá realizar la limpieza de la superficie de ruedo, mediante el procedimiento que resulte técnicamente adecuado y satisfactorio para la Unidad Supervisora.
Las áreas demarcadas deberán protegerse del tránsito vehicular hasta que el material se encuentre suficientemente seco, curado o adherido, según corresponda al material utilizado, de manera que se evite su desprendimiento, adherencia a las ruedas de los vehículos o afectación de la demarcación.
2. Materiales para la demarcación
Los materiales utilizados en las partidas 2 y 3 deberán cumplir con las especificaciones técnicas y normas aplicables al tipo de material utilizado, así como con las demás condiciones establecidas en este cartel.
Para la partida 2, correspondiente a demarcación mediante pintura base agua o pintura base solvente, el material deberá cumplir con la norma técnica aplicable al tipo de pintura ofertada, de conformidad con la normativa INTE vigente y las especificaciones técnicas establecidas para pintura de demarcación vial.
Para la partida 3, correspondiente a demarcación mediante material termoplástico, dicho material deberá cumplir con la norma técnica aplicable al material termoplástico y con las especificaciones técnicas establecidas en este cartel.
Antes de emitirse la orden de inicio de los trabajos, el contratista deberá presentar las fichas técnicas y la documentación de calidad o conformidad correspondiente de los materiales que serán utilizados en el proyecto, emitida por el fabricante o por el organismo competente, según corresponda. La documentación deberá permitir verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normas aplicables al material ofertado.
La presentación y aprobación de dicha documentación constituirá un requisito previo para la autorización de utilización de los materiales en la obra y para la emisión de la orden de inicio correspondiente. La aprobación de los materiales por parte de la Unidad Supervisora no exime al contratista de su responsabilidad respecto de la calidad, correcta aplicación, desempeño y durabilidad de los trabajos ejecutados.
3. Microesferas de vidrio
Toda demarcación vial horizontal ejecutada en las partidas 2 y 3 deberá incorporar microesferas de vidrio, las cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en la norma INTE Q45 vigente, o aquella que la sustituya o modifique.
Las microesferas deberán ser transparentes, limpias, incoloras, lisas y de forma esférica, y deberán encontrarse libres de marcas blancas, picaduras y exceso de burbujas de aire. El índice de refracción deberá ser superior a 1,50 (uno coma cincuenta).
Las microesferas deberán cumplir, además, con las demás características, porcentajes de redondez o esfericidad y métodos de ensayo establecidos en las especificaciones técnicas aplicables y en las normas de referencia indicadas en este cartel.
Para la partida 2, correspondiente a pintura base agua o base solvente, las microesferas deberán aplicarse sobre la pintura húmeda en una cantidad de 0,72 kg por cada litro de pintura de tráfico, salvo que la especificación técnica aplicable al producto establezca una dosificación diferente debidamente sustentada.
Para la partida 3, correspondiente a material termoplástico, la aplicación y dosificación de las microesferas deberá realizarse de conformidad con las especificaciones técnicas del material, el procedimiento constructivo aprobado y las condiciones establecidas en este cartel.
La aplicación de las microesferas deberá realizarse mediante equipo o procedimiento que permita garantizar una distribución uniforme sobre la superficie demarcada.
4. Procedimiento de aplicación y control
El pintado de líneas, símbolos, letras, flechas, señales horizontales y demás elementos de demarcación deberá realizarse mediante equipo apropiado para la aplicación del material correspondiente, garantizando uniformidad, alineamiento, espesor y acabado de la demarcación.
El contratista deberá realizar, como mínimo, una medición del espesor de la demarcación aplicada, para lo cual deberá utilizar los moldes, instrumentos o procedimientos de medición adecuados según el material empleado.
La ejecución de los trabajos correspondientes a las partidas 2 y 3 deberá realizarse de conformidad con la norma INTE Q46 vigente, o aquella que la sustituya o modifique, en lo que resulte aplicable, así como con las especificaciones técnicas y procedimientos establecidos en este cartel.
5. Durabilidad y garantía de los trabajos
El contratista deberá garantizar la calidad y durabilidad de la demarcación ejecutada por un período mínimo de ciento ochenta (180) días naturales, contados a partir de la recepción definitiva de los trabajos.
Durante dicho período, la demarcación deberá conservar condiciones adecuadas de visibilidad, adherencia, uniformidad y acabado. En caso de presentarse desprendimientos, pérdida prematura de material, superficies borrosas o cualquier otra deficiencia atribuible a una aplicación incorrecta, deficiencia del material o incumplimiento de las especificaciones establecidas, el contratista deberá realizar, sin costo adicional para la Municipalidad, las reparaciones o reposiciones que determine la Unidad Supervisora.
Partida 4: Demarcación horizontal con material plástico en frío
Partida
Descripción
Precio 4 Demarcación de línea continua blanca Material plástico en frío Demarcación de línea continua Amarilla Material plástico en frío Demarcación de línea discontinua Blanca Material plástico en frío Demarcación de línea discontinua Amarilla Material plástico en frío Demarcación de línea discontinua corta Material plástico en frío Demarcación de cordón de caño Pintura Material en frío Demarcación de flechas direcciones Pintura Material en frío Demarcación de letrero de alto Material plástico en frío Demarcación de letrero de escuela Material plástico en frío Demarcación de letrero de velocidad máxima Material plástico en frío Demarcación de letrero de solo Material plástico en frío Demarcación de letrero de carril exclusivo Material plástico en frío
(Verificar cuadro adjunto en el documento- Pliego de Condiciones)
Demarcación de paso de peatones tipo cebra Material plástico en frío Demarcación de isla de canalización Pintura Material en frío
Pintura Plástico en Frío
Con respecto a la pintura plástica en frío, la Municipalidad de Palmares, en el marco de su interés por identificar y valorar alternativas técnicas que permitan una utilización más eficiente de los recursos públicos y favorezcan una adecuada relación costo-beneficio, realizó una revisión de la utilización de este tipo de materiales para la demarcación vial en el ámbito internacional.
Si bien en el ámbito nacional no se dispone actualmente de una norma técnica INTE específica para el suministro y aplicación de pintura plástica en frío para demarcación vial horizontal, se identificó que esta tecnología cuenta con desarrollo normativo y técnico en otros países, incluyendo normas y especificaciones técnicas que contemplan sus características, propiedades, métodos de ensayo, suministro y aplicación, entre las cuales se encuentran:
Europa: normas EN 12802:2011, EN 1423:2012 y EN 1871:2020.
Brasil: norma técnica ABNT NBR 15870:2016.
Colombia: normas técnicas NTC 1360-1 y NTC 4744-1.
Perú: especificaciones y disposiciones técnicas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La revisión de estas referencias permite determinar que la pintura plástica en frío constituye una alternativa técnicamente desarrollada y utilizada para la demarcación vial horizontal, por lo que se considera procedente su incorporación dentro de las alternativas contempladas en la presente contratación.
A partir de la revisión de las referencias técnicas internacionales identificadas y de las experiencias de aplicación observadas en el país, la Administración considera procedente incorporar la pintura plástica en frío como una alternativa adicional para la ejecución de trabajos de demarcación vial horizontal.
La inclusión de esta alternativa tiene como finalidad ampliar las opciones técnicas disponibles para la Administración, permitiendo valorar, de acuerdo con las características y condiciones particulares de cada intervención, la solución que resulte más conveniente para las necesidades de la Red Vial Cantonal, procurando una adecuada relación entre desempeño, durabilidad y costo, así como un uso eficiente de los recursos públicos.
Especificaciones:
El material deberá corresponder a un sistema de pintura plástica en frío de dos componentes, basado en resinas metacrílicas que contengan metacrilato de metilo (MMA), diseñado para su aplicación a temperatura ambiente y destinado a superficies de pavimento asfáltico y de concreto.
Características técnicas del material: la pintura plástica en frío deberá cumplir, como mínimo, con las siguientes características:
a. Estar constituida por resinas metacrílicas que contengan metacrilato de metilo (MMA).
b. Presentar resistencia a altas temperaturas, alta resistencia mecánica y flexibilidad, así como resistencia a la abrasión, álcalis, combustibles, lubricantes, radiación ultravioleta, intemperie y demás condiciones ambientales propias de su utilización en vías públicas.
c. Corresponder a un sistema de dos componentes, compuesto por:
Componente A: resina o pintura a base de MMA.
Componente B: endurecedor o catalizador a base de peróxido de dibenzoílo.
Las microesferas de vidrio requeridas para proporcionar las condiciones de retrorreflectividad deberán incorporarse durante el proceso de aplicación, de conformidad con las especificaciones del fabricante y los requerimientos establecidos en el presente cartel.
d. Los componentes A y B deberán mantenerse separados hasta el momento de su aplicación y mezclarse únicamente durante el proceso de instalación, iniciando con ello el proceso de polimerización, curado o fraguado del material.
e. La aplicación deberá generar una superficie de alta dureza, resistencia mecánica y durabilidad frente a las condiciones de tránsito y exposición ambiental.
f. El material deberá estar disponible en color blanco y color amarillo.
g. El sistema deberá permitir la aplicación mediante pulverización tipo spray/Airless multicomponente, utilizando equipo específicamente diseñado para este tipo de material.
h. Como parte del proceso de aplicación deberán incorporarse microesferas de vidrio mediante un sistema automático de sembrado que permita regular la tasa de aplicación y garantizar las condiciones de retrorreflectividad requeridas.
i. El material deberá presentar un tiempo de secado al tacto de máximo quince (15) minutos después de su aplicación, o el tiempo máximo establecido por el fabricante cuando este sea inferior.
j. El espesor de la pintura seca aplicada sobre la superficie deberá ser de mínimo 0,5 mm, sin considerar el incremento de espesor generado por las microesferas de vidrio.
k. En el caso de pintura aplicada sobre cordón, el espesor de la capa no podrá ser inferior a 0,3 mm.
l. El sistema deberá ser apto para su aplicación sobre pavimento asfáltico y concreto, según las necesidades determinadas por la Municipalidad.
Requisitos de color:
Los colores utilizados para la demarcación deberán cumplir con las coordenadas cromáticas establecidas en la siguiente tabla:
Color
1
2
3
4
x
y
x
y
x
y
x
y
Blanca
0,355
0,355
0,305
0,305
0,285
0,325
0,335
0,375
Amarillo
0,443
0,399
0,545
0,455
0,465
0,535
0,389
0,431
La retrorreflectividad inicial se regirá según se establece en la siguiente “Tabla Requisitos de retrorreflectividad iniciales” que se detalla a continuación:
Tipo de Material
Color
Plástico en Frío
Blanca A
Mcd/lux/m2
Amarilla A
Mcd/lux/m2
300
250
A Estos datos corresponden a valores correspondientes a RL (visibilidad nocturna), simulados por el equipo y sobre superficie seca.
Asimismo, a los ciento ochenta (180) días naturales contados a partir de la aplicación de la demarcación, la retrorreflectividad mínima aceptada será de 150 mcd/lux/m² para la pintura blanca y 100 mcd/lux/m² para la pintura amarilla.
El cumplimiento de los valores mínimos de retrorreflectividad será un requisito de aceptación de la demarcación. En caso de que, aun siendo visualmente visible, la demarcación no alcance los valores mínimos de retrorreflectividad establecidos, el contratista deberá proceder, por su cuenta y sin costo adicional para la Municipalidad, a la redemarcación de las áreas que no cumplan con dichos parámetros, hasta alcanzar los valores requeridos.
Método y forma de aplicación
La aplicación deberá realizarse mediante equipo de pulverización (spray) multicomponente, específicamente diseñado para la aplicación de pintura plástica en frío de dos componentes, debido al rápido endurecimiento del material. El equipo deberá ser de tipo Airless especializado y contar con un sistema que permita realizar la mezcla de los componentes A y B durante el proceso de instalación, mediante pistola de pulverización con sistema de mezclado.
El equipo trazador de línea autopropulsado deberá contar con dos (2) recipientes independientes, uno destinado al componente A y otro al componente B, de manera que ambos componentes permanezcan separados hasta el momento de su aplicación. Asimismo, el equipo deberá disponer de un (1) tanque para microesferas de vidrio, equipado con una pistola sembradora neumática con regulación de la tasa de aplicación, que permita la colocación automática de las microesferas inmediatamente después de la aplicación del material.
El sistema de aplicación deberá permitir la demarcación sobre diferentes superficies, incluyendo pavimento asfáltico y concreto, según lo requiera la Municipalidad, mediante una capa de pintura seca con un espesor no inferior a 0,5 mm, sin considerar el incremento de espesor generado por las microesferas de vidrio. En el caso de pintura aplicada sobre cordón, el espesor de la capa no podrá ser inferior a 0,3 mm.
El Contratista deberá disponer de equipos en adecuado estado de funcionamiento y en cantidad suficiente para ejecutar los trabajos dentro del plazo contractual establecido. Como parte de su oferta, deberá presentar la ficha técnica del equipo especializado que utilizará para la aplicación de la pintura plástica en frío, en la cual se acrediten sus características y aptitud para la aplicación del sistema requerido.
La utilización del equipo especializado requerido será de carácter obligatorio para la ejecución de los trabajos correspondientes a esta partida. No se permitirá la aplicación del material mediante equipos o métodos distintos de los establecidos en el presente cartel.
Una vez iniciados los trabajos, cualquier equipo que, mediante criterio técnico debidamente fundamentado de la Inspección Municipal, no cumpla con los requisitos establecidos o no reúna las condiciones mínimas de funcionamiento y seguridad necesarias para la adecuada ejecución de los trabajos, deberá ser retirado, sustituido o puesto en condiciones adecuadas por el Contratista.
(Verificar cuadro adjunto en el documento- Pliego de Condiciones)
Mientras persista el incumplimiento, no se permitira la continuacion de los trabajos que requieran la utilizacion del equipo observado. La Inspeccion Municipal podra requerir el retiro de dicho equipo de la zona de trabajo cuando resulte necesario para garantizar la adecuada ejecucion y seguridad de las labores.
La inspeccion y eventual aprobacion del equipo por parte de la Municipalidad no exime al Contratista de su responsabilidad de proveer, operar y mantener los equipos y demas elementos necesarios en condiciones adecuadas de funcionamiento y conservacion, de manera que los trabajos puedan ejecutarse dentro del plazo contractual y sin causar danos o perjuicios a su personal, a terceros o a la infraestructura existente.
Especificaciones generales para el contratista
„« Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestacion formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalizacion del contrato.
„« Entregar los servicios, bienes e insumos solicitados en apego a las condiciones de calidad requeridos.
„« De requerirse modificacion sobre plazos de entrega, los bienes o servicios a entregar, dichas gestiones deben ser tramitadas en la plataforma del SICOP, en los sitios habilitados para tales fines y dentro de plazos prudenciales.
„« Entregar los servicios, bienes e insumos dentro del plazo ofertado.
„« Atender oportunamente las solicitudes de informacion que puedan solicitarse a traves del SICOP.
„« Sera responsabilidad del Contratista cumplir con todas las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad e higiene de sus trabajadores, atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
„« El contratista tiene la obligacion de entregar, ejecutar, completar y garantizar los servicios contratados objeto de esta contratacion, por su propia cuenta y riesgo.
„« El contratista tiene la obligacion de respetar junto con su personal, todas las medidas y reglas de seguridad que rijan, por lo que el contratista proporcionara el equipo de seguridad necesario a su personal, quedando la Municipalidad de Palmares exenta de esta obligacion.
„« Bajo ningun motivo se permitira la permanencia de un trabajador en la obra sin las medidas minimas de seguridad.
„« Es obligacion del adjudicatario hacer frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero-patronales, de relaciones civiles y penales y de cualquier indole que se suscriben y originen entre el contratista y sus trabajadores.
„« El contratista garantizara a la Municipalidad de Palmares el cumplimiento de todo tipo de seguros, pago de planillas, riesgos laborales, seguros de equipo, etc. Por lo que, libera a la Municipalidad de todo tipo de responsabilidad patrimonial, asi como de toda responsabilidad civil, penal y laboral y ante terceros, por este concepto durante la ejecucion del trabajo.
„« El Contratista sera el unico responsable por la ejecucion del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, equipo, maquinaria y materiales).
„« El Contratista sera responsable por toda perdida, gasto y reclamo por perdidas o danos y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecucion del contrato.
„« Cualquier dano ocasionado durante la ejecucion a infraestructura publica, propiedades privadas o servicios existentes que sea imputable al contratista debera ser reparado por su cuenta y costo.
„« El personal de la empresa adjudicataria debera acatar las recomendaciones emanadas por la Municipalidad a traves de la Unidad de Red de Gestion Vial Cantonal. La falta de cumplimiento de las ordenes, las especificaciones y recomendaciones tecnicas facultara a la municipalidad a proceder con solicitar o requerir al contratista el retiro de los operarios, o bien iniciar el proceso de disolucion del contrato.
Protección de obra y personal: será responsabilidad del contratista la protección de los materiales, herramientas, bienes, inmuebles ajenos, los vehículos y peatones y asumirá los costos por todos los daños provocados durante las operaciones de este proyecto, en la zona de obras.
Una vez concluida la obra, el contratista avisará a la Administración para que establezca fecha y hora para la recepción del proyecto.
El transporte de los materiales, según objeto de esta licitación, deberá hacerse por cuenta y riesgo del adjudicatario.
No se reconocerá remuneración económica por causa de mal tiempo (tiempo perdido), fallas mecánicas u otra condición ajena al contratista. Para ello, se podrá compensar dichos días para trasladar la fecha de finalización prevista, siempre y cuando se justifique adecuadamente y existan las autorizaciones respectivas.
CR2020: El contratista debe presentar a la Administración un plan de disposición de residuos y desechos (envases, bolsas de microesferas, material sobrante, entre otros), de conformidad con la Guía de buenas prácticas para la demarcación vial horizontal INTE Q46, última edición y cualquier otra normativa ambiental vigente.
El oferente en su condición de contratista deberá cumplir de forma obligatoria, lo estipulado en las siguientes especificaciones y lineamientos relacionados con la construcción de infraestructura vial:
• Manual de Especificaciones Generales para la construcción de Carreteras, Caminos y Puentes. CR-2020.
• Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el control del tránsito, SIECA, 2014.
• Especificaciones especiales del proyecto
• Control de Calidad de Materiales y Procedimientos Constructivos de conformidad con Disposición General No. CM-002-97, del Área de Obras Públicas del MOPT.
• Manual técnico de dispositivos de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías.
• Código de Buenas Prácticas Ambientales, emitido por la Secretaría Técnica Ambiental Nacional.
• Manual técnico de dispositivos de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías.
• Decreto ejecutivo No 25235-MTSS Reglamento de Seguridad en Construcciones.
• Decreto Ejecutivo No. 40139-MOPT Oficialización de la Norma Técnica para el Desarrollo y la Conservación de la Red Vial Cantonal. Las o la presentación de la oferta es prueba de que conoce y acepta el cumplimiento de dichas normas.
El oferente, deberá programar la ejecución de las obras, de manera que, durante la ejecución de la obra, el camino quede en condiciones transitables al finalizar la jornada laboral. Dentro del programa de trabajo aportado por el oferente, se deberá especificar los tiempos máximos de cierre de vías para la realización de los trabajos.
Las señales verticales, postes y demás elementos de señalización que sean removidos durante la ejecución de las obras deberán ser entregados en el Plantel Municipal de la Municipalidad de Palmares, o en el sitio que indique la Unidad de Gestión Vial.
El contratista deberá organizar y delimitar adecuadamente cada área de trabajo, considerando las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores, peatones, conductores, propiedades colindantes y demás usuarios de la vía.
Durante la ejecución de las obras deberán mantenerse zonas de paso y circulación seguras, mediante la colocación de conos, barreras, cintas, dispositivos de canalización, señalización preventiva y demás elementos requeridos según las características de la intervención y el plan de manejo y control temporal del tránsito.
El contratista deberá mantener, en la medida técnicamente posible, los accesos a viviendas, comercios, propiedades y servicios existentes. Cuando sea indispensable limitar temporalmente algún acceso, deberá coordinarse previamente con la Unidad de Gestión Vial y adoptarse las medidas necesarias para minimizar la afectación.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Unidad de Red de Gestión Vial Cantonal (URGVC) de la Municipalidad de Palmares, en el marco de sus competencias relacionadas con la gestión, conservación, mantenimiento y seguridad de la Red Vial Cantonal, requiere fortalecer las condiciones de seguridad vial mediante la ejecución de trabajos de demarcación horizontal y colocación de señalización vertical en diferentes sectores del cantón. La señalización vial constituye un componente fundamental para garantizar una adecuada regulación, orientación y ordenamiento de la circulación vehicular y peatonal. Una demarcación horizontal visible y correctamente ejecutada, así como la instalación de señales verticales reglamentarias, preventivas e informativas, permite mejorar la identificación de las condiciones de circulación, orientar a los usuarios de la vía y advertir sobre situaciones que puedan representar riesgos, contribuyendo de esta manera a la prevención de siniestros viales y al uso seguro de la infraestructura vial. Actualmente, la Municipalidad de Palmares no cuenta con la capacidad operativa suficiente para atender de manera integral y permanente las necesidades de demarcación horizontal y señalización vertical existentes en la Red Vial Cantonal. Si bien la institución puede atender determinados casos mediante recursos propios, principalmente situaciones de emergencia o intervenciones puntuales, la ejecución de un programa integral de señalización requiere disponer de equipo especializado, materiales, herramientas, vehículos, maquinaria y personal con experiencia específica en este tipo de trabajos. Entre los recursos requeridos se encuentran equipos para aplicacion de pintura vial, compresores, pistolas aplicadoras, plantillas, herramientas especializadas, vehiculos y equipos para la instalacion de senales verticales, incluyendo aquellos necesarios para trabajos que requieren atencion en altura. Asimismo, se requiere personal capacitado para la correcta ejecucion de las labores, considerando las especificaciones tecnicas aplicables, las condiciones de seguridad ocupacional y la normativa vigente en materia de senalizacion vial. En virtud de lo anterior, resulta tecnica y operativamente conveniente recurrir a la contratacion de una empresa especializada que pueda ejecutar de manera integral los trabajos requeridos, incluyendo el suministro de materiales, equipo, maquinaria, mano de obra, transporte, herramientas y demas recursos necesarios para la correcta ejecucion de las actividades. La contratacion permitira: „h Garantizar la calidad tecnica de los trabajos, mediante la ejecucion de la demarcacion horizontal y la senalizacion vertical conforme a las especificaciones tecnicas, normativa y disposiciones aplicables en materia de senalizacion vial. „h Contar con materiales adecuados y de calidad, incluyendo aquellos que cumplan con las caracteristicas tecnicas requeridas de resistencia, visibilidad y retrorreflectividad, segun corresponda al tipo de senalizacion por ejecutar. „h Optimizar los recursos municipales, evitando la necesidad de realizar inversiones significativas en maquinaria, equipo y herramientas especializadas, asi como la adquisicion permanente de insumos y la capacitacion especifica del personal para atender este tipo de labores. „h Mejorar la eficiencia de ejecucion, al disponer de un contratista responsable de suministrar los recursos necesarios y desarrollar integralmente las actividades, reduciendo los tiempos asociados a la coordinacion y disponibilidad de materiales, equipos y personal. „h Atender de manera planificada y priorizada los diferentes sectores del canton, permitiendo intervenir caminos cantonales, intersecciones, zonas escolares, pasos peatonales, reductores de velocidad, sectores con alta circulacion vehicular y peatonal, asi como otros puntos que, de acuerdo con los criterios tecnicos de la URGVC, requieran intervencion. „h Fortalecer las condiciones de seguridad vial, mediante la recuperacion y establecimiento de marcas viales y senales que permitan regular, advertir y orientar adecuadamente a los usuarios de la via. „h Atender de manera integral las necesidades de senalizacion, de acuerdo con la planificacion municipal, los requerimientos identificados mediante inspecciones tecnicas y la priorizacion de los puntos que presenten mayores necesidades de seguridad y ordenamiento vial. Por lo anterior, la contratacion de una empresa especializada para la ejecucion integral de los servicios de demarcacion horizontal y senalizacion vertical se considera necesaria y conveniente para la Municipalidad de Palmares, debido a que permitira ampliar la capacidad operativa de la URGVC y atender de forma programada las necesidades existentes en la Red Vial Cantonal, garantizando condiciones adecuadas de calidad, seguridad y eficiencia en la ejecucion. En consecuencia, la contratacion propuesta responde a una necesidad institucional y de interes publico, orientada al mejoramiento de la seguridad vial, el ordenamiento de la circulacion y la conservacion de las condiciones funcionales de la Red Vial Cantonal, mediante la disponibilidad de servicios especializados que actualmente no pueden ser atendidos de manera integral con los recursos propios de la Municipalidad.
Marco Jurídico
La presente contratación consiste en una licitación reducida, por lo que está se fundamenta en:
- El artículo 3, inciso e) de la Ley General de Contratación Publica No. 9986
- Los artículos 62,63 de la Ley General de Contratación Pública.
- Los artículos 154,155 y 156 del Reglamento a la ley General de Contratación Pública N.° 9986, Decreto Ejecutivo N.° 43808 (en adelante Reglamento a la Ley)
- El artículo 16 de la Ley N.° 9986 con relación a que el procedimiento se realizará a través del Sistema Digital Unificado.
- El artículo 36 de la Ley N.° 9986, así como la Resolución N.° 00132 del 12 de diciembre de 2022, de la Contraloría General de la República, sobre el tipo de contratación, o sea, por Licitación Reducida.
Consultas al Pliego de Condiciones
La Unidad de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, las consultar formales, legales y técnicas deben ser presentadas única y exclusivamente por la plataforma SICOP.
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios. Por el solo hecho de presentar oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como valido consultas o aclaraciones por teléfono u otros medios que no sea ya el indicado acá.
Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Los precios cotizados serán unitarios, totales, Libres de todo Impuesto, ciertos y definitivos e invariables, los cuales se presentarán en letras y número coincidentes, en caso de divergencias prevalecerá la suma indicada en letras. Los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma para efectos de comparación, aplicando las reglas previstas en el pliego de condiciones o en su defecto el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura. El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio. De previo a la formalización contractual deberá presentar un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen.
Con base al Artículo 103. Sobre el presupuesto detallado. El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
(Verificar en el documento adjunto- Pliego de Condiciones)
En seguimiento a lo dispuesto en el artículo 44 RLGCP, durante la etapa de análisis de ofertas y como parte de la razonabilidad del precio, conforme a lo indagado en el banco de precios, estudio de mercado, y fuentes confiables, la Administración se reserva el derecho de aplicar bandas de tolerancia superior de 15% e inferior del 5% del precio de esta contratación.
El oferente debe presentar un desglose de la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; con el detalle de al menos los siguientes componentes: los costos directos, los costos indirectos, la utilidad y los imprevistos; de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el deberá ajustar el presupuesto a dichos valores. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
La fórmula de estructura del precio deberá estar compuesta al menos de la siguiente manera:
Costos directos (mano de obra + insumos u otros): Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
Costos indirectos (gastos administrativos): Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos.
Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo entre otros.
La estructura de precio de la oferta deberá presentarse, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas o los renglones de pago que conforman el objeto contractual. En aquellos casos que el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura de precio correspondiente a cada moneda.
De esta forma se tiene que la estructura del precio en valores absolutos para cada moneda ofertada es:
(Verificar formulas adjuntas en el pliego de condiciones)
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso.
Criterio de Desempate
El que indica la ley, según:
Artículo 97. Desempate
El mismo se realizará de forma presencial en la Institución y en la invitación se indicará el método a utilizar.
Conforme al artículo 14 de la Ley General de Contratación Publica serán obligaciones del oferente y el contratista las siguientes:
Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de la ley 9986.
Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la ley 9986.
Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una Orden de Compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Palmares suscrita por los funcionarios competentes y certificación presupuestaria correspondiente. Los pedidos se realizarán y notificarán mediante SICOP.
El tope para la presente contratación es el monto designado para la Licitación Reducida. Se entenderá por alcanzado dicho tope cuando la sumatoria de todas las órdenes de pedido emitidas a la o las casas comerciales adjudicadas, alcance dicho monto. Por tal razón habiéndose alcanzado el tope fijado, se dará por concluido el contrato independientemente del plazo que haya transcurrido.
Conforme al artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública en caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico.
La forma de pago será 30 días naturales posteriores a la recepción del bien o servicio solicitado, contra recepción de facturas electrónicas debidamente timbradas por el Ministerio de Hacienda y enviada al correo electrónico de la administradora del contrato. (pdf-archivo xml-aceptación del Ministerio de Hacienda), las cuales deberán ser emitidas por el proveedor de manera posterior al acta de recepción definitiva.
El proveedor adjudicado deberá solicitar por medio de la plataforma del SICOP la recepción del bien o servicio contratado, posteriormente el administrador del contrato emitirá el acta de recepción definitiva y remitirá la gestión de pago a la Proveeduría.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa 1: Cuando el contratista incurra en atraso imputable en la ejecución y entrega de los trabajos respecto del plazo establecido en la respectiva orden de pedido, se aplicará una cláusula penal equivalente al 1 % por cada día natural de atraso, calculada sobre el monto de la prestación que se encuentre en atraso, hasta alcanzar el límite máximo establecido en la normativa aplicable. Lo anterior, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan ante un incumplimiento contractual. Multa 2: Colocación o suministro de señales no conformes: Cuando se verifique la colocación o el suministro de señales verticales u horizontales que no correspondan con las especificaciones técnicas o cantidades señaladas en la orden de pedido, el contratista dispondrá de un plazo de 24 horas / 1 día hábil a partir de la notificación formal para realizar la corrección o sustitución. De no corregirse en el plazo otorgado, se aplicará una multa de 1% por cada día natural que transcurra sin la corrección debida, sin perjuicio de que los elementos no conformes no serán contemplados en la estimación de pago correspondiente. Multa 3: Incumplimiento en dispositivos de seguridad y Plan de Manejo de Tránsito: Dada la naturaleza crítica para la seguridad vial, la omisión, colocación tardía o retiro anticipado del señalamiento preventivo y dispositivos de seguridad, generará una multa directa e inmediata de 1% por cada evento o día de incumplimiento detectado. El contratista deberá subsanar la deficiencia en un plazo máximo e improrrogable de (2 a 4 horas) tras la advertencia; el incumplimiento en este lapso facultará a la Administración para paralizar las obras por cuenta y riesgo del contratista. Multa 1: 1% Multa 2: 1% Multa 3: 1% Multa 4: 1% Multa 4: Incumplimiento de calidad en pintura y/o materiales: Si los materiales aplicados (pintura, microesferas, láminas reflectivas o soportes) no cumplen con las especificaciones o fichas técnicas aportadas por el contratista y respectivamente aprobadas, la Administración rechazará el trabajo y aplicará una multa del 1%; el contratista dispondrá de un plazo de [48 horas / 2 días hábiles] para la presentación de una nueva ficha técnica que corresponda a los materiales utilizados y de no presentarla en el plazo indicado el contratista estará obligado a remover y reinstalar el material conforme a la norma, a su propio costo y dentro del plazo asignado, sujeto a las multas por atraso correspondientes.
Cláusula penal. En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un porcentaje del valor del monto total adjudicado, o del pago correspondiente al avance del proyecto, hasta un máximo del 25%. % 1,80 sobre el monto de la orden de pedido por cada día de atraso.
Documentos del cartel4
- CertificaciónPDF · 184 KB
- Acto Administrativo MotivadoPDF · 317 KB
- Condiciones de obra pública, art 172PDF · 430 KB
- Pliego de CondicionesPDF · 3,7 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jeffry de Jesus Barrantes Araya
Red de Gestión Vial Cantonal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 20/10/2026 12:04. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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