2026LD-000052-0002100008 · SICOP 20260800927
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE OSA, UNIDAD REGIONAL BRUNCA (OBRA PÚBLICA).
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡72,3 millones y quedó en firme el 02/10/2026. Se recibieron 7 ofertas de 7 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡72,3 millones
Ofertas recibidas
7
de 7 empresas
Oferta más baja
₡63,9 millones
11,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/10/2026
- Constructora Almovar del Valle de el GeneralNo era la más barata (5.ª de 7)₡72 639 914,07
Informe de recomendación de Laura Leon Gamboa, 28/09/2026 · adjuntos: Verificaciones Recomendación CONST. ALMOVAR DEL VALLE DE EL GENERAL S.A. AL DIA.pdf, PRÓRROGA VIGENCIA OFERTA 2026LD-000052-0002100008_120401.pdf, URB-PFC-CONS-81-2026.pdf, URF-679-2026 Solicitud de prórroga para la entrega del estudio financiero.pdf
Fechas clave
- Se publicó12/08/2026 09:47 · hace 2 meses
- Límite para 13/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 14/08/2026 23:59 · hace 59 días
- Cierre de ofertas19/08/2026 09:10 · hace 54 días
- de ofertas19/08/2026 09:15 · hace 54 días
- publicado29/09/2026 12:01 · hace 13 días
- Adjudicación 02/10/2026 07:58 · hace 10 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡21 593,1 millones en 685 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios Civiles Mantenimiento de Edificios1 · ₡72 345 458,491₡72 345 458,49
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡61,5 millones – ₡72,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 80 % · RESULTADO DE GESTIÓN 20 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,81 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | RESULTADO DE GESTIÓNmáx. 20 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Consorcio Rvasile | 80 | 20 | 100 |
| Constancio Umaña Arroyo | 76,35 | 20 | 96,35 |
| Urbanizaciones y Lastrados Urbalas | 74,2 | 20 | 94,2 |
| Constructora Mora & Medina | 73,37 | 20 | 93,37 |
| Constructora Almovar del Valle de el GeneralGanó | 70,37 | 20 | 90,37 |
| Costacon de Costa Rica | 61,55 | 0 | 61,55 |
| America Ingenieria y Arquitectura | 40,44 | 20 | 60,44 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
LA COMISIÓN REGIONAL DE GESTIÓN DE COMPRAS DE LA UNIDAD REGIONAL BRUNCA, EN SESIÓN ORDINARIA No. 46-2026, CELEBRADA EL MARTES 29 DE SETIEMBRE DE 2026, ACORDÓ DICTAR EL ACTO FINAL CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN REDUCIDA No. 2026LD-000052-0002100008 DENOMINADO "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE OSA, UNIDAD REGIONAL BRUNCA (OBRA PÚBLICA), SEGÚN INFORMACIÓN QUE CONSTA EN EL COMUNICADO DE ACUERDO URB-CRGC-AC-169-2026.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Las condiciones invariables deben orientarse a la selección de la oferta más conveniente a los intereses de la Administración. El incumplimiento de esas condiciones hará inelegible a la oferta.
El oferente, estará obligado a describir de forma completa a partir del pliego de condiciones, las características del objeto, bien o servicio que cotiza, sin necesidad de reiterar la aceptación de las cláusulas invariables o condiciones obligatorias, cuyo cumplimiento se presume.
- Requisitos mínimos de admisibilidad.
- Experiencia mínima de la empresa.
El oferente debe presentar tres (3) proyectos realizados en los últimos cinco (5) años contados con anterioridad a la fecha fijada para la apertura de ofertas, que cumplan con los requerimientos relacionados con la obra dispuestos en el pliego de condiciones.
El oferente debe contar, como mínimo con 5 años de estar inscrita como empresa constructora en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
Dicha experiencia podrá ser aportada con las siguientes opciones:
- Proyectos con costos registrados o tasados ante el CFIA no menores de ¢ 75,000,000.00 (setenta y cinco millones de colones)
- Carta de recibido conforme por parte del cliente que avale el proyecto ejecutado con las condiciones anteriormente definidas.
- Indicar el nombre del proyecto registrado ante el CFIA.
- Certificación emitida por el CFIA de la LISTA DE PROYECTOS tramitada en los últimos cinco (5) años (anteriores a la fecha fijada para la apertura de ofertas) donde la firma oferente esté registrada como la firma a cargo de la obra o caso contrario deberá presentar cartas de constancia de parte del propietario emitidas con fecha de 6 meses a la fecha.
Los oferentes deberán adjuntar en su oferta la siguiente tabla con la información que así se requiera de los proyectos donde se demostrará la experiencia. Se someterán a valoración técnica únicamente los (3) tres proyectos que sean aportados por el oferente por medio de la Tabla de Información Técnica del Oferente.
|
Tabla de Información Técnica del Oferente |
|||
|
Proyecto 1. |
# Contrato CFIA |
|
|
|
Nombre del Proyecto |
|
||
|
a) Número de Certificación individual del proyecto digital emitida por el CFIA. |
|
||
|
b) Carta Recibido conforme emitido por la entidad que lo contrato. La experiencia podrá ser constatada por este rubro. |
|
||
|
Fecha de conclusión a satisfacción del proyecto. |
|
||
|
Área en m2. |
|
||
|
Costo del proyecto registrado. |
|
||
|
Responsabilidad Profesional Registrada |
|
||
|
Proyecto 2. |
# Contrato CFIA |
|
|
|
Nombre del Proyecto |
|
||
|
a) Número de Certificación individual del proyecto digital emitida por el CFIA. |
|
||
|
b) Carta Recibido conforme emitido por la entidad que lo contrato. La experiencia podrá ser constatada por este rubro. |
|
||
|
Fecha de conclusión a satisfacción del proyecto. |
|
||
|
Área en m2. |
|
||
|
Costo del proyecto registrado. |
|
||
|
Responsabilidad Profesional Registrada |
|
||
|
Proyecto 3. |
# Contrato CFIA |
|
|
|
Nombre del Proyecto |
|
||
|
a) Número de Certificación individual del proyecto digital emitida por el CFIA. |
|
||
|
b) Carta Recibido conforme emitido por la entidad que lo contrato. La experiencia podrá ser constatada por este rubro. |
|
||
|
Fecha de conclusión a satisfacción del proyecto. |
|
||
|
Área en m2. |
|
||
|
Costo del proyecto registrado. |
|
||
|
Responsabilidad Profesional Registrada |
|
||
La tabla de Perfil requerido de la empresa se debe completar y entregar ÚNICAMENTE CON LA INFORMACIÓN SOLICITADA.
- Adicionalmente la empresa extranjera deberá presentar cartas de experiencia de proyectos que estén debidamente registrados o inscritos ante el organismo o entidad profesional equivalente al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica en el país de origen u otro organismo legalmente reconocido a nivel gremial o laboral y que haga constar del tipo y características de los proyectos realizados; de no existir este organismo, los proyectos presentados y su inscripción deberán quedar debidamente acreditados por un medio idóneo indicado por el interesado, que permita a la Administración considerar y constar que sin lugar a dudas lo contenido y presentado es así.
Como requisito todos los profesionales responsables a cargo de las diferentes áreas del proyecto por parte de la empresa extranjera oferente deben estar inscritos en el CFIA, deberán de dominar el idioma español en forma escrita y oral; de resultar adjudicataria la empresa extranjera deberá garantizar que la comunicación oral y escrita en idioma español.
- Personal mínimo obligatorio
Los oferentes deben considerar para la ejecución del proyecto, de un equipo profesional (director técnico de la obra y maestro de obras) ambos con 5 años como mínimo de experiencia profesional, activos e incorporados en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica CFIA a la fecha de la apertura de ofertas, salvo el director técnico de obra, el cual se detalla más adelante. Los profesionales para considerarse son:
- Director técnico de la obra
Según la complejidad del proyecto se deberá solicitar lo siguiente:
- Ingeniero civil o en construcción o arquitecto, quien fungirá como ingeniero residente de la obra.
Para el caso del director técnico de obra, deberá cumplir con los siguientes requisitos como mínimo:
- Estar debidamente activo e inscrito ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, con un mínimo de 5 años a la fecha de la apertura de ofertas.
- Presentar la certificación CFIA que confirme su incorporación y al día con sus obligaciones ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. Estas certificaciones deberán contar con una vigencia de los últimos 3 meses a la fecha fijada para la apertura de ofertas.
- Demostrar experiencia en la dirección técnica de proyectos con un alcance similar o mayor al del proyecto del presente concurso, en área y tipo de obra (construcción y remodelación) en al menos tres (3) proyectos, en los últimos cinco (5) años.
- Presentar lista CFIA de proyectos registrados en los últimos 5 años contados con anterioridad a la fecha fijada para la apertura de ofertas, donde se demuestre que haya fungido como tal.
Cualquier cambio de profesional, debe ser comunicado por escrito al Proceso de Arquitectura y Mantenimiento de la Unidad de Recursos Materiales con 5 días de anticipación y deberá ser incorporado inmediatamente al personal sustituto en la Póliza de Riesgos de Trabajo y presentar una copia al coordinador del proyecto que verifique. Los profesionales que se incorporen en sustitución deberán de tener los mismos atestados requeridos en este pliego de condiciones.
Todos los profesionales deberán de estar presentes en la reunión y visita de inspección general que se llevara a cabo una vez por semana (día y hora a determinar en la reunión de pre - construcción) conjuntamente en la que participarán la empresa consultora, empresa contratista constructora, y persona coordinadora designada por parte del Proceso de Arquitectura y Mantenimiento del INA. Así mismo, deberá contar con disponibilidad en el caso que se requiera realizar alguna visita. En caso de contar con un ingeniero residente, este deberá permanecer en la obra durante las horas laborales, por todo el período constructivo.
- Maestro de obras
Adicionalmente la empresa ADJUDICATARIA deberá colocar un Maestro de obras idóneo, que deberá de tener cinco (5) años de experiencia como mínimo, quien deberá ajustarse fielmente a lo indicado en planos, especificaciones técnicas y documentos como tal del proyecto.
El Maestro de Obras deberá ser empleado fijo, a tiempo completo. Tanto la obra civil -arquitectónica, instalación eléctrica, mecánica, deben ser realizadas por técnicos especializados en la materia. La empresa adjudicataria deberá entregar la documentación necesaria para verificar la experiencia requerida (5 años de experiencia como mínimo) en un plazo de cinco (5) días máximo, posterior a la firmeza del acto.
- Profesionales mínimos requeridos y experiencia.
Aplica en su totalidad, lo indicado en el punto 2.21.1.2 del presente pliego de condiciones personal Mínimo Obligatorio.
- Condiciones para empresas consorciadas.
Dos o más participantes (empresas) podrán ofertar bajo la forma consorciada, con el propósito de reunir o completar requisitos del pliego de condiciones, sean estos técnicos (cantidad de proyectos) como financieros (requisitos para el estudio financiero), para lo cual deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, con la documentación de respaldo pertinente. Los oferentes podrán actuar bajo una misma representación. Será condición de esta figura consorciada, que una empresa solo pueda participar en un consorcio para este concurso, al igual que los profesionales propuestos.
- Experiencia mínima del consorcio (empresas o profesionales independientes) y documentación que debe de entregar:
Aplica en su totalidad, lo indicado en el punto 2.21.1 del presente pliego de condiciones experiencia mínima de la empresa.
El consorcio podrá conformarse para la prestación de servicios de construcción para la presente contratación. El consorcio podrá ser conformado como máximo por tres (3) empresas.
Deberá presentar una certificación expedida por el Registro Nacional o Notario Público del acuerdo consorcial según lo indicado en el artículo 75 del RLCA, indicando personería y número de cédula jurídica y el nombre de sus representantes.
El representante legal del CONSORCIO será uno de los miembros de la empresa o del equipo de profesionales solicitado en el presente pliego de condiciones y en el caso de las empresas, una de éstas deberá ser la representante legal y se debe de indicar e identificar en la oferta quien de los profesionales o empresa es el representante legal del consorcio.
Debe adjuntarse carta firmada por cada una de las empresas, dando consentimiento de su participación en la contratación y en el Consorcio.
Es deber de las empresas consultoras en CONSORCIO que conforman el consorcio, cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo. La Administración se reserva la potestad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones en cualquier momento, por medio de los sistemas automatizados del SICERE-CCSS. Asimismo, esta cláusula será considerada contenido esencial del contrato, y cualquier falta a la misma implicará incumplimiento contractual, en cuyo caso, podrá la Administración dar por terminado el contrato, según lo dispuesto por las normas que regulan la materia.
Además, se debe considerar, que una empresa solo podrá participar en un consorcio para un mismo concurso.
- Documentación.
Toda la documentación que se incluya en la oferta que no cuente con firma digital, deberá presentarse en fotocopia debidamente certificada por un Notario Público, se realizarán las prevenciones del caso.
Adjuntar la cédula de identidad del representante legal del ente (por ambos lados) certificada o autenticada.
Adjuntar (por ambos lados) certificada o autenticada, de la cédula de personería jurídica con declaración de acciones.
- Supervisión
La supervisión y fiscalización del contrato será coordinada por la persona coordinadora del proyecto designada del Proceso de Arquitectura y Mantenimiento (PAM).
Los materiales deberán ser nuevos y certificados, de acuerdo con lo especificado y serán sometidos a inspección, examen y prueba del supervisor del proyecto en cualquier momento durante la manufactura o la construcción y en el lugar donde se efectúen estos procesos.
El supervisor del PAM tendrá derecho a rechazar materiales y mano de obra defectuosa y también exigir su corrección. Toda mano de obra que haya sido rechazada deberá ser corregida satisfactoriamente y todo material deberá ser sustituido por el contratista si se encontró defectuoso por el supervisor, sin ningún costo alguno para el Propietario.
El contratista garantizará al supervisor y a funcionarios autorizados por el propietario el libre acceso a toda parte de la obra y a todos los materiales que hayan de ser usados en ella. Además, proporcionará prontamente por su cuenta, sin costo adicional, todas las facilidades, mano de obra y materiales necesarios para los exámenes que requiera hacer la inspección.
- Tabla de pagos (desglose de presupuesto): Esta tabla se establecerá como definitiva según visita al sitio.
La tabla de pagos ES INVARIABLE EN SU TOTALIDAD, se debe completar y entregar ÚNICAMENTE CON LA INFORMACIÓN SOLICITADA para cada actividad indicada. El precio total ofertado de la obra tanto en la oferta como en SICOP, debe de coincidir con la sumatoria de la totalidad de actividades que conforman el proyecto y así, la tabla de pagos.
- En la tabla, deberá quedar indicado de forma clara las actividades que serán a subcontratar.
- Ninguna de las actividades deberá venir con costo de cero colones; la omisión de algún requerimiento descalificará la oferta.
- Las áreas entregadas por el INA, deberán ser rectificadas en sitio por el oferente.
- No se considerará trabajo extra ni se autorizará pago adicional por aquellas condiciones no expresamente indicadas, pero fácilmente visibles, o razonablemente previsibles, como resultado de un examen cuidadoso del sitio del trabajo a realizar. O bien, por aspectos que forman parte del alcance del proyecto especificados y que no hayan sido considerados en la oferta.
- El precio total ofertado con impuestos deberá ser definitivo y deberá indicarse en la oferta, tanto en números como en letras. En caso de discrepancia prevalecerá el precio en letras. El precio total de la oferta deberá responder a la estructura del precio.
- La empresa oferente deberá justificar el precio de su oferta en el caso de que el monto de esta sea inferior o superior al margen máximo y mínimo establecido por la Administración, el cual consiste en el 10%. Dicha justificación deberá entregarse en la oferta.
Los precios contenidos en la tabla 2.21.4 deben venir diluidos los costos directos que deberán coincidir con la tabla del item 2.8 Desglose de la estructura de precio.
Ver alcance de obras en las especificaciones técnicas.
- El contratista deberá considerar incluido dentro del precio ofertado el costo total asociado a la desinstalación, protección, reinstalación y puesta en correcto funcionamiento de todos los elementos eléctricos existentes que puedan verse afectados por la ejecución de las actividades objeto de esta contratación.
Lo anterior incluye, de manera enunciativa pero no limitativa, salidas eléctricas, luminarias, cableado, canalizaciones, interruptores, tomacorrientes, cajas de registro, sensores, accesorios y cualquier otro elemento eléctrico ubicado en cielos, paredes o estructuras que interfieran directa o indirectamente con los trabajos.
El contratista será responsable de ejecutar estas labores de forma ordenada, segura y planificada, garantizando en todo momento:
- La continuidad operativa de las labores del centro, evitando interrupciones innecesarias del servicio eléctrico.
- La integridad y correcto funcionamiento de las instalaciones eléctricas existentes.
- La reposición de los elementos intervenidos en condiciones iguales o superiores a las originales, cumpliendo con la normativa técnica y de seguridad vigente.
No se reconocerán costos adicionales, ampliaciones de plazo ni reclamos económicos derivados de la desinstalación, reinstalación o adecuación de elementos eléctricos, por cuanto estos trabajos se consideran parte integral del alcance de la contratación.
- La oferta CON IMPUESTOS debe presentarse por la totalidad de la obra, misma estipulada en planos constructivos, especificaciones técnicas, descripción de los trabajos a realizar, aclaraciones y/o modificaciones (en caso de que se presenten) y debe reflejarse en la tabla de pagos.
- La no presentación de esta tabla de pagos, así como también, la omisión de algún dato de los mencionados anteriormente en alguna actividad de las que se conforma el proyecto invalidará la oferta presentada.
- La tabla de pagos ES INVARIABLE EN SU TOTALIDAD, se debe completar y entregar ÚNICAMENTE CON LA INFORMACIÓN SOLICITADA para cada actividad indicada. El precio total ofertado de la obra tanto en la oferta como en SICOP, debe de coincidir con la sumatoria de la totalidad de actividades que conforman el proyecto y así, la tabla de pagos.
- Cada actividad incluida en la tabla de pagos del proyecto se debe considerar según la unidad de medida establecida en la tabla de pagos como unidad de medida, la unidad global, considerándose que esta unidad abarcará un todo de cada actividad y por tanto, el total del proyecto, quedando construido el proyecto conforme a lo especificado en planos constructivos.
- El monto total de la oferta con impuestos debe coincidir con el monto total resultante de los precios de cada actividad que conforma el proyecto e indicadas en la tabla de pagos estipulada en este pliego de condiciones.
- El precio total ofertado con impuestos será con el cual se realizará el análisis y la comparación de ofertas.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO EN EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE (INA) UBICADO EN OSA DE PUNTARENAS
ver detalle en el documento "Especificaciones Técnicas Servicio Mantenimiento edificios CFP OSA (Obra Pública)" adjunto a este pliego de condiciones
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
- Términos de pago.
El INA cancelará la factura, dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo a satisfacción del servicio brindado, previo visto bueno de la persona funcionaria encargada de Unidad de Recursos Materiales, por medio de la modalidad transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria.
Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte de la persona funcionaria encargada de Unidad de Recursos Materiales del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA.
De conformidad con el artículo 18 del RLGCP la Administración efectuará el pago por resultados una vez que haya recibido a satisfacción la obra, el bien o el servicio, así como la satisfacción de indicadores previamente pactados y sea presentada la factura conforme a Derecho.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
El INA pagará al contratista en tractos, según avance de la obra, el mismo será definido en la tabla de pagos presentada por la empresa adjudicada.
No se reconocerán pagos por materiales y/o equipos colocados en sitio que no estén instalados o por estructuras que no estén instaladas en la obra.
Para proceder con el trámite de pago se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo electrónico que se indica a continuación: facturacion144@ina.ac.cr dirigida al señor Ricardo Zuñiga Duarte, Encargado del Centro Formación Profesional de Osa.
La entrega por parte del contratista al INA de la factura del avance verificado del mes correspondiente, junto con la documentación que se detalla más adelante, deberá ser entregada máximo el día ocho del mes siguiente al avance verificado, en caso de que ese día sea no hábil, deberá entregarse al día hábil siguiente para poder llevar a cabo por parte del INA la cancelación correspondiente al final de dicho mes. De no recibir la documentación en la fecha establecida, el pago se realizará a finales del mes siguiente.
Además, se tramitarán para pago, solo cuando el contratista haya cumplido con los requerimientos especificados en el pliego de condiciones y la certificación donde se acredite oficialmente que se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. Ésta factura se tramitará bajo obra realizada.
- Lugar, fecha de inicio y conclusión de la entrega:
El servicio deberá de realizarse en: Centro De Formación Profesional De Osa
El INA le comunicará al contratista la fecha de inicio del servicio.
No se considerará trabajo extra ni se autorizará pago adicional por aquellas condiciones no expresamente indicadas, pero fácilmente visibles, o razonablemente previsibles, como resultado de un examen cuidadoso del sitio del trabajo a realizar. No se dará consideración y no se compensará en forma alguna por malentendidos en cuanto al trabajo por realizar o respecto a los materiales a emplear, ya que la oferta incluye el acuerdo tácito con los artículos y condiciones señaladas en las especificaciones técnicas y documentación que la conforma.
- Subcontratación.
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
|
ACTIVIDAD PARA SUBCONTRATAR |
EMPRESA PARA SUBCONTRATAR |
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
MONTO ASOCIADO CON IMPUESTOS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
- Sobre aplicación del IVA.
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%.
- Desglose de tributos
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
- Adjudicación parcial.
Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
Cuando una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
- Desglose del precio.
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta en la partida 1 deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
|
ESTRUCTURA DE PRECIO PARA PARTIDA 1 |
||
|
RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO |
|
1. Costos Directos (mano de obra directa) |
|
|
|
2. Costos Directo (insumos directos) |
|
|
|
3. Subcontrataciones (cuando corresponda) |
|
|
|
4. Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
|
|
|
5. Costos Indirectos (insumos indirectos) |
|
|
|
6. Imprevistos |
|
|
|
7. Utilidad (mínimo 10%) |
|
|
|
TOTAL |
100% |
|
*Nota: Se entiende que la subcontratación está inmersa dentro de los otros rubros de la tabla, sin embargo, se requiere que se detallen en una línea independiente dentro de la estructura del precio.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del fino interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto, si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación.
- Presupuesto detallado.
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, deberá entregar el presupuesto detallado tanto para la partida 1 como para la partida 2.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
- Revisión de precios.
En los contratos que por sus particularidades los riesgos deban ser asumidos, proyectados, cubiertos e incorporados como parte del precio ofertado, independientemente de la moneda en que se pacte el precio estos riesgos deben ser asumidos por el contratista y NO serán objeto de reajustes. Ver Artículo 108. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato de obra pública.
En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El contrato podrá estar sujeto a riesgos y a la aparición de circunstancias no tomadas en cuenta por las partes al momento de su formalización conforme a lo señalado en el artículo 100 de la LGCP, que afecten el nivel económico originalmente establecido, dependiendo de la modalidad de remuneración, el grado de incidencia y de su permanencia en el tiempo. Para ello se deberá examinar el origen de las alteraciones que modifiquen el equilibrio económico del contrato a fin de restituir el equilibrio establecido en la fecha de presentación de la oferta.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática para calcularlo, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El costo del servicio podrá ser reajustado. Para tal efecto se aplicará la fórmula de revisión de precios que se adjunta en Anexo 1 del Pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la Estructura porcentual del Precio Cotizado.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Cronograma Preliminar del Servicio con las fechas acordadas.
El adjudicatario presentará a la Administración el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica, según corresponda, y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación. En un máximo de cinco días hábiles a partir de su presentación, la Administración deberá revisar y resolver acerca de la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos, de conformidad con los términos establecidos en el pliego de condiciones y en los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
- Documentación probatoria.
En cuanto a la documentación probatoria solamente aplicable al método analítico documental, el adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación de la factura preforma o documento equivalente aportado en su oferta asociada a aquellos costos directos e indirectos de dicho presupuesto, que serán reajustados mediante el método analítico documental, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y regulado en la sección V Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
- Póliza de Riesgos del Trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
- Fecha de inicio.
El Proceso de Adquisiciones en coordinación con el Proceso de Arquitectura y Mantenimiento (PAM) notificará al contratista la fecha de inicio del servicio.
- Resolución de controversias.
De acuerdo con el artículo 294 del RLGCP. Si durante la ejecución de un contrato surgen una o varias controversias, éstas serán resueltas con base en las previsiones de la Ley General de Contratación Pública, lo dispuesto en este Reglamento y con las condiciones reguladas en el pliego de condiciones y adoptadas en el respectivo contrato. Las controversias que serán sometidas al Comité de expertos serán aquellas que no fueron susceptibles de solución por medio de una negociación directa. Las partes someterán sus desacuerdos al comité de expertos del CFIA, luego de agotar la negociación directa para lo cual tendrá un plazo de cinco días hábiles o en su defecto el plazo establecido en el pliego de condiciones y en el contrato.
El comité de expertos se conformará de acuerdo con lo establecido en el CFIA y sin que la ejecución del contrato se vea suspendida.
La decisión que determine el comité respecto a la controversia planteada por las partes será vinculante.
- Garantía de cumplimiento.
La empresa constructora adjudicada deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
Porcentaje: 5% sobre el monto adjudicado.
Vigencia: 60 días hábiles, más el plazo establecido del contrato.
Todo acorde al artículo 110 del RLGCP.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Todo acorde al artículo 113 del RLGCP.
- Garantía del servicio.
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor/fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los equipos haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir el equipo o partes únicamente por daños de fabricación.
En términos generales, el término para el reclamo indemnizatorio originado en vicios ocultos será de diez años, contados a partir de la entrega definitiva de la obra. Articulo 107 de la Ley General de Contratación Pública.
Mano de Obra: El oferente deberá brindar una garantía, no menor a 10 años, para los servicios contratados de vicios ocultos. El incumplimiento de lo anterior será apreciado para que la oferta no sea considerada.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien y servicio e instalación según lo requerido por el INA.
- Deterioro prematuro
Si durante los 12 meses posteriores a la fecha de recepción de las obras se produce un deterioro mayor del normal por causas imputables a la calidad de los materiales o a trabajos defectuosos, como, por ejemplo: paredes con humedad, vidrios reventados, puertas caídas, goteras, filtraciones, desprendimiento de repellos entre otros, el Instituto solicitará la ejecución de las reparaciones respectivas, sin que represente costo alguno para el INA.
Las reparaciones que el Instituto solicite dentro de este plazo deben realizarse conforme su solicitud, y el contratista debe iniciar las mismas, a más tardar dentro de los dos (5) días hábiles siguientes a la notificación que emita el Instituto.
- Sostenibilidad y medio ambiente.
- Los oferentes deben tomar en cuenta toda la normativa y las condiciones ambientales establecidas y que así se relacionen con el proyecto.
- El transporte de los escombros y desechos del proceso constructivo, en camiones con manteados para evitar la contaminación del medio.
- La empresa contratista mantendrá en todo momento la propiedad libre de acumulación de desperdicios o basuras causadas por sus empleados o por sus trabajadores, la empresa contratista deberá retirar periódicamente (por lo menos una vez por semana o las veces que sean necesarias) por su cuenta sin generar costo adicional al INA y bajo su responsabilidad, los desperdicios, sobrantes, escombros, material producto del movimiento de tierras y otros desechos del sitio de la construcción, manteniendo una adecuada limpieza para controlar el surgimiento de roedores u otro tipo de plaga perjudicial en la zona.
- Los desechos y el material resultante deberá depositarlos en rellenos sanitarios aprobados para tal fin. La inspección podrá solicitar, en cualquier momento, la documentación que confirme la legalidad de los depósitos utilizados para esos fines.
- La empresa contratista deberá velar por la implementación de medidas de mitigación de los contaminantes sólidos, sónicos, gaseosos y líquidos que sean producidos durante el proceso constructivo y que atenten contra las regulaciones ambientales existentes, con el fin de evitar perturbaciones a las oficinas.
- Implementar estrategias para el ahorro en el consumo eléctrico, así como el uso eficiente del agua, durante la fase constructiva.
- La empresa contratista deberá brindar capacitación al personal de la construcción en temas ambientales de tal manera que se cree una conciencia ambiental en los trabajadores. El contratista debe cumplir con la Política Ambiental y de Calidad del INA DI URMA 02 adjunto a estas condiciones.
- Mantener los niveles mínimos de ruido, polvo y desechos dentro de las instalaciones, así cualquier otro contaminante que pudiera afectar a las propiedades vecinas.
- Recepción de obra pública.
Una vez concluida la obra, el contratista dará aviso escrito al fiscalizador de la Administración para que establezca la fecha y hora para la recepción, el cual dispondrá de quince días hábiles para ello.
De esta recepción, que tendrá el carácter de provisional, se levantará un acta que suscribirán el fiscalizador de la obra por parte de la Administración y el contratista, en donde se consignarán todas las circunstancias pertinentes en orden al estado de la obra, si el recibo es a plena satisfacción de la Administración, si se hace bajo protesta o si, dada la gravedad y trascendencia del incumplimiento, la obra no se acepta en ese momento. Será posible la recepción provisional siempre y cuando las obras se encuentren en un nivel aceptable de finalización, faltando solamente pequeños detalles de acabado o la corrección de defectos menores, que deberán consignarse en el acta, para que la obra quede totalmente ajustada a los planos y especificaciones, incluyendo las modificaciones. Dicha acta deberá emitirse dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la recepción provisional.
La Administración dispondrá de un plazo de hasta dos meses, contado a partir de la recepción provisional para efectuar la definitiva. Solo podrá recibirse definitivamente la obra, después de contar con los estudios técnicos que acrediten el cumplimiento de los términos de la contratación, incluyendo la verificación de los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones, sin perjuicio de las responsabilidades correspondientes a las partes en general y, en particular, las que se originen en vicios ocultos de la obra. Dicho estudio formará parte del expediente electrónico e igualmente el acta a que se refiere el presente artículo. La recepción definitiva de la obra no exime de responsabilidad al contratista por incumplimientos o vicios ocultos de la obra, según artículo 108 de la ley general de contratación pública.
Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte de la Unidad de Recursos Materiales, previa entrega, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del I.N.A.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa por incumplimientos. En caso de darse un incumplimiento de las condiciones establecidas dentro de la contratación y el mismo resulte insatisfactorio, dará lugar a una sanción económica del 1,25 % que se aplicará sobre el monto total de la factura del servicio donde se presente dicho incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar las multas la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de multas no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP. Multas por la presentación de recursos temerarios. Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. El atraso en la entrega del servicio dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación Pública, esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP
Documentos del cartel7
- LáminasZIP · 3,1 MB
- Lineamientos Básicos para una construcción sostenible di_urma_02_01PDF · 645 KB
- FLUJO DE CAJA INA V1 desbloqueadoXLSX · 164 KB
- Estudio Suelos ES-045-2026 INA Ciudad Cortes - V1PDF · 2,9 MB
- DESCRIPCION PARTIDA 1 OSAPDF · 215 KB
- ESPECIFICACIONES TÉCNICASPDF · 20 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 584 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ricardo de la Trinidad Zuñiga Duarte
Encargado Centro de Formación Osa
Byron Ramírez Murillo
Proceso de Arquitectura y Mantenimiento de la Unidad de Recursos Materiales
Maybel Yunitza Vargas Sandoval
Unidad de Recursos Financieros
Laura Leon Gamboa
Encargado del concurso · Proceso de Adquisiciones
Jorge Donald Cardenas Aguero
Adquisiciones, URB
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 05:05. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y producto · 21/08/2026
Servicio de Mantenimiento Correctivo para las Instalaciones del CFP de Zetillal
Instituto Nacional de Aprendizaje · 9 oferentes
Adjudicada por ₡69,7 M a Servicios en Construccion Sercon
Adjudicadamisma institución y producto · 07/05/2026
Instituto Nacional de Aprendizaje · 7 oferentes
Adjudicada por ₡38,9 M a Servicios Integrales de Costa Rica
Adjudicadamisma institución y producto · 27/01/2026
Instituto Nacional de Aprendizaje · 5 oferentes
Adjudicada por ₡645 M a Saga Ingenieria
Adjudicadamisma institución y producto · 06/02/2025
Instituto Nacional de Aprendizaje · 3 oferentes
Adjudicada por ₡1,6 MM a Constructora Navarro y Aviles
Adjudicadamisma institución y producto · 09/05/2024
Contratación del Proyecto de Remodelación de la Soda Institucional del INA en Sede Central
Instituto Nacional de Aprendizaje · 9 oferentes
Adjudicada por ₡610,5 M a Bucknor Consultores y Asociados
Sin adjudicarmisma institución y producto · 13/08/2026
Instituto Nacional de Aprendizaje · 0 oferentes