2026PX-000010-0023300001 · SICOP 20260800994
Contratación de Servicios de capacitación virtual abierta denominada: “Ley 9699, Riesgo de fraude y corrupción desde el modelo de organización y prevención de delitos”
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡600 000 y quedó en firme el 07/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡600 000
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡600 000
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 07/09/2026
- Grupo Libertad Promotores de Capacitacion Empresarial₡600 000,00
Informe de recomendación de Floribeth Chaves Ramirez, 04/09/2026 · adjuntos: CCP-UTM-2026-221.pdf (2.7 MB), Hacienda Grupo Libertad 3-9-2026.png, INS-RC.pdf, INS-RT-2026.pdf, Certificaciones de impuestos al día 3-101-204236.pdf
Fechas clave
- Se publicó11/08/2026 07:17 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas18/08/2026 10:00 · hace 54 días
- de ofertas18/08/2026 10:05 · hace 54 días
- publicado07/09/2026 10:07 · hace 34 días
- Adjudicación 07/09/2026 10:08 · hace 34 días
Contexto
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Capacitacion Abierta Administrativa Mixta1 · ₡600 000,001₡600 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡510 000 – ₡600 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,4 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica la adjudicación de unico oferente por la excepción de contratación abierta para capacitación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad: Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación
administrativa que aplique la sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno
sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo No. 49
de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en
el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se
subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de compromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto
adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará indicado su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar (los subcontratistas serán revisados a la hora de la recepción, deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado (SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta que si no contesta, quedara fuera de concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda
precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible, todo conforme a las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones técnicas: Partida 1
Línea 1
Nombre del servicio: SERVICIOS PROFESIONALES
Detalles, cuadrDetalles, cuadros, fotos, imagenes, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UCI-124-2026
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONTRATACIÓN: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CAPACITACIÓN VIRTUAL
ABIERTA DENOMINADA: “LEY 9699, RIESGO DE FRAUDE Y CORRUPCIÓN DESDE
EL MODELO DE ORGANIZACIÓN Y PREVENCIÓN DE DELITOS”
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Contratación de Servicios de capacitación virtual abierta denominada: “Ley 9699, Riesgo de fraude y corrupción desde el modelo de organización y prevención de delitos”
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Unidad de Control Interno
3. Tipo de Procedimiento: Procedimiento por excepción.
4. Tipo de modalidad: Cantidad definida
5. Clasificación del Objeto: Servicios
6. Justificación de la procedencia de la Contratación: Contratación de Servicios de
capacitación virtual abierta denominada: “Contratación de Servicios de Capacitación “Ley 9699, Riesgo de fraude y corrupción desde el modelo de organización y prevención de delitos”
Además, la formación permite reforzar las competencias institucionales vinculadas con latransparencia, la rendición de cuentas y el control interno, asegurando que cada servidor público conozca sus deberes, responsabilidades y los riesgos asociados a la función que desempeña.
En síntesis, la asistencia de los funcionarios a este curso permitirá fortalecer la integridad institucional, prevenir riesgos de corrupción y fraude, y promover una administración pública más confiable y eficiente, alineada con los objetivos del Sistema de Control Interno municipal.
7. Disponibilidad del Recurso Humano para la supervisión del objeto contractual: Para
el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con recurso humano
calificado para verificar el fiel cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas, así
solicitado en artículo 106 de la LGCP.
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: Satisfacer una finalidad
pública orientada al fortalecimiento institucional y al mejoramiento continuo en el servicio
público, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y transparencia que rigen
la administración pública. Además del cumplimiento del Plan de Capacitación de la Unidad
de control interno, con el fin de que se cumplan todas las leyes y normativas a nivel
institucional y nacional.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad:
Contratar un servicio especializado de capacitación dirigido a funcionarios municipales,
bajo una modalidad estructurada que garantice contenidos actualizados, metodologías
participativa y evaluación de resultados.
10. Procedimientos de control de calidad: Garantizar que el servicio de capacitación
contratado cumpla con los estándares técnicos requeridos que se establecen en el presente
pliego.
11. Terceros interesados y/o afectados: Público en General y funcionarios institucionales.
12. Riesgos Identificados: Contratación infructuosa, incumplimiento de la contratación.
13. Estimación presupuestaria: ₡ 600,000.00 (Seiscientos mil colones exactos).
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s)
Detalles, cuadrDetalles, cuadros, fotos, imagenes, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UCI-124-2026
17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido
presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el concurso puede
continuar, la administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: 45 días hábiles
2. Vigencia de la Contratación: 45 días hábiles
3. Plazo y condiciones de entrega: Por orden de pedido
4. Garantía de cumplimiento: No
5. Visita a sitio: No
6. Clausula Penal y Multas:
Sobre la Cláusula Penal:
Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo
entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin
que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente
al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un
máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art.
117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un
castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar
el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la
entrega.
Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al
contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables
a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los
siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el
incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la
Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio
económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el
incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará
al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el
25% del valor contratado.
Forma de realizar el cobro de las multas:
Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista
su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento
a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos
correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá
proceder de la siguiente forma:
• Rebajo de los pagos pendientes.
• Ejecutar la garantía de cumplimiento
• En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa,
se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la
finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas
con la Unidad ejecutora encargada de la contratación.
• La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no
derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo
proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del
adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de
cumplimiento.
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas
adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
Detalles, cuadros, fotos, imagenes, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UCI-124-2026
Donde: UPM: Unidad Proveeduria Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad
Tesorería/ AM: Alcalde Municipal/ OF: Oferente
9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los
impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del
mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio
cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del
precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto
contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración
establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya
discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio
presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales.
El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
Detalles, cuadrDetalles, cuadros, fotos, imagenes, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UCI-124-2026
11. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes
disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepcion” del objeto contractual
mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad
ejecutora municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de
contrataciones con orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una
vez que se haya aceptado la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará
si es recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y
hora pactada, una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema
Digital Unificado (SICOP), para que se proceda con la entrega de la
contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez
recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará
informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una
partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con
todo el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o
líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de
recepción para que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la
“Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual
entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura
al correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará
la factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad
electrónica del documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer
efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley
Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente
electrónico en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de
procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago, “Resultado de pago” donde
podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o transferencia), su
numeración y fecha correspondiente; en caso de tener alguna duda en este punto
contactarse directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216),
siempre y cuando los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la
consulta anterior, significa que el procedimiento sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO
REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES
RAZONES: QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL
SISTEMA DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O
BIEN QUE LOS PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR
CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en
mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de
orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago
correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago”
debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional
de Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta
cliente de dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio
de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por
ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y
derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se
regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la
Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo
Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
14. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación: Se adjunta estudio de mercado,
pliego de condiciones, certificación presupuestaria, y certificación de no conflicto de
intereses.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel9
- Detalle TécnicoPDF · 195 KB
- Detalle TécnicoPDF · 2,9 MB
- Detalle TécnicoPDF · 594 KB
- Detalle TécnicoPDF · 614 KB
- Detalle TécnicoPDF · 3,1 MB
- Detalle TécnicoPDF · 3,1 MB
- Detalle TécnicoPDF · 2,8 MB
- Detalle TécnicoPDF · 2,8 MB
- Certificación PresupuestariaPDF · 2,7 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Emilce Maria Sanchez Bonilla
Control Interno
Emilce Maria Sanchez Bonilla
Control Interno
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 16:36. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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