2026PX-000012-0023300001 · SICOP 20260900927
Capacitación para funcionarios de la Unidad de Control de Servicios Municipales.
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡564 000 y quedó en firme el 21/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡564 000
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡564 000
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 21/09/2026
- Acg Arisol Consulting Group₡564 000,00
Informe de recomendación de Floribeth Chaves Ramirez, 17/09/2026 · adjuntos: CCP UTM 2026 277.pdf, CARTA-MSRH-UCSM-233-2026.pdf, Poliza Arisol.png, Constancia Patente al Día Arisol.png, Hacienda ACG Arisol Consult 17-09-2026.png
Fechas clave
- Se publicó08/09/2026 09:12 · hace 34 días
- Cierre de ofertas14/09/2026 10:00 · hace 28 días
- de ofertas14/09/2026 10:05 · hace 28 días
- publicado21/09/2026 11:03 · hace 21 días
- Adjudicación 21/09/2026 11:03 · hace 21 días
Contexto
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Capacitacion en Jurisprudencia en Contratacion Publica2 · ₡466 000,002₡466 000,00
- Servicios de Capacitación en Compras Públicas1 · ₡98 000,001₡98 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡479 400 – ₡564 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,94 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica la adjudicación de la contratación por excepción Capacitación Abierta
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad:
Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad,
requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y
demás jurisprudencia en materia de contratación pública que aplique. La sola
presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la
voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno
derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual
de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley
de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
El oferente, persona física o jurídica debe estar al día en las obligaciones: FODESAF,
Hacienda, CCSS, Patente Municipal, Póliza de Riesgos del Trabajo, personería
jurídica vigente, entre otras exigencias.
Debe estar al día en el Registro de Proveedores en el Sistema Digital Unificado
SICOP y mantener al día las declaraciones juradas que exige la LGCP.
Debe presentar una declaración jurada que no incumple con el artículo 28 y 29 de la
Ley General de Contratación Pública.
No debe presentar inhabilitación con fecha definida de cualquier institución.
Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986
Una vez realizada la presentación de la oferta se da como aceptado todo lo
establecido en el pliego de condiciones por parte del oferente como lo indica el Art.
199 del Reglamento a la LGCP,
14. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación:
a. Proforma de Capacitación
b. Visto Bueno para llevar Capacitación.
c. Separación Presupuestaria.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas
Capacitaciones en los siguientes temas
JURISPRUDENCIA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA 2026 ANÁLISIS DE OFERTAS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Código del Servicio 8610171392401183 - SERVICIO DE CAPACITACION EN
JURISPRUDENCIA EN CONTRATACION PUBLICA y 8610180892097238-
SERVICIOS DE CAPACITACIÓN EN COMPRAS PÚBLICAS.
Partida 1
Nombre del servicio: SERVICIOS DE CAPACITACIÓN
Línea Tema Fechas de capacitación
1 JURISPRUDENCIA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA 2026
3,10,17 Y 24 nov. 8:30 a.m. - 12:30 p.m.
Presencial
2 ANÁLISIS DE OFERTAS EN CONTRATACIÓN PÚBLICA.
12,19,26 nov, 3 dic. 8:30 a.m – 12:30 p.m. Virtual.
SECCIÓN V
Condiciones para la ejecución contractual
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o
jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para
fungir como subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de
subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo No. 49 de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se
establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma
forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de
compromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto
adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto,
el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles
empresas o personas a quienes subcontratará indicado su porcentaje de
participación en las prestaciones a realizar (los subcontratistas serán revisados a
la hora de la recepción, deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado
(SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo
contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta
que si no contesta, quedara fuera de concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los
requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos
requisitos durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con
sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las
salvedades de la Ley General de Contratación Pública
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
UNIDAD DE CONTROL DE SERVICIOS MUNICIPALES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Capacitación para funcionarios de la Unidad de Control de Servicios Municipales.
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Capacitación para funcionarios de la Unidad de
Control de Servicios Municipales.
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Unidad de Control de Servicios Municipales.
3. Tipo de procedimiento: Proceso por excepción (PX)
4. Tipo de modalidad: Cantidad definida.
5. Clasificación del objeto: Servicios
6. Justificación de la procedencia de la contratación: Las personas funcionarias de
la Unidad de Control de Servicios Municipales tienen la necesidad de adquirir y
actualizar los conocimientos en Contratación Pública.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual:
Esta Administración acredita que, para el cumplimiento de este procedimiento de
compra o servicio, se cuenta con recurso humano e infraestructura administrativa
suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de contratación, tanto
cuantitativa como cualitativamente. (art.12, párrafo segundo (LGCP) Así como para
el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con el recurso
humano calificado para verificar el fiel cumplimiento exacto de las obligaciones
pactadas, así solicitado en el art.106 de la LGCP.
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: Mantener
actualizado el conocimiento, antecedentes, sucesos que se dan en la Contratación
Pública.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad:
La presente contratación se fundamenta en la excepción contemplada en el inciso e
del artículo 3 LGCP N° 9986, al tratarse de una actividad de capacitación abierta
dirigida al fortalecimiento de las competencias técnicas del personal municipal. La
participación en los cursos especializados: jurisprudencia en contratación pública y
análisis de ofertas en contratación publica, responden a la necesidad de la Unidad de
Servicios de actualizar conocimientos en temas relacionados en la contratación
pública, área que se encuentra en constante evolución normativa, jurisprudencia y
procedimental.
La solución seleccionada permitirá fortalecer las capacidades técnicas del personal,
mejorar la gestión de los procesos de contratación pública y garantiza el
cumplimiento de la normativa vigente, contribuyendo a una gestión municipal más
eficiente, transparente y apegada al ordenamiento jurídico.
10. Procedimientos de control de calidad: Aplicación del conocimiento en los procesos
de Contratación Pública a cargo de la Unidad de Control de Servicios Municipales.
11. Terceros interesados y/o afectados: Unidad de Control de Servicios Municipales,
población beneficiaria de cada proyecto ejecutado.
12. Riesgos Identificados: Procesos infructuosos, recursos de revocatoria,
capacitaciones de baja calidad, cierre de la capacitación.
13. Estimación presupuestaria: ₡ 564.000.00
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
Ver detalles, cuadros, anexos y otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- UCSM-210-2026
15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza
el correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de
Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como
también a los estudios de mercado realizados (este último, en los casos que se
requiera).
Al ser una excepción se estuvo realizando una investigación de mercado sobre
los temas y los temas más apropiados los presento la empresa ACG ARISOL
CONSULTING GROUP, Cédula Jurídica 3-101-313740.
16. Contactos y sus roles en el proceso de contratación:
Ver detalles, cuadros, anexos y otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- UCSM-210-2026
17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido
presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la
administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la
necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera
que el concurso puede continuar, la administración podría disminuir o aumentar
cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para
adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la
posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con
la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: 45 días hábiles.
2. Vigencia de la Contratación: 6 meses, no es prorrogable
3. Plazo y condiciones de entrega: definido, según fechas de capacitaciones.
4. Garantía de cumplimiento: no
5. Visita a sitio: no
• La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios
no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el
respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa
la culpa del adjudicatario.
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas
adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada
una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo
último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP. Donde: UPM: Unidad Proveeduria
Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad Tesorería/ AM: Alcalde
Municipal/ OF: Oferente
Ver detalles, cuadros, anexos y otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- UCSM-210-2026
9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los
impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del
mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio
cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores
materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art.
98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la
LGCP.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del
precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio
para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto
contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración
establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya
discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio
presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales.
El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario
dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y
antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la
Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
Ver detalles, cuadros, anexos y otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- UCSM-210-2026
11. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes
disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepcion” del objeto contractual
mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora
municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con
orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya aceptado
la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es
recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada,
una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado
(SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez
recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará
informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo el
contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para que sean
aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la
“Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual
entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al
correo oficial: proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la factura
recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del
documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley Costarricense,
de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico
en el Sistema Digital
Unificado (SICOP) con el número de procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago,
“Resultado de pago” donde podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o
transferencia), su numeración y fecha correspondiente; en caso de tener alguna duda
en este punto contactarse directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext.
215216), siempre y cuando los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la
consulta anterior, significa que el procedimiento sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO
REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA
DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS
OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O BIEN QUE LOS
PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en mención,
deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden de
compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago
correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago”
debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de
Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de
dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento
(2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y
derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se
regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad,
la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su
respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de
legalidad.
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
1. Evaluación de ofertas:
Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de
concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y
desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra
que quiere efectuar, y considera que el acto administrativo se puede rescatar, la
administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo
184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única
oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las
mismas condiciones. Todo lo anterior con el objetivo de que prevalezca el acto
administrativo y satisfacer el fin público.
Ver detalles, cuadros, anexos y otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- UCSM-210-2026
3. Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos oferentes, se tomará como
criterios de desempate los que se detallan a continuación:
a) PYME:
- Industria. (5 puntos).
- Servicio o agropecuaria. (5 puntos).
- Comercio. (2 puntos)
b) Menor Precio. (2 puntos).
c) Mayor Experiencia. (3 puntos).
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado en la notificación; todo lo anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio,
sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de
cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el
pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros
que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo
acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial
es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de
las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda
participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones,
los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de
los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos
requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con
toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de
los integrantes y cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de
manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no
requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración
así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos
los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir
notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación
de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de
estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos
económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que
asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje de la participación de
cada uno de ellos, cuando resulte posible, todo conforme a las regulaciones de
la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del
acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse
en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse
suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido
de forma física.
2. Otros detalles del Concurso:
Cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las
disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de
Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública y su respectivo
Reglamento, y en general, por todo el bloque de legalidad.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario
Cláusula penal. 6. Clausula Penal y Multas Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel8
- Detalle TécnicoPDF · 133 KB
- Detalle TécnicoPDF · 2,7 MB
- Detalle TécnicoPDF · 256 KB
- Detalle TécnicoPDF · 440 KB
- Detalle TécnicoPDF · 369 KB
- Detalle TécnicoPDF · 1,4 MB
- Certificación PresupuestariaPDF · 522 KB
- Detalle TécnicoPDF · 307 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Roxana Francinie Morera Brenes
Servicios Municipales
Roxana Francinie Morera Brenes
Servicios Municipales
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 27/09/2026 10:10. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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