2026LD-000019-0001102702 · SICOP 20260801210
Calzado de seguridad para el personal del HGMMV
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social publicó esta compra con un presupuesto de ₡9,7 millones, pero terminó sin adjudicar. Se recibieron 7 ofertas de 5 empresas en 2 lotes (partidas).
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡9,7 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
7
de 5 empresas en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡786 767
91,9 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó12/08/2026 07:22 · hace 2 meses
- Límite para 13/08/2026 23:59 · hace 59 días
- Límite para 14/08/2026 23:59 · hace 58 días
- Cierre de ofertas25/08/2026 08:59 · hace 47 días
- de ofertas25/08/2026 09:00 · hace 47 días
- publicado09/09/2026 16:23 · hace 32 días
- Adjudicación 14/09/2026 13:25 · hace 27 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 19/08/2026 12:59 → 25/08/2026 08:59
- Apertura de ofertas: 19/08/2026 13:00 → 25/08/2026 09:00
- Límite de observaciones a la apertura: 19/08/2026 15:00 → 25/08/2026 11:00
- Número de partidas: 1 → 2
Nota de la institución. Se aceptan solo solicitudes por medio de expediente electrónico. Solicitudes de aclaración de carácter técnico serán valoradas y resueltas por el Ing. Luis Alberto Trigueros Moya en su calidad de Administrador de Contrato, o, en su ausencia quien le sustituya.
Quién ganó cada loteen firme 14/09/2026
- L1Adjudicatario no indicado en el acto finalBota de Seguridad Caña Alta, Material Cuero, Dielectrico, Altura Minimo 19 Cm Maximo 30 Cm, Talla 40
- L2Adjudicatario no indicado en el acto finalZapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 39
Informe de recomendación de Cristhian Jose Barrantes Villagra, 08/09/2026
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra7 líneas · 2 lotes
- L1Bota de Seguridad Caña Alta, Material Cuero, Dielectrico, Altura Minimo 19 Cm Maximo 30 Cm, Talla 401 c/u · ₡45 910,441 c/u₡45 910,44
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 391 c/u · ₡71 834,681 c/u₡71 834,68
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrica, Material Cuero, Talla 419 c/u · ₡646 512,129 c/u₡646 512,12
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrica, Material Cuero, Talla 4211 c/u · ₡790 181,4811 c/u₡790 181,48
- L2Zapato de Seguridad, Suela Dielectrica, Material Cuero, Talla 437 c/u · ₡502 842,767 c/u₡502 842,76
- L2Zapato de Seguridad,suela Dielectrica, Material Cuero, Talla 444 c/u · ₡287 338,724 c/u₡287 338,72
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡39 024 – ₡45 910
- Lote 2₡2,0 millones – ₡2,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 16 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 120 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Incentivo por producción nacional 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,89 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Bota de Seguridad Caña Alta, Material Cuero, Dielectrico, Altura Minimo 19 Cm Maximo 30 Cm, Talla 402 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Energia y Comunicaciones Enercom | 90 | 0 | 90 |
| Invotor | 42,77 | 0 | 42,77 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Zapato de Seguridad, Suela Dielectrico, Material Cuero, Talla 39 +55 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Incentivo por producción nacionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Equipos de Salud Ocupacional | 90 | 0 | 90 |
| Cifsa | 75,05 | 0 | 75,05 |
| Energia y Comunicaciones Enercom | 72,91 | 0 | 72,91 |
| Sondel | 57,98 | 0 | 57,98 |
| Invotor | 33,63 | 0 | 33,63 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el resultado del acto final a todos los interesados.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente deberá acreditar, al momento de la presentación de la oferta, que cuenta con el respaldo del fabricante, casa matriz o de un canal debidamente autorizado para la comercialización de los insumos objeto de la presente contratación.
Para tales efectos, deberá adjuntar documentación vigente que demuestre dicho respaldo, la cual podrá consistir, entre otros, en:
• Carta de autorización emitida por el fabricante o casa matriz.
• Certificación de distribución o representación comercial.
• Documento emitido por un representante o distribuidor autorizado.
Dicha documentación deberá identificar claramente al oferente y detallar el alcance del respaldo otorgado para la comercialización de los insumos ofertados.
Este requisito tiene como finalidad garantizar el soporte técnico adecuado, la calidad, originalidad, así como su disponibilidad oportuna, en caso de fallas del insumo que requieran el reemplazo por garantía, asegurando la continuidad y protección de los funcionarios.
El incumplimiento de este requisito será causal de inadmisibilidad de la oferta, por tratarse de una condición esencial para la presente contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
CONDICIONES INVARIABLES
Cambio de Zapatos (talla): En caso de contar con problemas con la talla (no les quede a los colaboradores) a la hora de recibir los zapatos, la talla que llegue a presentar dicho problema podrá ser devuelto para su respectivo cambio, con un tiempo máximo de 10 días hábiles después de recibida la solicitud de cambio para la entrega de este. Lo anterior se debe a que las tallas varían entre las marcas disponibles en el mercado.
MUESTRAS
Las pruebas organolépticas para realizar a la muestra zapato de seguridad consistirá en evaluaciones sensoriales para asegurar su calidad y adecuación.
1.Inspección visual: Revisar la apariencia del zapato, verificando la calidad del material, la uniformidad del color, la ausencia de defectos, grietas, costuras sueltas o daños visibles.
2.Evaluación táctil: Sentir la textura y flexibilidad del material, asegurándose de que sea suave, resistente y cómodo al tacto. Verificar la firmeza de la suela y la calidad del acolchado.
Estas pruebas ayudan a garantizar que el zapato de seguridad sea cómodo, resistente y de buena calidad, además de cumplir con los estándares de protección necesarios para los técnicos, bodegueros y trabajadores de producción.
La muestra debe venir en caja original, rotulada de la siguiente manera: Número de licitación correspondiente, marca, talla. Una muestra talla 42.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1. El contratista deberá garantizar que tiene la capacidad de suministrar los insumos ofertados vinculantes a la contratación incluida en el presente Pliego de Condiciones
2. El oferente será el único responsable de cualquier anomalía o error, a la hora de entrega del producto, este deberá de cubrir con los gastos que se generen en la reposición (faltante) o cambio del producto (por defectuoso), sin costo para la institución.
3. Este contrato no podrá ser cedido, traspasado o enajenado en forma alguna sin el consentimiento previo y por escrito de la Dirección, Administración y la Coordinación del Servicio de Mantenimiento del Hospital Golfito Manuel Mora Valverde. Lo no contemplado en este Pliego de Condiciones se regirá por lo estipulado en la Ley de Contratación Pública y su reglamento vigente para esta contratación.
4. El contratista es responsable ante La Caja Costarricense de Seguro Social por el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las Cláusulas de la presente contratación e independientemente del derecho que le asiste a ésta la CCSS podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios que su incumplimiento pudiera arrogarle.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Rigen la Ley General de Compra Publica y su Reglamento No. 9986, además de las Condiciones Generales para la Contratación Administrativa Institucional de Bienes y Servicios desarrollada por todas las Unidades Desconcentradas y no Desconcentradas de la Caja Costarricense de Seguro Social, aprobadas por Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el artículo 21° de la sesión N° 9418, celebrada el 14 de marzo de 2024, acordó aprobar la reforma integral a las Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios en la CCSS, reforma titulada: “Condiciones Generales para la Contratación Pública en la C.C.S.S.” (CCSS).
Además de lo indicado por la Ley Constitutiva de la CCSS en el artículo 74, el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. Código de Comercio de Costa Rica, Ley de Protección al Trabajador, Ley de Salarios Mínimos y Código de Trabajo.
IMPUESTOS: Con base en la Ley N° 7293 del 31 de marzo de 1992, Ley reguladora de todas la Exoneraciones vigentes, Gaceta N° 66 del 03 de abril de 1992, la Caja Costarricense de Seguro Social está exenta de todo tributo y sobretasas, incluidos los impuestos selectivos de consumo y ventas.
DESGLOSE DEL PRECIO:
De forma obligatorio y para todas las partidas, las empresas participantes deben adjuntar desglose de sus precios de la siguiente manera (según artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública):
De conformidad con lo señalado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, se deberá presentar la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales.
Notas:
1-La sumatoria porcentual y absoluta debe totalizar 100.00%, con dos decimales.
2-Los oferentes deberán considerar en los componentes de la estructura anteriormente descrita, todos sus costos.
3-En el caso de productos importados, el proveedor deberá asignar el Valor en Aduanas (entendiéndose como el costo del producto, seguro, flete internacional, entre otros asociados a este rubro)1 dentro de los elementos de la estructura porcentual anterior.
MANTENIMIENTO EQUILIBRIO ECONÓMICO DE LAS CONTRATACIONES
El mantenimiento del equilibrio económico de la presente contratación se regirá conforme lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) así los numerales 107 y 109 del Reglamento a dicha Ley (RLGCP), el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), así como el Voto 6432-98 emitido por la Sala Constitucional.
Adicionalmente al elemento de la estructura porcentual, cada oferente deberá presentar lo siguiente:
- Índices y fuentes de información:
El oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Los índices deberán ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta.
En el caso de indicadores aplicables a ofertas en moneda nacional, el oferente deberá aportar los siguientes elementos:
• El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
• Ente público competente que divulga el índice.
• El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
En caso de que la oferta se haya realizado en moneda extranjera, y cuyos costos directos e indirectos de la estructura de precio sea de origen extranjero y cotizados en la misma moneda de ese país, los índices de precios a utilizar se regularán conforme a lo establecido en el artículo 12 del RRRP. Los elementos que deben presentarse son:
• El país de origen y unidad monetaria de los costos.
• El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
• La periodicidad con que se determina el valor de cada índice
• El ente competente que publica el índice
• El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
Todo lo anterior deberá ser aportado por el oferente mediante una declaración jurada en la oferta donde acrediten la veracidad de la información aportada, donde se indiquen los aspectos regulados en los artículos 12 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Si la información se encuentre en un idioma distinto al español, se requerirá que el oferente bajo su responsabilidad aporte una traducción libre al español de dicha información, dicha traducción únicamente para corroborar la información aportada por el oferente.
La no objeción de estos índices será brindada por la Subárea Contabilidad de Costos Industriales, una vez que se cuente con la adjudicación en firme del concurso. Dicho trámite será efectuado a través de una solicitud de información en el sistema SICOP.
- Presupuesto detallado
Según el artículo 103, del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la empresa adjudicada, una vez el acto adquiere firmeza, debe presentar en un lapso no mayor a ocho días hábiles el presupuesto detallado. De no ser presentado en dicho tiempo, se procederá con el acto de declaratoria
POLÍTICA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
De acuerdo con lo descrito en la “Política para prevenir la corrupción y conflicto de interés en los procedimientos de contratación pública de la CCSS” no se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios.
En la presente contratación no podrán participar personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales. En caso de duda, deben señalar dentro de su oferta la posible situación de conflicto sea esta potencial, aparente o real.
PRECIOS FIRMES Y DEFINITIVOS
Los precios ofertados se entienden como Firmes y Definitivos, de conformidad con el Artículo 98 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública. Esto como mínimo durante la vigencia de la oferta. De existir indicación expresa de otra posición, la oferta quedará automáticamente descalificada del concurso.
Para efectos de comparación en ofertas presentadas en moneda diferente al colón costarricense, se toma como referencia el tipo de cambio que dicta el Banco Central de Costa Rica para el día de la apertura.
EQUILIBRIO ECONÓMICO
Para el presente procedimiento de Contratación, la Administración Activa, recuerda a las empresas que participarán, que deben presentar el correspondiente mecanismo de reajuste de precios, a fin de mantener el equilibrio económico del contrato, mismo que resulta imprescindible en el entendido de existir prórrogas de esta Contratación. Artículo 107, del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
Y todo lo estipulado en el documento Ficha tecnica calzado seguridad-3
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Rige lo indicado en el documento Ficha tecnica calzado seguridad-3
Cláusula penal. Rige lo indicado en el documento Plantilla # 01 Cláusula Penal calzado de seguridad para personal HGMMV
Documentos del cartel2
- Clausula PenalPDF · 389 KB
- Especificaciones TécnicasPDF · 645 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Luis Alberto Trigueros Moya
Ingenieria y Mantenimiento
Erick Antonio Vargas Pérez
Dirección Administrativa Financiera
Libia Yanin Abarca Morales
Servicios Generales
Jarvi Antonio Madrigal Vargas
Subarea Financiera Contable
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 14:15. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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