2026LE-000017-0022030101 · SICOP 20260801530
28455 - Servicios de Ingeniería para la elaboración de Estudios de Factibilidad del Plan Maestro de Alcantarillado Pluvial de la Municipalidad de Cart
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡90,9 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 07/09/2026. La más baja fue de Consorcio Grupo QCS, ₡88,7 millones (2,4 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡90,9 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡88,7 millones
2,4 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó17/08/2026 08:32 · hace 55 días
- Límite para 20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- Límite para 20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- Cierre de ofertas07/09/2026 07:30 · hace 34 días
- de ofertas07/09/2026 07:30 · hace 34 días
- (plazo máximo)≈ 19/10/2026 · en 8 días
2 recibidas, 2 respondidas.
El cartel fue modificado (2 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 04/09/2026 07:30 → 07/09/2026 07:30
- Apertura de ofertas: 04/09/2026 07:30 → 07/09/2026 07:30
- Límite de observaciones a la apertura: 03/09/2026 07:30 → 08/09/2026 07:30
- Plazo del acto final: 24 → 30
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Ingeniería para Elaboración de Estudios de Sistema de Evacuación de Aguas Pluviales1 · ₡90 871 316,731₡90 871 316,73
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡77,2 millones – ₡90,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 4 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 70 % · PYME 10 % · EXPERIENCIA 10 % · CRITERIOS AMBIENTALES 5 % · CRITERIOS SOCIALES 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,69 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 70 | PYMEmáx. 10 | EXPERIENCIAmáx. 10 | CRITERIOS AMBIENTALESmáx. 5 | CRITERIOS SOCIALESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Grupo QCS | 70 | 10 | 10 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente deberá presentar un equipo de trabajo con las siguientes características:
c)
El oferente deberá incorporar un detalle con todo el personal profesional y técnico que estará involucrado durante todas las actividades requeridas como parte de los procesos requeridos.
d)
El equipo de trabajo deberá estar integrado como mínimo con los siguientes profesionales:
1.
Ingeniero Responsable (director técnico): El profesional propuesto deberá tener mínimo 10 años de estar inscrito (a) como profesional en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos en las ramas de Ingeniería Civil o Ingeniería en Construcción, para lo cual se deberá aportar las certificaciones correspondientes y vigentes, emitidas por el Colegio Federado que haga constar las condiciones solicitadas, adicionalmente, durante ese periodo que rige desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio, deberá haber participado como Director Técnico en al menos 5 proyectos que contemplen planificación, ejecución y procesamiento de diseños detallados, especificaciones técnicas detalladas y presupuestos de detalle, de sistemas de amortiguamiento e infraestructura pluvial, acorde al objeto de la contratación, debidamente registrados por medio de APC ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), donde se evidencie la experiencia en el desarrollo de labores similares a las contratadas, por otra parte deberá contar con una especialización en la rama de hidráulica o hidrología y estar capacitado en el uso de herramientas de modelado y simulación hidráulica como HEC-RAS, SWMM (Storm Water Management Model), AutoCAD, Civil CAD y otros programas especializados en el diseño de infraestructuras hidráulicas con aplicaciones a sistemas pluviales por citar, para lo cual deberá aportar los certificados de especialización pertinentes.
2.
Profesional en Geotecnia: El profesional propuesto deberá tener mínimo 5 años de estar inscrito (a) como profesional en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos en las ramas de Ingeniería Civil o Ingeniería en Construcción, para lo cual se deberá aportar las certificaciones correspondientes y vigentes, emitidas por el Colegio Federado que haga constar las condiciones solicitadas, adicionalmente, durante ese periodo que rige desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio, deberá haber participado como especialista en estudios de suelo y condiciones geotécnicas en al menos 5 proyectos que contemplen planificación, ejecución y procesamiento de diseños detallados, especificaciones técnicas detalladas y presupuestos de detalle, de sistemas de amortiguamiento e infraestructura pluvial, acorde al objeto de la contratación, debidamente registrados por medio de APC ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), donde se evidencie la experiencia en el desarrollo de labores similares a las contratadas.
3.
Profesional en Topografía: El profesional propuesto deberá tener mínimo 5 años de estar inscrito (a) como profesional en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, para lo cual se deberá aportar las certificaciones correspondientes y vigentes, emitidas por el Colegio Federado que haga constar las condiciones solicitadas, adicionalmente, durante ese periodo que rige desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio deberá haber participado como Topógrafo en al menos 5 proyectos de levantamiento topográfico para sistemas pluviales, debidamente registrados por medio de APC y/o APT ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), donde se evidencie la experiencia en el desarrollo de labores similares a las contratadas.
4.
Profesional en Ciencias Ambientales o Ingeniero Ambiental: El profesional propuesto deberá tener mínimo 5 años de estar inscrito (a) como profesional en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, para lo cual se deberá aportar las certificaciones correspondientes y vigentes, emitidas por el Colegio Federado que haga constar las condiciones solicitadas y deberá estar registrado como consultor ambiental en SETENA, adicionalmente, durante ese periodo que rige desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio deberá haber participado en al menos 5 proyectos con alcances en Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y en la preparación de informes técnicos que evalúen los impactos del proyecto y presenten las medidas de mitigación necesarias, para lo cual deberá aportar las respectivas cartas de recibido a satisfacción de estudios de impacto ambiental.
5.
Profesional en administrador de empresas y/o Ingeniero Industrial: En caso de que el profesional propuesto, se desarrolle en la rama de administración de empresas, deberá presentar los atestados correspondientes para el ejercicio profesional, en caso de que se desarrolle en la rama de ingeniería industrial, el profesional propuesto deberá tener mínimo 5 años de estar inscrito (a) como profesional en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, para lo cual se deberá aportar las certificaciones correspondientes y vigentes, emitidas por el Colegio Federado que haga constar las condiciones solicitadas, para ambos casos, deberá contar con experiencia en la elaboración de estudios financieros de costos, así como experiencia en Gestión de Proyectos y con capacidad de trabajar el componente social, administrativo, control, legal y calidad de los productos, para lo cual deberá aportar un mínimo de 3 cartas de recibido a satisfacción de ejecución de estudios financieros y gestión de proyectos.
Nota (*) La experiencia anterior deberá ser tabulada según la tabla establecida en el anexo N°2 del presente documento.
Experiencia – Registrada ante CFIA:
Oferente / Empresas en Consorcio Número de Registro CFIA Año de inscripción ante CFIA Proyectos / registro de experiencia (Número de Licitación). Número de Contrato APC Longitud del proyecto construido (metros) Empresa 1. 2. 3.
Servicios por validar:
•
Estudios de factibilidad de sistemas pluviales.
•
Diseños, especificación técnica y presupuestación de sistemas subterráneos de la red pluvial.
•
Diseño y Planificación de Infraestructura pública.
•
Ingeniería Hidráulica y de Drenaje Urbano.
N°2: Tabla - 3.2. Requisitos de admisibilidad del personal:
Equipo de Trabajo Número de Carné CFIA Proyectos / registro de experiencia (Número de Licitación y Número de Contrato APC). Año de Ejecución Monto del Contrato Longitud del proyecto construido (metros) Ingeniero Responsable (director técnico). 1. 2. 3. 4. 5.
Profesional en Geotecnia.
1.
2.
3.
4.
5.
Profesional en Topografía. 1. 2. 3. 4. 5.
Profesional en Ciencias Ambientales o Ingeniero Ambiental.
1.
2.
3.
4.
5.
Profesional en administrador de empresas y/o Ingeniero Industrial.
1.
Deberá aportar un mínimo de 3 cartas de recibido a satisfacción de ejecución de estudios financieros y gestión de proyectos.
Anexo N°3: Informe Final / licitación Nº 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”.
(Adjunto dentro de los documentos SICOP).
Anexo N°4: Diseño Hidrológico e Hidráulico Drenajes Menores RN. 228 / licitación Nº 2025LD-000001-0006000001 “Diseño para el mejoramiento de un tramo de la Ruta Nacional No. 228, Cartago”
(Adjunto dentro de los documentos SICOP).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Especificaciones técnicas:
4.1.
Aspectos generales:
Se deberá respetar todas las indicaciones del cartel, manual de tuberías, niveles, topografía e ingeniería, así como todos los reglamentos y normativas que se consideran forman parte en el cartel y vigentes en el país. Cualquier omisión a estas indicaciones y su posterior corrección correrá por cuenta del adjudicado.
Reglamentos y normativas para considerar para el desarrollo de los servicios solicitados:
•
Norma Técnica de Diseño y Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable, Saneamiento y Pluvial (AyA - INVU).
•
Guía de Diseño Hidrológico de Sistemas de Alcantarillados Pluviales (CFIA).
•
Ley de Aguas N° 276 y Ley Orgánica del Ambiente N° 7554.
•
Manual 6 de Aguas del MOPT.
•
Visado de Alineamiento Fluvial (INVU / Dirección de Agua MINAE).
El oferente deberá realizar informes de avance mensuales, con el fin de dar trazabilidad al desarrollo de los servicios contratados, estos serán aprobados por la administración del contrato de previo a las gestiones de recepción y gestiones de pago vía SICOP, para la forma de pago por avance de los servicios contratados.
El adjudicatario deberá tomar como insumo y referencia técnica vinculante para todos los productos solicitados en el presente contrato, los entregables de la licitación Nº 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios” adjunto en el anexo N°3 del presente pliego de condiciones, mismo que contiene la identificación y diagnóstico actualizado del sistema de alcantarillado pluvial con mapas y elementos Georreferenciados inventariados en el Alcance definido, enfatizado en la infraestructura de la red vial cantonal, según inventario del Área de Gestión Vial Municipal en los Distritos de Oriente, Occidente y parte del El Carmen; así como la propuesta ajustada, optimizada y gradualizada de los sectores sujetos a intervenciones por funcionalidad aislada, carencia de infraestructura, conexión y continuidad de sistemas que genera problemáticas, además del análisis y proyección de sistemas de retenciones públicos para control de caudales, saturaciones e inundaciones temporales en eventos de mediada a gran magnitud.
El contratista deberá de mantener asegurado a todo el personal ofertado y de apoyo pues no se dará lugar a vinculo contractual con la Corporación Municipal.
4.1.1. Reunión Pre-inicio:
La reunión pre-inicio del objeto contractual, tendrá como objetivo la coordinación previa de las labores entre las partes, además de la atención de consultas de los documentos suministrados como insumos para el presente proceso.
4.2.
Alcances:
Línea N°1 Estudios de factibilidad y diseño de obras constructivas:
La contratación se basa en la selección de un oferente que dote a la administración de los estudios de Ingeniería para la factibilidad del Plan Maestro de Alcantarillado Pluvial de la Municipalidad de Cartago, los diseños, especificaciones técnicas y presupuesto detallado de los Sistemas de filtración y/o retención públicos según la gradualidad de desarrollo en los Distritos de Oriente, Occidente y parte del Carmen, analizados en el informe final de los entregables de la licitación Nº 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”.
El presente proceso contempla los siguientes alcances:
a)
Estudios de factibilidad de obras, según priorización y definición de gradualidad desarrollo modelo en el alcance definido.
b)
Diseño y presupuesto detallado.
Nota (*) La oferta económica deberá diferenciar el costo de cada etapa o alcance por separado para cada zona de estudio, la administración tendrá la potestad de adjudicar parcialmente las etapas descritas anteriormente.
Entregables:
1)
Informes mensuales y uno final con el resultado de todos los elementos diseñados, detallados y presupuestados, especificaciones técnicas de los sistemas de retención públicos acorde a la gradualidad de desarrollo. 2)
Planos finales completos y debidamente registrados ante el CFIA, conteniendo diseños de ingeniería para la proyección de la construcción.
3)
Presupuesto detallado de cada diseño realizado para cada zona de análisis.
4)
El adjudicatario deberá entregar un informe final con la especificidad y detalles de todos los productos contratados.
4.2.1.
Zona de trabajo:
Las zonas de estudios están comprendidas en los distritos: Oriental, Occidental y parte de El Carmen. De acuerdo con el informe final producto de la licitación N° 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”.
Fuente: 2021LA-000015-0022030101, “Contratación de servicios profesionales de ingeniero para desarrollar por horas proyectos referidos a diseños y construcción de sistemas de alcantarillado pluvial, por horas ejecutables en un periodo de doce meses con opción a ser prorrogable hasta por un periodo igual”. Zonas de estudios en sitios públicos:
Las zonas de estudio consideradas a continuación fueron definidas según el informe final producto de la licitación N° 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”, donde, al ser en propiedades bajo la administración municipal, no se requiere ningún tipo de trámite a nivel de convenio con entidades público – privadas:
Zona de estudio Nombre
1
Parque Jesús Jiménez.
2
Plaza Mayor.
3
Plaza Iglesias.
4
Plaza Asís.
5
Parque Mercadito Azul Residencial El Molino.
6
Plaza de la Independencia.
7
Terreno Plantel Municipal.
Nota (*) Se adjudicará a un solo oferente para la PARTIDA UNICA y hasta donde el monto presupuestario disponible permita las líneas que corresponden a las zonas de amortiguamiento estratégico a resolver acorde al cuadro anterior a discreción y priorización establecida por la Alta Administración Municipal, el oferente deberá identificar el costo del objeto contractual, diferenciando cada zona de estudio; la administración guarda discrecionalidad de adjudicar parcialmente el presente proceso de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria institucional.
Zona de estudio N°1: Parque Jesús Jimenez. En el caso de la zona de estudio del Parque Jesús Jiménez, la misma presenta un tanque de almacenamiento de agua para eventos de incendio, por lo que se deberá contemplar si el mismo puede ser adaptado a un tanque de retención pluvial, por lo que se deberá realizar el estudio correspondiente del área tributaria.
En el caso de la zona del Plantel Municipal, la misma deberá ser analizada y realizar los estudios correspondientes para el establecimiento de una zona de retención pluvial.
4.2.2.
Estudios de factibilidad de obras, según priorización y definición de gradualidad desarrollo modelo en el alcance definido.
El adjudicatario deberá dotar a la administración de los estudios de factibilidad presupuestarios detallados y costos definidos para la factibilidad de las obras de alcantarillado pluvial definidos en los alcances del presente proceso, incluyendo las normativas y requisitos que garanticen la viabilidad técnica, ambiental y legal administrativa atinentes.
4.2.2.1.
Estudios de Ingeniería:
4.2.2.1.1.
Levantamiento topográfico:
El adjudicatario deberá realizar el levantamiento de las zonas de estudio justo donde se pretenden realizar las obras de retención y/o infiltración pluvial vinculantes a cada sitio de análisis, de acuerdo al informe final producto de la licitación N° 2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”, georreferenciados a coordenadas nacionales al sistema CRTM05.
A continuación, se estima las áreas a levantar por cada zona de estudio:
Zona de estudio Nombre Área estimada
1
Parque Jesús Jiménez.
1,000 m2
2
Plaza Mayor.
8,300 m2
3
Plaza Iglesias.
7,400 m2
4
Plaza Asís.
6,300 m2
5
Parque Mercadito Azul Residencial El Molino.
10,300 m2
6
Plaza de la Independencia.
9,700 m2
7
Terreno Plantel Municipal.
8,000 m2
Nota (*) Se deberán generar curvas de nivel cada 3m.
El levantamiento topográfico deberá estar georreferenciado a las coordenadas nacionales del Sistema CRTM-05. El estudio topográfico deberá considerar las condiciones del entorno de cada zona de estudio, de manera tal que se consideren aspectos de coordinación posterior por la municipalidad, por ejemplo, invasiones a las zonas de protección, traslado de servicios públicos y/o acueductos, expropiaciones, entre otros, para lo cual se deberá realizar un estudio catastral y registral de las propiedades que se vean afectadas, donde se muestre las afectaciones y las posibles áreas sujetas a una expropiación en caso que aplique este apartado.
El adjudicatario deberá buscar toda la información pertinente (planos de catastro y estudios registrales) en el Registro Nacional de la Propiedad: Catastro Nacional y Registro Inmobiliario de la Propiedad y cualquier institución que considere pertinente (Municipalidades).
El levamiento topográfico podrá ser efectuado mediante tecnología de detección de imágenes (Detection and Ranging o Laser Imaging Detection and Ranging por sus abreviaturas en inglés LIDAR) por equipo aerotransportado, georreferenciada o mediante topografía clásica convencional, mediante la utilización de estaciones totales y con un alto nivel de precisión. En caso del uso de aeronaves el Contratista debe apegarse al ordenamiento jurídico atinente al uso de estas.
La calibración de los equipos deberá haberse realizado con no más de 3 meses de anterioridad a la apertura de las ofertas.
Establecimiento de Mojones:
Se debe establecer como mínimo 4 (cuatro) pares de mojones con coordenadas nacionales (puntos de control topográfico) y sus respectivas referencias, para cada zona de estudio.
Los pares de mojones se deberán colocarse en puntos estratégicos, de manera que se garantice su permanencia antes, durante y después del proceso constructivo, además, deberán estar pintados en color naranja RAL 1028 (amarillo melón) sobre un fondo en color blanco y contar con mínimo de 3 (tres) referencias a objetos estables y de larga duración para su localización, comprendiéndose estos como postes, esquinas de cuadrantes, puntos del IGN, entre otros elementos.
Los mojones deberán estar conformados por una platina convexa con un tamaño de 5 (cinco) centímetros de largo y ancho en la parte superior o un diámetro expuesto de 5 (cinco) centímetros en caso de ser redonda, en ambos casos la parte central de la platina deberá ser grabada con un punto, una cruz o una equis indicando su punto de interés, esta platina deberá estar empotrada 3 (tres) centímetros mínimo en un bloque de concreto con dimensiones de 20 (veinte) centímetros de ancho, 20 (veinte) centímetros de lado y 60 (sesenta) centímetros de profundidad de los cuales un máximo de 5 (cinco) centímetros será lo permitido a quedar expuesto del bloque de concreto sobre la superficie del terreno.
Los mojones serán también conocidos como puntos GPS y deberán poseer una exactitud máxima de 5 (cinco) milímetros alrededor del punto.
Se deberá realizar una limpieza de maleza de 2 (dos) metros radiales con el mojón como centro.
Dentro del informe topográfico se deberá incluir una ficha técnica con la siguiente información de cada mojón:
I.
Nombre del proyecto o licitación.
II.
Código de mojón asignado de la siguiente manera: Letra M - Número de Mojón - Ejemplo: M-06.
III.
Fecha de establecimiento.
IV.
Nombre de la empresa que establece el mojón.
V.
Coordenadas norte, este y elevación.
VI.
Croquis de ubicación del mojón con las referencias de localización. o Fotografía del mojón establecido.
El informe topográfico descrito anteriormente, deberá ser incorporado en el informe final de los estudios preliminares a presentar como entregable del presente proceso licitatorio.
La evaluación de la topografía y la gestión de los usos de suelos deberá comprender como mínimo:
✓
Análisis del relieve, pendientes y su influencia en la Obra.
✓
Identificación de obstáculos o limitantes para la construcción.
Nota (*) La municipalidad será coadyuvante en el proceso de consultas previas y para el estudio preliminar de cada sitio, a cuenta del adjudicatario, uso de suelo desde su ámbito de acción apegada al bloque de legalidad.
4.2.2.1.2.
Estudios de suelos (geotécnicos y geológicos):
El contratista deberá realizar el estudio necesario en materia geotécnica y geológica que suministre la información necesaria para la elaboración de cada diseño.
Caracterización de la zona de estudio geológico, geomorfológico y estructuralmente corresponde al levantamiento de cada zona de análisis definidas anteriormente, para establecer las condiciones geológicas, identificar los tipos de formaciones y materiales, la presencia de fallamiento local, ángulos de buzamiento, entre otros.
Esta fase del estudio consistirá, entre otras, en la recopilación de información existente, interpretación de fotografías aéreas y levantamiento geológico e hidrogeológico, para la definición de:
a.
Marco Geológico General.
b.
Marco Geológico Regional.
c.
Marco Geológico Local.
d.
Condición de amenazas/riesgos del terreno.
e.
Análisis estructural y evaluación.
f.
Mapa geológico del AP.
g.
Caracterización Geotécnica del AP.
h.
Geomorfología regional.
i.
Geomorfología del AP.
j.
Geomorfología fluvial.
k.
Mapa geomorfológico.
4.2.2.1.3.
Geotecnia:
Los procedimientos y resultados de la investigación geotécnica deberán ajustarse a lo establecido en el Código de Cimentaciones de Costa Rica, el Código Geotécnico de Taludes y Laderas de Costa Rica, el Código Sísmico de Costa Rica, en sus versiones vigentes, así como a la legislación aplicable y a las mejores prácticas de la ingeniería.
El estudio deberá determinar la profundidad de desplante que garantice la capacidad admisible necesaria para la estructura y aportar los insumos requeridos para los análisis conexos, tales como estabilidad de taludes (evaluando escenarios de saturación y vaciado rápido), licuefacción, socavación y riesgo de tubificación (filtración interna). Asimismo, deberá definir los perfiles estratigráficos representativos, describiendo la distribución de materiales, sus características físico-mecánicas, la fluctuación del nivel freático y la conductividad hidráulica (permeabilidad) del sitio, de manera que se asegure la conceptualización y diseño adecuado de las obras de retención, regulación o infiltración pluvial, por lo que se deberán realizar pruebas de infiltración en las zonas de estudio y propuestas de emplazamiento de las obras a diseñar para cada sitio de estudio.
Nota (*) Los resultados de permeabilidad y niveles freáticos obtenidos deberán ser vinculados directamente con los cálculos hidráulicos de dimensionamiento y tiempos de vaciado de las estructuras de retención/filtración. Esta etapa comprenderá, entre otras actividades, excavaciones, perforaciones, ensayos de campo y laboratorio, muestreo, caracterización de estratos, análisis de estabilidad y definición de parámetros de cimentación, además de cualquier otro aspecto geotécnico relevante en las áreas de estudio.
Con base a la información requerida, se deberá elaborar el Perfil Geotécnico de Diseño representativo de las distintas secciones del proyecto. En este, deberán identificarse de manera clara cada perforación mediante la indicación de su ubicación y su código de identificación, lo mismo que los espesores de las distintas capas geotécnicas resultantes de aunar los hallazgos del levantamiento geológico y los métodos de investigación directos e indirectos. Se deberá tener cuidado de referenciar todos los espesores identificados con la misma escala de niveles, ya sean cotas absolutas (msnm) o escalas puntuales referenciadas por ejemplo al nivel actual de rasante.
El perfil debe indicar la profundidad del nivel freático, así como cualquier otro aspecto relevante de las materiales in situ, que pueda afectar el comportamiento de las estructuras planteada.
4.2.2.1.4.
Sondeos (perforaciones):
Los sondeos se ubicarán donde se establecerán los cimientos de las estructuras propuestas. Lo anterior con el objetivo de obtener muestras representativas y caracterizar el entorno geotécnico, así como de la respuesta del medio a la imposición de cargas.
Para cada zona de estudio se deberán realizar tres perforaciones, de 18 m de profundidad como mínimo. Se perforará con el método de Penetración Estándar SPT, hasta el rebote del mazo y luego se continuará utilizando rotación con punta de diamante hasta alcanzar los 15 metros, (como mínimo 3 metros de perforación en roca sana o medianamente meteorizada). Para efectos de oferta se considerará una perforación de 3 (tres) metros mediante SPT y 15 (quince) metros a rotación.
De acuerdo con los resultados preliminares obtenidos durante el proceso de perforación, la Administración definirá cuál será la profundidad por alcanzarse, no debiéndose agotar necesariamente la previsión del presente apartado. En caso de que las perforaciones a ejecutarse demanden cambios en la cantidad de metros a perforar, se reconocerá al contratista el monto que resulte de multiplicar los precios unitarios por las cantidades efectivamente ejecutadas. En el caso de que dichas longitudes de perforación requieran ser mayores a las contratadas, el Área de Gestión Vial preparará la orden de modificación contractual atinente para incorporar los recursos necesarios. Hasta que no se haya suscrito la orden de modificación no se podrán realizar las perforaciones adicionales Para cada perforación deberá consignar los siguientes datos:
•
Ubicación de la perforación.
•
Código identificador de la perforación.
•
Fecha y responsable de la misma.
•
Profundidad de obtención de la muestra y/o lectura de los datos.
•
Indicación de la metodología de perforación utilizada a lo largo de todo el sondeo.
•
Número de golpes del ensayo SPT.
•
Nivel freático.
•
Clasificación y descripción del material.
Se deberán hacer lecturas del nivel freático en cada perforación, cada 24 horas, hasta alcanzar un nivel estacionario.
4.2.2.1.5.
Ensayos de laboratorio:
El contratista deberá realizar todos los ensayos de laboratorio aplicables a cada tipo de material muestreado durante las perforaciones. Los resultados deberán brindarse en formato gráfico (hojas de perforación) así como en una tabulación numérica. Deberá brindarse, en una tabulación aparte, la profundidad de las diferentes muestras extraídas, lo mismo que los distintos ensayos ejecutados a cada una.
Se deberá consignar los siguientes datos:
•
Descripción del material.
•
Clasificación macroscópica de los materiales recuperados.
•
Tipo de suelos, según clasificación unificada de suelos (SUCS).
•
Contenido Orgánico. (ASTM D 2974).
•
Análisis granulométrico con sus curvas respectivas.
•
Humedad y densidad natural.
•
Límites de Atterberg.
•
Peso específico relativo de los sólidos.
•
Ensayos de Compresión Inconfinada.
•
Valores de cohesión y ángulo de fricción interna.
La definición de los parámetros de resistencia se hará mediante la ejecución de ensayos de Corte Directo, por lo que deberán facilitarse todas las variables incluidas y definidas a lo largo de dichas pruebas. De manera alterna o complementaria y tras validación necesaria por parte de la Administración, podrán realizarse ensayos sin extracción de muestras, tipo DMT, CPTu, CPT o similares.
Para las rocas eventualmente encontradas, se medirán todos aquellos parámetros que definen la resistencia de estos depósitos, en las muestras obtenidas mediante el sistema de rotación, así como los pormenores definidos en el apartado del Levantamiento Geológico.
Se deberá consignar los siguientes datos:
•
Valor del índice RQD.
•
Porcentaje de recuperación.
•
Clasificación geológica.
•
Resistencia a la Compresión Simple (correlación).
•
Estado de las fracturas.
Toda la información que se obtenga en campo, así como los resultados de laboratorio, debe ser sintetizada en hojas de perforación, donde se indicará también cualquier otro aspecto relevante del suelo que influya sobre el comportamiento y posterior análisis del sitio y las estructuras propuestas.
En caso de que alguno de los datos utilizados sean producto de alguna correlación, las variables, gráficos y cualquier otro recurso utilizado para su definición, deberá ser facilitado.
La Administración podrá solicitar ampliaciones sobre la información y datos referidos, así como rechazar el uso de parte de ellos o de correlaciones para su obtención.
Las muestras deben ser tomadas por el personal del laboratorio y siempre bajo la presencia de un inspector del Área de Gestión Vial.
4.2.2.1.6.
Conclusiones y recomendaciones del estudio de suelos:
Consecuente con los resultados de los estudios de campo y de laboratorio, las características de las soluciones propuestas, los modelos geotécnicos, el cálculo de capacidad de soporte, el análisis de asentamientos, la estabilidad de taludes, laderas y cortes en los casos que aplique y los parámetros de resistencia, se deberá recomendar el tipo de cimentación por utilizar en cada solución propuesta, así como su cota de desplante y la capacidad de soporte admisible. Se debe presentar un análisis detallado de recomendaciones y conclusiones presentando toda la información de las condiciones de cada sitio analizado para el diseño de las cimentaciones pertinentes.
El informe debe poseer una estructura mínima con los siguientes parámetros:
•
Descripción detallada del lugar donde se efectuarán los estudios, incluyendo: BF
•
Descripción visual de la topografía.
•
Valoración geotécnica cualitativa y/o cuantitativa de campo.
•
Descripción de posibles problemas geotécnicos producto de la observación.
•
Descripción de posibles problemas geotécnicos producto del estudio realizado.
•
Descripción del trabajo realizado.
•
Recomendaciones de estudios adicionales en caso de requerirse.
•
Capacidad de soporte última y admisible.
•
Numero de perforaciones.
•
Profundidad de cada perforación, ubicación, muestreo realizado.
•
Profundidad del rebote del Mazo.
•
Profundidad del nivel freático.
•
Plano de ubicación de todos los puntos debidamente localizados con puntos de referencia fáciles de reubicar.
•
Memorias de cálculo donde se detallen las fórmulas y criterios empleados, para el estudio realizado.
Así como todos los elementos citados en puntos anteriores sin excluir aquellos que, por criterio del contratista, deban ser incluidos en este informe.
En el caso de ser necesario una alternativa de cimentación se incluirán todas las recomendaciones tales como sustituciones, capacidad de soporte para diseño, carga máxima, todos según sea el caso de la alternativa propuesta.
4.2.2.2.
Estudios en hidrología e hidráulica:
El Contratista deberá regirse por las especificaciones y disposiciones indicadas en el presente pliego de condiciones, sin embargo, puede complementar esta información con especificaciones adicionales, siempre que las someta a aprobación del Área de Gestión Vial. Además, podrá utilizar información de libros de texto de reconocida procedencia y proyectos de graduación cuando corresponda. En todos los casos, el Contratista debe hacer una referencia clara a la bibliografía utilizada en su memoria de cálculo. Estudio Hidrológico:
Para el estudio hidrológico, se deberá indicar claramente la metodología utilizada y la fuente específica de dónde la tomó, de modo que la Administración pueda seguirla y verificar que se cumpla con todos los aspectos específicos para utilizarla dentro de su ámbito de aplicación.
Además de las memorias de cálculo, las cuales deben ser claras y permitir dar seguimiento a todos los análisis y cálculos realizados; también se deben entregar, en forma digital, los archivos de hojas de cálculo, programas computacionales y demás información utilizada para obtener los resultados presentados.
Datos de partida:
Dentro de la información recopilada para la ejecución de la licitación N°2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”, se realizó una recopilación de datos para los estudios hidrológicos del proyecto, mismos que serán compartidos con el adjudicatario.
Aunado a lo anterior, se deberá tomar en cuenta para los estudios desarrollados en la zona N°5, Parque Mercadito Azul Residencial El Molino, los estudios desarrollados por la empresa CACISA, a partir de la licitación N°2025LD-000001-0006000001 “Diseño para el mejoramiento de un tramo de la Ruta Nacional No. 228, Cartago”, promovida por el Consejo Nacional de Vialidad, adjunto en el Anexo N°4.
Se deberán analizar los datos hidrométricos y pluviométricos, según aplique, de estaciones que cubran las cuencas y/o microcuencas objeto de estudio, prestando especial atención a eventos excepcionales, como huracanes, tormentas tropicales, entre otros, que ocurrieron en el sitio.
El Contratista deberá aplicar al menos 2 (dos) metodologías válidas para la estimación de caudales de diseño y utilizar su criterio para la selección a partir de los resultados de aplicar ambas, el caudal de diseño. Al menos una de las metodologías deberá utilizar como datos de partida, las mediciones de los valores máximos de precipitación durante los 20 (veinte) años más recientes registrados en la(s) estación(es) meteorológica(s) más cercana(s) de cada zona de estudio. En caso de identificarse algún año adicional con eventos extraordinarios, tales como huracanes o tormentas tropicales, que sería apropiado considerar en el análisis, se podrán agregar a la información citada. La información recolectada deberá permitir una adecuada caracterización de tormentas, la definición de unos hietogramas actualizados para los sitios y la estimación de las precipitaciones máximas de diseño correspondientes a los períodos de retorno requeridos.
Toda la información utilizada deberá ser aportada como parte de la memoria de cálculo del proyecto, al igual que la cartografía, fotografías aéreas, mapas de uso del suelo y geológicos o litológicos de las cuencas objeto del estudio.
Estudio de cuencas:
Como parte del estudio hidrológico, es necesario incluir la delimitación de las cuencas tributarias a cada una de las soluciones propuestas, a partir del estudio general de la cuenca en estudios, desarrollado en el producto de los alcances de la licitación N°2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”.
Aunado a lo anterior, se deberá tomar en cuenta para los estudios desarrollados en la zona N°5, Parque Mercadito Azul Residencial El Molino, los estudios desarrollados por la empresa CACISA, a partir de la licitación N°2025LD-000001-0006000001 “Diseño para el mejoramiento de un tramo de la Ruta Nacional No. 228, Cartago”, promovida por el Consejo Nacional de Vialidad, adjunto en el Anexo N°4.
La delimitación de cuencas debe realizarse en un sistema de información geográfica, sobreponiendo dicha delimitación sobre las hojas cartográficas del Instituto Geográfico Nacional (IGN) y curvas de nivel más precisas para el sitio en estudio. Dichas curvas de nivel deben mostrarse con su elevación clara y a escala apropiada; además comprender una extensión mayor a la cuenca delimitada, de modo que permita demostrar que la delimitación es adecuada. Puede utilizarse un levantamiento topográfico más preciso que las hojas cartográficas disponibles, como complemento a la información de dichas hojas y utilizar como referencia el levantamiento topográfico ejecutado previamente, sobre la red pluvial existente, producto de los alcances de la licitación N°2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”.
Además, debe verificarse la información contenida en la página www.snitcr.go.cr, con el fin de constatar que se esté utilizando la más precisa en cuanto a curvas de nivel o demás datos complementarios que pueden ser descargados ahí de manera gratuita. La delimitación también podrá realizarse sobre fotografía aérea georreferenciada, en lugar de las hojas cartográficas, siempre que esta última permita una mejor interpretación de las condiciones de la cuenca, pero siempre incorporando curvas de nivel.
En caso de que la cartografía existente no tenga la precisión necesaria para demostrar una delimitación de cuencas tributarias en el sitio, se deberán tomar puntos como parte de la topografía del proyecto, en las partes de la cuenca donde se requiera para justificar su correcta definición; esto puede ocurrir en sitios con muy poca pendiente.
Se deben utilizar fotografías aéreas recientes, donde se delimite claramente el uso del suelo, de modo que, según se requiera, sea posible la ponderación del coeficiente de escorrentía, el número de curva o el coeficiente que corresponda, para tomar en consideración este aspecto cuando se realice para la estimación de caudales, a partir de precipitación. Adicionalmente, se deberá realizar una proyección de la variación en el uso del suelo a lo largo de la vida útil de las estructuras diseñadas. Para esto, se pueden tomar en consideración planes reguladores o indicadores basados en estadísticas.
Período de retorno para diseño:
El diseño hidráulico de cada solución propuesta por analizar se realizará para los caudales pico estimados en los sitios de estudio, utilizando un período de retorno de 100 (cien) y 50 (cincuenta) y 25 (veinticinco) años.
Para el cálculo de los caudales, se podrán seguir las recomendaciones, métodos y aplicaciones informáticas que se indican en las publicaciones específicas para el cálculo de caudales máximos en cuencas naturales, haciendo referencia a la bibliografía utilizada.
Dentro de las metodologías aplicables, está la estimación de hidrogramas y se puede hacer con el apoyo de programas computacionales hidrológicos, como el HEC-HMS.
La avenida de diseño se determinará con base en el análisis de series de precipitación y estimando la función de distribución de frecuencia de valores extremos que mejor se ajuste a los datos, con el fin de definir los valores para determinado período de retorno. Como parte de la memoria de cálculo, presentar el análisis comparativo de al menos 4 (cuatro) distribuciones de probabilidad distintas y que sean recomendadas en la literatura para el análisis de eventos extremos. Seleccionar los resultados obtenidos utilizando la distribución que presente el mejor.
Si bien el presente documento incluye un estimado para los procedimientos de investigación, no se exime de responsabilidad al contratista adjudicado de presentar cualquier propuesta complementaria producto de inspecciones realizadas en el sitio. Las zonas propuestas para desarrollar los estudios correspondientes deberán ser justificadas a satisfacción de la Administración. Será obligación del contratista el informar oportunamente a la Administración sobre cualquier condición extraordinaria encontrada en sitio que exija adiciones o cambios a los lineamientos del presente contrato. 4.2.2.3.
Viabilidad técnica y diseño conceptual:
El adjudicatario deberá realizar un análisis de la situación actual del sistema pluvial existente para cada zona de estudio, a partir del informe producto de los alcances de la licitación N°2025LE-000013-0022030101 “Elaboración plan maestro de alcantarillado pluvial modalidad: servicios”, mismo que deberá incluir la descripción de las problemáticas de inundación existentes, áreas críticas de anegamiento y capacidad del sistema de drenaje actual, la identificación del Cuerpo Receptor (Punto de Descarga / BF), evaluación física y legal del sitio donde verterán las aguas (río, quebrada, red pública), verificando su capacidad hidráulica para recibir el caudal controlado y el riesgo de socavación en la salida.
Aunado a lo anterior, se deberá tomar en cuenta para el análisis del sistema pluvial actual en la zona N°5, Parque Mercadito Azul Residencial El Molino, los estudios desarrollados por la empresa CACISA, a partir de la licitación N°2025LD-000001-0006000001 “Diseño para el mejoramiento de un tramo de la Ruta Nacional No. 228, Cartago”, promovida por el Consejo Nacional de Vialidad, adjunto en el Anexo N°4.
Además, se deberá realizar un reconocimiento de los servicios públicos existentes (agua potable, alcantarillado sanitario, redes eléctricas, fibra óptica) o infraestructura vial que puedan sufrir afectación directa con las obras proyectadas.
El adjudicatario realizará un análisis comparativo entre sistemas abiertos (lagunas de regulación, humedales artificiales, zanjas de infiltración) y sistemas cerrados/subterráneos (tanques de retardo, pozos de infiltración), considerando las alternativas propuestas de acuerdo con el espacio disponible, eficiencia hidráulica, facilidad de construcción, costos estimados de inversión y complejidad del mantenimiento.
A partir del análisis descrito anteriormente, en caso de que la solución viable consista en sistemas de retención pluvial, se deberá realizar el cálculo del volumen de almacenamiento para el correcto amortiguamiento el caudal pico, asegurando que el caudal de salida no supere el caudal en condición natural previo al desarrollo, además se deberá definir el método de vaciado (por gravedad mediante vertederos/orificios restringidos, por infiltración al subsuelo, o mediante sistemas de bombeo en casos extremos).
Adicionalmente, el adjudicatario deberá establecer, para cada solución propuesta, el área en planta y profundidad que ocuparán las estructuras de retardo y sus zonas de amortiguamiento o seguridad, los métodos constructivos propuesto (excavaciones masivas, instalación de tanques subterráneos, accesos de maquinaria pesada y estabilidad de las propiedades o estructuras colindantes y dentro del área del proyecto. Se deberá verificar la compatibilidad de uso de suelo, analizando los lineamientos establecidos en el plan regular vigente y en los casos aplicables, un análisis de la necesidad de adquisición de terrenos, expropiaciones o servidumbres de paso.
4.2.2.4.
Análisis de riesgos:
El consultor deberá elaborar una matriz de riesgos detallada del ciclo de vida del proyecto (diseño, construcción y operación). Este análisis abordará obligatoriamente los siguientes escenarios críticos:
1.
Riesgos Climáticos: Evaluación del impacto del cambio climático en el aumento de intensidades de lluvia y el riesgo de eventos extremos consecutivos.
2.
Riesgos Geotécnicos: Riesgo de falla de taludes por vaciado rápido, asentamientos diferenciales por saturación del suelo, y pérdida de la capacidad de infiltración por colmatación de finos, en los casos aplicables.
3.
Riesgos Operativos: Viabilidad de mantenimiento, estimación del riesgo de acumulación de sedimentos/basura, y planes de contingencia ante fallas en los sistemas de descarga.
4.
Riesgos Ambientales y del Entorno: Riesgo de contaminación de fuentes subterráneas por infiltración pluvial y afectaciones de socavación aguas abajo del punto de descarga (BF).
Para cada riesgo identificado, el Consultor deberá definir su nivel de probabilidad e impacto, y proponer medidas concretas de mitigación, prevención o transferencia que se integrarán directamente en los diseños finales.
4.2.2.5.
Viabilidad Ambiental y social:
El adjudicatario deberá realizar la evaluación del impacto ambiental (EIA), mismo que deberá contener:
✓
Descripción del Medio Ambiente aledaño a las zonas impactadas: Información sobre la fauna, flora, cuerpos de agua y ecosistemas de la zona.
✓
Identificación de Impactos Ambientales: Análisis de los posibles efectos negativos del proyecto (alteración de ecosistemas, afectación a cuerpos de agua eventuales, etc.). ✓
Medidas de Mitigación: Propuestas para minimizar los impactos negativos, como la restauración de hábitats o la instalación de especies forestales.
✓
Cumplimiento Normativo: Asegurar que el proyecto cumpla con la normativa ambiental nacional (Ley General del Ambiente, Ley de Aguas, regulaciones del MINAE y la SETENA).
✓
Mapeo y caracterización, de actores clave, identificación de afectados y beneficiarios.
✓
Diagnóstico de aceptación y/o rechazo del proyecto a desarrollar.
✓
Se deberá diseñar y ejecutar estrategias de socialización y de consulta pública.
✓
Se deberá realizar la consulta a la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente, para el trámite del instrumento de valoración integral o individual de los sitios de intervención, tomando en cuenta todos los aspectos necesarios para este trámite, tales como:
o
Diseño de criterios para sistemas urbanos de drenaje sostenible (en casos aplicables).
o
Modelación del microclima y servicios ecosistémicos (en casos aplicables).
o
Plan de gestión de lodos, sedimentos y especies invasoras (post-construcción).
o
Análisis de huella de carbono y resiliencia climática.
4.2.2.6.
Estudio Económico y Financiero
✓
Cálculo del presupuesto detallado para la construcción y operación del sistema en cada sitio propuesto.
✓
Desglose de costos: materiales, mano de obra, equipos, estudios adicionales recomendados y/o requeridos.
Para el análisis de rentabilidad, el adjudicatario deberá presentar: ✓
Evaluación de la relación costo-beneficio cuantitativo/ cualitativo (incluyendo variables como reducción de inundaciones, mejora en la calidad de vida).
✓
Viabilidad Económica: Evaluación de la capacidad del proyecto para generar beneficios económicos a largo plazo.
Nota (*) La Administración bridará al adjudicatario cualquier información disponible desde los procesos municipales facultados para dicho fin.
4.2.2.7.
Informe final, estudios de factibilidad:
El adjudicatario deberá realizar la entrega formal de un informe final donde se especifique cada sitio de análisis, de los estudios preliminares descritos anteriormente, el mismo deberá contener todo lo indicado en los términos de referencia técnicos establecidos en este pliego de condiciones, incluyendo, pero sin limitarse a: levantamiento topográfico, estudios de suelos realizados y estudios hidrológicos e hidráulicos, el informe deberá contemplar todas las memorias de cálculo elaboradas, croquis y demás elementos que se generen a partir de las especificaciones establecidas anteriormente.
El adjudicatario deberá realizar la entrega formal de cada informe final para cada zona de análisis, mencionados anteriormente, por medio de la plataforma SICOP como una solicitud de información con carácter de confidencialidad, con copia a la administración vía correo electrónico a los apartados: ronnyrf@muni-carta.go.cr, andresfs@muni-carta.go.cr y heinercm@muni-carta.go.cr.
El adjudicatario deberá ejecutar el registro de responsabilidad ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), por estudios preliminares y anteproyecto.
4.2.3.
Diseño y presupuesto detallado:
Sobre la base de los estudios realizados, el Contratista deberá realizar los diseños necesarios para determinar las dimensiones de las estructuras requeridas para cada zona de estudio, de modo que se optimicen las soluciones propuestas, considerando aspectos técnicos, económicos, ambientales, entre otros, según aplique.
El alcance de los diseños debe de contener el Área del Cantón Central de Cartago, mayormente en los distritos Occidental, Oriental y parte de El Carmen; para la administración es prioritario la construcción de los sistemas de retardo de las cuencas tributantes a las Quebradas Molino y Zopilota respectivamente, según el estudio realizado mencionado anteriormente y que debe ser tomado como referencia e insumo para este proyecto, en terrenos planteados como alternativas que se detallan a continuación, ello ante la necesidad de gestionar los embates críticos en las partes bajas del casco central.
1)
Parque Jesús Jiménez.
2)
Plaza Mayor.
3)
Plaza Iglesias.
4)
Plaza Asís.
5)
Parque Mercadito Azul Residencial El Molino.
6)
Plaza de la Independencia.
7)
Terreno Plantel Municipal.
Para la elaboración de los diseños y presupuestos requeridos, se deberá tomar en cuenta para los estudios desarrollados en la zona N°5, Parque Mercadito Azul Residencial El Molino, los estudios desarrollados por la empresa CACISA, a partir de la licitación N°2025LD-000001-0006000001 “Diseño para el mejoramiento de un tramo de la Ruta Nacional No. 228, Cartago”, promovida por el Consejo Nacional de Vialidad, adjunto en el Anexo N°4, lo anterior para realizar los ajustes necesarios con respecto al caudal final a ser utilizado para la solución constructiva pertinente.
Sin embargo, la administración podrá considerar dentro del alcance cualquier otra alternativa anteproyecto complementario que se requiera de manera debidamente justificada.
✓
Propuesta de diseño de cada sitio de obra (pozo final de desfogue, canales, tuberías, trampas de sólidos y cualquier infraestructura complementaria), con sus respectivos planos oficiales tramitados ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA).
✓
Tramitación de inscripción por profesional responsable diseños y especificaciones técnicas, sin dirección técnica.
✓
Cálculos de capacidad hidráulica, dimensiones y ubicación de los elementos del sistema.
Las especificaciones del sistema pluvial propuesto para cada zona de intervención, deberá contemplar al menos en diseños y presupuestos, las siguientes estructuras:
▪
Cajas de registros.
▪
Pozos pluviales.
▪
Tuberías por diámetro. Tragantes.
▪
Sistemas de desagüe natural laterales (canales, cordones de caño o encunetado).
▪
Puntos y sistemas de desfogue vertido a cuerpos superficiales, ríos, quebradas o líneas de desfogue.
▪
Tanques, laguna o sistemas de retardo escalados en planta, perfil y secciones de cortes internos a detalle, así como sus sistemas de desagüe, limpieza y mantenimiento entre otros.
▪
Detalles de losas, pavimentos rígidos y/o flexibles a reponer o colocar producto de las intervenciones con tuberías, elementos superficiales de conducción, registro inspección en vías públicas o parques y plazas.
▪
Todos aquellos sistemas requeridos para la fase constructiva y sus detalles específicos.
El adjudicatario deberá entregar los archivos en formato CAD e imágenes PDF, en el sistema de referencia / CRTM05.
4.2.3.1.
Planos constructivos sellados ante el CFIA:
El adjudicatario deberá entregar planos completos con todos los elementos que componen la solución constructiva para cada una de las zonas de estudio establecidas anteriormente, tramitados ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica.
El adjudicatario deberá realizar la entrega formal de cada juego de planos constructivos, para cada zona de análisis, mencionados anteriormente, por medio de la plataforma SICOP como una solicitud de información con carácter de confidencialidad, con copia a la administración vía correo electrónico a los apartados: ronnyrf@muni-carta.go.cr, andresfs@muni-carta.go.cr y heinercm@muni-carta.go.cr.
4.2.3.2.
Informe Final y registro de responsabilidad ante CFIA:
El informe final deberá contener todo lo indicado en los términos de referencia técnicos establecidos en este pliego de condiciones, incluyendo, pero sin limitarse a: informes de estudios realizados, diseño estructural, presupuesto detallado, secuencia de construcción (cronograma), memorias de cálculo completas y especificaciones técnicas de las soluciones técnicas propuestas, además deberá incluir un mosaico catastral del estudio ejecutado, de las propiedades que presentan afectación con el desarrollo del proyecto, con el montaje del diseño de cada solución en formato DWG. El adjudicatario deberá realizar la entrega formal de cada informe final para cada zona de análisis, mencionados anteriormente, por medio de la plataforma SICOP como una solicitud de información con carácter de confidencialidad, con copia a la administración vía correo electrónico a los apartados: ronnyrf@muni-carta.go.cr, andresfs@muni-carta.go.cr y heinercm@muni-carta.go.cr.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Menor - LE)
“PLAN MAESTRO DE ALCANTARILLADO”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Adquisición de Servicios de Ingeniería para la elaboración de Estudios de Factibilidad del Plan Maestro de Alcantarillado Pluvial de la Municipalidad de Cartago y Diseños, Especificaciones Técnicas y Presupuesto Detallado de los Sistemas de Retención Públicos según Gradualidad de Desarrollo en los Distritos de Oriente, Occidente y parte del Carmen, para la ejecución de las labores del Área de Gestión Vial, y planificación de las mejoras pluviales del cantón.
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se define a Ronny Rojas Fallas, Andrés Fernández Solano y Heynner Céspedes Muñoz como Administrador de este contrato, el cual tendrá las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos, propios incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados por la Contraloría General de la República.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
|
1. Servicios: cantidad definida |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢90 871 316.73 (Noventa millones ochocientos setenta y un mil trescientos dieciséis colones con setenta y tres céntimos)
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, de forma parcial, todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado .
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
__________________
El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
.
NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
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Primero: Adjudicación en firme. |
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Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
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Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
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Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
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Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
|
Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
|
Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago.
|
COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
|
Mano de obra |
|
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|
Insumos |
|
|
|
Gastos Administrativos |
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Subcontratos |
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Imprevistos |
|
|
|
Utilidad |
|
|
|
TOTAL |
|
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Nota: El componente de Subcontrato e Imprevistos, será utilizado en caso de que corresponda.
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
|
Precio |
Detalle |
Monto |
Porcentaje |
|
Costos directos |
Salarios |
¢ |
% |
|
Cargas sociales |
¢ |
% |
|
|
Herramientas |
¢ |
% |
|
|
Materiales |
¢ |
% |
|
|
Equipo |
¢ |
% |
|
|
Viáticos y consumibles |
¢ |
% |
|
|
Costos indirectos |
Servicios |
¢ |
% |
|
Gastos administrativos |
¢ |
% |
|
|
Seguros y pólizas |
¢ |
% |
|
|
Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
|
Imprevistos |
Imprevistos |
¢ |
% |
|
Utilidad |
Utilidad |
¢ |
% |
En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el adjudicatario deberá pagar a la Administración por concepto de multa por cada situación que se presente y en caso de ser reiterativos los incumplimientos de la misma naturaleza durante la ejecución del contrato, la Administración estará facultada de tomar las medidas administrativas aplicables según lo establecido en la Ley de Contratación Pública y su reglamento. Metodología para la estimación de las multas a aplicar: Como parte del análisis de los costos a los que se han estimado a partir de que en esta contratación se requiere específicamente dos perfiles diferentes de puestos que los podemos relacionar con el Decreto de Salarios Mínimos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a saber: • Un profesional responsable, con el título de Licenciado, equivalente a un Profesional 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡1,260,000.00. • Un funcionario operativo, equivalente a un Inspector de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ₡686,000.00 El desglose de costos del salario para los puestos indicados sería el siguiente:
Cláusula penal. Para ejecutar las sanciones de clausula penal o multa, la Municipalidad, a través del administrador del contrato designado, en un plazo máximo de diez días hábiles a partir de la causal, deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. Dicho acto motivado deberá ser de inmediato notificado a la proveeduría institucional y al contratista, así deberá a su vez quedar incorporado en el expediente electrónico correspondiente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La Municipalidad deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. El recurso de revocatoria será atendido por el administrador del contrato quien emitió el acto inicial mientras que el recurso de apelación será atendido por el alcalde municipal. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato. De lo resuelto en la aplicación de la sanción, una vez que la misma se encuentre en firme, se notificará por parte del administrador del proceso, tanto a la Proveeduría Municipal como a la Tesorería Municipal para el debido tramite de aplicación de dicha sanción a los pagos correspondientes, señalando específicamente, la cuantía a la que corresponderá dicha sanción. De determinarse que no deben aplicarse las multas o sanciones, el trámite de pago de la factura continuará de manera normal. Lo anterior en cumplimiento con el artículo 40 del Reglamento Interno de Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago. 7.1. Clausula Penal Metodología para la estimación de la cláusula penal a aplicar: Para la presente contratación se establece un factor de cláusula penal diario posterior a la fecha establecida como plazo de entrega, el cual corre a partir de la notificación del contrato, para las Unidades Técnicas como prestador de servicios, es de vital importancia la disposición de todos los insumos destinados a sus labores diarias en el tiempo establecido en el contrato, por lo que, se determinan los siguientes factores como fundamentos para determinar el monto diario de cláusula penal: 1- Repercusiones de eventual incumplimiento (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) Acorde a la matriz anterior, se asignará una cláusula mediante la sumatoria de puntos obtenidos, calificando con la siguiente tabla: Descripción de factores: Factor N°1: Repercusiones por incumplimiento: Alta: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso afecta un proyecto o meta ligado a la prestación del servicio del Departamento. Media: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso afecta el desarrollo y cumplimiento de las metas del Departamento ligadas al POI. Baja: igual a 10 puntos, si el incumplimiento no genera afectación al servicio y el cumplimiento de las metas de Departamento. Factor N°2: Riesgos por incumplimiento: Acorde al mapa de riesgo de la Unidad Técnica de Gestión Vial, se determinan los siguientes criterios: Alto: igual a 30 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo muy alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Factor Puntos 1- Repercusiones de eventual incumplimiento (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30 2- Riesgos del incumplimiento del plazo (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30 3- Preponderancia del plazo de entrega (20, 10 o 5 puntos, según corresponda) 20 4- Cuantía del contrato (20, 10 o 5 puntos, según corresponda) 20 Total 100 Puntaje Obtenido Criterio de importancia de la cláusula Porcentaje de cláusula penal, diario a aplicar De 100 a 80 puntos Alta 1.00% De menos de 80 a 60 puntos Media 0.75% Menor a 60 puntos Baja 0.50% Medio: igual a 20 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo alto la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Moderado: igual a 10 puntos si el incumplimiento o atraso, pone en riesgo medio o bajo la eficiencia, eficacia o la continuidad de los servicios internos y externos, así como ingresos o imagen institucional. Factor N°3: Importancia del Plazo: Alto: Igual a 20 puntos: cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Medio: igual a 10 puntos: cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la Unidad. Moderado: igual a 5 puntos: cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de la Unidad. Factor N°4: Cuantía del contrato: Alto: igual a 20 puntos, cuando la cuantía del contrato es igual o exceda los ₡258,239,178.00. Medio: igual a 10 puntos, cuando la cuantía del contrato es inferior a ₡258,239,178.00 y mayor a ₡64,559,795.00. Moderado: igual a 5 puntos, cuando la cuantía del contrato sea menor a ₡64,559,795.00. Estimación de la penalización: Acorde a la metodología anterior se estima: Por lo tanto, en caso de atraso en la entrega del bien o servicio requerido de acuerdo con las condiciones de estas especificaciones técnicas, el contratista deberá pagar a la Factor Puntos 1- Repercusiones de eventual incumplimiento 30 2- Riesgos del incumplimiento del plazo 30 3- Preponderancia del plazo de entrega 20 4- Cuantía del contrato 10 Total 90 Municipalidad de Cartago, por concepto de cláusula penal por cada día calendario de atraso, una cantidad máxima equivalente al 1,00%, del total del monto contractual adjudicado, de forma escalonada por día de atraso, teniendo como tope para el pago de cláusula penal hasta un máximo del 25%, del monto límite superior del contrato, momento en que se considerara que ha habido incumplimiento del contrato. El cobro de las cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El cobro por concepto de cláusula penal se regirá según lo dispuesto en los artículos 45, 46 y 47 de la LGCP. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en dichos instrumentos dará lugar a la rescisión del respectivo contrato si la Municipalidad lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios a la Municipalidad en virtud del incumplimiento contractual. Tipo de trabajador Salario Bruto Cargas sociales (10,83%) Total, Salario mensual Salario Semana Salario Día Salario Hora Profesional 1 ₡1,260,000.00 ₡136,458.00 ₡1,123,542.00 ₡280,885.50 ₡56,177.10 ₡7,022.14 Inspector ₡672,000.00 ₡72,777.60 ₡599,222.40 ₡149,805.60 ₡29,961.12 ₡3,745.14 Condiciones que serán sancionadas: Condición Detalle Nivel de la falta Multa Justificación Uso de insumos y/o equipos en mal estado o defectuosos. Si se logra evidenciar insumos y/o equipos en mal estado debido a deficiencias en la confección, o manipulación que afecten la ejecución del objeto contractual. Baja Aplicarse la suma de ₡29,961.12 que representa el costo diario de un funcionario inspector y se procederá con una minuta para su documentación. La Municipalidad tendría la responsabilidad, eventualmente de paralizar las labores en ejecución y solicitar la rectificación del proceso, lo que representaría atrasos en los procesos institucionales de los cuales depende la correcta ejecución del objeto contractual. Defectos en la calidad de las líneas contratadas (según lo solicitado en especificaciones técnicas del cartel). Si se logra evidenciar materiales y/o insumos de menor calidad de los declarados en el cartel o incompletos, que afecten los atributos del objeto suministrado o/y construido. Alta Aplicarse la suma de ₡56,177.10 que representa el costo diario de un Profesional 1 por fiscalización más la suma de ₡29,961.12 que representa el costo diario de un inspector. y se procederá con una minuta para su documentación. La Municipalidad tendría la responsabilidad, eventualmente de verificar las condiciones en sitio del proyecto y solicitar la corrección de los entregables del objeto contractual, retrasando el desarrollo de las metas institucionales. Nota: (*) En caso de que el contratista incurra en tres ocasiones el nivel de falta alta, la institución se reserva el derecho de proceder con un procedimiento de resolución contractual
Documentos del cartel13
- DECISIÓN INICIALPDF · 707 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 1,2 MB
- ANEXOPDF · 4,8 MB
- ANEXOPDF · 13 MB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 737 KB
- CRONOGRAMAPDF · 778 KB
- BUENAS PRÁCTICASPDF · 655 KB
- DECLARACIÓN JURADADOCX · 3,3 MB
- SUBCONTRATOSDOCX · 31 KB
- PEDIDOPDF · 256 KB
- CONTENIDO PRESUPUESTARIOPDF · 799 KB
- ESPECIFICACIONES TÉCNICASPDF · 2,6 MB
- ANEXODOCX · 82 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Andres Ricardo Fernandez Solano
Construcción y Mejora de Obras
Heynner Andres Cespedes Muñoz
Departamento Construcción y Mejoras de Obra
Ronny Alexander Rojas Fallas
Unidad Técnica de Gestión Vial
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 15:50. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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