2026LD-000094-0023300001 · SICOP 20260802235
Capacitación Sobre El Reajuste Y Revisión De Precios En La Contratación Publica (Obras, Bienes Y Servicios)
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia publicó esta compra con un presupuesto de ₡703 000, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 26/08/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡703 000
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó19/08/2026 10:22 · hace 53 días
- Límite para 24/08/2026 23:59 · hace 48 días
- Límite para 21/08/2026 23:59 · hace 51 días
- Cierre de ofertas26/08/2026 10:00 · hace 46 días
- de ofertas26/08/2026 10:05 · hace 46 días
- publicado07/09/2026 07:53 · hace 34 días
- Adjudicación 07/09/2026 07:53 · hace 34 días
Nota de la institución. Requisito de Admisibilidad que deja fuera de concurso al oferente: Que, en consulta en el apartado de consulta ciudadana, sanciones, en SICOP, presente con fecha definida Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986 Todos los demás defectos en la oferta serán subsanables y el tiempo de respuesta para su caducidad, será conforme lo indica el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública. Una vez caducado el tiempo de respuesta la oferta quedará fuera de concurso
Quién ganóen firme 07/09/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Floribeth Chaves Ramirez, 01/09/2026
Contexto
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Capacitación de Reajuste de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios5 · ₡587 380,005₡587 380,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡597 550 – ₡703 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 70 % · Criterios económicos 15 % · Criterio Social 5 % · Criterios ambientales 5 % · EXPERIENCIA 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 95 de 100 puntos.
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad: Se tomarán los siguientes lineamientos:
• Tener cinco años de experiencia en el mercado nacional, en capacitaciones, deberá
indicarlo expresamente mediante declaración jurada.
• Quedarán fuera de concurso los oferentes que hayan sido sancionados con pena de
inhabilitación vigente de acuerdo a lo indicado en el Art. 34 del Reglamento a la
Ley General de Contratación Pública.
• Requisitos detallados a continuación, conforme el Art. 135 del Reglamento,
tomando en cuenta que el plazo de caducidad para efectuar la subsanación será de
3 días hábiles máximo en licitación reducida; el oferente que no cumpla con el
tiempo establecido quedará fuera de concurso como lo establece el Art. 134 del
Reglamento a la LGCP:
a) Inscripción como patronos y/o seguro voluntario ante la CCSS.
b) Póliza de riesgos de trabajo y/o póliza civil conforme a la naturaleza de la
contratación, al día y vigente.
c) Patente comercial al día.
d) Morosidades ante CCSS, FODESAF, Ministerio de Hacienda.
e) Declaraciones juradas: los oferentes deberán aportar declaraciones juradas
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 122 y Art. 32 inciso c) del
Reglamento a la Ley General de Contratación Pública que indiquen:
✓ Que se encuentra al día con el pago de los impuestos nacionales.
✓ Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Fondo de
Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF).
✓ Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con
la Administración.
• Toda oferta deberá ser presentada en idioma español. La literatura técnica
complementaria, que sean incluidos en la oferta, podrá ser presentada en otro
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III:
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación:
1. Especificaciones Técnicas
Partida l
Se requiere realizar de la contratación de una Capacitación Sobre El Reajuste Y Revisión De Precios En La Contratación Publica (Obras, Bienes Y Servicios) con las siguientes
características:
a) Detalle de la contratación:
• El objetivo del curso será el fortalecimiento de los conocimientos técnicos y jurídicos
de los funcionarios en cuanto a los temas relacionados con el reajuste y revisión de
precios de las contrataciones públicas. Adicionalmente, aplicar y validar las normas
y los procedimientos del reajuste y revisión de precios en los contratos de obra, bienes y servicios.
La metodología de enseñanza se desarrollará bajo modalidad virtual o bien presencial,
con temática participativa, se deberá por parte del profesional a desarrollar el curso,
portar todo el material didáctico para cada uno de los funcionarios municipales en
cada sección de trabajo.
• Se desarrollarán actividades semanales de evaluación y desarrollo de caso prácticos.
• Deberá de promover documentación y presentaciones para el repaso previo al curso,
el cual se podrá manejar mediante una plataforma digital, si cuenta con una o bien vía
correo electrónico.
• En este curso se trabajará con la modalidad taller desarrollando las herramientas que
faciliten la implementación del Reglamento para el Reajuste de Precios en los
Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y
Servicios.
• Al final del curso se deberá dar una certificación de la capacitación.
• El profesional responsable de impartir la capacitación deberá de contar con la
disponibilidad mientras se imparte la capacitación, la cual la misma será indicada por
el responsable de la contratación.
b) Contenido de la Capacitación: para dicha capacitación se deberá impartir los
siguientes temas:
• Tema 1: Marco Normativa y fundamentos jurídicos del reajuste y revisión de
precios.
• Tema 2: La Estructura de Costos, con su respectivo presupuesto detallado (en
dicho tema se deberá abordar la elaboración de presupuesto por tipo de
contrato, tipos de costos, mejorar al precio, el plazo del contrato y su
implicación en el precio, la recuperación de la inversión inicial.
• Tema 3: Índices de Precios (con sus respectivas fórmulas de reajuste).
Tema 4: Impacto del cronograma y plan de trabajo en el reajuste
• Tema 5: Cálculo y verificación de reajuste y revisiones del precio
• Tema 6: Método analítico-documental
c) Duración del curso: 30horas, las cuales se dividen en 10 sesiones, para el cual
se deberán impartir 2 secciones por semana.
d) Receptor beneficiado: 5 funcionarios de la municipalidad
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- ADPUT-172-2026
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
CAPACITACION SOBRE EL REAJUSTE Y REVISION DE PRECIOS EN LA
CONTRATACION PUBLICA (OBRAS, BIENES Y SERVICIOS)
SECCIÓN I:
Información General de la Contratación:
1. Nombre de la obra o servicio: Capacitación Sobre El Reajuste Y Revisión De
Precios En La Contratación Publica (Obras, Bienes Y Servicios)
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Dirección de Planificación Urbana y
Territorial
3. Tipo de procedimiento: Licitación reducida. (LD)
4. Tipo de Modalidad: Cantidad definida.
5. Clasificación del objeto: Servicio
6. Justificación de la procedencia de la contratación: La Dirección de Planificación Urbana y Territorial, con el propósito brindar una capacitación especializada al personal que participa en los procesos de contratación pública de la institución, esto con el fin de fortalecer sus conocimientos técnicos.
Esta capacitación resulta necesaria para el fortalecimiento de las competencias
del personal, permitirá realizar un análisis técnico y jurídico más preciso de las
solicitudes presentadas por los contratistas, garantizando que las resoluciones
emitidas se encuentren debidamente fundamentadas, resguardando el principio de legalidad, el equilibrio financiero de los contratos y la protección de los
recursos públicos. Asimismo, la capacitación contribuirá a uniformar criterios
entre los funcionarios responsables de la administración contractual, disminuir
el riesgo de errores en la tramitación de los procedimientos, prevenir
eventuales controversias y asegurar una gestión eficiente, transparente y
oportuna de las contrataciones institucionales
7. Disponibilidad de Recursos Humanos para la Supervisión del Objeto
Contractual: Dirección de Planificación Urbana, acredita que, para el
cumplimiento de este procedimiento de compra, se cuenta con recurso humano
e infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento
del objeto de contratación, tanto cuantitativa como cualitativamente (Art. 12,
párrafo segundo; LGCP).
8. Finalidad Publica que se Persigue Satisfacer con el Concurso: Satisfacer
una finalidad publica orientada al fortalecimiento institucional y al
mejoramiento continuo en el servicio público, en concordancia con los
principios de eficiencia, eficacia y transparencia que rigen la administración
pública.
9. Justificación de Escogencia de la Solución técnica para satisfacer la
necesidad: Contratar un servicio especializado de capacitación dirigido a
funcionarios municipales, bajo una modalidad estructurada que garantice
contenidos actualizados, metodologías participativa y evaluación de
resultados.
10. Procedimiento de Control de Calidad: Se cumplan las especificaciones
Técnicas.
11. Terceros interesados y/o afectados: funcionarios municipales
12. Riesgos Identificados: Procesos desiertos o infructuosos, productos o
servicios de baja calidad.
13. Estimación presupuestaria:
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14. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza
el correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de
Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como
también a los estudios de mercado realizados (este último, en los casos que se
requiera).
15. Contactos y Roles en el proceso de contratación:
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16. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido
presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la
administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la
necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera
que el concurso puede continuar, la administración podría disminuir o aumentar
cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para
adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con
la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II:
Condiciones Generales:
1. Sobre la vigencia de oferta: La oferta presentada debe ser válida por 60 días naturales.
2. Vigencia de la contratación: 1 año
3. Plazo y condiciones de entrega:
Plazo: El plazo máximo a considerar será de 15 días naturales, contados a partir de la
notificación de la orden de compra por parte de la Proveeduría, y la orden de inicio por parte de la Dirección de Planificación Urbana y Territorial Municipal.
Lugar: Edificio Municipal Central, en la ventanilla de la Dirección de Planificación Urbana y Territorial Municipal. Contactos: Dylana.araya@munisrh.go.cr. Teléfono 2237-0789 Ext 408
4. Sobre las garantías: No aplica
5. Visita a sitio: No aplica
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas
adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente
8. Cronograma de actividades y responsables:
Tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del proceso contractual
conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
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9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP.
Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
10. Desglose de Precio: Artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales. El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.
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11. Gestion de recepción y Gestion de Pago:
Se tomarán en cuenta las siguientes disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepcion” del objeto contractual
mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora
municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones
con orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya
aceptado la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si
es recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora
pactada, una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital
Unificado (SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez
recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará
informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una
partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo
el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o
bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para
que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la
“Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual
entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al
correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del
documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley
Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico
en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento,
dirigiéndose al punto de “Pago, “Resultado de pago” donde podrá verificar el
monto, la forma de pago (cheque o transferencia), su numeración y fecha
correspondiente; en caso de tener alguna duda en este punto contactarse
directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando
los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la consulta anterior, significa
que el procedimiento sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO
REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA
DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS
OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O BIEN QUE LOS
PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en
mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de
orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago
correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago”
debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de
Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de
dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento
(2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y
derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se
regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la
Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo
Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
idioma, adjuntando la respectiva traducción, de forma obligatoria, que será plena
responsabilidad del oferente.
• No se permite la cotización parcial de la línea ni el cobro separado del transporte o
acarreo.
• Una vez realizada la presentación de la oferta se da como aceptado todo lo
establecido en el pliego de condiciones por parte del oferente como lo indica el Art.
199 del Reglamento a la LGCP.
14. Detalle adjunto del proceso de Contratación: Se adjunta estudio de mercado,
pliego de condiciones, certificación presupuestaria y certificación de no conflicto de
intereses.
SECCIÓN IV:
Sistema de evaluación de las ofertas:
1. Evaluación de Oferta:
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la
calificación de cada oferta bajo la siguiente metodología de evaluación:
El sistema de evaluación de las ofertas consistirá en 100 puntos divididos de la siguiente forma:
SECCIÓN IV:
Sistema de evaluación de las ofertas:
1. Evaluación de Oferta:
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la
calificación de cada oferta bajo la siguiente metodología de evaluación:
El sistema de evaluación de las ofertas consistirá en 100 puntos divididos de la siguiente forma:
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH- ADPUT-172-2026
LA MEJOR CALIFICACIÓN FINAL SERA LA QUE CORRESPONDA AL MAYOR
PUNTAJE RESULTANTE DE LA SUMA DE LOS CRITERIOS PARA ADJUDICACIÓN.
CALIFICACIÓN = A + B + C + D
Desempate
De acuerdo al artículo 97 del RLGCP, en caso de empate después de la evaluación,
prevalecerá el oferente que tenga PYME y que ha demostrado su condición a la
Administración y adicionalmente se establecerá la siguiente evaluación adicional:
• PYME de Industria. (5 puntos).
• PYME de Servicio o agropecuaria. (5 puntos).
• PYME de Comercio. (2 puntos)
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación
a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes de los oferentes que se
encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario,
la cual será efectuada en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado
en la notificación; todo lo anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
SECCIÓN V:
Condiciones para la ejecución contractual:
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
• De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo
dispuesto en el artículo No. 49 de la LGCP.
• Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de compromiso para con este.
• El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto
adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el
oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o
personas a quienes subcontratará indicado su porcentaje de participación en las
prestaciones a realizar (los subcontratistas serán revisados a la hora de la recepción, deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado (SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta que si no contesta, quedara fuera de concurso).
• Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
• La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
• El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Consorcios
• Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente
que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio.
• Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
• Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere
fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible, todo conforme a las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado. La persona asignada por la Municipalidad a cargo de este proyecto, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorará el incumplimiento y se calculará el costo que ha ocasionado por una determinada falta y se comunicará al contratista mediante un debido proceso. Las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. Clausula Penal: Si existe atraso en la fecha de entrega, de acuerdo con los términos del cartel y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una clausula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el numeral 117 del RLGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel6
- Detalle TécnicoPDF · 2,8 MB
- Detalle TécnicoPDF · 3,1 MB
- Detalle TécnicoPDF · 3,1 MB
- Detalle TécnicoPDF · 553 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 2,8 MB
- Certificación PresupuestariaPDF · 256 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Dylana Araya Mendoza
Ing.Asitente Planificación Urbana y Territorial
Dylana Araya Mendoza
Ing.Asitente Planificación Urbana y Territorial
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 22:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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