2026LD-000075-0002100006 · SICOP 20260802792
LABORATORIO DIDÁCTICO PARA APLICACIÓN EN BUENAS PRÁCTICAS DE REFRIGERACIÓN (BPR)
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡48,3 millones y quedó en firme el 21/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡48,3 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡44,7 millones
7,4 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 21/09/2026
- Refrigeracion Industrial Beirute₡44 699 605,49
Informe de recomendación de Paula María Rojas Porras, 11/09/2026 · adjuntos: INA.pdf, IMAS.png, Ministerio de Hacienda.png, Reporte Recomendacion SIREMA.pdf
Fechas clave
- Se publicó26/08/2026 12:08 · hace 46 días
- Límite para 27/08/2026 23:59 · hace 45 días
- Límite para 28/08/2026 23:59 · hace 44 días
- Cierre de ofertas03/09/2026 09:00 · hace 38 días
- de ofertas03/09/2026 09:30 · hace 38 días
- publicado14/09/2026 13:26 · hace 27 días
- Adjudicación 21/09/2026 09:01 · hace 20 días
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Laboratorio de Buenas Practicas en Refrigeracion, Voltaje 120 V, Frecuencia 60 Hz, Rango de Temperatura 273,15 a 281,15 K, Potencia 185 W.1 c/u · ₡48 279 134,001 c/u₡48 279 134,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡41,0 millones – ₡48,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,7 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Refrigeracion Industrial BeiruteGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Con base en lo dispuesto en el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se le notifica el Acuerdo de Acto Final del Trámite 2026LD-000075-0002100006: Objeto del Contrato: LABORATORIO DIDÁCTICO PARA APLICACIÓN EN BUENAS PRÁCTICAS DE REFRIGERACIÓN (BPR) Comunicado de Acuerdo: URHN-CRGC-AC-199-2026 Fecha del Comunicado de acuerdo: 14-09-2026
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Marca y modelo
El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca y modelo de los bienes incluidos al inicio de las especificaciones técnicas del presente trámite. Para el caso de los sistemas didácticos de refrigeración con R134a y R290, indicar solamente marca y modelo de los compresores y del controlador de temperatura ofertados.
- Experiencia de la empresa
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 3 años de experiencia en el mercado nacional o internacional en la venta de equipo igual al solicitado para este Laboratorio, para la cual deben aportar documentación que evidencie el cumplimiento de este aspecto según lo indicado en el artículo 94 del RLGCP. El oferente debe presentar como mínimo alguno de los siguientes documentos: carta (s) de referencia de ventas (indicar cantidad y tipo de equipos vendidos), factura (s) de ventas, órdenes de compra u otros, en donde se evidencie la venta de al menos 3 de los bienes incluidos dentro de las especificaciones técnicas del laboratorio dentro del periodo comprendido entre el año 2023 al 2025. En el caso de las cartas de referencia, las mismas deben venir firmadas por una persona competente para hacerlo.
Así mismo, es posible aportar documentación que permita verificar la experiencia solicitada como facturas, cartas de referencia, contratos SICOP. En caso de que las referencias correspondan a trámites realizados por medio de SICOP, se le solicita indicar el número de trámite.
En el caso de ser empresa extranjera la experiencia se verificará mediante los siguientes medios:
- Copias y/o originales de actas de recepción definitiva a satisfacción o de terminación del contrato u obra, de donde haya realizado la ejecución.
- Copias y/o originales de Contratos suscritos recibidos a satisfacción.
- Traducción oficial cuando esté en idioma distinto
La experiencia que se acredite, la Administración la aceptará en el tanto haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción, según lo indicado en el Artículo 94 del Reglamento a la Ley de Compras Públicas.
Nota: De conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones y en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la experiencia que será objeto de valoración deberá corresponder exclusivamente a la persona jurídica que figure formalmente como oferente dentro del sistema SICOP. En consecuencia, no se considerará válida la experiencia aportada por casas matrices, sucursales, subsidiarias u otras entidades vinculadas que no participen directamente como oferentes en el presente procedimiento. No obstante, en aquellos casos en que se requiera integrar capacidades técnicas y experiencia adicional, los interesados podrán recurrir a la figura del consorcio, conforme a la normativa vigente, de manera que la experiencia de las empresas consorciadas sí pueda ser considerada para efectos de acreditación, siempre que estas formen parte formal de la oferta presentada.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar y verificar la información presentada por el oferente.
- Garantía de fabricación
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los bienes haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir partes únicamente por daños de fabricación que sufra el bien o sus componentes.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima de 12 meses para todos los equipos incluidos dentro del laboratorio y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre ubicado el bien o en su defecto en las instalaciones del proveedor previa coordinación y autorización del INA.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien respectivo.
Nota: El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
- Garantía de repuestos y mantenimiento
La garantía de repuestos es aquella mediante la cual el proveedor/fabricante garantiza que mantendrá dentro de sus existencias, los repuestos necesarios para la reposición de algún componente que hayan sufrido daños o desgastes propios del uso de los bienes. Mientras que la garantía de mantenimiento se refiere a la disposición de la empresa a ofrecer el servicio de reparación de los bienes cuando estos por algún motivo requieran del mantenimiento correctivo o preventivo.
Deberá garantizarse la existencia de repuestos para los equipos incluidos dentro de las especificaciones técnicas del laboratorio, así como garantizar que la empresa estará en capacidad de ofrecer el mantenimiento de los bienes en el momento en que estos sufran un desperfecto, por un período no menor a 36 meses.
Esta garantía empieza a regir después del recibo a satisfacción el equipo respectivo.
Nota: El Contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
- Personal técnico
La empresa participante deberá contar con al menos un (1) técnico para brindar el servicio de fabricación de los sistemas didácticos de refrigeración con R134a y R290 y para dar respaldo de las garantías ofrecidas. El oferente deberá especificar claramente la idoneidad (nombre, especialidad, experiencia laboral y grado académico técnico) del personal que prestará la atención del servicio. No debe incluirse vendedores, personal administrativo, personal de gerencia, ni cualquier otro que no se desempeñara en estas funciones. El oferente, para efectos de comprobar el nivel académico de su personal técnico, deberá aportar en su oferta la copia del título académico técnico, el cual deberá estar autenticado por un notario público.
Además, dicho personal deberá cumplir con al menos el siguiente perfil:
- Técnico en Refrigeración y Aire Acondicionado o Técnico en Refrigeración comercial o Técnico en Refrigeración Industrial.
- Mínimo tres (3) años de experiencia laboral en funciones o servicios iguales o similares al solicitado en la presente contratación, los cuales deberá demostrar mediante referencias de las empresas en donde realizó este tipo de labores. La experiencia se tomará en cuenta a partir de la fecha de emisión del título técnico.
- Laborar tiempo completo para la empresa. Deberá demostrar aportando documentación que evidencie dicho aspecto.
- Debe contar con la certificación en los buenos procedimientos en refrigeración y manejo de refrigerantes, aportando la respectiva fotocopia visible del carné (vigente) emitido por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el certificado correspondiente.
Nota: La solicitud de personal técnico aplica debido a que los sistemas didácticos de refrigeración con R134a y R290 incluidos en las especificaciones técnicas del Laboratorio requieren de conocimiento técnico y habilidades que le permitan realizar una configuración e instalación de elementos de cada sistema de manera idónea y funcional según los requerimientos del INA.
- Instalación
El oferente deberá considerar en su oferta todo lo relacionado con la instalación de los elementos que conforman los sistemas didácticos de refrigeración con R134a y R290, según los requerimientos del INA, además deberá estimar en forma adecuada el plazo de entrega establecido para las labores a realizar con el fin de dejar los bienes funcionando satisfactoriamente. La administración no pagará ningún costo adicional por este aspecto.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
- Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
- Estudios que realizará la Administración a las ofertas: Las ofertas serán sometidas a estudios legales y técnicos.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
- Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del bien a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Almacen Regional Huetar Norte, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen006@ina.ac.cr, marcecastro@ina.ac.cr y sacunaaguello@ina.ac.cr del Almacén de la Unidad Regional Huetar Norte.
- Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica las garantías de Fabricación, repuestos y mantenimiento, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
- El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
- Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
- Desglose de tributos:
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
- Oferta económica:
En la oferta económica el oferente para la partida indicada en este pliego de condiciones deberá desglosar el precio de cada uno de los equipos incluidos internamente en el laboratorio, indicando cantidades, marca y modelo, numero de parte, según los requerimientos solicitados. La administración no pagará ningún costo adicional al indicado para estos aspectos en la oferta y para efectos de comparación de precios, tales rubros deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado del laboratorio
Notas:
- En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
- En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
- La oferta que se presente debe ser una oferta global de la partida, ya que como se muestra en los reportes adjuntos al expediente de este trámite de compra existe un solo monto total para toda la compra de este trámite, por tanto, el monto ofertado debe abarcar el precio total para toda la partida (equipos, trasporte al CFP de Upala y fabricación de los sistemas didácticos)
- Adjudicación parcial.
Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
Cuando una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
- Desglose de precio:
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
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RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO |
|
1. Costos Directos (mano de obra directa) |
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2. Costos Directo (insumos directos, equipos que conforman el laboratorio, transporte) |
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3. Subcontrataciones (cuando corresponda) |
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4. Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
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5. Costos Indirectos (insumos indirectos) |
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6. Imprevistos |
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7. Utilidad |
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TOTAL |
100% |
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Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
- Nota: En el caso de los costos directos (insumos directos) la empresa oferente deberá incluir dentro de la tabla anterior (punto No.2) un desglose con el costo total de cada uno de los equipos que conforman el Laboratorio, así como incluir el costo de transporte al Centro de Formación Profesional de Upala y en el caso particular de los sistemas didácticos de refrigeración el costo total de cada tipo de sistema debe incluir la fabricación del mismo.
- Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los 2 días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
- Información técnica
Literatura, catálogos o información técnica (brochures), del bien, de la marca y el modelo ofrecido, deben presentarse de manera obligatoria, coincidente con el bien ofertado, esto con la finalidad de minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada. Para el caso de los sistemas didácticos de refrigeración con R134a y R290, se debe aportar información técnica de los compresores y del controlador de temperatura ofertado.
Dicha información deberá contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofrecido en idioma español.
Deberá de acatarse lo indicado en el artículo 118 del RLGCP.
- Modalidad para presentar ofertas:
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica
Cláusula penal. El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones.
Documentos del cartel3
- CroquisPDF · 123 KB
- Especificaciones TécnicasPDF · 31 KB
- Documento GeneralPDF · 297 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Milton Arce Castro
Unidad Regional Huetar Norte
Luis Alejandro Arias Ruiz
Núcleo Eléctrico
Erick Jose Moya Aguero
Núcleo Eléctrico
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 23:50. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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