2026LE-000011-0007000001 · SICOP 20260803427
Consultoría para la formulación técnica y fiscalización del desarrollo de sistemas informáticos
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡2 y quedó en firme el 09/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡2
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡7,1 millones
355 949 900 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 09/10/2026
- Consulting Group Corporacion LatinoamericanaLa más barata de 2₡7 119 000,00
Informe de recomendación de Valeria Maria Moitland Rodriguez, 01/10/2026 · adjuntos: ATV.pdf
Fechas clave
- Se publicó27/08/2026 15:54 · hace 45 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 39 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 39 días
- Cierre de ofertas14/09/2026 10:00 · hace 27 días
- de ofertas14/09/2026 10:00 · hace 27 días
- publicado01/10/2026 10:41 · hace 10 días
- Adjudicación 09/10/2026 09:11 · hace 2 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Apertura de ofertas: 27/09/2026 10:00 → 14/09/2026 10:00
Contexto
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social adjudicó ₡168,4 millones en 57 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicios de Consultoría y Asesoría para la Creación de Términos de Referencia para Procesos de Compra1 · ₡1,001₡1,00
- Servicios de Asesoría Técnica para la Fiscalización del Contrato en Procesos de Compra.1 · ₡1,001₡1,00
Lo que exige el cartel
- : 1000000 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 70 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · pyme 5 % · Criterio Social 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,94 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | pymemáx. 5 | Criterio Socialmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Consulting Group Corporacion LatinoamericanaGanó | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Team Up | 85,35 | 5 | 5 | 95,35 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En virtud de los análisis realizados a las ofertas, así como del apego a la Ley General de Contratación Pública, se justifica y se procede a la adjudicación de la Licitación Menor 2026LE-000011-0007000001 a la empresa CONSULTING GROUP CORPORACION LATINOAMERICANA por considerar que su oferta es la más ventajosa y la que mejor satisface las necesidades de la Institución.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Será admisible, para una eventual adjudicación, el Oferente que cumpla con los elementos legales y técnicos mínimos que se señalan.
- En caso de pertenecer al Régimen de Tributación Simplificada, presentar la constancia de inscripción del Ministerio de Hacienda.
- El no suministro de la información sustancial que permita verificar su ajuste a las condiciones significativas del pliego de condiciones, descalificará la oferta para efectos de análisis y adjudicación.
- La Administración se reserva el derecho de verificar la información y documentación requerida y podrá solicitar cualquier subsane o aclaración sobre las mismas.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Plazo de entrega: Para efectos de esta contratación el plazo de entrega de la línea 1, no podrá superar los 3 meses, salvo los casos que sean justificados y aceptados por parte de la administración.
Para las líneas 2, el plazo de entrega estará ligado al plazo de entrega de la oferta adjudicada para el desarrollo de los sistemas, por lo que el servicio se deberá brindar durante todo el período de ejecución, por los plazos de revisión de los entregables.
Lugar de entrega: Los servicios se deben brindar de manera virtual y presencial en las oficinas de la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, ubicada en San José, Barrio Amón, calle 3, entre avenidas 9 y 11.
Forma de pago: La forma de pago será la usual de gobierno.
La factura electrónica debe enviarse con anticipación al correo: hellen.somarribas@mtss.go.cr, digitalizacion.gestiondesaf@mtss.go.cr, adriana.aguero@mtss.go.cr.
Se le recuerda que a partir del 1 de diciembre 2020 nuestros Proveedores y Comisionistas deberán actualizar su actividad económica basado en el Catálogo de Bienes y Servicios del Ministerio de Hacienda.
Es responsabilidad de los Proveedores y Comisionistas actualizar la actividad económica, para que la factura electrónica que emiten a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social indique el Código CABYS, de acuerdo con el contrato establecido.
Responsable de verificar objeto contractual:
Conforme a al artículo 283 del RLGCP y con el objeto de supervisar la correcta ejecución del servicio, velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, se designan como fiscalizadores a las siguientes personas funcionarias:
- Encargado administrativo del contrato, al Sr. Juan Cancio Quesada Picado, Subdirector General de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Desaf) o a quien ocupe el cargo, quien labora en el Edificio de la DESAF, y puede localizarse en el número de teléfono 2547-3604 o al correo electrónico: quesada@mtss.go.cr
- Encargada administrativa del contrato, a la Sra.Graciela Rodríguez Herrera, Jefatura a.i del Departamento de Gestión de Cobro, quien labora en la Desaf o quien ocupe el cargo y puede localizase en el número 2547-3612, correo electrónico: rodriguez@mtss.go.cr
- Encargada administrativa del contrato, a la Sra. Hellen Somarribas Segura, Jefatura del Departamento de Gestión o quien ocupe el cargo y puede localizarse en el número de teléfono: 2547-3645, correo electrónico: somarribas@mtss.go.cr
- Persona encargada administrativa del contrato: Tatiana Vargas Baltodano, Jefatura a.i del Departamento de Presupuesto, quien labora para la Desaf o quien ocupe del cargo y puede localizarse en el número 2547-3607, correo electrónico: vargas@mtss.go.cr
- Persona encargada administrativa del contrato: Dalia Rojas Aguilar, Jefatura a.i del Departamento de Evaluación, Control y Seguimiento, quien labora para la Desaf o quien ocupe el cargo y puede localizarse en el número 2547-3637, correo electrónico: rojas@mtss.go.cr
- Encargado administrativo del contrato, al Sr. Juan Cancio Quesada Picado, Jefatura ai del Departamento de Asesoria Legal o a quien ocupe el cargo, quien labora en el Edificio de la DESAF, y puede localizarse en el número de teléfono 2547-3604 o al correo electrónico: quesada@mtss.go.cr
- Persona encargada de aspectos técnicos del contrato: Ing. Jorge Víquez López, jefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicación o quien ocupe el cargo, quien labora en el Edificio del MTSS, y puede localizarse en el número de teléfono 2542-0050 Ext 3200, correo: viquez@mtss.go.cr
- Enlace técnico informático: Orlando Fallas Ríos, del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicación o quien ocupe el cargo, quien labora en el Edificio del MTSS, y puede localizarse en el número de teléfono 2542-0050 Ext 3200.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Póliza: El adjudicatario debe presentar constancia de la póliza de Riesgos del Trabajo, con la siguiente información:
- Numero de póliza
- Nombre del contratista sea este, la persona física o jurídica
- Vigencia de la póliza
- Labores amparadas
- Monto asegurado.
Subcontratación: El oferente debe indicar en su oferta los subcontratistas, el objeto de subcontratación y el porcentaje del objeto a subcontratar; la totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar 50 % del monto total del contrato.
Incumplimientos: En caso de incumplimientos en la entrega del bien, se pasará el expediente a la Asesoría Jurídica.
Asimismo, se procederá, según lo regulado en los art. 113, 114 (resolución de contrato) y 115 (rescisión) del LGCP:
“…Artículo 113.-Resolución contractual. La Administración podrá resolver unilateralmente los contratos por motivo de incumplimiento grave imputable al contratista. Una vez firme la resolución contractual se procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento y cualesquiera otras multas, si ello resulta pertinente. En el evento de que la Administración haya previsto en el pliego de condiciones cláusulas de retención, se podrán aplicar esos montos al pago de los daños y perjuicios reconocidos. De ser las garantías y retenciones insuficientes, se adoptarán las medidas en sede administrativa y judicial necesarias para obtener la plena indemnización.
“…Artículo 115.-Rescisión. La Administración podrá rescindir unilateralmente sus contratos, no iniciados o en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas. Para ello, deberá emitir una resolución razonada, observando el procedimiento regulado en el artículo anterior.
La Administración deberá cancelar al contratista la parte efectivamente ejecutada del contrato, en el evento de que no lo hubiera hecho con anterioridad y los gastos en que haya incurrido para la completa ejecución, siempre que estén debidamente probados.
Cuando la rescisión se origine por motivos de interés público, además se podrá reconocer al contratista cualquier daño o perjuicio que la terminación del contrato le cause, previa invocación y su respectiva comprobación.
El lucro cesante correspondiente a la parte no ejecutada podrá reconocerse siempre dentro de criterios de razonabilidad y proporcionalidad, valorando aspectos tales como el plazo de ejecución en descubierto, el grado de avance de la ejecución del contrato y la complejidad del objeto. Cuando la utilidad no haya sido declarada se considerará que es un diez por ciento (10%) del monto total cotizado”.
Todo lo no previsto en el presente pliego de condiciones se regirá por las disposiciones de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, Ley No. 8262 "Ley y Reglamento para la Promoción de las Pequeñas y Medianas Empresas del 2/5/2002, art. 20 y demás normativa.
Modificaciones contractuales: Cualquier modificación que se autorice, por parte de la persona fiscalizadora será comunicada a la Proveeduría Institucional para su incorporación al expediente electrónico.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Tanto el cobro de la cláusula penal como de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. Si existiera una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar al MTSS por concepto de multa igual porcentaje al definido de la aplicación de la “Tabla de Estimación de Cláusula Penal” por cada día natural del valor de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25 % del monto total del contrato El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago, el pago será de cinco por ciento (5 %) del total facturado. En caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículos 116 y 117 del RLCP, la persona Encargada General del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal. En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del servicio/producto de acuerdo con las condiciones del pliego de condiciones y de la oferta, el Contratista deberá pagar al MTSS por concepto de cláusula penal la suma del 5 % por cada día natural el valor de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25 %. La aplicación de esta cláusula es con base al artículo 46 de la L.G.C.P; 116 y siguientes del R.L.G.C.P. El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago, el pago será de cinco por ciento (5 %) del total facturado.
Documentos del cartel8
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 645 KB
- CRONOGRAMAPDF · 51 KB
- Tabla cláusula penal y multaDOCX · 72 KB
- ANEXO 1. TDR FICHA DE ANTEPROYECTO - Consultoría de sistemas DESAFXLSX · 41 KB
- ANEXO 1. TDR Estudio de Factibilidad - Consultoría de sistemas DESAFDOCX · 41 KB
- ANEXO 1. TDR Caso de Negocio - Consultoría de sistemas DESAFDOCX · 51 KB
- Sondeo de mercadoPDF · 338 KB
- OFICIO DE INICIOPDF · 778 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Karol Tatiana Vargas Baltodano
DESAF
Hellen Somarribas Segura
Dirección Desaf
Juan Cancio Quesada Picado
Dirección, Desaf
Ana Graciela Rodríguez Herrera
Gestión de Cobro
Jorge Viquez Lopez
Tecnologías de Información
Dalia Rojas Aguilar
Presupuesto - Desaf
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 12:49. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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