2026LD-000078-0004100001 · SICOP 20260900072
Contratación de servicios de laboratorio para la verificación de la calidad de materiales utilizados en obras municipales, según demanda.
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡55,0 millones y quedó en firme el 28/09/2026. Se recibieron 4 ofertas de 3 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡55,0 millones
Ofertas recibidas
4
de 3 empresas
Oferta más baja
₡4,9 millones
91,1 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 28/09/2026
- Acuerdo Consorcial "consorcio MSDH"La más barata de 3₡4 894 700,00
Informe de recomendación de Maria Celeste Rojas Rodriguez, 23/09/2026
Fechas clave
- Se publicó01/09/2026 15:47 · hace 41 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 39 días
- Límite para 03/09/2026 23:59 · hace 39 días
- Cierre de ofertas11/09/2026 15:50 · hace 31 días
- de ofertas11/09/2026 15:51 · hace 31 días
- publicado23/09/2026 14:41 · hace 19 días
- Adjudicación 28/09/2026 07:36 · hace 14 días
5 recibidas, 5 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 08/09/2026 15:50 → 11/09/2026 15:50
- Apertura de ofertas: 08/09/2026 15:51 → 11/09/2026 15:51
- Límite de observaciones a la apertura: 08/09/2026 17:00 → 11/09/2026 17:00
- Condiciones específicas: texto modificado
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Contexto
- Municipalidad de Santo Domingo de Heredia adjudicó ₡1 709,0 millones en 186 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Laboratorio de Ensayo para Verificacion de Calidad de Materiales1 · ₡5 000 000,001₡5 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡46,8 millones – ₡55,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO MINIMO 70 % · ENSAYOS ACREDITADOS ADICIONALES EN AGREGADOS 12,5 % · ENSAYOS ACREDITADOS ADICIONALES EN MEZCLA ASFÁLTICA 12,5 % · PARTICIPACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME) 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,06 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIO MINIMOmáx. 70 | ENSAYOS ACREDITADOS ADICIONALES EN AGREGADOSmáx. 12,5 | ENSAYOS ACREDITADOS ADICIONALES EN MEZCLA ASFÁLTICAmáx. 12,5 | PARTICIPACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME)máx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Acuerdo Consorcial "consorcio MSDH"Ganó | 70 | 12,5 | 12,5 | 5 | 100 |
| Vieto y Asociados | 63,48 | 12,5 | 12,5 | 5 | 93,48 |
| Consorcio Puentes Grupo Tres | 59,69 | 12,5 | 12,5 | 5 | 89,69 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se procede a realizar la recomendación del acto final, con el oferente Acuerdo Consorcial "Consorcio MSDH":L G C INGENIERIA DE PAVIMENTOS SOCIEDAD ANONIMA/Gerencia,O J M CONSULTORES DE CALIDAD Y LABORATORIOS SOCIEDAD ANÓNIMA para Contratación de servicios de laboratorio para la verificación de la calidad de materiales utilizados en obras municipales, según demanda.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos de admisibilidad
1.3 Acreditaciones técnicas mínimas
El oferente deberá acreditar un mínimo total de trece (13) ensayos, distribuidos entre los diferentes grupos técnicos de la siguiente manera:
1.3.1 Agregados. El oferente deberá contar con al menos cinco (5) ensayos acreditados ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondientes al grupo de agregados y a las designaciones técnicas vigentes indicadas en la tabla de ensayos, o sus equivalentes técnicamente reconocidas.
1.3.2 Mezcla asfáltica. El oferente deberá contar con al menos tres (3) ensayos acreditados ante el ECA, bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondientes al grupo de mezcla asfáltica y a las designaciones técnicas vigentes indicadas en la tabla de ensayos, o sus equivalentes técnicamente reconocidas.
1.3.3 Concreto. El oferente deberá contar con al menos un (1) ensayo acreditado ante el ECA, bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondiente al grupo de concreto y a las designaciones técnicas vigentes indicadas en la tabla de ensayos, o sus equivalentes técnicamente reconocidas.
1.3.4 Pinturas. El oferente deberá contar con al menos un (1) ensayo acreditado ante el ECA, bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondiente al grupo de pinturas y a las designaciones técnicas vigentes indicadas en la tabla de ensayos, o sus equivalentes técnicamente reconocidas.
1.3.5 Geotecnia. El oferente deberá contar con al menos un (1) ensayo acreditado ante el ECA, bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondiente al grupo de geotecnia y a las designaciones técnicas vigentes indicadas en la tabla de ensayos. Este requisito deberá incluir obligatoriamente el Ensayo de Penetración Estándar (SPT), conforme a la designación vigente o su equivalente técnicamente reconocida.
1.3.6 Pavimentos. El oferente deberá contar con al menos dos (2) ensayos acreditados ante el ECA, bajo la norma INTE-ISO/IEC 17025:2017, correspondientes a los siguientes ensayos de evaluación de pavimentos:
Medición del Índice de Regularidad Internacional (IRI).
Deflectometría de Impacto mediante equipo Falling Weight Deflectometer (FWD).
Ambos ensayos deberán encontrarse incluidos dentro del alcance vigente de acreditación del oferente, conforme a las designaciones técnicas indicadas en la tabla de ensayos o sus equivalentes técnicamente reconocidas.
1.3.7 Documentación y vigencia. Para demostrar el cumplimiento de los requisitos anteriores, el oferente deberá aportar junto con su oferta:
Número de acreditación otorgado por el ECA.
Certificado de acreditación vigente.
Alcance completo y vigente de la acreditación, en el cual se identifiquen claramente los ensayos, métodos, matrices e instalaciones acreditadas.
La Municipalidad verificará la información aportada mediante los registros oficiales y el Listado de Organismos de Evaluación de la Conformidad del ECA. Se comprobará que los ensayos requeridos estén incluidos dentro del alcance vigente de acreditación y que no se encuentren suspendidos ni retirados.
Las acreditaciones correspondientes deberán mantenerse vigentes durante toda la ejecución contractual.
1.3.8 Equivalencia de designaciones. Para efectos de la admisibilidad, se aceptarán las designaciones INTE vigentes, así como las normas ASTM, AASHTO u otras normas técnicas reconocidas que resulten equivalentes.
No se exigirá una coincidencia literal entre la designación consignada en el pliego de condiciones y la indicada en el alcance de acreditación del oferente, siempre que pueda comprobarse la correspondencia técnica entre el ensayo, el método aplicado, la matriz evaluada y la norma requerida.
También se aceptarán designaciones anteriores que hayan sido sustituidas o actualizadas, siempre que se demuestre su equivalencia técnica y que el ensayo se encuentre comprendido dentro del alcance vigente de acreditación del oferente.
-
Asimismo;
- Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
Rubro
Valor absoluto
Porcentaje
Índice de precios
Ente emisor del Indice
Costos Directos
Mano de obra
Insumos
Subcontratación
Costos Indirectos
Mano de obra
Insumos
Imprevistos
Utilidad
Total
- Presentar copia del Certificado de Patente Comercial, vigente a la fecha y hora de apertura de ofertas, el cual debe ser a fin al objeto del contrato y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Presentar COPIA DEL RECIBO DE PAGO DE LA PATENTE COMERCIAL O CONSTANCIA en el cual se demuestre que no tiene morosidad con el gobierno local correspondiente
- Presentar Póliza de riesgos de trabajo vigente
- Presentar póliza civil vigente
- Se exime del requisito de la licencia comercial a los profesionales liberales que oferten en contrataciones cuyo objeto sea la contratación de su profesión liberal, con fundamento en lo dispuesto por la Sala Constitucional en la resolución Nº.2006-015492 emitida a las diecisiete horas y trece minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, siempre y cuando el concurso sea para tal fin Además, en las contrataciones cuyo objeto contractual NO sea la contratación de Servicios Profesionales Liberales (OBRA Y BIENES); las Personas Físicas NO están exentas de tener LICENCIA COMERCIAL y encontrase al día con el impuesto de PATENTE MUNICIPAL
- En el caso de no contar con el certificado de patente comercial, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del por qué no requiere, así como las pruebas que lo demuestren.
- Presentar comprobante del permiso sanitario de funcionamiento.
- Toda la documentación requerida en el pliego de condiciones, que se aporte con la oferta (cartas, constancias, declaraciones juradas, títulos de estudios (incluidas las capacitaciones) y demás documentos) deberá aportarse en un documento en pdf, con firma digital (dispositivo digital de firma el cual se puede verificar con el lector de firmas digitales
- En caso de que se aporten los documentos indicados en el párrafo anterior, con firma estampada a mano o escaneados (se da cuando se escanea un documento firmado con dispositivo de firma digital o es un recorte que se le puso al documento que se está presentando en la licitación para hacer ver que está firmado.), deberán ser AUTENTICADA POR NOTARIO PÚBLICO, con no más de UN MES de emitida. Dicha AUTENTICACIÓN NOTARIAL, deberá cumplir con las formalidades estipulados en el Código Notarial y los lineamientos para el ejercicio y control del Servicio Notarial vigentes. Se solicitan con este requisito ya que por la forma en que se presenta no permite verificar por medios electrónicos su autenticidad.
- FICHAS TECNICAS: Para las contrataciones de adquisición de BIENES O PRODUCTOS: En las contrataciones en que la Administración Municipal defina como objeto la adquisición de bienes o productos, el oferente deberá indicar con la oferta LA MARCA, MODELO y aportar la documentación que describa las características de lo que se ofrece (FICHA TÉCNICA). Todo oferente, deberá presentar en forma digital DEBIDAMENTE IDENTIFICADA EN IDIOMA ESPAÑOL O TRADUCIDO POR TRADUCTOR OFICIAL la FICHA TÉCNICA, catalogo, o alguna información para corroborar el correcto cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas. Así toda la información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
- Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Favor verificar los documentos adjuntos. Se le solicita cotizar todas las lineas que se encuentran en terminos de referencia. Verificar la admisbilidad, evaluación y tabla para ofertas que se modificó.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Favor verificar especificaciones técnicas y todos los aspectos de la decision inicial.
El adjudicatario, una vez notificado el contrato y brindado el servicio a satisfaccion, al momento de facturación favor para mayor facilidad en el trámite de pago y que se realice mediante transferencia, adjuntar el número de cuenta IBAN de preferencia BCR y BN en la factura.
Declaraciones juradas:
- Las declaraciones deben ser marcadas en el sistema de SICOP según lo solicitado en el pliego de condiciones.
- Presentar declaración de que no les alcanzan ni personalmente, ni a la empresa representada, ni a los personeros, ni a los accionistas de la sociedad que se representa; ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con la Municipalidad de Santo Domingo.
- Todo oferente deberá mantener vigente el registro de proveedores en El sistema de compras públicas donde deberá constar las declaraciones juradas en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final en el caso de personas físicas y en el caso de personas jurídicas la una declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de las acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de las declaraciones juradas, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiarios(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, igualmente deberán tener en el registro de proveedores la declaración jurada señaladas anteriormente
CONDICIONES DE LA OFERTA:
- Conforme las numerales 14 Y 16 de la Ley General de Contratación Pública, toda ofertas deberán presentarse de forma electrónica por medio del Sistema SICOP.
- No se aceptará documentos confidenciales excepto en casos que estipula la norma. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
-
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en el constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de evaluación y determinación del adjudicatario.
- Los oferentes podrán solicitar aclaraciones y efectuar observaciones al procedimiento de contratación en forma electrónica por medio de SICOP
- El oferente junto a su oferta debe aportar manuales o documentación técnica en idioma español de los bienes o servicios ofertados, en caso de requerirse en otro idioma se realizará la solicitud directamente al oferente en la etapa de análisis de ofertas
- Los documentos adjuntos el pliego de condiciones electrónico forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en SICOP.
- De los documentos que se anexan a la oferta ninguno de ellos debe ser confidencial y en caso de que los suban con esta condición el analista durante el proceso de la apertura los hará públicos, esto con el fin de poder continuar con el estudio de ofertas, con excepción de los estados financieros, cuando el oferente así lo haya dispuesto en su oferta con la justificación requerida en el artículo No. 15 del LGCP
- El oferente está obligado a cotizar todas las líneas de una misma partida.
- El oferente podrá ofertar parcialmente en las partidas de su interés, salvo que la administración indique lo contrario
DERECHO DE ADJUDICAR PARCIALMENTE: La administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad con lo establecido en la decisión inicial, lo cual es aceptado por el oferente con la presentación de su oferta.
SUBCONTRATACIÓN: El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado y con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, así como el objeto de subcontratación. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados o que presentan oferta en conjunto.
PARTICIPACION UNICA: Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública. Lo anterior a excepción de lo establecido en el artículo 133 de este Reglamento.
CONSORCIOS: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte. En caso de adjudicación, la formalización contractual será firmada digitalmente por todos los consorciados, salvo que se haya conferido poder suficiente a determinada persona, sin perjuicio de que también comparezca una sociedad constituida al efecto, cuando ello haya sido requerido en el pliego de condiciones o las partes así lo hayan solicitado en su oferta. En aquellos casos en que se constituya una sociedad anónima esta responderá de manera solidaria, junto con los integrantes del consorcio, frente a la Administración contratante.
Precio: El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio en número y en letras, prevalecerá este último; salvo caso de errores materiales evidentes en cuyo caso prevalecerá el valor real. Artículo No. 98 del RLGCP. Para la comparación de ofertas expresadas en unidades monetarias diferentes al colón costarricense, se utilizará la siguiente regla de convertibilidad:
- Si los precios están expresados en dólares americanos, éstos se pasarán a colones costarricenses, utilizando como referencia el tipo de cambio interbancario de venta que reporte en Banco Central de Costa Rica al día de la apertura de las ofertas. Si los precios están dados en cualesquiera otras monedas, éstos se pasarán inicialmente a dólares americanos, referenciado el tipo de cambio oficial que para esa moneda reporte el Banco Central de Costa Rica, el día hábil previo a la apertura de las ofertas, y luego, se hará la conversión a colones costarricenses bajo el mismo parámetro del punto anterior.
Desglose de precios:Todo oferente debe adjuntar el desglose de la estructura del precio junto con todos los elementos que lo componen, lo anteriormente expuesto, para que el encargado dé su criterio técnico de manera satisfactoria y tome las ofertas presentadas en consideración.
LA ESTRUCTURA DEL PRECIO
Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
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Rubro |
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Valor absoluto |
Porcentaje |
Índice de precios |
Ente emisor del indice |
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Costos Directos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Subcontratos |
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Costos Indirectos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Total |
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Facturación: Con la recepción definitiva debidamente registrada, una vez el sistema le notifique, el proveedor debe remitir la factura electrónica con los dos archivos xml. al correo electrónico facturadigital@munisantodomingo.go.cr y al administrador del contrato proyectos@munisantodomingo.go.cr para su debido trámite de pago. Adicionalmente deberá adjuntar copia de dicha factura en el módulo correspondiente del sistema SICOP en formato pdf (REALIZAR LA GESTION DE RECEPCION EN SICOP y GESTION DE PAGO). No se admiten facturas físicas.La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en el nodo “otros”. El Contratista deberá indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento, la cual debe anotarse de la forma que se ilustra a continuación, es decir sin ningún otro comentario o anotación, en el primer renglón el dato de contrato y en el segundo el dato de la contratación.
Criterio para revisión de ofertas: En caso de que se reciban más de una oferta se puede analizar las tres ofertas de menor precio en orden de mérito para determinar si cumplen administrativa, legal y técnicamente según los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones y términos de referencia. Si a partir del análisis realizado se determina que deberán subsanar algún aspecto se realizará la solicitud de subsanación a esas tres ofertas solamente, en caso de que las tres ofertas cumplan con todo lo requerido resultara adjudicado la oferta de mayor puntuación. Si del análisis realizado de las tres ofertas de menor precio se determina que ninguna de ellas cumple con lo requerido y son descalificadas del proceso, se analizará la siguiente oferta de menor precio en orden de mérito y si cumple con todo lo requerido se procederá a adjudicar esa oferta o bien la siguiente por orden de mérito.
Desempate
De conformidad con el artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública en el pliego de condiciones deberán fijarse las cláusulas de desempate y en caso de que éste persista, lo definirá la suerte. En este último supuesto, si el pliego de condiciones no definiera otro método, se convocará a los oferentes cuya propuesta tenga la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará en el lugar, fecha y hora que defina la Administración, utilizando para ello los dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación, todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
Cláusulas de desempate
- Preferencia a PYMES:
La Administración considerará como factor de desempate la asignación de una puntuación adicional a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que hayan acreditado debidamente su condición ante la Administración, conforme a lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.º 8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reformas, su Reglamento, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N.º 8591 de 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el Decreto Ejecutivo N.º 37911-MAG del 19 de agosto de 2013, relativo al Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA).
En consecuencia, en caso de empate se aplicará la siguiente puntuación adicional:
- a) PYME de industria: 5 puntos.
- b) PYME de servicios o agropecuaria: 5 puntos.
- c) PYME de comercio: 2 puntos.
- Experiencia específica en servicios similares:
De mantenerse la igualdad, se dará preferencia a la empresa u oferente que demuestre mayor experiencia en la ejecución de proyectos o en la prestación de servicios directamente relacionados con el objeto contractual definido en el presente pliego de condiciones, acreditada mediante contratos previamente ejecutados y certificados de conformidad por la Administración contratante correspondiente.
- Mejor garantía ofrecida:
Si aún persiste la igualdad, se otorgará prioridad a la oferta que presente un mayor plazo de garantía respecto de la obra.
Y por último, se procederá al azar.
Acto final del procedimiento: La Municipalidad podrá adjudicar, declarar desierto, infructuoso o revocar el acto final de conformidad con lo establecido en el artículo No. 51 de la Ley General de Contratación Pública, acto que deberá tomarse antes de la firmeza del concurso o previo al vencimiento del plazo otorgado para la audiencia inicial.
FORMALIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Obligaciones del contratista: Las establecidas en el numeral 14 de la Ley General de Contratación Pública
Presupuesto detallado:
El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. En caso de no presentarse se procede a la Re-adjudicación derivada de la declaratoria de insubsistencia del concurso. La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores. Asimismo, en los casos que procedan la aplicación del reajuste o la revisión de precios, la Administración revisará la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, eso con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual. El presupuesto detallado corresponde a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio cotizado, todo lo cual se refleja en la estructura del precio presentada con la oferta El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos:
- costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, (costos administrativos)
- costos indirectos,
- utilidad,
- imprevistos.
- Otros
Impuestos: El contratista será responsable por el pago de los impuestos directos e indirectos, cargas sociales, contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria que establezca el Ordenamiento Jurídico Costarricense, derivados de la ejecución de la contratación, para lo cual deberá indicar dentro de su oferta el monto y la naturaleza de los impuestos que la afectan. La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta. La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
Terminación del Contrato: El contrato se extinguirá por la vía normal por el acaecimiento del plazo, ejecución del objeto contractual y por mutuo acuerdo. Por la vía anormal, se extinguirá por resolución contractual según los artículos No. 113 y 114 de la LGCP, rescisión según lo artículos No. 115 y 116 de la LGCP, caducidad conforme el artículo No. 112 de la LGCP y su reglamento. Declaratoria de nulidad, muerte del contratista, declaratoria de insolvencia, cesión de contrato, supresión del servicio, rescate del servicios y sentencia penal condenatoria en contra del contratista según los artículos No. 172, 102 y 114 de LGCP.
Resolución de Controversias: Las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato serán resueltas con base en las previsiones de la LGCP y su reglamento; y con las condiciones reguladas en este documento y adoptadas en el contrato. Aquellas controversias que no pudiesen ser resueltas por medio de negociación directa, se someterán a un comité de expertos con competencia para conocer y resolver cualquier controversia.
Comportamiento ético institucional, de los oferentes y contratistas: El comportamiento ético institucional, de los oferentes se regirá conforme a la nueva Ley General de Contratación Pública, en su numeral 8, donde se define el principio de integridad, asimismo, con el reglamento N° 43808-H, definen el actuar ético y de probidad en la contratación pública, y en su numeral 17, se define el comportamiento de la relación con los proveedores, los cuales son de acatamiento obligatorio en el desarrollo de todo procedimiento de contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. La Municipalidad podrá aplicar una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor de la prestación afectada, por cada incumplimiento comprobado imputable al contratista relacionado con la ejecución defectuosa del servicio, entre ellos Incumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en la Orden de Servicio. Entrega de informes incompletos, incorrectos o que no contengan la información técnica requerida. Incumplimiento de los procedimientos, métodos de ensayo o condiciones de muestreo establecidos. Inasistencia injustificada a una visita, toma de muestras o actividad previamente coordinada con la Administración. Incumplimiento de otras obligaciones contractuales que afecten la adecuada prestación del servicio.
Cláusula penal. En caso de atraso imputable al contratista en la atención o entrega de una Orden de Servicio, se aplicará una cláusula penal equivalente al uno por ciento (1%) del valor de la prestación afectada por cada día calendario de atraso. El monto acumulado por concepto de multas y cláusulas penales no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio total del contrato, incluidas sus modificaciones. Su aplicación deberá estar debidamente motivada, respetará el debido proceso y no se aplicará más de una sanción económica por el mismo hecho generador.
Documentos del cartel7
- Condiciones GeneralesPDF · 1,4 MB
- Cronograma del procesoXLSX · 317 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 113 KB
- Estudio de mercadoPDF · 389 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 256 KB
- Decisión InicialPDF · 389 KB
- Especificaciones técnicasDOCX · 102 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ditzy Gabriela Coronado Duarte
Obras y Servicios
Ditzy Gabriela Coronado Duarte
Obras y Servicios
Maria Celeste Rojas Rodriguez
Encargado del concurso · PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 00:39. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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Consejo Nacional de Producción · 1 oferente
Adjudicada por ₡1 M a Laboratorio Costarricense de Metrologia (lacomet)
Adjudicadamismo producto · 13/08/2026
Municipalidad de Garabito · 2 oferentes
Adjudicada a Compañia Asesora de Construccion e Ingenieria Cacisa (precios unitarios)
Adjudicadamisma institución y categoría · 21/08/2026
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia · 1 oferente
Adjudicada a Alrotek de Centroamerica (precios unitarios)