2026LD-000026-0002100010 · SICOP 20260900792
MATERIALES DE ACABADOS PARA ARTES GRÁFICAS y MATERIALES Y REPUESTOS PARA PREPRENSA
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡1,4 millones. Se recibieron 9 ofertas de 2 empresas en 6 lotes (partidas) el 21/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡1,4 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
9
de 2 empresas en 6 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡1,2 millones
8,3 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó11/09/2026 13:55 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Cierre de ofertas21/09/2026 07:55 · hace 20 días
- de ofertas21/09/2026 08:00 · hace 20 días
- (plazo máximo)≈ 05/10/2026 · hace 6 días
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra6 líneas · 6 lotes
- L1Temperas, en Caja de 6 Unidades, con Colores Básicos, Frascos con 26 Ml (+- 2 Ml), Ingredientes: Agua, Pigmentos, Aglutinantes y Aditivos, No Toxicas8 c/u · ₡23 200,008 c/u₡23 200,00
- L2Lupa de 2.54 Cm de Diámetro, Estructura Metálica, Aumento 12 X, Utilidad para Medición20 c/u · ₡195 200,0020 c/u₡195 200,00
- L3Cuaderno para Bocetos, Dimensiones 22,9 Cm X 30,5 Cm, Gramaje 185 G/m² +/- 5 G/m², Cantidad de Hojas 30 por Cuaderno, Papel Blanco Mate,tipo de Papel Bristol. Portada y Contraportada: Cartón, Perforado con Resorte Doble106 c/u · ₡485 056,00106 c/u₡485 056,00
- L4Cuaderno para Bocetos Grande, Dimensiones: 27,9 X 43,2 Cm, Cantidad de Hojas: 50 por Cuaderno, Estilo de Resorte Doble34 c/u · ₡330 378,0034 c/u₡330 378,00
- L5Trapos, de Punto, Que No Contengan Material Sintético, 100 % Absorbentes, Que No Suelten Pelusa, Medidas de 30 Cm X 40 Cm142 c/u · ₡274 486,00142 c/u₡274 486,00
- L6Bolsa para Basura, Material Polietileno 30% Reciclado, Ancho 889 Mm, Largo 1397 Mm, Espesor 36 Μm, Presentación a Granel en Kg25,5 kg · ₡45 160,5025,5 kg₡45 160,50
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡19 720 – ₡23 200
- Lote 2₡165 920 – ₡195 200
- Lote 3₡412 298 – ₡485 056
- Lote 4₡280 821 – ₡330 378
- Lote 5₡233 313 – ₡274 486
- Lote 6₡38 386 – ₡45 161
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,24 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Temperas, en Caja de 6 Unidades, con Colores Básicos, Frascos con 26 Ml (+- 2 Ml), Ingredientes: Agua, Pigmentos, Aglutinantes y Aditivos, No Toxicas1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| G y R Grupo Asesor, | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Lupa de 2.54 Cm de Diámetro, Estructura Metálica, Aumento 12 X, Utilidad para Medición2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Distribuidora y Ferreteria Bruma | 100 | 100 |
| G y R Grupo Asesor, | 63,63 | 63,63 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Cuaderno para Bocetos, Dimensiones 22,9 Cm X 30,5 Cm, Gramaje 185 G/m² +/- 5 G/m², Cantidad de Hojas 30 por Cuaderno, Papel Blanco Mate,tipo de Papel Bristol. Portada y Contraportada: Cartón, Perforado con Resorte Doble2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| G y R Grupo Asesor, | 100 | 100 |
| Distribuidora y Ferreteria Bruma | 61,61 | 61,61 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Cuaderno para Bocetos Grande, Dimensiones: 27,9 X 43,2 Cm, Cantidad de Hojas: 50 por Cuaderno, Estilo de Resorte Doble2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Distribuidora y Ferreteria Bruma | 100 | 100 |
| G y R Grupo Asesor, | 54,07 | 54,07 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 5 · Trapos, de Punto, Que No Contengan Material Sintético, 100 % Absorbentes, Que No Suelten Pelusa, Medidas de 30 Cm X 40 Cm1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| G y R Grupo Asesor, | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 6 · Bolsa para Basura, Material Polietileno 30% Reciclado, Ancho 889 Mm, Largo 1397 Mm, Espesor 36 Μm, Presentación a Granel en Kg1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| G y R Grupo Asesor, | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
SEGUN DOCUMENTO GENERAL
- Requisitos mínimos de admisibilidad.
- Marca
El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca del bien ofrecido. En el caso de no poseer marca se debe indicar “no aplica” o bien si tiene marca y no está impresa, el oferente deberá indicar tal condición.
- Experiencia de la empresa
Podrán participar en este concurso todas aquellas personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 3 años de experiencia con anterioridad a la fecha de apertura del presente concurso, en el mercado nacional e internacional en la venta de materiales iguales o similares al solicitado en este concurso. Para evidenciar la experiencia antes mencionada, el oferente deberá aportar al menos 3 referencias (1 por cada año), mediante cartas de referencia, facturas o evidencias concretas y fehacientes donde se pueda comprobar esta experiencia. La experiencia que se acredite, la Administración la aceptará en el tanto haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción, según lo indicado en el Artículo 94 del Reglamento a la Ley de Contratación Públicas. (Adjuntar documento de recibido a satisfacción).
Las referencias aportadas deben de contener al menos la siguiente información: nombre completo de la empresa o institución, dirección actual, persona a contactar, teléfono, bien(es) vendido(s) y fecha de la venta. Los oferentes pueden utilizar una tabla como la siguiente para consignar la información solicitada:
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Nombre de la Empresa o Institución |
Dirección |
Persona por contactar |
Teléfono |
Materiales vendidos |
Fecha de venta |
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El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar y verificar la información presentada por el oferente.
- Garantía de fabricación
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los bienes haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir el bien o partes únicamente por daños de fabricación que sufra el bien o sus componentes.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima a 6 meses para todas las líneas y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre ubicado el bien o en su defecto en las instalaciones del proveedor previa coordinación y autorización del INA.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien respectivo.
Nota: El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
- REQUISITOS TÉCNICOS Y SISTEMA DE EVALUACIÓN.
- Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
- Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
- Estudios que realizará la Administración a las ofertas: Las ofertas serán sometidas a estudios legales y técnicos.
- EJECUCIÓN CONTRACTUAL
- Requisitos para el adjudicatario y contratista.
- Otras obligaciones del contratista
Es un deber ineludible de las empresas contratantes cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo. La Administración se reserva la potestad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones en cualquier momento. Así mismo esta cláusula será considerada contenido esencial del contrato, y cualquier falta a la misma implicará incumplimiento contractual, en cuyo caso, podrá la Administración dar por terminado el contrato, según lo dispuesto por las normas que regulan la materia.
- Transporte, descarga e instalación de los bienes:
El contratista será plenamente responsable del transporte, descarga, movilización interna y ubicación final de los bienes objeto de la contratación, desde el punto de origen hasta el lugar exacto donde deban quedar instalados o dispuestos, según lo indicado por la Administración.
La descarga de los bienes, así como su traslado dentro de las instalaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje deberá ser realizada exclusivamente por el contratista, utilizando el personal, herramientas, equipo y medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad de los bienes y de las instalaciones.
El INA no asumirá responsabilidad alguna por daños, pérdidas, deterioros, accidentes o cualquier otra situación que se produzca durante el transporte, descarga, movilización interna o colocación de los bienes, siendo estos riesgos asumidos en su totalidad por el contratista hasta la entrega final y aceptación conforme por parte del INA.
- Seguridad y equipo de protección del personal del contratista
El contratista deberá garantizar que todo el personal técnico, operativo o auxiliar que asigne para la ejecución del objeto contractual cuente y utilice en todo momento el equipo de protección personal básico, conforme a la normativa vigente en materia de salud ocupacional, seguridad laboral y prevención de riesgos.
Dicho equipo deberá ser suministrado, mantenido y supervisado exclusivamente por el contratista, quien asumirá la total responsabilidad por el cumplimiento de estas disposiciones, así como por cualquier accidente, daño, lesión o incidente que pudiera ocurrir como consecuencia del incumplimiento de las medidas de seguridad.
El Instituto Nacional de Aprendizaje no asumirá responsabilidad alguna por situaciones derivadas del uso inadecuado, falta o ausencia del equipo de protección personal del personal del contratista, siendo esta obligación indelegable y de estricto cumplimiento durante toda la vigencia del contrato.
- Retiro y disposición de residuos generados
El contratista será responsable de la recolección, retiro y adecuada disposición final de todos los residuos, desechos o materiales sobrantes que se generen como resultado de la ejecución del objeto contractual, incluyendo, sin limitarse a ello, cajas, embalajes, estereofón, plásticos, maderas, restos de empaques y cualquier otro material residual.
Dichos residuos deberán ser retirados de las instalaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) de forma inmediata o dentro del plazo que indique la Administración, dejando las áreas intervenidas limpias, ordenadas y en condiciones adecuadas de uso.
La disposición final de los residuos deberá realizarse conforme a la normativa ambiental vigente, siendo esta obligación de entera y exclusiva responsabilidad del contratista, sin que el INA asuma responsabilidad alguna por la gestión, transporte o disposición de los desechos generados.
- Cláusulas penales y de multas.
- Clausula penal
El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP.
Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente.
En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa.
El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones.
- Multas por la presentación de recursos temerarios
Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
- Plazos y lugares de entrega del objeto contractual
- Lugar de entrega: Almacén Regional de Cartago, costado norte Centro Comercial Metrocentro-Cartago. Horario de 7:30 a 2:30 pm de lunes a viernes.
- Plazo de entrega
El plazo máximo de entrega es de 15 días hábiles. Sin embargo, el oferente puede ofrecer un plazo de entrega menor, el cual deberá indicar de manera clara en su oferta.
Notas:
- El plazo de entrega debe especificarse en días hábiles. En caso contrario se calcularán dividiendo la cantidad de días naturales entre 1.4.
- Las ofertas que consignen un plazo de entrega “Inmediato”, se considerarán ejecutables en un (1) día hábil.
- No se aceptarán entregas de líneas incompletas de un contrato (entregas parciales), salvo aprobación de la Administración.
Inicio del plazo de entrega: rige a partir del día hábil siguiente de que el INA le notifica al contratista el contrato en el SICOP.
Recordatorio a la entrega de los bienes: es importante indicarles a los oferentes, que en aquellos casos en que la entrega de los bienes adjudicados deba condicionarse, suspenderse o rechazarse total o parcialmente debido a incumplimientos en las especificaciones técnicas ofertadas por el contratista, dicho condicionamiento no interrumpirá ni suspenderá el plazo de entrega originalmente establecido, el cual continuará corriendo en forma ininterrumpida.
En consecuencia, el eventual atraso derivado de tales incumplimientos será imputable exclusivamente al contratista y podrá constituir causal para la aplicación de la cláusula penal correspondiente, sin perjuicio de las demás acciones administrativas y legales que correspondan conforme al pliego y la normativa vigente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver documento de especificaciones tecnicas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
SEGUN DOCUMENTO GENERAL
CONDICIONES GENERALES
MATERIALES DE ACABADOS PARA ARTES GRÁFICAS y MATERIALES Y REPUESTOS PARA PREPRENSA
- INFORMACIÓN GENERAL DE LA CONTRATACIÓN
- La información general de la contratación se encuentra en detalle del pliego de condiciones en SICOP.
- Actuar ético
Todas las actuaciones que realice en Instituto Nacional de Aprendizaje se harán de manera proba, íntegra y transparente, bajo el cumplimiento de los principios éticos establecidos en el artículo 10 de la Ley General de Contratación Pública y orientadas a la satisfacción del interés público, según lo normado en el artículo 17 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP). Así mismo, se espera de los potenciales oferentes que se actúe de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídicos, durante todas las etapas del procedimiento de contratación, según normado lo artículo 24 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP).
- Declaraciones Juradas de conformidad con el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y del artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
De conformidad con el artículo 29 de la LGCP, los potenciales oferentes y subcontratistas de previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública deberán rendir una declaración jurada, por una única vez, sobre los siguientes aspectos a) que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley, b) que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la LGCP, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la citada ley y c) tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones. Dicha declaración deberá formar parte del Registro de Proveedores del SICOP.
Además, para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes y subcontratistas mantenerla dicha declaración actualizada.
Así mismo para este concurso licitatorio, deberá obligatoriamente manifestar de manera expresa en su oferta que la información contenida en la declaración jurada aludida previamente se mantiene invariable de acuerdo con el artículo 29 de la LGCP y 33 de su Reglamento.
Los oferentes deben tener actualizada, con no más de 24 meses, la información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas previsto por el artículo 18 de la LGCP, en cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripción, dispuestos en el artículo 32 del RLGCP, encontrándose entre ellos las declaraciones juradas señaladas en el inciso c), las cuales esta Administración verificará.
- Poder para ofertar: La información relativa a los poderes de representación deberá encontrarse registrada y actualizada dentro del perfil del proveedor en SICOP, accesible mediante la opción “Información de registro de Proveedor”, la cual será utilizada por la Administración para verificar la capacidad de representación de quien suscribe o presenta la oferta a efecto de que los apoderados especiales puedan realizar los actos dentro de los procedimientos de contratación pública que se tramiten por medio del sistema digital unificado. Es responsabilidad del proveedor incluir el poder especial en su expediente personal en formato PDF. Se recuerda a los oferentes la necesidad de tener actualizados los poderes especiales dentro del SICOP, cuando sea una persona colaboradora de la empresa oferente, la que realice la oferta respectiva.
- Para efectos de no suministrar información en forma repetitiva, deberá aportar la totalidad de la información general en una única línea/partida (preferiblemente en la primera línea/partida cotizada, incluyendo los Anexos.
- Confidencialidad de la documentación presentada: De conformidad con el artículo 15 de la LGCP, En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. En caso de omisión de la justificación, se tendrá como incumpliente la documentación enviada. Los oferentes deberán conocer que nuestro ordenamiento jurídico la Ley de Información no Divulgada, Ley N°7975 del 4 de enero del 2000, y su Reglamento, protege la información no divulgada relacionada con los secretos comerciales e industriales, específicamente siempre que se cumpla con lo establecido en el artículo 2 de dicha ley.
- Toda la documentación que forme parte de la oferta deberá incorporarse directamente a la oferta electrónica del SICOP dentro del plazo de recepción de ofertas. Por lo que no se aceptará como medio de presentación de documentos la incorporación de enlaces externos, hipervínculos o accesos a plataformas digitales tales como Google Drive, OneDrive, Dropbox, WeTransfer o similares, cuando la información contenida en dichos enlaces pueda ser modificada, sustituida o eliminada con posterioridad al acto de apertura de ofertas. Lo anterior, en resguardo de los principios de transparencia, integridad, igualdad de trato y seguridad jurídica. En caso de que el oferente incorpore enlaces electrónicos como complemento informativo, la Administración únicamente valorará la documentación que conste formalmente incorporada al expediente electrónico al momento de apertura de ofertas. La imposibilidad de acceso, modificación posterior, eliminación de archivos o cualquier inconsistencia relacionada con enlaces externos será responsabilidad exclusiva del oferente y no obligará a la Administración a realizar prevenciones o verificaciones adicionales.
- Precios de referencia y márgenes mínimos y máximos por partida.
A continuación, se presenta los precios de referencia para esta contratación en donde se establecen los márgenes mínimos y máximos para cada partida. Mismos que serán considerados a la hora de realizar el análisis de razonabilidad de precio de parte de la Unidad Técnica Especializada.
8.1.1. INCLUYEN TODAS LAS PARTIDAS 1% IVA.
EXCEPTO LAS PARTIDAS 2 Y 5 CON UN 13% IVA.
|
PARTIDA |
DESCRIPCION RESUMIDA |
CANTIDAD |
UM |
PRECIO DE REFERENCIA |
COSTO MINIMO |
COSTO MAXIMO |
|
1 |
TEMPERAS EN CAJA DE SEIS COLORES |
8 |
und |
₡2 900,00 |
₡1 000,00 |
₡4 900,00 |
|
2* |
LUPA CUENTA HILOS |
20 |
und |
₡9 760,00 |
₡1 561,00 |
₡8 000,00 |
|
3 |
CUADERNO PARA BOCETOS |
106 |
und |
₡4 576,00 |
₡1 561,00 |
₡8 000,00 |
|
4 |
CUADERNO PARA BOCETOS GRANDE |
34 |
und |
₡9 717,00 |
₡4 990,00 |
₡14 217,00 |
|
5* |
TRAPOS |
142 |
und |
₡1 933,00 |
₡900,00 |
₡2 900,00 |
|
6 |
BOLSA DE POLIETILENO PARA JARDIN DE 889 X 1397 MM |
25,5 |
Kg |
₡1 771,00 |
₡1 200,00 |
₡2 300,00 |
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TOTAL |
₡1 353 480,50 |
- CONDICIONES GENERALES
- Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
- Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del bien a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Almacén Central, del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen010@ina.ac.cr al Almacén Regional de Cartago.
- Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica las garantías de Fabricación, repuestos y mantenimiento, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
- El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además, se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
- Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: Verificar 8.1.1.
- Desglose de tributos:
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
- Oferta económica:
En la oferta económica el oferente para las partidas indicadas en este pliego de condiciones deberá desglosar el precio de los bienes y accesorios de cada partida, el costo de la instalación y el costo de la capacitación, según los requerimientos del I.N.A. y de acuerdo con lo que requiere cada partida. La administración no pagará ningún costo adicional al indicado para estos aspectos en la oferta y para efectos de comparación de precios, tales rubros deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado del bien.
Notas:
- En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
- En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
- Adjudicación parcial.
- Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
- Cuando una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
-
- Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los 2 días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
- Información técnica
Literatura, catálogos o información técnica (brochures), del material, de la marca y el modelo ofrecido, deben presentarse de manera obligatoria, coincidente con el bien ofertado, esto con la finalidad de minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada.
Dicha información deberá contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofrecido en idioma español.
Deberá de acatarse lo indicado en el artículo 118 del RLGCP.
- Modalidad para presentar ofertas:
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
OBSERVACIONES FINALES
EN TODO LO NO PREVISTO EN ESTAS ESPECIFICACIONES SE APLICARÁ EL, LA LEY GENERAL DE CONTRATACION PUBLICA, REGLAMENTO A LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y LA LEY DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA DE LA REPUBLICA Y LEY PRESUPUESTOS PÚBLICOS
PARA CONSULTAS SOBRE CONDICIONES DE ESTE TRÁMITE. SE TRABAJARÁ POR MEDIO DE SOLICITUDES DE ACLARACIONES/MODIFICACIONES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y JURÍDICAS EN EL SICOP: HTTPS://WWW.SICOP.CO.CR/
NOTAS:
LOS INTERESADOS TENDRÁN A SU DISPOSICIÓN LOS ARCHIVOS REFERENTES A ESTE TRÁMITE DE COMPRA EN LA PÁGINA DE SICOP: HTTPS://WWW.SICOP.CO.CR/
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. SEGUN DOCUMENTO GENERAL 4.2.2 Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. SEGUN DOCUMENTO GENERAL 4.2.1 Clausula penal El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones.
Documentos del cartel2
- ESPECIFICACIONES TECNICASPDF · 41 KB
- DOCUMENTO GENERALPDF · 348 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Mylena Matamoros Paniagua
Dirección Regional Cartagp
Karla Viviana Madriz Davila
Encargado del concurso · Adquisiciones Regional Cartago INA
Marco Vinicio Valverde Solis
Núcleo de Industria Gráfica
Jorge Arturo Lopez Murillo
Asesoría Legal Unidad Regional Cartago
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 02:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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