2026LD-000002-0000900009 · SICOP 20260901191
Adquisición de Teléfonos IP para la Sede del Caribe
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡690 200. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas el 16/09/2026. La más baja fue de Avtec, ₡505 667 (26,7 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡690 200
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡505 667
26,7 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 11:36 · hace 32 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Cierre de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 25 días
- de ofertas16/09/2026 09:00 · hace 25 días
- (plazo máximo)≈ 30/09/2026 · hace 11 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 14/09/2026 13:00 → 16/09/2026 09:00
- Apertura de ofertas: 14/09/2026 13:00 → 16/09/2026 09:00
- Límite de observaciones a la apertura: 16/09/2026 23:59 → 17/09/2026 23:59
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Telefono Ip, Pantalla de Alta Resolución Basado en Píxeles de al Menos 480 X 272 (10,9 CM TFT-LCD) a Colores, con Luz de Fondo de Profundidad de Color de 16 Bits, con Interfaz RJ-45 y Puerto RJ-9.7 c/u · ₡690 200,007 c/u₡690 200,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡586 670 – ₡690 200
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,49 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Avtec | 100 | 100 |
| Desarrollos Enlinea | 73,86 | 73,86 |
| Spectrum Multimedia | 65,03 | 65,03 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES ADMISIBLES
-
Adjuntar con la oferta suficiente información técnica y panfletos originales de la fábrica, para un mejor análisis técnico, de todos los equipos ofrecidos. Preferiblemente en idioma español.
-
Cualquier material o accesorio complementario no mencionado en estas especificaciones y que sea necesaria para la completez del bien y su perfecto funcionamiento, será obligación del oferente tomarlos en cuenta dentro de su oferta, la omisión de este no dará motivo para ningún cobro extra posterior.
3. Aporte de Declaración Jurada que indique:
3.1 Que el bien o bienes ofertados son nuevos y que no son reparados ni reconstruidos.
4. Garantías y Sustitución de Bienes:
4.1 La garantía técnica de los bienes deberá comprender como mínimo, los defectos de fabricación y funcionamiento. Se entiende que durante el período de garantía los costos de mantenimiento (mano de obra, transporte, repuestos y otros) correrán por cuenta del contratista.
4.2 El oferente deberá manifestar mediante declaración jurada, que cuenta en el territorio nacional con un taller de servicio técnico idóneo con personal técnico adecuado y herramientas especializadas. (Debe indicar la dirección exacta y números telefónicos).
4.3 El oferente debe garantizar la existencia oportuna de partes y repuestos en el país.
4.4 En caso de que los bienes se dañen por causas no imputables a la Administración durante el período de garantía, el adjudicatario está obligado a sustituirlo. Lo anterior debido a que la Universidad de Costa Rica está adquiriendo bienes nuevos y no reparados ni reconstruidos.
5. Distribuidor Autorizado:
SE SOLICITA REQUISITO INDISPENSABLE:
El oferente debe aportar copia del certificado vigente como DISTRIBUIDOR AUTORIZADO DIRECTO del fabricante, que asegure la efectiva “Garantía de Fábrica” del equipo ofrecido. El fabricante debe indicar el conocimiento y experiencia en productos y servicios de la empresa, adquiridos a través de certificaciones técnicas y comerciales, así como el grado de compromiso que existe con la empresa como distribuidor autorizado.
Esta certificación debe ser dirigida a la Universidad de Costa Rica o en su defecto a cualquier institución del Estado e incluir la marca y el modelo del equipo que es ofrecido, con una antigüedad no mayor de 3 meses de emitida, o por el plazo de validez que se indique en la misma por parte del fabricante.
6. Literatura:
El oferente deberá presentar con la oferta, literatura, y/o catálogos de información técnica de los equipos de la marca y modelo ofrecido vigente. Dicha información debe contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas de los equipos ofrecidos en idioma español preferiblemente.
7. Criterio de desempate:
En caso de presentarse empate en la calificación total de varias ofertas, se utilizará como criterio para el desempate el puntaje mayor de la evaluación de manera independiente y de acuerdo con el siguiente orden:
I. EMPRESA PYMES, deberá presentar la respectiva certificación.
II. De persistir el empate decidirá la suerte, según lo establecido en el artículo 55 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa), de lo actuado se consignará un acta que se incorporará al expediente de la contratación.
8. Precio:
Los oferentes podrán presentar sus cotizaciones en colones o dólares, con el desglose de tributos correspondiente y todo de acuerdo con el artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
• Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se establecen los siguientes rangos de tolerancia. De acuerdo con el Sondeo de Mercado evidenciado en el Pliego de Condiciones.
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Rango mínimo |
Rango máximo |
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-20% del valor estimado |
+20% del valor estimado |
-
Se considerará razonable el precio ofertado que se ubique dentro de las bandas de tolerancia definidas por la Administración.
Cuando el precio ofertado se ubique por debajo del límite inferior o por encima del límite superior de la banda de tolerancia, el oferente deberá incluir desde su oferta una justificación clara, razonada y suficiente que permita valorar por qué su precio se aparta del precio de referencia.
La omisión de esta justificación no será considerada un aspecto subsanable, ya que debe ser presentada desde la oferta por el oferente que, conociendo el precio de referencia y las bandas de tolerancia, decida cotizar fuera de dichos rangos.
Lo anterior se establece sin perjuicio de que la Administración pueda realizar la indagatoria correspondiente conforme al artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, cuando proceda.
Si la diferencia del precio ofertado no puede justificarse razonablemente, la Administración podrá declarar el precio inaceptable, excluir la oferta o declarar infructuoso el concurso, según corresponda.
9. Cláusula de revisión de precios en bienes y servicios:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del RLGCP, todo oferente tiene la obligación de presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales. Para la presente licitación se establece la siguiente plantilla en la que se debe agregar cada línea en la que se presente una oferta, indicando el porcentaje de ponderación de cada componente dentro del precio total y el monto correspondiente.
10. Precio y Estructura de Costos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del RLGCP, todo oferente tiene la obligación de presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales. Para la presente licitación se establece la siguiente plantilla en la que se debe agregar cada línea en la que se presente una oferta, indicando el porcentaje de ponderación de cada componente dentro del precio total y el monto correspondiente.
Instrucciones de llenado:
a) La columna “% Ponderación” debe sumar 100 %.
b) La columna “Monto (₡ / $ u otra)” debe coincidir con el precio total ofertado para la línea correspondiente.
c) Los montos deben incluir todos los costos, cargas, utilidades e impuestos aplicables, conforme a la normativa vigente y lo indicado en SICOP.
d) Impuestos por separado, en caso de no indicarlos se presume que están incluidos; así como indicar si no le afecta el impuesto por el tipo de bien.
e) Si la oferta se presenta en moneda extranjera, utilice el signo correspondiente y observe lo dispuesto en este proceso respecto a tipo de cambio y pagos.
f) Cuando existan subcontrataciones, refleje su costo en el renglón respectivo y asegure consistencia con lo declarado en su oferta técnica y administrativa.
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Estructura de Precios |
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Rubro |
Monto |
Porcentaje |
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Mano de Obra |
¢ |
% |
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Gastos Administrativos |
¢ |
% |
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Utilidad |
¢ |
% |
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Insumos |
¢ |
% |
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Total |
¢ |
% |
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I.V.A. (2%) |
¢ |
100% |
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Total con I.V.A. |
¢ |
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-
11. Fórmula de revisión de precios
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), las partes tienen derecho al mantenimiento del equilibrio económico del contrato respecto de los costos directos e indirectos, conforme con la estructura de precios definida en el pliego de condiciones y mediante la aplicación de los índices de precios correspondientes.
Asimismo, en los contratos de bienes y servicios, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento para la Revisión de Precios y Reajustes (RRRP), las partes deberán emplear, en las fórmulas matemáticas para el cálculo de la revisión de precios, los porcentajes de costos directos e indirectos sujetos a revisión mediante índices, según la moneda en que haya sido presentado el precio unitario ofertado. Para estos efectos, deberán utilizarse los índices de precios que resulten concordantes con la moneda en que se expresaron dichos costos.
Cuando el precio unitario contractual de una línea o renglón de pago se haya pactado en más de una moneda, la revisión de precios deberá calcularse de forma independiente para cada moneda, aplicando la fórmula matemática correspondiente y considerando, en cada caso, la estructura de precios y los índices que le sean aplicables.
Fórmula de revisión de precios Para realizar la revisión de precios, se utilizará la fórmula matemática establecida en el artículo 51 del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Índices de precio utilizables De conformidad con el Capítulo II del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (artículos del 8 al 14), los oferentes deberán aportar el detalle de los índices de precios representativos para cada uno de los elementos de la estructura previamente solicitada, con los siguientes parámetros: El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Ente público competente que divulga el índice El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada. Para los índices de precios en moneda extranjera: El país de origen y unidad monetaria de los costos. El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio. La periodicidad con que se determina el valor de cada índice, d) el ente competente que publica el índice. El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada. Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada. No objeción De conformidad con el artículo 7 y 17 Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, las personas responsables de emitir las no objeciones son: La pertinencia de los índices aportados en la oferta, la persona encargada de emitir dicho acto es: (Jefe del Área que gestiona el procedimiento o analista responsable) Al programa de trabajo, la persona encargada de emitir dicho acto es: (usuario técnico). Instancia responsable del reajuste o revisión de precios En la Universidad de Costa Rica, la instancia pertinente de realizar los reajustes y revisiones de precios, así como de emitir la no objeción para la pertinencia de la documentación probatoria para aplicar el método analítico documental, cuando sea procedente, es la Unidad de Ejecución Contractual.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Especificaciones Técnicas y Condiciones
-
Las especificaciones técnicas válidas son las descritas en el presente documento.
-
En el apartado [ 11. Información de bien, servicio u obra] detalle de línea y detalle de partida, se indica la información de modalidad de entrega, esquema y modalidad de pago, pólizas, colegios profesionales, forma de entrega, lugar de entrega, plazo de entrega, garantía técnica, muestras y en el apartado de observaciones de entrega: instalación, mantenimiento, capacitación, coordinaciones de entrega. Sobre estas condiciones, prevalece lo indicado en SICOP.
-
En el apartado [7.Condiciones de contrato] se indica la información de cláusula penal y multas.
-
Revisar, leer y aportar los documentos indicados en el botón de Declaraciones y Condiciones Generales del SICOP.
I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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Partida |
Descripción |
Cantidad |
Usuarios |
Detalle |
|
1 |
Teléfono IP avanzado compatible con Asterisk |
7 |
5- Docencia 1- Vida Estudiantil 1- Administración |
Equipos de telefonía IP modelo avanzado (IPhone) para Asterisk y redes de área local, con características y rendimiento similares a los equipos Yealink SIP-T46U. Este equipo es recomendado para usuarios ubicados en recepciones o puestos con alta carga de llamadas, que requieren funciones de transferencia, conferencia y manejo simultáneo de comunicaciones, además de la posibilidad de utilizar una computadora en sus labores diarias. Referencia: CI-E84 20250919 |
Los equipos deben cumplir obligatoriamente con los requisitos técnicos mínimos detallados
a continuación:
1.1. Debe tener incorporado un conmutador (switch) Ethernet para realizar conexiones directas con redes Ethernet 10/100/1000BASE-T a través de una interfaz RJ-45 y para una conexión de un computador en coubicación.
1.2. Debe tener incorporado un puerto RJ-9 para realizar la conexión con el auricular de diadema (headset).
1.3. El teléfono debe tener teclas de control de volumen dedicadas.
1.4. El teléfono debe tener teclas dedicadas para acceso a correo de voz, servicios y al directorio.
1.5. El teléfono debe tener tecla de navegación en dos direcciones y botones de selección.
1.6. Debe tener teclas dedicadas para manipular el altavoz, el auricular de diadema (headset) y un botón adicional para activar o desactivar el silencio en llamada (mute).
1.7. Pantalla de 4.3”, 480×272 píxeles a color, con retroiluminación y profundidad de 16 bits.
1.8. Debe tener incorporado un altavoz Full-Duplex de alta tecnología el cual pueda ser manipulado con el botón específico.
1.9. Debe tener indicadores LED suficientes para mostrar estado, mensajes y alimentación.
2. Características de rendimiento
2.1. El teléfono debe ser compatible con los algoritmos de compresión de voz G.7lla/ VI, G723.1j G7261 G,722, iLBC y G.729a como mínimo.
2.2. RTCP-XR (RFC3611), VQ-RTCPXR (RFC6035).
2.3. El teléfono debe manejar al menos tres líneas con capacidad para al menos una llamada activa y una segunda llamada en espera.
2.4. Como mínimo, el teléfono debe tener las funcionalidades de: transferencia, conferencia, desvío de llamadas, llamada en espera (hold), remarcado y acceso al correo de voz.
2.5. Grupo de escucha, SMS llamada de emergencia,
2.6. El teléfono debe permitir hacer desplazamiento (scrolling) de la información mostrada en pantalla.
2.7. Voz HD: codificador HD, altavoz H-ID, auricular HD
2.8. El teléfono debe permitir la navegación en los menús de funciones por teclas suaves o "softkeys”.
2.9. El teléfono debe tener la capacidad de mostrar en pantalla las llamadas perdidas y entrantes, así como los números marcados y el directorio corporativo.
2.10. El tono de timbrado debe poder ser seleccionado por el usuario en la pantalla.
2.11. El teléfono debe estar en capacidad de remarcar los bits de CoS en los paquetes provenientes del computador en coubicación para favorecer la calidad de servicio del tráfico de voz mientras transita por los conmutadores corporativos.
2.12. El teléfono debe estar en capacidad de registrarse con un mínimo de 3 gestores de llamadas para maximizar la tolerancia a fallas.
3. Administración
3.1. El teléfono debe ser 100% compatible con la plataforma Asterisk.
3.2. El teléfono debe ser 100% compatible con la plataforma de telefonía Microsoft Teams.
3.3. El software del teléfono debe poder ser actualizado remotamente por FTP o TFTP.
3.4. Los parámetros de red deben poder ser adquiridos de forma manual o por medio de DHCP.
3.5. Debe manejar Auto-provisión a través de FTP/TFTP/HTTP/HTTPS, Auto-provisión con PnP.
4.Protocolos soportados
4.1. El teléfono debe tener la capacidad de comunicarse con el conmutador (switch) local usando el protocolo estándar 802.1Q, de tal forma que el tráfico de voz proveniente del teléfono se ubique en una VLAN y el de datos proveniente del computador en otra, y así poder administrar el direccionamiento de ambos dispositivos de forma separada,
4.2. El teléfono debe estar en capacidad de acceder a cualquier tipo de contenido basado en web que emplee etiquetas XML y desplegarlo en pantalla.
4.3. El teléfono debe soportar el Session Initiation Protocol (SIP).
4.4. El teléfono debe soportar IPv4 e IPv6.
5. Interfaz
5.1. Dos puertos de red Gigabit Ethernet
5.2. Dos puertos USB
6. Otras características
6.1. El teléfono debe estar en capacidad de recibir la energía por medio del mismo cable RJ-45 desde el conmutador de acceso (PoE), así como mediante un adaptador de corriente local.
6.2. El teléfono debe incluir su fuente de poder externa.
Garantía de los equipos:
La garantía de fábrica de los equipos y accesorios deberá ser de 12 meses mínimo a partir del recibido conforme.
Durante el período de garantía los costos de mantenimiento correctivo (mano de obra, repuestos, transporte, entre otros) correrán por cuenta de la empresa, indistintamente de la oficina de la Universidad donde se instale el equipo, de conformidad con las condiciones que requiere la Universidad para el buen funcionamiento del mismo.
El oferente deberá especificar los beneficios de la garantía técnica de los equipos, como por ejemplo mantenimiento preventivo, y deberá especificar también las exclusiones. Las exclusiones que no queden explícitas en la oferta no serán válidas.
Durante el 10% del tiempo inicial de la garantía, los equipos que presenten fallas en las calidades o desperfectos no serán reparados, sino que deben ser reemplazados por equipos nuevos sin costo adicional para la Universidad, en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
1. Presentación de la oferta
1.2 Toda contratación realizada en medios electrónicos, la información y cumplimiento de requisitos se verificarán en línea, utilizando para ello las herramientas tecnológicas y bases disponibles; aplicando en todo momento el principio de equivalencia funcional y demás normativa aplicable en la materia incluyendo la Ley de Certificados, firmas digitales y Documentos Electrónicos.
1.3 El artículo 40 del Reglamento de El SICOP (Decreto Ejecutivo 41438-H), establece que cada una de las propuestas participará únicamente en el concurso para el que fue presentada, asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria
DECLARACIONES JURADAS. El oferente debe manifestar mediante declaración jurada, lo siguiente:
1.4 Que no alcanzan las prohibiciones contenidas en el artículo 28 de la Ley de Contratación Pública.
1.5 Impuestos Nacionales: estar al día con las obligaciones obrero-patronales de la CCSS, FODESAF y, según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública; así como de las cargas tributarias en el Ministerio de Hacienda (Artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios / Gestión de trámites estatales) y PERSONA JURÍDICA según Ley N° 9428 del Impuesto a las Sociedades.
1.5.1 El Adjudicatario deberá mantenerse al día con sus compromisos tributarios desde la apertura de ofertas y hasta la generación del contrato.
1.5.2 De existir alguna morosidad, el oferente deberá poner al día la situación o por consiguiente aportar el correspondiente arreglo de pago que deberá estar vigente tanto para la apertura como para la adjudicación y generación del contrato.
1.5.3 La Universidad de Costa Rica, se reserva el derecho de verificación de esta información en cualquiera de las etapas del concurso.
1.6 Los proveedores deberán de aportar lo indicando textualmente:
“Documentos a aportar. Toda oferta presentada por un proveedor nacional contendrá las siguientes declaraciones y certificaciones, sin perjuicio de cualquier otra documentación de la misma naturaleza, que la Administración, requiera en el cartel. En el caso de las declaraciones, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público, salvo que así razonablemente lo requiera la Administración en el cartel. Estas serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta (…)
“Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los)nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
1.7 Todo Oferente de manera obligatoria, deberá verificar que la propuesta presentada para la partida o partidas ofertadas coincidan tanto en el detalle del “Código del producto del proveedor / Descripción del Bien/Servicio: Nombre del producto del proveedor” indicado en SICOP, con los documentos adicionales aportados como adjuntos o anexos.
Dando especial relevancia a la marca señalado en el tanto constituyen una característica fundamental del objeto, por lo que, ante una inconsistencia en esas descripciones, y sin que se logre determinar con certeza absoluta la Marca intencionados, se tendrá como insubsanable al tenor del Reglamento a la Ley de Contratación Pública (RLCP). Derivando en la inadmisibilidad de la plica de cada partida que así se logre evidenciar la circunstancia descrita.
1.9 Finalmente, debido al principio de igualdad, se apercibe a los oferentes que, de conformidad con lo establecido por la Contraloría General de la República en su resolución R-DCA-471-2007 y reafirmado mediante oficio DJ-1420-2010, la manifestación genérica de sometimiento a la oferta requerida en SICOP, de ninguna manera constituye una declaración concreta, puntual y precisa. Ello ante eventuales contradicciones entre la oferta, y lo establecido por la Administración cartelariamente.
2. Impuestos:
Los oferentes deberán indicar por separado el Impuesto del Valor Agregado, considerando la tarifa reducida (2%) según lo estipula el art. 11.2.d de la Ley 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas".
En caso de no presentarse el desglose, se aplicará lo indicado en el Reglamento a la Ley de Contratación Pública y se presumirá que el monto total cotizado los contempla, incluyendo las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En caso de que el bien ofertado esté exento o tenga una tarifa diferenciada del monto del VA, indicar cuál es la excepción que le aplica. (Ley, Reglamento, Exoneración, otro).
2.1 Los oferentes deben indicar el precio total con los impuestos que afectan los bienes según lo dispuesto en la Ley 9635 de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas y las resoluciones emitidas por el Ministerio de Hacienda
La Universidad de Costa Rica se encuentra exenta de cualquier impuesto de importación, para lo cual el oferente debe presentar el desglose de tributos que le afecten a cada partida. Si el oferente requiere trámite de exoneración de impuestos de importación, deberá indicar en su oferta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración y el plazo que tardará en desalmacenar y entregar la mercadería.
En caso de que algún oferente no indique el monto de los impuestos, se presumen incluidos según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En los casos en que la oferta adjudicada sea libre de impuesto de consumo y/o venta correspondiente a mercancía ya nacionalizada, la exoneración no se gestiona a través de la Unidad de Importaciones. En estos casos, el adjudicatario o contratista tiene que nacionalizar y cancelar los impuestos; entregar los bienes en el lugar convenido y posteriormente gestionará la exoneración de impuestos ante la Oficina que determine la Unidad de contratación.
3. APORTE DE COPIAS DE PATENTE, PAGO IMPUESTOS MUNICIPALES y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO:
En acuerdo al Código Municipal en su Artículo 88, a la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud para establecimientos industriales, comerciales y de servicios para la operación en el territorio nacional, según sea la actividad, el oferente deberá aportar con la oferta:
3.1 Copia de la patente domiciliada al día.
3.2 Copia del comprobante de pago de los impuestos municipales al día o su respectivo arreglo de pago en caso de mora.
3.3 Copia del Permiso de Funcionamiento Sanitario vigente del Ministerio de Salud.
Estas especificaciones se rigen bajo la Ley de Contratación Pública y su Reglamento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Se aplicará una multa según el siguiente detalle: 2% sobre el monto de adjudicación por cada día hábil de atraso, (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. En caso de que el adjudicatario no deposite el monto de la multa, la Universidad queda autorizada para que esta suma sea deducida de las facturas presentadas para su pago o retenciones efectuadas, lo anterior, se hará conforme a las disposiciones que para tal efecto se tienen en la Ley y Reglamento de Contratación Pública.
Documentos del cartel4
- Sondeo de PreciosPDF · 369 KB
- Calculo de Clausula PenalPDF · 399 KB
- EstandarPDF · 215 KB
- Pliego de CondicionesPDF · 307 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Paula Virginia Sibaja Solano
Encargado del concurso · SEDE DEL CARIBE
Marvin de la o Torres
CORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN - SEDE DEL CARIBE
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 02:17. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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