2026LD-000039-0003900001 · SICOP 20260901903
Servicios profesionales de asesoría técnica y operativa especializada al Despacho de la Alcaldía Municipal
Municipalidad de Nicoya
Municipalidad de Nicoya está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡60,0 millones. Se recibieron 6 ofertas de 6 empresas el 09/10/2026. La más baja fue de Adrian Tames Muñoz, ₡850 000 (98,6 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡60,0 millones
Ofertas recibidas
6
de 6 empresas
Oferta más baja
₡850 000
98,6 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó14/09/2026 15:40 · hace 27 días
- Límite para 16/09/2026 23:59 · hace 25 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Cierre de ofertas09/10/2026 15:00 · hace 2 días
- de ofertas09/10/2026 15:00 · hace 2 días
- (plazo máximo)≈ 19/10/2026 · en 8 días
El cartel fue modificado (3 versiones publicadas).
Nota de la institución. DE EXISTIR SOLICITUD DE ACLARACION, LA MISMA SERA TRASLADADA A LA UNIDAD SOLICITANTE PARA QUE PROCEDA CON LO QUE CORRESPONDE
Contexto
- Municipalidad de Nicoya adjudicó ₡2 476,8 millones en 63 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Consultoría Técnica en Gestión de Procesos.1 · ₡1 250 000,001₡1 250 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡51,0 millones – ₡60,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 45 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,45 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio de la oferta 45 % · Experiencia 35 % · Grado académico 10 % · Localidad 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 65 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡456,61 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Precio de la ofertamáx. 45 | Experienciamáx. 35 | Grado académicomáx. 10 | Localidadmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Laura Gabriela Obando Villegas | 33,26 | 35 | 10 | 10 | 88,26 |
| Maria Alejandra Serrano Ramirez | 30,6 | 35 | 10 | 10 | 85,6 |
| Asetmuni Asesoria Tecnica Municipal | 30,6 | 35 | 10 | 10 | 85,6 |
| Adrian Tames Muñoz | 45 | 35 | 0 | 0 | 80 |
| Greggory Karl Gordon Cruickshank | 30,88 | 35 | 10 | 0 | 75,88 |
| Wilberth Danilo Gomez Segura | 30,6 | 35 | 10 | 0 | 75,6 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Podrán participar personas físicas, personas jurídicas y consorcios que cumplan los requisitos legales aplicables y las condiciones establecidas en el pliego de condiciones.
Para efectos de los requisitos de formación académica, habilitación profesional, experiencia, disponibilidad y demás condiciones vinculadas directamente con la ejecución técnica del servicio, se entenderá por persona profesional que ejecutará la asesoría a la persona oferente, cuando esta sea una persona física que ejecute directamente el servicio, o a la persona profesional propuesta, cuando la oferta sea presentada por una persona jurídica o un consorcio.
18.1. Formación académica y habilitación profesional
La persona profesional que ejecutará la asesoría deberá contar con grado mínimo de licenciatura en Administración Pública, Planificación, Administración de Empresas o una disciplina afín directamente relacionada con el objeto contractual.
Para acreditar este requisito deberá aportarse copia del título correspondiente. Cuando se presente una disciplina afín, deberá explicarse y acreditarse su relación con las actividades comprendidas en la contratación.
Asimismo, deberá acreditarse la incorporación al colegio profesional respectivo y presentarse constancia vigente de encontrarse al día con sus obligaciones, cuando estos requisitos correspondan según la profesión ofertada.
18.2. Experiencia profesional mínima
La persona profesional que ejecutará la asesoría deberá acreditar:
a) Un mínimo de diez años de experiencia en asesoría, coordinación, seguimiento o control de procesos institucionales en el sector público.
b) Al menos cinco años de experiencia verificable en gestión municipal, planificación institucional, seguimiento de acuerdos o gestión de proyectos públicos.
Los cinco años de experiencia indicados en el inciso b) podrán estar comprendidos dentro de los diez años señalados en el inciso a), siempre que las labores acreditadas correspondan a ambos requisitos.
El cómputo se realizará con base en los períodos efectivamente acreditados, sin contabilizar más de una vez los períodos simultáneos dentro de un mismo requisito. Los años de experiencia deberán corresponder a la persona profesional que ejecutará la asesoría y no se obtendrán mediante la suma de años de personas distintas. 18.3. Acreditación de la experiencia
Deberá presentarse el currículum vitae actualizado de la persona profesional que ejecutará la asesoría y una tabla de experiencia que incluya: institución, labores realizadas, fechas de inicio y finalización, requisito de experiencia que se acredita y datos de la persona de contacto, indicando nombre, puesto, teléfono y correo electrónico, como la siguiente:
Institución
Criterio de experiencia aplicable
Persona de contacto (nombre, puesto, teléfono, correo)
Fecha de inicio y finalización
Labores realizadas
La información deberá permitir verificar la naturaleza de las labores y su duración, la Administración podrá corroborar los datos aportados y solicitar las aclaraciones o respaldos que correspondan.
18.4. Disponibilidad para la prestación del servicio
Deberá aportarse una declaración jurada no protocolizada en la que se indique la disponibilidad de la persona profesional que ejecutará la asesoría para atender reuniones presenciales y virtuales, giras de trabajo y coordinaciones interdepartamentales, conforme al alcance contratado, al cronograma mensual y a las convocatorias de la Administración del contrato.
18.5. Participación de personas jurídicas y consorcios
Cuando la oferta sea presentada por una persona jurídica o un consorcio, deberá identificarse expresamente a la persona profesional que ejecutará la asesoría y acreditarse en ella el cumplimiento de los requisitos de formación académica, habilitación y experiencia establecidos en este apartado. En las ofertas consorciales, cada integrante deberá acreditar su capacidad legal para participar. El perfil profesional se exigirá a la persona propuesta para ejecutar la asesoría, sin extender esa exigencia a los integrantes cuya participación comprenda otros aportes.
La oferta deberá incluir el acuerdo consorcial, con identificación y calidades de sus integrantes, medios para recibir notificaciones, designación de representantes con facultades suficientes, aportes y obligaciones de cada miembro y porcentaje de participación. Su vigencia deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
Los integrantes responderán solidariamente frente a la Administración por el cumplimiento de las obligaciones. El acuerdo deberá aportarse en SICOP como documento original firmado digitalmente o como copia certificada cuando haya sido suscrito en formato físico.
En caso de participar una persona jurídica, esta deberá identificar desde la oferta a la persona profesional responsable de ejecutar el servicio, quien deberá cumplir individualmente los requisitos académicos y de experiencia establecidos.
Cuando la oferta sea presentada por un consorcio, deberá aportarse el acuerdo consorcial correspondiente e identificarse a sus integrantes, la participación y las obligaciones asumidas por cada uno, así como la persona integrante que actuará como representante del consorcio. También deberá indicarse cuál integrante aportará a la persona profesional responsable de ejecutar el servicio. Los requisitos de formación académica y experiencia deberán ser cumplidos individualmente por dicha persona profesional y no podrán obtenerse mediante la simple suma de las condiciones de los integrantes del consorcio.
La sustitución de la persona profesional que ejecutará la asesoría durante la ejecución contractual requerirá autorización previa de la Administración y únicamente podrá realizarse por otra persona que reúna condiciones iguales o superiores a las acreditadas en la oferta.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
16.1. Alcance general
El servicio comprende la prestación de asesoría técnica y operativa especializada al Despacho de la Alcaldía Municipal de Nicoya, con enfoque en seguimiento estratégico, control de gestión, trazabilidad documental y articulación institucional.
La prestación será integral y mensual, bajo la modalidad contractual según demanda. Las actividades se desarrollarán conforme a las necesidades y prioridades definidas por la Administración del contrato y al cronograma de trabajo mensual aprobado, siempre dentro del objeto y alcance contratado.
16.2. Actividades comprendidas en el servicio
El servicio comprenderá las siguientes actividades:
• Seguimiento sistemático al cumplimiento de disposiciones, recomendaciones y advertencias de la Auditoría Interna, así como de los planes remediales o de acción derivados de sus informes.
• Seguimiento al cumplimiento de disposiciones, recomendaciones y requerimientos emitidos por la Contraloría General de la República u otros órganos de control externo.
• Elaboración y actualización de matrices de seguimiento, semáforos de control, alertas tempranas y reportes ejecutivos dirigidos al Despacho de la Alcaldía.
• Apoyo técnico al Despacho en el seguimiento de los acuerdos del Concejo Municipal que requieran articulación, remisión, monitoreo de cumplimiento o elaboración de informes de estado para la Alcaldía, en coordinación con el personal designado para ese seguimiento y conforme a las prioridades definidas por la Administración del contrato. Acompañamiento a procesos internos prioritarios definidos por la Alcaldía, incluyendo coordinación con direcciones, departamentos, unidades y órganos colegiados para la obtención de insumos y verificación de avances.
• Seguimiento a procesos estratégicos institucionales relacionados con planificación, ejecución del Plan Anual Operativo, programación presupuestaria, control de metas, planes de mejora, gestión por resultados y proyectos prioritarios.
• Apoyo técnico en el seguimiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI), control interno, gestión del riesgo y planes de acción derivados de evaluaciones institucionales.
• Seguimiento a la respuesta institucional de correspondencia, requerimientos y compromisos estratégicos que ingresen al Despacho de la Alcaldía y que sean priorizados por la Administración del contrato.
• Acompañamiento a las sesiones de alta gerencia o reuniones estratégicas cuando así se requiera, con elaboración de ayudas de memoria, minutas ejecutivas y control de acuerdos.
• Articulación y apoyo al Despacho para el seguimiento de temas de interés municipal que demanden coordinación con la Vicealcaldía, direcciones técnicas, Gestión Jurídica, Control Interno, Proveeduría, Planificación, Finanzas u otras dependencias.
• Presentación de informes mensuales ejecutivos que detallen las actividades realizadas, el estado de cumplimiento de los temas en seguimiento, las alertas identificadas, los riesgos y las recomendaciones de gestión.
• Resguardo ordenado de la evidencia documental y de los registros de seguimiento que permitan verificar la ejecución del servicio y el aporte realizado a la gestión del Despacho. Toda esta documentación deberá ser entregada al Despacho de la Alcaldía Municipal para su debido resguardo en el archivo.
16.3. Integración y documentación del servicio mensual
Cada mes de servicio comprenderá la atención de las actividades requeridas dentro del alcance contratado, así como las reuniones, coordinaciones y elaboración o actualización de documentos que correspondan a dichas actividades. Estos componentes estarán incluidos en el precio mensual ofertado y no generarán pagos separados por informe, reunión, matriz u otro producto. El contratista deberá presentar un informe ejecutivo mensual acompañado de los documentos y evidencias que respalden el trabajo realizado. La documentación deberá permitir identificar los asuntos atendidos, las gestiones efectuadas, los avances, los pendientes y las alertas que requieran atención de la Administración.
La asesoría tendrá carácter de apoyo y acompañamiento técnico y operativo. Las decisiones y actuaciones que correspondan a la Alcaldía y a las demás dependencias municipales permanecerán bajo la responsabilidad de sus respectivos titulares, sin que el contratista sustituya sus competencias ni las funciones indelegables del jerarca.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
17.1. Coordinación y lugar de prestación
El servicio se desarrollará en coordinación con la Administración del contrato y con el personal del Despacho designado para la atención de los asuntos comprendidos en la contratación, respetando las responsabilidades asignadas a cada persona y dependencia.
La ejecución podrá combinar trabajo presencial en la Municipalidad de Nicoya, reuniones virtuales, atención remota y giras o sesiones de coordinación cuando resulte necesario para atender el alcance contratado. Las convocatorias y coordinaciones se realizarán mediante los canales institucionales definidos por la Administración del contrato.
Las actividades se organizarán conforme al cronograma mensual aprobado y a las prioridades institucionales. Los ajustes deberán mantenerse dentro del objeto, alcance y condiciones de la contratación.
17.2. Autonomía técnica y responsabilidades
El contratista ejecutará el servicio con autonomía técnica y bajo su responsabilidad profesional, atendiendo las obligaciones, los plazos y los parámetros de calidad establecidos en la contratación. La coordinación con la Administración tendrá por finalidad definir prioridades, facilitar información y verificar el cumplimiento del servicio. Las decisiones institucionales, la emisión de actos administrativos y el ejercicio de las competencias propias de las dependencias municipales corresponderán a sus respectivos titulares.
17.3. Recursos y herramientas de trabajo
El contratista deberá disponer del equipo de cómputo, conectividad y herramientas necesarios para la ejecución de las actividades a su cargo, cuyos costos estarán comprendidos en el precio mensual ofertado.
La Administración coordinará el suministro oportuno de los insumos institucionales necesarios y los accesos autorizados para la prestación del servicio. El uso de espacios municipales para reuniones o actividades presenciales se coordinará previamente, según las necesidades del servicio y la disponibilidad institucional.
17.4. Manejo y resguardo de la información
El contratista utilizará la información institucional facilitada únicamente para los fines de la contratación y deberá mantenerla organizada y protegida frente a pérdida, alteración o acceso no autorizado.
Deberá guardar reserva respecto de los datos personales y de la información que tenga carácter confidencial o acceso restringido conforme al ordenamiento jurídico. Esta obligación se mantendrá después de concluida la relación contractual.
17.5. Documentación y entrega de archivos
Los informes, matrices, minutas, registros de seguimiento y demás documentos elaborados específicamente durante la ejecución del servicio deberán entregarse a la Municipalidad, debidamente organizados e identificados, para su uso, consulta, actualización y conservación institucional. Los documentos se presentarán en formato digital. Los informes deberán entregarse en PDF y en su versión editable; las matrices y demás herramientas de seguimiento, en formatos que permitan su actualización por la Administración.
Al finalizar la contratación, el contratista deberá entregar la documentación pendiente y los registros actualizados de los asuntos en seguimiento, con identificación de los avances, pendientes y plazos relevantes para su continuidad.
17.6. Personal profesional y sustituciones
El servicio deberá ser ejecutado por la persona profesional acreditada en la oferta y aceptada por la Administración, sea esta la propia persona oferente o la persona profesional propuesta, según corresponda, conforme a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.
Cuando una persona jurídica o un consorcio requiera sustituir al personal profesional propuesto, deberá presentar una solicitud justificada y obtener autorización previa y escrita de la Administración competente. La persona sustituta deberá cumplir los requisitos exigidos y mantener o superar las condiciones de formación y experiencia consideradas para la adjudicación.
En caso de sustitución, el contratista deberá asegurar la continuidad del servicio y la entrega ordenada de la información entre la persona profesional saliente y la persona sustituta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. De conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 de su Reglamento, la Administración aplicará multas por los incumplimientos imputables al contratista que se detallan a continuación: Incumplimiento Multa aplicable Persistencia de omisiones de información obligatoria en el informe mensual que impidan verificar las actividades ejecutadas, los productos entregados o las evidencias correspondientes, una vez vencido el plazo de corrección comunicado conforme al punto 23. 1% del precio mensual del servicio correspondiente al período afectado. Persistencia de datos incorrectos sobre responsables, plazos o estados de cumplimiento en las matrices de seguimiento exigidas, cuando contradigan los antecedentes institucionales oportunamente facilitados al contratista, una vez vencido el plazo de corrección comunicado conforme al punto 23. 2% del precio mensual del servicio correspondiente al período afectado. Ejecución del servicio por una persona profesional distinta de la propuesta y aceptada por la Administración, sin contar con la autorización previa requerida conforme a las condiciones contractuales. 5% del precio mensual del servicio correspondiente al período afectado. Para los dos primeros supuestos, la Administración deberá identificar y comunicar por escrito los defectos, indicar las correcciones requeridas y verificar su persistencia después del vencimiento del plazo otorgado, conforme al procedimiento de control de calidad establecido en el punto 23.3 y 23.4. La base de cálculo será el precio mensual del servicio integral correspondiente al período afectado, considerando las revisiones de precios debidamente aprobadas. Cuando una orden de pedido comprenda varios meses, la multa se calculará sobre el precio del mes en que se haya configurado el incumplimiento. Cada tipo de incumplimiento se contabilizará una sola vez por período mensual, aunque se identifiquen varias manifestaciones del mismo tipo de defecto. Los porcentajes no se acumularán por día. Podrán sumarse las multas por incumplimientos distintos e independientes, sin que un mismo hecho genere una doble penalización mediante multas o cláusulas penales. La persona administradora del contrato documentará los hechos, las pruebas y el cálculo de la multa. Antes de su imposición, se dará al contratista oportunidad de referirse a los hechos. El órgano competente resolverá mediante acto motivado, que se notificará por SICOP con indicación de los recursos y plazos aplicables. El cobro se realizará con cargo a las retenciones previamente practicadas o a los saldos pendientes de pago. El cobro acumulado por multas y cláusulas penales no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones. Ante un incumplimiento total, cesará la generación de multas posteriores y se procederá conforme al régimen de resolución contractual. La aplicación de una multa no eximirá al contratista de corregir los defectos ni implicará la recepción satisfactoria del servicio.
Cláusula penal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, la Administración podrá aplicar la cláusula penal por la ejecución tardía o incumplimiento temporal de las obligaciones contractuales, en los términos que se definan en el pliego de condiciones, sin perjuicio de la aplicación de multas por ejecución defectuosa cuando corresponda. El monto total por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, límite a partir del cual la Administración podrá valorar la resolución contractual. Con el fin de garantizar el eventual cobro de multas o cláusulas penales, la Administración podrá aplicar retenciones entre un uno por ciento (1%) y un cinco por ciento (5%) sobre los pagos que se tramiten al contratista, conforme a lo establecido en el pliego de condiciones. La aplicación de sanciones no exime al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Todo lo relativo al procedimiento de imposición, cálculo y cobro de multas y cláusulas penales se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Documentos del cartel3
- Disponibilidad presupuestariaPDF · 31 KB
- documentos aportarPDF · 174 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 2,2 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Carlos Armando Martínez Arias
Alcaldía Municipal
Ana Lorena Solis Briones
Alcaldía Municipal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 11:08. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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