2026XE-000859-0000400001 · SICOP 20260902362
ST- CD ESCASA CUANTIA ADQUISICIÓN DE BATERÍAS TIPO AUTOMOTRIZ DE VARIAS CAPACIDADES PARA ARRANQUE DE PLANTAS DE EMERGENCIA EN TODO EL PAÍS (SEGÚN DEMANDA)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad busca st- cd escasa cuantia adquisición de baterías tipo automotriz de varias capacidades para arranque de plantas de emergencia en todo el país (según demanda) con un presupuesto de ₡28,5 millones. Recibe ofertas hasta el 20/10/2026 (en 7 días).
₡28,5 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 20/10/2026 23:59
Lotes y líneas
5 líneas
Fechas clave
- Se publicó13/10/2026 08:39 · hoy
- Límite para 14/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas20/10/2026 23:59 · en 7 días
- de ofertas21/10/2026 07:00 · en 8 días
- (plazo máximo)≈ 04/11/2026 · en 22 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,2 oferentes.32 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡443 353,5 millones en 981 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡24,2 millones – ₡28,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra5 líneas
- Bateria Tipo N70, Amperaje 70 A, Voltaje 12 V, 11 Placas, Medidas 300 Mm Largo X 170 Mm Ancho X 220 Mm Alto1 c/u · ₡75 478,291 c/u₡75 478,29
- Acumulador de Plomo (bateria) Sellada N100Z, Voltaje 12 V, Amperaje 110 A, Dimensiones 408 Mm Largo X 174 Mm Ancho X 233 Mm Alto1 c/u · ₡96 394,821 c/u₡96 394,82
- Batería Bci, 31 P, 12 V, 51 Kg, de 330 Mm de Largo X 171 Mm de Ancho X 241 Mm de Alto para Vehículo.1 c/u · ₡82 350,181 c/u₡82 350,18
- Bateria Tipo N150, Voltaje de 12 V, Amperaje de 140 Ah, Arranque en Frio de 950 A, Capacidad de Reserva de 270 Min, Dimensiones Ancho Minimo de 200 Mm a 240 Mm, Alto Minimo de 210 Mm a 265 Mm, Largo Minimo de 445 Mm a 530 Mm1 c/u · ₡150 235,531 c/u₡150 235,53
- Bateria Tipo N200, Voltaje de 12 V, Amperaje de 200 Ah, Arranque en Frio de 1100 A, Capacidad de Reserva de 335 Min, Dimensiones Ancho Minimo de 220 Mm a 285 Mm, Alto Minimo de 220 Mm a 290 Mm, Largo Minimo de 445 Mm a 530 Mm1 c/u · ₡162 842,871 c/u₡162 842,87
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 2 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
OBLIGACIONES DEL OFERENTE
1.1 Requisitos de la Oferta
1.1.1 El oferente debe especificar claramente en su oferta que el ICE queda libre de toda responsabilidad civil directa, indirecta o laboral como consecuencia de esta contratación.
1.1.2 El oferente deberá cotizar la partida completa, no se aceptarán ofertas parciales, por cuanto la adjudicación será por la partida completa.
1.1.3 El oferente deberá Indicar precios unitarios y totales, firmes y definitivos.
1.1.4 La oferta deberá indicar por separado los impuestos que la afecten, de no hacerlo se le aplicará el artículo 26 del Reglamento al Título II de la Ley 8660 Fortalecimiento y Modernización de las entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.
1.1.5 De conformidad con lo establecido en el Decreto No. 41795-MP-MEIC el oferente deberá presentar con su oferta declaración jurada donde se demuestre estar al día con los impuestos nacionales.
1.1.6 El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta. (ver apartado Condiciones Generales).
1.1.7 El oferente deberá indicar en su oferta el número de cuenta bancaria que se utilizará para pagos mediante transferencia.
1.1.8 El oferente deberá indicar el nombre e información de contacto, de la persona con quien el Administrador de Contrato realizará las gestiones del eventual contrato.
1.1.9 El oferente debe anexar la documentación que estime pertinente para verificar el cumplimiento del aspecto evaluado. La omisión de dicha documentación será de entera responsabilidad de quien someta la oferta y el ICE no asume en tal caso ninguna responsabilidad.
1.1.10 EL OFERENTE DEBE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA DE QUE CUENTA CON: con la infraestructura, personal, equipo, herramientas y garantizar la disponibilidad inmediata y en horario de tiempo completo para la atención de los requerimientos del ICE.
1.2. Documentación Técnica Obligatoria
1.2.1 El oferente debe anexar la documentación que estime pertinente para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La omisión de dicha documentación será de entera responsabilidad de quien someta la oferta y el ICE no asume en tal caso ninguna responsabilidad.
1.2.2 Respuesta punto por punto a las especificaciones técnicas.
1.2.3 El oferente deberá presentar, como parte de su oferta:
* Ficha técnica del fabricante.
* Declaración de cumplimiento con estándar BCI o equivalente.
* Indicación clara del grupo BCI, CCA, CR, dimensiones y disposición de terminales.
* El oferente debe garantizar que los bienes a suministrar son nuevos.
1.2.4 El oferente deberá brindar una descripción de las características de las baterías, tanto físicas como eléctricas, su caracterización según lo definido por el Grupo BCI y cualquier otro aspecto que considere relevante en la presentación de su oferta.
1.2.5 El oferente deberá utilizar dibujos, fotografías o cualquier otro medio que permita detallar las características constructivas de las celdas. Para cada aspecto deberá indicar su ubicación en oferta, fotos o folletos.
1.2.6 El oferente debe indicar la cantidad de placas y el peso del artículo ofrecido.
1.2.7 El oferente mediante declaración jurada debe indicar la garantía de los bienes ofertados, dichos plazos no podrán ser inferiores a los solicitados en el punto 9 Garantía Técnica del apartado Condiciones Generales de este cartel. Dicha garantía también aplicará para todos los bienes reemplazados
1.3. Declaraciones Juradas Requeridas
1.3.1 El oferente debe presentar las declaraciones juradas, se adjunta información en el PDF llamado “Declaraciones Juradas” (Ver anexo 5).
1.3.2. El oferente deberá hacer constar mediante declaración jurada que no ha tenido problemas de incumplimiento en contratos con la Institución. A tal fin, el I.C.E. se reserva el derecho de verificar dicha información.
1.4 Adicionalmente deberá presentar:
Declaración jurada relacionada con restricciones gubernamentales de exportación o transferencia de tecnología y componentes.
Declaración jurada de cumplimiento del artículo 29 de la LGCP (cuando aplique), para empresas que cotizan en mercado de valores. Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023.
Declaración jurada de haber leído el Anexo 6: Política Corporativa Prevención Corrupción y Gestión Conflicto Intereses.
Declaración que se somete al cumplimiento de las leyes aplicables en materia de prevención de la corrupción y las condiciones de idoneidad, ética, jurídica y de calidad indicadas en la Política de prevención de la corrupción y conflictos de intereses del ICE.
El oferente deberá aportar junto con su oferta una declaración jurada en la que se indique:
1. Que conocen las prohibiciones existentes tanto en el Sector Público como Privado de pagar, prometer o autorizar el pago directo o indirecto de dinero o cualquier otro elemento de valor a cualquier servidor público o funcionario de gobierno, partido político, candidato, o cualquier otra persona actuando en nombre de la entidad pública, cuando dicho pago comporta la intención de obtener, retener o direccionar negocios para obtener una ventaja.
2. Con la presentación de su oferta comprende que el incumplimiento de las cláusulas antes indicadas dará por finalizado el contrato.
El oferente deberá acreditar, mediante declaraciones juradas y documentación de respaldo cuando corresponda, el cumplimiento de criterios ambientales, sociales y de seguridad aplicables al suministro de baterías. En particular, deberá demostrar que los materiales de embalaje son fácilmente separables y reciclables, que cuenta con un programa de gestión de residuos asociado a los materiales de empaque y que garantiza su adecuada gestión mediante gestores autorizados. Asimismo, deberá comprometerse a utilizar tarimas provenientes de plantaciones forestales certificadas, presentar evidencia de inscripción de los residuos peligrosos ante los sistemas oficiales correspondientes (SIGREP o SINIGIR), y aportar la documentación relacionada con la gestión, transporte y disposición de residuos peligrosos.
Adicionalmente, deberá presentar evidencia de que dispone de planes de Salud Ocupacional y de Atención de Emergencias para las actividades relacionadas con el transporte y manejo de residuos peligrosos, así como los registros, contratos, licencias y certificaciones exigidos por la normativa nacional vigente para gestores y transportistas autorizados.
En materia social, el oferente deberá declarar bajo juramento el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, la inexistencia de trabajo infantil, el cumplimiento de la normativa relativa a la contratación de personas adolescentes, el pago de salarios conforme a la legislación vigente, la vigencia de la póliza de riesgos del trabajo, el cumplimiento de la normativa sobre hostigamiento sexual y la promoción de la igualdad y equidad de género. Asimismo, deberá aceptar expresamente el cumplimiento de las normas institucionales de seguridad e higiene ocupacional aplicables.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Objeto de la contratación
La presente contratación tiene por objeto el suministro de baterías de arranque de plomo-ácido de 12 voltios, destinadas para el arranque de grupos electrógenos (plantas eléctricas) como fuente de energía de respaldo en caso de una anormalidad en el suministro de energía eléctrica en las instalaciones de la red de telecomunicaciones del ICE y deberán cumplir con las siguientes características nominales:
2. Normativa y referencia técnica
Las baterías ofertadas deberán cumplir, como mínimo, con las especificaciones dimensionales, de capacidad eléctrica y de arreglo establecidas por el Battery Council International (BCI), según el Battery Replacement Data Book, o norma técnica equivalente debidamente acreditada.
3. Requisitos técnicos generales
Las baterías deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:
• Tensión nominal: 12 V.
• Tipo: Batería de arranque.
• Tecnología: Plomo-ácido (convencional).
• Capacidad de arranque en frío (CCA) y capacidad de reserva (CR) conforme a lo indicado para cada línea.
• Configuración física, dimensiones y arreglo de bornes de acuerdo con el grupo BCI correspondiente.
• Tipo de terminal: BCI Tipo A.
• Categoría SICOP: 26111703
• Producto nuevo, sin uso, de fabricación reciente.
• Las dimensiones de las baterías mostradas se consideran como las máximas que pueden tener los bienes ofrecidos.
• La capacidad de Arranque en Frío (CCA) se define la corriente que una batería nueva, totalmente cargada, a -18°C puede entregar continuamente durante 30 segundos y mantener el voltaje terminal igual o mayor a 1,20 Voltios por celda. En este proceso de contratación se establece un ámbito de +20% y -10% del valor indicado en el punto 4 de este apartado denomindado: Especificaciones por línea.
• La Capacidad de Reserva (CR) se define como el tiempo en minutos en el cual una batería nueva totalmente cargado a 27°C puede ser descargada continuamente a 25 Amperios y mantener un voltaje terminal igual o mayor a 1,75 voltios por celda. En este proceso de contratación se establece un ámbito de +20% y -10% del valor indicado en el punto 4 de este apartado denominado: Especificaciones por línea.
• Contenedor y Tapa
El contenedor y la tapa del mismo deberán ser de Polipropileno. La unión entre la tapa y el contenedor deberá ser capaz de resistir la presión generada en el interior de las celdas bajo condiciones normales de operación. El sello entre los terminales de celdas y la tapa del contenedor deberá ser tal que garanticen la hermeticidad de la celda a lo largo de su vida de servicio. El contenedor deberá estar diseñado de tal manera que permita controlar el crecimiento normal de las placas sin dañar las placas, la tapa, el sello entre la tapa y contenedor y el sello entre la tapa y los terminales de la celda.
El contenedor y la tapa deberán contar como parte integral de su estructura con los elementos de sujeción para la carga o movilidad del mono bloque.
El contenedor deberá venir grabado o troquelado (este grabado o troquel no deberá afectar la resistencia del recipiente) en un costado o parte superior, nunca en la parte inferior, con la indicación:
PROPIEDAD ICE
ICE – Contratación 2026CD-0000XXX-0000400001
Entrega No. XX del 202X
• Tipo de baterías, placas y electrolito
Las baterías requeridas son del tipo “Selladas Libres de Mantenimiento” (SMF – Sealed Maintenance Free Battery), es decir, que son baterías inundadas que tienen un mecanismo para condensar el agua y retornarla a la batería. Las placas positivas como las negativas deberán ser del tipo plano empastado. La materia activa deberá estar hecha de una pasta de óxido de plomo, agua, ácido sulfúrico y otros materiales que deban ser utilizados para obtener el mejor desempeño y estabilidad requerido a lo larga de la vida de servicio de las celdas. Las aleaciones utilizadas en las placas deberán ser del tipo plomo-calcio-estaño para la placa positiva y plomo-calcio para la placa negativa.
El electrolito deberá ser ácido sulfúrico diluido en agua, preferiblemente con una gravedad especifica de 1,300 a 25°C.
4. Especificaciones por línea
Línea 1
• Grupo BCI: 27
• Dimensiones máximas: 306 mm (L) × 173 mm (A) × 225 mm (H)
• Capacidad de arranque en frío (CCA): 700 A
• Capacidad de reserva (CR): 120 minutos
• Arreglo BCI: Figura 10
• Tipo de terminal: BCI Tipo A
• Referencia dimensional y funcional: JIS N70
• Código de referencia institucional: SAP 92097869
Línea 2
• Grupo BCI: 29H
• Dimensiones máximas: 334 mm (L) × 171 mm (A) × 232 mm (H)
• Capacidad de arranque en frío (CCA): 600 A
• Capacidad de reserva (CR): 145 minutos
• Arreglo BCI: Figura 18
• Tipo de terminal: BCI Tipo A
• Referencia dimensional y funcional: JIS N100
• Código de referencia institucional: SAP 92024455
Línea 3
• Grupo BCI: 31
• Dimensiones máximas: 330 mm (L) × 173 mm (A) × 240 mm (H)
• Capacidad de arranque en frío (CCA): 750 A
• Capacidad de reserva (CR): 150 minutos
• Arreglo BCI: Figura 18
• Tipo de terminal: BCI Tipo A
• Referencia dimensional y funcional: BCI 31
• Código de referencia institucional: SAP 92215161
Línea 4
• Grupo BCI: 4D
• Dimensiones máximas: 527 mm (L) × 222 mm (A) × 250 mm (H)
• Capacidad de arranque en frío (CCA): 950 A
• Capacidad de reserva (CR): 250 minutos
• Arreglo BCI: Figura 8
• Tipo de terminal: BCI Tipo A
• Referencia dimensional y funcional: JIS N150
• Código de referencia institucional: SAP 92255094
Línea 5
• Grupo BCI: 8D
• Dimensiones máximas: 527 mm (L) × 283 mm (A) × 250 mm (H)
• Capacidad de arranque en frío (CCA): 1125 A
• Capacidad de reserva (CR): 350 minutos
• Arreglo BCI: Figura 8
• Tipo de terminal: BCI Tipo A
• Referencia dimensional y funcional: JIS N200
• Código de referencia institucional: SAP 92255092
5. Equivalencias técnicas
Se permitirá la oferta de baterías equivalentes, siempre que cumplan como mínimo con:
• Igual o mayor capacidad de arranque en frío (CCA).
• Igual o mayor capacidad de reserva (CR).
• Mismo grupo BCI o uno compatible que no afecte la instalación, fijación ni conexión eléctrica.
• Mismo tipo de terminal y arreglo de bornes BCI.
• Dimensiones que aseguren su correcta instalación sin modificaciones al equipo. Se admite un +/- 5mm.
La equivalencia deberá ser debidamente respaldada mediante fichas técnicas oficiales del fabricante.
6. Documentación técnica
El oferente deberá presentar, como parte de su oferta:
• Ficha técnica del fabricante.
• Declaración de cumplimiento con estándar BCI o equivalente.
• Indicación clara del grupo BCI, CCA, CR, dimensiones y disposición de terminales.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la dependencia se compromete a dotar el debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera el financiamiento es ICE y OPEX:
Año Monto Presupuesto
2026 15 497 436,06 CRC
2027 8 558 016,30 CRC
2028 4 444 547,64 CRC
Total 28 500 000,00 CRC
1. PROCESO DE FACTURACIÓN.
1.1. Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “Información de referencia” creado exclusivamente para ingresar el número interno. Ejemplo: MM-45000xxxx (sin espacios)
a. Para obtener este número interno (MM-45000xxxx), el proveedor deberá obligatoriamente aceptar el pedido notificado en SICOP.
b. Las opciones para obtener este número interno (MM-45000xxxx) e indicarlo en la factura, el proveedor tendrá estas opciones:
c. Solicitar el número interno al elaborador del pedido, PREVIO a la entrega del bien.
d. Realizar la entrega con una guía de despacho o boleta en las instalaciones indicadas por el gestor y una vez incorporado el material se le notificará automáticamente al correo registrado el número interno y POSTERIOR podrá presentar la factura ya con el número.
e. Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
2.1. El Contratista deberá cumplir con la descripción de las características de las baterías, tanto físicas como eléctricas, su caracterización según lo definido por el Grupo BCI y cualquier otro aspecto que se consideró relevante en la presentación de su oferta.
2.2. El Contratista deberá cumplir con las condiciones que se detallan en el punto 7 Criterios de Sostenibilidad, ambiental y social del apartado de Condiciones Generales.
2.3. El contratista deberá comunicar de inmediato al ICE, si por alguna situación es incluido en una lista de restricción gubernamental a nivel internacional durante la vigencia del contrato, indicando si repercute o no en el cumplimiento del contrato de manera que el ICE pueda valorar el continuar o no con la ejecución.
2.4. El contratista que durante el curso de ejecución del contrato es incluido en una lista de restricción gubernamental a nivel internacional, deberá comunicar de inmediato al ICE, si por alguna situación es incluido en una lista de restricción durante la vigencia del contrato indicando si repercute o no en el cumplimiento del contrato, de manera que el ICE pueda valorar el continuar o no con la ejecución.
2.5. El Contratista debe reemplazar los bienes dañados, por su cuenta y riesgo, incluyendo transporte y cualquier otro gasto adicional, en un tiempo no mayor a 10 días hábiles a partir de la notificación por parte del administrador del contrato. Caso contario se aplicarán las multas correspondientes.
2.6. El contratista asumirá todas las obligaciones, tales como: Cuotas del Seguro Social, Riesgos del Seguro Social, Riesgos Profesionales y Relaciones Obrero-Patronales.
2.7. Durante la ejecución del contrato, el contratista será responsable del manejo integral de los residuos asociados al suministro de las baterías, incluyendo los materiales de embalaje, así como de su recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento y disposición final mediante gestores autorizados, de conformidad con la normativa ambiental vigente.
2.8. El Contratista, deberá garantizar que el transporte de baterías o residuos peligrosos se realice utilizando vehículos, personal y rotulación conforme a la legislación nacional y a las regulaciones aplicables para mercancías peligrosas. Será responsable administrativa, civil y penalmente por cualquier contingencia, derrame o afectación ambiental derivada de las labores de carga, transporte o descarga.
2.9. Cuando corresponda la aplicación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor, el contratista deberá asumir la recepción y disposición final de las baterías una vez concluida su vida útil, aportando los certificados de tratamiento o disposición final, los cuales deberán indicar las cantidades gestionadas y el método utilizado. Asimismo, deberá presentar dichos certificados dentro de los plazos establecidos por la Administración y mantener vigentes durante toda la ejecución contractual los permisos, registros, licencias y contratos requeridos para la gestión y transporte de residuos peligrosos.
2.10. Finalmente, el contratista deberá mantener durante toda la vigencia del contrato el cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social, salud ocupacional, igualdad de género y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables a su actividad y a la de sus eventuales subcontratistas.
3. CLAUSULA DE DESEMPATE:
3.1. En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los oferentes, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada por la Dirección de Proveeduría oportunamente.
3.2. Para definir el desempate se utilizará la moneda.
3.3. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales), el cual se incluirá en el Sistema Unificado
4. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE CALIDAD
4.1. El ICE llevará a cabo la aceptación o rechazo de los equipos recibidos, con base en el fiel cumplimiento de las especificaciones técnicas correspondientes. Los bienes deberán de ser nuevos, originales y contar con respaldo de fabricante, que permitan garantizar la operatividad durante los próximos años. Se aplicará una inspección física de las unidades en sitio para la comprobación del estado general de los bienes (integridad, cortes, golpes, y deformaciones).
4.2. El ICE llevará a cabo un proceso de instalación de las baterías y comprobará su operación en función de las especificaciones técnicas.
4.3. El control de la calidad de los bienes contratados se realizará mediante la supervisión directa por parte del Administrador del Contrato o la persona que éste último designe durante la entrega y verificación de las especificaciones.
4.4. El ICE contará con 5 días hábiles a partir de la recepción en sus bodegas, ubicadas en el Plantel ICE en Paso Ancho, Central del Sur, para ejecutar la verificación del estado físico de las baterías. La revisión será realizada por personal del ICE con el soporte del contratista, en caso de ser necesario. Constará de lo siguiente:
a. Embalaje.
b. Determinación de que las cantidades solicitadas correspondan con las cantidades contratadas.
c. Comprobación de etiquetado.
d. Estado general del material recibido (golpes, ralladuras, quebraduras, deformaciones).
e. Garantías sobre los materiales
f. Documentación técnica.
g. Reporte de Prueba. (Aleatoria al 5% de la cantidad pedida)
h. Cláusula Ambiental
5. RECEPCIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL BIEN:
5.1. Recepción Provisional
5.1.1. Acta de recepción provisional se emitirá dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la entrega de los bienes, realizadas las verificaciones del estado general de los bienes y solicitada esta recepción por el Contratista en el sistema SICOP.
5.2. Recepción Definitiva
5.2.1. Acta de recepción definitiva se emitirá dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción provisional y solicitada esta recepción por el Contratista en el sistema SICOP.
6. CLÁUSULAS BANDAS DE TOLERANCIA
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
Tabla N° 1 Umbrales según Bandas de Tolerancia
|
4. Cálculo de Bandas de Tolerancia |
||||||||||||
|
Objeto |
Metodología: % razonabilidad ( ) Combinado (X) |
Cantidad Estimada |
Monto estimado/consumo anual CRC |
|
||||||||
|
Moneda (CRC) |
|
|||||||||||
|
Devest.P |
Mínimo |
Máximo |
|
|||||||||
|
Línea 1 (Batería de 12 V, Arranque en Frio 700 A, Capacidad de Reserva 120 min, Arreglo BCI Figura 10, Tipo de Terminal BCI A (JIS N70)) |
21 835,27 |
53 643,02 |
97 313,55 |
135 |
10 189 568,92 |
|
||||||
|
Línea 2 (Batería de 12 V, Arranque en Frio 600 A, Capacidad de Reserva 145 min, Arreglo BCI Figura 18, Tipo de Terminal BCI A (JIS N100)) |
19 093,17 |
77 301,66 |
115 487,99 |
25 |
2 409 870,64 |
|
||||||
|
Línea 3 (Batería de 12 V, Arranque en Frio 750 A, Capacidad de Reserva 150 min, Arreglo BCI Figura 18, Tipo de Terminal BCI A (BCI 31)) |
18 723,47 |
63 626,71 |
101 073,65 |
15 |
1 235 252,69 |
|
||||||
|
Línea 4(Batería de 12 V, Arranque en Frio 950 A, Capacidad de Reserva 250 min, Arreglo BCI Figura 8, Tipo de Terminal BCI A (JIS N150)) |
48 395,81 |
101 839,72 |
198 631,35 |
38 |
5 708 950,25 |
|
||||||
|
Línea 5(Batería de 12 V, Arranque en Frio 1125 A, Capacidad de Reserva 350 min, Arreglo BCI Figura 8, Tipo de Terminal BCI A (JIS N200)) |
37 497,50 |
125 345,37 |
200 340,37 |
55 |
8 956 357,74 |
|
||||||
|
Total CRC |
28 500 000,25 |
|
||||||||||
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
• Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
• Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
• Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 22 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
7. CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y SOCIAL
7.1 Ambientales
7.1.1 El Oferente para efectos del embalaje del producto debe garantizar que los mismos son fácilmente separables. Es responsabilidad del oferente realizar el manejo responsable conforme lo establecido en la legislación nacional vigente y de mediante lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos de la empresa.
7.1.2 Si se utiliza el entarimado para el transporte del producto, la madera de la tarima debe provenir de plantaciones forestales. Por lo cual, el oferente debe presentar declaración jurada manifestado conformidad con está cláusula y una vez adjudicada la oferta debe presentar un certificado de plantación forestal de las tarimas.
7.1.3 El Oferente debe garantizar, que el vehículo utilizado para transportar el bien desde cualquiera de los puertos o lugares de almacenamiento hasta las instalaciones ICE, cumple con Decreto Ejecutivo N.º 24715-MOPT-MEIC-S Reglamento para el Transporte Terrestre de Productos Peligrosos, Decreto Ejecutivo N.º 27008-MEIC-MOPT Transporte Terrestre de Productos Peligrosos, Decreto Ejecutivo N.º 35505-MOPT-S-MEIC-MINAET y N.º 35861-MOPT-S-MEIC-MINAET, Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas - Naciones Unidas, Guía de Respuesta en Caso de Emergencia vigente, Guía para trámite y llenado de fichas de emergencia, Lista de mercancías peligrosas de las Naciones Unidas.
7.1.4 El oferente debe asumir la responsabilidad administrativa, civil y penal por los residuos generados en caso de contingencia, por derrame o esparcimiento de residuos o desechos peligrosos en las actividades de carga, transporte, y descarga del bien, lo anterior según el Decreto N° 41527 sobre “Reglamento general para la clasificación y manejo de residuos peligrosos, Articulo N° 8. De las obligaciones del transportista.
7.1.5 La empresa que gestione los residuos deberá tener inscrito los residuos peligrosos a tratar ante el SIGREP (MINAE) o SINIGIR (Ministerio de Salud), según el programa habilitado para tal fin. En cumplimiento con lo establecido en el Decreto No. 27001 MINAE.
7.1.6 El Oferente es responsable de la gestión de los residuos de embalaje (caja, recipiente, envoltura, tarimas, entre otros) de los productos adquiridos (incluyendo el transporte, almacenamiento y disposición final), mediante un Gestor autorizado. Además debe entregar el Programa de Gestión de Residuos donde se incluye las actividades de manejo del embalaje del producto adquirido.
7.1.7 El transportista de los residuos peligrosos debe contar e implementar un Plan de Salud Ocupacional conforme a lo indicado por el Ministerio de Trabajo y el Plan de Atención de Emergencias, conforme a lo establecido por la Comisión Nacional de Emergencias en el Decreto N.º 39502-MP del 10 de noviembre del 2015 "Normas de Planes de Preparativos y Respuesta ante Emergencias para Centros Laborales o de Ocupación Pública", acorde a la cantidad y peligrosidad de residuos que transporte, lo anterior según el Decreto N° 41527 sobre “Reglamento general para la clasificación y manejo de residuos peligrosos, Articulo N° 8. De las obligaciones del transportista…”, por lo tanto, el oferente debe presentar constancia de ello. La empresa que gestione los residuos, deberá tener inscrito los residuos peligrosos a tratar ante el SIGREP (MINAE) o SINIGIR (Ministerio de Salud), según el programa habilitado para tal fin. En cumplimiento con lo establecido en el Decreto No. 27001 MINAE.
7.1.8 Garantía Extendida del productor: El Administrador del contrato deberá evaluar la forma de aplicación de está cláusula bajo las siguientes alternativas:
a) Que el oferente asuma la responsabilidad y disposición final de los equipos (Baterías para respaldo) al final de su vida útil, aplicando el Principio de la Responsabilidad Extendida del Productor, de conformidad con la Ley Integral de Residuos No. 8839 y sus Reglamentos. así como lo establecido en el Decreto N0. 38272-S, vigente.
b) El ICE podrá reservarse la no aplicación del Principio de la Responsabilidad Extendida del Productor, es decir, asume la disposición final de aquellos residuos que representan un valor económico para el ICE de acuerdo al valor de mercado actual, considerando las modalidades jurídicas contractuales vigentes, remates , donaciones , ventas directas entre otros.
7.1.9 Los empaques individuales del embalaje del producto deberán ser de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable. Bajo ninguna circunstancia se acepta estereofón (Poliestireno).
7.1.10 El Oferente en un plazo no mayor a 90 días naturales, posterior a la entrega de los residuos por parte del ICE, deberá entregar un Certificado de disposición final, indicando la cantidad tratada y el método de tratamiento.
7.2 Sociales
7.2.1 El oferente debe cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social de Costa Rica, así como asegurar el cumplimiento por parte de las empresas subcontratadas.
7.2.2 El oferente debe declarar bajo juramento que está libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
7.2.3 El oferente cuenta con una Póliza de Riesgo Laboral al día y ésta incluye a todos sus empleados.
7.2.4 El oferente debe cumplir con los salarios mínimos vigentes , establecidos por el Ministerio de Trabajo.
7.2.5 El Oferente deberá demostrar la promoción de la equidad de género.
7.2.6 El oferente debe acatar lo dispuesto en la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y demás Leyes Conexas.
7.2.7 El oferente deberá acreditar, mediante declaraciones juradas y documentación de respaldo cuando corresponda, el cumplimiento de criterios ambientales, sociales y de seguridad aplicables al suministro de baterías. En particular, deberá demostrar que los materiales de embalaje son fácilmente separables y reciclables, que cuenta con un programa de gestión de residuos asociado a los materiales de empaque y que garantiza su adecuada gestión mediante gestores autorizados. Asimismo, deberá comprometerse a utilizar tarimas provenientes de plantaciones forestales certificadas, presentar evidencia de inscripción de los residuos peligrosos ante los sistemas oficiales correspondientes (SIGREP o SINIGIR), y aportar la documentación relacionada con la gestión, transporte y disposición de residuos peligrosos.
7.2.8. El Oferente deberá presentar evidencia de que dispone de planes de Salud Ocupacional y de Atención de Emergencias para las actividades relacionadas con el transporte y manejo de residuos peligrosos, así como los registros, contratos, licencias y certificaciones exigidos por la normativa nacional vigente para gestores y transportistas autorizados
8. ESTRUCTURA DE PRECIOS BIENES
8.1. Disposiciones para presentación de la oferta:
8.1.1. El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se muestran los formatos a utilizar (Anexo 3). Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
8.1.2. Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a. Para el caso de contratación de bienes en cantidad definida o modalidad entrega según demanda la estructura de precios se solicitará por partida siempre y cuando los objetos sean de similar naturaleza.
b. No obstante, tanto para bienes como para servicios el oferente podrá realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
c. Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique por requerimiento completo o los objetos sean de similar naturaleza entre las diferentes partidas, el oferente según su criterio podrá presentar una estructura global de precios si así lo justifica desde la oferta, lo cual será valorado por la Administración.
8.1.3. Forma de presentar el Presupuesto detallado:
a. En los procedimientos de bienes el Presupuesto Detallado deberá ser presentado por el adjudicatario y sustenta la estructura de precio presentada en la oferta, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro. Se adjunta el formato a utilizar. (Anexo 4).
b. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
8.2 Indagatoria Precio Ofertado
8.2.1 El ICE solicitará la presentación de la estructura de precios para efectos de analizar la razonabilidad de precios, mediante solicitud de aclaración vía SICOP como parte de la etapa de indagatoria, únicamente a los oferentes elegibles, conforme el artículo 42 inciso f del RICA, es decir, ante diferencia del +15% del monto estimado vrs el ofertado elegible.
9. GARANTÍA TÉCNICA
9.1. Las baterías deberán contar con una garantía total de treinta y seis (36) meses, de los cuales los primeros doce (12) meses serán de reposición directa. A partir del mes trece (13), la garantía se aplicará de forma prorrateada, conservando un valor residual del cero por ciento (0%) al finalizar el período total de garantía.
9.2. El esquema de prorrateo institucional será el siguiente:
a. Fallas ocurridas entre 13 y 18 meses se debe reponer el 75% del valor ofertado
b. Entre 19 y 24 meses el 50% del valor
c. Entre 25 y 30 meses el 25%
d. Entre 31 y 36 meses el 0% del valor.
9.3 Durante el período de garantía de los equipos, el contratista asume los daños y perjuicios correspondientes a los mismos, que se pruebe se hayan deteriorado o inutilizado como consecuencia de defectos de fabricación, diseño, por mala calidad de los materiales empleados o por cualquier otra causa que se compruebe sea responsabilidad del contratista.
10. FORMA DE PAGO Y PLAZO DE ENTREGA
10.1. Forma de pago
10.1 El ICE realizará el pago contra entrega a satisfacción de los bienes en la Bodega del Proceso Civil y Electromecánica ubicada en Paso Ancho Contiguo a Repuestos La Guacamaya, una vez emitida el acta de recepción definitiva por el Administrador de Contrato.
10.2. Plazo de entrega
10.2.1. Las baterías de arranque se solicitarán bajo demanda, deberán ser entregadas 10 días hábiles después de la notificación del pedido, realizado en SICOP.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de multa la suma de 25 % por cada día natural del valor de la parte incumplida. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa cuando incurra en los siguientes supuestos * La entrega de baterías de reemplazo por garantía, fuera del plazo establecido. * Incumplimiento de las cláusulas ambientales establecidas en este contrato. * Certificado de madera utilizada en tarimas. * Vehículo de transporte cumple requisitos. * Licencia de contraloría ambiental para transporte. * Entrega de certificados de la disposición final de residuos. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo Nº 40 del Reglamento al Título II de la Ley 8660.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de los bienes se cobrará un 0,5% por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver Anexo 7.)
Documentos del cartel7
- Anexo 1XLSX · 10 KB
- Anexo 2PDF · 195 KB
- Anexo 3DOCX · 72 KB
- Anexo 4XLSX · 20 KB
- Anexo 5PDF · 154 KB
- Anexo 6PDF · 389 KB
- Anexo 7PDF · 195 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Erwin Hoepker Martínez
Electromecánica y Civil DGRR-DGRM
Erwin Hoepker Martínez
Electromecánica y Civil DGRR-DGRM
Erwin Hoepker Martínez
Electromecánica y Civil DGRR-DGRM
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 13/10/2026 09:14. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y producto · 22/10/2025
Instituto Costarricense de Electricidad · 3 oferentes
Adjudicada a Hitachi Energy Sucursal Costa Rica
Adjudicadamisma institución y producto · 12/11/2024
Licitacion Abreviada Adquisición de Bancos de Baterías Abiertos
Instituto Costarricense de Electricidad · 8 oferentes
Adjudicada por ₡779,3 M a Bolwar
Adjudicadamismo producto · 04/09/2026
Caja Costarricense de Seguro Social · 3 oferentes
Adjudicada a Inversiones la Rueca (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 27/08/2026
Universidad de Costa Rica · 4 oferentes
Adjudicada por ₡8,1 M a Corporacion Comercial Sigma Internacional y 1 más
Adjudicadamismo producto · 26/08/2026
Adquisición de Equipo Tecnológico
Municipalidad de el Guarco · 4 oferentes
Adjudicada por ₡1,2 M a Proveduria Global Gaba
Adjudicadamismo producto · 24/08/2026
Materiales de Ferreteria Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia · 6 oferentes
Adjudicada por ₡10,6 M a Asociacion Camara de Productores de Caña del Pacifico y 4 más