2026PX-000013-0007300001 · SICOP 20260902884
Servicios de instalaciones físicas, servicios asociados (vigilancia, limpieza, servicios médicos) y alimentación para los Encuentros Nacionales del Festival Estudiantil de las Artes 2026
Ministerio de Educación Publica
Ministerio de Educación Publica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡309,6 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 09/10/2026. La más baja fue de Asociacion Pro Hospital Nacional de Niños, ₡309,6 millones (0 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡309,6 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡309,6 millones
0 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó24/09/2026 11:24 · hace 17 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 13 días
- Cierre de ofertas09/10/2026 11:00 · hace 2 días
- de ofertas09/10/2026 11:00 · hace 2 días
- (plazo máximo)≈ 23/10/2026 · en 12 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 30/09/2026 11:00 → 09/10/2026 11:00
- Apertura de ofertas: 30/09/2026 11:00 → 09/10/2026 11:00
- Plazo del acto final: 8 → 10
Nota de la institución. DESGLOSE DEL PRECIO: presentar el desglose del precio con la estructura del precio completa con la tabla de establece el punto XI del documento de Pliego de Condiciones. deberá aportar la estructura completa del precio unitario sin impuesto al valor agregado, incorporando los rubros de mano de obra, insumos, utilidad, subcontrataciones e imprevistos, en valores absolutos y porcentuales, así como la distribución de costos directos e indirectos, subtotales, el emisor y la fuente (URL) de la información utilizada.Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento.
Contexto
- Ministerio de Educación Publica adjudicó ₡11 125,8 millones en 85 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Alquiler de Instalaciones, Materiales y Alimentación para Realización de Evento1 c/u · ₡309 586 000,001 c/u₡309 586 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡263,1 millones – ₡309,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡456,61 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Asociacion Pro Hospital Nacional de Niños | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- El oferente deberá contar con patente municipal (licencia comercial) a su nombre, para la actividad, el bien, obra o servicio comercial que se pretende contratar. Para lo cual el oferente deberá adjuntar a su oferta, el documento escaneado y legible de la patente o permiso municipal, vigente a la fecha de apertura de ofertas de la presente contratación, donde se describa la actividad propia del oferente que lo faculte para brindar la actividad, bien, obra o servicio requerido en el presente concurso.
- El oferente participante deberá presentar declaración jurada firmada digitalmente por el representante legal, en donde declare que la copia de la patente municipal aportada es imagen fiel y exacta de su original, que la misma no presenta ninguna modificación o alteración en su información, y que la actividad autorizada en la patente o licencia se encuentra asociada con el objeto del presente concurso.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Plazo de entrega
Las fechas se detallan a continuación:
Fechas: 24, 25, 26 de noviembre – 2, 3 y 4 de diciembre de 2026
Una vez notificada la disponibilidad del contrato por parte del Sistema Digital
Unificado de Compras Públicas SICOP.
1.1 Procedimiento para la verificación de la ejecución contractual:
Los servicios serán fiscalizados por un funcionario o funcionaria de la Dirección de
Vida Estudiantil, las cuales verificarán el cumplimiento de todas las especificaciones técnicas y requerimientos establecidos por la Administración para el servicio, mediante la confección de un acta de recepción definitiva la cual
será elaborada ante la persona designada por el contratista para brindar el servicio, y firmada por ambas partes el día y en el lugar en el cual se recibe el servicio.
Si hubiese algún incumplimiento por parte del contratista la administración procederá a tomar fotografías de situaciones consideradas anómalas y a levantar
acta o documento testimonial de personas que recibieron el servicio.
Para que la Administración realice el recibido definitivo (recibido conforme) de los
servicios, esta contará con un lapso máximo de 05 días hábiles, una vez que se haya entregado la totalidad del objeto contractual.
Referente a la recepción de bienes y servicios, será aplicable lo dispuesto en el
artículo 109 de la Ley General de Contratación Pública.
- Lugar de entrega
Será en el Parque de Diversiones, ubicado 2 km aproximadamente oeste del Hospital México, San José.
- Vigencia de la oferta
El plazo mínimo de vigencia de oferta que deben ofrecer los oferentes será de 60 días hábiles, entre tanto se adjudique el proceso de contratación.
Aplica lo indicado en el artículo 48 párrafo 3 de la Ley General de Contratación Pública.
- Cláusula penal
En caso de no cumplir el contratista con el plazo de entrega del objeto contractual adjudicado, el Contratista pagará al Ministerio de Educación Pública una cantidad equivalente al 1% sobre el monto total contratado (sin IVA) de la línea del contrato donde ocurra el incumplimiento por cada día hábil de atraso total o parcial en la entrega del objeto contratado.
Esta cláusula no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del monto total contratado (sin IVA), incluidas sus modificaciones; en caso de ser superado la Administración podrá valorar la resolución del contrato.
La justificación para la determinación del porcentaje de cláusula penal se establece a partir de la tabla de estimación (memoria de cálculo clausula penal adjunto al Pliego de Condiciones).
- Multa
La Administración cobrará una multa de 5%, hasta alcanzar un máximo de un 25% del valor total de la contratación. Las causales del incumplimiento se detallan a continuación:
a- Si el contratista incumple con la cantidad de sillas o mesas solicitada para la realización
de la actividad.
b- Si el contratista incumple con la hora estipulada de servir los alimentos.
c- Si el contratista incumple con el espacio de los salones solicitados o si los mismos no se
encuentran debidamente limpios.
d- Si el contratista incumple con las condiciones solicitadas, como el estacionamiento.
La entrega incompleta de una línea no debería ser recibida por la Administración, solo en caso de previa autorización escrita por parte del Administrador del Contrato. Lo anterior con base en el artículo 286 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública: rechazo del objeto:
El porcentaje establecido de multa se justifica con el documento adjunto denominado "Memoria de cálculo de cláusula penal y multas", lo anterior de conformidad oficio DVM-PICR-D. PROV.I.-03-2023 de fecha 24 de febrero del 2023, emitido por el Departamento de Fiscalización de la Ejecución Contractual y oficio DAJ-0445-2025 de fecha 02 de julio de 2025 referente a la exclusión del IVA.
Debido Proceso cobro de Sanciones
De existir incumplimientos donde la Administración requiera realizar el cobro de clausula penal o multa: la notificación del monto a cobrar se realizará por medio de oficio al correo oficial del Contratista registrado en SICOP por parte del Departamento de Fiscalización de la Ejecución Contractual con fundamento en el monto aprobado por cobrar, calculado por el Administrador del contrato.
Lo anterior de conformidad a lo comunicado mediante circular MH-DCoP-CIR-0077-2024 de fecha 14 de octubre del 2024, asunto: Procedimientos sancionatorios en el Sistema Digital Unificado que comunica que en razón de que actualmente el sistema no prevé la funcionalidad requerida según lo establecido en la LGCP, no obstante, la DCoP, en coordinación con el proveedor del servicio, está trabajando en la mejora respectiva con el fin de que se parametricen los procedimientos administrativos y sancionatorios contenidos en la LGCP, implica que en caso de que la entidad contratante determine que corresponde imponer una eventual sanción derivada de procedimientos de contratación acorde a las regulaciones contenidas en la LGCP, mientras se completa el desarrollo en el sistema, deberá apegarse a las normas vigentes y documentar todas sus actuaciones, debiendo realizar los procedimientos contenidos en la LGCP fuera del Sistema y posteriormente, incluir la documentación respectiva en el Sistema Digital Unificado, en tanto se concreta la mejora en el SICOP.
Resolución Contractual
La Administración podrá resolver unilateralmente el contrato por motivo de incumplimiento imputable al contratista, de conformidad a lo indicado en los artículos 109, párrafo 3, 113 y 114 de la Ley General de Contratación Pública y 293 de su Reglamento. También posee la facultad de rescindir unilateralmente sus contratos, no iniciados o en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas, según lo establecido en el artículo 115 de la Ley General de Contratación Pública. También podrá rescindir el contrato por mutuo acuerdo cuando existan razones de interés público y no concurra causa de resolución imputable al contratista, en virtud de lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de Contratación Pública.
- Garantía de Cumplimiento
La garantía de cumplimiento que deberá aportar el Contratista será por un 5% (del monto adjudicado), con una vigencia mínima de 06 meses. Artículos 44, 45, 56 inciso m), 61 inciso m), 100, 113, 114, 118, 119 inciso o), 125 inciso j) de la Ley General de Contratación Pública y artículos 39 inciso b), 90 inciso 2)b), 110, 111, 112 y 114 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
En caso de que el Adjudicatario no presente la garantía de cumplimiento en el plazo estipulado, la Administración está facultada para declarar el concurso insubsistente y readjudicarlo de forma inmediata. Artículo 52, 56 inciso m), 61 inciso m), 118 y 119 inciso b) y ñ) de la Ley General de Contratación Pública.
En caso de que el objeto contractual aumente o disminuya, el Administrador del contrato prevendrá al Contratista sobre el ajuste de la respectiva garantía de cumplimiento. Art. 283 RLGCP inciso d) Llevar control de la vigencia de las garantías de cumplimiento, así como las colaterales.
Es una obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato o el contrato se encuentre aún en ejecución. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración deberá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso, el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.
Debe mantenerse vigente durante toda la ejecución del contrato y hasta 2 meses después de la fecha del acta de recepción definitiva.
- Insubsistencia
Se aplica de conformidad con el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Devolución de garantía de Cumplimiento
La devolución de garantías se realiza a petición del interesado, por lo tanto, para proceder con dicho trámite, es necesario presentar una carta solicitando la devolución, la misma debe ser firmada digitalmente por el representante legal e indicar lo siguiente:
⦁ Tipo de Garantía (Cumplimiento)
⦁ No. de Contratación
⦁ No. de Garantía asignado en el sistema digital unificado
⦁ Monto de la Garantía
La carta debe ser enviada al correo electrónico sara.solano.bonilla@mep.go.cr en formato PDF y con firma digital; adicional a ello adjuntar personería jurídica vigente.
Lo anterior con fundamento en el artículo 113. Devolución de las garantías de cumplimiento y retenciones, el cual indica en lo que interesa:
“La Administración tiene la facultad de devolver parcialmente la garantía de cumplimiento, a solicitud del contratista, en proporción a la parte ya ejecutada cuando sean factibles entregas parciales del objeto contratado. Esta situación deberá advertirse en el respectivo pliego de condiciones, sin perjuicio de una valoración particular en la fase de ejecución contractual, mediante acto motivado.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual.
Para el caso de otras garantías o retenciones serán devueltas, dentro del plazo de veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual o conforme lo establezca la Administración en el pliego respectivo.”
Es importante mencionar que la devolución se realizará directamente a la cuenta domiciliada en el sistema digital Unificado; por lo tanto, no es necesario indicar un número de cuenta o adjuntar certificación bancaria ya que no será posible depositarla en una cuenta distinta a la registrada en el sistema.
- Modalidad de pago
Según artículo 11 de la Ley General de Contratación Pública y 18 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Pago por resultados
- Razonabilidad y Aceptación del precio
Según artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en cuanto a la razonabilidad de los precios, la Dirección de Vida Estudiantil (Unidad Gestora), realizo un análisis comparativo entre distintas localidades Parque Nacional de Diversiones, Estadio Nacional, Centro de Eventos Pedregal, Centro Nacional de Convenciones, Parque Viva, Museo de los Niños, así como categorías generales de posibles oferentes; donde se conocen los costos oficiales según tiempo y especificaciones requeridas por la Administración.
Con base en las variables analizadas de las cinco opciones, se concluye que cuatro de ellas carecen de algunas de las condiciones necesarias para el desarrollo de los Encuentros Nacionales, siendo la opción del Parque Nacional de Diversiones (Asociación Pro Hospital Nacional de Niños), la más conveniente para la Administración ya que reúne un conjunto de condiciones que permiten una adecuada distribución de actividades, facilitan la simultaneidad de disciplinas artísticas y contribuyen a una gestión operativa eficiente, posicionando a esta alternativa como una de las que presenta mayor correspondencia con los requerimientos técnicos, logísticos y funcionales definidos inicialmente
Adicionalmente el Parque Nacional de Diversiones ofrece un precio especial para el Ministerio de Educación Pública, cotizando todos los servicios como un paquete generándose un ahorro del 28.70%.
De esta forma, la elección se sustenta en criterios de razonabilidad del precio, legalidad, eficiencia, cobertura, responsabilidad social y alineación con los objetivos estratégicos de la institución.
- Metodología de Evaluación
La metodología de evaluación para este proceso de contratación será la siguiente:
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Factor de evaluación |
Porcentaje |
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Precio |
100% |
- Requisitos de Admisibilidad
- El oferente deberá contar con patente municipal (licencia comercial) a su nombre, para la actividad, el bien, obra o servicio comercial que se pretende contratar. Para lo cual el oferente deberá adjuntar a su oferta, el documento escaneado y legible de la patente o permiso municipal, vigente a la fecha de apertura de ofertas de la presente contratación, donde se describa la actividad propia del oferente que lo faculte para brindar la actividad, bien, obra o servicio requerido en el presente concurso.
- El oferente participante deberá presentar declaración jurada firmada digitalmente por el representante legal, en donde declare que la copia de la patente municipal aportada es imagen fiel y exacta de su original, que la misma no presenta ninguna modificación o alteración en su información, y que la actividad autorizada en la patente o licencia se encuentra asociada con el objeto del presente concurso.
- Criterios sustentables:
Se justifica que la Asociación Pro Hospital Nacional de Niños cuenta con un programa de gestión de desechos donde implementa acciones para el manejo, reducción y disposición adecuada de los desechos sólidos generados durante el desarrollo de las actividades; en vista que los encuentros finales del FEA son un evento masivo donde se va a generar una gran cantidad de desechos, este programa busca no solo disminuir la huella de carbono, sino también, fomentar una cultura de consumo responsable, controlando el impacto ambiental derivado de la generación de residuos.
Asimismo, se promueve la adopción de estrategias de reciclaje, reutilización y separación de materiales, en concordancia con los principios de sostenibilidad y las políticas nacionales en materia ambiental. Por lo anterior, se insta a la presentación de la documentación correspondiente a los procesos de gestión de
recursos y reciclaje desarrollados.
Lo anterior, en apego a lo establecido en Artículo 8 inciso d), 20 y 21 de la Ley General de Contratación Pública, artículo 55 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, de conformidad con la circular DGABCA-0049-2021
- Especificaciones técnicas y detalles de la línea
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Línea |
Cantidad |
Unidad de medida |
Monto Unitario |
Monto Total |
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1 |
1 |
UNIDAD |
¢309.586.000,00
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¢309.586.000,00
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Descripción técnica
Se solicita la contratación de servicios de instalaciones físicas, servicios asociados (vigilancia, limpieza, servicios médicos) y alimentación.
Nombre de la actividad: Encuentros Nacionales del Festival Estudiantil de las Artes 2026
Lugar: Parque Nacional de Diversiones
Fecha: 24, 25 y 26 de noviembre, 2, 3 y 4 de diciembre 2026
Cantidad de días: 6 días
Horario: 6:30 a.m. a 5:00 p.m.
Cantidad total de personas: 15.000 personas (2500 personas por día)
- ESPACIOS FÍSICOS PARA PRESENTACIONES
Se requiere espacios para los seis días de presentaciones que incluyan:
- Un teatro: con capacidad para 100 a 120 personas, escenario de madera. Debe contar con fluido eléctrico.
- Auditorio con capacidad para 20 personas en tarima, con graderías para albergar público entre 100 y 250 personas bajo techo, semi abierto sin paredes, tipo anfiteatro con gradería semicircular, con escenario de madera o cemento. Contar con fluido eléctrico y cabina para instalar sonido.
- Un salón grande con capacidad para albergar exposiciones los 6 días del evento, y para la recepción de 300 personas como visitantes o público. Debe contar con fluido eléctrico.
- Una tarima que cumpla con la Ley 7600 con capacidad para 30 personas, que tenga espacio abierto tipo planché al frente para público. (Auditorio). Ubicada al aire libre, con escenario de cemento o de madera. El escenario debe estar bajo techo, con paredes en los laterales y detrás del escenario y con entradas o accesos laterales, que permita la colocación de al menos 200 sillas para el público. Debe contar con fluido eléctrico.
- Área para alimentación con capacidad de hasta 900 personas con mesas y sillas, abierto con baños y áreas de lavado de manos.
- Un salón o módulo grande, con capacidad de albergar 200 personas para la realización de diversas actividades, debe contar con fluido eléctrico.
- Un salón o módulo pequeño, con capacidad de albergar 30 personas como centro operativo de Staff
- Un salón o módulo grande semi abierto, con capacidad de albergar 100 personas para la realización de diversas actividades, debe contar con fluido eléctrico.
- Un espacio al aire libre, con 3 ranchos, zonas verdes, con capacidad para albergar hasta 150 personas, para la realización de diversas actividades. Debe contar con fluido eléctrico.
- Un salón pequeño con capacidad de albergar 100 personas para la realización de diferentes talleres o actividades diversas. Debe contar con fluido eléctrico.
- Debe contar con espacios atractivos, de dispersión y aprendizaje para niños, niñas, jóvenes y personas adultas.
- Plazoleta abierta, con espacio para montar tarima y escenarios, con espacio para albergar a 120 personas.
- Un salón mediano con capacidad para albergar a 120 personas para la realización de diferentes talleres. Debe contar con fluido eléctrico
- Una plazoleta abierta, con espacio para colocar tarimas, escenarios, con capacidad para albergar a 100 personas
Para la alimentación se requieren espacios independientes de manera que se atienda desayuno, almuerzo y refrigerio
- 14760 desayunos (2460 participantes por día)
- 40 desayunos diarios adaptado a celiacos y vegetarianos.
- 6920 almuerzos para primaria (2307 almuerzos el día 1, 2307 almuerzos el día 2 y 2306 almuerzos el día 3)
- 6920 almuerzos para secundaria (2307 almuerzos el día 1, 2307 almuerzos el día 2 y 2306 almuerzos el día 3)
- 920 almuerzos del Staff para 6 días de eventos. (154 almuerzos el día 1, 154 almuerzos el día 2 y 153 almuerzos los días 3, 4, 5 y 6)
- 40 almuerzos diarios adaptado a celiacos y vegetarianos para 6 días de eventos
- 15000 meriendas para la tarde incluyen (2500 participantes por día)
Servicios de alimentación.
Desayunos deben incluir: 200 gramos de gallo pinto, 75 gramos de huevo, 75 gramos de salchicha, natilla baja en grasa empacada (40 a 50 gramos), plátano maduro (80 a 100 gramos), tortilla de 50 gramos, y jugo de naranja, manzana o similar de 250 ml y café/té de 12 onz.
HORARIO 6:30AM-8:30 AM
Almuerzos de primaria debe incluir: Arroz con Pollo: 200 gramos de arroz con pollo, 100 gramos de ensalada de repollo, 100 gramos de frijoles molidos y 70 gramos de picos y 200 ML de té frío. (2307 almuerzos el día 1, 2307 almuerzos el día 2 y 2306 almuerzos el día 3)
Almuerzos de secundaria deben incluir: Arroz con Pollo: 250 gramos de arroz con pollo, 150 gramos de ensalada de repollo, 150 gramos de frijoles molidos y 100 gramos de picos y 250 ML de té frío. (2307 almuerzos el día 1, 2307 almuerzos el día 2 y 2306 almuerzos el día 3)
Almuerzos de staff debe incluir: Arroz con Pollo: 200 gramos de arroz con pollo, 100 gramos de ensalada de repollo, 100 gramos de frijoles molidos y 70 gramos de picos y 200 ML de té frío. (154 almuerzos el día 1, 154 almuerzos el día 2 y 153 almuerzos los días 3, 4, 5 y 6)
HORARIO: 12:00 PM-2:00 PM
Debe incluir 40 desayunos y 40 almuerzos diarios para celiacos o vegetarianos. Menú por definir.
Meriendas para la tarde debe incluir: 1 paquete de galletas con relleno marca Gallito de 70 gramos, que cumple con el reglamento de Sodas estudiantiles. 1 Jugo Tetrabrik de 200 mililitros que cumple con el reglamento de Sodas estudiantiles. 1 Manzana tipo gala. Durante 6 días. MEP se encarga de la distribución a cada estudiante
HORARIO: 3:00 PM-4:00 PM
Debe brindar los tiquetes para la alimentación, los tres tiempos de comida. (15000 tiquetes para desayunos, 15000 tiquetes de almuerzo y 15000 tiquetes para la merienda de la tarde).
- ACCESO A LAS INSTALACIONES
Debe brindar 15000 brazaletes para el ingreso de los participantes a las instalaciones
- OTROS
- 2000 sillas tipo auditorio. Las sillas se distribuirán conforme requerimiento de las actividades
- Uso de menaje adecuado para la atención de los huéspedes e invitados especiales: Menaje completo en vajilla desechable, empaque biodegradable, kit de tenedor y cuchillo, servilletas. Vajilla de loza, cubertería, vasos, tazas
- Logística de transporte y equipos especiales de cocina durante todo el evento (6 días)
- Servicio atención y distribución de alimentos: personas en el servicio para la atención y distribución de los alimentos
- 7 mesas al ingreso y 10 mesas en el Salón San Juan.
- Uso de todas las atracciones mecánicas sin costo para el MEP para el disfrute de los estudiantes con horario de 1 p.m. a 5 p.m
- Parqueo diario para 200 vehículos sin costo para el MEP en el Parqueo General de Parque Diversiones. Se habilita Parqueo de Pueblo Antiguo para STAFF y Proveedores. Buses y microbuses de transporte estudiantil sin costo para el MEP, en Parqueo General de Parque Diversiones.
- Condiciones adicionales
Alimentación:
Los alimentos deben regirse según disposiciones del Reglamento de Sodas del Ministerio de Educación.
https://www.mep.go.cr/sites/default/files/page/adjuntos/reglamento-vigente-2013.pdf
La entrega de alimentación es contra tiquete para cada uno de los participantes en los tres tiempos de comida. Para tal efecto el contratista emitirá los tiquetes para los 3 tiempos de alimentación.
El Parqueo General de Parque Diversiones. Se debe habilitar parqueo para STAFF y Proveedores, además de buses y microbuses.
Sobre el servicio:
Desayuno:
− La porción de gallo pinto debe tener un peso equivalente a 200 gramos.
− La porción de salchichas debe tener un peso equivalente a 75 gramos
− La porción de huevos debe tener un peso equivalente a 75 gramos.
− La porción de natilla debe tener un peso equivalente entre 40 y 50 gramos
− La porción de plátano maduro debe tener un peso equivalente entre 80 y 100 gramos
-jugo de naranja, manzana o similar de 250 ml y café/té de 12 onza.
Almuerzo primaria:
. − La porción de arroz con pollo debe tener un peso equivalente a 200 gramos.
− La porción de frijoles molidos debe tener un peso equivalente a 100 gramos.
− La porción de picos debe tener un peso equivalente a 70 gramos.
- La porción de ensalada debe tener un peso equivalente a 100 gramos
- El refresco debe ser de 200ml
Almuerzo secundaria:
− La porción de arroz con pollo debe tener un peso equivalente a 250 gramos.
− La porción de frijoles molidos debe tener un peso equivalente a 100 gramos.
− La porción de picos debe tener un peso equivalente a 70 gramos.
- La porción de ensalada debe tener un peso equivalente a 150 gramos
- El refresco debe ser de 200ml
Refrigerio:
Un jugo tetrabrick debe tener un peso mínimo de 200ml.
Una fruta debe tener un peso mínimo de 100g
Una galleta de 70 gramos
Sobre la materia prima:
- Los alimentos deben ser preparados por una persona que cuente con certificado de gastronomía, o certificado de cocinero (a) profesional emitido por el INA y en todos los casos avalado por la Asociación Nacional de Chef de Costa Rica, para lo cual el contratista debe presentar una copia del comprobante de dicha certificación.
- Todos los encargados de colaborar en la cocina donde se preparen los alimentos deben tengan el certificado al día de “Manipulación de Alimentos” emitido por el INA u otros entes autorizados y debe encontrarse vigente.
- Todos los encargados de colaborar en la cocina donde se preparen los alimentos, así como el personal que sirve los alimentos deben utilizar guantes, gorro y mascarilla.
- No debe colocarse en ningún momento algún alimento o recipiente en el piso.
- Los alimentos deben estar lavados con las normas más estrictas de higiene.
El contratista será responsable de llevar empaques para los alimentos que sobren,
deben ser empaques desechables biodegradables (no estereofón).
- El contratista será responsable de llevar bolsas de basura biodegradables para recoger los desechos y la basura generada del servicio de alimentación brindado.
Se debe garantizar que las galletas no presenten una fecha de vencimiento menor a 6 meses.
Con respecto a la alimentación, el contratista debe velar por que los alimentos
estén en buen estado y calientes al momento de servirlos, así como contar con el
tamaño y porción adecuada.
El contratista debe comprometerse en velar porque los encuentros nacionales del
FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES se lleven sin contratiempos de inicio y final, considerando tiempos de montaje y desmontaje. Permitir el ingreso del equipo de
producción y de las personas funcionarias del MEP a las 5:30 am, todos los días de
actividades artísticas como se detalla: 24, 25 y 26 de noviembre, 2, 3 y 4 de diciembre 2026.
El contratista debe velar cada una de las fechas contradas en la presente licitación
que las instalaciones alquiladas o cedidas al MEP para este evento estén en
óptimas condiciones de orden limpieza para ser utilizado en el horario y fechas
establecidas (baños, camerinos, teatros, espacios, etc.).
El contratista deberá contar con un área de Enfermería y atención de primeros auxilios. Además, deberá coordinar en caso de emergencia el posible traslado a
un centro de salud pública en ambulancia. Para todos los efectos cualquier situación especial debe ser informado oportunamente en virtud de activar los protocolos internos de seguridad.
El contratista deberá tener suscrita con el Instituto Nacional de Seguros, la póliza de responsabilidad civil general, siempre atendiendo los protocolos internos de seguridad.
El contratista habilitará un espacio en las instalaciones para el registro y chequeo de invitados por parte del Ministerio de Educación, Dirección de Vida Estudiantil.
- Toda la logística de ingreso y chequeo de invitados es a cargo del Ministerio de Educación, Dirección de Vida Estudiantil.
- El Ministerio de Educación Pública proveerá equipo audiovisual, de sonido y todo lo necesario para la realización del festival.
- Obligaciones del oferente y del contratista
El contratista deberá velar que las materias primas ofrecidas deberán ser de primera calidad, y estarán sujetas a todo lo establecido en la normativa legal vigente. El contratista conservará aquella documentación que certifique la información relativa a las cantidades de los productos adquiridos, fecha de adquisición, fabricante, marca y/o procedencia y estado de adquisición (fresco o
congelado). Esta documentación podrá ser requerida por la unidad gestora, al recibir la factura para su cancelación.
El contratista deberá responsabilizarse tanto de las condiciones higiénicas y sanitarias de los artículos y productos derivados de la prestación del servicio, así como de los que se apliquen en la preparación de los alimentos.
- Obligaciones de la Administración:
La Administración estará coordinando la hora de recepción del servicio.
- Forma de pago.
La forma de pago será la usual de Gobierno según la facturación por entrega recibida a conformidad según el artículo 19 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Para el trámite de pago el Contratista deberá cumplir con los requisitos dados en la Resolución N° MH-DGT-RES-0027-2024, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 217, alcance 186, del 19 de noviembre de 2024, titulada “Resolución general sobre las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos para efectos tributarios”, así como su reforma contenida en la Resolución MH-DGT-RES-0001-2025, publicada el 13 de febrero de 2025, las cuales entraron en vigor el 1.º de septiembre del presente año. Es importante indicar que el número de cuenta cliente IBAN que esté registrada en SIGAF, debe incluirse en la factura, según requisitos establecidos en el “Instructivo para la operatividad del proceso de visado que se constituye en aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de ejecución presupuestaria en dicho proceso”.
En la guía de uso del cartel, podría indicarse que el trámite de facturas digitales se encuentra previsto en la CIRCULAR DVM-PICR-DF-006-2021 Procedimiento para el trámite de pago de documentos de ejecución presupuestaria electrónicos con firma digital y DVM-PICR-DF-004-2023 Modificación a circular DVM-PICR-DF-006-2021 y CIRCULAR DVM-PICR-DF-005-2024: Procedimiento para el trámite de pago de documentos de ejecución presupuestaria electrónicos con firma digital.
- Consultas o Coordinación
Con el funcionario(a) Carolina García Solano, correo electrónico: de Vida Estudiantil carolina.garcia.solano@mep.go.cr, funcionario de la Dirección de Vida
Estudiantil, al número telefónico: 2222-9339, ext. 1233.
- Comunicación/Presentación de facturas
Con el funcionario(a) Carolina García Solano, correo electrónico: de Vida Estudiantil carolina.garcia.solano@mep.go.cr, funcionario de la Dirección de Vida
Estudiantil, al número telefónico: 2222-9339, ext. 1233
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La oferta electrónica debe cumplir con las disposiciones emitidas por La Dirección de Contratación Pública, de conformidad con el uso y funcionamiento del Sistema Digital Unificado. Así como lo establecido en la Ley 8454 Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos del 30 de agosto de 2005 y su Reglamento D.E. 33010 del 20 de marzo de 2006, La Gaceta 77 de 21 de abril de 2006 y DECRETO EJECUTIVO N°41438-H Reglamento para la utilización del sistema integrado de compras públicas "SICOP". La documentación firmada digitalmente que el interesado aporte con su oferta deberá contener firma válida, tanto en la garantía de integridad y autenticidad como en la garantía de validez en el tiempo, lo cual será verificado en el portal “Central Directo” del Banco Central de Costa Rica.
- La oferta deberá presentarse en el Sistema digital Unificado, firmada digitalmente por quien tenga poder suficiente para ello, dentro del plazo previsto para tal efecto en el pliego de condiciones según el artículo 119 y 120 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Todo contratista debe cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, así como con lo establecido en el Decreto de Salarios Mínimos, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento contractual, pudiendo resolverse el contrato sin responsabilidad administrativa.
- El oferente, estará obligado a describir de forma completa a partir del pliego de condiciones, las características del objeto, bien o servicio que cotiza, sin necesidad de reiterar la aceptación de las cláusulas invariables o condiciones obligatorias, cuyo cumplimiento se presume, así mismo; la oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto (artículos 91 y 118 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública).
-
- El documento adjunto al pliego de condiciones denominado “Decisión inicial y Solicitud de Pedido” detalla en cada línea las especificaciones o requerimientos técnicos del objeto a contratar por línea.
- No se tomarán en cuenta ofertas alternativas u optativas para cada línea de esta contratación, solo se tomará en cuenta una oferta base (artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública). En caso de que un oferente presente más de una oferta base, se tomará en cuenta solamente la última oferta ingresada al Sistema Digital Unificado antes de la hora programada para el acto de apertura de ofertas.
- El oferente en su propuesta deberá cotizar en moneda nacional, según las disposiciones establecidas en el artículo 1 de Directriz No.044-H "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al sector público", publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.167 Alcance No.156 de fecha 10 de setiembre del 2024 “…Artículo l º -Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación...”
Se advierte que, en caso de presentarse una oferta en moneda distinta del colón costarricense, esta será convertida para efectos comparativos al colón, en los términos dispuestos por el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública, y de llegar a ser favorecido ese oferente con una adjudicación, el contrato será pactado en colones costarricenses, salvo que el Contratista justifique los motivos por los cuales las circunstancias del mercado se lo impiden y necesita mantener la moneda extranjera; esta justificación será avalada por el Administrador del contrato y Jefatura del Programa Presupuestario.
- Los precios ofertados en colones se deberán presentar solamente con dos decimales. De conformidad con Directriz DGABCA-0015-2017 suscrita por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa y la Circular CCAF-049-2020 de la Comisión de Coordinación de la Administración Financiera (CCAF) del Ministerio de Hacienda.
- En caso de que el oferente utilice la figura de subcontratación dentro de los servicios que oferta, deberá adjuntar la información solicitada de acuerdo con el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Tanto el oferente como la (s) empresa (s) o persona (s) física (s) subcontratada (s), deben estar al día con las obligaciones de pago ante la CCSS de conformidad con el artículo No. 31 de la Ley de Protección al Trabajador y el artículo No. 74 reformado de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense de Seguro Social, así como con FODESAF de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, reformada por medio dela Ley Nº 8783 del 13 de octubre del 2009, en su inciso e) y al día en el pago de las obligaciones Tributarias. (Artículo 14 inciso f y g, de la Ley General de Contratación Pública.)
- IMPUESTOS: En virtud de la entrada en vigencia de la Ley N° 9635 FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS se reforma, la Ley N.° 6826, Ley de Impuesto General sobre las Ventas, del 8 de noviembre de 1982 y pasa a llamarse LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), por lo que todos los oferentes deben incluir el rubro del IVA en sus ofertas. Es por ello que para efectos del monto cotizado deberá constar la inclusión del mismo, en el respectivo desglose del precio o estructura del precio en el Sistema Digital Unificado.
PRECIO Y ESQUEMA DE COTIZACIÓN:
Precio: El oferente deberá ingresar en el Sistema Digital Unificado el precio total ofertado de las líneas del pliego de condiciones.
Deben incluir del rubro del IVA en su oferta, por lo tanto, el oferente deberá considerar para efectos de su cotización a nivel del Sistema Digital Unificado indicar:
-El precio unitario sin impuestos. En la casilla “precio unitario sin impuestos”.
-El monto correspondiente al impuesto al valor agregado en la casilla correspondiente y con nombre “impuesto al valor agregado”.
El oferente deberá considerar lo anterior para que se realice un adecuado desglose del precio.
Esto con el fin de que la Administración tenga certeza del precio ofertado para un adecuado análisis de las ofertas, considerando que el precio es firme y definitivo.
En caso de que el oferente omita la inclusión del rubro del IVA en sus ofertas, la Administración tomará las siguientes medidas:
- Contemplará en los análisis de ofertas el porcentaje de IVA que corresponda como parte de la estructura de precio
- En caso de que la oferta resulte ser la mejor opción para recomendar su adjudicación, deberá el analista del proceso, hacer el ajuste correspondiente en el Sistema Digital Unificado en el formulario de recomendación de adjudicación en la estructura del precio, incorporando en la casilla correspondiente el porcentaje de IVA que
Lo anterior de conformidad con los instruido en la Circular DGABCA-0064-2019 de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, donde se indica que en acatamiento de la Ley N°9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, los precios de la presente contratación deben tener incorporados el porcentaje del Impuesto de Valor Agregado (IVA) que corresponda.
- Desglose de precios: El oferente deberá adjuntar a su oferta un desglose de la estructura del precios según lo establece el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, y una declaración jurada donde acredita la veracidad de los índices de precios para determinar la variación de costos directos e indirectos, según indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 8, 9 y/o 12 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, publicado en el Alcance N° 46 del Diario Oficial La Gaceta N° 65, en fecha 04 de agosto de 2025, se destacan los siguientes aspectos a aplicar:
PRECIO UNITARIO SIN IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Estructura del Precio
Valor
Costos Directos
Costos Indirectos
Sub total
Emisor (Entidad que publica el índice de precios)
Fuente (URL) (Enlace o “link” del Sitio Web de donde se extrae la información del índice de precios)
Mano de Obra
Absoluto
-
-
-
Porcentual
Insumos
Absoluto
-
-
-
Porcentual
Utilidad
Absoluto
N/A
N/A
Porcentual
N/A
N/A
Subcontrataciones
Absoluto
N/A
Porcentual
N/A
Imprevistos
Absoluto
N/A
N/A
Porcentual
N/A
N/A
TOTAL:
Valor absoluto
Valor porcentual
Precio ofertado por unidad
IVA:
Precio total ofertado
Cantidad de Unidades ofertada
Precio con Impuesto al Valor Agregado
Total
La estructura del precio para cada línea (considerando el precio total ofrecido para esta) deberá indicarse tanto en valores absolutos como en valores porcentuales.
Fórmula matemática de revisión de precios en contratos de bienes y servicios
Las variaciones en los costos directos e indirectos del precio de una línea o un renglón de pago, para un mes calendario específico, se determinarán de acuerdo con la siguiente fórmula:
- Presupuesto detallado: El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato, según artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, bajo la siguiente estructura:
PRECIO UNITARIO SIN IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Estructura del Precio
Detalle del renglón a reajustar
Valor
Costos Directos
Costos Indirectos
Sub total
Emisor (Entidad que publica el índice de precios)
Fuente (URL) (Enlace o “link” del Sitio Web de donde se extrae la información del índice de precios)
Mano de Obra
1. (Ejemplo: Operario)
Absoluto
-
-
-
Porcentual
2. (Ej. Supervisor)
Absoluto
Porcentual
Insumos
1. (Ejemplo: Madera)
Absoluto
-
-
-
Porcentual
2. (Ejemplo: Electricidad)
Absoluto
Porcentual
Subcontrataciones
1. Incluir subcontratos que no supere el 50% según la oferta
Absoluto
N/A
Porcentual
N/A
Utilidad
Utilidad
Absoluto
-
N/A
-
Porcentual
N/A
0%
Imprevistos
Imprevisto
Absoluto
-
N/A
-
Porcentual
N/A
0%
TOTAL:
Valor absoluto
Valor porcentual
Precio ofertado por unidad
IVA:
13%
Precio total ofertado
Nota: El porcentaje del 13% es un ejemplo; el Oferente deberá cambiarlo de acuerdo con el objeto contractual
Cantidad de Unidades ofertada
Precio con Impuesto al Valor Agregado
Precio total de la Oferta
El Adjudicatario debe presentar el presupuesto detallado por cada renglón de pago,
En aquellos casos que el precio sea contemplado en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura de precio correspondiente a cada moneda.
Método analítico documental:
De acuerdo con el artículo 58 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN,
Este método se aplica únicamente cuando haya ausencia de índices de precios de un determinado costo; para ello el oferente deberá advertir en la oferta la ausencia de los índices de precios y aportar la documentación probatoria pertinente (factura proforma o documento equivalente). Asimismo, los oferentes deberán presentar en la oferta una declaración jurada en donde se acredite la veracidad de la información que debe aportar conforme lo regulado en ese artículo.
El adjudicatorio puede incluir más renglones según el detalle que se requiere para el objeto contractual adjudicado, manteniendo siempre la estructura brindada por la Administración.
Debería contemplarse una columna adicional que sea “Índice de precios” de conformidad con lo indicado en el Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios que indica que el “oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir”.
Adquirida la firmeza del proceso, el Administrador del Contrato será el responsable de emitir la no objeción a los índices de precios para la revisión o reajuste del precio, lo cual deberá ser acreditado en el proceso dentro del plazo de los 8 días hábiles siguientes a la presentación del presupuesto detallado por parte del Adjudicatario.
No objeción de los índices de precios: competencia del Administrador del Contrato
El Administrador del Contrato deberá emitir la "no objeción" a la pertinencia de los índices de precios, posterior a la suscripción de la formalización contractual o documento equivalente y previo a otorgarse la orden de inicio de la ejecución contractual.
En caso de que la Administración no emita la "no objeción" a la pertinencia de los índices de precios por motivos atribuibles al contratista, ello impedirá la aplicación del mecanismo de reajuste y de revisión de precios regulado en este reglamento.
- El contratista está obligado a entregar a la Administración, bienes/servicios en las mejores condiciones y actualizados, de conformidad con el artículo 109 de la Ley General de Contratación Pública. Las mercancías que se entreguen deberán ser nuevas, no deberán ser usadas o reconstruidas, o que hayan sufrido modificaciones, transformaciones o alteraciones de cualquier orden después de producidos.
- Para efectos de notificaciones el Sistema Digital Unificado lo hará de forma automática de acuerdo con los datos que el mismo oferente incluyó para el Registro de Proveedores, mismos que serán tomados por esta Administración en caso de ser necesario. Por lo tanto, será obligación del oferente mantener al día estos datos, ya que en caso de no concretarse la comunicación por los medios consignados en dicho Registro, toda notificación se entenderá realizada en el transcurso de un día hábil siguiente a partir de la emisión del acto administrativo; en cumplimiento del procedimiento que establece la ley de notificaciones # 8687, Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas "SICOP" y artículo 31 inciso b) y 36 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Es deber de todos los proveedores y subcontratistas inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, mantener actualizada la información aportada al momento de realizar la inscripción en el referido registro, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 29 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 32 y 33 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda mediante el criterio No. MH-DCoP-OF-0361-2023 de fecha 16 de mayo de 2023 y la publicación en La Gaceta No. 94 del día 29 de mayo del 2023.
- La información relaciona con los beneficiarios finales será verificada en el Registro de Proveedores del Sistema Unificado de Compras Públicas SICOP, de acuerdo con lo establecido en el Art. 32 inciso c) vi) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.”
- La verificación de que el Oferente y Subcontratista está al día con el pago de las obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social de conformidad con el artículo No. 31 de la Ley de Protección al Trabajador y el artículo No. 74 reformado de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social (Art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública), se hará de oficio por parte de la Administración de acuerdo con la información de la interfaz del Sistema Digital Unificado con SICERE.
Esta condición deberá mantenerse inclusive al momento de emitir el Acto de Adjudicación y en caso de ser Adjudicatario, por todo el plazo de la vigencia del contrato
- La verificación de estar al día con el FODESAF, de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, reformada por medio de la Ley Nº 8783 del 13 de octubre del 2009, en su inciso e), se hará de oficio por parte de la Administración de acuerdo con la información de la interfaz del Sistema Digital Unificado con FODESAF.
Esta condición deberá mantenerse inclusive al momento de emitir el Acto de Adjudicación y en caso de ser Adjudicatario, por todo el plazo de la vigencia del contrato
- El oferente debe cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que se recuerda a los oferentes que mediante la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, No. 9416, publicada en La Gaceta No. 313 del 20 de diciembre del 2016, se reforma la Ley No. 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, al cual se le adiciona, entre otros, el artículo 18 bis, se indica que toda persona física o jurídica que desee participar en cualquier proceso de contratación pública debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligada, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda. Por lo anterior, la verificación de estar al día en el pago de las obligaciones Tributarias se hará de oficio por parte de la Administración con base en la información brindada en la página oficial del Ministerio de Hacienda “Consulta Situación Tributaria” por medio de la Administración Tributaria Virtual del Ministerio de Hacienda”.
Esta condición deberá mantenerse inclusive al momento de emitir el Acto de Adjudicación y en caso de ser Adjudicatario, por todo el plazo de la vigencia del contrato
- Poderes Especiales: En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga. Que detallen claramente los actos jurídicos específicos para los cuales se faculta al apoderado, con la indicación expresa del número de contratación para la cual se le está otorgando el mandato, conforme lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil. Tómese en consideración que el apoderado está impedido de realizar en nombre del poderdante aquellos actos no puntualizados expresamente en el poder especial.
- Relación con el Ministerio: el proveedor no deberá tener ninguna relación laboral con el Ministerio de Educación Pública.
- La Administración se reserva la posibilidad de la adjudicación parcial de una misma línea (rebajo de cantidades), de conformidad con el Artículo 90 inciso h artículo 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública), así como aumento de cantidades si la necesidad así lo justifica. La Administración posee la facultad de determinar la necesidad de realizar modificaciones en el presupuesto.
- ESPECIES FISCALES: En lo correspondiente al pago de Especies Fiscales y Reintegro de Papel, se informa que mediante directriz MH-DCoP-DIR-0002-2024, de fecha 19 de diciembre del 2024, signada por Miguel Antonio Hernández Mejía, Subdirector Dirección de Contratación Pública, Circular MH-DCoP-CIR-0091-2024, de fecha 06 de diciembre de 2024, suscrita por Erika Solís Acosta, Jefe del Departamento de Normas y Contrataciones, DCop, oficio D.PROV.I.-DCA-(Interno)001-2025, de fecha 13 de enero de 2025, suscrito por Manuel Zúñiga Delgado, Jefe del Departamento de Contratación Administrativa, de la Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, y Decreto Legislativo No. 10586 denominada “Simple I: Simplificación de Impuestos para levantar la Eficiencia y la Competitividad (Fase 1)” se deroga el artículo 3 de la Ley 6496, Ley Crea Timbre para Asociación Ciudad de las Niñas y Traspasa Inmueble, así como la derogatoria de varios artículos del Código Fiscal. Es por esta razón que, se procede a eliminar el arancel relacionado a Especies fiscales y reintegro de Papel.
- Documentación sin formalidad legal: al recibir únicamente ofertas electrónicas, se debe adjuntar como anexo en la oferta digital, el documento electrónico firmado digitalmente, mediante un certificado digital válido y vigente, emitido por la autoridad certificadora competente. O bien, se deberá adjuntar como anexo en la oferta digital, copia del documento original firmado en manuscrito y legible.
- La presente contratación se regirá, en lo conducente, por los siguientes cuerpos normativos: Ley #6227 Ley General de la Administración Pública, Ley #9986 Ley General de Contratación Pública, Decreto Ejecutivo #43808-H, Decreto Ejecutivo #32448-MP-MEIC, Ley 8454 de 30-08-2005 y Reglamento a la Ley de Certificados, firmas digitales y documentos electrónicos “D.E. 33010 del 20-03-2006, Gaceta 77 de 21-04-2006, Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas "SICOP", DECRETO Nº 36242-MP-PLAN publicado en la Gaceta No 221 del 15 de noviembre de 2010 y demás cuerpos legales que por su conexión u otras razones jurídicas aplicables.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. La Administración cobrará una multa de 5%, hasta alcanzar un máximo de un 25% del valor total de la contratación. Las causales del incumplimiento se detallan a continuación: a- Si el contratista incumple con la cantidad de sillas o mesas solicitada para la realización de la actividad. b- Si el contratista incumple con la hora estipulada de servir los alimentos. c- Si el contratista incumple con el espacio de los salones solicitados o si los mismos no se encuentran debidamente limpios. d- Si el contratista incumple con las condiciones solicitadas, como el estacionamiento. La entrega incompleta de una línea no debería ser recibida por la Administración, solo en caso de previa autorización escrita por parte del Administrador del Contrato. Lo anterior con base en el artículo 286 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública: rechazo del objeto: El porcentaje establecido de multa se justifica con el documento adjunto denominado "Memoria de cálculo de cláusula penal y multas", lo anterior de conformidad oficio DVM-PICR-D. PROV.I.-03-2023 de fecha 24 de febrero del 2023, emitido por el Departamento de Fiscalización de la Ejecución Contractual y oficio DAJ-0445-2025 de fecha 02 de julio de 2025 referente a la exclusión del IVA.
Cláusula penal. En caso de no cumplir el contratista con el plazo de entrega del objeto contractual adjudicado, el Contratista pagará al Ministerio de Educación Pública una cantidad equivalente al 1% sobre el monto total contratado (sin IVA) de la línea del contrato donde ocurra el incumplimiento por cada día hábil de atraso total o parcial en la entrega del objeto contratado. Esta cláusula no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del monto total contratado (sin IVA), incluidas sus modificaciones; en caso de ser superado la Administración podrá valorar la resolución del contrato. La justificación para la determinación del porcentaje de cláusula penal se establece a partir de la tabla de estimación (memoria de cálculo clausula penal adjunto al Pliego de Condiciones).
Documentos del cartel8
- Oficio de contingenciaPDF · 410 KB
- CARTA-DM-1386-2026 Acto motivado JerarcaPDF · 276 KB
- Propuesta técnica y económicaPDF · 174 KB
- Carta proveedor únicoPDF · 195 KB
- Memoria de cálculo de cláusula penal y multaPDF · 266 KB
- Decisión inicialPDF · 584 KB
- Informe técnicoPDF · 573 KB
- Pliego de condicionesPDF · 584 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Carolina García Solano
Dirección de Vida Estudiantil
Gabriela Lucía Leiva Flores
Encargado del concurso · Contratación Administrativa
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 09:28. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.