2026LD-000321-0000900001 · SICOP 20260903660
Mantenimiento de la alfombra en el aula Magna, Plaza de la Autonomía
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡4,0 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 07/10/2026. La más baja fue de Coto y Osorio, ₡3,5 millones (12 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡4,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡3,5 millones
12 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó30/09/2026 07:42 · hace 11 días
- Límite para 01/10/2026 23:59 · hace 10 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas07/10/2026 10:00 · hace 4 días
- de ofertas07/10/2026 10:00 · hace 4 días
- (plazo máximo)≈ 21/10/2026 · en 10 días
Nota de la institución. Los interesados podrán asistir a la visita técnica programada para el 01 DE OCTUBRE DE 2026, a las 09:30 horas. Punto de encuentro: en la entrada principal del Aula Magna de la Universidad de Costa Rica, Finca 2, San Pedro de Montes de Oca. https://maps.app.goo.gl/tYqreJj3q9cSab1Q6 Dirige la visita: Ing. Sylvia Villalobos Brenes, Inspectora a cargo del proyecto y funcionaria de la Sección de Mantenimiento y Construcción de la Oficina de Servicios Generales
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Mantenimiento y Limpieza de Alfombras1 · ₡3 500 000,001₡3 500 000,00
- Servicio de Trabajos Complementarios, (contingencias o Imprevistos) de Construcción1 · ₡500 000,001₡500 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡3,4 millones – ₡4,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 4 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Criterios sustentables 15 % · Experiencia Adicional 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡457,8 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Criterios sustentablesmáx. 15 | Experiencia Adicionalmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Coto y Osorio | 75 | 15 | 10 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
“MANTENIMIENTO DE LA ALFOMBRA EN EL AULA MAGNA,
PLAZA DE LA AUTONOMÍA”
CONDICIONES INVARIABLES
- VIGENCIA DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán tener una vigencia de 30 días hábiles a partir de la fecha de apertura de estas.
- MONTO Y PLAZO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
2.1. Monto y plazo de la garantía de cumplimiento: Se requiere un 5% sobre el valor total adjudicado, con una vigencia de 2 meses, a partir de la fecha probable de finalización del contrato. Según el artículo 114 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública
La misma deberá rendirse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación en firme; su inobservancia dentro de dicho plazo dejará sin efecto el acto de adjudicación y autorizará a la Administración para re adjudicar el concurso a la segunda mejor oferta calificada, sin perjuicio de toda acción tendiente a resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la administración por el contratista renuente.
2.2. Forma de rendir las garantías: Las garantías deberán rendirse independientemente por concurso mediante el sistema SICOP, en forma irrevocable y a la orden de la Universidad de Costa Rica, en general, conforme se estipula en el Artículo 44 de la Ley General de Contratación Pública. No se aceptan seguros de caución según criterio de la Oficina Jurídica.
2.3. Devolución de las garantías: Los interesados deberán solicitar la autorización de la devolución de la garantía mediante nota dirigida a la Oficina de Suministros en la cual indicarán el número de concurso, número de recibo, monto y tipo de garantía; dicha solicitud debe venir firmada por la persona que suscribió la oferta, caso contrario deberá aportar certificación de personería de quien está firmando, será devuelta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que la Universidad tenga por definitivamente ejecutado el contrato a satisfacción y se haya rendido el informe correspondiente.
- PLAZO DE ADJUDICACIÓN.
La administración podrá tomar hasta 10 días hábiles para realizar la adjudicación, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, prorrogable por un plazo igual en casos debidamente justificados.
- FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de adjudicar, en forma total o parcial a un solo oferente o de declarar desierto el concurso.
Se adjudicará aquella oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con el apartado “Evaluación de las ofertas”.
- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución se establece en un máximo de 30 días hábiles el cual se tomará a partir de la orden de inicio que gire la Sección de Mantenimiento y Construcción. El contratista debe estar en plena capacidad para cumplir con el plazo indicado y así lo hará saber en su oferta. Lo anterior por cuanto las modificaciones y mejoras objeto de esta contratación es de carácter urgente para la Institución. Asimismo, el contratista deberá tramitar los permisos del caso para laborar sábados, los domingos no se permitirá el ingreso a la Institución.
Cuando por razones no justificadas el Contratista no cumpla con el plazo de entrega del proyecto establecido en el pliego de condiciones y aceptado en la oferta, deberá redoblar los esfuerzos necesarios para concluir el proyecto en el menor tiempo posible. Esto incluye desde aumentar el personal hasta laborar más horas de las programadas en el cronograma de servicio. Todo lo anterior sin perjuicio del régimen de multas, según el punto 8 de este pliego licitatorio, de conformidad con, los postulados del numeral 107 de la Ley General de Contratación Pública.
- EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO (REAJUSTE DE PRECIOS).
Equilibrio Económico del Contrato (Reajustes de Precios)
Conforme a lo dispuesto por el 43 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 107 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Universidad de Costa Rica reajustará la variación de los costos directos e indirectos, estrictamente relacionados con el servicio, aumentándolos o disminuyéndolos conforme a lo establecido en el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicio, según Decreto Ejecutivo No. 44937-H-MICITT-MIDEPLAN publicado en el Alcance No. 46 a la Gaceta No. 64 del 03 de abril de 2025.
- FORMA DE PAGO Y ACEPTACIÓN FINAL DE LA SERVICIO.
Se pagará en colones costarricenses dentro de los treinta días naturales siguientes a la presentación de la factura, una vez recibida el servicio completa de conformidad por parte del o los inspectores de la Unidad a cargo del servicio. O si los inspectores del proyecto lo consideran pertinente, los pagos se harán por avances de servicio debidamente aprobados por el profesional a cargo de su inspección por parte de la Institución y la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción de la OSG.
Cuando la oferta se presente en dólares, la factura se cancelará en colones costarricenses, al tipo de cambio a la fecha en que se emita el cheque. La Universidad de Costa Rica no asumirá el diferencial cambiario por entrega tardía imputable al contratista.
Un requisito para la presentación de facturas será la aprobación del inspector. El inspector estará facultado para solicitar, ante la Dirección de la Oficina de Servicios Generales, la retención del pago, para lo cual deberá comprobar el incumplimiento de instrucciones, siempre y cuando dicho incumplimiento sea calificado de sustancial o relevante para el desarrollo normal del servicio contratado o la eficacia del objeto contratado. Esta solicitud debe contar con el visto bueno de la coordinación de la Unidad de Diseño y Construcción y de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción.
Se realizarán únicamente 4 pagos parciales del proyecto, cada avance corresponderá a un 25% de obra ejecutada y deberá de contar con visto bueno del equipo de inspectores.
La factura electrónica para el trámite de pago deberá el contratista remitirla a la dirección de correo que se detalla a continuación, que pertenece al inspector a cargo de este proyecto por parte de la Institución: Inga. Sylvia Villalobos Brenes: sylvia.villalobos@ucr.ac.cr; con copia a Gabriela Bruno Quesada: gabrielapatricia.bruno@ucr.ac.cr. Además, debe enviarse dicha factura a la dirección: facturaelectronica.oaf@ucr.ac.cr .
Nota: previa a la remisión de la solicitud de pago, la Administración verificará el estado al día de impuestos nacionales y obligaciones con la CCSS, además de la patente y el permiso sanitario de funcionamiento vigentes. En caso de incumplir con alguno de estos requisitos, el pago se detendrá hasta que el contratista subsane lo pertinente.
- RÉGIMEN DE MULTAS O CLAUSULA PENAL:
Se aplicará la cláusula penal establecida en el pliego de condiciones por cada día natural de atraso, sobre el monto total del servicio o por el pendiente de ejecutar, de acuerdo con lo indicado por el Inspector a cargo del servicio, por cada día natural de atraso hasta un máximo de un 25%. La multa se deducirá mediante procedimiento sumario y la Universidad queda autorizada para que esta suma sea deducida de las facturas presentadas para su pago o retenciones efectuadas, si el contratista se niega a depositar la multa conforme a las disposiciones de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Las razones que motivan el cobro al cual se hace alusión, son el resultado de un análisis que ha tomado en consideración tres variables importantes:
- Monto del contrato.
- Plazo de entrega.
- Repercusiones para la Administración.
Con respecto a las repercusiones por la entrega tardía del producto final, se enumeran las siguientes:
- La utilización inmediata del espacio.
- Repercusiones de un eventual incumplimiento.
- Riesgos en el incumplimiento del plazo.
- Importancia del plazo de entrega.
- Clasificación de tipo de contratación.
- INCUMPLIMIENTOS Y SANSIONES AMBIENTALES
La Universidad de Costa Rica aplicará las sanciones estipuladas en el apartado (adjunto) nombrado “Especificaciones Técnicas Ambientales”, en caso de el incumplimiento de estas disposiciones, esto le dará derecho a la Universidad a detener el servicio en forma parcial o total, así como a tomar la decisión de retener el pago de las facturas pendientes, hasta que se atienda la disposición. Asimismo, se sancionará, de acuerdo con las tablas adjuntas, a la empresa con una multa fijada por la inspección y la Universidad.
Este monto será restado del siguiente pago más cercano al hecho de la sanción.
- GARANTÍA EN PLAZO SOBRE EL SERVICIO CONTRATADO.
- La garantía sobre el servicio contratado no podrá ser menor de DOS AÑOS.
- La garantía sobre los productos o equipos que se incorporen al servicio será la que emita el fabricante y el tiempo empezará a correr a partir de la recepción de la instalación y así deberá indicarse en la oferta junto con su respaldo escrito y ficha técnica. En caso de no presentar este documento, los equipos tendrán el mismo plazo de garantía del servicio.
Esta disposición pliego de condiciones persigue el aseguramiento de una correcta ejecución contractual y mantener por el tiempo requerido la inversión realizada por la Administración.
- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas elegibles se evaluarán de la siguiente forma
FACTOR CALIFICACIÓN
- Precio 00 puntos
- Experiencia 00 puntos
- Criterios sustentables 00 puntos
TOTAL, PUNTAJE 100,00 puntos
10.1. Precio: 75%
Se asigna el puntaje máximo al contratista que ofrezca el precio menor, siempre y cuando este cumpla con todo lo estipulado en el pliego de condiciones. El puntaje mínimo se le asigna al contratista que ofrezca el mayor precio y para los demás contratistas se les asigna en forma proporcional.
Donde: P1= PM/PO * P
P1=Puntaje obtenido por la oferta en estudio.
PM=Precio de la oferta más barata.
PO=Precio de la oferta en estudio.
P=Porcentaje de precio que se aplicará en el estudio.
10.2. Experiencia en proyectos similares 10%:
10.2.1. Se le concederá a la empresa que certifique haber realizado un proyecto similar en el último año, previos a la publicación del pliego de condiciones. (Se considera como proyecto similar trabajos de limpieza de alfombras similar por un estimado 100.00 m2).
10.3. Criterios Sustentables de Evaluación 15%:
10.3.1. CRITERIOS AMBIENTALES (10%):
10.3.1.1. Se le otorgará un 5% del puntaje al oferente que se haga responsable directa o indirectamente del aprovechamiento, recuperación, reciclaje, tratamiento o eliminación ambientalmente adecuada de los residuos que el servicio genera, especialmente los residuos de productos químicos al final de la contratación.
Forma de verificación: el oferente debe presentar una declaración jurada con el plan de manejo de los residuos que se van a generar por el servicio.
10.3.1.2. Se le otorgara un 5 % del puntaje de la evaluación de los criterios sustentables (ambientales) al oferente que cuente con una certificación de Carbono Neutralidad o galardón ambiental como, por ejemplo, Bander Azul, ISO 1400 o equivalente.
Forma de verificación: el oferente debe presentar una declaración jurada donde se adjunte el certificado que respalde el cumplimiento de alguno de esto galardones o certificados.
10.3.2. CRITERIOS SOCIALES (5%):
10.3.2.1. Se le otorgar un 5 % del puntaje de la evaluación de los criterios sustentable (sociales) al oferente que certifique ser una empresa PYME.
Forma de verificación: el oferente debe presentar una declaración jurada con la copia de la certificación que lo acredita como empresa PYME.
10.4. Criterios de Desempate:
En caso de presentarse empate en la calificación total de varias ofertas, se utilizará como criterio para el desempate el puntaje mayor en los criterios de evaluación de manera independiente y de acuerdo con el siguiente orden:
- EMPRESA PYMES, deberá presentar la respectiva certificación.
- MENOR PRECIO
- MAYOR EXPERIENCIA
- MAYOR PUNTAJE EN CRITERIOS SUSTENTABLES
- AL AZAR SEGÚN EL ARTÍCULO 97 del Reglamento a la Ley General de la Contratación Pública
10.5 Margen de razonabilidad de precios
La Administración define una base para el análisis de la razonabilidad de precios en relación con el precio estimado que oscilen en un rango de ±15%.
- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y LA ADMINISTRACIÓN
- El contratista y su personal atenderá y respetará la envestidura del Inspector de servicio asignado por la Universidad de Costa Rica. Este Inspector será la única persona autorizada por la Sección de Mantenimiento y Construcción para supervisar e inspeccionar todos los aspectos concernientes a un proyecto en particular, desde un punto de vista eminentemente técnico. Será el responsable de evacuar y tomar las decisiones correspondientes de todas las dudas o consultas que el Ingeniero de Dirección de Proyecto (designado por el contratista) pudiese tener. Queda claro que el contratista obviará cualquier instrucción, cambio, nueva actividad, petición, o modificación a lo establecido en el contrato, que no sea emanada por el Inspector Universitario, para lo cual se requerirá el aval del inspector y de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción y la autorización de la Dirección de la Oficina de Servicios Generales. Caso contrario el Inspector será acreedor de las sanciones administrativas, civiles y penales que el ordenamiento contemple, si produce un daño económico a la Institución. En caso de que el contratista incumpla dicho procedimiento, será responsable ante los costos económicos que ello implique.
- El contratista y el personal técnico y profesional a cargo del servicio, está en la obligación de acatar las observaciones e instrucciones anotadas en la Bitácora de Servicio; disponiendo de un plazo no mayor a 24 horas para iniciar las correcciones pertinentes, salvo casos complejos, situación ante la cual se requerirá de un consenso entre los profesionales por parte del contratista y los profesionales representantes de la Administración. En caso contrario, y ante la negativa de rectificar lo indicado, el inspector entregará un informe con el visto bueno del inspector y de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción a la Oficina de Suministros de la Oficina de Servicios Generales con copia al expediente. Si persiste, se invocará la resolución del contrato por causa justa, y se iniciará el debido proceso pretendiendo la respectiva indemnización.
- Responsabilidad civil ante terceros y ante la Institución.
Si como consecuencia de la ejecución del trabajo comprendido en esta contratación, el contratista causara algún daño o perjuicio a otras propiedades u servicios de la Universidad o de terceros, el contratista deberá reparar el daño en cuestión dentro del plazo de ejecución de la servicio para lo cual el Inspector girará las instrucciones técnicas necesarias, y emitirá un informe de estado para su respectivo registro, sin que esto implique un gasto adicional o responsabilidad para la Institución. En caso de que el contratista no realice las reparaciones, la Administración se reserva el derecho de retener las facturas que encuentren pendientes de pago, o bien ya sea deducir de ellas, los costos de las reapariciones de los daños ocasionados, contra el informe técnico por parte del representante de la Administración.
Protección ampliada contra riesgos y responsabilidad civil. El contratista indemnizará al propietario y garantizará que éste quede resarcido por los daños y perjuicios a sus bienes o propiedades, y responderá por los extremos condenados en sentencia, sean lesiones a cualquier grado, muerte de personas o daños a la propiedad. Se incluye entre los rubros a pagar, honorarios de abogado, establecidos contra el Contratista por parte de terceras personas, se contempla entre estos alcances aquellos daños ocasionados por los empleados y agentes del contratista exclusivamente, liberando plenamente a la Administración, salvo que se demuestre la existencia de una instrucción y que derivada de ella se produjera el daño ocasionado.
- Todo el material existente en las instalaciones de la Universidad de Costa Rica, que fuese a ser removido por motivo de los trabajos a efectuar, como por ejemplo: puertas, llavines, vidrios, marcos de madera, lámparas, tubos fluorescentes, elementos de estructura, láminas de cielo u otros que se consideren por parte de la Inspección Universitaria, deberán ser entregados por parte del contratista en la bodega de material recuperado asignada por la Universidad, en el mismo estado en que se encontraban en el sitio, sin que ello implique un costo extra en los trabajos. La entrega de dicho material deberá estar supervisada y contar con el visto bueno de la Inspección. En caso de pérdida, deterioro o daño de algunos de estos componentes, la Universidad se reserva el derecho de pedir su restitución. Para estos efectos deberá consignarse un acta Administrativa, debidamente firmada por el representante del Contratista y del representante de la Administración, documento mediante el cual se detallará la cantidad de material que se removerá y sus condiciones. A dicho materia, se le harán tomas fotográficas con el objetivo de que complementen el acta Administrativa, al tenor del numeral 270 de la Ley General de la Administración Pública en fiel concordancia con los artículos 7 y 8 de la Ley General de Contratación Pública.
- El contratista aportará todos los equipos, materiales, accesorios, componentes de primera calidad, así como la mano de servicio especializada necesaria para la debida finalización y conclusión del servicio y sus distintos componentes (tales como: pisos, paredes, ventanería, puertas, cubiertas, instalaciones eléctricas, instalaciones mecánicas, etc.), aun cuando no estén indicados en este folio de especificaciones técnicas. Será responsabilidad y obligación del contratista que dichos sistemas queden instalados de forma correcta, eficaz, segura y estéticamente aceptables.
El contratista será responsable por el cuido y protección de todos los materiales, herramientas y equipos hasta la entrega definitiva del servicio.
- Cuando el personal que realiza las tareas constructivas forma parte de una empresa subcontratada, el contratista a través del Ingeniero de Dirección tendrá la responsabilidad de coordinar la operación y sincronización de todos los colaboradores, con la finalidad de consolidarlo como grupo de trabajo sólido y coherente, cuyo fin es el mismo. En ninguna circunstancia se permitirá que existan diferencias entre las empresas involucradas, evitando se afecte el normal desarrollo del proyecto. Lo anterior en el pleno cumplimiento de lo indicado en el articulo 49 de la Ley General de Contratación Pública, y articulo 126 de su Reglamento.
- Los costos por limpieza y acarreo de escombros y basura a un lugar autorizado fuera de la Institución correrán por cuenta del contratista. Deberán realizarse las veces que sea necesarias para evitar la acumulación de ellos, de tal manera que el Oferente deberá considerarlo en su estructura de costos.
- REUNIÓN GENERAL DEL PROYECTO.
Con la finalidad de coordinar todos los aspectos relevantes al proyecto, el Oferente elegido y su equipo de trabajo deberán presentarse a una reunión general de carácter obligatorio. Dicha sesión se realizará en las Oficinas de la Sección de Mantenimiento y Construcción adscrita a la Oficina de Servicios Generales, previo al inicio de los servicios, para lo cual se indicará la fecha y hora respectiva, todo con la coordinación del o los inspectores (es) encargado (s) del servicio y cuyo fin es el de evacuar posibles dudas, así como los alcances esperados por la Universidad en la realización de los trabajos. Al finalizar esta sesión se levantará un acta en la que se consignarán todos los acuerdos y puntos relevantes en torno a la contratación.
- MANO DE SERVICIO Y MÉTODOS.
El contratista asignará un encargado para este proyecto quien será el responsable de la Dirección Técnica del servicio, quien será de profesión Ingeniero o arquitecto. Deberá tener como mínimo una experiencia de 5 años, debiéndose aportar con la oferta, los atestados y currículum que lo acrediten, además de la declaración jurada sobre este aspecto. Queda claro que será su responsabilidad el instruir, organizar y dirigir al personal técnico, en toda y cada una de las tareas del proyecto, propias de su especialidad. Será requisito que las decisiones e instrucciones emanadas por dicho encargado queden por escrito en la bitácora del servicio para conocimiento del inspector representante de la Institución.
Todo el trabajo deberá ser ejecutado por personal experto en esta clase de servicios. El contratista ubicará al frente de la servicio a personal técnico calificado y de amplia experiencia, debiéndose aportar los atestados que certifiquen su capacidad para realizar las laborares propias de cada proyecto El inspector tendrá la facultad de ordenar la remoción de cualquier operario, capataz o empleado de la servicio si a su juicio le causare molestias o impedimentos para llevar a cabo la inspección y/o los trabajos pudiesen quedar deficientes por motivos de incompetencia o problemas causados por los empleados del contratista, para lo cual el inspector deberá presentar un informe completo que contemple las razones técnicas y administrativas por las cuales sugiere el cambio o la remoción. Dicho cambio deberá contar con el visto bueno de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción.
Nota: En caso del reemplazo o inserción de nuevo personal profesional o técnico en el proyecto, previo se deberán aportar los atestados respectivos para la aprobación por parte de la Universidad de Costa Rica.
En caso de que se incumpla con lo indicado en el punto a, el Inspector Institucional recomendará la aplicación del débito correspondiente, mismo que será sometido a estudio y autorización por parte de la Dirección de la Oficina de Servicios Generales.
- CONSIDERACIONES SOBRE MATERIALES Y EQUIPOS:
- El contratista deberá verificar cuidadosamente las cantidades, medidas y anotaciones que se marcan en las especificaciones, presupuesto y alcances del trabajo, siendo responsable de cualquier error que resulte en su oferta en caso de no tomar las precauciones necesarias.
- Será requisito obligatorio para el Oferente el verificar que el mercado nacional pueda proveer todos y cada uno de los materiales especificados (o no especificados y necesarios para la elaboración y el correcto funcionamiento de algún elemento) en el documento “Descripción de Actividades”, etcétera, previo a la presentación de su oferta.
b1. La Universidad de Costa Rica rechazará cualquier solicitud de ampliación del plazo de entrega justificado bajo el razonamiento del acápite (b). Salvo fuerza mayor y caso fortuito, debidamente comprobado.
b2. En último caso, el Oferente está en la obligación de considerar cualquier periodo de entrega de material, reflejándolo en su oferta de “Plazo de Entrega del Proyecto”; justificándolo mediante un documento emitido directamente por el fabricante o representante del producto en el país.
- Todos los materiales para utilizar en la realización de los trabajos serán nuevos y de la mejor calidad en su clase, de acuerdo con las especificaciones.
- Todos los materiales y equipos serán sometidos a la aprobación del inspector antes de iniciar el servicio, aun cuando sean iguales a los especificados. Anotándose en la bitácora la aprobación o desaprobación de estos. Si el contratista instala materiales o equipos antes de ser aprobados, será responsable por su remoción y reposición, sin cargo o costo adicional para la U.C.R., si en opinión del inspector no cumple con la calidad especificada. En caso de que exista conflicto sobre la calidad de los materiales entre el Inspector del servicio y el Contratista, resolverá en última instancia la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción, pudiéndose solicitar reconsideración ante el director de la Oficina de Servicios Generales la decisión final, tramite este de índole meramente administrativo y ordena torio.
- Si al preparar la oferta se cotiza un equipo, materiales o componentes de diferente calidad y características al especificado, que sea de menor precio, el Oferente deberá suplir e instalar el especificado en el pliego de condiciones, de manera inmediata.
- La frase “…igual o mejor…” acompañada con la referencia de un modelo de un fabricante en particular, deberá interpretarse como una norma de calidad y estilo deseado, pero nunca inferior, para lo cual se someterá a un proceso de evaluación, la eficacia y desempeño para la decisión final, misma que deberá contar con un visto bueno por parte de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción.
- Todo equipo, material, componente o infraestructura nueva y existente que resulte rayada o que pierda zonas de pintura durante la construcción y ejecución de los servicios, deberá ser retocada y restaurada al acabado original, según criterio de la Inspección designada por la Universidad de Costa Rica. Para lo cual se harán la toma fotográfica necesaria y se levantará un acta Administrativa para efectos probatorios en caso de la interposición de oposiciones.
- El contratista será responsable por el cuido y protección de todos los materiales y equipos hasta la entrega definitiva del servicio, esto incluye su debido transporte y almacenamiento. En caso de pérdida o robo, sea que el mismo se encuentre almacenado o instalado, asumirá los costos económicos que ello implique.
- Todo el equipo, material o sistema será probado y dejado en perfecto estado de funcionamiento, debiendo ser cambiado sin costo adicional alguno para la UCR si falla por causas normales de operación durante los primeros dos años de funcionamiento tomado a partir de la fecha de recepción definitiva del servicio.
- La Institución invocará el derecho de garantía sobre cualquier equipo, material o sistema, y el contratista la hará efectiva en forma inmediata una vez recibida la solicitud por parte de la Universidad de Costa Rica. Ante el caso de que el contratista requiera de un tiempo razonable solicitará por escrito. La autorización ante la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción.
- LIMPIEZA DEL LUGAR:
Durante el proceso de construcción, el contratista deberá mantener el lugar limpio de escombros y basura, en especial en las zonas de paso de personas y /o vehículos. Se recuerda al contratista su responsabilidad con respecto a daños en construcciones o cobertura verde propiedad de la Universidad de Costa Rica y otros, que pudiera producir su personal debido a su actividad, y deberá resarcir a la Institución o a terceros por los daños ocasionados o repararlos debidamente por su cuenta.
El contratista deberá guardar las condiciones mínimas de seguridad y salud ocupacional, manteniendo un orden y limpieza adecuados en la construcción durante el proceso de avance y al finalizar deberá entregar la servicio y alrededores limpios de todo tipo de basura y escombros. Su personal deberá utilizar el equipo, ropa y herramientas de protección y seguridad recomendadas por los reglamentos de ley y por las instituciones relacionadas con este campo.
El contratista deberá velar por la presentación adecuada de su personal, no se permitirá laborar con camisetas sin mangas, pantalonetas, o pantalones cortos, además, deberán de guardar el cuidado de no acosar ni molestar a ningún usuario o visitante del lugar. Deberán ser trabajadores de buena conducta, cumplir con las normas de decoro y hábitos de higiene.
El contratista deberá realizar por su cuenta la limpieza del terreno del material orgánico no apto para construir, realizar las excavaciones y zanjeo, nivelación y trazado de los servicios a ejecutar.
Asimismo, deberá realizar todos los servicios para la colocación de previstas y de infraestructura que sean necesarias ya sea que estén o no indicadas en estas especificaciones.
Los costos por limpieza y acarreo de escombros y basura a un lugar autorizado fuera de la Institución correrán por cuenta del contratista, y deberán realizarse las veces que sea necesario para evitar la acumulación de ellos.
- NORMAS DE SEGURIDAD, HIGIENE Y OTRAS:
El contratista será el único responsable de velar por la seguridad de su personal y mantendrá el equipo de seguridad adecuado para que cada funcionario desarrolle su labor de acuerdo con la legislación y reglamentos vigentes en materia de salud ocupacional. El uso del equipo de seguridad será obligatorio y el incumplimiento de este punto generará un marco de responsabilidad exclusivo del contratista.
Así mismo el personal a su cargo mantendrá un comportamiento adecuado de respeto al personal administrativo, docente, estudiantes y público en general de acuerdo con el “Reglamento de la Universidad de Costa Rica en contra del hostigamiento sexual”. El incumplimiento de estas normas por parte de algún trabajador dará derecho a la supervisión de solicitar al contratista la destitución y reposición, para lo cual se llevará a cabo un proceso sumario con el objetivo de aportar las pruebas que sean oportunas y pertinentes.
El contratista deberá nombrar un responsable de los servicios que brindará, el cual coordinará con el Inspector de la Universidad de Costa Rica, y mantener personal idóneo para la ejecución del trabajo.
Todo cambio en los materiales especificados debe ser solicitado por escrito a la Jefatura de la Unidad de Construcción. Esta Jefatura deberá contar con el aval de la Jefatura de la Sección de Mantenimiento y Construcción para ejecutar los cambios propuestos. Cualquier cambio o adición no autorizada será por cuenta y riesgo del Contratista, de tal suerte que la Administración se reserva el derecho de restitución de conformidad con los alcances del pliego de condiciones, dentro del plazo conferido originalmente.
El equipo: andamios, escaleras, cuerdas, guindolas, etc., deberán reunir las mejores condiciones para su funcionamiento y seguridad del personal y terceros. El equipo deberá estar en buen estado y completo, se advierte que la revisión será constante por parte de la inspección. Lo anterior implica que deben cumplir con las normas técnicas en esta área.
El contratista será responsable de entregar en la bodega de recuperación de la Universidad, todos los materiales utilizables servicios de demolición, y deberá entregar el recibido. También deberá entregar la bitácora previó a la aprobación de la factura de liquidación.
El contratista correrá con todos los gastos por el acarreo de los materiales, herramientas, implementos, equipo y otros que él requiera para ejecutar el servicio contratado.
Queda totalmente prohibido hacer fuegos, ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones durante el proceso constructivo. De incumplirse con esta directriz, la Universidad de Costa Rica solicitará la remoción del personal implicado.
El contratista deberá tomar las previsiones necesarias a fin de evitar cualquier daño a propiedades (muebles e inmuebles) de la Institución o de terceros. Si el contratista o personal a su cargo produjere daños el costo por la reparación u otros costos colaterales correrán por cuenta del contratista.
No se considerará trabajo extra ni se considerará pago adicional por aquellas condiciones no expresamente indicadas, pero fácilmente visibles o razonablemente previsibles como resultado de un examen cuidadoso de los documentos y sitio en que se instalarán.
Será por cuenta del Contratista, ubicar una franja divisoria de prevención, color amarillo; u obstáculo, con el fin de que los vehículos mantengan una distancia mínima de (Tres Metros) a la hora de transitar o parquear y así evitar problemas que se puedan presentar. El contratista deberá asegurarse que todos los accesos, las colindancias y las calles públicas queden protegidas adecuadamente para evitar así daños a transeúntes o daños a la propiedad de terceros.
- PÓLIZAS, CLÁUSULA DE SEGUROS:
17.1 Seguros, administración del riesgo
La compañía adjudicataria, en el transcurso de 5 días naturales antes de la fecha de inicio de los servicios, sujeto a la aprobación de la UCR y en pleno cumplimiento de la Ley aplicable, deberá por su cuenta obtener y mantener en vigencia las pólizas, emitidas por el Instituto Nacional de Seguros (INS), que se indican en este apartado.
El costo de los seguros y pólizas serán a cargo del contratista de manera exclusiva.
Los seguros mencionados no son una limitación de la responsabilidad de la compañía adjudicada, ni la UCR asume responsabilidad alguna por señalar los montos. La UCR no reconocerá ningún pago adicional por el otorgamiento de estos seguros.
El contratista deberá contratar y mantener por todo el tiempo de duración del servicio, como mínimo, las siguientes pólizas:
- Una póliza de Riesgos del Trabajo que cubra a todo su personal empleado para atender los compromisos derivados de esta licitación. El contratista debe presentar al Administrador del Contrato en forma mensual y por lo que dure el contrato una copia de la planilla del personal que realiza las labores de mantenimiento contratadas, presentadas ante el INS y la CCSS, debidamente selladas como recibidas o mediante documentos emitidos por estas Instituciones. Esta póliza deberá ser acorde con lo estipulado en la Ley Riesgos del Trabajo 6727. En caso de contratar personal nuevo, éste deber ser reportado al INS con anterioridad al inicio de su labor, mediante la boleta de inclusión provisional que dispone en forma física o correo electrónico que dispone el ente asegurador. Posteriormente, estos trabajadores deben ser incluidos en el reporte mensual de planillas en el mes que corresponde.
Control de pérdidas:
- En el caso de que cualquier instalación, sea dañada por causas imputables al contratista, esté último deberá resarcir el 100% del costo generado por los daños y perjuicio ocasionados.
- El contratista deberá acatar todas aquellas recomendaciones que la UCR le indique dirigidas a la reducción y control de riesgos, durante las labores desarrolladas.
- La UCR, se reserva el derecho de revisar las pertenencias, bultos y equipos de los empleados del contratista, cuando lo considere conveniente, a la entrada o salida de las instalaciones, de igual forma el contratista estará obligado a cumplir este requisito si los clientes de la UCR donde se brindará el servicio así lo requieren.
Aprobación por parte de la UCR:
- Las pólizas solicitadas deberán ser presentadas al UCR (Administrador del Contrato) mediante copias legibles, cinco días antes del inicio de la ejecución del contrato y deberán ser por los montos estipulados en estas condiciones.
- La UCR se reserva el derecho de revisarlas y solicitar los cambios que considere necesarios para que las mismas se ajusten a lo estipulado en este contrato; por lo que, no dará orden de inicio de los trabajos si estas pólizas no han sido presentadas a su entera satisfacción.
- La UCR tendrá la potestad de suspender el contrato o ejecutar la garantía de cumplimiento si alguna de las pólizas deja de tener vigencia durante el tiempo de ejecución del contrato o si se incumple alguna de las cláusulas señaladas anteriormente. En relación con la potestad de suspender el contrato, se aplicará en lo dispuesto en el Capítulo II “Terminación del Contrato”, Sección I “Aspectos Generales”, articulo 288 al 292, y Sección II “Resolución del Contrato” artículo 293 todos estos numerales del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
Responsabilidades:
- El oferente debe manifestar en su oferta, que en caso de resultar adjudicado acepta el pago de cualquier deducible total o parcial de aquellas pólizas con que cuenta la UCR, para protección de su actividad y propiedad en caso de ocurrir alguna pérdida que sea impugnable a este por su falta, dolo, negligencia, imprudencia o impericia o bien por no acatar las recomendaciones de la UCR en materia de seguridad y protección.
Medidas de seguridad para la realización del mantenimiento:
- El contratista deberá observar las normas de seguridad y control de pérdidas que, a través de la UCR, éste solicite para sus empleados, equipos, siendo de acatamiento obligatorio cualquier corrección que la UCR solicite en esa materia, de lo contrario la Institución tiene la potestad de paralizar los trabajos hasta que sean acatadas todas sus indicaciones, sin que sea causa justificada de atraso en la ejecución del servicio. En caso de que se presente un accidente con daños a personas, equipos, bienes o daños a terceros, el contratista deberá presentar un informe en las próximas 48 horas de lo sucedido en el cual se detalle ampliamente las causas de este y las medidas a tomar.
- La realización de los trabajos debe contemplar aspectos de seguridad e higiene, considerados en el Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en aquellos artículos que le apliquen, según decreto vigente., N. 4 del 04/05/70, con el objeto de mantener el sitio del mantenimiento adecuadamente limpio, el contratista deberá tener especial cuidado para evitar el ingreso de materiales contaminantes en los equipos del sistema como polvo, humedad, etc.
- CONTROL DEL RIESGO:
El transporte del personal, equipos y materiales estarán totalmente bajo la responsabilidad del contratista y deberán ajustarse a las regulaciones y trámites establecidos por el Ministerio de Servicios Públicas y Transportes.
En el caso de separación de personal por indicación de la UCR, el contratista asume las responsabilidades laborales correspondientes. Si el contratista mantiene al trabajador en la instalación o lo reubica sin el consentimiento de la UCR, se iniciará el procedimiento de resolución contractual, sin perjuicio de la invocación de daños y perjuicios.
El personal del contratista, durante su permanencia en las instalaciones de la UCR, estará sujeto a las normas disciplinarias que se mantienen en estas dependencias.
El acceso a las instalaciones de la institución será definido por la UCR de acuerdo con las condiciones existentes en estas, ya sea por un control de accesos electrónicos o por medio de reporte al encargado de la central. No obstante, el contratista deberá llevar en todo momento un control de las instalaciones visitadas por sus empleados, detallando el nombre del funcionario, día, hora de ingreso y salida al sitio.
Si el contratista se negara a cumplir cualquier recomendación emitida por parte de la UCR en materia de control de riesgos la UCR podrá resolver el contrato y proceder de acuerdo con lo que el marco regulatorio establezca.
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas de la presente contratación se adjuntan en documentos anexos.
- IMPUESTOS.
La Universidad de Costa Rica se encuentra gravada con el 2% de Impuesto del Valor Agregado (IVA).
Los oferentes deberán indicar por separado el Impuesto del Valor Agregado, considerando la tarifa reducida (2%) según lo estipula el art. 11.2.d de la Ley 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas".
En caso de no presentarse el desglose, se aplicará lo indicado en el Reglamento a la Ley de Contratación Pública y se presumirá que el monto total cotizado los contempla, incluyendo las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En caso de que el bien ofertado esté exento o tenga una tarifa diferenciada del monto del VA, indicar cuál es la excepción que le aplica. (Ley, Reglamento, Exoneración, otro).
- Los oferentes deben indicar el precio total con los impuestos que afectan los bienes según lo dispuesto en la Ley 9635 de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas y las resoluciones emitidas por el Ministerio de Hacienda.
La Universidad de Costa Rica se encuentra exenta de cualquier impuesto de importación, para lo cual el oferente debe presentar el desglose de tributos que le afecten a cada partida. Si el oferente requiere trámite de exoneración de impuestos de importación, deberá indicar en su oferta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración y el plazo que tardará en desalmacenar y entregar la mercadería.
En caso de que algún oferente no indique el monto de los impuestos, se presumen incluidos según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
En los casos en que la oferta adjudicada sea libre de impuesto de consumo y/o venta correspondiente a mercancía ya nacionalizada, la exoneración no se gestiona a través de la Unidad de Importaciones. En estos casos, el contratista o contratista tiene que nacionalizar y cancelar los impuestos; entregar los bienes en el lugar convenido y posteriormente gestionará la exoneración de impuestos ante la Oficina que determine la Unidad de contratación.
*Ejemplo de presentación de oferta:
20.1. EXONERACIÓN:
La Universidad de Costa Rica se encuentra exenta de cualquier impuesto de importación, para lo cual el oferente debe presentar el desglose de tributos que le afecten a cada partida.
El oferente que cotice bienes exentos de importación deberá indicar en su oferta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración. En caso de que algún oferente no indique el monto de los impuestos, se presumen incluidos según lo estipula el art. 25 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.
Para realizar este trámite, los oferentes deben cumplir con lo indicado en el documento “Exoneración de Impuestos de Importación”, publicado en la página Web de la Oficina de Suministros. (ANTES DE PRESENTAR SU OFERTA DEBERÁN REVISAR LOS REQUISITOS Y CONDICIONES INDICADOS EN EL DOCUMENTO SEÑALADO)
- Para solicitar el trámite de exoneración de impuestos aduanales, el oferente deberá presentar en su oferta:
- Indicación expresa de que el precio total ofertado NO incluye los impuestos de importación.
- Lista detallada de los materiales o equipos importados ofertados exentos de impuestos de importación. SOLO SE EXONERARÁN LOS BIENES INDICADOS EN LA LISTA.
Notas:
- En el caso de equipos que se adjudican con capacitación o asesoría no gratuita, aportar la factura que indiquen por separado el costo de estos rubros; la exoneración se debe gestionar solo por el valor CIF del equipo.
- APORTE DE COPIAS DE PATENTE, PAGO IMPUESTOS MUNICIPALES y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO:
En acuerdo al Código Municipal en su Artículo 88, a la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud para establecimientos industriales, comerciales y de servicios para la operación en el territorio nacional, según sea la actividad, el oferente deberá aportar con la oferta:
- Copia de la patente domiciliada al día
- Copia del comprobante de pago de los impuestos municipales al día o su respectivo arreglo de pago en caso de mora.
- Copia del Permiso de Funcionamiento Sanitario vigente del Ministerio de Salud.
En conformidad con el artículo #79 del código municipal donde indica que toda empresa que realice una actividad lucrativa debe de contar con la misma.
Notas:
- Cuando los oferentes no presenten la patente o permiso de funcionamiento con su oferta, se les advierte que, en caso de resultar adjudicatarios, deben aportar dicho documento de previo al inicio de la ejecución del contrato, para la verificación del cumplimiento normativo por parte de la Universidad. No se recibirá ningún bien y no se permitirá el inicio de la prestación de ningún servicio, sin cumplir con la entrega de la patente y el permiso sanitario, siendo que la omisión de esta obligación se imputará como un incumplimiento contractual.
- La patente al día deberá estar vinculada al objeto de la licitación y permiso de funcionamiento al día.
- En caso de no contar con la patente vinculada con el objeto de la licitación, ni con permiso de funcionamiento al día, el contratista deberá presentar los documentos de previo al inicio de la ejecución.
- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
En todo lo relacionado con la formalización del contrato deberá cumplirse con lo estipulado en los artículos 273 y 274 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- NUEVA ADJUDICACIÓN.
La Administración actuará conforme lo establecido en el artículo 54 de la Ley General de Contratación Pública
- DERECHO DE MODIFICACIÓN.
La Administración podrá modificar unilateralmente sus contratos tan pronto éstos se perfeccionen, según procedimientos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
“MANTENIMIENTO DE LA ALFOMBRA EN EL AULA MAGNA,
PLAZA DE LA AUTONOMÍA”
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos n. º 37 y 38 de la Ley General de Contratación Pública y en los artículos n.º 85, 86, 87 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
RESULTANDO QUE:
De conformidad con lo que establece los artículos n.° 37 y 38 de la Ley General de Contratación Pública y n.° 85, 86, 87 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Unidad Solicitante emite la Decisión Inicial # 88266 y Solicitud de Compra # 2024-6805.
CONSIDERANDO QUE:
- De acuerdo con el artículo °154, 155 y 156 del Reglamento a la Ley General Contratación Pública, se tramita como Licitación Reducida.
- Se estima esta contratación en la suma de ¢4.000.000,00
|
Partida |
Línea |
Detalle |
Costo Estimado |
Plazo Ejecución |
Garantía |
|
1 |
1 |
Mantenimiento de la alfombra en el aula Magna, Plaza de la Autonomía |
¢3.500.000,00 |
30 días hábiles |
2 años |
|
2 |
Ajustes de diseño (sin IVA) |
¢500.000,00 |
|||
|
TOTAL |
|
|
¢4.000.000,00 |
|
|
- Se dispone de contenido presupuestario aprobado.
- Se cuenta con el recurso humano y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación.
POR TANTO:
Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Licitación Reducida de conformidad con lo que establece el artículo n.° 62 y 63 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 154, 155 y 156 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y a los límites de Licitación Reducida establecidos por la Contraloría General de la República, publicados en el Diario Oficial La Gaceta Digital Alcance n.°250 a la Gaceta n.°232 del 14 de diciembre del 2023.
“MANTENIMIENTO DE LA ALFOMBRA EN EL AULA MAGNA,
PLAZA DE LA AUTONOMÍA”
VISITA TÉCNICA:
Actividad cuyo propósito primordial es el de evacuar las consultas e inquietudes que los oferentes puedan tener sobre un proyecto en particular. La Universidad de Costa Rica, por medio de la Oficina de Suministros, establece una única cita, en donde los oferentes visitan los sitios en los cuales se llevarán a cabo los proyectos, quienes serán atendidos por los inspectores de servicio universitarios designados; estos, en forma muy general, presentan los alcances de un proyecto específico.
El oferente está en la obligación de conocer, analizar y estudiar la información relacionada con un determinado proyecto previo a la realización de la visita técnica. Por ende, se entiende que el oferente contará de antemano con el juego de planos constructivos y el folio de especificaciones técnicas.
El oferente deberá realizar sus propias mediciones, con el fin de corroborar y evaluar las dificultades con las que se enfrentará en el transcurso de la ejecución del proyecto, de manera que al realizar su cotización habrá considerado en ella las eventuales dificultades que pudieran darse. Asimismo, deberá hacer saber alguna diferencia de medidas que puedan incrementar el costo del servicio.
Debe quedar claro que el papel del o los inspectores (es) universitario(s) en la visita técnica, es el de evacuar las posibles dudas que el oferente pueda tener sobre el proyecto en discusión. No será responsabilidad del inspector universitario la presentación total del servicio por construir.
Los interesados podrán asistir a la visita técnica programada para el 01 DE OCTUBRE DE 2026, a las 09:30 horas.
Punto de encuentro: en la entrada principal del Aula Magna de la Universidad de Costa Rica, Finca 2, San Pedro de Montes de Oca.
https://maps.app.goo.gl/tYqreJj3q9cSab1Q6
Dirige la visita: Ing. Sylvia Villalobos Brenes, Inspectora a cargo del proyecto y funcionaria de la Sección de Mantenimiento y Construcción de la Oficina de Servicios Generales
- OBJETO:
Se requiere realizar el mantenimiento de la alfombra en el 1 y 2 nivel del Aula Magna. Debido a la gran cantidad de eventos que se realizan en este espacio se debe realizar un lavado, para evitar el deterioro de esta. Esta limpieza se realizar en el primer y segundo nivel y en la cabina
- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS OFERENTES:
Sólo se considerarán como oferentes calificados para participar en esta contratación, las empresas y personas físicas que demuestren el cumplimiento de los siguientes requisitos mínimos:
- Presentar declaración jurada de que el oferente cuenta con experiencia en realizar trabajos similares, así como de contar con los equipos especializados requeridos para la su correcta ejecución.
Los requisitos anteriores podrían estar sujetos a verificación y evaluación por parte de la Universidad de Costa Rica, con base en la información que los participantes hayan incluido en su oferta.
- ESTRUCTURA DE COSTOS Y TABLA DE ACTIVIDADES DEL PROYECTO
Los oferentes deberán suministrar un cuadro “Estructura de costos”, que incluya los elementos preponderantes por servicio terminada o costo total de cada renglón (que incluye materiales, mano de servicio, administración, utilidad, imprevistos, etc.). En el caso de servicios de pintura el costo por metro cuadrado deberá incluir todos los renglones mencionados. También el contratista deberá incluir un cuadro de “Estructura de Costos”, donde se mencionen: Costos Directos (mano de servicio directa y materiales), Costos Indirectos (Mano de servicio indirecta y Otros Costos), Imprevistos y Utilidad. Esta tabla deberá indicar las cifras absolutas y los porcentajes relativos. Todo de acuerdo con el artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
Estructura de Costos
|
Ítem |
Descripción |
Costos |
% |
|
1. |
Costos Directos: |
|
|
|
1.a |
Materiales |
|
|
|
2.b |
Mano de Servicio Directa |
|
|
|
2. |
Costos Indirectos: |
|
|
|
2.a |
Mano de Servicio Indirecta |
|
|
|
2.b |
Otros Costos |
|
|
|
3. |
Imprevistos |
|
|
|
4. |
Utilidad |
|
|
|
|
TOTAL |
|
100,00% |
NOTA: Cualquier otro formato de estructura de costos que se establezca en el pliego de condiciones de contratación es únicamente referencial.
Adicionalmente, los oferentes deberán de presentar la TABLA DE ACTIVIDADES DEL PROYECTO, la cual se encuentra en el documento de Especificaciones técnicas.
- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
4.1. Toda contratación realizada en medios electrónicos, la información y cumplimiento de requisitos se verificarán en línea, utilizando para ello las herramientas tecnológicas y bases disponibles; aplicando en todo momento el principio de equivalencia funcional y demás normativa aplicable en la materia incluyendo la Ley de Certificados, firmas digitales y Documentos Electrónicos.
4.2. El artículo 40 del Reglamento de El SICOP (Decreto Ejecutivo 41438-H), establece que cada una de las propuestas participará únicamente en el concurso para el que fue presentada, asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria.
DECLARACIONES JURADAS. El oferente debe manifestar mediante declaración jurada, lo siguiente:
4.3. Que no alcanzan las prohibiciones contenidas en el artículo 28 de la Ley de Contratación Pública.
4.4. Impuestos Nacionales: estar al día con las obligaciones obrero-patronales de la CCSS, FODESAF y, según lo estipula el Reglamento a la Ley de Contratación Pública; así como de las cargas tributarias en el Ministerio de Hacienda (Artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios / Gestión de trámites estatales) y PERSONA JURÍDICA según Ley N° 9428 del Impuesto a las Sociedades.
4.5. El Contratista deberá mantenerse al día con sus compromisos tributarios desde la apertura de ofertas y hasta la generación del contrato.
4.6. De existir alguna morosidad, el oferente deberá poner al día la situación o por consiguiente aportar el correspondiente arreglo de pago que deberá estar vigente tanto para la apertura como para la adjudicación y generación del contrato.
4.7. La Universidad de Costa Rica, se reserva el derecho de verificación de esta información en cualquiera de las etapas del concurso.
4.8. Los proveedores deberán de aportar lo indicando textualmente:
“Documentos a aportar. Toda oferta presentada por un proveedor nacional contendrá las siguientes declaraciones y certificaciones, sin perjuicio de cualquier otra documentación de la misma naturaleza, que la Administración, requiera en el pliego de condiciones. En el caso de las declaraciones, se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público, salvo que así razonablemente lo requiera la Administración en el pliego de condiciones. Estas serán admisibles en documento separado o bien como parte del texto de la propuesta (…)
“Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los)nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
4.9. Todo oferente de manera obligatoria, deberá verificar que la propuesta presentada para la partida o partidas ofertadas coincidan tanto en el detalle del “Código del producto del proveedor / Descripción del Bien/Servicio: Nombre del producto del proveedor” indicado en SICOP, con los documentos adicionales aportados como adjuntos o anexos.
Dando especial relevancia a la marca señalado en el tanto constituyen una característica fundamental del objeto, por lo que, ante una inconsistencia en esas descripciones, y sin que se logre determinar con certeza absoluta la Marca intencionados, se tendrá como insubsanable al tenor del Reglamento a la Ley de Contratación Pública (RLCP). Derivando en la inadmisibilidad de la plica de cada partida que así se logre evidenciar la circunstancia descrita.
4.10. Finalmente, debido al principio de igualdad, se apercibe a los oferentes que, de conformidad con lo establecido por la Contraloría General de la República en su resolución R-DCA-471-2007 y reafirmado mediante oficio DJ-1420-2010, la manifestación genérica de sometimiento a la oferta requerida en SICOP, de ninguna manera constituye una declaración concreta, puntual y precisa. Ello ante eventuales contradicciones entre la oferta, y lo establecido por la Administración.
4.11. Debe indicarse el precio total de la oferta en números y en letras. Los precios cotizados se entienden firmes y definitivos, podrán consignarse tanto en colones como en moneda extranjera, claramente especificada. En caso de discrepancia entre el monto indicado en números y el indicado en letras prevalecerá el precio en letras salvo caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real (artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública).
El oferente deberá estipular el costo unitario de cada uno de los bienes indicados en el presente pliego de condiciones. El oferente deberá cotizar los bienes según las indicaciones para cada una de las líneas del presente pliego de condiciones, cumpliendo con lo ahí señalado. Debe considerar que el precio de los bienes debe ser en plaza y puestos en las instalaciones de la Universidad de Costa Rica.
Cotizar exactamente lo solicitado y con la unidad de medida solicitada en el formulario establecido por la empresa indicando nombre y firma de la persona responsable, respetar el orden de los ítems. No se aceptarán ofertas hechas a mano.
Los oferentes nacionales deberán señalar por separado todos y cada uno de los impuestos que los afectan. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas. Ver ejemplo formulario SICOP:
|
Precio unitario sin impuestos |
Precio total sin impuestos |
Descuento |
Monto |
Impuesto al valor agregado |
Monto |
Monto otros impuestos |
Costos por acarreos |
Precio Total |
|
Completar |
Autocompletado |
% |
|
Completar UCR 2% |
Autocompletado |
|
|
Autocompletado |
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Revisar, leer y aportar los documentos indicados en el botón “Condiciones y Declaraciones” establecidas en el pliego de condiciones del Sistema Digital Unificado.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Se aplicará una multa del 1,50% sobre el monto adjudicado y por cada día hábil de atraso.
Documentos del cartel2
- AnexosZIP · 2,5 MB
- Condiciones complementariasPDF · 420 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Sylvia Villalobos Brenes
Seccion de Mantenimiento yCosntruccion
David Araya Quirós
Sección de Maquinaria y Equipo
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 09:09. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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