2026XE-000878-0000400001 · SICOP 20260903929
SE-Licitación Abreviada Adquisición e Instalación Cilindros C02 y mantenimiento del sistema actual supresión incendios U 9 PT Moín (DG-2261-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad busca se-licitación abreviada adquisición e instalación cilindros c02 y mantenimiento del sistema actual supresión incendios u 9 pt moín (dg-2261-2026) con un presupuesto de ₡164,3 millones en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 12/11/2026 (en 23 días).
₡164,3 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
23 días
cierra el 12/11/2026 23:59
Lotes y líneas
2 lotes
3 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó15/10/2026 15:03 · hace 5 días
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas12/11/2026 23:59 · en 23 días
- de ofertas13/11/2026 07:30 · en 24 días
- (plazo máximo)≈ 08/01/2027 · en 80 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas cuando no cambie el objeto del negocio, ni constituyan una variación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 2,3 oferentes.3 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡445 569,3 millones en 992 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡97,7 millones – ₡114,9 millones
- Lote 2₡42,0 millones – ₡49,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra3 líneas · 2 lotes
- L1Cilindro Vacio Metalico, con Capacidad de 45 Kg, de Gas Co2, Presion de 196 Bar, Conexion 19,05 Mm (3/4 Pulg), para Sistema Contra Incendios34 c/u · ₡114 949 017,6434 c/u₡114 949 017,64
- L2Servicio de Instalacion de Sistema Contra Incendios1 · ₡36 133 528,341₡36 133 528,34
- L2Mantenimiento Correctivo de Sistemas de Supresion de Incendios1 · ₡13 248 960,241₡13 248 960,24
Lo que exige el cartel
- : 2 % durante 11 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 9 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Todos los oferentes deberán presentar junto con la oferta lo siguiente:
1.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD PARTIDA 1
1.1.1. El oferente deberá presentar fichas técnicas, catálogos o documentación técnica del fabricante de los bienes ofertados que permitan verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas.
1.1.2. El oferente deberá acreditar que está autorizado para comercializar los bienes ofertados mediante carta del fabricante, distribuidor autorizado o documentación comercial equivalente.
1.1.3. El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que indique que todos los bienes ofertados son nuevos, de primer uso, libres de defectos de fabricación, no reconstruidos, no remanufacturados, no reacondicionados, no reparados y que no provienen de equipos desmantelados o fuera de servicio.
1.2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD PARTIDA 2
1.2.1. El oferente deberá aportar una certificación emitida por la casa matriz de la marca SECURITON, en la que se acredite que cuenta con autorización y respaldo técnico para realizar labores de mantenimiento, diagnóstico, configuración, programación, reparación y puesta en servicio de sistemas de detección y alarma contra incendios de la marca. La certificación deberá indicar que el oferente dispone del soporte técnico necesario para ejecutar los servicios requeridos en la presente contratación y que las intervenciones efectuadas sobre el sistema serán realizadas conforme a las especificaciones, procedimientos y requerimientos técnicos establecidos por SECURITON, esta deberá haber sido emitida dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de apertura de ofertas, encontrarse debidamente suscrita por una persona autorizada e incluir información suficiente para verificar su autenticidad, así como los datos de contacto del emisor. El ICE se reserva el derecho de verificar la autenticidad, vigencia y alcance de la información aportada.
1.2.2. Contar con un profesional en ingeniería y protección contra incendios que debe estar presente en el desarrollo de los servicios en Planta Moín, el cual deberá tener con:
a) Un grado de Maestría en Ingeniería y Protección Contra Incendios. Presentar el título.
b) Certificación por el fabricante SECURITON que garantice que ha sido capacitado en ese sistema.
c) Contar con un grado Senior Protection Systems Commissioning Enginner para la puesta en marcha y entrega de los sistemas, por lo cual debe presentar el respectivo título.
d) Contar con los permisos requeridos, para la comunicación correcta con el Panel del Sistema Instalado y sus dispositivos periféricos.
1.2.3. El oferente deberá aportar un técnico especialista de campo, nominalmente identificado desde la oferta, quien deberá participar directamente en la instalación, integración, configuración, pruebas de aceptación en sitio, pruebas integradas, comisionamiento y puesta en marcha del sistema. El técnico especialista de campo deberá acreditar experiencia de cuatro años en instalación, mantenimiento, integración, pruebas, diagnóstico, programación, comisionamiento o puesta en marcha de sistemas industriales de detección, alarma y/o supresión automática contra incendios. Además, deberá acreditar formación formal verificable, mediante títulos, diplomados, certificaciones, cursos especializados o documentación equivalente, en cuatro de las siguientes áreas:
•Instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios.
•Sistemas de detección y alarma de incendios.
•Código de alarmas de incendios y señalización basado en NFPA 72 o normativa equivalente.
•Inspección, prueba y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios.
•Comisionamiento de sistemas de protección contra incendios y seguridad humana conforme a los principios de NFPA 3.
•Pruebas integradas de sistemas de protección contra incendios y seguridad humana conforme a los principios de NFPA 4.
•Seguridad eléctrica en lugares de trabajo, intervención de tableros, señales de control o sistemas eléctricos asociados.
•Sistemas de supresión automática por CO2, agentes limpios, sistemas preingenierizados o sistemas fijos de extinción.
•Integración de sistemas de detección, alarma, supresión, PLC, motores internos, ventiladores, compuertas de ventilación, enclavamientos o sistemas externos de control.
1.2.4. Aportar una (1) carta de recomendación de clientes a los que se le ha instalado o brindado mantenimiento a este tipo de equipos de Detección y Alarma Contra Incendios en los últimos cuatro (4) años. La información debe indicar: nombre de la empresa, indicar los modelos de los equipos que se protegieron, dirección física, número telefónico, dirección de correo electrónico, nombre del contacto. Dichas cartas no deben ser mayores a 4 años de antigüedad.
1.2.5. El oferente, deberá presentar una declaración jurada, que se hace responsable del funcionamiento completo e integral del sistema de alarma, detección y supresión mediante CO2 para la Turbina 9 solicitado en el presente pliego de condiciones de este Cartel.
1.2.6. El oferente deberá acreditar experiencia comprobable en la ejecución de proyectos relacionados con la instalación, integración, programación, mantenimiento, diagnóstico, pruebas funcionales, reparación, modernización o puesta en servicio de sistemas de detección, alarma y/o supresión automática contra incendios en unidades generadoras térmicas, turbinas, equipos rotativos, salas de máquinas o instalaciones industriales. Para tal efecto, deberá aportar una declaración jurada que incluya la siguiente información de los proyectos ejecutados:
a) Nombre de la empresa o entidad contratante.
b) Descripción de los trabajos realizados.
c) Ubicación del proyecto.
d) Período de ejecución.
e) Nombre de la persona de contacto.
f) Correo electrónico y número telefónico de contacto.
g) La experiencia aportada deberá corresponder a trabajos efectivamente ejecutados y relacionados con sistemas de detección, alarma o supresión contra incendios en entornos industriales de características similares al objeto de la presente contratación.
h) El ICE se reserva el derecho de verificar la información suministrada y solicitar las aclaraciones que considere necesarias para la validación de la experiencia acreditada.
1.2.7. El oferente deberá emitir una declaración jurada, que cuenta con permanencia en el mercado con 4 años en Sistemas de Detección y Alarma Contra Incendios, desempeñando funciones como mantenimiento preventivo y correctivo, diseño, instalación, puesta en marcha y atención de emergencia.
El ICE se reserva el derecho de verificar la información aportada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES DE DESEMPEÑO O TÉCNICAS
1. ALCANCE
La Planta Térmica Moín, dispone actualmente de un sistema de detección, alarma y supresión contra incendios, instalado en la Unidad 9, basado en tecnología de la marca SECURITON, el cual forma parte de la infraestructura crítica de protección industrial, este sistema está integrado al sistema de supresión, que es el conjunto de cilindros, con sus actuadores y disparadores.
El sistema de detección, alarma y supresión contra incendio de la Turbina 9 es un sistema totalmente integrado. Se deberá integrar los bienes por adquirir con el sistema existente después de haber sido mantenido, para cumplir al 100% con la operatividad y funcionalidad de dicho sistema.
Además, es fundamental contar con la garantía correspondiente del trabajo de integración realizado y las pruebas del sistema.
Bajo este contexto, la contratación para la Unidad 9 debe garantizar:
• Integración funcional con el sistema existente.
• Compatibilidad a nivel de comunicación, protocolos y software.
• Homogeneidad tecnológica entre unidades operativas.
Esto se fundamenta en que:
La coexistencia de múltiples plataformas tecnológicas incrementa la complejidad operativa.
• Se generan riesgos de incompatibilidad, fallos de comunicación e indisponibilidad
• Se dificultan las labores de:
•Mantenimiento preventivo y correctivo
•Diagnóstico de fallas
•Gestión de repuestos
•Capacitación del personal
Por lo tanto, estos, requisitos técnicos responde a la necesidad de garantizar la interoperabilidad con sistemas existentes, la continuidad del servicio, la seguridad industrial y la estandarización tecnológica institucional, lo cual constituye un interés público prevalente, debidamente sustentado en criterios técnicos, operativos y de gestión del riesgo
Esta contratación tiene como objetivo realizar el mantenimiento al panel de control del sistema de alarma y supresión del CO2 Unidad 9, del actual sistema de detección (control) y cambio del sistema de supresión de incendios, además del mantenimiento y pruebas de todos los elementos o equipos necesarios para garantizar la supresión de incendios de tipo eléctrico, diésel, gas natural y bunker en todos los compartimientos de la unidad generadora.
Se requiere contratar el servicio de mantenimiento del Panel de Control y sus componentes, además de la adquisición e instalación de 34 cilindros de CO2 con su correspondiente carga y los componentes del sistema, como válvulas, solenoides, cabezales de descarga, controladores de nitrógeno, entre otros, esto para brindar la funcionalidad adecuada al Sistema de Control y Alarma de Detección de Incendios de la Unidad 9 de la Planta Térmica Moín. Todos los componentes propios del panel de control deberán ser de la marca SECURITON. Los componentes periféricos deberán ser compatibles y asociados con dicha marca para una correcta integración y rehabilitación del sistema contra incendio de la Turbina 9. Dado que dicha marca es la que actualmente está instalada en la turbina y se requiere habilitar nuevamente para estar completamente funcional.
El contratista deberá tomar en cuenta las siguientes actividades:
• Rehabilitación integral de sistema de detección, alarma y supresión con agente extintor (CO2), componentes y accesorios para la Turbina 9.
• Los cilindros de CO2 a suministrar deberán contar con la Certificación de pruebas hidrostáticas.
• Deberán realizar el desmontaje y mantenimiento a estructura de soporte, tuberías, caseta, cajas de paso, válvulas, del sistema completo en la Turbina 9.
• Sustitución de 34 cilindros de CO2 y demás componentes, como lo son: válvulas, sifón, solenoides, cabezales de descarga, tuercas lisas, mangueras flexibles, driver de nitrógeno, entre otros.
• Mantenimiento y pruebas a rack y componentes de soporte de cilindros de CO2.
• Mantenimiento y pruebas funcionales a dámper de Accesorios, de Turbina, de Reductor de Carga y rejas de ventilación en la Turbina 9.
• Suministro de accesorios, partes, consumibles, materiales y todas aquellas partes requeridas para el funcionamiento correcto y optimo del sistema de detección, alarma y disparo del Sistema contra incendio de la Turbina 9.
• Puesta en marcha del sistema completo de supresión basado en CO2, integrado con el sistema de detección y alarma SECURITON existente en la Turbina.
Todos los equipos y materiales instalados en la turbina 9 deben ser adecuados para trabajar en ambiente salino para una humedad relativa entre el 70% y 90%, temperatura ambiental dentro de los compartimientos de los paneles (Gabinete) entre 30°C a 45°C, por lo que los componentes que se instalen dentro de la turbina deben ser igual o superiores a las características establecidas para los sensores requeridos.
SISTEMA ACTUAL
Actualmente se tiene instalado en la unidad 9, es un sistema de detección y supresión de incendios, basado en CO2 como el que se muestra en el anexo 12, figura 1.
Consta de treinta y dos (32) cilindros de CO2 de 45 kg cada uno de la Unidad 9. Con su respectivo cilindro disparador el cual cuenta con dos solenoides de disparo, las cuales funcionan a 125 Vdc. Este sistema disparador debe de ser reemplazado por el oferente de esta contratación.
El sistema actual de CO2 de la unidad 9, cuenta con un equipo detector de incendios controlado por el dispositivo que se presenta en la figura 2. El cual es un Panel Local de Activación sistema supresor de incendios, de la marca SECURITON, independiente para esta unidad. Este Panel recibe y envía señales de alarma y disparo por medio de sus, sensores térmicos instalados en la unidad, disparos manuales y demás componentes, por medio de contactos de relay de estado sólido, se envía las señales de, al control de turbina del tipo Mark V, para detener abanicos de ventilación y dar orden de paro o disparo a esta unidad. Como se muestra en el anexo 12, figura 2.
La distribución interna de los sensores de flama (45FA) y boquillas del actual sistema de supresión y detección de incendios se presenta en la figura 3 del anexo 12.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL REQUERIMIENTO
1.1 PARTIDA No. 1 SISTEMA DE CO2 DE LA UNIDAD GENERADORA TURBINAS 9. Item 1 SUMINISTRO DE CILINDROS
Especificaciones de los equipos por suministrar:
1.1.1 Se requiere el suministro de 34 cilindros de CO2 junto con su válvula; con capacidad de almacenamiento entre 75 a 100 libras métricas y todos los componentes asociados para el correcto funcionamiento de la supresión de incendio con agente extintor CO2. Se debe sustituir 34 cilindros de CO2 existentes en la Turbina 9. Los cilindros deberán contar con sus respectivas pruebas hidrostáticas de fábrica que el contratista deberá entregar al Administradore de Contrato (en lo sucesivo AC) como parte de la documentación física o electrónica. Dichos certificados forman parte de la aceptación por parte del ICE de dichos cilindros.
1.1.2. Deberá tener aprobaciones y/o reconocimientos en pruebas de turbinas de gas de al menos una de las siguientes agencias reconocidas internacionalmente:
- UL Underwriters Laboratories Inc.
- FM Factory Mutual
- MEA Material Equipment Acceptance (NYC)
- VdS Veritas
- VTT
- Códigos y estándares locales 6.6.7 CE/DoP 6.6.8 UNE.
1.1.3. Características de cilindro y válvula
El sistema de extinción de incendios de dióxido de carbono (CO2) de alta presión debe utilizar cilindros de acero sin costura para almacenar el agente de dióxido de carbono. El agente se almacena bajo su propia presión de vapor como gas comprimido no inflamable. Debido a las propiedades físicas del CO2, tanto el estado líquido como el de vapor están presentes dentro del cilindro. Cada conjunto viene equipado de fábrica con una válvula de descarga y un tubo de sifón. Como parte del conjunto de la válvula de descarga se proporciona un dispositivo de alivio de seguridad que cumple con el Departamento de Transporte de EE. UU., que protege el cilindro contra la sobre presurización. Para el envío, se debe incluir una tapa de envío estándar, que se acopla a las roscas externas del cuello del cilindro para proteger la válvula de descarga contra daños involuntarios.
Antes de retirar la tapa de envío, cada cilindro se debe asegurar adecuadamente usando correas para cilindros o kits de marco/rejilla de roble, según sea necesario.
La válvula de descarga no puede dispensar el contenido del cilindro sin un cabezal de descarga correctamente conectado. Esta característica proporciona una protección mejorada durante el transporte. Una manguera flexible de descarga conecta el cabezal de descarga al colector del sistema. Alternativamente, se puede usar un adaptador giratorio en lugar de una manguera flexible de descarga para conectar al colector del sistema. Se necesitarán uno o más cabezales de control para accionar un conjunto de cilindros.
Después de la descarga, se requieren accesorios de carga para ventilar de manera segura cualquier presión residual para dar servicio a la válvula de descarga y luego volver a llenar el cilindro. Ver figura 4, anexo 12.
Presión de servicio, máx.: 2300 psi (158 bar)
Temperatura, mínima: 0 °F (-17 °C)
Temperatura máxima: 130 °F (55 °C)
1.1.4. Solenoide, cabezal de control eléctrico, 24 V
El cabezal de control eléctrico de dióxido de carbono (CO2) de alta presión debe proporcionar operación eléctrica remota y manual local de los cilindros de agente, cilindros de accionamiento remoto o válvulas direccionales (de parada). El conjunto debe funcionar eléctricamente desde un panel de control de supresión existente, por lo debe integrase al sistema actual. Además, debe incorporar una palanca integral con pasador de bloqueo extraíble, para operación manual local. También, debe contar con un micro interruptor cuyos contactos interrumpen el circuito eléctrico del solenoide después de operar lo que reduce el consumo de energía general del sistema de extinción de incendios. Al operar este dispositivo, el pasador de accionamiento bloquea en la posición liberada y se debe restablecer mecánicamente de acuerdo con el manual del sistema correspondiente. Debe de proporciona un sello de seguridad suelto que se coloca a través de la palanca manual después de realizar la puesta en marcha o el mantenimiento preventivo periódico de acuerdo con el manual del sistema correspondiente.
1.1.5. Cabezal de descarga, tuerca plana.
El cabezal de descarga de tuerca plana se debe conectar a la válvula de descarga en el conjunto del cilindro de dióxido de carbono (CO2) de alta presión asegurado en el sitio del proyecto. El cabezal de descarga utiliza presión de CO2 para abrir la válvula de descarga. La presión se puede aplicar desde el cilindro, al instalar un cabezal de control en la válvula de descarga, o desde la conexión del colector. Esta característica permite que el cabezal de descarga de tuerca plana se instale en uno o más cilindros maestros, que están equipados con un cabezal de control, o en cada uno de los cilindros colectores restantes. Además, esta característica simplifica la instalación y el servicio periódico ya que no se requiere manguera/tubo de accionamiento adicional entre cada cilindro.
El cabezal de descarga también debe contar con una válvula de retención de metal con metal, lo que elimina la necesidad de una válvula de retención separada en cada conexión del colector.
Una manguera flexible de descarga conecta el cabezal de descarga al colector del sistema. Alternativamente, se puede usar un adaptador giratorio en lugar de una manguera flexible de descarga para conectar al colector del sistema. Es necesario pedir un cabezal de descarga para cada conjunto de cilindro. ver figura 5, anexo 12.
1.1.6. Manguera flexible por suministrar en el sistema: 3/4 pulgadas.
La manguera de descarga se debe conectar al cabezal de descarga de un conjunto de cilindro de dióxido de carbono (CO2) de alta presión asegurado en el sitio del proyecto. La manguera de descarga conecta cada cabezal de descarga al colector del sistema. La flexibilidad de la manguera mitiga cualquier desalineación al conectar varios cilindros a un colector común. Es necesario pedir una manguera de descarga para cada conjunto de cilindro.
NFPA 12 requiere el reemplazo o una prueba hidrostática de cada manguera cada cinco años a partir de la fecha original de fabricación, que está marcada en un conector de manguera. Ver figura 6, anexo 12.
• Conector de salida de ¾" NPT (DN20)
• Conexión giratoria al cabezal de descarga
• Chaqueta exterior perforada
• Rango de temperatura ambiente de 0°F (-18°C) a 130°F (55°C)
• Listado de laboratorios de suscriptores: número de archivo EX923
• Aprobado por Factory Mutual - Estándar 5420
• Aprobado por la Guardia Costera de los Estados Unidos.
2.2. PARTIDA 2: SERVICIOS DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
2.2.1. ÍTEM 2: SERVICIO DE INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE SUPRESIÓN DE INCENDIOS DE LA TURBINA 9:
Este servicio comprende las siguientes actividades:
2.2.1.1. Desinstalación de equipos viejos:
2.2.1.1.1. El contratista debe realizar la verificación de los procesos de candadeado y aseguramiento de los equipos tanto eléctricos como mecánicos para desinstalar los cilindros de CO2 instalados en la Turbina 9.
2.2.1.1.2. El contratista debe realizar el desmontaje de los cilindros de CO2 instalados actualmente (figura 1) y colocarlos donde se les indicará por parte del AC o el designado por este, con las respectivas tapas de seguridad en cada uno. El ICE le suministrará dichas tapas para cada cilindro.
2.2.1.1.3. El contratista deberá retirar todas las mangueras, tapones y todos los elementos que puedan existir en el rack donde están instalados los cilindros actualmente y que no serán requeridos para la instalación de los equipos nuevos y entregarlos al AC o al designado por este.
2.2.1.1.4. El contratista deberá retirar los solenoides de disparo y su cableado que no sea requerido y entregarlo al AC o al designado por este.
2.2.1.1.5. Todo otro componente existente en el rack de montaje de cilindros antiguos que no sea requerido para realizar la instalación de los cilindros y todos los elementos nuevos, el contratista realizará la acción de retiro y lo colocará donde se le indique, o bien se lo entregará al AC o al designado por este.
2.2.1.1.6. Todo residuo que sea generado en este desmontaje el contratista deberá clasificarlo según el tipo de material para entregarlo al AC o al designado por este para la disposición de estos.
2.2.1.2 Mantenimiento estructural de la base para cilindros:
2.2.1.2.1. El contratista deberá realizar el mantenimiento basado en la condición de toda la estructura de soporte, tuberías, válvulas, pisos que serán reutilizadas para la instalación de los equipos nuevos de supresión de incendio entre ellos: cilindros, mangueras, válvulas, soportes, etc.
2.2.1.2.2. Toda estructura, tubería, válvula o pisos cuyo estado presente corrosión en un alto grado (perforaciones en láminas del piso, erupciones sobre los elementos metálicos, etc.), el contratista deberá sustituirlo por un componente nuevo según corresponda.
2.2.1.2.3. Se debe realizar el mantenimiento al disparo manual mecánico en la unidad. Este servicio debe incluir desde cambio de tornillería si lo requiere, partes mecánicas dañadas, engrase de los componentes móviles, limpieza de partes y componentes, pintura. El contratista debe garantizar la operatividad y confiabilidad de este sistema, así como su estética.
2.2.1.2.4. Deberá realizar el mantenimiento y pruebas funcionales a dámper de Accesorios, de Turbina, del Reductor de Carga, todas rejas de ventilación de la Turbina 9, el contratista debe revisar dichas rejillas de ventilación de los compartimientos mencionados, ver condición estructural de los mismos, brindar mantenimiento correctivo y/o preventivo dependiendo del caso, lubricar componentes móviles mecánicos, aplicar presión por medio de aire, a través de las tuberías de control para el cierre de estos, de esta manera los mismos son probados. Esta rejilla de ventilación se cierra por medio de la presión del CO2 en un disparo del sistema, dicha presión llega a estos dispositivos por medio de una tubería de control que se encuentra conectada a la descarga principal del CO2, esto para lograr una hermeticidad en los compartimientos de turbina que es requerido para la funcionabilidad del agente extintor.
2.2.1.2.5. La pintura base anticorrosiva a utilizar será igual o superior a pintura en aceite anticorrosiva (corro stop) minio rojo, cuyo secado al tacto es de 4,5 horas, para terminar con un acabada en fast dry anticorrosivo del color correspondiente a la pieza tratada (los colores ya están establecidos, se debe pintar con acabados solicitados por el AC en el color que corresponda). Deberán realizar una buena preparación de la superficie que garantiza obtener un acabado de calidad. El ICE se reserva el derecho de realizar la verificación de la capa seca en 10 micras que corresponden mínimo dos manos de pintura base y una de acabado aproximadamente.
2.2.1.2.6. De requerirse realizar actividades metalmecánicas de corte y soldadura, el contratista deberá coordinar los permisos de corte y soldadura correspondientes, según lo establecido por el ICE (CSO, SST, etc.), antes de iniciar las obras correspondientes, se realiza con el área de gestión del riesgo de Planta Moín, deberá coordinarlo por medio del AC o al designado por este.
2.2.1.2.7. Antes de iniciar con la instalación de los equipos nuevos en la base mantenida, el contratista deberá contar con la aprobación del AC del trabajo realizado de mantenimiento a dicha base para cilindros por correo electrónico. Por tanto, el contratista deberá emitir dicho correo electrónico al AC una vez finalizadas las obras de mantenimiento a dicha estructura para recibir la respuesta del aval requerido, y así continuar con el proceso de instalación de los equipos nuevos.
2.2.1.3. Instalación de los equipos electromecánicos nuevos:
2.2.1.3.1. Al contar con la aprobación del mantenimiento de la base de los equipos nuevos por correo electrónico, el contratista podrá proceder con la instalación de los equipos nuevos del sistema de supresión de incendio de la turbina 9.
2.2.1.3.2. Procederá con la instalación de todos los equipos nuevos solicitados en este pliego de condiciones como lo son los cilindros de CO2, con sus respectivas válvulas y mangueras, elementos de sujeción de los cilindros, los dispositivos de disparo electrónicos entre otros elementos para el correcto funcionamiento del sistema de supresión con CO2.
2.2.1.3.3. Una vez todos estos elementos instalados, el contratista procederá con el enlace del equipo electrónico con los elementos físicos y enlazar los sistemas para el correcto funcionamiento integral del sistema de detección, alarma y supresión de incendio con CO2 instalado en la Turbina 9.
2.2.1.3.4. Una vez todos los trabajos de enlace realizados, el contratista deberá realizar las pruebas respectivas del sistema integralmente en la Turbina 9 con simulaciones para generar los disparos y poder probar que el sistema funciona satisfactoriamente.
2.2.2. ÍTEM 3: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REHABILITACIÓN DE LOS EQUIPOS Y SISTEMA CONTRAINCENDIOS INSTALADOS EN LA TURBINA 9:
2.2.2.1. Trabajos a realizar de este ítem: es básicamente el mantenimiento preventivo y rehabilitación de los equipos y sistema contraincendios instalados en la turbina 9 que incluye el mantenimiento del panel de control direccionado y detección térmica del sistema de detección, alarma y la activación del sistema actual de supresión de incendios de la Marca SECURITON de la turbina 9, a los cuales se les debe realizar inspección, mantenimiento preventivo y/o correctivo respectivo, además de rehabilitar lo que requiera el sistema para su funcionamiento normal al 100% de su operatividad.
2.2.2.2. Este sistema cuenta actualmente con 2 botones de aborto, un llavín de bloqueo para su mantenimiento respectivamente, 2 luces con sirena conforme a los decibeles analizados, 4 estaciones manuales a prueba de agua en los costados del cuarto del sistema para la detección de incendios, en la unidad generadora (Turbina 9). En el anexo 12, en el cuadro 1, se presenta el cuadro informativo del inventario de equipos instalados, a todos estos equipos se les debe de dar mantenimiento preventivo, pruebas respectivas de funcionamiento y sustitución de los componentes dañados.
2.2.2.3. Este sistema de supresión actual trabaja con el agente CO2, el cual es de acción instantánea una vez verificada la alerta por parte del sistema de detección automática.
2.2.2.4. La supresión del sistema antiincendios de anhídrido carbónico extingue un incendio elevando la concentración de CO2 dentro de un espacio cerrado, esto reduce
la concentración de oxígeno a un punto inferior al cual la combustión no es posible.
2.2.2.5. Se cuenta con una electroválvula, para iniciar la descarga lenta, la misma rompe los sellos del resto de cilindros de la descarga rápida, instaladas en los cilindros pilotos, que al accionarse alguno de los dos por presión del CO2 del mismo producen ruptura y accionan el resto de los cilindros según la sección activada y es casi de forma inmediata con un tiempo de 15 segundos. En la tubería de salida de CO2 cuentan con un interruptor de presión el cual le indica al sistema o control que se produjo una descarga.
2.2.2.6. El sistema de supresión debe, después de un minuto de haberse accionado, suministrar suficiente CO2 para alcanzar una concentración de extinción. Esta concentración debe de ser mantenida durante 30 minutos, este es el tiempo que dura en descargarse el CO2.
2.2.2.7. Revisar y dar mantenimiento a la conexión eléctrica hasta el Router para la conexión de Ethernet y/o Internet.
2.2.2.8. El Sistema de Detección de Incendios y el Sistema de Supresión Mecánica deben ser integrados totalmente, el contratista deberá garantizar que los dos sistemas trabajarán conjuntamente (alarma, detección, supresión) en la unidad generadora.
2.2.2.9. Toda perforación o incursión en los compartimientos de la turbina, si se realizan, debe quedar debidamente sellada y garantizada a prueba de fuego mediante muros corta fuegos o protecciones similares.
2.3 PRUEBAS FUNCIONALES
Para las pruebas funcionales del sistema integrado de detección, alarma y supresión contra incendio de la Turbina 9, debe simularse la supresión y activación al sistema contra incendio por vía manual y automática desatendida. Se utilizarán dos sistemas independientes: el de descarga inicial y el de descarga prolongada.
El accionamiento del sistema desconectará la turbina. Transcurridos 15 segundos después del accionamiento, se simulará la liberación del CO2, desde el sistema de descarga inicial al compartimento de la máquina para alcanzar rápidamente una concentración de extinción.
Esta concentración se mantendrá durante un periodo prolongado de tiempo mediante la adición gradual de CO2 desde el sistema de descarga prolongada para compensar las pérdidas de CO2 ocasionadas por pequeñas fugas en los diferentes compartimentos.
Por lo anterior, el suministro, instalación y puesta en marcha del sistema completo de supresión basado en CO2 a suministrar, debe cumplir al 100%, con lo descrito en este pliego de condiciones, tanto en capacidad de extinción como de integración con el sistema de alarma y detección instalados, con las mejoras que pueden ser añadidas a este particular.
Finalizado el mantenimiento y rehabilitación, el sistema de detección, alarma y supresión contra incendio de la Turbina 9, debe quedar funcionando en óptimas condiciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CAPITULO 1 DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No.161 a La Gaceta No.174 del 19 de setiembre del 2024.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros, la División Generación incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la División Generación se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria. La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera:
PRESUPUESTO: 164 331 506,22 AÑO: 2028
Fuente de financiamiento: ICE - OPEX
1. Declaraciones juradas
Con la oferta se deberán presentar las siguientes declaraciones bajo fe de juramento:
Las declaraciones juradas solicitadas en el Capítulo I, apartado 4 (todos sus incisos) y el apartado 5 (Compromiso Anticorrupción) del cartel tipo; el cual pueden descargar del link indicado en el capítulo I del presente cartel.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
2. Criterios sostenibles ambientales
a. El Oferente es responsable de la gestión de los residuos de embalaje (caja, recipiente, envoltura y tarimas) de los productos adquiridos (incluyendo el transporte, almacenamiento y disposición final), mediante un Gestor autorizado. Además, debe entregar el Programa de Gestión de Residuos donde se incluye las actividades de manejo del embalaje del producto adquirido.
b. Los empaques individuales del embalaje del producto deberán ser de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable. En ninguna circunstancia se acepta estereofón (Poliestireno).
3. Criterios sostenibles sociales
a. Declaración jurada donde acepta que el personal de la empresa, en caso de ser contratista y al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las Partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
b. Declaración jurada donde indique que cuenta con una Póliza de Riesgo Laboral, la que debe estar al día e incluye a todos sus empleados. Además, debe presentar copia de dicha póliza.
c. Declaración jurada donde indique que cumple con el pago de al menos el salario mínimo vigente establecido por el Ministerio de Trabajo para todos sus colaboradores.
d. Declaración jurada donde acepta cumplir con la prohibición del fumado y vapeo dentro de las instalaciones del ICE según lo establece la Ley 9028 Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud y la Ley 10066 Ambiente Libre de Humo de Tabaco / Vapor.
e. Declaración jurada donde indique cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social de Costa Rica, así como asegurar el cumplimiento por parte de las empresas subcontratadas.
f. Declarar bajo juramento que está libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
g. Declarar bajo juramente que Acatara lo dispuesto en la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y demás Leyes Conexas.
h. Declarar que acepta cumplir con Todos los apartados de la “Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional para la Elaboración del Cartel de Contratación de Obras y Servicios y Control” de Cumplimiento de las Cláusulas Cartelarias y Contractuales, Código 32.04.002.2008, versión No.2.
4. Sistema Integrado de Gestión (declaraciones juradas)
a) Que conoce la Política Integrada para la gestión del Negocio de Electricidad (ver Anexo 10).
b) Que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018 (ver Anexo 08).
5. NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
a.El oferente debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (Anexo 09), Código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3 o 7.1.4, según corresponda. Presentar junto con la oferta.
b. El contratista deberá cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (Anexo 09), Código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.2 y 7.3 y su Anexo 2: Plan de Gestión, según corresponda.
Los requisitos y documentación solicitados deberán presentarse conforme a lo establecido en la Norma SHO 32.04.002.2008 incorporada como Anexo 09 del presente cartel.
Nota: En caso de que la empresa cuente con menos de 10 personas trabajadoras, deberá acreditarlo mediante la presentación de la planilla registrada ante la CCSS. Aplica también para la figura de consorcio y a las empresas subcontratadas.
6. Estructura del precio y presupuesto detallado
Disposiciones para presentación de la oferta:
1- El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
2- Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
A. Para el caso de contratación de bienes en cantidad definida la estructura de precios se solicitará por partida siempre y cuando los objetos sean de similar naturaleza.
B. Para el caso de contratación de servicios en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
C. No obstante, tanto para bienes como para servicios el oferente podrá realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
D. Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique por requerimiento completo o los objetos sean de similar naturaleza entre las diferentes partidas, el oferente según su criterio podrá presentar una estructura global de precios si así lo justifica desde la oferta, lo cual será valorado por la Administración.
3- Forma de presentar el Presupuesto detallado:
A. El contratista deberá presentar un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen, esto aplica solo para la partida 2. El presupuesto detallado deberá ser presentado un (1) día hábil después de la notificación del contrato conforme lo estipulado en el artículo 27 del RL8660. Se anexa el formato a utilizar. Una vez recibido, el ICE dispondrá de un (1) día hábil para su revisión y aprobación. La fecha de inicio de la ejecución contractual no será emitida hasta que el presupuesto detallado haya sido presentado y aprobado por la Administración.
B. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
7. Condiciones que considerar por parte del oferente.
a) Toda oferta debe presentar la información técnica completa y detallada en idioma español. En caso de que algún documento no esté disponible en idioma español se acepta el idioma inglés con una traducción libre al español según lo indicado en el artículo 50 del Reglamento a la Ley 8660. Además, es indispensable que todas las unidades de medida utilizadas en la oferta estén en el Sistema Internacional (S.I.) de pesos y medidas, lo que permitirá un análisis y estudio comparativo adecuado para efectos de adjudicación.
8. Cláusula de desempate
a) En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los oferentes, se convocará un sorteo público, el cual se realizará en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
b) Para definir el desempate se utilizará la moneda.
c) De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y será anexada al expediente electrónico SICOP.
9. Presentación de la garantía de cumplimiento.
a) La garantía de cumplimiento debe ser rendida dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en Sistema Digital Unificado-SICOP.
b) Es obligación del Contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido a satisfacción el objeto del contrato. En este caso el Contratista podrá presentar una nueva garantía.
c) La garantía de cumplimiento debe estar vigente durante la ejecución del Contrato y será devuelta 30 días naturales después del recibido a satisfacción de los bienes por parte del Administrador de Contrato.
10. Audiencia para Descuentos (Mejora de Precios):
a) De conformidad con el artículo 66 el Reglamento al Título II de la Ley N°.8660, la Administración podrá otorgar una audiencia posterior al acto de apertura a fin de que aquellas ofertas elegibles, tengan oportunidad de otorgar un descuento a su propuesta. Este descuento será considerado en la calificación de las ofertas. En cada cartel se dispondrá las reglas para la aplicación de descuentos.
b) La Proveeduría citará a los proponentes que cumplan técnica y legalmente, concediéndole el plazo establecido en la tabla de plazos vigente comunicada por la Dirección Proveeduría, fijándose la fecha y hora para presentar el descuento por medio del Sistema Digital Unificado conforme con lo que disponga el cartel, sin que se afecten los demás términos de la propuesta efectuada. El descuento no podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.
c) Junto con la mejora de precios se deberá de presentar la nueva estructura de precio y la justificación de la disminución del precio.
d) El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación y no debe ser mayor al porcentaje de utilidad de la oferta original.
e) El oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios, deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además de la estructura del precio sin descuento, asimismo en caso de presentar una mejora del precio, deberá justificar la disminución del precio.
f) La mejora aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
11. Facturación y gestión de comprobantes electrónicos (notas de crédito y débito):
1-Emisión de factura
Luego de la entrega de los bienes y de los servicios según lo establecido en el contrato, el ICE procederá a realizar la revisión cuantitativa y cualitativa para la recepción a satisfacción.
El pago se realizará de forma total por la entrega efectivamente realizada, únicamente después de la entrega total y del otorgamiento del visto bueno cuantitativo y cualitativo para los bienes y luego de la revisión de los servicios y el recibido a satisfacción por parte del ICE.
No se tramitarán pagos por bienes y servicios no entregados, no aceptados o que se encuentren pendientes de subsanación.
De existir bienes y servicios que no cumplan con algún aspecto del contrato, se levantará un reclamo al contratista para que éste solucione el incumplimiento.
Una vez otorgado el visto bueno de los bienes entregados y servicios ejecutados, el ICE notificará al contratista mediante correo electrónico el detalle de los bienes aceptados, quedando habilitado el contratista para presentar la factura electrónica y la gestión de pago en SICOP correspondiente, conforme a los requisitos de facturación establecidos en el presente cartel.
Las facturas electrónicas versión 4.4 y el XML se deben enviar al correo:
• Debe enviarse al buzón: facturasice@ice.go.cr
• El nombre del cliente en la factura debe ser: ICE o INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
• Cédula Jurídica: 4-000-042139
• Actividad económica: 3510.0
Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “Información de referencia”, creado exclusivamente para ingresar el número interno:
Ejemplo: MM-450xxxx (sin espacios).
Para obtener este número interno (MM-45000xxx), el proveedor deberá solicitarlo al Administrador de Contrato Correo Electrónico: xxxxxxxxx@ice.go.cr, PREVIO a la entrega de material. Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
Se informa que, conforme a la versión 4.4 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos emitida por la Dirección General de Tributación, a partir de su entrada en vigor únicamente serán aceptados comprobantes electrónicos (facturas, notas y recibos de pago) generados bajo este formato actualizado. Por lo tanto, les solicitamos asegurarse de que sus sistemas de facturación estén debidamente ajustados, ya que los comprobantes emitidos en versiones anteriores no podrán ser recibidos ni procesados.
2-Emisión de notas de crédito y débito.
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes Electrónicos (Decreto Ejecutivo N.° 44739-H) y la normativa tributaria vigente, las notas de crédito y débito constituyen documentos electrónicos destinados a modificar los efectos fiscales y contables de las facturas electrónicas previamente emitidas. Su emisión debe responder a la realidad de la transacción y a las condiciones pactadas entre las partes.
En ese sentido, la emisión de notas de crédito se entenderá como un acto sujeto a coordinación y acuerdo entre el contratista y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). En consecuencia, el contratista se obliga a no emitir este tipo de comprobantes de forma unilateral sin la previa validación del ICE o de su representante autorizado dentro del proceso de contratación.
Lo anterior tiene como propósito garantizar la trazabilidad, integridad y exactitud de la información asociada a las operaciones, así como evitar inconsistencias en los registros contables y en la información reportada ante la Administración Tributaria.
En caso de que se emitan comprobantes que no correspondan con la realidad de la transacción o que carezcan de la debida coordinación, el contratista deberá gestionar su corrección por los mecanismos previstos en los procedimientos aplicables, incluyendo la emisión de los comprobantes electrónicos que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan derivarse.
Finalmente, las partes se comprometen a mantener una coordinación constante para la adecuada gestión de los comprobantes electrónicos, en resguardo de la correcta ejecución del contrato.
12. Programa de trabajo:
Se adjuntará a la oferta un programa de trabajo detallado, conformado por un cronograma por la secuencia e interrelación de actividades por realizar dentro del lapso propuesto para ejecutar la entrega de los bienes y servicios, este programa debe estar conformado por planeamiento, EDT y cronograma en formato Excel. Ahora bien, una vez notificada la fecha de inicio, el contratista 2 días hábiles despues de este hito debe entregar el programa actualizado.
13. Forma de pago:
Los pagos se efectuarán de la siguiente forma:
Partida 1: de manera total, contra la entrega de la totalidad de los bienes y la recepción a satisfacción por parte del administrador de contrato.
Partida 2: De manera total contra la entrega del 100% de cada línea y la recepción a satisfacción por parte del administrador de contrato.
14. Tiempo de entrega
a. Bienes del suministro (Partida 1)
Deberán ser entregados en el Almacén de Planta Térmica Moín en un plazo de 110 días hábiles a partir de la notificación del Contrato.
Servicios (Partida 2).
a. Informe Final de Ejecución
Al concluir los trabajos objeto de la contratación, el Contratista deberá entregar, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles una vez finalizado el servicio, un Informe Final de Ejecución que documente de manera detallada las actividades desarrolladas, los servicios realizados, los resultados obtenidos, las pruebas efectuadas, los hallazgos identificados y las acciones correctivas implementadas, cuando corresponda.
El informe deberá contener información suficiente, verificable y respaldada documentalmente, que permita al ICE comprobar el cumplimiento de los alcances, requisitos y obligaciones establecidos en el contrato.
Una vez recibido el informe, el ICE dispondrá de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para realizar su revisión y comunicar las observaciones, correcciones o requerimientos que considere necesarios.
Notificadas las observaciones por parte del ICE, el Contratista deberá presentar la versión corregida y final de la documentación en un plazo máximo de dos (2) días hábiles. Posteriormente, el ICE dispondrá de un (1) día hábil para verificar el cumplimiento de las observaciones emitidas y aprobar la entrega final.
Los plazos destinados a la revisión, atención de observaciones y aprobación final indicados en este apartado forman parte integral del plazo de ejecución contractual, por lo que deberán ser considerados por el Contratista dentro de su planificación y cronograma de trabajo, sin que ello genere derecho a reconocimiento de plazos o costos adicionales.
c. Plan de Mantenimiento Preventivo
El Contratista deberá entregar un Plan de Mantenimiento Preventivo para los servicios de la partida 2, el cual deberá incluir, como:
• Descripción de los equipos y componentes del sistema.
• Frecuencia recomendada de las actividades de mantenimiento preventivo.
• Procedimientos de inspección, prueba y mantenimiento aplicables a cada componente del sistema.
• Recomendaciones técnicas para la operación y conservación adecuada del sistema.
• Cronograma de mantenimiento recomendado para un período de doce (12) meses posteriores a la recepción de los trabajos.
• La documentación deberá entregarse en formato digital editable y en formato PDF, en idioma español.
15. Visita al Sitio (no es de carácter obligatorio):
La visita al sitio deberá ser coordinada con el ingeniero Karl Mayorga Céspedes, teléfono 2000-2537, correo electrónico kmayorga@ice.go.cr y, se hará una sola visita con todos los potenciales oferentes, misma que se llevará a cabo al tercer día hábil posterior a la publicación del concurso. Además, iniciará a las 10:00 horas.
El oferente que no realice la visita al sitio no podrá alegar durante la ejecución del proyecto desconocimiento de las circunstancias del sitio y otras condiciones relacionadas con el proyecto.
Durante la visita al sitio cada oferente podrá inspeccionar las veces que se requieran las instalaciones, la alimentación eléctrica y las dimensiones; de manera que pueda evaluar a detalle el alcance del suministro y las posibles modificaciones que se requieran. Sin embargo, debe considerarse que la condición de unidad detenida es dependiente de la programación de la División Operación y Control del Sistema Eléctrico (DOCSE).
Se entenderá que el oferente ha inspeccionado y examinado todos los aspectos concernientes con esta licitación, y ha obtenido toda la información necesaria en cuanto a los riesgos, contingencias y otras circunstancias que pudieran influir en su propuesta.
15. Obligaciones del Contratista
Cláusulas generales
1. El Contratista debe asumir en su totalidad la responsabilidad como patrono único, por lo que deben correr por su cuenta todas las obligaciones obrero-patronales derivadas de la realización del trabajo, tales como cuotas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y Riesgos Profesionales. El ICE debe quedar totalmente desligado y no mantendrá ninguna relación de este tipo con los trabajadores de la responsabilidad civil o penal en que pudieran incurrir en la prestación de los servicios.
2. El ICE se reserva el derecho de revisar la documentación solicita en los puntos 3 y
4. No dará orden de inicio de los trabajos si dicha documentación no ha sido presentada a su entera satisfacción.
3. Las pólizas solicitadas deben ser presentadas al Administrador de Contrato del ICE antes del inicio de los servicios.
4. El Contratista debe presentar copia de la planilla registrada ante la CCSS.
5. El Contratista debe asumir los costos y riesgos del transporte del personal
asignado al ICE, así como los equipos herramientas, materiales y equipo de
seguridad ocupacional requeridos para la realización de los trabajos.
6. El Contratista debe acatar de manera obligatoria cualquier corrección que el ICE solicite. Lo anterior aplica para sus empleados, equipos, recursos, la señalización del área de trabajo o bien en la ejecución de los servicios.
7. En caso de que alguno de los subcontratistas propuestos para los servicios deba ser sustituido, el nuevo subcontratista debe tener experiencia igual o superior al propuesto en la oferta. El nuevo subcontratista debe ser aprobado por el Administrador del Contrato, para lo cual el Contratista debe presentar la totalidad de la información solicitada en los requisitos de admisibilidad de este procedimiento 20 o más días hábiles antes del cambio.
Cláusulas referentes al Sistema Integrado de Gestión
1. El Contratista debe someterse a una reunión e inducción con el encargado de contratación administrativa de la Planta y los gestores de Ambiente y Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) antes de iniciar la ejecución de los servicios. Lo anterior para identificar los aspectos y peligros que se relacionarán con sus funciones mediante los formatos DG-00-PR-81-002 y DG-00-FO-81-002 (ver Anexos 05 y 06). En dicha inducción deben participar todos los trabajadores del Contratista que colaborarán en la prestación del servicio (considerando el escenario de incapacidad).
2. Las Áreas de SST y de Ambiente de la Región Huetar o de la Planta donde se presten los servicios podrán, en coordinación con el Administrador del Contrato, realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de lo indicado en la inducción y de la aplicación de los controles operacionales definidos en la identificación de peligros y aspectos ambientales. Las indicaciones que se emitan son vinculantes. Además, el Contratista debe indicar el momento en que los hallazgos detectados han sido corregidos para hacer una re-inspección y verificar su cumplimiento.
3. El Contratista debe comprometerse a respetar y cumplir los controles operacionales definidos en la reunión y cualquier otra observación que realicen los gestores de Ambiente y SST durante la ejecución de sus labores.
4. Si luego de concluida la reunión del apartado 1, los gestores expresan la necesidad de realizar otra reunión antes del inicio de las labores, el Contratista debe asistir obligatoriamente.
5. El Contratista debe garantizar que las personas encargadas de ejecutar el trabajo cuenten con el equipo de protección personal requerido para trabajar en una planta de generación térmica. Además, debe tomar en cuenta todas las medidas de seguridad recomendadas por el ICE según lo establecido en todos los apartados de la norma INTE T43:2000. El ICE se reserva la potestad de suspender aquellos trabajos que contravengan los Reglamentos y Normas Técnicas de Seguridad e Higiene Ocupacional en el Trabajo en todos sus apartados.
6. El Contratista debe garantizar que las personas encargadas de ejecutar el trabajo cuenten con el equipo de protección personal necesario para trabajar en Plantas Hidroeléctricas. Además, debe tomar en cuenta todas las medidas de seguridad recomendadas por el ICE según lo establecido en todos los apartados de la norma INTE T43:2000. El ICE se reserva la potestad de suspender aquellos trabajos que contravengan los Reglamentos y Normas Técnicas de Seguridad e Higiene Ocupacional en el Trabajo, donde aplican todos sus apartados.
7. El Contratista debe adquirir y utilizar equipo para delimitar el área de trabajo (rótulos de prevención verticales con apoyo, cinta plástica, conos, etc.) según lo establecido en todos los apartados de la norma INTE T56:2000.
8. Las personas deben usar obligatoriamente para todos los trabajos en una altura superior a 1,80 m el correspondiente arnés de seguridad de cuerpo completo de cuatro puntos y la línea de vida de 1,80 m. Lo anterior es para otorgar a los trabajadores los niveles de seguridad mínimos para los diferentes escenarios que se presenten al laborar en alturas. El Contratista es responsable de suministrar el equipo de protección personal de sus trabajadores. Además, los oferentes deben estar en la capacidad de fabricar todas aquellas estructuras o equipos que les permitan acceder a los sitios más riesgosos de forma segura, así como posicionarse con un sistema fijo de anclaje que permita a los trabajadores ejecutar las labores debidamente ancladas. Tanto las escaleras como andamios que se utilicen deberán cumplir con todos los apartados de las normas INTE T24-2000 y INTE T26-2016. El personal debe contar con certificación de persona autorizada en trabajos de altura cuya duración mínima sea de 8 horas (teoría y práctica).
9. El Contratista debe cumplir con lo establecido con todos los apartados de la norma INTE T12:2000, sobre las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manipulación de sustancias inflamables y combustibles.
10. El Contratista debe suministrar la respectiva hoja o ficha de datos seguridad (FDS) de los productos químicos. Lo anterior según la fecha de registro del producto ante el Ministerio de Salud y en cumplimento con el decreto 28113 y el reglamento técnico 478:2015 Productos químicos, productos químicos peligrosos, registro, importación y control.
11. Los residuos ordinarios, tales como papeles, envases, plástico, residuos de bolsas plásticas, madera y cartón; deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique. El Contratista debe aportar los recipientes para almacenar dichos residuos. Además, se debe realizar limpieza general del sitio todos los días después de terminar las labores. Una vez finalizado el trabajo, el Contratista es responsable del retiro y desecho de todos los residuos ordinarios.
12. Los residuos peligrosos, especiales y valorizables, tales como: materiales contaminados con hidrocarburos, cualquier tipo de metal, barras de cobre, conductores eléctricos; deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique. El Contratista debe aportar los recipientes para almacenar dichos residuos. Una vez finalizado el trabajo, el ICE es responsable del retiro y desecho de todos los residuos peligrosos, especiales y valorizables.
13. El Contratista debe asegurar al ICE que las personas encargadas de ejecutar los servicios o ingresen a las instalaciones en chancletas, pantaloneta o camiseta sin mangas. Por lo cual deben usar zapatos dieléctricos antideslizantes en buen estado, pantalón de mezclilla y camisa o camiseta de tela 100% algodón.
14. El transporte del personal, equipos y materiales es responsabilidad del oferente y se debe ajustar a las regulaciones establecidas por el MOPT.
15. Si el Contratista requiere utilizar productos químicos u otro tipo de sustancias contaminantes, debe almacenar los sobrantes en un lugar seguro y retirarlos de la zona de trabajo cuando finalice cada servicio.
16. El Contratista es responsable de que los recipientes que almacenen sustancias químicas se encuentren en perfectas condiciones (su estado). Además, el material de fabricación debe ser resistente al líquido que almacene.
17. El Contratista debe asegurar y constatar el buen estado y cierre de las tapas de los recipientes (galones, pichingas o estañones; y debidamente identificados con la rotulación correspondiente al Sistema Globalmente Armonizado y NFPA 704), tanto durante el transporte como en el lugar de trabajo.
18. El Contratista, en caso de reutilizar recipientes que no sean el original del producto, debe quitar cualquier tipo de calcomanía, logo u otro que pueda causar una confusión y por ende un accidente. Además, debe rotular el envase con la descripción del nuevo contenido.
19. Los elementos de izaje (grilletes, eslingas sintéticas y cadenas) deben estar en buen estado de conservación, con sus etiquetas respectivas, sin aceites, corrosión y cualquier otra contaminación que limite su funcionamiento. El Área de SST de la Región Huetar o de la Planta podrá realizar inspecciones en cualquier momento y las recomendaciones que se emitan son vinculantes. Además, el Contratista debe indicar el momento que los hallazgos detectados han sido corregidos para hacer una re-inspección y verificar su cumplimiento.
16. Otras cláusulas
a. Bienes:
A. SOBRE LA ENTREGA DE BIENES:
1. Dentro de un plazo mínimo de diez (10) días hábiles previos a la entrega de los bienes en sitio, el contratista deberá gestionar la solicitud de recepción correspondiente en el SICOP y notificar al Administrador del Contrato mediante correo electrónico, con el propósito de coordinar la recepción de los bienes en las instalaciones del ICE y obtener la anuencia para recibirlos en la fecha y hora propuestas. En dicha notificación, el contratista deberá indicar como información principal la fecha y hora propuestas para la entrega y, adicionalmente, detallar las condiciones del embalaje de los materiales, sus dimensiones y precisar si requiere que el ICE le suministre maquinaria especial, herramientas o equipo de protección personal adicional para el descargue. En caso de no requerir dichos recursos, deberá indicar expresamente que estos serán aportados por su cuenta, a fin de coordinar con el encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) la revisión correspondiente y verificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables. El ICE se reserva el derecho de rechazar, al momento de la recepción, aquellos bienes cuya entrega no haya sido debidamente notificada o que incumplan los requisitos establecidos, sin que ello genere costo adicional alguno para el ICE.
2. Previo a la entrega de los bienes, el contratista debe elaborar en la plataforma SICOP la correspondiente “solicitud de recepción”.
3. El contratista deberá adjuntar en la solicitud de recepción la “Hoja de Entrega de bienes o servicios” (HEBS) (Ver Anexo 07) incluida en este cartel, debidamente completada con la información que se solicita.
4. En caso de no adjuntarse la hoja de entrega de materiales sugerida, el contratista puede utilizar otro documento similar, siempre y cuando contenga los datos de la información de la HEBS.
5. Junto con la entrega de los bienes en el sitio indicado en el contrato, el contratista se debe entregar físicamente la HEBS o documento similar el cual será utilizado para realizar la recepción provisional de bienes.
6. La recepción de bienes se hará contra la HEB o su similar y una vez recibido de conformidad se da visto bueno para que se emita la factura electrónica.
7. Las personas que realicen la entrega en sitio deberán portar su identificación, y contar con pantalón largo, camisa con mangas, zapatos de seguridad o cerrados, suela de goma y tacón bajo, así como casco de seguridad).
8. Al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social (anexos 08, 09 y 10).
9. Es responsabilidad del contratista, previo a la entrega de los bienes, cumplir con lo establecido en el Anexo 06 “DG-00-PR-81-002 Ingreso a instalaciones de la DG”, así como completar el formulario incluido en el Anexo 07 del cartel DG-00-FO-81-002 “Solicitud de ingreso” y remitirlo al Administrador del Contrato mediante correo electrónico con al menos tres (3) días hábiles de antelación a la fecha de entrega.
Asimismo, al momento del ingreso a las instalaciones, deberá presentar el documento debidamente autorizado por el ICE. En caso de incumplimiento de este requisito, el personal de vigilancia ya sea institucional o privado, no autorizará el acceso, conforme a las directrices de la Administración.
10. El contratista responsable del transporte debe gestionar y obtener, previo al traslado, todos los permisos requeridos cuando la carga supere los pesos y/o dimensiones máximas permitidas por la Ley de Tránsito, Se considerarán como límites máximos estándar de transporte sin permiso especial los siguientes: 2,60 m de ancho, 4,15 m de altura, con longitud máxima según tipo de vehículo conforme el Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga (Decreto Ejecutivo Nº 31363-MOPT). Cualquier transporte que exceda estos valores o los Pesos Máximos Autorizados (PMA) establecidos en dicho reglamento requerirá Permiso Especial de Pesos y Dimensiones emitido por el MOPT.
11. Para realizar la descarga, el contratista deberá cumplir con los requisitos siguientes:
a) Utilizar equipo de seguridad en buen estado, incluyendo accesorios de izaje certificados.
b) Realizar la descarga de manera controlada, segura y sin riesgo para el personal, las instalaciones o el medio ambiente.
12. El ICE no permitirá el ingreso ni la descarga del producto al contratista cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones:
• Falta de cumplimiento de de las condiciones de seguridad ocupacional o ambiental indicadas en la planta.
• Evidencia de fallas en el transporte, embalaje o manipulación.
• Maniobras de descarga que representen riesgo para el personal, la infraestructura o el medio ambiente.
• Inobservancia de instrucciones técnicas por parte del personal designado por el ICE durante la maniobra.
13. El contratista deberá contar, como mínimo, con dos (2) operarios capacitados (incluyendo un encargado de maniobra y un asistente de apoyo), o con un número mayor cuando las características del equipo, peso o volumen del producto lo ameriten. Todo el personal deberá estar debidamente identificado, capacitado en manipulación segura de cargas y autorizado por el contratista para realizar las labores de descarga.
14. El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por personal o equipo del contratista al momento de la entrega de los bienes, correrá por cuenta de este último y deberá corregirlo en plazo de 10 días hábiles después de la notificación con los daños que emitirá el Administrador de Contrato.
15. El contratista deberá coordinar la entrega con el personal de la Planta Térmica que se describe a continuación:
REGIÓN HUETAR ALMACÉN DIRECCIÓN ENCARGADO DE RECEPCIÓN No TELEF. CORREO ELECTRÓNICO
Planta termica Moín Limón, Móin, encargado Karl Mayorga Céspedes 2000-2537, correo kmayorga@ice.go.cr con copia al correo mrivera@ice.go.cr
16. PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CALIDAD AL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS
BIENES
Para que el lote sea aceptado, la totalidad de los bienes deben encontrarse en perfectas condiciones, libre de daños, defectos o incumplimientos de las Especificaciones Técnicas y los requisitos de calidad y funcionalidad establecidos.
Si, durante la inspección del 100% de los bienes, se detecta algún bien que no cumple con las condiciones de calidad, funcionalidad, presentación o especificaciones técnicas (es decir, no se encuentran en perfectas condiciones), se procederá de la siguiente manera:
Sustitución de Bienes Defectuosos: Todos los bienes que, tras la inspección total, se determinen como dañados, defectuosos o no conformes con las Especificaciones Técnicas del cartel y el contrato, deberán ser sustituidos en un plazo de 20 días hábiles. Los bienes de sustitución deben ser completamente nuevos y garantizar el total cumplimiento de todas las condiciones y especificaciones técnicas originales, sin implicar costo adicional ni prórroga en el plazo de entrega.
Reinspección: La aceptación final de los bienes solo se producirá una vez que se haya verificado que todos los bienes sustituidos cumplen cabalmente con las especificaciones técnicas.
Recepción Provisional (Inspección)
Objeto: La Recepción Provisional constituye la fase de control de calidad y la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas. Se aplicará el Procedimiento de Control de Calidad al Momento de la Recepción de los Bienes descrito en este cartel (inspección al 100% si aplica).
Acta Provisional: Al recibir físicamente los bienes, el ICE levantará un Acta de Recepción Provisional, en la cual se consignará la fecha y hora de la entrega, la cantidad recibida y la conformidad o disconformidad preliminar de los bienes respecto a las especificaciones y la ausencia de daños visibles.
Bienes Rechazados: Si durante la inspección se detectan bienes dañados, defectuosos o no conformes, el Contratista deberá realizar la sustitución de estos, según lo estipulado en la sección de Procedimiento de Control de Calidad “Sustitución de Bienes Defectuosos”.
Plazo para Sustitución: El Contratista se obliga a reemplazar los bienes defectuosos al término del plazo indicado por el ICE para la sustitución según el procedimiento de control de calidad “Sustitución de Bienes Defectuosos”, sin costo adicional.
Sustitución con plazo mayor por fabricación.
Cuando la sustitución implique procesos de fabricación y de importación cuyo plazo exceda los veinte (20) días hábiles antes indicados, el contratista deberá presentar al ICE, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato, una nota formal en la que justifique debidamente la imposibilidad de cumplir con la sustitución dentro del plazo ordinario, así como un cronograma detallado de las actividades a ejecutar, indicando de manera expresa el plazo final de entrega de los bienes que deberán sustituir.
Recepción Definitiva
Condición: La Recepción Definitiva se formalizará únicamente cuando la totalidad de los bienes entregados y, en su caso, los sustituidos, hayan sido inspeccionados y se haya verificado su cabal y estricto cumplimiento con todas las Especificaciones Técnicas, las características de calidad, presentación y funcionalidad establecidas en el cartel.
Acta Definitiva: Una vez cumplida la condición anterior, el ICE suscribirá el Acta de Recepción Definitiva en SICOP, la cual formaliza la recepción de los bienes a satisfacción y marca el inicio del periodo de garantía contractual.
SERVCIOS
Para que los servicios sean aceptados por el ICE, estos deberán haberse ejecutado en su totalidad, de conformidad con el alcance contratado, las especificaciones técnicas, las recomendaciones del fabricante de los equipos marca que oferta, las buenas prácticas de ingeniería aplicables y las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso del mantenimiento del sistema de detección y supresión de incendios que es marca SECURITON, el sistema intervenido deberá encontrarse completamente operativo, sin alarmas, fallas o eventos pendientes atribuibles a los trabajos realizados, y haber superado satisfactoriamente todas las pruebas funcionales requeridas.
En el caso del suministro, instalación y puesta en servicio de los cilindros de CO₂, el Contratista deberá demostrar:
• La correcta instalación de los cilindros suministrados.
• La compatibilidad de los cilindros con el sistema existente.
• La correcta conexión de los componentes y accesorios asociados.
• La ausencia de fugas, pérdidas de presión o defectos de instalación.
• El cumplimiento de las características técnicas requeridas en el presente procedimiento.
• La correcta operación del sistema durante las pruebas de funcionamiento realizadas por el contratista y con observación del ICE.
• La entrega de los certificados, reportes técnicos y documentación aplicable.
Asimismo, el Contratista deberá demostrar mediante pruebas funcionales y operativas que el sistema de detección y supresión de incendios opera adecuadamente después de la ejecución de los trabajos y la instalación de los cilindros de CO₂, manteniendo las condiciones de seguridad, confiabilidad y desempeño requeridas por el ICE.
Si durante las inspecciones, pruebas funcionales o revisión de la documentación se detectan incumplimientos, defectos, omisiones, fallas o desviaciones respecto de los requisitos contractuales, los servicios serán considerados no conformes y el Contratista deberá realizar las correcciones correspondientes sin costo adicional para el ICE.
Corrección de Servicios No Conformes
Todos los incumplimientos identificados deberán ser corregidos por el Contratista dentro de los plazos establecidos a continuación, contados a partir de la notificación realizada por el ICE.
Fallas Críticas
Corresponden a incumplimientos que afectan la seguridad, disponibilidad o correcta operación del sistema de detección y supresión de incendios.
Se consideran fallas críticas:
• Equipos o componentes fuera de servicio posteriores a la intervención.
• Fallas en la detección, supervisión o generación de alarmas.
• Indisponibilidad total o parcial del sistema de supresión de incendios.
• Instalación incorrecta de cilindros de CO₂ que comprometa la seguridad o la operación del sistema.
• Fugas de CO₂ o pérdidas de presión fuera de los parámetros permitidos.
• Incumplimiento de pruebas funcionales obligatorias.
• Configuraciones incorrectas que comprometan la seguridad de las instalaciones o del personal.
• Cualquier condición que impida la respuesta adecuada del sistema ante un evento de incendio.
• Ausencia o mal funcionamiento de componentes indispensables para la operación del sistema.
Plazo máximo de corrección: tres (3) días hábiles.
Inicio de atención: dentro de las primeras veinticuatro (24) horas naturales posteriores a la notificación del ICE.
Fallas Mayores
Corresponden a incumplimientos que no impiden completamente la operación del sistema, pero afectan su desempeño, confiabilidad o funcionamiento adecuado.
Se consideran fallas mayores, entre otras:
• Deficiencias en la instalación de cilindros, conexiones o accesorios que requieran ajustes.
• Inconsistencias detectadas durante las pruebas funcionales.
• Parametrizaciones incorrectas o incompletas.
• Deficiencias en conexiones, soportes o elementos de fijación.
• Generación incorrecta de alarmas, eventos o señales de supervisión.
• Funcionamiento parcial de componentes intervenidos.
• Deficiencias que reduzcan el desempeño esperado del sistema sin comprometer su operación inmediata.
Plazo máximo de corrección: cinco (5) días hábiles.
Inicio de atención: dentro de las primeras veinticuatro (24) horas naturales posteriores a la notificación del ICE.
Fallas Menores o Documentales
Corresponden a incumplimientos que no afectan la operación ni la seguridad del sistema, pero que impiden la aceptación formal de los servicios.
Se consideran fallas menores, entre otras:
• Omisiones o errores en informes técnicos.
• Inconsistencias en registros de mantenimiento.
• Entregables incompletos.
• Errores de forma en reportes, certificados o documentación técnica.
• Falta de información requerida en el Informe Final de Ejecución.
• Falta de información requerida en el Plan de Mantenimiento Preventivo.
• Omisiones en certificaciones, registros fotográficos o documentación de respaldo solicitada contractualmente.
Plazo máximo de corrección: cinco (5) días hábiles.
Inicio de atención: dentro de las primeras veinticuatro (24) horas naturales posteriores a la notificación del ICE.
Condiciones Generales de Corrección
Todas las correcciones deberán realizarse:
• Sin costo adicional para el ICE.
• Manteniendo la integridad y operación segura del sistema intervenido.
• Cumpliendo plenamente con las especificaciones técnicas y obligaciones contractuales.
• Sin afectar la continuidad operativa de las instalaciones del ICE.
• Sin generar derecho a reconocimiento de costos adicionales.
• Utilizando personal técnico calificado y autorizado para intervenir los sistemas objeto de la contratación.
Recepción Provisional
Una vez finalizados los servicios, el ICE realizará la inspección técnica, documental y funcional correspondiente para verificar el cumplimiento integral del alcance contratado.
Como resultado de esta verificación se emitirá un Acta de Recepción Provisional, en la cual se consignará, como mínimo:
• Fecha de finalización de los servicios.
• Alcance ejecutado.
• Resultado de las inspecciones y pruebas realizadas.
• Conformidad o no conformidad de los servicios.
• Observaciones identificadas.
• Pendientes por subsanar, cuando corresponda.
Servicios No Conformes
Cuando durante la recepción provisional se identifiquen incumplimientos, defectos, omisiones o pendientes, los servicios serán considerados no conformes.
En estos casos:
• No se otorgará la recepción definitiva.
• El Contratista deberá corregir todas las observaciones formuladas por el ICE.
• El Contratista deberá presentar, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles posteriores a la notificación, el análisis de las no conformidades identificadas, la causa raíz y el plan de acciones correctivas a implementar.
• Los plazos para la ejecución de las correcciones serán los establecidos según la clasificación de fallas indicada anteriormente.
Recepción Definitiva
La Recepción Definitiva procederá únicamente cuando:
• Los servicios contratados hayan sido ejecutados al cien por ciento (100%).
• Se hayan corregido todas las no conformidades identificadas por el ICE.
• Las pruebas funcionales y operativas hayan sido aprobadas satisfactoriamente por el ICE.
• El sistema de detección y supresión de incendios se encuentre completamente operativo.
• Los cilindros de CO₂ instalados se encuentren operando adecuadamente y cumplan con los requisitos contractuales.
• Se haya entregado y aprobado toda la documentación requerida, incluyendo el Informe Final de Ejecución, certificados, registros de pruebas, evidencia documental y el Plan de Mantenimiento Preventivo.
Una vez verificado el cumplimiento de estas condiciones, el ICE emitirá el Acta de Recepción Definitiva, la cual constituirá el recibido conforme de los servicios y habilitará el trámite de pago correspondiente.
17. PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA TÉCNICA
a. La garantía para la partida 1 con el suministro de los bienes será de 12 meses (1 año), que contabilizará a partir de la puesta en marcha de los bienes sobre cada componente entregado y se aplicará bajo los siguientes términos:
1. Detección de la falla o defecto.
Si durante el período de garantía se detectan defectos, fallas de funcionamiento, vicios ocultos, deterioros anormales o cualquier incumplimiento respecto de las especificaciones técnicas, calidad, presentación o funcionalidad exigidas contractualmente, el ICE documentará la situación por medio del Administrador del Contrato, identificando los bienes afectados y la naturaleza del defecto, falla o incumplimiento presentado.
2. Notificación al contratista.
Una vez verificada la existencia del defecto o falla, el Administrador del Contrato notificará formalmente al contratista, remitiendo el detalle de la situación detectada y requiriéndole el análisis técnico correspondiente, a fin de que determine la causa de la falla, el alcance de la afectación y la medida correctiva aplicable.
3. Análisis técnico por parte del contratista.
Recibida la notificación, el contratista deberá realizar el análisis técnico respectivo sobre los bienes reportados y comunicar formalmente al ICE el resultado de dicho análisis, indicando de manera fundamentada la causa de la falla o defecto, su incidencia sobre el funcionamiento del bien, la solución técnica propuesta y si procede o no la sustitución del bien afectado.
4. Procedencia de la sustitución.
Cuando del análisis realizado se determine que el defecto, falla, vicio oculto, deterioro anormal o incumplimiento es atribuible a la calidad, fabricación, materiales, diseño, embalaje, transporte o a cualquier otra causa imputable al contratista o al bien suministrado, procederá la sustitución del bien afectado. En caso de que el contratista considere que no procede la sustitución, deberá justificar técnica y documentalmente su posición ante el ICE dentro del plazo indicado en el punto 5 y 6. En todo caso, corresponderá al ICE, por medio del Administrador del Contrato, valorar lo indicado por el contratista y resolver lo que corresponda en resguardo del interés público y del cumplimiento contractual.
5. Plazo de sustitución.
Cuando proceda la sustitución, el contratista deberá efectuarla en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato.
6. Sustitución con plazo mayor por fabricación.
Cuando la sustitución implique procesos de fabricación y de importación cuyo plazo exceda los veinte (20) días hábiles antes indicados, el contratista deberá presentar al ICE, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato, una nota formal en la que justifique debidamente la imposibilidad de cumplir con la sustitución dentro del plazo ordinario, así como un cronograma detallado de las actividades a ejecutar, indicando de manera expresa el plazo final de entrega de los bienes sustituidos.
7. Valoración y seguimiento por parte del ICE.
El ICE, por medio del Administrador del Contrato, evaluará el análisis técnico, las justificaciones y el cronograma presentados por el contratista, con el fin de verificar que estos se encuentren debidamente fundamentados, sean coherentes con las condiciones contractuales y técnicamente viables. Dicha evaluación permitirá determinar, de manera expresa, la procedencia o improcedencia de la sustitución solicitada, así como establecer los plazos y criterios aplicables para la reposición de los bienes. Asimismo, el ICE dará seguimiento al cumplimiento de las actividades aprobadas y al plazo final definido para la reposición, conforme al cronograma validado, sin que dicha valoración implique aceptación automática de lo propuesto por el contratista.
8. Costos asociados.
Todos los costos asociados a la sustitución, incluyendo fabricación, transporte, entrega y retiro, cuando corresponda, correrán por cuenta exclusiva del contratista, sin que ello genere costo adicional alguno para el ICE.
9. Verificación del cumplimiento.
Una vez realizada la sustitución, el ICE verificará que los bienes cumplan integralmente con las especificaciones técnicas, condiciones de calidad y funcionamiento exigidas contractualmente. En caso de persistir el incumplimiento, el ICE podrá requerir nuevamente la sustitución correspondiente, sin perjuicio de la aplicación de las medidas contractuales, administrativas y legales procedentes.
10. Responsabilidad del contratista.
La ejecución de la garantía técnica no limita la potestad del ICE de reclamar daños y perjuicios ni de adoptar las acciones contractuales, administrativas o legales que correspondan en caso de incumplimiento, esto previo al debido proceso.
11. Regla de comunicación del contratista.
Toda gestión, respuesta, análisis, justificación, cronograma o manifestación que deba emitir el contratista en el marco de la ejecución de la garantía técnica deberá ser notificada formalmente al ICE dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato.
b. Garantía de los Servicios (Partida 2)
La garantía de los servicios correspondientes a la Partida 2 será de doce (12) meses, contados a partir de la recepción a satisfacción.
La garantía cubrirá la totalidad de los trabajos ejecutados por el Contratista, incluyendo el mantenimiento realizado al sistema de detección y supresión de incendios marca SECURITON, la instalación y puesta en servicio de los cilindros de CO₂, las pruebas efectuadas, ajustes, configuraciones, calibraciones, documentación técnica entregada y cualquier otra actividad realizada como parte del alcance contractual.
Detección de fallas, defectos o incumplimientos
Durante el período de garantía, si se detectan fallas de funcionamiento, deficiencias en la instalación, errores de configuración, deficiencias en la ejecución de los trabajos, fugas, pérdidas de presión, problemas de comunicación o supervisión del sistema, defectos en la documentación técnica, incumplimientos de las especificaciones técnicas o cualquier anomalía atribuible a los servicios ejecutados, el ICE documentará la situación mediante el Administrador del Contrato, identificando el componente, equipo, sistema o actividad afectada, así como la naturaleza de la falla o incumplimiento detectado.
Notificación al Contratista
Una vez verificada la existencia de la falla, defecto o incumplimiento, el Administrador del Contrato notificará formalmente al Contratista, remitiendo los detalles de la situación detectada y requiriendo el análisis técnico correspondiente para determinar la causa, el alcance de la afectación y las acciones correctivas necesarias.
Análisis Técnico del Contratista
Recibida la notificación, el Contratista deberá realizar el análisis técnico respectivo y comunicar formalmente al ICE sus conclusiones, indicando:
• La causa raíz de la falla o incumplimiento.
• El alcance de la afectación.
• Los riesgos asociados.
• Las medidas correctivas propuestas.
• El plazo requerido para la corrección.
Toda gestión, respuesta, análisis, justificación, cronograma o informe técnico deberá ser presentado al ICE dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación, salvo en los casos de fallas críticas, para las cuales aplicarán los plazos especiales establecidos en esta cláusula.
Procedencia de la Corrección
Cuando se determine que la falla, defecto o incumplimiento sea consecuencia de actividades bajo responsabilidad del Contratista, incluyendo instalación, mantenimiento, configuración, calibración, integración, pruebas, puesta en servicio o documentación, este deberá efectuar la corrección correspondiente sin costo adicional para el ICE.
En caso de que el Contratista considere que la corrección no procede por causas ajenas a su responsabilidad, deberá justificarlo técnica y documentalmente dentro del plazo establecido. Corresponderá al ICE valorar dicha justificación y resolver lo que proceda utilizando el debido proceso.
Clasificación de Fallas y Plazos de Atención
a. Fallas Críticas
Corresponden a aquellas que afectan la seguridad, disponibilidad o capacidad de respuesta del sistema de detección y supresión de incendios.
Se consideran fallas críticas, entre otras:
• Indisponibilidad total o parcial del sistema.
• Falla en la detección o transmisión de alarmas.
• Mal funcionamiento de elementos críticos de supervisión o activación.
• Fugas de CO₂.
• Pérdidas de presión fuera de los parámetros establecidos.
• Instalación incorrecta de cilindros o accesorios que comprometan la operación o seguridad.
• Condiciones que impidan la respuesta adecuada del sistema ante una emergencia.
• Cualquier situación que represente riesgo para las personas, instalaciones o equipos.
Para este tipo de fallas, el Contratista deberá:
• Iniciar la atención técnica dentro de las primeras veinticuatro (24) horas naturales posteriores a la notificación.
• Implementar la solución definitiva en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Cuando técnicamente no sea posible efectuar la corrección definitiva en dicho plazo, el Contratista deberá presentar una justificación técnica debidamente fundamentada y un cronograma de ejecución para aprobación del Administrador del Contrato.
b. Fallas Mayores
Corresponden a aquellas que no impiden completamente la operación del sistema, pero afectan su desempeño, confiabilidad o funcionamiento esperado.
Se consideran fallas mayores, entre otras:
• Deficiencias de instalación que requieran ajustes.
• Configuraciones incorrectas.
• Funcionamiento parcial de componentes intervenidos.
• Inconsistencias detectadas durante pruebas operativas.
• Alarmas, supervisiones o reportes incorrectos.
• Deficiencias que reduzcan el desempeño del sistema sin comprometer su seguridad inmediata.
Para este tipo de fallas, el Contratista deberá:
• Presentar el análisis técnico y la propuesta de solución en un plazo máximo de dos (2) días hábiles.
• Ejecutar la corrección definitiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
c. Fallas Menores o Documentales
Corresponden a incumplimientos que no afectan la operación ni la seguridad del sistema.
Se consideran fallas menores, entre otras:
• Errores u omisiones en informes técnicos.
• Inconsistencias documentales.
• Deficiencias en registros de mantenimiento.
• Errores en certificados o reportes.
• Información incompleta en los entregables.
• Omisiones en el Plan de Mantenimiento Preventivo o en el Informe Final de Ejecución.
Estas deberán corregirse en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación del ICE.
Correcciones con Plazo Mayor
Cuando la corrección requiera soporte especializado del fabricante, adquisición de componentes, importación de repuestos, pruebas especiales o condiciones técnicas que impidan cumplir los plazos ordinarios, el Contratista deberá presentar, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación, una justificación técnica y un cronograma detallado para valoración y aprobación del ICE.
La aprobación de un plazo adicional será facultad exclusiva del ICE y no eximirá al Contratista de sus responsabilidades contractuales.
Coordinación de los Trabajos Correctivos
Toda actividad correctiva deberá coordinarse previamente con el Administrador del Contrato, procurando minimizar cualquier afectación a la operación normal de las instalaciones del ICE.
Cuando las correcciones requieran ingreso al sitio, ejecución de pruebas funcionales, aislamiento temporal de equipos o cualquier actividad que pueda afectar la operación normal de las instalaciones, estas deberán realizarse conforme a los procedimientos y horarios autorizados por el ICE.
Costos Asociados
Todos los costos derivados de la atención de la garantía serán asumidos por el Contratista, incluyendo:
• Mano de obra.
• Transporte.
• Viáticos.
• Herramientas y equipos.
• Soporte técnico especializado.
• Repuestos y materiales requeridos cuando la falla sea atribuible al servicio ejecutado.
• Pruebas y verificaciones.
• Elaboración de informes y documentación.
Estas actividades no generarán costo adicional alguno para el ICE.
Verificación y Recepción de las Correcciones
Una vez efectuada la corrección, el ICE verificará que el sistema, componente o servicio intervenido cumpla integralmente con las especificaciones técnicas, requisitos de seguridad, funcionalidad y desempeño establecidos contractualmente.
La corrección se considerará aceptada únicamente cuando el ICE confirme que la falla, defecto o incumplimiento ha sido subsanado satisfactoriamente.
La presentación de informes, cronogramas o propuestas de solución por parte del Contratista no constituirá aceptación de la corrección ni liberará su responsabilidad durante el período de garantía.
Responsabilidad del Contratista
La ejecución de la garantía no limita el derecho del ICE de aplicar las multas, cláusulas penales, garantías contractuales y demás acciones administrativas, contractuales o legales que correspondan, previo cumplimiento del debido proceso y cuando proceda conforme al ordenamiento jurídico aplicable.
18 dirección técnica e inspección
Durante los servicios de la Partida 2, el Contratista debe contar con un profesional responsable, el que debe fungir como jefe de equipo o encargado general y estar a tiempo completo en la Planta. Este profesional será responsable del cumplimiento del servicio según los términos contratados, de la observancia de las normas hechas de su conocimiento y del comportamiento del equipo de trabajo (dicho comportamiento debe ser acorde a la Política Integrada para la gestión del Negocio de Electricidad que se muestra en el Anexo 10). Además, debe ser el canal de comunicación con el ICE.
El encargado general del Contratista (ver punto anterior) será responsable de coordinar con el Administrador del Contrato para asegurar la correcta ejecución de los servicios. Su presencia en sitio es obligatoria para garantizar una ejecución eficiente, segura y alineada con los requerimientos de la Licitación.
El Administrador del Contrato del ICE podrá actuar directamente o por medio del personal autorizado por la Administración.
El Administrador del Contrato del ICE o el personal designado por la Administración (ver punto anterior) podrá resolver las consultas respecto a las especificaciones técnicas y el cumplimiento de los términos del Contrato.
Si la ejecución del Contrato no se está desarrollando conforme a las especificaciones técnicas, o si se evidencia que los bienes o servicios entregados no cumplen con los requisitos establecidos en el Contrato, el Contratista estará en la obligación de realizar, a su cargo, todas las correcciones necesarias hasta que las condiciones se ajusten plenamente a lo requerido por la Administración. En este escenario, el plazo contractual continuará su curso sin suspensión alguna, por lo que el tiempo invertido en subsanar las no conformidades no generará prórrogas ni compensaciones, salvo que la Administración lo autorice de forma expresa y debidamente justificada siempre que prevalezca el interés público.
19 cuaderno de bitácora
El ICE aportará el cuaderno de bitácora, el cual debe permanecer en el sitio de ejecución de los servicios.
La apertura de la bitácora debe contener los nombres de las personas que participarán en los servicios y su firma.
Durante la ejecución de los servicios en sitio, el Administrador del Contrato o el personal designado por el ICE anotará en la bitácora todas las incidencias del trabajo (tales como avances, fecha, nombre de los participantes, acciones sugeridas, porcentaje de avance, pruebas realizadas y contratiempos). Las anotaciones deben ser diarias.
Los planos y otros documentos asociados a los trabajos deben permanecer en el sitio de ejecución de los servicios.
20. Personal del Contratista
Durante la permanencia en las instalaciones del ICE (Plantas, parqueos, comedores y almacenes), estará sujeto a las instrucciones disciplinarias que la Institución mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto de tales instrucciones faculta al ICE para solicitar el retiro de dichas personas sin responsabilidad alguna para el Instituto.
En caso de que los ingenieros propuestos para los servicios deban ser sustituidos, el nuevo ingeniero debe tener experiencia igual o superior al propuesto en la oferta. El nuevo ingeniero propuesto debe ser aprobado por el Administrador de Contrato, para lo cual el Contratista debe presentar la totalidad de la información solicitada en los requisitos de admisibilidad de este procedimiento 20 o más días hábiles antes del cambio.
21 instalaciones provisionales
Durante la ejecución de los servicios el Contratista podrá habilitar instalaciones provisionales dentro de las instalaciones del ICE, tales como carpa, contenedores, edificios móviles, almacén de materiales, vestidores, comedores y/o letrinas portátiles; el Contratista debe considerar dentro del monto de su oferta los costos asociados a la instalación, la desinstalación y la limpieza del área.
22 Suministro de agua y electricidad
En el sitio de ejecución del servicio se cuenta con acceso a tomas de agua y electricidad, ubicadas aproximadamente a 15 metros del área de trabajo. El Contratista podrá hacer uso de estos servicios durante la ejecución de los trabajos, conforme a sus necesidades operativas. Por lo anterior, deberá prever dentro de su equipamiento el suministro de mangueras, extensiones eléctricas u otros medios necesarios para asegurar la conexión adecuada a dichas fuentes.
23 vigilancia
Será responsabilidad exclusiva del Contratista velar por la seguridad y custodia de sus equipos, herramientas y materiales que se encuentren dentro de las instalaciones del ICE para el desarrollo de los servicios contratados.
El ICE no proporcionará ningún servicio de vigilancia ni asumirá responsabilidad alguna por los bienes del Contratista, aun cuando se encuentren dentro de instalaciones ICE.
No se autoriza la permanencia nocturna del personal del contratista dentro de las instalaciones del ICE, con excepción del vigilante o guarda designado específicamente para la custodia de los bienes del contratista.
Es deber del Contratista reportar por escrito al ICE mediante nota con firma y aval del Administrador del contrato, las herramientas, maquinaria y equipo que ingresen o salgan de las instalaciones aportando sus características (marca, modelo y serie). Así mismo, si existe un aumento o disminución deberá actualizar la hoja de inventario.
En caso de robo, hurto o pérdida de maquinaria, herramientas o equipos, el Contratista informará inmediatamente al puesto de seguridad contratado por el ICE como medida informativa y tramitará la correspondiente denuncia ante el Organismo Investigación Judicial.
24 reparaciones
El Contratista debe ubicar tal y como estaba colocado originalmente todo elemento que debido a una mejor ejecución deba ser removido. Si lo anterior no es posible, se debe ubicar de la mejor manera posible sin que esto signifique costo adicional para el ICE.
25 limpieza y manejo de desechos
El Contratista debe emplear prácticas y tecnología limpias que minimicen la cantidad de residuos durante los procesos de construcción, de manera que se optimice, reduzca y recicle los residuos y se minimice el impacto al ambiente.
El Contratista debe limpiar periódicamente todos los sitios que ocupe dentro de las instalaciones del ICE, de manera que se mantengan libres de desechos y basura. Además, debe retirar los desperdicios que se acumulen.
El Contratista debe retirar y dar disposición final controlada y ambientalmente adecuada a los desechos sólidos según su naturaleza. Lo anterior aplica tanto durante la ejecución de los servicios como al concluir las labores.
El Contratista debe retirar toda la maquinaria, equipo, herramientas, implementos utilizados e instalaciones provisionales que hubiesen sido necesarios para la ejecución de los servicios.
El Contratista debe limpiar, pulir, cepillar, lijar y/o restaurar todos los componentes y partes del suministro que así lo requieran, de manera que estén terminados, en condiciones de ser usados, totalmente limpios y en buen estado antes de ser entregados al ICE.
El Contratista debe quitar todas las manchas, suciedades, pintura y cualquier otra materia extraña de los pisos, paredes, portones y/o vidrios, de manera que las instalaciones del ICE sean restauradas al estado original previo al inicio de la ejecución de los servicios. Esta actividad debe realizarse justo antes de dar por concluidos los servicios.
Todos los trabajos, mano de obra, materiales, permisos y costos asociados a los ítems del presente apartado deben estar incluidos en la oferta.
26 protección y restauración de la propiedad y el paisaje
El Contratista debe restaurar por su propia cuenta en caso de que cualquier acto de mal comportamiento, omisión o negligencia de su parte produzca un daño directo o indirecto a la propiedad. La restauración debe ser a una condición similar o igual a la existente previo al daño o perjuicio causado. Caso contrario, debe indemnizar de manera aceptable para las Partes.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 1-La aplicación de multas aplica sobre la ejecución defectuosa del contrato, por lo que el porcentaje correspondiente será del 0,50% por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida. 2-El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato incluidas sus modificaciones. 3-En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones. 4-El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Todo lo anterior con arreglo a criterios de proporcionalidad y razonabilidad. 5- Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los siguientes supuestos: a. Incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas para el suministro, instalación, integración, configuración, puesta en servicio y rehabilitación del sistema de detección, alarma y supresión contra incendios de la Unidad 9. b. Incumplimiento de las características técnicas requeridas para los cilindros de CO2 y sus accesorios. c. No entregar los certificados de pruebas hidrostáticas, documentación técnica, fichas técnicas, manuales, garantías, informes de mantenimiento, reportes de pruebas o cualquier otra documentación requerida contractualmente para la recepción de los bienes y servicios. d. Incumplimiento de los requisitos de integración, configuración, programación, comunicación o compatibilidad entre el sistema de supresión por CO2 y el sistema de detección y alarma existente en la Unidad 9. e. Incumplimiento de las disposiciones de seguridad ocupacional, salud ocupacional, seguridad industrial, gestión de riesgos y protección ambiental aplicables durante la ejecución de los trabajos en Planta Térmica Moín. f. No corregir dentro del plazo establecido por el Administrador del Contrato las observaciones, defectos, incumplimientos, fallas operativas, no conformidades o deficiencias detectadas durante la ejecución contractual o durante el proceso de recepción. g. Incumplimiento de las pruebas funcionales, pruebas de integración, simulaciones de disparo, pruebas de aceptación, puesta en marcha o cualquier otro protocolo establecido para verificar la operación integral del sistema de detección, alarma y supresión contra incendios. h. No restablecer el sistema de detección, alarma y supresión contra incendios de la Unidad 9 en condiciones de funcionamiento integral y operatividad conforme a los requerimientos establecidos en las especificaciones técnicas. 6-El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas. 7-La aplicación de multas no exime al Contratista de corregir el incumplimiento detectado ni de cumplir las demás obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula penal. En caso de que los servicios se entreguen de forma tardía o prematura (Sin autorización previa por el administrador del contrato) respecto al plazo establecido en el cartel, se aplicará una cláusula penal del 0,6% por cada día natural de atraso, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. Véase Anexo # 04.
Documentos del cartel12
- Anexo 01. Política Corporativa Prevención de la CorrupciónPDF · 481 KB
- Anexo 02. Formato Estructura de PreciosDOCX · 51 KB
- Anexo 03. Formato Presupuesto detalladoXLSX · 20 KB
- Anexo 04. Cláusula penalDOCX · 72 KB
- Anexo 05. DG-00-PR-81-002 Ingreso a instalaciones de la DGPDF · 266 KB
- Anexo 06. DG-00-FO-81-002 Solicitud de IngresoDOCX · 82 KB
- Anexo 07. Hoja de Entrega de BienesXLSX · 10 KB
- Anexo 08. Política de Sostenibilidad del Grupo ICEPDF · 440 KB
- Anexo 09. Norma SHO 32 04 002 2008PDF · 3,8 MB
- Anexo 10. POLITICA INTEGRADA PARA LA GESTION DEL NEPDF · 3 MB
- Anexo 11. Cláusula reajuste-revisión de preciosDOCX · 51 KB
- Anexo 12. Imágenes de ReferenciaDOCX · 1,7 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Karl Mayorga Céspedes
Mantenimiento Eléctrico NG -- Rh
Karl Mayorga Céspedes
Mantenimiento Eléctrico NG -- Rh
Ronald Fabián Barrantes Villalobos
División Generación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 16/10/2026 06:33. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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