2026LD-000336-0000900001 · SICOP 20261000447
SERVICIOS PROFESIONALES EN TERAPIA OCUPACIONAL PARA LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica busca servicios profesionales en terapia ocupacional para la oficina de recursos humanos con un presupuesto de ₡12,0 millones. Recibe ofertas hasta el 20/10/2026 (en 7 días).
₡12,0 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 20/10/2026 10:00
Lotes y líneas
2 líneas
Fechas clave
- Se publicó13/10/2026 08:57 · hoy
- Límite para 14/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 15/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas20/10/2026 10:00 · en 7 días
- de ofertas20/10/2026 10:00 · en 7 días
- (plazo máximo)≈ 03/11/2026 · en 21 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,1 oferentes.7 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡23 879,8 millones en 957 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡10,2 millones – ₡12,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 84 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,84 puntos.
Qué se compra2 líneas
- Servicios Profesionales en Terapia Ocupacional1 · ₡65 000,001₡65 000,00
- Servicios Profesionales en Terapia Ocupacional1 · ₡25 000,001₡25 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 84 % · Experiencia 16 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 84 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES ADMISIBILIDAD
1- Documentación imprescindible en declaraciones juradas
El oferente deberá presentar los documentos y declaraciones juradas indicados en la sección de “Condiciones y Declaraciones” de la plataforma SICOP.
Las declaraciones juradas solicitadas, de conformidad con los artículos 29 de la Ley General de Contratación Pública y 32 de su Reglamento, deberán estar debidamente incorporadas y actualizadas en el Registro de Proveedores con anterioridad a la apertura de las ofertas. En caso contrario, la oferta será excluida, sin posibilidad de subsanación de este aspecto.
2- Forma de cotización
El oferente deberá cotizar el precio correspondiente para cada línea que comprende la Partida, de acuerdo con la unidad de cobro establecida:
- Línea 1: Ofertar por costo paquete B de atención empresarial del servicio profesional.
- Línea 2: Ofertar por hora efectiva de servicio profesional.
De acuerdo con la cantidad establecida en las condiciones solicitado en la sección “Especificaciones técnicas” el presupuesto estimado es un parámetro de referencia, por lo tanto, la Universidad de Costa Rica no está pactando una cantidad específica. La utilización de los servicios dependerá de las necesidades institucionales y de la disponibilidad presupuestaria.
3- Descripción de los requerimientos
La Administración se reserva el derecho de solicitar el servicio profesional contratado cada vez que lo requiera, así como la cantidad de horas o servicios requeridos previa coordinación y análisis con el adjudicatario, de acuerdo con sus necesidades y mediante las respectivas órdenes o solicitudes de servicio.
Se entiende en este contrato, que el valor de oferta presentado para cada línea contempla todos los gastos que intervienen para la entrega del servicio, a saber: el costo profesional, materiales e insumos traslados y cualquier otro gatos requerido, por lo que el adjudicatario no podrá cobrar ningún otro gasto adicional que no esté contemplado en el detalle.
El adjudicatario deberá atender los servicios solicitados en las condiciones, fechas, horarios y plazos establecidos por la Administración, de conformidad con las especificaciones técnicas y demás condiciones del presente pliego. El oferente debe garantizar el servicio en el tiempo y condiciones solicitadas.
La prestación de los servicios se realizará por demanda, por lo que la Universidad de Costa Rica no se encuentra obligada a requerir una cantidad determinada de servicios durante la vigencia contractual.
4- Formación profesional
El oferente deberá contar con grado académico de Licenciatura en Terapia Ocupacional, requerido para ejercer como terapeuta ocupacional, de conformidad con la normativa vigente.
Para su verificación debe presentar copia del título académico correspondiente.
5- Incorporación y habilitación profesional
El oferente deberá encontrarse debidamente incorporado, activa y habilitada para el ejercicio profesional ante el Colegio de Terapeutas de Costa Rica.
Para su comprobación deberá presentar certificación incorporación, condición de miembro activo y habilitado, extendido por el Colegio de Terapeutas de Costa Rica.
6- Experiencia profesional específica relacionada con el objeto de la contratación
El oferente deberá acreditar un mínimo de dos (2) años de experiencia profesional específica acumulada, la cual podrá estar conformada por servicios o períodos de experiencia fraccionados y no continuos, desarrollados durante los últimos cinco años previos a la fecha de apertura de la contratación, en la prestación de servicios de Terapia Ocupacional dirigidos a personas adultas en instituciones, organizaciones o empresas, relacionados con el desempeño ocupacional y la interacción de la persona con su entorno.
La experiencia deberá identificar y comprender actividades propias de la Terapia Ocupacional para cada línea, relacionada con:
Para la Línea 1:
- valoración de capacidades, características funcionales y desempeño ocupacional;
- análisis de las demandas y condiciones del entorno o puesto de trabajo;
- identificación de barreras, necesidades de apoyo y oportunidades de ajuste
- formulación e implementación de recomendaciones orientadas a favorecer el desempeño, participación, autonomía o inclusión laboral.
Para la Línea 2:
- intervención, seguimiento o acompañamiento;
- asesoría a personas, jefaturas o equipos de trabajo;
- adaptación de actividades, entornos o condiciones de trabajo; o
- formulación e implementación de recomendaciones orientadas a favorecer el desempeño, participación, autonomía o inclusión laboral.
Para acreditar esta experiencia, el oferente deberá presentar al menos tres cartas o constancias de experiencia positiva recibida a satisfacción emitidas por empresas privadas o instituciones contratantes, que permitan verificar como mínimo:
- Nombre de la entidad contratante.
- Período de prestación del servicio.
- Descripción de los servicios de Terapia Ocupacional realizados.
- Población atendida, indicando que corresponde a población adulta.
- Contexto en el que se desarrolló el servicio, indicando cuando corresponda que fue institucional, organizacional o empresarial.
- Ámbitos de experiencia desarrollados, indicando cuando corresponda la participación en actividades relacionadas con aspectos cognitivos y perceptuales, salud mental y aspectos emocionales, personas con discapacidad, inclusión y necesidades de apoyo, y aspectos físicos y funcionales.
- Manifestación expresa de que los servicios fueron recibidos satisfactoriamente.
Para la Línea 1, al menos una de las experiencias acreditadas deberá comprender actividades de valoración de personas adultas y el análisis de las condiciones, demandas o características del puesto o entorno de trabajo.
Para la Línea 2, al menos una de las experiencias acreditadas deberá comprender actividades de intervención, seguimiento, asesoría, acompañamiento o capacitación dirigidas a personas adultas, grupos o equipos de trabajo en contextos institucionales, organizacionales o empresariales.
CONDICIONES INVARIABLES
1- Horario y disponibilidad
Los servicios correspondientes las líneas 1 y 2 se prestarán de lunes a viernes, en horario comprendido entre las 7:00 a. m. y las 6:00 p. m., de acuerdo con las necesidades institucionales.
La Universidad de Costa Rica, por medio de la Oficina de Recursos Humanos, determinará los días y horarios para la prestación de cada servicio, previa solicitud al adjudicatario con una antelación mínima de diez días hábiles. Cuando la naturaleza o urgencia justificada de una situación lo requiera, la Oficina de Recursos Humanos y el adjudicatario podrán acordar un plazo de coordinación menor.
2- Lugar de prestación
El servicio deberá prestarse en las instalaciones de la Universidad de Costa Rica: Sede Rodrigo Facio (finca 1), Ciudad de la Investigación (finca 2) e Instalaciones deportivas (finca 3), en los espacios que determine la Administración de acuerdo con la naturaleza del servicio requerido y la unidad de trabajo participante, se realizarán de manera presencial.
Cuando la naturaleza de una actividad lo permita y exista autorización previa de la Administración, determinadas actividades podrán realizarse mediante modalidad virtual, cuando ello resulte pertinente para el cumplimiento del objetivo del servicio.
3- Condiciones de la atención
La atención se desarrollará de acuerdo con las necesidades identificadas, el objetivo del servicio y el criterio técnico-profesional, y podrá comprender atención individual, sesiones de intervención, seguimiento, reuniones, orientación, asesoría, capacitación, observación y otras actividades propias de la Terapia Ocupacional relacionadas con el objeto de la contratación.
Para las sesiones individuales con la persona funcionaria, ya sean de evaluación, intervención o seguimiento, se estima una duración de una (1) hora reloj, salvo que, de acuerdo con las características del caso y el criterio técnico-profesional, se requiera una duración diferente, previamente coordinada con la Administración.
Cuando se requieran servicios de intervención o seguimiento, la persona profesional deberá establecer un plan de intervención acorde con las necesidades identificadas, los objetivos definidos y los resultados de la valoración profesional, cuando esta exista.
El plan de intervención deberá contemplar, según corresponda:
- Los objetivos de intervención.
- Las acciones previstas y áreas temáticas de abordaje.
- Las estrategias de apoyo.
- Los ajustes, adaptaciones o productos de apoyo requeridos.
- Las sesiones de intervención y seguimiento previstas.
- Las acciones de orientación, asesoría o capacitación dirigidas a la persona funcionaria, jefaturas o equipos de trabajo, cuando corresponda.
- Los mecanismos de seguimiento y evaluación de los avances.
- Las demás acciones que, de acuerdo con el criterio técnico-profesional, resulten pertinentes para el cumplimiento de los objetivos establecidos.
El plan deberá presentarse a la Administración con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles respecto del inicio de las actividades de intervención, salvo que, por la naturaleza o urgencia de la situación, la Administración autorice un plazo diferente.
La modalidad, frecuencia y duración de las actividades de atención, intervención y seguimiento se determinarán de acuerdo con las necesidades de cada caso, los objetivos establecidos y el criterio técnico-profesional, en coordinación con la Administración.
4- Informe mensual
El adjudicatario deberá presentar a la Administración un informe mensual de avance, en el que se consignen las atenciones y servicios efectivamente brindados durante el período, indicando, según corresponda, las actividades realizadas, cantidad de horas utilizadas, población atendida, principales acciones desarrolladas y estado general de los procesos en curso.
5- Materiales y equipo
El adjudicatario deberá aportar los materiales, instrumentos, pruebas, escalas, equipos y demás recursos necesarios para la prestación del servicio, salvo aquellos que expresamente sean proporcionados por la Administración.
La Universidad de Costa Rica proporcionará los espacios físicos requeridos para la prestación presencial de los servicios.
Los instrumentos y pruebas utilizados en los procesos de valoración deberán corresponder al criterio profesional y cumplir, cuando resulte aplicable, con las condiciones técnicas requeridas para su utilización profesional.
6- Fecha de inicio
La fecha de inicio del contrato empezará a regir a partir de la primera orden de pedido generada por la Unidad de Ejecución Contractual de la OSUM, debidamente notificada al adjudicatario por medio de SICOP y solicitada por la Oficina de Recurso Humanos (ORH).
En la orden de pedido correspondiente se establecerán, según resulte aplicable, la línea requerida, cantidad de servicios u horas, actividad, fecha, horario, lugar y demás condiciones particulares necesarias para su ejecución.
7- Vigencia del contrato
El contrato tendrá una vigencia de un (1) año el cual podrá ser prorrogable por tres períodos iguales hasta un máximo de 4 años, previo acuerdo entre las partes, dos (2) meses antes de su vencimiento, la solicitud de prórroga deberá ser presentada por escrito y además deberá tener aprobado el presupuesto para el nuevo período.
La Unidad encargada de realizar esta gestión es la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros en coordinación con la Unidad usuaria y el adjudicatario. Si no se va a proceder con las prórrogas, deberá comunicarlo a la Unidad de Ejecución Contractual con al menos dos (2) meses de anticipación a la finalización del periodo que está en ejecución.
8- Informes: plazo de entrega y corrección de informes
Línea 1
La persona profesional deberá cumplir con los siguientes plazos:
- El informe correspondiente a la valoración realizada deberá ser entregado dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la finalización de las actividades necesarias para completar la valoración.
- Cuando la Administración requiera información adicional, aclaraciones o correcciones relacionadas con el informe presentado, la persona profesional deberá atenderlas y remitir la información o el informe corregido dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la comunicación de la solicitud.
Línea 2
La persona profesional deberá cumplir con los siguientes plazos:
- Cuando como resultado de los servicios prestados se requiera la elaboración de un informe, este deberá ser entregado dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la finalización de las actividades necesarias para completar la valoración.
- Cuando la Administración requiera información adicional, aclaraciones o correcciones relacionadas con el informe presentado, la persona profesional deberá atenderlas y remitir la información o el informe corregido dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la comunicación de la solicitud.
9- Estructura de precio
Se recuerda a los potenciales oferentes que la única estructura del precio válida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura.
Lo anterior con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere. Solo para el adjudicatario se solicitará el subsane de algún elemento que no venga. Lo anterior no excluye la posibilidad de que la administración solicite información adicional atinente al cálculo de los precios de la oferta si así lo considera necesario.
Estructura de precio (Anexo 1 Tabla revisión de precios y servicios adjunta):
- Costo directo (%)
- Costo indirecto (%)
- Utilidad (%)
- Imprevistos (%)
Total (%)
En caso de que el oferente no presente los índices requeridos, o que los aportados resulten incorrectos o insuficientes, no constituirá, por sí sola, causal de exclusión de la oferta, al considerarse un aspecto de índole contractual y no un elemento sustancial para la valoración de admisibilidad en esta etapa del procedimiento. No obstante, el adjudicatario deberá aportarlos obligatoriamente, de forma correcta y completa, previo a la confección del contrato de conformidad con lo establecido en el decreto 44937-H-MICITT-MIDEPLAN: Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
10- Rangos de tolerancia
Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se establecen los siguientes rangos de tolerancia por línea:
|
Línea |
Rango mínimo |
Rango máximo |
|
Arancel de honorarios (*) |
+20% del valor de arancel de honorarios |
|
|
1 |
¢25.000,00 |
¢30.000,00 |
|
2 |
¢65.000,00 |
¢78.000,00 |
Fuente: Sondeo de mercado elaborado por UPN
(*) Decreto Ejecutivo No 41691-S, colegio de Terapeutas de Costa Rica, “Arancel de honorarios mínimos profesionales en las áreas de terapia física, terapia de lenguaje, audiología, terapia ocupacional, terapia respiratoria e imagenología diagnóstica y terapéutica” (Anexo 2 Decreto ejecutivo adjunto y Anexo 3 Sonde de mercado)
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de aplicar lo establecido en el artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública atinente a la posible presentación de ofertas, ruinosas, excesivas, con prácticas colusorias o que excedan el presupuesto disponible, en cuyos casos las ofertas serán consideradas inadmisibles.
11- Evaluación de ofertas:
La adjudicación se realizará entre las ofertas que cumplan con las condiciones de admisibilidad establecidas en el presente pliego, de acuerdo con el siguiente sistema de evaluación:
|
Factor de evaluación |
Ponderación |
|
Precio |
84% |
|
Experiencia profesional específica |
16 % |
|
Total |
100 % |
11.1. Precio – 84 %
Se asignará el puntaje máximo de 84 puntos a la oferta admisible que presente el menor precio para la línea correspondiente. Los puntajes se asignan a las ofertas en forma proporcional aplicando la siguiente fórmula: menor precio ofertado dividido entre el precio de la oferta en estudio, multiplicado por la ponderación respectiva.
Se asigna el puntaje máximo a la oferta que ofrezca el precio ponderado menor.
Menor precio
Puntaje = _____________________________ X 84
Precio de la oferta en estudio
Las ofertas sometidas en moneda extranjera serán comparadas con respecto a las cotizaciones en moneda nacional, según el tipo de cambio de referencia de venta del Banco Central de Costa Rica (BCCR) para el dólar estadounidense en el día de apertura de las ofertas.
11.2. Experiencia profesional específica – 16 %
Se asignará un máximo de dieciséis (16) puntos por la experiencia profesional adicional a la considerada para acreditar la cláusula 6. Experiencia profesional específica relacionada con el objeto de la contratación – Condiciones de admisibilidad específica, en la prestación de servicios de Terapia Ocupacional dirigidos a personas adultas en empresas privadas o instituciones públicas, conforme a los siguientes ámbitos:
|
Ámbito de experiencia específica |
Ponderación |
|
Aspectos cognitivos y perceptuales |
4 puntos |
|
Salud mental y aspectos emocionales |
4 puntos |
|
Personas con discapacidad, inclusión y necesidades de apoyo |
4 puntos |
|
Aspectos físicos y funcionales |
4 puntos |
|
Total |
16 puntos |
Para efectos de la asignación del puntaje, se otorgarán cuatro (4) puntos por cada ámbito en el que se acredite que el oferente ha prestado servicios profesionales de Terapia Ocupacional relacionados específicamente con dicho ámbito.
La experiencia deberá acreditarse mediante cartas o constancias emitidas por las empresas o instituciones donde se hayan prestado los servicios, en las cuales se indique, como mínimo:
- el nombre de la empresa o institución donde se prestó el servicio;
- el período durante el cual se prestó el servicio;
- la población atendida; y
- las actividades realizadas, de manera que permitan identificar el ámbito de experiencia que se pretende acreditar.
El oferente podrá presentar una o varias cartas o constancias para acreditar los diferentes ámbitos. Una misma carta o constancia podrá acreditar uno o varios ámbitos, siempre que las actividades descritas en la documentación permitan identificar de manera objetiva cada uno de los ámbitos que se pretenden acreditar. No será suficiente indicar únicamente que se prestaron servicios de Terapia Ocupacional, sin especificar las actividades realizadas que permitan determinar el ámbito correspondiente.
La experiencia utilizada para acreditar el requisito de admisibilidad establecido en la cláusula 6 no podrá ser considerada nuevamente para efectos de esta evaluación.
12- Reajuste de precio
Según lo indicado en los artículos 107, y 109 del RLGCP las partes tendrán derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, de acuerdo con la estructura de precios definida en el pliego de condiciones además de la presentación de los índices de precios aplicables (Anexo 4 Cláusula reajuste de precios UEC adjunta). Asimismo, tratándose de bienes y servicios de conformidad con el artículo 51 del (RRRP). Las partes emplearán en las fórmulas matemáticas para el cálculo de la revisión de precios, los valores porcentuales de los costos directos e indirectos, que serán revisados mediante índices, según cada moneda en que se presentó el precio unitario ofertado, así como los respectivos índices de precios concordantes con la moneda en que se presentó el precio de tales costos.
En caso de que el precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago se haya pactado en más de una moneda, las partes deberán aplicar la fórmula matemática para cada moneda y de manera concordante a su respectiva estructura de precios.
Se recuerda a los potenciales oferentes que la única estructura del precio válida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será la suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura. Lo anterior, con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere”.
13- Garantía de cumplimiento
Para esta contratación la institución ha optado por la facultad que tiene y de acuerdo a la Ley, no cobrar garantía de cumplimiento considerando que no es un requisito exigible para contrataciones reducidas.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES
1- Prestación del servicio
El adjudicatario deberá prestar personalmente los servicios profesionales objeto de la contratación, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente pliego, su oferta y las respectivas órdenes de pedido. En el caso de que el adjudicatario sea una empresa, se debe indicar cuál de los profesionales de la entidad es la que asumirá los servicios requeridos de la Universidad de Costa Rica.
No podrá delegar, ceder o sustituir la prestación del servicio por otra persona profesional sin la autorización previa de la Administración y sin que esta cumpla con los requisitos profesionales establecidos para la contratación, cuando corresponda.
2- Confidencialidad:
El adjudicatario deberá mantener estricta confidencialidad respecto de toda la información y documentación a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio.
La información obtenida durante la ejecución contractual deberá utilizarse exclusivamente para los fines relacionados con la prestación contratada y no podrá ser divulgada, reproducida, transferida o utilizada para fines distintos sin la autorización correspondiente. Esta obligación deberá mantenerse durante la vigencia del contrato y aun después de su finalización.
3- Protección de datos personales
El adjudicatario deberá cumplir con la normativa vigente aplicable en materia de protección de datos personales y con las disposiciones institucionales relacionadas con el tratamiento, manejo, almacenamiento, custodia y resguardo de la información a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio.
Deberá adoptar las medidas necesarias para evitar el acceso, uso, modificación, divulgación, pérdida o destrucción no autorizada de la información bajo su custodia.
4- Derechos de autor y propiedad intelectual
Salvo pacto expreso en contrario, los derechos patrimoniales sobre los productos elaborados específicamente en ejecución del presente contrato corresponderán a la Universidad de Costa Rica, en los términos permitidos por la legislación aplicable, de conformidad con el artículo 16 de la Ley N.° 6683, Ley sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos. El adjudicatario conservará los derechos sobre metodologías, instrumentos y materiales preexistentes de su titularidad.
5. Asistencia, puntualidad y disponibilidad
El adjudicatario deberá presentarse en las fechas, horarios y lugares previamente coordinados con la Administración y cumplir con las actividades programadas.
En caso de imposibilidad justificada para atender una actividad previamente acordada, deberá comunicarlo a la Oficina de Recursos Humanos con la mayor antelación posible y coordinar las acciones necesarias para su reprogramación, cuando corresponda.
Las ausencias, retrasos o incumplimientos injustificados estarán sujetos a las disposiciones establecidas en el presente contrato y en el apartado correspondiente a las cláusulas por incumplimientos contractuales.
6. Plan de intervención
Cuando corresponda, de acuerdo con la naturaleza del servicio, el adjudicatario deberá elaborar, implementar y dar seguimiento al plan de intervención establecido, conforme a las necesidades identificadas, los objetivos definidos y su criterio técnico-profesional.
7- Corrección de productos
Cuando la Administración identifique omisiones, inconsistencias o aspectos que deban ser aclarados o corregidos en un informe u otro producto requerido, el adjudicatario deberá realizar las correcciones o aclaraciones correspondientes dentro del plazo que establezca la Administración, siempre que se trate de aspectos comprendidos dentro del objeto y alcance del servicio contratado.
8- Coordinación con la Administración
El adjudicatario deberá mantener una comunicación y coordinación oportuna con la Oficina de Recursos Humanos y con las personas que la Administración designe para efectos de la ejecución contractual.
Deberá atender las solicitudes de información, coordinación o seguimiento relacionadas con los servicios contratados y comunicar oportunamente cualquier situación que pueda afectar la prestación del servicio, el cumplimiento de los plazos o el logro de los objetivos establecidos.
El adjudicatario deberá informar oportunamente a la Oficina de Recursos Humanos sobre cualquier circunstancia que pueda impedir, retrasar o afectar el adecuado desarrollo de los servicios solicitados.
Cuando se produzcan situaciones que requieran modificar una fecha, horario, modalidad o actividad previamente acordada, deberá coordinarse previamente con la Administración.
9- Trato profesional y respeto a las personas
El adjudicatario deberá mantener durante toda la prestación del servicio un trato respetuoso, profesional, inclusivo y libre de cualquier forma de discriminación hacia las personas funcionarias, jefaturas, equipos de trabajo y demás personas con las que interactúe en el marco de la contratación.
Deberá desarrollar su actuación profesional desde el respeto a la dignidad, autonomía y diversidad de las personas, evitando cualquier conducta que pueda afectar su integridad o bienestar.
10- Cumplimiento de normativa institucional
El adjudicatario deberá cumplir con las disposiciones institucionales que resulten aplicables durante la prestación de los servicios, así como con las normas de ingreso, permanencia, seguridad y uso de las instalaciones universitarias que le sean comunicadas.
11- Hostigamiento sexual
El adjudicatario se obliga a cumplir con lo ordenado en el Reglamento de la Universidad de Costa Rica contra el Hostigamiento Sexual, el cual para todos los efectos se tendrá como integrado al presente contrato de servicios profesionales, y se compromete a abstenerse de realizar cualquier conducta que pueda constituir hostigamiento sexual en los términos del referido Reglamento.
De la misma manera, el adjudicatario en caso de existir una denuncia formal en su contra por parte de cualquier integrante de la comunidad universitaria por supuesto hostigamiento sexual, se compromete a someterse al procedimiento administrativo establecido en dicho Reglamento y, en caso de ser declarada responsable mediante acto final en firme, a recibir las sanciones previstas en el artículo 49 inciso c) del citado Reglamento.
12- Cumplimiento de las demás obligaciones contractuales
El adjudicatario deberá cumplir las demás obligaciones establecidas en el presente pliego de condiciones, su oferta, el contrato, las órdenes de servicio y la normativa aplicable.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas podrá dar lugar a las consecuencias previstas en el apartado de Incumplimientos, multas y cláusula penal, sin perjuicio de las demás responsabilidades que correspondan conforme al ordenamiento jurídico.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES
Partida 1
Descripción: Servicios profesionales en Terapia Ocupacional para la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad de Costa Rica
Líneas: 1 a la 2
Línea 1: Servicios profesionales en Terapia Ocupacional, paquete B de atención empresarial (Establecido en el Decreto Ejecutivo No 41691-S del Colegio de terapeutas de Costa Rica) para valoración integral de la persona y análisis del puesto de trabajo.
Especificaciones:
Contratación de servicios profesionales en Terapia Ocupacional para realizar una valoración integral de la persona atendida y un análisis del puesto de trabajo, con el propósito de identificar la correspondencia entre las características, capacidades y necesidades ocupacionales de la persona y las demandas, funciones y condiciones del puesto, así como formular recomendaciones y posibles ajustes que favorezcan su desempeño, participación y bienestar.
El servicio deberá comprender, los siguientes componentes:
- Valoración ocupacional de la persona:
Aplicación de evaluaciones orientadas a la caracterización del perfil ocupacional de la persona atendida, considerando sus capacidades, características funcionales, habilidades, limitaciones y necesidades de apoyo relevantes para el desempeño de sus actividades cotidianas y laborales. La valoración podrá considerar, según corresponda, aspectos motores, sensoriales, cognitivos, perceptuales, de desempeño ocupacional y otros elementos que resulten pertinentes para el objetivo de la valoración.
La estrategia de valoración deberá definirse de acuerdo con las características de cada caso y podrá comprender entrevistas, observación y aplicación de instrumentos o pruebas estandarizadas y técnicamente válidas, según corresponda.
- Análisis del puesto de trabajo:
Aplicación de evaluaciones para la caracterización del puesto de trabajo y la identificación de sus tareas, funciones, condiciones y demandas, así como de los requerimientos ocupacionales asociados al mismo. El análisis deberá considerar, según corresponda, las demandas físicas, cognitivas, sensoriales y funcionales, las características del entorno, herramientas y equipos utilizados, organización de las tareas, condiciones de ejecución y otros factores relevantes para el desempeño laboral.
El análisis deberá contemplar, como mínimo, la revisión de la descripción del puesto o cargo disponible, entrevista con la jefatura, entrevista con la persona funcionaria y, cuando corresponda, observación directa de las actividades y condiciones en que se desarrolla el trabajo.
- Integración de resultados y análisis de correspondencia persona–puesto:
Integración de los resultados obtenidos mediante la valoración ocupacional de la persona y el análisis del puesto de trabajo, con el fin de identificar los principales elementos de correspondencia, compatibilidad o brecha entre las características de la persona y las demandas del puesto. Cuando corresponda, deberán identificarse las condiciones que facilitan o dificultan el desempeño y las posibilidades de ajuste, adaptación o modificación.
El informe deberá presentar de manera diferenciada los hallazgos obtenidos durante la valoración y el análisis realizado, y posteriormente los resultados derivados de su integración, de manera que exista correspondencia clara entre la información recopilada, los hallazgos identificados y las conclusiones o resultados obtenidos.
- Informe integral de resultados y recomendaciones:
El servicio deberá incluir la elaboración y entrega de un único informe integral, que incorpore los resultados de la valoración ocupacional de la persona, el análisis del puesto de trabajo, la integración de ambos resultados y las conclusiones correspondientes.
El informe deberá incluir, como mínimo:
- Identificación del objetivo y alcance de la valoración.
- Descripción de la metodología e instrumentos utilizado, tipo de instrumentos y técnicas que utilizará según las características y necesidades de cada caso, tales como observación, escalas de valoración, pruebas e instrumentos físicos de medición, entre otros que resulten pertinentes
- Resultados relevantes de la valoración ocupacional de la persona.
- Resultados del análisis del puesto de trabajo.
- Análisis de la correspondencia entre las características de la persona y las demandas del puesto.
- Identificación de barreras, facilitadores y necesidades de apoyo, cuando corresponda.
- Recomendaciones individualizadas y técnicamente fundamentadas, orientadas a favorecer el desempeño, la autonomía, la participación y el bienestar de la persona en los diferentes ámbitos de su vida, con especial énfasis en el ámbito laboral.
- Cuando corresponda, recomendaciones de ajustes, adaptaciones, modificaciones en la organización o ejecución de las tareas, productos de apoyo, condiciones del entorno u otras medidas que puedan favorecer el desempeño laboral.
- Otras recomendaciones que, de acuerdo con el criterio profesional, resulten pertinentes para la persona y el objetivo de la valoración.
- Las recomendaciones deberán ser concretas, viables y contextualizadas, procurando que sean aplicables al entorno laboral y, cuando resulte pertinente, a otros ámbitos de la vida cotidiana de la persona.
El informe deberá presentarse en formato digital y ser entregado a la instancia institucional solicitante, resguardando la confidencialidad y el manejo adecuado de la información obtenida durante el proceso de valoración.
5- Duración y metodología del servicio brindado en la Línea 1:
La persona profesional deberá destinar el tiempo necesario para realizar de manera integral las valoraciones requeridas, de acuerdo con las características particulares de cada caso, la complejidad del puesto y su criterio técnico-profesional. El oferente deberá indicar la metodología de trabajo propuesta y la duración estimada del proceso de valoración y elaboración del informe, considerando el conjunto de actividades necesarias para completar la valoración y elaborar el informe integral.
El servicio podrá contemplar las sesiones, entrevistas, observaciones, aplicación de instrumentos, visita o análisis del puesto y demás actividades que, de acuerdo con el criterio profesional, sean necesarias para alcanzar los objetivos establecidos. Las actividades de valoración, salvo análisis y autorización previa por parte de la Unidad de Calidad de Vida Laboral de la Oficina de Recursos Humanos, se realizarán de manera presencial en distintas locaciones de la Universidad: de la Sede Rodrigo Facio (finca 1), Ciudad de la Investigación (finca 2) y Instalaciones deportivas (finca 3). En casos excepcionales podría considerarse alguna actividad en formato virtual o remoto.
6- Duración de las sesiones y preparación del servicio
Cada sesión de Terapia Ocupacional tendrá una duración de sesenta (60) minutos. La persona profesional deberá presentarse en el lugar de atención con una antelación mínima de quince (15) minutos respecto de la hora programada, con el fin de preparar el espacio, materiales, equipos e insumos necesarios para la prestación del servicio.
Cuando la atención requiera más de una sesión, estas se programarán de acuerdo con las necesidades de la persona usuaria y la coordinación realizada con la Administración, respetando la duración establecida para cada sesión.
Línea 2: Servicios profesionales en Terapia Ocupacional para atención, intervención, seguimiento y acompañamiento, por hora efectiva de servicio profesional.
Especificaciones:
Contratación de servicios profesionales en Terapia Ocupacional, por hora efectiva, para la atención, intervención, seguimiento y acompañamiento de situaciones relacionadas con el desempeño ocupacional y el contexto laboral, de acuerdo con las necesidades de las personas trabajadoras, los equipos y los procesos institucionales. Los servicios podrán ser requeridos como continuidad de una valoración inicial realizada mediante la Línea 1 o, cuando la naturaleza de la situación y el criterio profesional así lo permitan, de manera independiente, de acuerdo con las necesidades identificadas por la Administración.
Las horas efectivas podrán ser utilizadas, según corresponda y previa solicitud de la Universidad de Costa Rica, para las siguientes actividades:
- Sesiones de intervención en Terapia Ocupacional:
Desarrollo de sesiones individuales de intervención orientadas a favorecer el desempeño ocupacional, la autonomía, la participación y el bienestar de la persona atendida, mediante estrategias, técnicas, adaptaciones, entrenamiento u otras acciones propias del ejercicio profesional de la Terapia Ocupacional, de acuerdo con las necesidades identificadas.
- Seguimiento de los procesos de atención:
Realización de sesiones o actividades de seguimiento para valorar la evolución de las estrategias implementadas, identificar avances o nuevas necesidades y efectuar los ajustes que correspondan.
- Reuniones de coordinación y acompañamiento:
Participación en reuniones con la persona trabajadora, su jefatura, personal de la Oficina de Recursos Humanos y otras personas que, de acuerdo con las características de la situación, resulte pertinente involucrar, con el propósito de analizar la situación, orientar sobre estrategias de abordaje y facilitar la implementación y seguimiento de ajustes y otras acciones.
- Orientación y asesoría a personas y equipos de trabajo:
Desarrollo de espacios de orientación o asesoría dirigidos a la persona trabajadora, jefaturas o equipos de trabajo, relacionados con las necesidades de apoyo identificadas, estrategias para favorecer el desempeño, adaptación de actividades y tareas, uso de productos de apoyo, condiciones del entorno y otras medidas pertinentes desde la Terapia Ocupacional.
- Capacitación y sensibilización:
Diseño y desarrollo de charlas, capacitaciones o actividades de sensibilización dirigidas al personal de las unidades de trabajo, relacionadas con las necesidades identificadas en el proceso de acompañamiento y orientadas a favorecer la inclusión, la accesibilidad, la comprensión de las necesidades de apoyo, la convivencia y la participación laboral.
- Elaboración de informes, evaluaciones, seguimiento y recomendaciones:
Elaboración de informes y registros derivados de las evaluaciones realizadas, así como las recomendaciones técnicas correspondientes, de acuerdo con los resultados y hallazgos identificados. Cuando la Administración realice seguimiento a la persona usuaria, podrá requerir al profesional la realización de evaluaciones adicionales, actualización de información, emisión de criterios o nuevas recomendaciones, según corresponda.
El tiempo destinado a la elaboración de informes, registros y recomendaciones formará parte de las horas efectivamente contratadas.
- Otras actividades profesionales:
Realización de otras actividades propias de la Terapia Ocupacional que resulten pertinentes para atender las necesidades identificadas, estén relacionadas con el objeto de la contratación, y hayan sido previamente solicitadas o autorizadas por la Administración.
8- Condiciones de la prestación:
Los servicios serán prestados en la Sede Rodrigo Facio de la Universidad de Costa Rica, en los espacios que determine la Oficina de Recursos Humanos, de acuerdo con la naturaleza de la actividad requerida y la unidad de trabajo participante. La contratación será por demanda y no implica un mínimo de horas, sesiones ni actividades a contratar. La cantidad de horas y las actividades requeridas serán determinadas por la Oficina de Recursos Humanos de acuerdo con las necesidades de cada situación, los objetivos del acompañamiento y la disponibilidad presupuestaria. La prestación se realizará por hora efectiva de servicio profesional, reconociéndose y contabilizándose únicamente el tiempo efectivamente destinado a sesiones, reuniones, orientación, asesoría, capacitación, seguimiento, elaboración de informes y demás actividades previamente solicitadas y autorizadas por la Administración. Las actividades descritas constituyen posibilidades de uso de las horas contratadas y no implica que todas deban realizarse en cada situación ni que deban ejecutarse de manera consecutiva.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
PROCEDIMIENTO LICITACIÓN REDUCIDA
CONTRATACIÓN POR DEMANDA
“SERVICIOS PROFESIONALES EN TERAPIA OCUPACIONAL PARA LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS”
Se cuenta con los recursos suficientes de acuerdo con el artículo 38 de la Ley General de Contratación Pública para enfrentar la erogación respectiva, según el siguiente detalle:
- Oficio ORH-4287-2026 emitido por la Oficina de Recursos Humanos (ORH), donde certifican el compromiso presupuestario para el primer año contractual, referente a la contratación por demanda de la contratación de servicios profesionales de terapeuta ocupacional. Además, la ORH establece que el servicio se requiere con prórrogas de 3 años.
Tope anual: ₡3.000.000,00
Tope de contratación incluyendo las tres posibles prórrogas: ₡12.000.000,00
La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con la Administración con pleno sometimiento a las normas de la Ley de General de Contratación Pública y de su Reglamento, así como a las condiciones generales y especiales del pliego de y a las disposiciones reglamentarias pertinentes.
OBJETO CONTRACTUAL
La Universidad de Costa Rica por medio de la Oficina de Recursos Humanos (ORH) requiere el servicio especializado de terapia ocupacional orientado al acompañamiento de personas funcionarias con condiciones documentadas de salud o discapacidad, con requerimiento de ajustes en el puesto de trabajo y entorno laboral, de alcance no clínico, es decir, sin sustituir a los profesionales tratantes del ámbito de salud. Los servicios buscan favorecer el bienestar y la participación laboral mediante la identificación e implementación de ajustes necesarios y razonables en el entorno físico y social, atendiendo tanto las necesidades de la persona como las de los equipos y procesos universitarios. Todo ello desde prácticas laborales sustentadas en principios de inclusión, accesibilidad, no violencia, respeto a la diversidad y corresponsabilidad. Para ello, además de la atención directa de la persona funcionaria que presenta la condición, es posible que se requiera orientación, asesoría o capacitación de los equipos de trabajo o de las jefaturas.
Estos servicios son de carácter complementario y se enmarcan en el acompañamiento que realiza la Unidad de Calidad de Vida Laboral a las unidades de trabajo. Dado que la Universidad de Costa Rica no cuenta con profesionales en Terapia Ocupacional, requiere incorporar este servicio especializado, cuya particularidad permite acompañar in situ a las personas trabajadoras, mediante una aproximación directa a su cotidianidad laboral y a la interacción entre sus características, las actividades que realiza y las condiciones de su entorno. Asimismo, por la versatilidad de su campo profesional, la Terapia Ocupacional permite abordar aspectos físicos, cognitivos, emocionales y funcionales que pueden estar incidiendo en el desempeño laboral, aportando elementos para que las personas puedan reincorporarse a sus labores o revisar y ajustar la manera en que realizan sus actividades, con el propósito de favorecer mejores condiciones para su desempeño y para el desarrollo de los procesos de trabajo. Este aporte complementa, desde su ámbito profesional, el acompañamiento que desarrolla la UCVL con las unidades de trabajo, sin sustituir las competencias de otras instancias institucionales.
CONSUMO HISTÓRICO
Para facilitar la presentación de las ofertas y como referencia, en el Cuadro 1 denominado “Costo histórico”, se detalla el monto de contratación por servicios profesionales para los años 2022, 2023, 2024, 2025.
CUADRO 1.
CONSUMO HISTÓRICO DE SERVICIOS PROFESIONALES EN TERAPIA OCUPACIONAL
|
Año |
Monto anual |
|
2022 |
₡1.453.500,00 |
|
2023 |
₡1.734.000,00 |
|
2024 |
₡1.493.280,00 |
|
2025 |
₡1.585.080,00 |
Fuente: oficio ORH-4287-2026
Se advierte al oferente, que los datos contenidos en el Cuadro 1, denominados “Costo histórico” presenta montos que únicamente se incluyen para efectos informativos, de modo tal que la Administración no asegura al contratista ningún volumen mínimo, por lo que dicho volumen podrá aumentar o disminuir según la demanda real. Sin que ello implique variación alguna de las condiciones contractuales, ni otorgue derecho alguno de resarcimiento al contratista. Por lo que, en consecuencia, no se asegura tampoco al contratista suma mínima alguna por concepto de la presente contratación, pues las contrataciones del servicio profesional se cancelarán conforme a la necesidad institucional real.
CANTIDAD DE ADJUDICATARIOS
La Administración pretende contratar hasta un máximo de dos (2) personas físicas o jurídicas, de conformidad con el resultado de los factores de evaluación establecidos en el presente pliego de condiciones.
La adjudicación se realizará a favor de las dos ofertas que obtengan una nota mínima de 80% y que cuenten con las notas más altas con respecto a las otras ofertas, siempre que cumplan con la totalidad de los requisitos de admisibilidad y demás condiciones establecidas en el pliego.
La contratación de dos oferentes tiene como finalidad disponer de alternativas para la prestación de los servicios profesionales en Terapia Ocupacional, de acuerdo con las necesidades que se presenten durante la ejecución contractual, particularmente cuando se requiera la atención de dos servicios de manera simultánea.
El oferente deberá contar con la capacidad profesional y técnica necesaria para prestar los servicios requeridos en las condiciones establecidas por la Administración
CONDICIONES GENERALES
1- Forma de pago
El pago se realizará durante los 30 días naturales, siguientes al recibido conforme y tramitado por parte de la Oficina de Recursos Humanos (ORH).
Únicamente se reconocerán para efectos de pago los servicios y horas efectivamente prestadas y recibidas a satisfacción por la Administración. Para ello, el adjudicatario deberá elaborar y entregar oportunamente los informes, reportes y demás productos que correspondan a los servicios contratados, de conformidad con las especificaciones técnicas y las condiciones establecidas por la Administración para cada servicio.
La Línea 1 por valoración integral de la persona funcionaria y del puesto de trabajo, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para dicha línea, paquete B.
La Línea 2 por hora efectiva, se reconocerá el tiempo efectivamente destinado a las actividades previamente solicitadas y autorizadas por la Administración.
2- Detalle de la factura
Deberá presentarse en el tipo de moneda cotizado, cuando se trate de una moneda distinta al colón, el pago se realizará en colones costarricenses.
La factura debe indicar la línea, el servicio prestado y el número de la orden de pedido SICOP, la misma debe remitirse al correo rosibel.arguello@ucr.ac.cr.
El proveedor debe indicar la cuenta bancaria (IBAN) registrada ante la Oficina de Administración Financiera de la Universidad de Costa Rica. En caso de no estar registrado, es requisito obligatorio del oferente el aporte con la oferta, de una certificación emitida por su Banco en el cual se indique el nombre del proveedor, número de cédula (física o jurídica), número de cuenta y número de cuenta cliente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. MULTAS El adjudicatario estará sujeta a la aplicación de las multas que correspondan cuando se presenten incumplimientos imputables a esta en la prestación de los servicios contratados, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones, el contrato, las órdenes de servicio y demás normativa aplicable. Las multas se aplicarán previa verificación y acreditación del incumplimiento por parte de la Administración, garantizando el debido proceso correspondiente. 1. Incumplimientos leves Se considerarán incumplimientos leves, entre otros, los siguientes: a. El retraso superior a quince (15) minutos, respecto de la hora previamente acordada para la prestación de una actividad, sin causa justificada y sin comunicación oportuna a la Administración. b. El retraso injustificado en la entrega de informes u otros productos requeridos, cuando el plazo de entrega haya sido previamente establecido, 1% por cada día de retraso. c. El retraso injustificado en la atención de correcciones o aclaraciones solicitadas por la Administración respecto de informes u otros productos, siempre que dichas correcciones se encuentren comprendidas dentro del objeto y alcance del servicio contratado, 1% por cada día de retraso. Para estos incumplimientos se aplicará una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto correspondiente al servicio afectado, por cada día hábil de atraso, según corresponda, hasta un máximo del diez por ciento (10%) del monto de dicho servicio. 2. Incumplimientos graves Se considerarán incumplimientos graves, entre otros, los siguientes: a. La inasistencia injustificada a una sesión, valoración, reunión, visita, capacitación u otra actividad previamente programada y confirmada con la Administración. b. El incumplimiento injustificado de una actividad o servicio previamente solicitado y coordinado, cuando dicho incumplimiento afecte el desarrollo del proceso de atención o acompañamiento. c. La sustitución del profesional encargado de prestar los servicios, cuando corresponda, sin la autorización previa de la Administración o sin que la persona sustituta cumpla con los requisitos profesionales establecidos en el presente pliego. d. El incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y protección de la información establecidas en el presente pliego y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o de cualquier otra naturaleza que pudieran corresponder. e. La reiteración de incumplimientos leves debidamente acreditados, cuando por su frecuencia o naturaleza afecten la adecuada ejecución contractual. Para los incumplimientos indicados en los incisos a) y b), se aplicará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del monto correspondiente al servicio afectado. Para los incumplimientos indicados en los incisos c) y d), se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto correspondiente al servicio afectado. 3. Reincidencia La reiteración de incumplimientos leves podrá ser considerada como incumplimiento grave cuando se acrediten tres (3) o más incumplimientos leves durante un mismo período contractual, siempre que estos sean imputables al adjudicatario y se encuentren debidamente acreditados. 4. Base para el cálculo de las multas Para efectos de la aplicación de las multas establecidas en este apartado, el porcentaje correspondiente se calculará sobre el monto del servicio, actividad u orden de servicio directamente afectado por el incumplimiento, y no sobre el monto total estimado de la contratación.
Documentos del cartel5
- Cláusula de reajustePDF · 317 KB
- Sondeo de mercadoPDF · 410 KB
- Decreto ejecutivoPDF · 379 KB
- Estructura de precioPDF · 41 KB
- Especificaciones técnicas y condicionesPDF · 317 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Catalina Alfaro Miranda
ORH
Antonio Francisco Marin Gonzalez
UNIDAD DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Ivannia Villalobos Araya
Encargado del concurso · Oficina de Suministros
Catalina Alfaro Miranda
ORH
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 13/10/2026 09:12. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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