2026PX-000074-0012300001 · SICOP 20261000512
CONGRESO ANTIFRAUDE COSTA RICA 2026
Tribunal Supremo de Elecciones
Tribunal Supremo de Elecciones busca congreso antifraude costa rica 2026 con un presupuesto de ₡614 236. Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡614 236
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 09:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 11:17 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 09:00 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 09:05 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
Nota de la institución. Mónica Rosales Menjívar De conformidad con la Ley de Contratación Pública y su Reglamento las consultas y comunicaciones relacionadas con la contratación se deben realizar exclusivamente por medio del SICOP, atendiendo la información de contactos que se visualizan en el expediente electrónico.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 0,9 oferentes.18 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años. Poca competencia esperada.
- Tribunal Supremo de Elecciones adjudicó ₡4 491,8 millones en 252 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡522 100 – ₡614 236
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Suscripcion a Cursos, Congresos, Talleres, Conferencias y Seminarios3 · ₡614 235,633₡614 235,63
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
No aplica
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- CONDICIONES ESPECÍFICAS:
1- Forma de pago: Mediante un solo tracto, una vez recibido el servicio a satisfacción. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley General de Contratación Pública, 18 y 19 de su Reglamento.
2- Datos para la emisión de la factura electrónica:
- Cédula Jurídica o Física: 2400042156
- Nombre o Razón Social de la Empresa: Tribunal Supremo de Elecciones
- Provincia: San José
- Cantón: Central
- Distrito: Carmen
- Dirección exacta: Costado Oeste del Parque Nacional
- Persona de contacto y número de teléfono:
Héctor Chacón Barquero hchaconb@tse.go.cr o unidadfiscalizacion@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 3472, 2287-5406.
Greddy Fallas Fallas gfallas@tse.go.cr o unidadfiscalizacion@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 3486.
La factura electrónica deberá incluir la siguiente información:
- Número de contratación.
- Descripción del bien o servicio según indica el contrato en SICOP.
- Cuenta IBAN:
3.1 La Cuenta IBAN debe ser en colones y perteneciente al Contratista.
3.2 En los casos de casas extranjeras, también se debe incluir la cuenta cliente en colones del representante en Costa Rica, porque el movimiento se le registra al representante, pero el pago efectivo se le hace a la empresa extranjera.
La factura electrónica se debe cargar como documento anexo al solicitar la recepción (provisional/definitiva) en el módulo respectivo en SICOP, para luego proceder con la gestión de pago.
De conformidad con lo establecido en la Resolución N.° MH-DGT-RES-0027-2024 de la Dirección General de Tributación, se comunica a los eventuales contratistas para efectos de facturación electrónica el código de la Actividad Económica y Subclase inscrita para el TSE, según el detalle siguiente:
- Código actividad económica: 751101
- Código subclase: 8411.0
- Ver documentos adjuntos: oficios RH-2395-2026 y DE-2552-2026, del 16 y 22 de setiembre 2026, respectivamente.
3- Garantía de cumplimiento: De conformidad con el Artículo 110 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública se define que para este trámite no se solicita garantía de cumplimiento.
4- Multas y cláusula penal: No se considera la inclusión de estas Sanciones.
5- Administrador del contrato: Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual.
- Mariana Gómez Bolaños mgomezb@tse.go.cr / 2287-5406, 2287-5555 ext. 3478
- Héctor Chacón Barquero hchaconb@tse.go.cr / 2287-5407, 2287-5555 ext. 3472
- Esteban Salazar León esalazar@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 8063
- Wilson Rodríguez Solano wsolano@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 3487
- Jennifer Badilla Calderón jbadillac@tse.go.cr / 2287-5555 ext. 5405 ó 7526
6- Contraparte Técnica, validación de ofertas y consultas del oferente:
- Mónica Rosales Menjívar
De conformidad con la Ley de Contratación Pública y su Reglamento las consultas y comunicaciones relacionadas con la contratación se deben realizar exclusivamente por medio del SICOP, atendiendo la información de contactos que se visualizan en el expediente electrónico.
7- Contacto de la empresa: Manuel Marín Cubero, teléfono 2224-4191 ext 106, Correo: mmc0812@me.com/ info@acfe-cr.org
8- Unidad Usuaria:
Auditoría Interna
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
III CONDICIONES DEL OFERENTE:
1- El oferente debe contar con póliza de Riesgos del Trabajo, que cubra a su personal. Debe aportar con su oferta electrónica, una copia de la misma, vigente.
2- El oferente debe presentar copia de la patente comercial al día y el permiso de funcionamiento al día.
3- Documentos confidenciales: El oferente que presente documentos con carácter de confidencialidad, de acuerdo con los artículos 15 de la LGCP y 30 de su Reglamento, deberá indicar expresamente, en la oferta, los siguientes datos:
-Identificar los folios o archivos que estima confidenciales.
-Indicar los motivos que hacen a la documentación confidencial.
-Indicar la normativa que cubre la confidencialidad de los documentos que presenta con este carácter.
De no constar en la oferta, estos datos, la Administración rechazará de plano la solicitud de confidencialidad y se ordenará la disposición de los documentos confidenciales a públicos.
4- Beneficiarios finales: El oferente deberá presentar dentro de su oferta Declaración Jurada, con relación a que la información correspondiente a los beneficiarios finales consta en el formulario electrónico de Registro de proveedores y subcontratistas de SICOP.
Para ello, se puede utilizar el siguiente formato:
DECLARACIÓN JURADA
El suscrito (a), (nombre), (calidades), con cédula de identidad número: (nombre y número de cédula o documento de identificación), como (indicar si es Apoderado, representante legal o está legitimado para rendir esta declaración jurada) de la empresa (nombre de la empresa), cédula jurídica (número de cédula jurídica), me presento ante ustedes para DECLARAR BAJO FE DE JURAMENTO, el día de hoy (fecha), que: la información correspondiente a los beneficiarios finales, consta en el formulario electrónico del Registro de proveedores y subcontratistas.
Atentamente,
(Nombre y número de cédula)
(Indicar si es Apoderado, representante legal o está legitimado para rendir esta declaración jurada)
(Firma digital)
Lo anterior, según publicación de Aviso de la Dirección de Contratación Pública, en el Diario Oficial La Gaceta No. 94 del 29 de mayo de 2023.
5- Declaración anticorrupción y buenas prácticas comerciales: De conformidad con lo establecido en el artículo 24, inciso c del Reglamento a la Ley General de Compras Públicas, el oferente deberá manifestar su adhesión a los compromisos anticorrupción y buenas prácticas comerciales durante todo el plazo de la relación contractual, mediante declaración jurada presentada con su plica. El documento deberá contemplar:
“i) El compromiso formal de no suministrar objetos, servicios u obras de inferior calidad a la ofrecida, el ofrecimiento o suministro de cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al artículo 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación.”
“ii) La abstención de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.”
“iii) La introducción o invocación de hechos falsos en su oferta o en cualquier etapa del procedimiento.”
“iv) La obtención ilegal de información que lo coloque en una situación de ventaja frente a otros oferentes.”
"v) La utilización de forma ilegítima de una PYME que pertenezca a un mismo grupo de interés económico para obtener beneficios dispuestos en la Ley General de Contratación Pública en su favor.”
“vi) La abstención de incurrir en prácticas colusorias o anticompetitivas que distorsionen el funcionamiento normal del mercado y lesionen la Hacienda Pública.”
6- Desglose de precio: Respecto de este requisito legal, la Dirección de Compras Públicas mediante oficio MH-DCoP-OF-0408-2025, concluyó que tratándose de tipos de contratación que no corresponden a un esquema típico de concurso, refiriéndose a aquellos en los que no existe un “diseño ni medida” elaborada para la Administración, el desglose de precios no viene a “aportar información relevante sobre costos atribuibles únicamente a la Administración contratante, sino que refleja el tarifario general del proveedor-facilitador, igual razonamiento aplica al pliego de condiciones, toda vez que el facilitador ya cuenta con una estructura definida… sin que se vaya a dar un espacio para que la Administración lo plantee, dado que ello sería propio de un esquema… en el que la Administración establece sus necesitades puntuales.”
Aclara además, que “la naturaleza del pliego de condiciones es servir como marco normativo que establece -entre otros- las obligaciones de las partes, por lo que parece hacer incompatible la solicitud de dichos elementos” en las contrataciones en las que más bien, la Administración se ve en la necesidad de aceptar las condiciones que rigen un determinado mercado, como es el caso de la venta de servicios de capacitación abierta, en donde lejos de solicitar al oferente atienda los requerimientos únicos y exclusivos de la Administración, ésta, de entre la oferta existente, debe seleccionar la que mejor se ajuste a su necesidad, sin que con ello pueda solicitar algún tipo de variación o consideración puesto que las opciones están dadas y reguladas por el proveedor.
Señala la Dirección de Compras Públicas que, para la solicitud del desglose del precio y el presupuesto detallado, es fundamental un ejercicio de análisis e integración normativa que comprenda los conceptos y la utilidad de estos instrumentos, así como su naturaleza dinámica, de lo contrario resultaría incongruente solicitarlos.
Por lo que, siendo que las capacitaciones abiertas, son un servicio cuyo mercado se regula directamente por los prestadores del servicio que, lejos de requerir de la elaboración de un pliego de condiciones en donde los oferentes se ajusten a las necesidades de la Administración, es la Administración quien se ajusta a la oferta disponible, que se plantea no requerir en el pliego de condiciones la solicitud de desglose de precio y el presupuesto detallado, puesto que en todo caso, de requerirse algún ajuste en el precio, el oferente contará con la posibilidad de acogerse al sistema analítico documental que establece el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, en sus artículos 4, inciso 34; 6 inciso g; 14, 58 y demás concordantes.
Documentos del cartel7
- Anexo 1 004 contenidos del congresoPDF · 8 MB
- Anexo 2 008 Factura proforma Tribunal Supremo de EleccionesPDF · 174 KB
- Anexo 3 O-DE-2552-2026-RH-Autorización para participar en el Congreso Antifraude Costa Rica 2026_ (1)PDF · 317 KB
- Anexo 4. O-DE-2596-2026-PROV-Aprobación de solicitud de contratación 0062026002800214PDF · 307 KB
- Anexo 5 O-RH-2395-2026 Congreso Antifraude Costa Rica 2026PDF · 430 KB
- CronogramaXLSX · 41 KB
- Pliego de condicionesDOCX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Hector Ricardo Chacon Barquero
Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual
Esteban Salazar Leon
Dirección Ejecutiva
Jennifer Vanessa Badilla Calderon
Dirección Ejecutiva
Mariana Gomez Bolaños
UFEC-Dirección Ejecutiva
Wilson Antonio Rodriguez Solano
Unidad de Fiscalización de la Ejecución Contractual, Dirección Ejecutiva.
Mónica Elizabeth Rosales Menjívar
Recursos Humanos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 06:02. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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