2026LD-000110-0023300001 · SICOP 20261000792
Compra de materiales para abastecimiento de inventario de Bodega
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia busca compra de materiales para abastecimiento de inventario de bodega con un presupuesto de ₡6,7 millones en 4 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡6,7 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 10:00
Lotes y líneas
4 lotes
94 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 09:54 · hace 4 días
- Límite para 12/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 10:00 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 10:05 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
4 recibidas, 2 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Número de partidas: 3 → 4
Nota de la institución. Requisito de Admisibilidad que deja fuera de concurso al oferente: Que, en consulta en el apartado de consulta ciudadana, sanciones, en SICOP, presente con fecha definida Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986 Todos los demás defectos en la oferta serán subsanables y el tiempo de respuesta para su caducidad, será conforme lo indica el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública. Una vez caducado el tiempo de respuesta la oferta quedará fuera de concurso
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,5 oferentes.1 324 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡399 986 – ₡470 572
- Lote 2₡135 718 – ₡159 669
- Lote 3₡22 277 – ₡26 209
- Lote 4₡58 423 – ₡68 733
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 65 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,65 puntos.
Qué se compra94 líneas · 4 lotes
- L1Adaptador de PVC, Diametro 12,7 Mm (1/2 Pulg), Cedula SCH 40, Tipo de Acople Extremo Liso, Tipo Hembra1 c/u · ₡133,771 c/u₡133,77
- L1Adaptador Plastico, Material PVC, Diametro 12,7 Mm(1/2pulg), Cedula SCH 40, Tipo de Acople Liso, Tipo Macho.1 c/u · ₡105,331 c/u₡105,33
- L1Adaptador Plastico (PVC) Hembra de 38,10 Mm (1 1/2 Pulg) de Diametro, Cedula SCH 40, Tipo Acople Extremo de Unión Roscada y Extremo de Unión Liso.1 c/u · ₡604,701 c/u₡604,70
- L1Adaptador, Material PVC, Diametro 50,8 Mm, Cedula SCH 40, Acople Liso, Tipo Hembra1 c/u · ₡1 938,111 c/u₡1 938,11
- L1Adaptador, Tipo Macho , Pvc,diametro 50,8 Mm (2 Pulg) SDR 40, Acople Liso - Rosca1 c/u · ₡904,691 c/u₡904,69
- L1Brocha de 7,62 Cm (3 Pulg). Pelo de Cerda Natural. Mango de Madera Barnizada. Que la Longitud de Pelo Sea Mínimo 5,5 Cm.1 c/u · ₡965,491 c/u₡965,49
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 65 % · Criterios ambientales 10 % · Criterios económicos 10 % · EXPERIENCIA 10 % · Criterio Social 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad:
Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique.
1. Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso. A menos que sea una única oferta, la administración evaluará la oferta la posibilidad de contratación con el fin de satisfacer el bien público.
2. Para continuar con el proceso de revisión técnica y evaluación deberán obtener al menos un 80% en la evaluación SICOP.
3. Quienes tengan nota superior a 80% en SICOP, podrán continuar en el proceso el cual, por razones de eficiencia y eficacia, evaluará técnica y jurídicamente únicamente las tres primeras ofertas con el menor precio; en caso de cumplir con todos los requisitos de elegibilidad, se procederá a adjudicar la oferta con mayor porcentaje en la tabla de ponderación. Si las tres primeras ofertas no cumplen con aspectos de admisibilidad, la Administración procederá a evaluar la siguiente oferta de la tabla de ponderación y así sucesivamente hasta que la empresa evaluada sea adjudicable.
4. El oferente debe demostrar que mantiene disponible y en stock el bien a adquirir, por lo que el tiempo de entrega debe ser 03 días hábiles después de la notificación de la orden de pedido.
5. El oferente debe considerar dentro de su oferta el transporte para la entrega al lugar indicado.
6. El oferente debe reportar actividad de la misma índole de la que se está ofertando, según el reporte de Tributación directa, Hacienda.
7. Presentar una declaración jurada que no incumple con el articulo 28 y 29 de la Ley de Contratación Pública.
8. En consulta en SICOP, no puede presentar sanciones y/o apercibimientos. Requisito No subsanable.
9. El oferente, persona física o jurídica en el campo debe estar al día en las obligaciones: Hacienda, CCSS.
14. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación: Se adjunta estudio de mercado, pliego de condiciones, certificación presupuestaria, y certificación de no conflicto de intereses.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas
Partida 1
Todo detalle, cuadro, imagen, foto o cualquier dato adicional en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-DAF-412-2026
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“Compra de materiales para abastecimiento de inventario de Bodega”
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Compra de materiales para abastecimiento de inventario de Bodega
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Dirección Administrativa Financiera
3. Tipo de procedimiento: Licitación reducida
4. Tipo de modalidad: según demanda
5. Clasificación del objeto: bienes
6. Justificación de la procedencia de la contratación: La Bodega debe contar con un stock de materiales para poder atender todos los proyectos e imprevistos que durante el año se deben realizar en caminos vecinales, edificios y además también se requieren realizar trabajos de mantenimiento en los edificios municipales, en el Paradero Turístico Monte de la Cruz, Centro de Comercialización de residuos valorizables, ya sean labores planificadas o imprevistas por temas
de condiciones climáticas, entre otros.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual: Esta
Administración acredita que, para el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con recurso humano calificado para verificar el fiel cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas, así solicitado en artículo 106 de la LGCP.
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: De acuerdo a la experiencia e histórico del inventario de la bodega, se debe mantener el stock para la operación de la Unidad de Obras y Servicios, mantenimiento de edificios, Paradero Monte de la Cruz, Centro comercialización de residuos otros.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad: La administración debe velar por el mantenimiento y estado de los edificios y caminos vecinales, por lo que requiere tener un inventario de materiales con el fin de poder reparar o mejorar el estado actual de dichos sitios.
10. Procedimientos de control de calidad: Dirección Administrativa Financiera-Unidad de Obras y Servicios, velarán por el cumplimiento y calidad del bien adquirido.
11. Terceros interesados y/o afectados: Funcionarios Municipales – Comunidad.
12. Riesgos Identificados: Procesos infructuosos, recursos de revocatoria y/o apelaciones, productos
de baja calidad.
13. Estimación presupuestaria: ₡6.700.000,00
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
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15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza el correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como también a los estudios de mercado realizados (este último, en los casos que se requiera). Se debe adjuntar documento resumen y hoja de cálculo del estudio de estimación de Precio y análisis del mercado, aparte de este documento, acá se menciona el oficio y la hoja de cálculo.
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17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido presupuestario
existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de
las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra
que quiere efectuar, y considera que el concurso puede continuar, la administración podría
disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la
LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la
posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con la finalidad
de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: 45 días hábiles
2. Vigencia de la Contratación: 12 meses, con posibilidad de prórroga hasta por 3 años.
3. Plazo y condiciones de entrega: Los materiales deben ser entregados máximo 05 días hábiles
una vez recibida la orden de pedido.
4. Garantía de cumplimiento: no
5. Visita a sitio: no
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas adjudicadas
de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
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Donde:
UPM:
Unidad
Proveeduria Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad Tesorería/ AM: Alcalde
Municipal/ OF: Oferente
9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá cotizarse libre
de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas,
aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de
existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el
caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el
Art. 98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales. El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
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11. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepción” del objeto contractual mediante El Sistema
Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora municipal (Administrador del
Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con orden de pedido, podrá realizar la gestión
de recepción una vez que se haya aceptado la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es recepción
provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada, una vez concluido
remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado (SICOP), para que se proceda
con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez recibido el objeto
contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará informes, recepciones conformes o
disconformes, en el caso de no aceptar una partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el
documento electrónico con todo el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de
partidas o líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción
para que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la “Gestión de Pago”
junto con la factura correspondiente al objeto contractual entregado, asimismo deberá remitir
desde el programa de facturación la factura al correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por
medio del cual se verificará la factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad
electrónica del documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley Costarricense, de lo
contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico en el Sistema
Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago,
“Resultado de pago” donde podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o transferencia),
su numeración y fecha correspondiente; en caso de tener alguna duda en este punto contactarse
directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando los tramites
estén concluidos (si no encuentra datos en la consulta anterior, significa que el procedimiento
sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO REALIZADOS EN
TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES: QUE EL CONTRATISTA NO
REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE
MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O
BIEN QUE LOS PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago” debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
1. Evaluación de ofertas:
Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el acto administrativo se puede rescatar, la administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo
las mismas condiciones. Todo lo anterior con el objetivo de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
Todo detalle, cuadro, imagen, foto o cualquier dato adicional en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-DAF-412-2026
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos oferentes, se tomará como criterios de desempate los que se detallan a continuación:
a) PYME:
- Industria. (5 puntos).
- Servicio o agropecuaria. (5 puntos).
- Comercio. (2 puntos)
b) Menor Precio. (2 puntos).
c) Mayor Experiencia. (3 puntos).
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado en la notificación; todo lo anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
SECCIÓN V
Condiciones para la ejecución contractual
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo No. 49 de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de ompromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará indicado su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar (los subcontratistas serán revisados a la hora de la recepción, deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado (SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta que si no contesta, quedara fuera de concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello
implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los
requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos.
Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible,
todo conforme a las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este
Reglamento. d) Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
Deberá aportarse en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
2. Otros detalles del Concurso:
Al ser contratación por demanda, al momento de que el adjudicatario realice la solicitud de recepción debe aportar en SICOP, el informe respectivo, de acuerdo a lo solicitado en la orden de pedido.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel5
- Detalle TécnicoPDF · 7,5 MB
- Detalle TécnicoPDF · 4 MB
- Detalle TécnicoPDF · 3,6 MB
- Certificación PresupuestariaPDF · 512 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 512 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Martin Azofeifa Ulate
Dir. Administracion Financiera
Graciela Maria Lopez Cordoba
Asistente Dirección Administrativa Financiera
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 05:47. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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