2026LD-000025-0007000001 · SICOP 20261001259
Compra de Impresoras
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social busca compra de impresoras con un presupuesto de ₡437 325 en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 19/10/2026 (en 6 días).
₡437 325
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
6 días
cierra el 19/10/2026 10:00
Lotes y líneas
2 lotes
2 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó12/10/2026 11:46 · ayer
- Límite para 13/10/2026 23:59 · hoy
- Límite para 14/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas19/10/2026 10:00 · en 6 días
- de ofertas19/10/2026 10:00 · en 6 días
- (plazo máximo)≈ 02/11/2026 · en 20 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3 oferentes.5 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social adjudicó ₡168,4 millones en 58 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡258 677 – ₡304 325
- Lote 2₡113 050 – ₡133 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Impresora Pos, Velocidad de Impresión 300 Mm/s (12 Pulg/s), Tipo de Conectividad Usb 2,0, Resolución de Impresión 203 Dpi, Tipo de Impresión Térmica Directa.2 c/u · ₡304 325,342 c/u₡304 325,34
- L2Impresora de Etiquetas, Termica, Resolución de Impresión: 8 Puntos Mm (203 PPP) 12 Puntos / Mm (305 PPP) 24 Puntos / Mm (609 PPP) Velocidad Máxima de Impresión: 10 PPS (254 Mm/s) 8 PPS (203 Mm/s) 6 PPS (152 Mm/s Área Máxima de Impresión: Ancho, (pulg) 104 Mm (4,1 Pulg) Longitud, (pulg) 2500 Mm (98,43 Pulg) 1500 Mm (59,1pulg) 400 Mm (15,7pulg).1 c/u · ₡132 999,931 c/u₡132 999,93
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · pyme 5 % · Criterio Social 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Será admisible, para una eventual adjudicación, el Oferente que cumpla con los elementos legales y técnicos mínimos que se señalan.
- En caso de pertenecer al Régimen de Tributación Simplificada, presentar la constancia de inscripción del Ministerio de Hacienda.
- El no suministro de la información sustancial que permita verificar su ajuste a las condiciones significativas del pliego de condiciones, descalificará la oferta para efectos de análisis y adjudicación.
- La Administración se reserva el derecho de verificar la información y documentación requerida y podrá solicitar cualquier subsane o aclaración sobre las mismas
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Plazo de entrega:10 días hábiles posteriores a la notificación de la orden de pedido.
Lugar de entrega: La entrega del bien, deberá realizarse en el Almacén del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ubicado en el Edificio Presbítero Benjamín Núñez en Barrio Tournón, San José, 200 metros al este de la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT), calle 3 A, avenidas 13 A y 15, en horario de lunes a jueves de 08:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 13:30 a 15:00 horas, previa cita coordinada con el señor Ricardo Buriticá Morera, correo electornico ricardo.buritica@mtss.go.cr Teléfono: 2542-0060, Ext. 3303.
Forma de pago: La forma de pago será la usual de gobierno.
La factura electrónica debe enviarse con anticipación al correo: factura@mtss.go.cr
Se le recuerda que a partir del 1 de diciembre 2020 nuestros Proveedores y Comisionistas deberán actualizar su actividad económica basado en el Catálogo de Bienes y Servicios del Ministerio de Hacienda.
Es responsabilidad de los Proveedores y Comisionistas actualizar la actividad económica, para que la factura electrónica que emiten a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social indique el Código CABYS, de acuerdo con el contrato establecido.
Responsable de verificar objeto contractual:Con el objeto de supervisar la correcta ejecución de la compra, velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, se designa como Encargada de la Ejecución Contractual, a la señora Gina Tatiana Quirós Torres, funcionaria de la Dirección General Administrativa Financiera y puede localizarse en el número de teléfono 2547-5746, quien debe cumplir con lo dispuesto en el instructivo de compras y demás tareas que señale la normativa vigente.
● Encargado de aspectos técnicos (Línea 1): Andrés Montenegro Gómez, quien labora en la Contraloría de Servicios, y quién puede localizarse en el número de teléfono 2542-5754.o al correo electrónico andres.montenegro@mtss.go.cr
● Encargado de aspectos técnicos (Línea 2): Eduardo Arias Cabalceta, quien labora en la Proveeduría Institucional, y quién puede localizarse en el número de teléfono 2542-0063 o al correo electrónico eduardo.arias@mtss.go.cr
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Póliza: El adjudicatario debe presentar constancia de la póliza de Riesgos del Trabajo, con la siguiente información:
- Numero de póliza
- Nombre del contratista sea este, la persona física o jurídica
- Vigencia de la póliza
- Labores amparadas
- Monto asegurado.
Subcontratación: El oferente debe indicar en su oferta los subcontratistas, el objeto de subcontratación y el porcentaje del objeto a subcontratar; la totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar 50 % del monto total del contrato.
Incumplimientos: En caso de incumplimientos en la entrega del bien, se pasará el expediente a la Asesoría Jurídica.
Asimismo, se procederá, según lo regulado en los art. 113, 114 (resolución de contrato) y 115 (rescisión) del LGCP:
“…Artículo 113.-Resolución contractual. La Administración podrá resolver unilateralmente los contratos por motivo de incumplimiento grave imputable al contratista. Una vez firme la resolución contractual se procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento y cualesquiera otras multas, si ello resulta pertinente. En el evento de que la Administración haya previsto en el pliego de condiciones cláusulas de retención, se podrán aplicar esos montos al pago de los daños y perjuicios reconocidos. De ser las garantías y retenciones insuficientes, se adoptarán las medidas en sede administrativa y judicial necesarias para obtener la plena indemnización.
“…Artículo 115.-Rescisión. La Administración podrá rescindir unilateralmente sus contratos, no iniciados o en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas. Para ello, deberá emitir una resolución razonada, observando el procedimiento regulado en el artículo anterior.
La Administración deberá cancelar al contratista la parte efectivamente ejecutada del contrato, en el evento de que no lo hubiera hecho con anterioridad y los gastos en que haya incurrido para la completa ejecución, siempre que estén debidamente probados.
Cuando la rescisión se origine por motivos de interés público, además se podrá reconocer al contratista cualquier daño o perjuicio que la terminación del contrato le cause, previa invocación y su respectiva comprobación.
El lucro cesante correspondiente a la parte no ejecutada podrá reconocerse siempre dentro de criterios de razonabilidad y proporcionalidad, valorando aspectos tales como el plazo de ejecución en descubierto, el grado de avance de la ejecución del contrato y la complejidad del objeto. Cuando la utilidad no haya sido declarada se considerará que es un diez por ciento (10%) del monto total cotizado”.
Todo lo no previsto en el presente pliego de condiciones se regirá por las disposiciones de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, Ley No. 8262 "Ley y Reglamento para la Promoción de las Pequeñas y Medianas Empresas del 2/5/2002, art. 20 y demás normativa.
Modificaciones contractuales: Cualquier modificación que se autorice, por parte de la persona fiscalizadora será comunicada a la Proveeduría Institucional para su incorporación al expediente electrónico.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Tanto el cobro de la cláusula penal como de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. Si existiera una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar al MTSS por concepto de multa igual porcentaje al definido de la aplicación de la “Tabla de Estimación de Cláusula Penal” por cada día natural del valor de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25 % del monto total del contrato El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago, el pago será del dos por ciento (2%) del total facturado. En caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículos 116 y 117 del RLCP, la persona Encargada General del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del servicio/producto de acuerdo con las condiciones del pliego de condiciones y de la oferta, el Contratista deberá pagar al MTSS por concepto de cláusula penal la suma del 2 % por cada día natural el valor de la parte incumplida. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25 %. La aplicación de esta cláusula es con base al artículo 46 de la L.G.C.P; 116 y siguientes del R.L.G.C.P. El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago, el pago será del dos por ciento (2%) del total facturado.
Documentos del cartel5
- 2. Tabla-Estimacion-de-Clausula-Penal Plataforma 28-9-2026 (Firmado)PDF · 276 KB
- 4. OFICIO INICIO IMPRESORA PROVEEDURIA y CS 01-10-2026 (Firmado)PDF · 532 KB
- 1. SONDEO DE MERCADO IMPRESORA PROVEEDURIA Y CS 28-09-2026 (Firmado)PDF · 236 KB
- (Firmado)-Pliego de condiciones Compra de Impresoras finalPDF · 829 KB
- Cronograma Compra impresoras.PDF · 51 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Gina Tatiana Quiros Torres
Dirección Administrativa y Financiera
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 12/10/2026 11:57. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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