2026LD-000032-0015800001 · SICOP 20260801968
Contratación de servicios de Planificación Estratégica, Táctica y Operativa para el INAMU
Instituto Nacional de las Mujeres
Instituto Nacional de las Mujeres ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡15,0 millones y quedó en firme el 16/09/2026. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡15,0 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡11,9 millones
20,8 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 16/09/2026
- BSS Ingenieria Consultoria e InspeccionesLa más barata de 3₡11 879 383,85
Informe de recomendación de Allan Ramos Bolaños, 10/09/2026 · adjuntos: 2026LD-32 Análisis comparativo de ofertas.xlsx, BSS Sit Tributaria 10-9-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó18/08/2026 12:38 · hace 54 días
- Límite para 19/08/2026 23:59 · hace 53 días
- Límite para 20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- Cierre de ofertas04/09/2026 11:00 · hace 37 días
- de ofertas04/09/2026 11:00 · hace 37 días
- publicado10/09/2026 14:40 · hace 31 días
- Adjudicación 16/09/2026 09:46 · hace 25 días
3 recibidas, 3 respondidas.
El cartel fue modificado (3 veces). Qué cambió:
- Condiciones generales: texto modificado
- Condiciones específicas: texto modificado
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Nota de la institución. Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas y Fe de erratas 1.
Contexto
- Instituto Nacional de las Mujeres adjudicó ₡1 561,3 millones en 70 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios Profesionales Asesoría en Ciencias Sociales1 · ₡15 000 000,001₡15 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡12,8 millones – ₡15,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 60 % · Experiencia profesional 20 % · Criterio Social 10 % · Personal certificado 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,79 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 60 | Experiencia profesionalmáx. 20 | Criterio Socialmáx. 10 | Personal certificadomáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| BSS Ingenieria Consultoria e InspeccionesGanó | 60 | 20 | 10 | 10 | 100 |
| Grupo QCS Consultoria | 58,94 | 20 | 10 | 10 | 98,94 |
| Aula Abierta J.f.a | 53,04 | 20 | 10 | 10 | 93,04 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Favor proceder con la declaratoria del Acto Final
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas y Fe de erratas 1.
- Sobre la contratación.
Dotar al Instituto Nacional de las Mujeres en adelante INAMU, de servicios profesionales de gestión y apoyo para que se elaboren los indicadores de gestión, que se encuentren alineados a los indicadores establecidos al catálogo de indicadores institucional, respondiendo siempre a la teoría del programa, según su cadena de procesos, de conformidad con el esquema de Competencias Laborales al modelo de la Dirección General de Servicio Civil y las directrices de la Ley Marco de Empleo Público para la justa aplicación del proceso de evaluación de las y los funcionarios. Por tanto, resulta necesario como complemento la revisión y/o actualización del Diccionario de Competencias (Anexo 3), Manuales institucionales de clases y cargos, mapa de procesos institucional, manuales de procedimientos y flujogramas asociados.
- Alcance de la contratación.
Se espera que la presente contratación y los productos derivados de su ejecución permitan al INAMU fortalecer y consolidar su modelo de gestión del desempeño, complementariamente con la revisión y actualización del Diccionario de Competencias y el diseño y validación de indicadores de desempeño vinculados con los resultados institucionales.
Los indicadores de desempeño deberán guardar una relación coherente y trazable con los indicadores de resultado institucional y los indicadores de los productos sustantivos, de manera que permitan vincular el desempeño de las personas funcionarias con las responsabilidades y resultados esperados de los procesos institucionales.
Para ello, el diseño deberá considerar la articulación entre el Mapa de Procesos Institucional, la Teoría del Programa, la cadena de resultados, los objetivos estratégicos institucionales y los productos sustantivos, procurando que exista una relación clara entre los resultados que la institución espera alcanzar, los procesos que contribuyen a su logro y el desempeño requerido de las personas funcionarias responsables de su ejecución.
Se pretende que el sistema de evaluación individual del desempeño se construya a partir del sistema institucional de indicadores, de manera articulada y coherente, y no como un sistema paralelo o independiente.
En este sentido, el Catálogo Institucional de Indicadores servirá como marco de referencia para identificar y relacionar los distintos niveles de medición del desempeño institucional, incluyendo, entre otros, indicadores orientados a medir los resultados institucionales, los productos institucionales y el desempeño de los procesos.
A partir de este marco, la presente contratación permitirá completar y operacionalizar la trazabilidad hacia el desempeño individual, mediante el diseño de indicadores específicos que permitan valorar el cumplimiento de las responsabilidades funcionales asignadas a las personas funcionarias y su contribución a los objetivos, productos y resultados institucionales, contemplando para esto también la definición de parámetros de medición estandarizados para cada estrato ocupacional.
De esta manera, los indicadores individuales no constituirán un conjunto aislado de métricas, sino que estarán integrados dentro de la arquitectura institucional de medición del desempeño, asegurando una relación lógica y verificable entre lo que la institución busca lograr, lo que sus procesos producen, las responsabilidades funcionales que se asignan y el desempeño esperado de las personas que participan en su consecución.
Esta articulación deberá preservar, a su vez, el principio de controlabilidad del desempeño individual, de modo que la valoración de cada persona se sustente en aspectos que se encuentren dentro de su ámbito efectivo de responsabilidad, sin trasladarle la responsabilidad por resultados que dependan directamente de otras unidades, procesos, personas o factores externos
Asimismo, la contratación deberá contemplar el análisis de la pertinencia y vigencia del Diccionario de Competencias actualmente disponible, con el propósito de determinar las competencias requeridas para el cumplimiento de las funciones y resultados asociados a los diferentes procesos y puestos institucionales, identificando las necesidades de actualización, ajuste o incorporación que correspondan.
Como resultado, se espera que el INAMU cuente con una propuesta integral y técnicamente sustentada para la evaluación del desempeño, que incorpore indicadores objetivos, medibles y verificables, así como las competencias requeridas para el adecuado ejercicio de las funciones. Este modelo deberá estar alineado con los objetivos estratégicos institucionales y articulado con la gestión por procesos y la gestión orientada a resultados, de manera que contribuya a fortalecer la toma de decisiones, el seguimiento del desempeño y la mejora continua de la gestión institucional.
Enfoque de trazabilidad para el diseño institucional de indicadores de desempeño
La presente contratación se desarrollará bajo un enfoque de trazabilidad del desempeño, orientado a asegurar la articulación coherente entre los distintos niveles de gestión institucional, conforme a la siguiente cadena:
Objetivo estratégico → Resultado → Producto institucional → Proceso → Responsabilidad funcional → Desempeño esperado → Indicador de desempeño.
Bajo este enfoque, el diseño de los indicadores de desempeño deberá permitir identificar de manera clara la relación entre los objetivos y resultados institucionales y las responsabilidades específicas asignadas a las personas funcionarias.
En particular, el indicador de desempeño individual deberá medir el cumplimiento de responsabilidades que se encuentren efectivamente dentro del ámbito de control de la persona funcionaria, procurando, a su vez, evidenciar su contribución al logro de los resultados institucionales.
Este principio busca evitar que la evaluación del desempeño individual dependa directamente de resultados cuya consecución se encuentre condicionada por el desempeño de otras unidades, procesos, personas o por factores externos que excedan el ámbito de control de la persona evaluada.
En consecuencia, el diseño deberá establecer una relación de contribución y trazabilidad, y no una relación de dependencia directa, entre el desempeño individual y los resultados institucionales. De esta manera, los indicadores deberán reflejar resultados o productos atribuibles a la responsabilidad funcional de cada persona, manteniendo su alineación con los objetivos y resultados institucionales, pero preservando la objetividad, controlabilidad y equidad de la evaluación individual del desempeño.
- Especificaciones técnicas.
- Producto requerido.
- Plan de trabajo que incluya en las actividades especialmente lo siguiente:
- Elaborar cronograma y planteamiento de actividades que incluya principales hitos de entrega de los productos solicitados, de contener cada acción con fechas. Este cronograma debe reflejase en el plazo máximo definido para este trabajo definido en el Apartado Plazo y términos de entrega de este documento.
Resultados esperados para la elaboración del plan de trabajo.
- Realizar al menos dos (2) sesiones de trabajo con el Equipo de Planificación y Departamento de Gestión de Talento Humano (se coordinará si son virtuales o presenciales).
- En el cronograma de trabajo detallado incluir las acciones de elaboración de las fichas de indicadores de desempeño y los instrumentos de seguimiento.
- Someter el plan de trabajo para la respectiva aprobación el Equipo de Planificación y Departamento de Gestión de Talento Humano.
Leer y analizar los documentos relacionados.
- Revisión inicial de insumos producidos y aportados por UPI vinculados con el documento Catálogo de Programas e indicadores institucionales vigente.
- Estudio de las leyes, reglamentos y otra normativa vigente para la composición y redacción de las fichas de los indicadores de forma completa para el Sector Público en Costa Rica y especialmente los producido por MDEPLAN y el Ministerio de Hacienda.
- Normativa vigente de MIDEPLAN en cuanto a la evaluación de desempeño.
- Revisión del PEI 2025-2030 para analizar la vinculación.
- Revisión de los compromisos del INAMU en otras Políticas Nacionales.
- Modelo de Gestión de la Calidad para el INAMU, orientado a fortalecer la gestión institucional mediante un enfoque basado en la gestión por procesos, la medición sistemática del desempeño institucional y la mejora continua de los procesos institucionales.
- Compromisos PNDIP 2027-2030.
- Diccionario de competencias.
- Revisión del sistema institucional (Delphos) Módulo de Gestión de Desempeño y su relación con metas individuales.
- Manuales institucionales de clases y cargos.
- Manuales de procedimientos y flujogramas asociados.
Mapa de procesos institucional.
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- Estudio y sistematización de datos, normativa pública vigente y, otros documentos relacionados con la Teoría del Programa, cadena de resultados y con la confección de Sistemas de indicadores del INAMU, a partir de los registros administrativos institucionales resumidos en indicadores de desempeño, vinculados a los indicadores del Plan Estratégico Institucional (indicadores efecto-impacto), el Plan Operativos institucional POI (indicadores de producto) Así como lo indicado en los Lineamientos oficiales emitidos por MIDEPLAN en cuanto a la definición de indicadores de desempeño según la Ley de Empleo Público en relación con este tema.
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- Revisión y/o propuesta de mejora de los factores de evaluación del sistema institucional para que comprender el cálculo de la evaluación de desempeño, la inclusión de la medición de los indicadores de desempeño con el fin que se analicen los parámetros a evaluar, comprender la relación con metas individuales.
Resultados esperados para las sesiones de trabajo.
- Realizar al menos tres (3) sesiones de trabajo con el Departamento de Gestión de Talento Humano para comprender el sistema de evaluación. (se coordinará si son virtuales o presenciales).
- Realizar una revisión y/o actualizar el diccionario de competencias, elaborar el manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial.
Resultados esperados con los resultados de la revisión.
- Tres (3) sesiones de trabajo al menos, el Departamento de Gestión del Talento Humano.
- Informe propuesta del diccionario de competencia, y manual lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial
- Realizar una revisión de los productos de cada proceso, así como los indicadores de producto y de gestión, según la matriz estratégica y indicadores de procesos sustantivos y los indicadores de los procesos de gestión.
Resultados esperados con los resultados de la revisión.
- Al menos una sesión de trabajo con cada jefatura de cada proceso, las coordinaciones de área, lideradas por el Departamento de Planificación y Departamento de Gestión del Talento Humano, para comprender la operación del INAMU para la elaboración y actualización de todas y cada una de las fichas de indicadores de desempeño.
- La inclusión de nuevos indicadores de desempeño que estén vinculados a cada proceso.
- La relación de estos indicadores con las funcionarias según las familias de puestos establecidas en MIDEPLAN, así como los manuales institucionales de clases y cargos.
- La relación de estos indicadores de desempeño con los indicadores establecido en el catálogo de indicadores siempre vinculados a los indicadores del Plan Estratégico Institucional (indicadores efecto-impacto), el Plan Operativos institucional POI (indicadores de producto)
- La propuesta de los indicadores de desempeño de cada proceso, contemplando los tres (3) programas institucionales.
- Los indicadores de desempeño a nivel regional deben ser estandarizados, respondiendo al manual de clases y cargo institucional.
- Revisión de la medición de los factores que inciden en la evaluación de desempeño de las jefaturas, para analizar la incorporación de otros factores que respete los lineamientos de MIDEPLAN y tengan concordancia con el cálculo del sistema institucional.
- Lo indicado arriba deberá ser presentado en una ficha matriz de trazabilidad del desempeño, que incluya al menos.
- Producto institucional.
- Responsabilidad funcional.
- Familia de puesto.
- Indicador de desempeño.
- Fórmula.
- Fuente de información.
- Evidencia verificable.
- Responsable de la medición.
Nota técnica. Los indicadores permiten valorar qué resultados o desempeños se pretenden alcanzar, mientras que las competencias permiten valorar las capacidades y comportamientos requeridos para alcanzar dichos resultados.
- Taller de validación del Sistema con actores internos seleccionados y de común acuerdo con el Departamento de Planificación y Departamento de Gestión del Talento Humano. (Debe contener al menos: resultados finales de las sesiones de asesoría y acompañamiento, recomendaciones e instrumentos para la implementación del proceso de alimentación y seguimiento de los indicadores de desempeño, y las fichas e instrumentos de seguimiento de estos.
Resultado esperado para el taller de validación.
- Realizar al menos 2 sesiones de trabajo con el Departamento de Planificación y Departamento de Gestión del Talento Humano y los actores seleccionados (se coordinará si son virtuales o presenciales)
- Documento digital final corregido y actualizado.
Resultado esperado.
- Catálogo de programas e indicadores vinculando los indicadores de desempeño.
- Diccionario de competencias actualizado.
- Manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial.
- Consideraciones Técnicas.
Otras especificaciones técnicas.
Para el logro de los objetivos y la obtención de los productos indicados, se solicita implementar una metodología de trabajo que permita lo siguiente.
- Analizar información interna y externa que permita levantar el diseño de un Sistema de indicadores de desempeño del INAMU, para todas las familias de puestos, establecidos en las leyes y normativa vigentes para el Sector Público costarricense según la Ley Marco de Empleo Público.
- Concertar reuniones bilaterales entre la consultoría y el departamento de gestión del Talento Humano y departamento de Planificación Institucional con el fin de gestionar la información, detalles técnicos y coordinaciones necesarias para el avance y seguimiento eficaz de los servicios contratados.
- Todas las actividades antes señaladas se deben ajustar a lo estipulado en la normativa emitida por MIDEPLAN en lo que se refiere a la Evaluación de desempeño para funcionarios públicos.
- Personas beneficiarias.
Las personas beneficiarias directas de esta contratación es el personal del INAMU, e indirectamente la población atendida.
- Previsión de verificación de recursos.
Recurso humano, tiempo y material disponible para verificación de cumplimiento.
La persona Directora Administrativa Financiera será la Administradora del contrato y la responsable del seguimiento, coordinación, supervisión y recepción del objeto contratado.
Se realizará al momento de la recepción del objeto contractual, una revisión exhaustiva a cargo de la Persona Administradora del contrato, tomando como referencia las especificaciones técnicas solicitadas por el INAMU y adjudicadas a la persona oferente. Brindando así un recibido conforme sobre lo entregado y contratado según los procedimientos internos de contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas y Fe de erratas 1.
- Condiciones Específicas.
- Multas y cláusulas penales.
- En relación con las multas, obsérvese detalle en el Pliego de condiciones.
- Adicionalmente, se detalla lo correspondiente a Memoria de cálculo sobre Cláusula Penal.
La presente Memoria de cálculo tiene como finalidad justificar técnica, jurídica y económicamente la determinación de la cláusula penal prevista para el contrato de servicios indicado, estableciendo los criterios objetivos, proporcionales y razonables que respaldan su cuantía y aplicación ante eventuales incumplimientos contractuales por parte de la persona contratista.
- Condición.
No cumplir con el plazo de entrega establecido de los criterios, informes o documentos de entrega requeridos.
- Afectación
Baja - media.
- Monto.
Si tiene afectación baja la persona contratista deberá cubrir por concepto de cláusula penal, por cada día de atraso el 0,5% de la fecha de incumplimiento, en la próxima facturación emitida por la persona contratista.
Si tiene afectación media la persona contratista deberá cubrir por concepto de cláusula penal, por cada día de atraso el 1% de la fecha de incumplimiento, en la próxima facturación emitida por la persona contratista.
- Justificación.
Tiene afectación baja si lo que afecta es un proceso interno operativo.
Tiene afectación media si impacta en alguna toma de decisión con respecto al plan estratégico institucional.
- Garantías.
En relación con la Garantía de Cumplimiento, obsérvese detalle en el Pliego de condiciones.
- Estructura del
- Estructura del precio.
La persona oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales.
Estructura del precio
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Rubro |
Porcentaje |
Términos absolutos |
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Costos directos. Mano de obra. |
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Costos directos. Materiales e insumos. |
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Costos directos. Subcontratos. |
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Costos indirectos. Mano de obra. |
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Costos indirectos. Materiales e insumos. |
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Imprevistos. |
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Utilidad. |
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Precio total sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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Precio total con Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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- Revisión de Precios.
La persona oferente deberá indicar en su oferta la fórmula aplicable para la revisión de precios en caso de cotizar en colones.
Con la presentación de la oferta, la persona oferente acepta la fórmula de revisión de precios. Para poder ajustar los precios, es necesario, que se indique el desglose de los costos, según lo estipulado en el pliego de condiciones.
Para los reajustes de precios la persona adjudicataria debe considerar que el INAMU cuenta con 30 días hábiles a partir de la fecha de recibo, para efectuar el estudio correspondiente.
En materia de revisión de precios para la presente contratación, aplicará las disposiciones establecidas en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, también, los artículos 102, 103, 107, 109 del Reglamento en lo atinente, así como lo establecido en el Transitorio IX del mismo Reglamento.
- Requisitos de admisibilidad.
- La persona oferente deberá presentar el curriculum vitae y copia de los atestados de la persona profesional responsable del servicio, esta profesional debe cumplir con el siguiente perfil.
- Persona coordinadora del equipo.
La persona designada como coordinadora del equipo, debe contar con un grado académico mínimo de Licenciatura en Administración Pública o Ingeniería Industrial.
Debe encontrarse inscrita y al día en el Colegio Profesional respectivo, para ello debe presentar la certificación vigente.
- Personas consultoras.
El equipo de personas consultoras deberá estar compuesto como mínimo por dos integrantes, una consultora líder y una consultora de apoyo.
Observación. La persona líder puede ser la misma que coordine el equipo.
- Experiencia específica.
- La persona designada como consultora líder, deberá demostrar experiencia mínima específica en consultorías de al menos dos (2) proyectos brindados a instituciones del Sector Público, durante los últimos cuatro (4) años previo a la fecha de apertura de las ofertas, en donde haya levantado, actualizado indicadores de desempeño, evaluación de desempeño, de conformidad con los lineamientos de MIDEPLAN en concordancia con la Ley Marco de Empleo Público.
- La persona consultora de apoyo deberá demostrar experiencia mínima específica en consultorías de al menos un (1) proyecto brindado a instituciones del Sector Público, durante los últimos cuatro (4) años previo a la fecha de apertura de las ofertas, donde haya levantado, actualizado, sistemas de coordinadora del equipo información, indicadores de desempeño, manuales, procedimientos en evaluación de desempeño, empleo público, procesos ,indicadores con la aplicación de la teoría del programa, de conformidad con los lineamientos de MIDEPLAN en concordancia con la Ley Marco de Empleo Público.
La experiencia de ambas consultoras puede ser en alguno de los siguientes campos.
- Gestión del Desempeño.
- Gestión de la Calidad.
- Elaboración de manuales.
- Lineamientos y/o Políticas de Evaluación del Desempeño Institucional en relación con el Componente Competencial.
- Elaboración de indicadores de Productos.
- Gestión y/o Teoría del Programa.
Para sustentar este requisito deberá presentar el currículo vitae de la persona coordinadora y las consultoras, títulos profesionales, referencias, ubicación de trabajos realizados y copias de contactos para referencias laborales.
También, y para los aspectos relacionados con estudios adicionales, experiencia laboral adicional y género anotados en el Sistema de Evaluación de ofertas, será necesario presentar una declaración jurada que podrá observarse en el Anexo 1.
La experiencia también podrá acreditarse mediante certificaciones, constancias institucionales, cartas de referencia u otros medios documentales.
Observación. Si por ejemplo, indica tener quince (15) años de experiencia, así deberá detallarlo en el cuadro de la declaración, caso contrario se considerarán los años consignados y revisados en el cuadro.
- Es indispensable considerar lo establecido en los artículos 49 de la Ley General de Contratación Pública y 126 de su Reglamento.
“…Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista…”.
Por tal motivo, se deberá presentar una declaración jurada acerca del conocimiento y consentimiento para formar parte del equipo de la Persona Oferente, ver Anexo 2.
Con base en lo anterior, el INAMU a través de la Persona Administradora del contrato, se reserva el derecho de realizar las verificaciones correspondientes e indicarlo expresamente en la Revisión y Análisis Técnico.
Importante. La persona oferente que incumpla con estos requisitos será descalificada.
El INAMU se reserva el derecho de verificar y comprobar la información y documentación suministrada en cualquier etapa del proceso.
- Sistema de valoración de ofertas.
Las ofertas recibidas se procederán a evaluar siempre y cuando hayan cumplido todos los requerimientos legales, financieros, técnicos, de cumplimiento obligatorio y cualquier otro especificado en este Pliego de condiciones.
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Descripción |
Puntaje |
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5.1. Monto de la oferta. Precio.
A la persona oferente que cotice el menor precio, se le asignará la totalidad de puntos indicada en este apartado; a las demás ofertas se les aplicará la regla de tres simple inversa fundamentada en una relación de proporcionalidad, según la fórmula establecida en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP. |
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60 |
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Descripción |
Puntaje |
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5.2. Postgrados de la persona designada como coordinadora del equipo.
La persona designada como coordinadora del equipo que posea un postgrado en Administración de Proyectos se calificará de la siguiente manera. |
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10 |
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5.2.1. Maestría.
5.2.2. Estudios estadísticos postgrado en población.
Para comprobar este requisito, la persona oferente deberá aportar los certificados académicos correspondientes. |
5
10 |
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5.3. Experiencia en el Sector Público de la persona designada como coordinadora del equipo.
La persona designada como coordinadora del equipo deberá poseer experiencia debidamente comprobada y demostrada de manera específica en consultorías en proyectos brindados a instituciones del Sector Público, en donde haya levantado, actualizado indicadores de desempeño, evaluación de desempeño, de conformidad con los lineamientos de MIDEPLAN en concordancia con la Ley Marco de Empleo Público.
La experiencia puede ser en alguno de los siguientes campos.
a. Gestión del Desempeño.
b. Gestión de la Calidad.
c. Elaboración de manuales.
d. Lineamientos y/o Políticas de Evaluación del Desempeño Institucional en relación con el Componente Competencial.
e. Elaboración de indicadores de Productos.
f. Gestión y/o Teoría del Programa.
Los trabajos relacionados con esta experiencia deben haber sido elaborados después del año 2020. Se calificará de la siguiente manera. |
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20 |
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5.3.1. De tres (3) hasta cuatro (4) trabajos.
5.3.2. Cinco (5) o más trabajos.
Para comprobar y demostrar la experiencia descrita, se deberá presentar una declaración jurada, misma que podrá observarse en el Anexo 1. Adaptar el texto.
Observación. Si por ejemplo, indica tener quince (15) años de experiencia, así deberá detallarlo en el cuadro de la declaración, caso contrario se considerarán los años consignados y revisados en el cuadro. |
10
20 |
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Descripción |
Puntaje |
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5.4. Criterio Social.
Como una acción afirmativa por parte del INAMU y en procura de incentivar buenas prácticas laborales y la empresariedad en favor de las mujeres, es requisito cumplir con al menos uno (1) de los siguientes elementos.
5.4.1. Sí la persona física oferente es una mujer.
5.4.2. Sí la Representante Legal de la empresa es una mujer.
5.4.3. En caso de ofertas en consorcio o conjunto, siendo que la cantidad de representantes es impar y existe mayoría de mujeres, se otorgará la totalidad de puntos. Ahora bien, sí la cantidad de representantes del consorcio es par y la mitad son mujeres, se otorgará la mitad de los puntos.
5.4.4. Demostrar mediante el aporte de una declaración jurada indicando que el personal contratado está compuesto por al menos el 50% de mujeres, en la misma se deberá detallar el nombre, apellidos y número de cédula de las mujeres, también será necesario que adjunten las planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social de los últimos tres meses. |
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10 |
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Total |
100 |
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- Observaciones con respecto al precio de las ofertas. Aplica para todas las Partidas.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto sea inferior al monto presupuestado pero la diferencia no supera el quince por ciento (15%), se considerará para evaluación.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto sea inferior al monto presupuestado pero la diferencia supera el quince por ciento (15%), se considerará ruinosa y se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso a) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado pero la diferencia no supera el quince por ciento (15%), y si la Administración cuenta con recursos adicionales al presupuestado, se considerará la oferta para evaluación.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia no supera el quince por ciento (15%), pero si la Administración no cuenta con recursos adicionales al presupuestado, se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso c) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia supera el quince por ciento (15%), pero la Administración no cuenta con recursos adicionales, dicha oferta no será considerada.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia supera el quince por ciento (15%), pero la Administración cuenta con recursos adicionales al presupuestado, y no existen otras ofertas en mejor posición, se considera conveniente contemplar la oferta y se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Plazo y términos de entrega.
- Se estima como tiempo máximo de ejecución de esta contratación hasta un total de nueve (9) semanas naturales, contados a partir la fecha de ejecución que se consignará en el contrato de SICOP por parte de la Personas Administradora de contrato, según los productos descritos.
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Etapas |
Plazo máximo aceptado |
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Producto 1.
Plan de trabajo y cronograma. |
Inicia la primera semana, entregando la segunda. |
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Producto 2.
Informe con los resultados de la sistematización de la normativa, con la propuesta de los factores de medición. |
Inicia durante la segunda semana, entregando la tercera. |
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Producto 3.
Revisión y/o propuesta de mejora de los factores de evaluación del sistema institucional para que comprender el cálculo de la evaluación de desempeño, la inclusión de la medición de los indicadores de desempeño con el fin que se analicen los parámetros a evaluar, comprender la relación con metas individuales. |
Inicia la tercera semana, entregando la cuarta. |
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Producto 4.
Realizar una revisión y/o actualizar el diccionario de competencias, elaborar el manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial. |
Aproximadamente inicia en la semana quinta, entregando la sexta. |
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Producto 5.
Realizar una revisión de los productos de cada proceso, así como los indicadores de producto y de gestión, según la matriz estratégica y indicadores de procesos sustantivos y los indicadores de los procesos de gestión y elaborar los indicadores de desempeño. (Ficha matriz trazabilidad del desempeño) |
Aproximadamente inicia en la sétima semanas, entregando la semana ocho. |
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Etapas |
Plazo máximo aceptado |
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Producto 6.
Documento final.
· Presentación de resultados para la validación del Sistema de Indicadores · Catálogo de programas e indicadores vinculando los indicadores de desempeño. · · Diccionario de competencias actualizado. · Manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial. |
Aproximadamente inicia en la octava semana, finalizando la nueve. |
- Cronograma de actividades.
La persona oferente presentará un cronograma de actividades en Project y/o Excel en formato editable de manera que el la Persona Administradora del contrato pueda validar los plazos señalados, el cronograma debe contener todos los productos antes descritos y cualquier otra que considere necesario detallar de manera que permita analizar su contenido, cada etapa debe explicarse de manera que le permita a la Persona Administradora del contrato verificar el cumplimiento técnico de los aspectos abordados en el apartado de requerimientos técnicos.
- Recepción provisional.
La persona contratista deberá gestionar formalmente la recepción provisional de los servicios a través de la plataforma de SICOP, en concordancia con los productos establecidos de pago. La Persona Administradora del contrato dispondrá de quince (15) días hábiles para efectuar la recepción provisional de los servicios mediante la correspondiente acta levantada en el acto.
Se entenderá posible la recepción provisional siempre y cuando los servicios contratados se encuentren en un nivel aceptable de finalización, faltando solamente detalles o correcciones de defectos menores, a juicio de la supervisión, que deberán consignarse en un acta, incluyendo cualquier modificación aprobada.
La consignación de los detalles en el acta de la recepción provisional no exime de la responsabilidad de la persona contratista de cualesquiera otros detalles inadvertidos y no señalados en dicho documento, dado que es obligación ineludible de la persona contratista que los servicios se entreguen a entera satisfacción.
- Recepción definitiva.
Si al momento de la recepción provisional, la Persona Administradora del contrato determina que los servicios están completamente terminados sin que falte detalle alguno, podrá realizar la recepción definitiva del proyecto de acuerdo con la orden de pedido emitida con anterioridad, mediante la correspondiente acta la cual debe ser firmada por la Persona Administradora del contrato y la persona contratista. La Persona Administradora del contrato determinará la fecha dispuesta para la recepción definitiva de las obras. Para ello, dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles contado a partir de la recepción provisional para efectuar la recepción definitiva, mediante la correspondiente acta.
- Procedimientos de control de calidad.
Reuniones de seguimiento. Como procedimiento de calidad, la Persona Administradora del contrato establecerá las reuniones de seguimiento, con el fin de conocer los avances para la entrega de los productos establecidos.
- La entrega del objeto contractual no significa el recibo conforme de la Institución en cuánto a su calidad y características. Una vez ingresado, la Persona Administradora de Contrato verificará que el mismo coincida con las especificaciones solicitadas y lo adjudicado.
- Forma de pago.
El pago se realizará en colones costarricenses y dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del objeto contractual. La o las facturas deben contar con el recibo a satisfacción de la Persona Administradora del contrato, a su vez deben cumplir con los requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación Directa, obsérvese lo señalado en el Apartado II. Condiciones Generales, Punto 5. Requerimientos adicionales.
Se autorizan los pagos parciales según avance del servicio, la persona contratista entregará el servicio el cual tendrá un recibido a conformidad que puede ser un visto bueno en el sistema de cuentas por pagar, oficio, o acta de recepción parcial, todo de acuerdo con los términos de este pliego de condiciones.
La forma de pago se detalla en las siguientes tablas, de acuerdo con la entrega de cada uno de los productos establecido en el Apartado 11 Plazo y términos de entrega, los mismos deben haber sido aprobados por la Persona Administradora de contrato y demostrables mediante informes técnicos. El proceso debe realizarse por la plataforma de compras públicas SICOP.
|
Producto |
Porcentaje de pago |
|
1 y 2. Plan de trabajo y cronograma, informe con los resultados de la sistematización de la normativa, con la propuesta de los factores de medición. |
5 |
|
3. Revisión y/o propuesta de mejora de los factores de evaluación del sistema institucional para que comprender el cálculo de la evaluación de desempeño, la inclusión de la medición de los indicadores de desempeño con el fin que se analicen los parámetros a evaluar, comprender la relación con metas individuales. |
10 |
|
4. Realizar una revisión y/o actualizar el diccionario de competencias, elaborar el manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial. |
20 |
|
5. Realizar una revisión de los productos de cada proceso, así como los indicadores de producto y de gestión, según la matriz estratégica y indicadores de procesos sustantivos y los indicadores de los procesos de gestión y elaborar los indicadores de desempeño. (Ficha matriz trazabilidad del desempeño). |
40 |
|
6. Documento final. Presentación de resultados para la validación del Sistema de Indicadores. Catálogo de programas e indicadores vinculando los indicadores de desempeño. Diccionario de competencias actualizado. Manual, lineamiento y/o política de la evaluación de desempeño institucional en relación con el componente competencial. |
25 |
|
Total |
100 |
A continuación, se detallan los datos para la facturación electrónica.
|
Nombre del Negocio |
INAMU |
|
Razón Social |
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES |
|
Número cédula jurídica |
3007075876 |
|
Actividad económica |
Código 751101 - Actividades de la Administración Pública en general |
|
Direcciones de correo electrónico para enviar la factura electrónica |
|
|
Nombre completo la persona Representante Legal |
Carolina Delgado Ramírez |
|
Número de cédula, persona Representante Legal |
0107850917 |
|
Dirección Exacta |
Costa Rica, San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, costado oeste del Mall San Pedro, complejo de edificios SIGMA, Torre A. |
|
Persona encargada de trámites de pago |
Andrea Solís Pérez / asolis@inamu.go.cr |
|
Teléfonos |
25278400 / 25278430 |
En caso de empate en el puntaje total entre dos o más ofertas, se considerarán los siguientes criterios de desempate.
- Primer criterio.
En caso de empate en el puntaje total entre dos o más ofertas, se adjudicará la oferta que demuestre ser una Cooperativa o una Pequeña y Mediana Empresa (PYME), para ello se asignará la siguiente puntuación adicional.
- Cooperativa o PYME de industria cinco (5) puntos.
- Cooperativa o PYME de servicio o agropecuaria cinco (5) puntos.
- Cooperativa o PYME de comercio dos (2) puntos.
- De persistir el empate entre Cooperativas o PYMES, se definirá mediante rifa, por tanto, la Proveeduría Institucional invitará a las personas oferentes empatadas para participar de dicho acto.
El puntaje se otorgará a la persona oferente que en su registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP y/o en su oferta señale que es una cooperativa, se le comprobará dicha condición mediante la presentación de la personería jurídica vigente respectiva emitida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo.
El puntaje se otorgará a la persona oferente que en su registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP y/o en su oferta señale que es una pequeña o mediana empresa, se le comprobará dicha condición por los medios que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio disponga al efecto.
En ambos casos, deberán cumplir con los parámetros establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas.
- Segundo criterio.
De persistir el empate, se considerará la oferta que cuente con algunos de los siguientes procesos que se desarrollan por parte del INAMU en el marco de la Estrategia de Igualdad de Género en el empleo. Se otorgarán puntos adicionales en los siguientes casos.
- Dos (2) puntos adicionales a quienes hayan recibido el curso denominado “Introducción a la perspectiva de género y sus implicaciones en el ámbito laboral”.
El INAMU entrega a cada participante un certificado al concluir con los requisitos del curso.
- Cuatro (4) puntos adicionales a quienes hayan obtenido un Reconocimiento en el Programa de Reconocimiento de Buenas Prácticas para la Igualdad de género en el Empleo.
- Seis puntos (6) adicionales a la empresa que se encuentre certificada en la Norma INTE G38- 1 y tenga el Sello Bronce de INAMU.
- Ocho (8) puntos adicionales a la empresa que se encuentre certificado en la Norma INTE G38- 2 y tenga el Sello Plata de INAMU.
- Diez (10) puntos adicionales a la empresa que se encuentre certificado en la Norma INTE G38- 3 y tenga el Sello Oro de INAMU.
La información detallada de cada uno de estos procesos, la pueden encontrar en la siguiente dirección de internet.
https://www.inamu.go.cr/web/inamu/nuestros-programas;jsessionid=8B560AEEBA590208637D5A12D35DB029
Importante. Para su comprobación deberá presentar junto con la oferta, el certificado correspondiente que, en todos los casos, les debe ser expedido por el INAMU.
- Tercer criterio.
Si el empate se mantiene, se adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto en los factores establecidos en el Sistema de evaluación, de acuerdo con el siguiente orden.
- Años de experiencia de la persona oferente, en el orden detallado en el Sistema de evaluación.
- Criterio Social.
- Cuarto criterio.
En caso de que el empate se mantenga, la contratación se adjudicará mediante rifa, por tanto, la Proveeduría Institucional invitará a las personas oferentes empatadas para participar de dicho acto.
- Recursos Temerarios.
La Administración procederá con multas por la presentación de recursos temerarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 de la Ley General de Contratación Pública.
Recursos de Revocatoria.
De un uno por ciento (1 %) del monto del umbral de la Licitación Reducida.
En todos los casos, la multa podrá ser interpuesta cuando, al atender un recurso de revocatoria, se determine que la persona recurrente actúa con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales.
La actuación se entenderá temeraria cuando la persona recurrente abusa ejercitando acciones totalmente infundadas y, de mala fe, cuando esta alegue hechos contrarios a la realidad.
Procedimiento para imponer la multa según lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley General de Contratación Pública.
Previo a imponer la multa, la Administración, dará audiencia por cinco (5) días hábiles a la persona recurrente dando el traslado de cargos respectivo con indicación de la posible multa y el consecuente cobro, a fin de que la persona recurrente se manifieste al respecto, sin que sea posible cuestionar lo resuelto en cuanto al recurso de revocatoria presentado.
Contestada la audiencia, se resolverá lo que corresponda, en los cinco (5) días hábiles siguientes, mediante acto motivado.
- Disposiciones de Ley.
Para lo no previsto en el presente pliego de condiciones, regirán las condiciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como en la Ley de Derechos de Autor, cuando proceda.
- Consultas y aclaraciones.
Deben realizarse a través del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, obsérvese en Detalles del concurso. Apartado [ 2. Sistema de Evaluación de Ofertas ]. [ A. Aclaración ].
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas y Fe de erratas 1.
- Condiciones Generales.
- Presentación de Ofertas.
- Para aquellas personas físicas o jurídicas que deseen presentar su oferta en consorcio, se indica lo siguiente.
- Ofertas en consorcio.
- Podrán participar dos o más personas físicas y/o jurídicas reunidas en acuerdo de Consorcio.
Para tal efecto deberán acreditar, ante la Administración y en los documentos que conforman la Oferta, la existencia de un acuerdo de Consorcio con las formalidades exigidas en el Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- Una empresa o persona física oferente solo podrá participar en un consorcio para esta contratación. De recibirse para este proceso varias ofertas en las cuales aparezca una misma persona formando parte del consorcio, dichas ofertas serán excluidas del proceso.
- Los requisitos de admisibilidad pueden ser demostrados por una sola de las empresas o personas integrantes del consorcio.
- Cumplir con lo dispuesto en los artículos del 125 al 131 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- La persona oferente deberá presentar el listado de subcontrataciones y arrendamientos en caso de que corresponda. La persona oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, salvo que la Institución autorice un monto mayor. En todo caso, la subcontratación no relevará a la persona contratista de su responsabilidad.
- Junto con la propuesta se debe aportar un listado de las personas y empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de las personas representantes legales de aquellas, la certificación de la Caja Costarricense de Seguro Social y las respectivas declaraciones juradas de causal de prohibiciones. Todas las personas y empresas subcontratadas también deben de cumplir con los requerimientos legales y formales solicitados a la persona oferente.
- En caso de que en la fase de ejecución se modifique el listado de subcontratistas, se deberá reportar con la antelación debida a la Persona Administradora del contrato, a fin de que ésta verifique lo previsto en el párrafo anterior en cuanto al régimen de prohibiciones.
- Documentos obligatorios.
- Sí la persona oferente es una empresa, debe presentar una declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones. Para ello deberá completar la información que se presenta al final de este documento y adjuntarla según lo descrito en el punto 4.3.
- Adicional al punto anterior, se requiere la presentación de la certificación de personería jurídica sea ésta emitida por el Registro Nacional o bien por una persona Notaria Pública, en caso de ser notarial o protocolizada, deberá cumplir con todos los requisitos que solicita la Dirección Nacional de Notariado.
Debe tomarse en cuenta que la certificación registral tiene como validez quince días naturales desde la emisión y la notarial mantendrá por el plazo de un mes a partir de su expedición. Aportar dicho documento según lo que se indica en el punto 4.3.
- Se deberá aportar la constancia de la póliza contra riesgos del trabajo, que se encuentre vigente y al día. Lo anterior con base en lo indicado en los artículos 193, 201 y 202 del Título IV del Código de Trabajo. También que las Labores Amparadas sean pertinentes y afines con el objeto contractual.
Adicionalmente y cuando corresponda, en el caso de Proyectos de Construcción o Remodelaciones, una vez adjudicada en firme, deberán aportar la certificación de la Póliza contra Riesgos del Trabajo debidamente asociada al proyecto adjudicado. Ver el punto 4.3.
- Se deberá aportar el certificado correspondiente al Permiso de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, de acuerdo con lo que establece la Ley N° 5395, Ley General de Salud. La forma en que se deberá aportar este permiso se describe en el punto 4.3.
- Se deberá aportar el certificado correspondiente a la licencia municipal, según lo establecido en la Ley N° 7794, Código Municipal, además del comprobante que demuestre estar al día con el pago de los impuestos municipales. Tales documentos serán aportados de acuerdo con la indicación señalada en el punto 4.3.
- Haciendo referencia a los tres Ítems anteriores, en caso encontrarse exento o exenta de la presentación de estos requisitos, se deberán presentar los documentos que demuestren la no obligatoriedad de cumplir con los mismos. Estos documentos deberán ser emitidos por el Instituto Nacional de Seguros, Ministerio de Salud y la Municipalidad correspondiente.
- Resumen de los documentos y la forma ordenada en que se deben presentar.
Se requiere la presentación de un solo documento en con las páginas numeradas, tamaño carta y en posición vertical, en las que se deberán aportar cada uno de los siguientes documentos en estricto orden, una página para cada uno de ellos.
- Detalle económico de la oferta, vigencia de la oferta y la Estructura de Precios conforme lo solicitado en el punto 8.
- Declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones que se indica en el punto 4.2.1.
- Certificación de personería jurídica que se menciona en el punto 4.2.2.
- La constancia de la póliza contra riesgos del trabajo detallada en el punto 4.2.3.
- El Permiso de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud según lo solicitado en el punto 4.2.4.
- La licencia municipal y el comprobante que demuestre estar al día con el pago de los impuestos municipales, lo anterior según lo solicitado en el punto 4.2.5.
Las constancias que indican estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, FODESAF y la Situación Tributaria de la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, no son necesarias ya que nuestra Institución realiza estas verificaciones en línea y en tiempo real.
- Requerimientos adicionales.
- El trámite de pago se realizará de acuerdo con lo establecido por la Dirección General de Tributación Directa, mediante la presentación de la Factura Electrónica al correo electrónico facturaselectronicas@inamu.go.cr
Con base en lo antes indicado y de manera previa, la persona contratista deberá realizar dos trámites por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP en coordinación con las Personas Administradoras del contrato, la Solicitud de Recepción y posteriormente la Solicitud de Pago.
Es importante tomar en cuenta que, durante todo el periodo de ejecución contractual, la persona contratista debe estar al día con todo tipo de impuestos, tributos y obligaciones, además de la Póliza contra Riesgos del Trabajo, por lo que el INAMU a través de la Persona Administradora de contrato se asegurará que esta condición se mantenga previo a tramitar los pagos.
Sí por algún motivo no se pudiera realizar tales verificaciones en las páginas web de las instituciones y no se pueda demostrar que la persona contratista se encuentra al día, se le solicitará una declaración jurada en la que realice tal aseveración.
Importante. Estos trámites poseen carácter de imperativo legal (así indicado en la Circular MH-DcoP-CIR-0031-2024 de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda).
De no completarse las gestiones en SICOP, no se tramitará el pago.
- De conformidad con el artículo 24 de la Ley de Creación del Instituto Nacional de las Mujeres Nº 7801, el precio no debe incluir impuestos, salvo aquellos que corresponda cancelar directamente a la persona oferente.
El inciso b) del citado artículo señala, “El Instituto tendrá los siguientes beneficios: (…) b) Exoneración de tributos e impuestos nacionales, directos e indirectos…”.
Se exceptúa de tal exoneración, el Impuesto al Valor Agregado IVA, de acuerdo con lo que establece la Ley 9635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, por lo que las ofertas que se presenten deberán incluir el IVA.
El pago de esta contratación podría estar sujeto a retención del Impuesto sobre la Renta, según lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso que la persona contratista no cumpla con lo establecido en el pliego cartelario y tampoco proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, se procederá con el cobro del uno por ciento (1%) del valor total adjudicado por cada día de atraso, hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%), momento en el que se tendrá por definitivo el incumplimiento de esta contratación, posteriormente se procederá con la valoración de posibles daños y perjuicios y la resolución del contrato.
Cláusula penal. Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas y Fe de erratas 1. 6. Multas y cláusulas penales.
Documentos del cartel8
- AnexoPDF · 911 KB
- Especificaciones complementariasDOCX · 328 KB
- AnexoPDF · 307 KB
- AnexoPDF · 952 KB
- AnexoPDF · 4 MB
- AnexoXLSX · 758 KB
- AnexoPDF · 61 KB
- Fe de ErratasPDF · 317 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ninotchka Benavides Badilla
Dirección Administrativa Financiera
Ninotchka Benavides Badilla
Dirección Administrativa Financiera
Allan Ramos Bolaños
Encargado del concurso · Proveeduría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 23:53. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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