2026XE-000683-0000400001 · SICOP 20260802841
S.E-Contratación Directa Escasa Cuantía-Adquisición Servicio alquiler compactadora rodillo simple 8 ton -12 ton y Transporte Reconstrucción LT Cañas-Guayabal/PE/GE-299/DISA
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡48,5 millones. Se recibieron 6 ofertas de 6 empresas el 07/09/2026. La más baja fue de Inversiones Armesa, ₡44,4 millones (8,5 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡48,5 millones
Ofertas recibidas
6
de 6 empresas
Oferta más baja
₡44,4 millones
8,5 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó27/08/2026 10:20 · hace 45 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- de ofertas07/09/2026 07:30 · hace 34 días
- (plazo máximo)≈ 21/09/2026 · hace 20 días
1 recibidas, 0 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Condiciones específicas: texto modificado
Nota de la institución. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Alquiler de Compactadora Rodillo Simple de 8 T a 12 T1 408 · ₡47 731 200,001 408₡47 731 200,00
- Servicio de Traslado de Equipo1 · ₡809 833,331₡809 833,33
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡41,3 millones – ₡48,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 8 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,69 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Inversiones Armesa | 100 | 100 |
| Constructora Vargas a y e de Cartago | 97,74 | 97,74 |
| Maquinaria Kylcsa | 95,36 | 95,36 |
| Desplazamientos de Tierra Mosaju | 91,47 | 91,47 |
| Arrendadora Conpesa | 85,93 | 85,93 |
| Constructora Fairuza | 84,83 | 84,83 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente deberá aportar las declaraciones juradas, donde declare lo siguiente:
DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICACIONES
- El oferente debe presentar las declaraciones juradas que se adjuntan en el Anexo en PDF llamado “Declaraciones juradas y certificaciones".
REQUISITOS DEL OFERENTE
El oferente deberá presentar su propuesta económica con la información requerida del cartel.
Se deberá acreditar el derecho de utilización o libre disposición del equipo mediante cualquiera de los siguientes documentos:
- Título de propiedad
- Declaración Única Aduanera (DUA)
- Escritura pública de compraventa
- Factura comercial
- Documento que demuestre fehacientemente la libre disposición del equipo.
Adicionalmente, todos los oferentes deberán presentar obligatoriamente:
- Revisión Técnica Vehicular vigente
La documentación presentada debe estar vigente al momento de la apertura de las ofertas y mantenerse actualizada durante toda la ejecución contractual en caso de resultar adjudicatario.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO
2.1.1 Descripción del Servicio
El presente concurso consiste en la contratación de:
- Partida 1 Línea 1: Servicio de compactadora rodillo simple de 8 t a 12 t (Servicio requerido por 1408 horas).
- Partida 1 Línea 2: Servicio de traslado de equipo (ida y vuelta).
2.1.2 Condiciones de Operación
La operación del equipo que brinde el servicio se realizará en condiciones de terreno variado que incluyen:
• Caminos asfaltados
• Caminos lastrados
• Condiciones de barro en algunos sectores
• Pendientes de hasta 15 grados
• Terrenos con posible presencia de rocas y obstáculos
• Condiciones climáticas variables propias de la zona
2.2. REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO
2.2.1. Ubicación y Base de Operaciones
Zona de operación: Todos los servicios solicitados en las partidas de este Cartel son para Proyecto Línea de Transmisión Cañas-Guayabal, según ubicaciones adjuntas en el Anexo “Ubicaciones de torres LT Cañas Guayabal” y zonas aledañas a las ubicaciones indicadas.
- Horario de Servicio.
- Horario establecido regular para la ejecución contractual: hasta 12 horas por día, en jornada diurna.
- Modalidad de trabajo: según coordinación con el ICE, bisemanal 10 días consecutivos de trabajo y 4 días de descanso (10/4).
- Tiempo mínimo a pagar: 6 horas diarias acumulativas por día habilitado y solicitado para la prestación del servicio
- Uso estimado diario: 8 horas de horario establecido para la prestación del servicio, 7 de uso estimado.
2.2.3. Disponibilidad Mínima Requerida
Disponibilidad mínima requerida: 75% de índice de disponibilidad durante la ejecución del contrato.
El Índice de Disponibilidad, determina la eficacia del contratista para brindar el servicio.
Cuando no se logre cumplir con la disponibilidad mínima, se puede optar por realizar los trámites para sustitución del equipo.
Para calcular la disponibilidad se utilizará la fórmula indicada en el cálculo de pago en el apartado 1.6.2 de las Condiciones Generales.
2.2.4. Coordinación del Servicio
El Administrador del Contrato realizará la solicitud de servicio al contratista con 5 días hábiles de anticipación, indicando:
- Fecha y hora de inicio del servicio
- Ubicación específica donde se requiere el servicio
- Duración estimada del servicio
- Tipo de trabajo a realizar
Cualquier otra información relevante para la prestación del servicio
El contratista deberá confirmar la recepción de la solicitud y la disponibilidad del equipo dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la solicitud.
2.2.5. Comunicación
Mantener una comunicación efectiva y constante, por vía formal de SICOP, electrónica (correo electrónico), telefónica y presencial mediante la comunicación de campo, garantizando la adecuada coordinación entre el Administrador de Contrato y el Contratista durante toda la ejecución contractual.
2.2.6. Condiciones de Trabajos
Adaptable para los requerimientos de conformación de los caminos a intervenir y las necesidades del proyecto.
2.3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL EQUIPO
Ítem 1: SERVICIO DE ALQUILER DE COMPACTADORA RODILLO SIMPLE DE 8 t A 12 t
- Tipo: Compactadora rodillo simple de 8 t - 12 t.
- Modelo Entre 2010 y 2026.
- Potencia del Motor: No menor a 87 kW (medida según norma ISO 9249 SAE J1349).
- El equipo deberá contar con una potencia máxima no menor que 87kW.
- El equipo deberá contar con transmisión de tipo hidrostática la cual propulse el eje trasero y el tambor delantero, de tal manera que cuente con tracción en ambos ejes.
- El equipo deberá contar con al menos dos velocidades de traslación.
- El equipo deberá contar con tambor de compactación de superficie lisa, internamente equipado con sistema de contrapesas propulsadas por sistema hidrostático, el cual cumpla la función de compactación dinámica.
- El equipo deberá contar función de compactación de alta y baja amplitud.
- El equipo deberá contar con función de compactación de alta y baja frecuencia.
- El servicio incluye abastecimiento de combustible.
Dentro de la oferta adjuntar la siguiente información, en el siguiente formato:
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EQUIPO |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
PLACA |
CAPACIDAD |
POTENCIA en (kW) |
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Ítem 2: SERVICIO DE TRASLADO DE EQUIPO
Consiste en realizar el traslado de la maquinaria ofertada desde su ubicación hasta el sitio del proyecto, así como los traslados internos que requiera el Proyecto. Dicho servicio deberá realizarse con un semirremolque cama baja según las características de la retroexcavadora. Esto según las normas de seguridad y legislación vigente para el traslado de cargas.
2.3.1 Especificaciones técnicas a evaluar en campo
- Sistemas de Seguridad
- Estructura de protección contra vuelcos (ROPS).
- Cinturón de seguridad.
- Sistema de alarma sonora de retroceso y giro (entre 60 decibeles e inferior a 80 decibeles).
- Luces delanteras y traseras en perfecto estado
2.3.3 Especificaciones de Mantenimiento
2.3.3.1 Condiciones Mecánicas
- Sistemas mecánicos en óptimas condiciones
- Sin fugas de aceites, combustible o refrigerante
- Sistemas de seguridad funcionales
2.3.2.2. Equipamiento Obligatorio
- Extintor
- Kit de primeros auxilios.
- Foco
- Triángulos o conos reflectivos
- Cables para pasar corriente
- Kit para contención de derrames
2.3.3. Mantenimiento y Atención de Averías
2.3.3.1. Los mantenimientos y atención de averías en los equipos se deberán atender en el campo, pero fuera de las instalaciones del ICE, los plazos máximos para responder a las respectivas comunicaciones para mantenimiento serán los siguientes:
- Atención a mantenimientos rutinarios: 16 horas hábiles
- Diagnóstico técnico de averías: 8 horas hábiles a partir de la notificación (incluye la llegada del técnico al campo hasta el diagnóstico en firme).
- Reparación con repuesto nacional: 16 horas hábiles (desde el diagnóstico hasta la puesta en marcha satisfactoria del equipo), con posibilidad de extenderse hasta 3 días hábiles con justificación y aprobación por parte del ICE.
- Reparación con repuesto importado: 14 días hábiles (extensible hasta 22 días hábiles con justificación y aprobación por parte del ICE).
2.3.3.2. Equipo de Reemplazo
Obligación de proporcionar equipo de reemplazo si no se cumplen plazos, previa notificación, cumplimiento de los requerimientos y requisitos contractuales y aprobación por parte del ICE
2.3.3.3. Sistemas y Componentes a Mantener
Los elementos se verificarán al momento de presentar el equipo para el inicio del contrato; el ICE se reserva el derecho a verificar en cualquier momento de la ejecución del contrato. La falta de cualquiera de estos sistemas y componentes se categorizará según el anexo F01-CSCON-SST-12-02, donde las faltas tipo A* corresponden a faltas que definen el equipo en avería.
2.3.3.3.1 Sistema de Frenos
- Sistema de aire y válvulas en óptimas condiciones
- Ausencia de fugas en el sistema hidráulico
- Pastillas, y zapatas o tambores y discos dentro de las tolerancias del fabricante
- Actuadores de estacionamiento funcionales
2.3.3.3.2 Sistema de Dirección
- Caja de dirección sin fugas
- Bomba hidráulica en buen estado
- Alineación y balanceo al día
- Rótulas y terminales en buen estado
2.3.3.3.3 Sistema Eléctrico
- Luces completas funcionales
- Batería en buen estado
- Arranque y alternador funcionando
- Tablero de instrumentos operativo
2.3.3.3.4 Sistema de Suspensión
- Amortiguadores en buen estado
- Muelles sin fisuras
- Bujes y rotulas sin desgaste
- Barras estabilizadoras funcionales
2.4. REQUERIMIENTOS DE REUBICACIÓN DEL SERVICIO
- El ICE tendrá la potestad de reubicar el equipo contratado, de acuerdo con sus necesidades, preferentemente los equipos se mantendrán en las zonas de referencia indicadas.
- Ante situaciones emergentes, y mediante la notificación escrita correspondiente, con un plazo de 3 días hábiles por parte de la Administración, se podrán reubicar el equipo contratado.
- El costo de operación por la reubicación será estudiado y aprobado por la Administración según lo establecido en el Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, en lo que respecta a reajuste de precios.
2.5. CONSIDERACIÓN DE COSTOS PARA LA OFERTA CANTIDAD DEFINIDA
El Oferente deberá contemplar e incluir en su propuesta económica la totalidad de los costos asociados a la ejecución del contrato bajo la modalidad cantidad definida, que comprenderán:
- Tarifa del servicio (precio total del servicio para las horas requeridas).
- Tarifa por el servicio del traslado del equipo (precio total del servicio ida y vuelta)
- Suministro de combustible, operación y demás insumos necesarios para la correcta operación y funcionamiento del equipo destinado a la prestación del servicio.
- Ejecución de mantenimientos preventivos y correctivos del equipo utilizado, garantizando su óptimo estado y funcionamiento durante toda la vigencia del contrato.
- Consumibles y el desgaste normal del equipo que brinda el servicio.
- Costos de disponibilidad del equipo para atender las solicitudes del ICE
- Costos administrativos asociados a la coordinación para la prestación del servicio según la modalidad contractual.
- Cualquier otro costo relacionado con la prestación del servicio según la modalidad contractual.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1.1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente contratación tiene por objeto la contratación del Servicio de alquiler de compactadora rodillo simple de 8 t - 12 t y el servicio de Traslado de Equipo, para la realización de trabajos en el en el Proyecto Línea de Transmisión Cañas-Guayabal, con el fin de satisfacer las necesidades operativas del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Servicio de Traslado de Equipo: Este servicio consiste en realizar el traslado de la maquinaria ofertada desde su ubicación hasta el sitio del proyecto, así como los traslados internos que requiera el Proyecto (ida y vuelta), cumpliendo con toda la normativa de transporte aplicable y las medidas de seguridad correspondientes.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato la Dirección de Infraestructura y Servicios Asociados incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la Dirección de Infraestructura y Servicios Asociados se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento de modificaciones presupuestarias.
El monto total estimado es de: 48 541 033,33 CRC para el periodo 2026.
1.2. CRITERIOS SOSTENIBLES
El oferente debe presentar una declaración jurada indicando que cumple con los criterios sociales y criterios ambientales expuestos en los siguientes puntos:
1.2.1. Criterios Sociales
Con la propuesta económica se debe presentar la siguiente declaración Jurada Igualdad y equidad de género:
a) Que se compromete a asegurar que exista equidad salarial entre hombres y mujeres que desempeñan roles similares y que todos los beneficios laborales estén disponibles de manera equitativa para todos los empleados, independientemente de su género.
1.2.2. Ingreso a Instalaciones ICE
El personal del contratista adjudicado, al momento de presentarse al ICE para cualquier actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
a) Que se acepta y compromete a que el personal del contratista, al momento de presentarse al ICE para cualquier actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
1.2.3. Cumplimiento de la Normativa Ambiental
De acuerdo con el Anexo: Disposiciones ambientales Contratistas Maquinaria y Equipo.
a) Que conocen y aceptan implementar y cumplir la Ley de Tránsito 7331 y sus modificaciones, de modo que el ruido y la producción de gases de la combustión, no sobrepasen los límites establecidos. Incluye además del buen estado del motor, la transmisión, frenos y la carrocería.
b) Que conocen y aceptan implementar y cumplir los lineamientos ambientales que estipula la gestión adecuada de los residuos producidos por el contratista es responsabilidad propia, por lo que no se permite la disposición ni el abandono de dichos residuos en los sitios de obra del proyecto o área que recibe el servicio, por lo que, los mismos deben ser retirados del lugar. No se permitirá enterrarlos, ni quemarlos ni tirarlos al suelo o cuerpos de agua y zonas de protección. Esto mismo aplica para el caso de sustancias peligrosas. Los residuos peligrosos que se generen producto de la atención de una fuga o derrame de sustancias peligrosas deberán entregarse a cada obra, según se establezca internamente. El personal del contratista deberá hacer uso correcto de los recipientes, contenedores o aparatos ubicados en los sitios de trabajo, para disponer los residuos que generen producto de las actividades atendidas para la obra área que recibe el servicio.
c) Que conocen y aceptan implementar y cumplir los lineamientos ambientales que estipula que el mantenimiento de los equipos se deberá hacer en sitios externos a las instalaciones del ICE. La única excepción donde se puede hacer el mantenimiento en sitio es en caso de desperfecto mecánico o fuga en sitios autorizados. En este caso, se deben usar dispositivos como bandejas, piscinas portátiles, granulado, tapetes y calcetas absorbentes para contener cualquier derrame producto del mantenimiento por dichas contingencias. Es terminantemente prohibido lavar vehículos, herramientas en ríos y quebradas, o dentro de las instalaciones de la obra.
1.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1.3.1. Documentación del Operador
1.3.1.1. Requisitos del Operador
El Contratista debe garantizar que el operador del equipo para la prestación del servicio cumpla con los siguientes requisitos:
- Contar con cédula vigente, sí el operador no es nacional, cédula DIMEX (Documento de Identidad de Migración y Extranjería).
- Licencia vigente para la operación del equipo requerido (licencia tipo D3).
- Experiencia de 2 años operando equipos similares, lo cual deberá ser acreditado mediante declaración jurada del contratista.
1.3.1.2. Documentación a Presentar
El Contratista debe presentar al Administrador de Contrato la siguiente documentación del operador a los 3 días hábiles de la notificación del contrato:
- Copia de Cédula y Licencia vigente del operador para la operación del equipo.
- Hoja de delincuencia con una antigüedad no mayor a tres meses
El Contratista debe presentar la siguiente documentación médica del operador:
- Valoración médica que acredite su aptitud física para operar el equipo, interpretando los siguientes exámenes médicos (certificado médico emitido por un médico incorporado al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica):
- Audiometría Clínica
- Optometría
- Exámenes de laboratorio (Glicemia, Perfil Lipídico, Ácido Úrico)
El Contratista deberá presentar la documentación médica requerida del operador en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación del contrato. Dicha documentación deberá remitirse al correo electrónico falfaro@ice.go.cr La documentación médica presentada deberá tener una antigüedad no mayor a tres (3) meses, contados a partir de su fecha de emisión.
Todos los costos asociados a la obtención y presentación de la documentación requerida deberán ser asumidos por el Contratista y considerarse incluidos dentro del precio ofertado para la prestación del servicio.
1.3.1.3. Condiciones de Aptitud del Operador
El Contratista debe garantizar mediante la valoración médica (la cual será verificada por el médico de la institución), que el operador no presente contraindicaciones médicas como:
- Hipoacusia moderada
- Baja visión
- Limitaciones en extremidades
- Patologías crónicas no compensadas
1.3.2. Requisitos Adicionales en Fase de Ejecución Contractual
1.3.2.1. Documentación a Mantener Vigente
El contratista deberá mantener vigentes los documentos indicados a continuación y presentarlos al Administrador del Contrato, mediante el correo electrónico falfaro@ice.go.cr, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del contrato:
- Copia de la cédula de identidad del contratista en caso de persona física o del representante legal en caso de persona jurídica.
- Póliza de Riesgos del Trabajo y presentación de planilla de Riesgos del Trabajo
- Pólizas específicas mencionadas en el punto 1.4.2 de las Condiciones Generales, presentación de Constancia del Pago de la Póliza y Constancia del monto de cada una de las coberturas emitido por el ente asegurador autorizado por la Superintendencia de Seguros
- Documentación de propiedad del equipo
NOTA: El alquiler de equipo o la cesión de derechos sobre maquinaria no se considerará como subcontratación. Lo anterior, en virtud de que la subcontratación consiste en la contratación de un tercero para que ejecute parte de las obligaciones contractuales del contratista, mientras que el alquiler o cesión constituye únicamente la obtención de medios (equipos o maquinaria) que permiten al contratista cumplir personalmente con las labores encomendadas.
- Personería jurídica (cuando aplique)
- Certificación y comprobantes de pago CCSS, presentación de Planilla de la CCSS
- Derecho de circulación
- Revisión técnica vehicular
1.3.2.2. Responsabilidad Obrero-Patronal del Contratista
- El Contratista debe cumplir con todas las obligaciones laborales de su personal, como salarios, seguridad social y seguros, siendo el único responsable del personal.
- El Contratista debe mantener indemne al ICE de cualquier reclamo laboral
- El Contratista deberá proveer al operador que brinda el servicio, las facilidades de hospedaje, transporte, alimentación y sus consumibles requeridos por su relación obrero patronal. En caso de impericia, enfermedad o cualquier otro motivo por el cual el operador no pueda brindar el servicio, en caso del reemplazo del operador, el contratista debe solicitar al Administrador de Contrato el reemplazo del operador y realizarlo en el plazo de veinticuatro (24) horas, en caso de incumplimiento con el plazo, el administrador del contrato realizará el respectivo apercibimiento escrito.
- El contratista será responsable de la custodia, seguridad y resguardo de todo el equipo, maquinaria, herramientas e insumos utilizados para la prestación del servicio durante los períodos de descanso, fuera del horario establecido de trabajo, fines de semana, feriados y cualquier interrupción temporal del servicio.
- El contratista deberá contar con instalaciones propias (plantel, bodega, patio de maquinaria) o facilidades contratadas por su cuenta para el almacenamiento seguro de los equipos. Excepcionalmente, el contratista podrá solicitar autorización escrita al Administrador de Contrato para el resguardo temporal de equipos dentro de las instalaciones institucionales, siempre que cumpla con todos los requisitos de seguridad, normativa interna vigente, y condiciones que establezca la Administración. Esta autorización será otorgada a discreción del ICE y podrá ser revocada en cualquier momento por razones de seguridad u operativas, contando con un plazo de respuesta de cinco días hábiles.
- En ningún caso la maquinaria, equipos o insumos podrán permanecer en vías públicas o terrenos no autorizados. El contratista asume total responsabilidad por cualquier daño, pérdida, robo o deterioro de los equipos durante estos períodos, independientemente del lugar de resguardo autorizado, así como por los costos de traslado. Deberá mantener vigente durante toda la ejecución del contrato una póliza de seguro que cubra los equipos contra todo riesgo.
1.3.2.3. Tiempo de Respuesta
- El contratista deberá garantizar un tiempo de respuesta máximo de 24 horas para la confirmación de la disponibilidad del equipo y de 5 días hábiles para la colocación del equipo en el sitio indicado por el encargado del ICE, contados a partir de la recepción de la solicitud, en caso de incumplimiento se aplicará la cláusula penal.
1.3.2.4. Personal de Contacto
- El contratista deberá designar dos personas de contacto (titular y suplente) para la atención de las solicitudes de servicio, indicando nombres, números de teléfono y correos electrónicos. Estas personas deberán estar disponibles en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. para atender las solicitudes de servicio enviadas por el Administrador de Contrato.
1.3.3. Responsabilidades del Contratista sobre Mantenimiento
- El Contratista será responsable de proporcionar todos los repuestos necesarios y de cubrir los costos de las reparaciones.
- En caso de que la avería no pueda ser reparada dentro del plazo establecido en el cartel, el Contratista deberá proporcionar un equipo de reemplazo con las mismas características, según lo establecido en la sección de Condiciones Específicas, apartado 2.3.3 mantenimiento y atención de averías y en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
- Los mantenimientos deben coordinarse fuera del horario establecido para la prestación del servicio. En caso de excepciones urgentes, se deberá solicitar permisos para el mantenimiento y el equipo se colocará en avería.
- El Contratista deberá garantizar que el equipo este en óptimas condiciones mecánicas, sin presencia de fugas ni derrames, y cumplir con los requerimientos mecánicos y de funcionalidad del ICE. Esta verificación se realizará mediante el “Formulario de inspección para vehículos, equipo especial y maquinaria alquilada” F01-GS-85-01 y la guía SST GS-85-01 “Seguridad para uso y operación de vehículos, equipo especial y maquinaria alquilada”. A su vez, deberá cumplir con las disposiciones ambientales de acuerdo con la guía “Lineamientos ambientales para contratistas de maquinaria y equipo”.
1.4. OTRAS CLAUSULAS
1.4.1. Indisponibilidad y Tiempos en Avería
Se considera avería toda situación que impida el uso seguro y eficiente del equipo que brinda el servicio.
1.4.1.1. El tiempo de avería inicia cuando se presenta la indisponibilidad y finaliza cuando el contratista realiza las siguientes acciones:
- El contratista subsana el problema según lo establecido en el apartado 2.3.3 mantenimiento y atención de averías de las Condiciones Específicas y en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
- Notifica al Administrador del Contrato y se realiza la verificación por el responsable ICE en campo, ingeniero del proyecto o encargado de la obra.
- El Administrador de contracto da el visto bueno para reanudar el servicio.
1.4.1.2. Se contabiliza como Indisponibilidad:
1.4.1.2.1 Averías técnicas:
- Fallas de funcionamiento del equipo que brinda el servicio
- Incumplimiento de las Condiciones Generales del Cartel, apartado 1.3 “Obligaciones del Contratista”.
- Falta de repuestos para la continuidad del servicio, en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
- Calibraciones y mantenimientos no programados que se realizan durante el horario establecido para la prestación del servicio.
1.4.1.2.2 Averías operativas:
- Recargas de combustible durante el horario establecido para la prestación del servicio.
- Mantenimientos durante el horario establecido para la prestación del servicio
- Alteración en estado de salud del operador.
- Faltas tipo A indicadas en el anexo F01-CSCON-SST-12-02
- Incumplimiento del apartado “1.10 ESPECIFICACIONES REFERENTES AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN”, de la sección de Condiciones Generales" y 1.4.2 Coberturas de Seguros.
1.4.1.2.3 Averías Administrativas:
- Incumplimiento de las formaciones requeridas por la Administración para el personal asignado por el Contratista, en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo (SST), Gestión Socioambiental y Aseguramiento de la Calidad. El equipo se mantendrá en condición de avería hasta que el personal cumpla con dichas formaciones.
1.4.2. Coberturas de Seguros
Coberturas de Responsabilidad Civil
El Contratista deberá suscribir y mantener vigentes durante toda la ejecución contractual, las siguientes coberturas de seguros:
- Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas, por un monto de 150 000 000,00 CRC (ciento cincuenta millones de colones exactos) por accidente.
- Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros, por un monto de 50 000 000,00 CRC (cincuenta millones de colones exactos).
- Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas, por un monto de 50 000 000,00 CRC (cincuenta millones de colones exactos) por persona.
- Coberturas por Daño Directo, por el monto del precio del mercado del equipo que brinda el servicio.
En caso de siniestro, el Contratista, en su calidad de empleador del operador del equipo, asumirá la responsabilidad exclusiva de notificar el hecho a las autoridades competentes y a la entidad aseguradora correspondiente, dentro de los plazos establecidos en la normativa aplicable, eximiendo a la Administración de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de esta obligación.
Las pólizas deberán ser emitidas por una entidad aseguradora debidamente autorizada y acreditada en la República de Costa Rica.
1.4.3. Requisitos de Seguridad y Normativa Ambiental Durante el Servicio
El contratista debe cumplir, suministrar y presentar los siguientes requerimientos:
- Seguridad Ocupacional y Equipo de protección Personal:
- Participación obligatoria en inducciones de seguridad, las inducciones serán impartidas por el personal de SST de la obra al inicio del servicio, las inducciones serán realizadas en la base de operaciones indicada.
- Casco de seguridad certificado ANSI/ISEA Z.89-1-2009
- Chaleco reflectivo
- Anteojos de seguridad oscuros Grado N°2
- Protectores auditivos (NRR mínimo 25 dB)
- Zapatos de seguridad con protección en suela y puntera
- Protección respiratoria certificada (cuando aplique)
- Procedimiento de reporte de incidentes / accidentes
- Plan de respuesta a emergencias
1.4.3.1. Idoneidad del Operador:
El ICE puede solicitar pruebas médicas adicionales a las pruebas solicitadas en los requerimientos del operador, incluyendo exámenes de alcohol y drogas, para verificar la idoneidad del operador durante el contrato. Las pruebas serán realizadas por personal de Medicina Laboral por medio de Alcohosensor y prueba Actúa; posteriormente, en caso de ser requerido, se envía a un laboratorio certificado en la zona del área donde se está desarrollando el servicio para realizar la prueba cuantificada.
Si los resultados son inaceptables o hay negativa a realizar las pruebas, se procederá de la siguiente manera:
- Se considerará falta y se exigirá el cambio inmediato del operador.
- El equipo permanecerá en condición de avería (sin contabilizar horas de servicio) hasta que el contratista provea un operador sustituto idóneo.
- El contratista dispondrá de un plazo de veinticuatro (24) horas para realizar el cambio del operador.
- En caso de incumplimiento del plazo establecido para la sustitución, se procederá a la suspensión del contrato y se iniciará el debido proceso conforme a la normativa vigente.
Estas condiciones aplican también a operadores sustitutos.
1.4.3.2. Gestión Ambiental y Normativa Ambiental:
- Cumplimiento de regulaciones ambientales
- Control de emisiones según RTV
- Procedimientos de prevención y control de derrames
- Manejo adecuado de residuos
- Plan de contingencia ambiental específico para área de operación
1.5. ESTRUCTURA DE PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
Con fundamento en el artículo 27 del Reglamento a la Ley 8660, todo oferente deberá presentar junto con su oferta:
- Estructura del precio: El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar.
Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios. La estructura de precios deberá ser presentada por partida.
- Presupuesto detallado: Deberá ser presentado por el Contratista, una vez notificado el contrato, de manera detallada y completa con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar.
Nota: El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
1.6. POLÍTICAS DE PAGO
1.6.1. Forma de Pago
El pago de los servicios se realizará en forma quincenal vencida, según las horas efectivamente utilizadas registradas en el Reporte de Tiempo de Operación. El ICE notificará al contratista los datos de facturación en un periodo de 15 días naturales una vez cumplida la quincena. El pago se hará efectivo dentro de los treinta días naturales, contados a partir de la presentación y aceptación por parte del ICE de las facturas electrónicas, timbradas o dispensadas por Tributación Directa y que cumplan con la normativa vigente.
Las mismas deberán ser entregadas en el sistema de Facturación ICE, y la forma de pago será mediante transferencia bancaria hecha a la cuenta suministrada por el Contratista, la cual deberá estar en la moneda del contrato.
1.6.2. Cálculo de Pago
Se utilizarán las siguientes variables para el cálculo del pago:
•TH = Tarifa por hora para cálculo de pago (Precio unitario por hora, es la transformación del precio ofertado del servicio dividido entre las horas del servicio indicadas)
• THM = Tarifa para pago de horas mínimo no trabajadas (TH * 0,75)
• HMD = Horas mínimo diario (cinco horas por día, acumulativas en el periodo), (esto significa que el cálculo se realiza con base en el balance de los días habilitados para trabajar en la quincena respectiva, por lo que, no se contabilizarán los días dentro de la quincena que no estén habilitados para laborar).
• ID = Índice de disponibilidad [(TT-TA) / TT]
• TT = Tiempo total habilitado por los horarios establecidos del periodo para la prestación del servicio
• TA = Tiempo total de avería, acumulado durante el período, calculado sobre las horas hábiles de los horarios establecidos para la prestación del servicio. La contabilización del tiempo en avería o indisponibilidad se realiza según lo indicado en el apartado “1.4.1 Indisponibilidad y Tiempos en Avería”, de la sección de Condiciones Generales.
• HMP = Horas mínimas a pagar
• HMR = Horas mínimo de referencia para pago (ID*HMD*DSR)
• DSR = Cantidad de días que el ICE requirió los equipos en el periodo de pago
• THT = Total de horas trabajadas en el periodo
• PP = Pago del periodo (THT * TH + HMP * THM)
El pago mínimo corresponde al reconocimiento de horas en que el contratista tiene el equipo disponible para ser usado por el ICE, pero que, por razones concernientes al ICE, este no es utilizado. Se calculará como HMP = HMR - THT, siempre que este valor sea mayor que cero.
Si el ID < 75% el ICE podrá rescindir unilateralmente el contrato siguiendo el debido proceso, en caso de que el contratista no presente un plan de ajuste o de sustitución del equipo por uno de igual o superior característica.
1.7. PRESENTACIÓN DE FACTURA
La facturación del Servicio se debe realizar indicando el Número de Pedido de Compra, el cual debe incorporarse en la factura, en el espacio de "Información Referencia del XML", creado exclusivamente para ingresar el número de referencia interno:
- El contratista debe consignar en la factura que el precio cotizado en la línea incluye todos los costos asociados al suministro del servicio, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto relacionado (conforme su oferta). En consecuencia, el costo de transporte no deberá facturarse de forma separada ni desglosarse como una línea independiente dentro de la factura.
- El contratista debe ajustar su sistema de facturación en conjunto con su desarrollador para que active la etiqueta ""Información Referencia del XML"" en su módulo de facturación y así el facturador pueda agregar los datos (MM-45000XXXXX) número de referencia que el ICE va a requerir obligatoriamente para identificar los documentos electrónicos.
- Para las facturas el campo del XML <TipoDoc> y <Numero> debe llevar el valor 99 (otros).
- En el campo llamado <Numero> del XML debe incluirse el código que el ICE les va a suministrar en el siguiente formato: (MM- Número de Pedido de Compra del ICE)
- En caso de que el contratista no complete y envíe dicha información requerida, el documento electrónico se le rechazará de manera automática por parte de FISCO (Sistema del ICE para la recepción automática de facturas).
- El Contratista debe enviar la factura electrónica (PDF y XML) únicamente al correo: facturasice@ice.go.cr
- El ICE al realizar la notificación del Contrato, indicará dentro de la información el Número de Pedido de Compra, el mismo se puede consultar con el Administrador del Contrato.
1.8. CLÁUSULA DE DESEMPATE
En caso de empate en el precio más bajo para la línea de la partida correspondiente, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
Para definir el desempate se utilizará una moneda.
De lo anterior se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento, esta acta se subirá a SICOP.
1.9. NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
A CUMPLIR POR EL OFERENTE
El Oferente debe cumplir con la normativa de Seguridad e Higiene Ocupacional establecida en el Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS "Reglamento de Comisiones y Departamentos de Salud Ocupacional" y la Norma Interna ICE 32.04.002.2008.
IMPORTANTE: Para efectos de este cartel, el conteo de trabajadores se realizará considerando los CENTRO DE TRABAJO donde se ejecutan labores, conforme a la definición del artículo 3 inciso b) del Decreto N° 45166-MTSS.
Definición de Centro de Trabajo: Entiéndase Centro de trabajo según definición en Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS como: "Área edificada o no, en la que las personas trabajadoras deben permanecer durante su jornada laboral o a la que deban tener acceso por razón de su trabajo."
Una misma razón social puede contar con más de un centro de trabajo siempre y cuando éstos se ubiquen en terrenos y zonas geográficas independientes. Las oficinas, bodegas, almacenes u otras instalaciones ubicadas en un mismo terreno se considerarán como un único centro de trabajo.
El Oferente debe presentar la siguiente documentación según corresponda:
- Para servicios con menos de cincuenta (50) personas trabajadoras por centro de trabajo:
Apartado 7.1.3.1
Apartado 7.1.3.2
Apartado 7.1.3.3
Apartado 7.1.3.4
- Certificación vigente de inscripción y funcionamiento de la Comisión de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), por cada centro de trabajo que cumpla este requisito.
- Declaración que indique el número total de centros de trabajo y la cantidad de personas trabajadoras por centro.
- En caso de contar con menos de 10 trabajadores por centro de trabajo, el oferente deberá presentar una declaración jurada indicando esta situación y que, por tanto, no está obligado a constituir Comisión de Salud Ocupacional conforme al artículo 288 del Código de Trabajo y artículo 9 del Decreto N° 45166-MTSS.
- Declaración jurada firmada por el representante legal que incluya:
- Número total de centros de trabajo que posee la empresa
- Cantidad de personas trabajadoras con permanencia en cada centro de trabajo (sin incluir personal fluctuante).
- Manifestación expresa de que ningún centro de trabajo individual cuenta con 10 o más trabajadores, por lo cual no existe obligación legal de constituir Comisión de Salud Ocupacional, conforme al artículo 9 del Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS.
Nota importante: No se considerarán como personal permanente aquellas personas trabajadoras cuya presencia en el centro de trabajo sea temporal, ocasional o fluctuante.
Fundamento legal: Artículos 1, 9, 13 y 40 del Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS; artículo 288 del Código de Trabajo; artículo 66 de la Constitución Política.
Verificación: La Administración se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada mediante consulta al CSO-MTSS, solicitud de planillas CCSS, inspecciones o cualquier otro medio que considere pertinente. La presentación de información falsa o inexacta será causa de inadmisibilidad de la oferta o rescisión del contrato, según corresponda.
- Para servicios con cincuenta (50) o más personas trabajadoras por centro de trabajo:
Apartado 7.1.4.1
Apartado 7.1.4.2
Apartado 7.1.4.3
Apartado 7.1.4.4
Apartado 7.1.4.5
Si al momento de presentar la oferta el oferente aún no cuenta con las estructuras preventivas constituidas (Comisión o Departamento de Salud Ocupacional), deberá presentar una declaración jurada de compromiso de constituirlas y registrarlas ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) dentro de los plazos establecidos en el Decreto N° 45166-MTSS."
A CUMPLIR POR EL CONTRATISTA
El Contratista debe cumplir con la normativa de Seguridad e Higiene Ocupacional, Anexo Norma Seguridad e Higiene Ocupacional 32.04.002.2008, en los apartados:
Apartado 7.1.6.1
Apartado 7.1.6.2
Apartado 7.1.6.3
Apartado 7.1.6.4
Apartado 7.1.6.5
Apartado 7.1.6.6
-El Contratista deberá presentar la siguiente documentación:
- Para los servicios de menos de cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en un servicio contratado por el ICE, lo indicado en los apartados:
Apartado 7.2.1.1
Apartado 7.2.1.2
Apartado 7.2.1.3
Apartado 7.2.1.4
Apartado 7.2.1.5
Apartado 7.2.1.6
- Para los servicios de igual o mayor a cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en un servicio contratado por el ICE, lo indicado en los apartados:
Apartado 7.2.2.1
Apartado 7.2.2.2
Apartado 7.2.2.3
Apartado 7.2.2.4
Apartado 7.2.2.5
Apartado 7.2.2.6
1.10. ESPECIFICACIONES REFERENTES AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
Estos requerimientos serán aplicados para el contratista, todos los vehículos y personas que ingresen a instalaciones de la institución, su cumplimiento será velado por personal de seguridad ocupacional, por personal de gestión ambiental y por el personal de seguridad, en cumplimiento de la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018.
- No podrán ingresar vehículos a las instalaciones del Proyecto que presenten fugas (de aceites), sin RTV al día, y / o permiso de circulación vigente.
- Deberá retirar todos los desechos propios de los productos utilizados (tales como empaques, protecciones, cajas, plásticos, entre otros) y será su responsabilidad destinarlos al lugar correspondiente según la Legislación Nacional vigente.
- El personal del contratista deberá obligatoriamente portar un distintivo de identificación de la empresa a la que pertenece.
- Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR Y VAPEAR, el uso o la posesión de drogas, o ingresar a las mismas bajo los efectos del alcohol. El personal del contratista que se sorprenda incumpliendo esta disposición, será obligado a abandonar las instalaciones y no se le permitirá trabajar más en las obras, por lo que el contratista deberá sustituirlo inmediatamente.
- Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, el personal del contratista estará sujeto a las normas disciplinarias que la Institución mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto de tales normas faculta al ICE para solicitar el retiro del personal del contratista sin responsabilidad alguna para el Instituto.
- El personal del contratista que ingrese al Proyecto deberá conducirse correctamente y acatar las normas disciplinarias que el ICE mantiene en sus instalaciones. Deberán portar su identificación, y pantalón largo, camisa con mangas, zapatos de seguridad o cerrados, suela de goma y tacón bajo, entre otros. El ICE se reserva el derecho de admisión.
- El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por el personal del contratista o equipo del contratista, correrá por cuenta de este último, previo debido proceso.
1.11. BANDAS DE TOLERANCIA
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo/Estudio de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
| 4. Cálculo de Bandas de Tolerancia | |||||||||
| Objeto | Metodología: % razonabilidad ( ) Combinado ( x ) | Cantidad requerida | Monto estimado CRC | ||||||
| Moneda CRC | |||||||||
| Desviación Estántar | Precio mínimo | Precio máximo | |||||||
| SERVICIO DE ALQUILER DE COMPACTADORA RODILLO SIMPLE DE 8 t A 12 t | 1 845,28 | 35 745,28 | 32 054,72 | 1408 | 47 731 200,00 | ||||
| SERVICIO DE TRASLADO DE EQUIPO | 186 440,49 | 996 273,82 | 623 392,85 | 1 | 809 833,33 | ||||
| Nota: Tipo de cambio presupuestario vigente: TC 1USD = 476,67 CRC | Total CRC | 48 541 033,33 | |||||||
Tabla N. 1 Umbrales según Bandas de Tolerancia
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
- Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
- Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. N/A
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,6% por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660, ver Anexo #1 cláusula penal.
Documentos del cartel11
- Ubicaciones de torres LT Cañas GuayabalXLSX · 31 KB
- Cláusula PenalDOCX · 399 KB
- Formato PresupuestoXLSX · 10 KB
- Estructura de PrecioDOCX · 205 KB
- Reajuste-revisión de preciosDOCX · 205 KB
- Disposiciones ambientales maquinaria y equipoPDF · 5,1 MB
- Norma de Seguridad e HigienePDF · 3,8 MB
- Formulario Inspección SSTDOCX · 143 KB
- Legislación ambientalPDF · 1 MB
- Política Corporativa Prevención CorrupciónPDF · 389 KB
- Declaraciones Juradas y CertificacionesPDF · 532 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Fabiola Alfaro Alfaro
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento
Fabiola Alfaro Alfaro
Gestión de Adquisiciones Cadena de Abastecimiento
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 12:13. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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