2026XE-000786-0000400001 · SICOP 20260802915
ST Contratación directa de excepción por oferente único Adquisición de licencias ACS Amino Engage.
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡128,9 millones. Se abrió el 12/10/2026 el 12/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡128,9 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó25/09/2026 14:12 · hace 16 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Cierre de ofertas09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- de ofertas12/10/2026 07:30 · mañana
- (plazo máximo)≈ 09/11/2026 · en 29 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 2,5 oferentes.6 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Licencia Software Gestion y Aprovisionamiento de STB para Amino Engage, Vigencia Perpetua y Reutilizable, Version 4.2.5.240 000 c/u · $270 400,0040 000 c/u$270 400,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡109,6 millones – ₡128,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 2 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. El oferente estará obligado a responder punto a punto el cartel describiendo de forma completa a partir del mismo, las características del bien que cotiza, sin necesidad de reiterar la aceptación de las cláusulas invariables o condiciones obligatorias, cuyo cumplimiento se presume.
2. El oferente mediante declaración jurada debe indicar que cumple según lo regulado en el artículo 29 de la LGCP para empresas que cotizan en mercado de valores, Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023.
3. El oferente deberá emitir una declaración jurada en la que se indique que no le afecta ninguna restricción a nivel gubernamental del país del fabricante de tecnología, licenciamiento o componentes, que conforman el objeto contractual, para la exportación, reexportación y/o transferencia de bienes. Caso contrario, deberá emitir la declaración jurada indicando que actualmente se encuentra dentro de una lista de restricción a nivel gubernamental, pero que no le afectará el cumplimiento del objeto de la contratación durante la etapa de ejecución contractual.
4. De conformidad con lo establecido en el Decreto No. 41795-MP-MEIC el oferente deberá presentar con su oferta declaración jurada donde se demuestre estar al día con los impuestos nacionales.
5. El oferente deberá aportar las declaraciones juradas solicitadas en el anexo 2 Declaraciones Juradas y Certificaciones.
6. El oferente dentro de su oferta deberá indicar por separado los impuestos que la afecten, de no hacerlo se le aplicará el artículo 26 del Reglamento al Título II de la Ley 8660 Fortalecimiento y Modernización de las entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Partida 1
ÍTEM 1. Licencias ACS Amino Engage
El software especializado para gestión de equipos terminales STB para el servicio kölbi TV llamado gestor ACS Amino Engage requiere de una licencia permiso para gestionar mediante TR069 y otros protocolos los dispositivos terminales STB. Sin esta licencia permiso, no es posible registra el dispositivo STB en el software de gestión, lo cual hace imposible que el equipo STB pueda inicializarse correctamente en la red IPTV ICE, así como tampoco es posible gestionarlo remotamente.
Las licencias solicitadas corresponden al gestor ACS Amino Engage versión 7.4.6 similar o superior.
Las licencias deberán ser de la versión actual instalada de Minerva v10 y compatibilidad con versiones futuras.
Las licencias deben ser perpetuas.
Las licencias deben ser reutilizables.
Las licencias deberán ser entregadas por el contratista al Responsable Técnico en el medio electrónico definido por el Administrador de Contrato previa coordinación con el contratista.
Si el ICE detectase dispositivos inactivos registrados, quedaría a discreción de la Institución el eliminarlos de la base de datos del sistema para así poder reutilizar el licenciamiento con nuevos dispositivos.
El licenciamiento deberá de permitir el registro individual y masivo de dispositivos
Las licencias deberán permitir la asociación de dispositivos a grupos de configuración, facilitando la gestión masiva de parámetros y políticas.
El licenciamiento deberá habilitar la ejecución de acciones remotas sobre los dispositivos STB, incluyendo como mínimo reinicio (reboot), restablecimiento a valores de fábrica (factory reset) y actualización de configuración.
Las licencias deberán permitir la gestión remota de parámetros de configuración mediante el protocolo TR-069 u otros mecanismos soportados por la plataforma Engage.
Las licencias deberán incluir la capacidad de administración de firmware de los dispositivos, incluyendo carga, publicación, actualización remota y validación de versiones instaladas.
Las licencias deberán permitir la visualización del estado de los dispositivos en tiempo real, así como el acceso a información operativa relevante.
Las licencias deberán proporcionar acceso a registros (logs) de operación tanto de los dispositivos como de la plataforma de gestión.
Las licencias deberán contar con la capacidad de consultar el historial de acciones realizadas sobre cada dispositivo gestionado.
El licenciamiento deberá habilitar la generación de métricas de desempeño del servicio y el monitoreo de su calidad.
El licenciamiento deberá permitir la configuración de alarmas ante eventos críticos asociados a los dispositivos gestionados.
El licenciamiento deberá de permitir realizar soporte remoto avanzado, tales como acceso remoto al dispositivo, ejecución de comandos y herramientas de diagnóstico.
El licenciamiento deberá ser 100% compatible con los módulos funcionales del sistema Engage, incluyendo gestión de dispositivos (Ensure), soporte remoto (Ensight) y monitoreo (Enspect).
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica No. 4-000-0421139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CAPÍTULO I DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No. 161 a la Gaceta No. 174 del 19 de septiembre del 2024, la Ley General de Contratación Pública No. 9986 y su reglamento, tal y como dispone el artículo 20 de la Ley No. 8660.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica:
https://apps.grupoice.com/PEL/ en la pestaña “Documentación”, seleccionar única opción “Documentos sobre contratación”, escoger en parámetros “4 Carteles tipo”, seguidamente dar consultar, y por último descargar dando doble clic a la opción “Cartel tipo Ley 8660"
Obligaciones del contratista:
El contratista que durante el curso de ejecución del contrato es incluido en una lista de restricción gubernamental a nivel internacional, lo hará saber de inmediato al ICE, indicando si repercute o no en el cumplimiento del contrato, de manera que el ICE pueda valorar el continuar o no con la ejecución.
Obligaciones del ICE:
El administrador de contrato ICE velará por el cumplimiento de los requerimientos técnicos de esta contratación.
Criterios Ambientales:
El oferente debe de mostrar la eficiencia energética del producto intangible, para su desarrollo se emplearon equipos con consumos eficientes de energía, tales como CPU, memorias y baterías, mediante una Declaración Jurada de cumplimiento de utilización de equipos eficientes energéticamente para el desarrollo del software.
El oferente deberá presentar una declaración jurada de la infraestructura donde se ubica o se desarrolla el fabricante del software.
El oferente deberá presentar una declaracion jurada en la que indique que el software que se va adquirir es compatible con los equipos existentes en la organización.
Criterios Sociales:
El oferente junto con la oferta debe presentar Declaración Jurada de:
Que su personal al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, deberá seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
Que cumple con las obligaciones laborales y de seguridad social de Costa Rica, así como asegurar el cumplimiento por parte de las empresas subcontratadas.
Que está libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
Que cuenta con una Póliza de Riesgo Laboral al día y ésta incluye a todos sus empleados.
Que cumple con el pago de al menos el salario mínimo de sus colaboradores, establecidos por el Ministerio de Trabajo.
Que promueve la equidad de género en su empresa.
Que acata lo dispuesto en la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y demás Leyes Conexas.
De cumplimiento de no fumar dentro de las instalaciones del ICE, según se establece en la legislación. Ley 9028 Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud.
Recepción provisional y definitiva del bien:
Recepción provisional: Se tendrá un periodo de cinco (5) días hábiles posterior a la entrega en las instalaciones del ICE indicada, para realizar la recepción provisional.
Recepción definitiva: Se tendrá un periodo de tres (3) días hábiles a partir de la recepción provisional para realizar la recepción definitiva.
Otras cláusulas:
El ICE solicitará la presentación de la estructura de precios para efectos de analizar la razonabilidad de precios, mediante solicitud de aclaración vía SICOP como parte de la etapa indagatoria, únicamente a los oferentes elegibles.
Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de Información de referencia, creado exclusivamente para ingresar el número interno:
Ejemplo: MM-45000xxxx (sin espacios)
Para obtener este número interno (MM-450000XXXX), el contratista deberá obligatoriamente solicitar el número interno al AC asignado, previo a la entrega del material o servicio.
Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
Forma de Pago:
El ICE realizará el pago contra entrega a satisfacción de los bienes recibidos en los Servidores Virtuales ACS Amino Engage, Centro de Datos San Pedro, San Pedro, San José, una vez emitida el acta de recepción definitiva por el Administrador de Contrato. El ICE realizará el pago por medio de transferencia bancaria a 30 días naturales.
Plazo de Entrega:
Los bienes deberán ser entregados en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica.
Cláusula penal. En caso de entrega prematura (sin autorización previa) y en casos de entrega tardía de los bienes se cobrará un 0,6% por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento al Titulo II de la Ley 8660. (Ver Anexo N° 3).
Documentos del cartel3
- Anexo 1 Política Corporativa para Prevención de la corrupción y Gestión Conflicto de InteresesPDF · 389 KB
- Anexo 2 Declaraciones juradas y certificacionesPDF · 184 KB
- Anexo 3 Cláusula PenalDOCX · 82 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Andrés Ulate Díaz
Plataformas y Multimedia
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Plataformas y Multimedia
Andrés Ulate Díaz
Plataformas y Multimedia
Andrés Ulate Díaz
Plataformas y Multimedia
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 09:19. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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