2026LD-000081-0006600001 · SICOP 20260901263
Solución tecnológica tipo Kiosco de Autogestión para la implementación del control de ingreso físico de personas a las Instalaciones de la DGAC.
Consejo Técnico de Aviación Civil
Consejo Técnico de Aviación Civil ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡19,1 millones y quedó en firme el 07/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡19,1 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡17,1 millones
10,3 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 07/10/2026
- Kuanta Bridge GroupNo era la más barata (2.ª de 2)₡18 532 000,00
Informe de recomendación de Yelsin Daviana Mena Valverde, 02/10/2026 · adjuntos: 7F586, Analisis Legal.pdf, OBLIGACIONES PATRONALES.pdf (2.3 MB), Acto Adjudicación Kioscos.pdf
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 14:52 · hace 32 días
- Límite para 10/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 08:30 · hace 24 días
- de ofertas17/09/2026 08:31 · hace 24 días
- publicado02/10/2026 10:40 · hace 9 días
- Adjudicación 07/10/2026 07:34 · hace 4 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Contexto
- Consejo Técnico de Aviación Civil adjudicó ₡1 929,9 millones en 189 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra4 líneas
- Kiosco de Autogestión, Procesador Indicado por la Institución, Memoria Ram de 4 GB a 8 GB, Disco Duro de 32 GB a 128 GB, Tamaño del Monitor de 47,0 Cm a 51,7 Cm (18,5 a 20,4 Pulg Como Referencia).1 c/u · ₡3 113 150,001 c/u₡3 113 150,00
- Kiosco de Autogestión, Procesador Indicado por la Institución, Memoria Ram de 4 GB a 8 GB, Disco Duro de 32 GB a 128 GB, Tamaño del Monitor de 47,0 Cm a 51,7 Cm (18,5 a 20,4 Pulg Como Referencia).3 c/u · ₡9 339 450,003 c/u₡9 339 450,00
- Kiosco de Autogestión, Procesador Indicado por la Institución, Memoria Ram de 4 GB a 8 GB, Disco Duro de 32 GB a 128 GB, Tamaño del Monitor de 47,0 Cm a 51,7 Cm (18,5 a 20,4 Pulg Como Referencia).1 c/u · ₡3 316 550,001 c/u₡3 316 550,00
- Kiosco de Autogestión, Procesador Indicado por la Institución, Memoria Ram de 4 GB a 8 GB, Disco Duro de 32 GB a 128 GB, Tamaño del Monitor de 47,0 Cm a 51,7 Cm (18,5 a 20,4 Pulg Como Referencia).1 c/u · ₡3 316 550,001 c/u₡3 316 550,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡16,2 millones – ₡19,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Certificación PYME 5 % · Acción afirmativa 5 % · Planillas CCSS (mayores 45 años) 5 % · CONSUMO ENERGÉTICO 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,21 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 80 | Certificación PYMEmáx. 5 | Acción afirmativamáx. 5 | Planillas CCSS (mayores 45 años)máx. 5 | CONSUMO ENERGÉTICOmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Soluciones Optimizadas Socr | 80 | 5 | 5 | 5 | 5 | 100 |
| Kuanta Bridge GroupGanó | 73,86 | 5 | 5 | 5 | 5 | 93,86 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
AVISO DE ADJUDICACIÓN Licitación Reducida No. 2026LD-000081-0006600001 “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA TIPO KIOSCO DE AUTOGESTIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CONTROL DE INGRESO FÍSICO DE PERSONAS A LAS INSTALACIONES DE LA DGAC.”
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Serán inadmisibles las ofertas que no aporten, desde su plica, el desglose de costos, según el detalle indicado en el apartado 3.4.1, relativo al desglose del precio del presente documento.
- Serán inadmisibles las ofertas que participen mediante la modalidad de consorcio y a la vez participen de forma individual y/o como parte de otro consorcio en este concurso, de conformidad con el artículo 126 del RLGCP.
- El oferente deberá demostrar, mediante declaración jurada, que cuenta con experiencia en el suministro, instalación e implementación de soluciones tecnológicas relacionadas con kioscos de autogestión, sistemas de control de acceso, gestión de visitantes, seguridad física, plataformas de registro o soluciones tecnológicas similares.
- Asimismo, deberá acreditar dicha experiencia mediante la presentación de, al menos, dos (2) proyectos ejecutados durante los últimos cinco (5) años, los cuales, deberán estar relacionados con el objeto de la presente contratación. Para cada proyecto deberá indicar como mínimo:
- Nombre de la institución o cliente.
- Descripción del proyecto realizado.
- Fecha de ejecución.
- Persona de contacto y medio de verificación.
- El oferente deberá demostrar, mediante declaración jurada, que cuenta con personal técnico calificado y con experiencia comprobable en el suministro, instalación, configuración, implementación y puesta en operación de soluciones tecnológicas como las requeridas en la presente contratación.
- El oferente debe aportar documentación o evidencia que respalde su facultad para comercializar, suministrar, instalar o brindar soporte sobre los equipos y la solución ofertada, ya sea mediante certificaciones, autorizaciones, relaciones comerciales vigentes u otros mecanismos equivalentes que permitan validar su idoneidad para la ejecución del objeto contractual.
Justificación Técnica de experiencia como requisito
La DGAC solicita la experiencia previa con el fin de reducir los riesgos de implementación y garantizar que el oferente posea conocimientos y capacidades demostradas en proyectos similares, considerando que la solución que se está solicitando, involucra hardware especializado, software de gestión, integraciones tecnológicas y mecanismos de control de acceso institucional.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTOS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
Adquirir una solución tecnológica tipo kioscos de autogestión diseñados para la operación continua en entornos institucionales, destinados al registro, validación y gestión del ingreso de visitantes
Los equipos deberán ser nuevos, de fabricación vigente, de calidad comercial e industrial, aptos para operación continua y compatibles con la solución de software requerida en este pliego. La propuesta deberá contemplar el suministro de ambos tipos de equipo, incluyendo su integración funcional con los componentes de registro, identificación, notificación y asistencia inteligente.
La solución de hardware deberá contemplar, de manera general, equipos con pantalla táctil, periféricos integrados para lectura y validación, capacidades de conectividad institucional y un diseño robusto para uso intensivo en procesos de atención al público. Las características técnicas mínimas de ambos tipos de kioskos deberán ajustarse a lo siguiente:
Línea 1: Adquirir una solución de (1 uno) Kiosco de autogestión de formato compacto en oficinas centrales.
Línea 2: Adquirir una solución de (3 tres) Kioscos de autogestión de formato compacto en el Aeropuerto Internacional Tobias Bolaños Palma.
Descripción de los Kioscos de autogestión de formato compacto
Kiosco de Autogestión son equipos de formato compacto orientados a puntos de atención en donde se requiera una solución funcional de menor tamaño físico, manteniendo capacidades completas de registro, validación e interacción con el visitante. Estos kioscos serán utilizados en accesos secundarios, recepciones asistidas o ubicaciones en donde se requiera optimizar el espacio sin sacrificar funcionalidades esenciales.
- Características técnicas mínimas
- Pantalla táctil mínima de 18.5 pulgadas, tipo IPS o superior.
- Resolución mínima Full HD (1920 x 1080).
- Relación de aspecto 16:9.
- Brillo mínimo entre 250 y 300 cd/m².
- Contraste mínimo de 2000:1.
- Ángulo de visión mínimo de 178° horizontal y vertical.
- Pantalla capacitiva con al menos 10 puntos táctiles simultáneos.
- Vidrio templado de protección.
- Procesador equivalente a Intel i5 o superior, o arquitectura ARM de alto rendimiento equivalente.
- Memoria RAM mínima de 4 GB.
- Almacenamiento mínimo de 32 GB (Android) o 128 GB (Windows).
- Periféricos integrados
- Cámara integrada con resolución mínima Full HD (1920 x 1080).
- Lector de códigos de barras 1D/2D con lectura omnidireccional (incluyendo QR).
- Lector de tarjetas sin contacto compatible con tecnología Mifare o equivalente.
- Impresora térmica integrada con:
- Ancho de impresión mínimo de 72 mm
- Velocidad mínima de 180 mm/s
- Resolución mínima de 203 dpi
- Funcionalidad de corte automático (total y parcial)
- Conectividad y operación
- Conectividad Ethernet, WiFi y Bluetooth
- Puertos USB para operación y mantenimiento
- Audio estéreo integrado
- Compatibilidad con sistema operativo Android 11 o superior, o Windows 10 o superior
- Alimentación eléctrica AC 100-240V, 50/60Hz
- Consumo energético optimizado, con potencia no mayor a 50W
- Incluye UPS (Sistema de alimentación ininterrumpida)
- Condiciones generales
- Equipos nuevos, sin uso y de fabricación vigente
- Diseñados para uso institucional intensivo
- Integración con la plataforma de software de gestión de ingresos
- Capacidad de operar como estación de autogestión, asistida o de soporte al proceso principal de ingreso
Especificaciones del software de gestión de ingresos para ambas líneas
El oferente deberá suministrar una plataforma de software especializada para la gestión integral del ingreso de visitantes, orientada a digitalizar, centralizar y controlar el acceso a las instalaciones institucionales.
La solución deberá operar de forma integrada con los kioscos de autogestión, permitiendo tanto la atención autónoma del visitante como la asistencia por parte del personal autorizado. Asimismo, deberá contar con capacidades de parametrización, trazabilidad, consulta histórica, seguridad e integración con servicios corporativos, garantizando una herramienta moderna, escalable y alineada con las necesidades institucionales.
Línea 3: Solución de (1 un) Kiosco de autogestión de mayor formato oficinas centrales.
Línea 4: Solución de (1 un) Kiosco de autogestión de mayor formato en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma.
Descripción de los Kioscos de autogestión de mayor formato
Kiosco de autogestión de mayor formato, corresponde a equipos de mayor formato visual, orientados a puntos de ingreso con alto tránsito, en donde se requiera una mayor área de interacción, mejor visibilidad y una experiencia de usuario más intuitiva. Estos kioscos estarán destinados a accesos principales donde la Administración requiera una solución con mayor presencia física y legibilidad para el visitante.
- Características técnicas mínimas
- Pantalla táctil mínima de 23.8 pulgadas, tipo IPS o superior.
- Resolución mínima Full HD (1920 x 1080).
- Relación de aspecto 16:9.
- Brillo mínimo entre 250 y 300 cd/m².
- Contraste mínimo de 2000:1.
- Ángulo de visión mínimo de 178° horizontal y vertical.
- Tiempo de respuesta máximo de 6 ms.
- Pantalla capacitiva con al menos 10 puntos táctiles simultáneos.
- Vidrio templado de protección.
- Procesador equivalente a Intel i5 o superior, o arquitectura ARM de alto rendimiento equivalente.
- Memoria RAM mínima de 4 GB.
- Almacenamiento mínimo de 32 GB (Android) o 128 GB (Windows).
- Área efectiva de visualización aproximada de 527 mm x 296 mm.
- Brillo mínimo entre 250 y 300 cd/m².
- Contraste mínimo de 2000:1.
- Periféricos integrados
- Cámara integrada con resolución mínima Full HD (1920 x 1080).
- Lector de códigos de barras 1D/2D con lectura omnidireccional (incluyendo QR).
- Captura mínima de 30 fps en 1080 p.
- Impresora térmica integrada con:
- Ancho de impresión mínimo de 72 mm.
- Velocidad mínima de 180 mm/s.
- Resolución mínima de 203 dpi.
- Corte automático total y parcial.
- Conectividad y operación
- Conectividad Ethernet, WiFi y Bluetooth.
- Puertos USB para operación y mantenimiento.
- Audio estéreo integrado.
- Compatibilidad con sistema operativo Android 11 o superior, o Windows 10 o superior.
- Alimentación eléctrica AC 100-240V, 50/60Hz.
- Consumo energético optimizado, con potencia no mayor a 50W.
- Incluye UPS (Sistema de alimentación ininterrumpida).
- Condiciones generales
- Equipos nuevos, sin uso y de fabricación vigente.
- Diseñados para uso institucional intensivo.
- Integración con la solución de software de registro y control de ingreso.
- Capacidad de operar como estación principal de autogestión y atención de visitantes.
- Posibilidad de instalación en formato pedestal, escritorio o equivalente, según requerimiento de la Administración.
- Gestión de visitantes
La solución deberá permitir:
- Pre-registro, registro y gestión de visitantes desde kioscos o interfaz administrativa.
- Ingreso manual de datos y captura automática mediante OCR u otros mecanismos equivalentes.
- Registro de información: nombre completo, identificación, empresa, motivo de visita, persona a visitar y departamento.
- Asociación de la visita a un funcionario anfitrión.
- Selección de áreas, oficinas o departamentos.
- Registro de visitas programadas y espontáneas.
- Registro de fecha y hora de ingreso y salida.
- Control del estado de la visita (pendiente, autorizada, en curso, finalizada, etc).
- Generación de expediente digital por cada visita.
- Incorporación de observaciones o comentarios.
- Parametrización y administración
La solución deberá permitir:
- Configuración de catálogos institucionales (áreas, departamentos, funcionarios, tipos de visita).
- Parametrización del sistema sin necesidad de rediseño.
- Administración de usuarios, roles y perfiles.
- Control de acceso por niveles de permiso.
- Configuración de mensajes de bienvenida, instrucciones y políticas de ingreso.
- Consulta, trazabilidad y reportería
La solución deberá permitir:
- Consulta histórica de registros mediante filtros (fecha, visitante, identificación, funcionario, estado, etc).
- Generación de bitácoras y trazabilidad completa del proceso de ingreso.
- Generación de reportes operativos y administrativos.
- Exportación de información en formatos abiertos o de uso común.
- Integración y arquitectura
La solución deberá:
- Integrarse con los kioscos de autogestión.
- Permitir integración con herramientas institucionales de mensajería o colaboración.
- Permitir integración con sistemas de terceros mediante API o servicios web.
- Operar bajo arquitectura web, híbrida o centralizada según lo defina la Administración.
- Permitir escalabilidad para nuevas sedes, puntos de acceso o reglas de negocio.
- Seguridad y protección de la información
La solución deberá contar con:
- Autenticación segura para usuarios administrativos
- Registro y auditoría de acciones de usuarios y administradores
- Almacenamiento estructurado y seguro de la información
- Controles de seguridad para protección de datos personales
- Mecanismos de cifrado y buenas prácticas de seguridad informática
- Mecanismos de respaldo y recuperación de la información
- Cumplimiento del principio de trazabilidad completa del ingreso y permanencia del visitante.
- Operación y continuidad
La solución deberá:
- Permitir operación en idioma español
- Permitir uso autónomo y asistido (recepción o seguridad)
- Garantizar continuidad operativa ante fallos
- Mantener disponibilidad y consistencia de los datos registrado
Funcionalidades adicionales requeridas para autorización, validación y reportería
La solución deberá incorporar funcionalidades avanzadas para la gestión de autorizaciones de ingreso, validación de identidad y generación de reportería, garantizando un control eficiente, trazable y en tiempo real del acceso de visitantes.
- Gestión de autorizaciones
La solución deberá permitir:
- Administración centralizada de autorizaciones de ingreso de visitantes
- Configuración de autorizaciones previas por parte de funcionarios o responsables designados
- Asociación directa de cada autorización con el registro del visitante
- Visualización del estado de autorización (pendiente, aprobada, rechazada, vencida o escalada)
- Identificación del usuario que autoriza, fecha, hora y observaciones asociadas
- Definición de reglas de autorización según sede, tipo de visitante, funcionario o nivel de criticidad
- Validación e ingreso del visitante
La solución deberá permitir:
Validación de identidad mediante lectura de cédula u otro documento
Comparación automática contra autorizaciones previas registradas.
Registro automático del visitante y su estado de autorización.
Identificación clara en interfaz operativa sobre el estado del visitante (autorizado, pendiente, escalado o sin autorización).
- Flujo de autorización en tiempo real
En caso de no existir autorización previa, la solución deberá:
- Generar automáticamente una solicitud de autorización.
- Enviar notificación al responsable mediante Microsoft Teams o plataforma equivalente.
- Permitir la aprobación o rechazo en tiempo real.
- Desplegar mecanismos de autorización inmediata (modal, interfaz o similar).
Asimismo, deberá permitir:
- Configuración de tiempos máximos de espera parametrizables.
- Escalación automática a personal de seguridad o recepción en caso de no respuesta.
- Notificación al personal correspondiente una vez autorizada o denegada la solicitud.
- Actualización inmediata del estado del visitante.
- Notificaciones y coordinación operativa
La solución deberá:
- Generar notificaciones automáticas ante eventos de ingreso, autorización o rechazo.
- Notificar al personal de seguridad o recepción para habilitación de acceso.
- Emitir validaciones de ingreso cuando existan autorizaciones previas.
- Mantener evidencia operativa de todas las acciones realizadas.
- Trazabilidad y auditoría
La solución deberá garantizar:
- Registro completo del flujo de autorización (solicitud, envío, respuesta, usuario, tiempos y estado final).
- Bitácora de todos los eventos de ingreso y autorización con sello de fecha y hora
- Historial completo de autorizaciones (aprobadas, rechazadas, pendientes, escaladas o vencidas).
- Auditoría de acciones realizadas por los diferentes actores del sistema.
- Posibilidad de emitir comprobantes, códigos QR, tickets o credenciales temporales de ingreso.
- Reportería de gestión
La solución deberá permitir:
- Visualización de indicadores operativos y ejecutivos, tales como:
- Cantidad de ingresos y salidas
- Tiempos de atención
- Autorizaciones emitidas y pendientes
- Visitas por funcionario, departamento o sede
- Eventos rechazados o incompletos
- Generación de reportes específicos sobre autorizaciones, incluyendo:
- Cantidad de autorizaciones por usuario
- Tiempos promedio de aprobación
- Solicitudes no respondidas
- Solicitudes escaladas
- Porcentaje de ingresos con autorización previa
Componente de inteligencia artificial y asistencia interactiva
La solución deberá incorporar un componente de asistencia interactiva, orientado a mejorar la experiencia del usuario durante el proceso de ingreso y facilitar la interacción con la institución.
Dicho componente deberá integrarse con la solución principal de gestión de visitantes y permitir una atención guiada, clara y en tiempo real, contribuyendo a reducir la dependencia del personal de atención en consultas básicas.
Como mínimo, deberá permitir:
- Brindar orientación al visitante durante el proceso de registro en los kioscos de autogestión.
- Proporcionar información general relacionada con el proceso de ingreso, requisitos y uso del sistema.
- Asistir en la selección del funcionario, departamento o área a visitar.
- Permitir interacción básica en idioma español mediante una interfaz conversacional.
- Permitir la actualización y configuración de contenidos por parte de la Administración.
- Integrarse con la solución principal de registro y los mecanismos de notificación definidos.
- Asistente virtual conversacional integrado al flujo de registro basado en IA generativa.
- Interacción por texto y por voz.
- Interacción sin afectar el rendimiento general del kiosco.
- Entrenamiento, reentrenamiento o ajuste del conocimiento del asistente conforme a necesidades institucionales.
- Permitir redirigir al usuario a atención asistida cuando sea necesario.
- Personalizar la apariencia, identidad gráfica, mensajes y comportamiento del asistente visual conforme a la imagen institucional.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
SEGUNDA PARTE
CONDICIONES GENERALES
Será la fecha y hora indicada en el pliego de condiciones electrónico publicado en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP.
De conformidad con la Ley No. 10586 denominada “Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y competitividad (Fase1)”, publicada en el Alcance No.195 de La Gaceta No. 227 del 03 de diciembre de 2024 y la CIRCULAR MH-DCoP-CIR-0091-2024 de fecha 06 de diciembre de 2024, emitida por la Dirección de Contratación Pública (DCoP), en los procedimientos de contratación pública no se requiere el pago de especies fiscales.
Pago por resultados: La Administración efectuará el pago por resultados una vez que haya recibido a satisfacción la obra, el bien o el servicio, así como, la satisfacción de indicadores previamente pactados y sea presentada la factura conforme a derecho. En ningún caso, los pagos por resultados podrán superar los compromisos establecidos en el pliego de condiciones, oferta y contrato que amparan la contratación.
El contratista que reúna la condición de extranjero no domiciliado en Costa Rica, se compromete a cumplir con el pago de los impuestos determinados en el artículo 26 de la Ley No. 7092, titulada “Ley de Impuesto sobre la Renta”, vigente desde el 01 de junio de 1988, para lo cual, reconoce y acepta que el Consejo Técnico de Aviación Civil realizará la retención del 15% sobre el ingreso bruto obtenido por el contratista producto de las rentas de fuente costarricense, pagadas en virtud de la prestación del servicio brindados al Consejo Técnico de Aviación Civil, la cual, en calidad de Agente de Retención, se encargará de trasladar al fisco el importe retenido, dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente de la fecha de retención.
Adicionalmente, se le retendrá el porcentaje que corresponda por concepto del impuesto de remesas al exterior, que implica la realización de la presente contratación, siendo que, una vez trasladado el monto del tributo a la Administración Tributaria, este únicamente tendrá la obligación de aportar la documentación de este pago, por cuanto, su función únicamente es de Agente Retenedor. Los gastos de comisión por la transferencia internacional correrán por cuenta del contratista.
2.5.1 Vigencia de la oferta
El oferente deberá de manifestar o indicar expresamente en su oferta el plazo de vigencia de la oferta, el cual, no podrá ser menor a 30 días hábiles. En caso de que no indique expresamente un plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo establecido anteriormente.
2.5.2 Plazo para dictar el acto final
La Administración se reserva el derecho de aceptar la o las ofertas que más convengan a sus intereses, o bien, rechazar todas, si ninguna le resultare satisfactoria, decisión que tomará dentro del doble del plazo para la recepción de ofertas posteriores al acto de apertura de las mismas.
La Administración podrá excepcionalmente prorrogar el plazo para adjudicar por una sola vez y hasta por un período igual al estipulado en el plazo para recibir ofertas, mediante acuerdo razonado que deberá constar en el expediente y se comunicará a los interesados, para que mantengan vigentes sus ofertas. En caso de vencer alguna de éstas, el oferente podrá establecer la vigencia en un plazo máximo de tres (3) días hábiles después de la solicitud que al respecto se le formule.
Si transcurrido el plazo de seis meses, contado a partir del vencimiento de la
prórroga, no se ha emitido el primer acto final, operará la caducidad del
procedimiento.
La adjudicación recaerá sobre la oferta de mayor conveniencia para la Administración, la cual, será aquella técnicamente aceptable y que obtenga la calificación más alta o que ofrezca en menor precio comparativo, según corresponda.
La Administración declarará infructuoso el concurso si no se presentaron ofertas o si del estudio de las ofertas, se llegara a establecer que ninguna de ellas cumple con lo ordenado por el pliego de condiciones, igualmente podrá declarar desierto el concurso aun existiendo ofertas elegibles, si estas no resultan aptas para la satisfacción del interés público.
El acto final que adopte la Administración deberá ser debidamente razonado y quedará constando en el expediente administrativo respectivo. La resolución se publicará en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
El tiempo de entrega final por parte del adjudicado, es de máximo 45 días hábiles después de emitida la orden de inicio por parte de la Unidad de Tecnología de la Información y la misma se emitirá posterior a la notificación del contrato por parte de esta Proveeduría Institucional. En caso de que no indique expresamente el plazo determinado, se entenderá que se acepta el plazo de entrega indicado anteriormente.
Si el oferente indica el plazo en días naturales la conversión a días hábiles se hará aplicando la siguiente formula:
Cantidad de días naturales x 5 días hábiles
7 días naturales
Entrega inmediata: Cuando un oferente indique plazo de entrega inmediata se entenderá que corresponde al consignado en este pliego de condiciones, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 124 del RLGCP.
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten sus ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Unificado de Compras Públicas “SICOP”, actuando por sí mismo o por medio de un representante.
- El oferente debe aportar constancia del seguro obligatorio de riesgos del trabajo vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo.
- El oferente debe aportar el permiso sanitario de funcionamiento vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual, según el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud, Decreto Ejecutivo No. 43432-S, publicado en La Gaceta No. 56 del 23 de marzo de 2022. Para lo anterior, debe de adjuntar dicho permiso.
- El oferente debe aportar la patente comercial vigente que corresponda a la actividad del objeto contractual. Para demostrar lo anterior, el oferente debe adjuntar copia simple de dicha patente y el último comprobante de pago del trimestre, para acreditar que actualmente se encuentra vigente. En caso de no contar con el certificado de patente comercial o permiso de funcionamiento, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del porqué no requieren, así como las pruebas que lo demuestren.
- Debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como, en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligado ante las dependencias del Ministerio de Hacienda, según la Ley No. 9416 del 14 de diciembre de 2016, denominada “Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal”, publicado en La Gaceta No. 313 del 20 de diciembre de 2016, la cual, reforma y adiciona el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley No. 4755 del 03 de mayo de 1971, vigente desde el 03 de mayo de 1971, el cual, indica que toda persona física o jurídica que desee obtener o tramitar cualquier proceso de contratación pública, debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, materiales y formales, así como, en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligado, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda. Será verificado directamente en la plataforma oficial establecida para esos efectos por la Dirección General de Tributación.
- Debe encontrarse al día en el pago de la cuota correspondiente al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Lo anterior, de acuerdo con el artículo 22 inciso c) de la Ley No. 5662, denominada “Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares”, vigente desde el 23 de diciembre de 1974 y sus reformas. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, directamente en la plataforma oficial de dicha Institución.
- Debe encontrarse al día con sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la “Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”, artículo 7 de los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y numeral 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Será verificado mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, siendo que este realiza la interfaz respectiva, o en su defecto, o en su defecto directamente en la plataforma oficial de dicha Institución.
- De conformidad con el artículo 4 de los Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley No. 17, denominada “Ley Constitutiva de la CCSS Caja Costarricense de Seguro Social”, vigente desde el 22 de octubre de 1943 y numeral 122 del Decreto Ejecutivo No. 43808-H, denominado “Reglamento a la Ley General de Contratación Pública”, vigente desde el 01 de diciembre de 2022; los oferentes no inscritos o inactivos (patrono o trabajador independiente) deberá incluir, en su plica las especificaciones en donde se acrediten los siguientes aspectos:
- Razones por las cuales se encuentra inactivo o no inscrito ante la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Actividad que desarrolla, duración y frecuencia (que realiza, inicia y si es una actividad ordinaria o temporal).
- Las tareas necesarias o indispensables que realiza para llevar a cabo la actividad.
- Infraestructura que posee para llevar a cabo la actividad.
- Personas (nombre completo y número de cédula de identidad) que realizan las tareas o actividades necesarias, para el desarrollo de la actividad y el vínculo que existe entre ellas o con el oferente (familiar, comercial, laboral, administrativo u otro).
Con la información anterior, la Administración procederá a realizar la indagación correspondiente según lo estipulado en el artículo 5 de los Lineamientos antes citados.
- De conformidad con el artículo artículos 5 de los “Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social” y 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en el caso de que, el oferente sea una persona física que se encuentre inscrita ante la Caja Costarricense de Seguro Social, bajo el régimen o modalidad de trabajador independiente, deberá incluir, en su plica, las explicaciones en donde se acredite lo siguiente:
- ¿Se requerirá los servicios físicos de otras personas para desarrollar la actividad solicitada por la Administración?
- En caso afirmativo:
- ¿Se pagará un sueldo o salario en dinero efectivo o especie?
- ¿Se ejercerá una dirección, inmediata o delegada, que deban respetar las otras personas adicionales?
- ¿Existe un vínculo, sea cual fuere su denominación, donde las personas adicionales se encuentran obligadas a realizar las tareas encomendadas?
- En caso contrario:
- ¿Los servicios detallados en el trámite de contratación serán ejecutados únicamente por su persona de forma autónoma, libre de vínculos de dependencia y subordinación de frente a un tercero?
- ¿Las ganancias producto de la actividad que desempeña serán un ingreso directo a su peculio e intereses particulares?
- Debe mantener actualizada, con no más de 24 meses, toda la información del Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, aportará como cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripción, siendo que esta Administración verificará, por este medio, las declaraciones juradas establecidas en el artículo 32 inciso c) del RLGCP, representantes legales y apoderados. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 32 inciso c) y 33 de su Reglamento.
- Debe mantener actualizada, con no más de 24 meses, la información que haya aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, por lo tanto, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro, deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el Sistema Digital Unificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y 32 inciso c) y 33 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Debe indicar en su oferta, las citas de inscripción de la sociedad o Poder (tomo, folio y asiento), a fin de que la Administración pueda realizar la consulta en el portal del Registro Nacional y verificar que se encuentre vigente y correcta la información registrada en el Sistema Electrónico de Reconocimiento y en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, constando que quien firma la oferta es el representante legal o tiene el Poder suficiente para ello.
- Debe verificar que el plazo de la entidad jurídica sea suficiente para concluir el procedimiento de contratación, estimando, al menos, que el mismo sea suficiente hasta la aprobación del respectivo contrato, sin perjuicio de que, en caso de adjudicación deberá cumplir con lo detallado al respecto dentro de las responsabilidades del contratista y subcontratista.
- Debe registrarse en el Sistema de Reconocimiento y el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, cuando así corresponda, los poderes no inscribibles en el Registro Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Al respecto, en caso de que el oferente presente un Poder Especial, deberá indicar el numero correspondiente a la contratación para la cual se otorga, de conformidad con lo establecido en el artículo1256 del Código Civil, Ley No. 63 del 28 de setiembre de 1987 y según Directriz No. DGABCA-0008-2019, titulada “Obligaciones de inclusión en los carteles y verificación de regulaciones sobre poderes aportados en procedimientos de contrataciones administrativas” del 13 de junio de 2019, emitida por la entonces Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
- En relación con ofertas de empresas extranjeras se debe considerar lo siguiente:
- En cumplimiento del principio de seguridad jurídica y conforme a los artículos 11 incisos a) y b) y 23 del Reglamento del Registro de Personas Jurídicas (Decreto Ejecutivo No. 44648-MJP), toda entidad extranjera que pretenda ejercer actos en Costa Rica deberá contar con identificación jurídica válida, en concordancia con los artículos 226 y siguientes del Código de Comercio.
- Las sociedades extranjeras que operen en Costa Rica deberán cumplir con algunos de los siguientes requisitos:
- Apertura de una sucursal en Costa Rica y el nombramiento de un apoderado, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 226 del Código de Comercio.
- Nombramiento de un apoderado, conforme a lo establecido en el artículo 232 del Código de Comercio.
- De acuerdo con lo previsto por la normativa costarricense, cualquier empresa o sociedad extranjera puede otorgar Poderes para ser representada en el país, no obstante, tratándose de Poderes Especiales deberá cumplirse con lo preceptuado por el artículo 232 del Código de Comercio y la diligencia consular, así como, lo previsto en el artículo 1256 del Código Civil.
- Las empresas extranjeras pueden otorgar Poderes fuera del Estado costarricense, no obstante, debe tomarse en consideración si éste fue emitido por un Estado parte de la “Convención Interamericana sobre Régimen Legal de poderes para ser utilizados en el extranjero”, siendo que dicha norma fue ratificada por nuestro país el 02 de enero de 1978, mediante la Ley No. 6165, con lo cual, se da el compromiso de reciprocidad únicamente con aquellos países que también ratificaron dicha Convención.
- Las empresas individuales o compañías extranjeras a que se refiere el inciso d) del artículo 5 del Código de Comercio, que tengan o quieran abrir sucursales en la República, quedan obligadas a constituir y mantener en el país un apoderado generalísimo para los negocios de la sucursal, de conformidad con el numeral 226 de dicho Código.
De conformidad con el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y 133 de su Reglamento, el oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En caso de subcontratar, se debe aportar lo siguiente:
✓ Listado de las empresas subcontratadas.
✓ Porcentaje de participación en el costo total de la oferta.
✓ Certificación de los titulares del capital social y los representantes legales.
✓ Las declaraciones juradas incluidas en el pliego de condiciones de SICOP, así como las detalladas de forma adicional en el presente documento.
No se considera subcontratación la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes de una oferta en consorcio o que presentan oferta en conjunto.
En caso de que un subcontratista participe a su vez, en el mismo concurso, como subcontratista de otro oferente, como oferente individual o de forma conjunta o consorciada, la Administración solicitará la acreditación de que en el mercado existe un número limitado de subcontratistas para el objeto de la contratación. Lo anterior, a fin de que la Administración pueda determinar si obedece a un caso excepcional según lo dispone el artículo 49 de la LGCP, o bien, determinar si no procede el argumento dado, en cuyo caso se solicitará la manifestación del subcontratista en la que indique con cuál oferta continúa en el procedimiento. De no aportar dicha manifestación y se derive de los estudios técnicos que es improcedente su participación como subcontratista en varias ofertas, provocará la exclusión del concurso de todas aquellas ofertas en que figure.
De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, las obligaciones que corresponden con dicha Institución también se extienden a terceros subcontratados por el contratista, quien será solidariamente responsable por su inobservancia. En virtud de lo anterior, en la ejecución del contrato el contratista debe velar porque la empresa o persona física subcontratada, mantenga regulada su condición con la CCSS.
Se podrá participar bajo la forma consorciada, a fin de reunir o completar requisitos del pliego de condiciones, para lo cual, deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, con la documentación de respaldo pertinente, de conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo 125 del RLGCP.
Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte, de conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo 125 del RLGCP.
Desde la oferta se deberá adjuntar el acuerdo consorcial contemplando todo lo estipulado en el artículo 129 del RLGCP.
Todos los integrantes del consorcio deben cumplir con lo establecido en las OBLIGACIONES DEL OFERENTE Y SUBCONTRATISTA, dentro de las cuales se contempla mantener actualizado y completo su registro en el Sistema Electrónico de Reconocimiento y el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas.
Lo indicado en el párrafo anterior, aplica también en caso de que existan integrantes extranjeros sin representante en el país, siendo que estos deben contar con un certificado de firma digital y podrán realizar los trámites en SICOP, utilizando un certificado digital otorgado en el extranjero, debidamente homologado de conformidad con la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, o bien, mediante la gestión de un certificado digital obtenido según las políticas generales del Sistema de Firma Digital Nacional y los procedimientos específicos emitidos por la autoridad certificadora respectiva. Todo lo anterior, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y artículo 19 del Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas, SICOP.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de la LGCP, se deberán indicar las reglas conforme las cuales, se evaluará la experiencia obtenida en proyectos, en los que se haya participado bajo la forma consorciada, a fin de evitar que por una escasa participación se pretende derivar experiencia por todo el proyecto.
- Serán inadmisibles las ofertas que no aporten, desde su plica, el desglose de costos, según el detalle indicado en el apartado 3.4.1, relativo al desglose del precio del presente documento.
- Serán inadmisibles las ofertas que participen mediante la modalidad de consorcio y a la vez participen de forma individual y/o como parte de otro consorcio en este concurso, de conformidad con el artículo 126 del RLGCP.
- El oferente deberá demostrar, mediante declaración jurada, que cuenta con experiencia en el suministro, instalación e implementación de soluciones tecnológicas relacionadas con kioscos de autogestión, sistemas de control de acceso, gestión de visitantes, seguridad física, plataformas de registro o soluciones tecnológicas similares.
- Asimismo, deberá acreditar dicha experiencia mediante la presentación de, al menos, dos (2) proyectos ejecutados durante los últimos cinco (5) años, los cuales, deberán estar relacionados con el objeto de la presente contratación. Para cada proyecto deberá indicar como mínimo:
- Nombre de la institución o cliente.
- Descripción del proyecto realizado.
- Fecha de ejecución.
- Persona de contacto y medio de verificación.
- El oferente deberá demostrar, mediante declaración jurada, que cuenta con personal técnico calificado y con experiencia comprobable en el suministro, instalación, configuración, implementación y puesta en operación de soluciones tecnológicas como las requeridas en la presente contratación.
- El oferente debe aportar documentación o evidencia que respalde su facultad para comercializar, suministrar, instalar o brindar soporte sobre los equipos y la solución ofertada, ya sea mediante certificaciones, autorizaciones, relaciones comerciales vigentes u otros mecanismos equivalentes que permitan validar su idoneidad para la ejecución del objeto contractual.
Justificación Técnica de experiencia como requisito
La DGAC solicita la experiencia previa con el fin de reducir los riesgos de implementación y garantizar que el oferente posea conocimientos y capacidades demostradas en proyectos similares, considerando que la solución que se está solicitando, involucra hardware especializado, software de gestión, integraciones tecnológicas y mecanismos de control de acceso institucional.
- Integridad de la oferta
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice.
Documentos del cartel9
- Pliego de CondicionesPDF · 3,7 MB
- Decisión InicialPDF · 676 KB
- Matriz de riesgosPDF · 420 KB
- Solicitud de CompraPDF · 379 KB
- Estudio de mercadoPDF · 543 KB
- CronogramaXLSX · 174 KB
- CertificaciónPDF · 276 KB
- Pliego de Condiciones kiosko modificadoPDF · 963 KB
- MOD-01-2026LD81PDF · 410 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Allan Monge Hernández
Tecnologías de la Información
Vexzis Gomez Villagra
Unidad de Tecnología de Información
Yelsin Daviana Mena Valverde
Encargado del concurso · Proveeduría Institucional
Angelica Maria Perez Herrera
Proveeduria Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 12:34. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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