2026LD-000067-0034100002 · SICOP 20260901969
20345 - Limpieza de cámaras y medición de espesores por medio de ultrasonido de las calderas del área de Destilería de FANAL
Consejo Nacional de Producción
Consejo Nacional de Producción está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡6,7 millones. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas el 23/09/2026. La más baja fue de Delgado Ingenieros DC, ₡4,9 millones (27,8 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡6,7 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡4,9 millones
27,8 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó16/09/2026 11:24 · hace 25 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Límite para 18/09/2026 23:59 · hace 23 días
- Cierre de ofertas23/09/2026 10:00 · hace 18 días
- de ofertas23/09/2026 10:00 · hace 18 días
- (plazo máximo)≈ 07/10/2026 · hace 4 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas únicamente por medio del SICOP.
Contexto
- Consejo Nacional de Producción adjudicó ₡7 095,7 millones en 144 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Limpieza de Cámaras y Ensayos de Calderas1 · ₡6 730 000,001₡6 730 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡5,7 millones – ₡6,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 93 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,93 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 5 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 93 % · Criterio de Pymes o MIPYMES 5 % · Criterio Social (SI/NO) 2 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,86 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 93 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 5 | Criterio Social (SI/NO)máx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Delgado Ingenieros DC | 93 | 5 | 2 | 100 |
| Maquinarias y Calderas de Centroamerica | 84,18 | 5 | 2 | 91,18 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Los oferentes deberán estar inscritos ante el Ministerio de Salud como empresas autorizadas para proveer los servicios de mantenimiento y reparación de calderas. Deberán aportar junto con la oferta el documento respectivo que lo compruebe.
- Los oferentes deberán contar con al menos un profesional encargado de realizar los ensayos no destructivos y este deberá tener conocimientos en cálculos básicos de integridad estructural de recipientes a presión y calderas, así como en inspección de equipos a presión en servicio, condiciones que causan deterioro y fallo en equipos sometidos a presión. Para validar este punto, los oferentes deberán presentar un certificado que confirme sus conocimientos, junto con la oferta.
- Los oferentes que cuenten con más de 10 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Comisión de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
- Los oferentes que cuenten con más de 50 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Oficina de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
B. REQUERIMIENTOS TECNICOS
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones generales, condiciones específicas, las especificaciones técnicas y los aspectos legales solicitados.
Para el trámite y atención de las solicitudes de aclaración al pliego de condiciones se indica que deberán ser solicitadas únicamente por medio del SICOP, en el apartado correspondiente para este fin.
Para la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas siguientes, así como la futura fiscalización del contrato, se nombra al siguiente funcionario como administrador del contrato, por lo cual, el oferente deberá de dirigirse en primera instancia a él.
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FUNCIONARIO |
TELEFONO |
CORREO ELECTRONICO |
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Kenneth Ocampo Chinchilla |
2257-9355 Ext. 7207 |
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PARTIDA |
LINEA |
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ARTICULO SOLICITADO |
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Limpieza de cámaras y medición de espesores por medio de ultrasonido de las calderas del área de Destilería de FANAL |
Línea N° 1: Limpieza de cámaras y medición de espesores por medio de ultrasonido de las calderas del área de Destilería de FANAL
Estos trabajos se deben realizar a las calderas #117 y #132 que cuentan con las siguientes características:
Marca: LAMBDA
Fábrica: Constructora Field S.A.
Número de Fábrica: 3551 y 3552
Año de fabricación: 1978
Número de registro: 132 y 117
Presión máxima de trabajo: 10 kg/cm2 (980,7 kPa)
Combustible: búnker
600 BHP Pirotubulares de 3 pasos
Espalda húmeda
Limpieza de cámara de agua
- Se debe quitar todas las tortugas de las calderas. Cada caldera posee 4 tortugas laterales, 1 superior (manhole) y 4 tortugas en la parte baja. Además, se debe quitar todos los empaques respectivos.
- Se debe ingresar a la cámara de agua y lavar el espejo frontal, espejo trasero, espejos internos, superficies internas del cilindro, y fluses con equipo a alta presión, permitiendo que todo el sedimento presente drene o escurra fuera del equipo, entiéndase por las tortugas inferiores. Además, se debe lavar a presión desde afuera por la abertura de cada tortuga lateral.
- Posteriormente se debe colocar empaque nuevo a todas las tortugas y manholes superior de las calderas. En caso de ser necesario, rectificar la cara de las tortugas.
- Se debe colocar las tapas respectivas, socar las mismas y verificar que no queden fugas. En caso de que se requiera se debe cambiar los tornillos y tuercas respectivos. Esto correrá por cuenta del adjudicatario (material y mano de obra) Se debe limpiar las tuberías de conexión con los sistemas de control de nivel de agua de las calderas. Para lo anterior el adjudicatario deberá desacoplar los sistemas de control de nivel, realizar la limpieza y luego deberá acoplar los controles de nivel de nuevo. Deberá colocar empaques nuevos y tornillos y tuercas nuevas en caso de ser requerido.
Limpieza de cámara de fuego
5. Se debe abrir las cajas de humos frontal y trasera, además del manhole trasero. La caldera posee 1 caja de humos frontal, 1 caja de humos trasera y 1 manhole trasero. Además, se debe quitar todos los empaques respectivos.
6. Se debe proceder a limpiar con cepillo de acero (o un instrumento que garantice el desprendimiento total del hollín) la totalidad de los tubos o fluses en su interior, el cañón, el hogar, las cajas de humos, así como los espejos frontales y los dos espejos traseros. Se debe eliminar todo el hollín o suciedad presente y retirar todo residuo de la caldera. Este trabajo se debe realizar en seco.
7. Posteriormente se procede a colocar nuevos empaques en las cajas de humos frontal y trasera, además del manhole trasero.
8. Se procede a colocar las tapas respectivas y socarlas y se debe verificar que no queden fugas. En caso de que se requiera se debe cambiar los tornillos y tuercas respectivos. Esto correrá por cuenta del adjudicatario (material y mano de obra).
Medición de espesores mediante pruebas de ultrasonido (ensayos no destructivos)
9. Se requiere la realización de ensayos no destructivos para las dos calderas, con el fin de determinar el estado global de los equipos y de sus elementos vitales, conforme a los requisitos aplicables del Reglamento de Calderas de Costa Rica vigente.
10. Los ensayos no destructivos deberán cubrir, como mínimo, los elementos vitales propios de una caldera pirotubular: espejos, casco o cilindro exterior y tubo central o cañón.
11. Debe incluir las siguientes tareas:
- Inspección visual detallada de superficies internas y externas accesibles.
- Medición de espesores por ultrasonido en el casco (se cuenta con ventanas ya establecidas), en todos los espejos, en el tubo central (cañón) y en otras áreas definidas por el Inspector de Calderas Autorizado. Se solicita mínimo 8 puntos de medición en el interior del cañón por caldera. Se deberá inspeccionar las soldaduras circunferenciales y longitudinales de la caldera.
- Aplicación de líquidos penetrantes o partículas magnéticas en soldaduras, zonas reparadas, uniones, boquillas y puntos donde se sospechen discontinuidades superficiales. Se deberá evaluar con líquido penetrante la soldadura ubicada en el cañón.
- Otros métodos de ensayo no destructivo que el Inspector de Calderas Autorizado considere necesarios para confirmar la integridad del equipo.
12. El personal que realizará las mediciones deberá contar con los conocimientos necesarios para la calibración y manejo de los equipos, así como la interpretación de los resultados de acuerdo a las normas nacionales e internacionales vigentes.
13. Deberá entregar un informe técnico (un informe por cada caldera) firmado por el profesional responsable de realizar los ensayos, que incluya como mínimo: identificación de la caldera de 600 BHP, fecha de realización, métodos utilizados, procedimientos aplicados, equipos empleados, normativa aplicada, certificaciones o avales del personal, cantidad de puntos inspeccionados, ubicación de cada punto, resultados obtenidos, planos o croquis de referencia, análisis de condición, memoria de cálculo, conclusiones y recomendaciones sobre la aptitud del equipo para continuar en servicio.
14. El adjudicatario se encargará de preparar la superficie para la medición y deberá realizar todas las mediciones y proporcionar todos los equipos y materiales necesarios para las mismas.
15. El adjudicatario deberá ponerse de acuerdo con el personal de Destilería de FANAL sobre las fechas idóneas para la realización de las mediciones.
16. El oferente debe indicar el tiempo de ejecución de los trabajos.
17. El adjudicatario debe aportar en FORMA ABSOLUTA TODAS LAS HERRAMIENTAS, MATERIALES Y EQUIPO para ejecutar los trabajos, FANAL no le aportará ABSOLUTAMENTE ningún tipo de equipo, materiales o herramientas. Con esto FANAL se garantiza iguales condiciones para cada oferente.
18. FANAL requiere en la ejecución de sus trabajos, acabado de alta calidad, razón por la cual la persona encargada de la supervisión de los trabajos revisará esta situación de manera exhaustiva, de presentarse problemas de este tipo, no se cancelará el trabajo hasta que se corrija la situación. Además, se indica que los costos incurridos en las mejoras de acabado correrán por cuenta del adjudicatario.
19. Se programará una visita al sitio (cuarto de calderas) según se indicará en la plataforma SICOP. Aunque la visita no es obligatoria es de suma importancia dado que se podrán aclarar dudas y aspectos técnicos sobre los requerimientos solicitados. Las especificaciones técnicas suministradas incluyen amplia información, pero las mismas deben ser corroboradas por los oferentes en el sitio. También la visita servirá para aclarar posibles dudas que puedan surgir en la misma. La no presentación a la visita al sitio no exime a los oferentes de todas las condiciones contractuales técnicas y administrativas.
La visita estará a cargo del Ing. Kenneth Ocampo Chinchilla, Coordinador de Destilería y del Sr. Alfonso Campos Soto, Supervisor de Calderas.
20. Si se realizan trabajos en caliente, las personas que los ejecuten deberán contar con la certificación actualizada de persona autorizada para trabajos en caliente, esto será corroborado por medio de las certificaciones correspondientes, las cuales deberán ser adjuntadas en la oferta.
21. Para estos trabajos la empresa deberá cumplir con toda la legislación nacional vigente y acuerdos internacionales relacionados con Salud y Seguridad Ocupacional.
22. Si se requiere realizar trabajos en caliente, deberá coordinarse con el Departamento de Mantenimiento, Destilería y Salud Ocupacional de FANAL, con el fin de mantener un ambiente seguro.
23. Antes de realizar estos trabajos se realizará una matriz de riesgos que deberá ser desarrollada por el adjudicatario, esto será corroborado con el documento firmado por el profesional responsable del adjudicatario.
24. Todo el equipo que se utilizará será inspeccionado por el profesional de Salud Ocupacional de FANAL, en coordinación con el administrador del contrato.
25. Será responsabilidad del adjudicatario mantener el orden y la limpieza en los respectivos lugares de trabajo. Deberá recolectar y gestionar los desechos que se generen durante los trabajos.
26. Es obligatorio para el contratista, haber recibido la inducción de Salud Ocupacional de FANAL previo a iniciar las labores y cumplir con las licencias de trabajo seguro de FANAL.
27. El contratista deberá asumir la responsabilidad civil, laboral del personal profesional, técnico y trabajadores operativos que desarrollarán el trabajo contratado, asimismo deberá contar con personal experto que valore el trabajo a realizar.
28. El adjudicatario deberá garantizar la supervisión del 100% de las labores por realizar. Este será el responsable del trabajo contratado.
29. Si se realizan trabajos en altura, las personas que los ejecuten deberán contar con la certificación actualizada de persona autorizada para trabajos en alturas, esto será corroborado por medio de las certificaciones correspondientes, las cuales deberán ser adjuntadas en la oferta.
30. Si se requiere realizar trabajos en altura, deberá coordinarse con el Departamento de Mantenimiento, Destilería y Salud Ocupacional de FANAL, con el fin de mantener un ambiente seguro.
31. Las personas que realicen trabajos en el interior de las calderas deberán contar con certificación actualizada de persona autorizada para trabajos en espacios confinados, esto será corroborado por medio de las certificaciones correspondientes, las cuales deberán ser adjuntadas en la oferta.
32. Se recomienda que no se realicen subcontrataciones de personal para realizar los trabajos. En caso de existir subcontratación, se deberá cumplir con lo indicado en el artículo 133 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública y los trabajadores deberán cumplir con todas las calidades y requisitos solicitados en estas especificaciones técnicas.
33. Modalidad de la contratación: La contratación se realizará bajo la modalidad cantidad definida (llave en mano)
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Los oferentes deberán estar inscritos ante el Ministerio de Salud como empresas autorizadas para proveer los servicios de mantenimiento y reparación de calderas. Deberán aportar junto con la oferta el documento respectivo que lo compruebe.
- Los oferentes deberán contar con al menos un profesional encargado de realizar los ensayos no destructivos y este deberá tener conocimientos en cálculos básicos de integridad estructural de recipientes a presión y calderas, así como en inspección de equipos a presión en servicio, condiciones que causan deterioro y fallo en equipos sometidos a presión. Para validar este punto, los oferentes deberán presentar un certificado que confirme sus conocimientos, junto con la oferta.
- Los oferentes que cuenten con más de 10 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Comisión de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
- Los oferentes que cuenten con más de 50 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Oficina de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
A. CONDICIONES GENERALES
- La Fábrica Nacional de Licores, conocida por sus siglas con el nombre de Fanal, institución estatal adscrita como una división del Consejo Nacional de Producción, cédula jurídica 4-000-042146, recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la contratación del servicio de limpieza de cámaras y medición de espesores por medio de ultrasonido de las calderas del área de Destilería de Fanal.
- La oferta debe estar redactada en forma clara y concisa, debe presentarse en idioma español o con su respectiva traducción, ofertar preferiblemente en moneda nacional en colones costarricenses y firmada o autorizada por la persona con facultades legales.
- Cuando la Administración lo considere necesario para verificar la existencia de prohibiciones para contratar, conflictos de interés, la integración de la estructura societaria o cualquier otro aspecto relevante para la correcta tramitación del procedimiento, podrá solicitar al oferente la presentación de una certificación notarial vigente que acredite la naturaleza jurídica de la sociedad y la propiedad de las acciones o cuotas que conforman su capital social, así como cualquier otra documentación complementaria que resulte pertinente. Esta solicitud se realizará únicamente cuando la información no pueda ser verificada por medio del Registro de Proveedores de SICOP, el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales u otros registros oficiales disponibles.
- Para efectos de notificaciones, el oferente se compromete a mantener actualizado el registro en SICOP donde deberá indicar claramente el nombre o razón social, cédula de identidad o cédula jurídica, dirección postal, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de sus oficinas o sucursales.
- La fecha y hora límite para el cierre de recepción de ofertas es el día 23 de setiembre de 2026 a las 10:00 horas. Posteriormente se procederá con el acto de apertura de ofertas que estará habilitado por medio de SICOP a los proveedores interesados.
- El plazo de adjudicación de esta licitación será de 10 días hábiles, vence el día 07 de octubre de 2026, con opción de prórroga por un plazo mayor por motivos de fuerza mayor o interés público, para lo cual se dejará constancia en el expediente mediante resolución motivada.
- Si algún oferente tiene dudas referentes al pliego de condiciones, encuentra contradicciones u omisiones, deberá notificarlo por escrito en SICOP, durante el primer tercio del plazo señalado para recibir ofertas. Si no fueran presentadas dentro de ese plazo quedará entendido que el oferente formulará la oferta considerando la condición o interpretación más favorables para Fanal.
- La Fábrica Nacional de Licores, por sí mismo o a solicitud de un oferente podrá introducir aclaraciones, correcciones o modificaciones a este pliego de condiciones, las que se comunicarán por los mismos medios en los que fue publicada la convocatoria de esta licitación, hasta dos días hábiles antes de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. Si a juicio de Fanal una modificación introdujere una alteración importante en la concepción original del objeto de esta licitación, el plazo señalado para recibir ofertas se ampliará conforme lo establece la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Dos o más personas, físicas o jurídicas, pueden complementar sus antecedentes y experiencia, por medio de la presentación de una oferta en consorcio, aportando copia certificada con fecha cierta del acuerdo consorcial. Ese documento contendrá, al menos, los términos que regularán las relaciones entre las partes y sus relaciones con la Administración. La responsabilidad entre las partes de este acuerdo será solidaria y le podrá ser reclamada indistintamente a cualquiera de ellos, en su totalidad.
- Declaraciones juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas por parte del oferente:
- Que la información del Registro de Proveedores de SICOP se encuentra actualizada, vigente y al día según lo solicitado en artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública N°9986. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Encontrarse inscrito, activo y al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (FODESAF) y Tributación con el Ministerio de Hacienda. FANAL realizará las verificaciones correspondientes en las plataformas en línea.
- Estar al día con todo tipo de impuestos nacionales.
- Que no le alcance ninguna de las prohibiciones para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Que no se encuentre inhibido para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.
- El oferente debe indicar de forma expresa el o los beneficiarios finales, tal y como se reconoció en el registro de SICOP, debe indicar si dicho registro está vigente y actualizado, para su respectiva verificación. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
11. Forma de pago: 30 días naturales, una vez entregado el bien o servicio a entera satisfacción en las instalaciones de Fanal, dicha entrega deberá contar con un recibido a conformidad por parte del administrador del contrato el cual puede ser un sello, firma del responsable, un oficio, un correo o un acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos del pliego de condiciones. Una vez que el contratista obtenga el recibido a conformidad a través de la plataforma SICOP, presentará la factura electrónica correspondiente por medio del SICOP y al correo facturas.fanal@cnp.go.cr
12. Vigencia de la oferta: Debe ser mínimo de 30 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
13. La Fecha de inicio será el día hábil siguiente a la notificación del contrato en SICOP.
14. Plazo de entrega: El servicio se deberá entregar como máximo 15 días hábiles después de confeccionado el contrato mediante SICOP y notificada la orden de compra vía correo electrónico.
15. Vigencia del contrato: 2 meses.
16. Garantía técnica: El oferente deberá indicarla en su oferta, asegurando a la Administración que dicha garantía como mínimo, se hará efectiva contra daños en la infraestructura existente y los materiales intervenidos en condiciones normales de uso y manipulación, durante la prestación del servicio.
17. Pólizas:
- El adjudicatario deberá presentar una póliza de riesgos de trabajo vigente durante la prestación del servicio.
- El adjudicatario deberá presentar una póliza de daños a terceros por al menos 6 millones de colones.
18. En caso de contrataciones que contemplen prórrogas, Fanal comunicará de forma escrita a la adjudicataria su decisión de no prorrogar la contratación, dos meses antes del vencimiento de cada período. Las prórrogas no son obligatorias, FANAL decide si operan o no.
19. En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, se validará dicha condición por medio de la plataforma SICOP, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento.
20. La Fábrica Nacional de Licores exigirá, como requisito indispensable para los pagos que realice a personas físicas y jurídicas constituidas en Costa Rica, que las facturas que presenten como documentos justificantes estén debidamente autorizadas por la Dirección General de la Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el sistema de autorización para comprobantes de ingresos, publicado en La Gaceta # 186 del 30/09/96.
21. Para la presente licitación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible o confidencial, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP documentos confidenciales a menos de tener un fundamento jurídico suficiente. Lo anterior con único objetivo de garantizar la transparencia del proceso de contratación.
22. La Administración se reserva el derecho de adjudicar conforme a la disponibilidad presupuestaria existente, así como declarar desierta o infructuosa la licitación cuando determine, con fundamento en el interés público, que ninguna de las ofertas presentadas satisface de manera conveniente los intereses institucionales.
Asimismo, se reserva la facultad de realizar adjudicaciones parciales, incluso respecto de una misma línea, cuando ello resulte técnica, financiera y administrativamente procedente para la adecuada satisfacción del interés público, siempre que ello no afecte la funcionalidad del objeto contractual.
De igual forma, la Administración podrá aplicar, al momento de dictar el acto final, las facultades previstas en el artículo 51 de la Ley General de Contratación Pública N.° 9986 y en el artículo 139 de su Reglamento, así como lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda.
23. Resolución de controversias: Si durante la ejecución del contrato surgen una o varias controversias que no puedan resolverse mediante negociación directa entre las partes, estas podrán someterse a un comité de expertos, sin que la ejecución del contrato se suspenda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Contratación Pública y las demás disposiciones aplicables de su Reglamento.
24. Forma de cotizar: El oferente debe cotizar el precio unitario de cada partida o línea que corresponda y el total del bien o servicio solicitado. El precio debe incluir el impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente debido a que Fanal no es exento. Los precios deben ser firmes y definitivos. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y esta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
25. Al adjudicatario se le retendrá el 2% del total de pagos a efectuar, como adelanto del Impuesto sobre la Renta, según artículo 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta No. 7092.
26. Revisiones de precio. La oferta económica total deberá ser desglosada de conformidad con la siguiente estructura mínima:
|
ESTRUCTURA DEL PRECIO |
VALOR ABSOLUTO |
VALOR PORCENTUAL |
|
Costos Directos (Insumos, Mano de Obra, Subcontrataciones etc.) |
% |
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Costos Indirectos (Costos complementarios etc.) |
% |
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Imprevistos (obligatorio) |
% |
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Utilidad |
% |
|
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Precio sin IVA |
100% |
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Impuestos (según corresponda) |
0% - 1% - 2% - 4% - 10% - 13% |
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Precio TOTAL |
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- Si la licitación se trata de la contratación de un servicio, en la estructura de precios debe incorporarse algún monto por imprevisto, no puede ser 0%, descalificaría la oferta. Lo anterior según resolución R-DCP-SICOP-01324-2025.
- El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
- Para el cálculo del reajuste o la revisión de precios del contrato, se deberá contar con la documentación de soporte suficiente, válida y pertinente, conforme lo define el artículo 6 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
- En casos excepcionales, en que se aplique el método analítico-documental, la documentación probatoria (factura con su respectivo depósito o transferencia) que acredite la compra o la adquisición del insumo, así como aquella documentación presentada en la oferta (factura preforma o documento equivalente) que da sustento al precio cotizado.
- Cualquier otra documentación adicional que FANAL requiera para el cálculo. Se cuenta con dos meses para emitir la resolución de aceptación o rechazo de la solicitud. En todo trámite de reajuste el Departamento Financiero realizará el análisis correspondiente para el reconocimiento del reajuste mediante resolución motivada.
- El Adjudicatario debe presentar patente al día dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. (cuando corresponda)
- Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total adjudicado dentro de los 5 (Cinco) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, a través del SICOP o mediante trámite con alguna entidad garante a favor del Consejo Nacional de Producción. Para tales efectos, se señala la cuenta IBAN en colones del Banco de Costa Rica: CR 04015201001000375240 del Banco de Costa Rica, se debe adjuntar el comprobante del pago en la plataforma SICOP. Deberá emitirse conforme lo establecido en el artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- La vigencia de la garantía de cumplimiento debe ser de dos meses adicionales a la fecha probable de finalización del contrato. De igual manera se debe mantener vigente la garantía de cumplimiento en caso de existir ampliación de contrato, retrasos o cualquier tipo de prórroga contemplada en la normativa vigente.
- Es obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
- La garantía de cumplimiento se devolverá dentro del mes siguiente a la fecha de la finalización del contrato, en el tanto el bien o servicio haya sido recibido a entera satisfacción, se debe realizar solicitud del contratista, a través de la plataforma SICOP.
- Si el adjudicatario no cumpliera dentro del término establecido rindiendo la garantía de cumplimiento, FANAL podrá hacer una nueva adjudicación a alguno de los otros oferentes de acuerdo con lo estipulado en el artículo 53 de la Ley General de Contratación Pública, o bien declarar desierta la licitación.
- La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con la Fábrica Nacional de Licores, entidad adscrita al Consejo Nacional de Producción, lo anterior con pleno sometimiento a las normas de la Ley General de Contratación Pública y de su Reglamento, así como a las condiciones generales y especiales del pliego de condiciones o cualquier otra disposición reglamentaria pertinente para el trámite de la presente licitación.
C. EVALUACION DE OFERTAS
Una vez que se determine cuáles son las ofertas que cumplen con los aspectos formales, técnicos, legales y financieros que serán obligatorios para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la evaluación respectiva, para conocer la calificación final bajo los siguientes factores:
|
PARAMETRO |
VALOR ASIGNADO % |
|
Precio |
93% |
|
Criterios sustentables |
2% |
|
PYMES |
5% |
|
Total |
100% |
a. Precio (P):
Al menor precio entre las ofertas se le asignará un puntaje de 93%, a las demás ofertas se les asignará de acuerdo con la fórmula:
Precio menor por partida
% Precio = ______________________________ x 93%
Precio oferta a evaluar por partida
b. PYMES: 5% (Articulo N°23 Ley General de la Contratación Pública)
Se otorgará hasta 5% a los oferentes que acrediten su incorporación como Pequeña y Mediana Empresa. Deberán adjuntar la certificación vigente en la oferta.
c. Criterio sustentable: 2%
Política de promoción de la salud física y mental, bienestar y seguridad laboral: 2% Criterio Sustentable Social.
Se otorgará hasta 2% a los oferentes que cuenten con una Política de promoción de la salud física y mental, bienestar y seguridad laboral. Deberán presentar copia de la política y una declaración jurada de que la misma se encuentra implementada.
Se adjudicará la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se asignará un puntaje adicional a la oferta que logre demostrar que es una PYME, en caso de existir un empate entre empresas PYMES se considera la siguiente puntuación: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos o PYME de comercio 2 puntos. Si aún persiste el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
D. CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
- El adjudicatario que no comparezca dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en este pliego de condiciones u omita rendir durante ese plazo la garantía de cumplimiento, se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado según la rúbrica de evaluación de ofertas y así sucesivamente.
- Insubsistencia de la contratación: Se entenderá por insubsistente la contratación con las causales indicadas en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública, para ello la administración podrá optar por las ofertas subsiguientes para una eventual readjudicación mediante resolución motivada.
- El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y especificaciones del pliego de condiciones y sus adendas, lo ofrecido en su oferta como en las demás manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso y formalizadas durante la ejecución del contrato.
- Debe realizar la totalidad de la contratación en su entera responsabilidad. Se podrá subcontratar si en la oferta se indica el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley.
- El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, y en los artículos 273, 274, 275 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
- El contratista estará obligado a ofrecer todas las facilidades necesarias al administrador del contrato para la correcta fiscalización contractual durante la ejecución del contrato.
- El Administrador del contrato está en la obligación de gestionar el recibido provisional al proveedor y emitirá recepción definitiva a conformidad con el pliego de condiciones, el cual no será mayor a un mes después de la entrega final del objeto contractual.
- El contratista deberá entregar los bienes o servicios contratados de acuerdo con el plazo de entrega cotizado en su oferta y de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones. Se permitirá un máximo de dos (02) prórrogas, la cual deberá ser presentada dentro del plazo de entrega establecido para valorar su aceptación o rechazo.
- Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP.
Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento.
Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
- La Fábrica Nacional de Licores de acuerdo con el artículo 115 de la Ley General de Contratación Pública podrá, sin perjuicio de las demás acciones administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato en su totalidad o en parte o bien rescindir sus relaciones con fundamento en dicho cuerpo normativo.
- Fanal se reserva la potestad durante la ejecución del contrato de verificar en cualquier tiempo la vigencia de las pólizas y la presentación de planillas correspondientes al régimen de seguro por riesgos profesionales, así el cumplimiento de las obligaciones obrero-patronales con la CCSS.
- La contratación se encuentra incluida en el PTAI 2026.
- Cualquier circunstancia no prevista en el pliego de condiciones, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y normativa conexa aplicable.
- El inicio de la actividad contractual podrá coincidir con la notificación del contrato y notificación de la orden de compra vía correo electrónico, por lo tanto, el plazo de entrega y responsabilidad de las partes correrá a partir del día posterior a la notificación de la misma, aun cuando el contratista no confirme el recibido de dicha documentación, se entenderán los días hábiles posteriores a la notificación de la documentación.
- El Administrador del contrato efectuará la recepción provisional al momento de recibir los artículos solicitados en la orden de compra y en un plazo no superior a 5 días posteriores, efectuará la recepción definitiva para iniciar el trámite de pago.
- Recepción Provisional: La recepción provisional, del objeto se entenderá como el recibo material de los bienes y servicios, en el lugar estipulado. Se deberá coordinar con el Administrador del Contrato correspondiente la recepción cuando sea pertinente. Se levantará un acta en la cual consignará las cantidades recibidas, la hora, fecha y la firma de los presentes. La recepción provisional excluye el cobro de cláusulas penales, salvo que se haya hecho bajo protesta, en cuyo caso, el Administrador del Contrato indicará al Contratista por escrito los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo.
- Recepción Definitiva: La recepción definitiva del objeto no será mayor a un mes después de efectuada la recepción provisional, vencido el plazo para corregir defectos, se podrá hacer simultánea con la recepción provisional si el artículo así lo amerita.
- Prórroga del plazo de entrega: A solicitud del contratista, la Administración, podrá autorizar prórrogas al plazo de entrega cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista. El contratista solicitará la prórroga previa a que finalice el plazo original estipulado. Si la solicitud se hace fuera de este plazo, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada, no obstante, se penalizarán los días transcurridos sin conocimiento.
Cualquier información adicional deberá comunicarse con el Ing. Kenneth Ocampo Chinchilla, al 2257-9355 Ext. 7207 o al correo kocampo@cnp.go.cr
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Cláusula penal. Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel2
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 430 KB
- CRONOGRAMAPDF · 246 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Kenneth Jesus Ocampo Chinchilla
Destilería
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 02:40. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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