2026XE-000809-0000400001 · SICOP 20260902003
S.E Contratación Directa de Escasa Cuantía SERVICIO DE ALQUILER DE TRACTOR DE ORUGAS y SERVICIO DE TRASLADO DE EQUIPO PROCESO 446 PGBORINQUEN II GE-359
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡33,4 millones. Se recibieron 8 ofertas de 8 empresas el 09/10/2026. La más baja fue de Desplazamientos de Tierra Mosaju, ₡25,1 millones (24,8 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡33,4 millones
Ofertas recibidas
8
de 8 empresas
Oferta más baja
₡25,1 millones
24,8 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó01/10/2026 08:06 · hace 10 días
- Límite para 05/10/2026 23:59 · hace 6 días
- Cierre de ofertas08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- de ofertas09/10/2026 07:30 · hace 2 días
- (plazo máximo)≈ 23/10/2026 · en 12 días
Nota de la institución. "Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP."
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Alquiler de Tractor con Orugas1 · ₡32 633 582,101₡32 633 582,10
- Servicio de Traslado de Equipo1 · ₡744 552,521₡744 552,52
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡28,4 millones – ₡33,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 8 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡456,61 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Desplazamientos de Tierra Mosaju | 100 | 100 |
| Transportes y Alquiler de Equipo Brenes Jimenez | 90,86 | 90,86 |
| Hermanos Herrera Barrantes Constructora | 82,44 | 82,44 |
| Equipos Mata | 72,78 | 72,78 |
| Tractores Escazu | 66,77 | 66,77 |
| Constructora Fairuza | 64,18 | 64,18 |
| Grupo Orosi | 59,85 | 59,85 |
| Constructora Monte Sion | 55,14 | 55,14 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
8.3.1 DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICACIONES
El oferente debe presentar las declaraciones juradas que se adjuntan en el Anexo en PDF llamado "Declaraciones Juradas y Certificaciones.
8.3.2 REQUISITOS DEL OFERENTE
El oferente deberá presentar su propuesta económica con la información requerida del cartel.
Se deberá acreditar el derecho de utilización o libre disposición del equipo mediante cualquiera de los siguientes documentos:
• Título de propiedad
• Declaración Única Aduanera (DUA)
• Escritura pública de compraventa
• Factura comercial
• Documento que demuestre fehacientemente la libre disposición del equipo
Adicionalmente, todos los oferentes deberán presentar obligatoriamente:
• Revisión Técnica Vehicular vigente
• Tarjeta de Pesos y Dimensiones
La documentación presentada debe estar vigente al momento de la apertura de las ofertas.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
8.2.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO
8.2.1.1 Descripción del Servicio
El servicio requerido corresponde a una necesidad del proyecto, cuyo inicio de ejecución está previsto para el mes de Noviembre del 2026.
El presente concurso consiste en la contratación de
Partida 1 Línea 1: Cantidad de 1 Servicio de Tractor de orugas capacidad similar o superior a 750J de John Deere, servicio requerido por 630 horas.
Partida 1 Línea 2: Cantidad de 1 Servicio de traslado (ida y vuelta para el equipo) del equipo al Proyecto
Para realizar trabajos específicos en el Proyecto Geotérmico Borinquen, Guanacaste.
Servicio de Traslado de Equipo: Este servicio consiste en realizar el traslado de la maquinaria ofertada desde su ubicación hasta el sitio del proyecto (ida y vuelta), cumpliendo con toda la normativa de transporte aplicable y las medidas de seguridad correspondientes.
Las cotizaciones deberán realizarse por:
Partida 1 Línea 1: precio total del servicio contemplando todas las horas requeridas del servicio
Partida 1 Línea 2: precio total por traslado (ida y vuelta)
8.2.1.2 Condiciones de Operación
La operación del equipo que brinde el servicio se realizará en condiciones de terreno variado que incluyen:
• Caminos asfaltados
• Caminos lastrados
• Condiciones de barro en algunos sectores
• Pendientes de hasta 30 grados
• Terrenos con posible presencia de rocas y obstáculos
• Condiciones climáticas variables propias de la zona.
'8.2.2 REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO
8.2.2.1 Ubicación y Base de Operaciones
Zona de operación: Todos los servicios solicitados en las partidas de este Cartel son para Proyecto Geotérmico Borinquen, Guanacaste.
Coordenadas geográficas: [especificar coordenadas]
8.2.2.2 Horario de Servicio
Horario establecido regular para la ejecución contractual: hasta 12 horas por turno
Modalidad de trabajo: según coordinación con el ICE (bisemanal 10 días consecutivos o semanal 5/2, en jornada diurna y jornada nocturana, en jornada 24/7)
Uso estimado diario: se estima un uso diario de 5 horas por turno
| Semanal 5-2 Diurno | ||||||||||||||
| lunes | martes | miércoles | jueves | viernes | sábado | domingo | lunes | martes | miércoles | jueves | viernes | sábado | domingo | |
| Hora de ingreso | 07:00 | 06:00 | 06:00 | 06:00 | 06:00 | Libre | Libre | 07:00 | 06:00 | 06:00 | 06:00 | 06:00 | Libre | Libre |
| Hora de salida | 16:00 | 16:00 | 16:00 | 16:00 | 15:00 | 16:00 | 16:00 | 16:00 | 16:00 | 15:00 | ||||
| TOTAL ORDINARIO EFECTIVO | 9 | 10 | 10 | 10 | 9 | 0 | 0 | 9 | 10 | 10 | 10 | 9 | 0 | 0 |
8.2.2.3 Disponibilidad Mínima Requerida
Disponibilidad mínima requerida: 75% de índice de disponibilidad durante la ejecución del contrato
El Índice de Disponibilidad, determina la eficacia del contratista para brindar el servicio
Cuando no se logre cumplir con la disponibilidad mínima, se deber iniciar el debido proceso del trámite para sustitución del equipo
Para calcular la disponibilidad se utilizará la fórmula indicada en el cálculo de pago en el apartado 8.1.6.2 Cálculo de Pago de la sección de Condiciones Generales
8.2.2.4 Coordinación del Servicio
El Plazo Máximo de Entrega será el indicado en la información detallada de Línea, este plazo se contabilizará a partir de la notificación de la Orden de Inicio de Ejecución del Servicio por parte de Proveeduría, la Orden de Inicio de Ejecución del Servicio se notificará hasta 22 días hábiles después de la notificación del contrato. (**se notificará el mes de noviembre del 2026).
La prestación del servicio se realizará conforme al cronograma que establezca el administrador del contrato, previo a la iniciación de labores, considerando:
- Fechas y horarios específicos de ejecución
- Ubicación específica donde se requiere el servicio
- Duración de la jornada de trabajo.
El contratista deberá confirmar su disponibilidad para ejecutar el servicio conforme al cronograma establecido por la Administración en un plazo de 3 días hábiles. El cronograma podrá ser modificado por el Administrador del Contrato según las necesidades operativas del ICE, otorgando al contratista un plazo de 5 días hábiles de anticipación para ajustarse a los cambios, salvo en casos de emergencia (desastres naturales o crisis sanitarios) donde se aplicará el plazo de 1 día hábil.
8.2.2.5 Comunicación
Mantener una comunicación efectiva y constante, por vía formal de SICOP, electrónica (correo electrónico), telefónica y presencial mediante la comunicación de campo la cual se realizará con el Representante en Campo del Contratista, garantizando la adecuada coordinación entre la Administración y el Contratista durante toda la ejecución contractual.
El Contratista debe definir un Representante en Campo del Contratista para cada servicio, el cual será el enlace operativo en la ejecución del servicio y será quien reciba las instrucciones de los trabajos que debe realizar el equipo, así como la revisión y verificación de las boletas de los reportes de tiempo de operación. Se considera que la comunicación que se realice en campo al Representante en Campo del Contratista forma parte de la comunicación oficial al Contratista.
El contratista deberá comunicar al Administrador de Contrato el nombre y cédula del Representante en Campo por parte del Contratista para cada servicio.
8.2.2.6 Condiciones de Trabajos
Adaptable para los requerimientos de conformación de los caminos a intervenir y las necesidades del proyecto.
8.2.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL EQUIPO
8.2.3.1 Tractor de orugas capacidad similar o superior a 750J de John Deere, con información Ficha Técnica del modelo del equipo, demostrando el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos establecidos en el Cartel .
8.2.3.1.1 Especificaciones Generales que se deben cumplir con la propuesta económica
• Tipo: Tractor de orugas capacidad similar o superior a 750J de John Deere
• Potencia neta del motor: Entre 104 KW y 134 KW (medida según norma ISO 9249 o SAE J1349)
• Año de fabricación: Entre 2010 y 2026
• Peso Operativo : entre 13 000 y 20 500 kg. (incluyendo hoja y ripper.
• DEBE POSEER CABINA CERRADA CON AIRE ACONDICIONADO.
8.2.3.2.2 Especificaciones Técnicas a Evaluar en Campo
•Hoja Topadora (Bulldozer):
•Tipo: Semi-U (SU) o Recta (S).
•Ancho de la hoja: Entre 3.1 metros y 4,3 metros.
•Tren de Rodaje: Orugas con zapatas de servicio pesado.
•Aditamento Trasero: Desgarrador trasero tipo Multivástago o Monovástago.
8.2.3.2.3 Sistema de Transmisión
•Tipo: Hidrostática de velocidad infinita o Servotransmisible (Powershift) con mínimo 3 marchas adelante/atrás.
•Dirección: Que permita giros contrarrotatorios bajo carga.
8.2.3.2.4 Sistema Hidráulico
•Bomba Hidráulica: Pistones axiales o engranajes con caudal mínimo de 140 litros/minuto para implementos. Presión de alivio mínima 190 bar.
8.2.3.2.5 Sistemas de Seguridad
• Estructura de protección contra vuelcos ROPS (Estructura de Protección contra Vuelcos): Debe cumplir con la norma ISO 3471.
• Estructura de protección contra caída de objetos FOPS (Estructura de Protección contra Caída de Objetos): Debe cumplir con la norma ISO 3449.
• Cinturón de seguridad en perfecto estado de funcionamiento.
• Sistema de alarma de reversa audible.
• Luces delanteras y traseras en perfecto estado que permita la operación segura del equipo.
8.2.3.2 Especificaciones de Mantenimiento
8.2.3.2.1 Condiciones Mecánicas
• Sistemas mecánicos en óptimas condiciones
• Sin fugas de aceites, combustible o refrigerante
• Sistemas de seguridad funcionales
8.2.3.2.2 Equipamiento Obligatorio
• Triángulos o conos reflectivos
• Extintor
• Foco
• Botiquín básico
• Cables para pasar corriente
• Kit para contención de derrames
8.2.3.3 Mantenimiento y Atención de Averías
8.2.3.3.1 Plazos de Atención
• Mantenimientos rutinarios: 16 horas hábiles
• Diagnóstico técnico de averías: 8 horas hábiles a partir de la notificación
• Reparación con repuesto nacional: 16 horas hábiles (extensible hasta 3 días hábiles con justificación y aprobación por parte del ICE)
• Reparación con repuesto importado: 14 días hábiles (extensible hasta 22 días hábiles con justificación y aprobación por parte del ICE)
8.2.3.3.2 Equipo de Reemplazo
Vencidos los plazos indicados en el apartado 8.2.3.3.1 sin que la avería haya sido resuelta, el contratista deberá notificar al ICE la necesidad de sustitución y solicitar la aprobación correspondiente, adjuntando la documentación que acredite el cumplimiento de los requerimientos y requisitos contractuales del equipo propuesto.
El ICE deberá resolver dicha solicitud dentro de un plazo máximo de [1 día hábil] contado desde su presentación completa. Transcurrido ese plazo sin respuesta, se entenderá aprobada la sustitución para efectos del cómputo de plazos.
Una vez aprobada la sustitución (o vencido el plazo de aprobación conforme al párrafo anterior), el contratista deberá poner a disposición del ICE el equipo de reemplazo dentro de un plazo máximo de [3 días hábiles]. El incumplimiento de este último plazo constituirá atraso en la entrega del equipo de reemplazo, sancionable conforme a la cláusula penal.
8.2.3.4 Sistemas y Componentes a Mantener
Los elementos se verificarán al momento de presentar el equipo para el inicio del contrato; el ICE se reserva el derecho a verificar en cualquier momento de la ejecución del contrato. La falta de cualquiera de estos sistemas y componentes se categorizará según el anexo F01-CSCON-SST-12-02, donde las faltas tipo A corresponden a faltas que definen el equipo en avería.
8.2.3.4.1 Sistema de Frenos
◦Sistema de aire y válvulas en óptimas condiciones
◦Ausencia de fugas en el sistema hidráulico
◦Desgaste de los elementos de frenado dentro de las tolerancias del fabricante
◦Actuadores de estacionamiento funcionales
8.2.3.4.2 Sistema de Dirección
◦Motores hidráulicos de traslación sin fugas
◦Bomba hidráulica en buen estado
◦Orugas correctamente tensadas y alineadas
◦Válvulas de control y joystick en buen estado
8.2.3.4.3 Sistema Eléctrico
◦Luces completas funcionales
◦Batería en buen estado
◦Arranque y alternador funcionando
◦Tablero de instrumentos operativo
8.2.3.4.4 Sistema de Suspensión
◦Rodillos y ruedas guía en buen estado
◦Brazos y bujes de soporte sin holgura excesiva
◦Estructura del tren de rodaje sin fisuras ni deformaciones.
8.2.4 REQUERIMIENTOS DE REUBICACIÓN DEL SERVICIO
• El ICE tendrá la potestad de reubicar los equipos contratados de acuerdo con sus necesidades operativas, manteniéndose siempre dentro de las zonas de referencia indicadas en el Proyecto. Los equipos que cuenten con capacidad de autotransporte deberán trasladarse por sus propios medios dentro de la jornada ordinaria de trabajo. En caso de que el equipo contratado no pueda autotransportarse, el ICE realizará el traslado con equipo propio.
8.2.5 CONSIDERACIÓN DE COSTOS PARA LA OFERTA CANTIDAD DEFINIDA
El Oferente deberá contemplar e incluir en su propuesta económica la totalidad de los costos asociados a la ejecución del contrato bajo la modalidad cantidad definida, que comprenderán:
• Tarifa del servicio (precio total del servicio para las horas requeridas)
• Tarifa por el servicio del traslado del equipo para ingresar al proyecto (precio total del servicio de traslado)
• Suministro de combustible, lubricantes, fluidos, herramientas, personal de operación calificado y demás insumos necesarios para la correcta operación y funcionamiento del equipo destinado a la prestación del servicio.
• Ejecución de mantenimientos preventivos y correctivos del equipo utilizado, incluyendo repuestos y mano de obra mecánica, garantizando su óptimo estado y funcionamiento durante toda la vigencia del contrato sin interrumpir la continuidad del servicio.
• Consumibles y el desgaste normal del equipo que brinda el servicio
• Costos de disponibilidad del equipo para atender de manera oportuna las solicitudes del ICE dentro de los plazos contractuales.
• Costos asociados a la supervisión, coordinación, administración, viáticos del personal (alimentación, hospedaje, traslados internos) y cualquier gasto operativo del contratista según la modalidad contractual.
• Costo de pólizas de seguros vigentes (Riesgos del Trabajo del INS y Responsabilidad Civil por daños a terceros o bienes del ICE), equipos de protección personal (EPP) y cumplimiento de la normativa de salud ocupacional para los trabajadores del Contratista, costos de gestión y disposición final de residuos peligrosos generados por la prestación del servicio (aceites usados, filtros, etc.) conforme a la legislación ambiental y trámite y pago de permisos especiales de circulación o exceso de dimensiones ante el MOPT/CONAVI si fueran necesarios para el traslado.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
8.1.1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente contratación tiene por objeto el Servicio de Alquiler de 1 tractor de orugas , para la realización de trabajos en el Proyecto Geotérmico Borinquen II, con el fin de satisfacer las necesidades operativas del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
El presente contrato es de cantidad definida y de ejecución continua, por lo que su pago se liquida por períodos quincenales conforme a las horas efectivamente prestadas y al mínimo garantizado, según el apartado 8.1.7.2. de la sección Condiciones Generales.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato la Dirección de Infraestructura y Servicios Asociados incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la Dirección de Infraestructura y Servicios Asociados se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento de modificaciones presupuestarias.
El monto total estimado es de: 13 351 253,85 CRC para el periodo 2026 y 20 026 880,77 CRC para el periodo 2027.
8.1.2 CRITERIOS SOSTENIBLES
El oferente debe presentar una declaración jurada indicando que cumple con los criterios sociales y criterios ambientales expuestos en los siguientes puntos:
8.1.2.1 Criterios Sociales
a) Que se compromete a asegurar que exista equidad salarial entre hombres y mujeres que desempeñan roles similares y que todos los beneficios laborales estén disponibles de manera equitativa para todos los empleados, independientemente de su género.
8.1.2.2 Criterios Ambientales
8.1.2.2.1 Ingreso a Instalaciones ICE
a) Que se acepta y compromete a que el personal del Contratista, al momento de presentarse al ICE para cualquier actividad previamente coordinada con el Administrador del Contrato, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
8.1.2.3 Cumplimiento de la Normativa Ambiental
De acuerdo con el Anexo: Disposiciones ambientales Contratistas Maquinaria y Equipo.
a) Que conocen y aceptan implementar y cumplir la Ley de Tránsito 7331 y sus modificaciones, de modo que el ruido y la producción de gases de la combustión, no sobrepasen los límites establecidos. Incluye además del buen estado del motor, la transmisión, frenos y la carrocería.
b) Que conocen y aceptan implementar y cumplir los lineamientos ambientales que estipula la gestión adecuada de los residuos producidos por el contratista es responsabilidad propia, por lo que no se permite la disposición ni el abandono de dichos residuos en los sitios de obra del proyecto o área que recibe el servicio, por lo que, los mismos deben ser retirados del lugar. No se permitirá enterrarlos, ni quemarlos ni tirarlos al suelo o cuerpos de agua y zonas de protección. Esto mismo aplica para el caso de sustancias peligrosas. Los residuos peligrosos que se generen producto de la atención de una fuga o derrame de sustancias peligrosas deberán entregarse a cada obra, según se establezca internamente. El personal del contratista deberá hacer uso correcto de los recipientes, contenedores o aparatos ubicados en los sitios de trabajo, para disponer los residuos que generen producto de las actividades atendidas para la obra área que recibe el servicio.
c) Que conocen y aceptan implementar y cumplir los lineamientos ambientales que estipula que el mantenimiento de los equipos se deberá hacer en sitios externos a las instalaciones del ICE. La única excepción donde se puede hacer el mantenimiento en sitio es en caso de desperfecto mecánico o fuga en sitios autorizados, estos sitios corresponden a lugares específicos del proyecto, los cuales serán indicados por los compañeros de Salud Ocupacional y gestión ambiental al ingreso del contratista. En este caso, se deben usar dispositivos como bandejas, piscinas portátiles, granulado, tapetes y calcetas absorbentes para contener cualquier derrame producto del mantenimiento por dichas contingencias. Es terminantemente prohibido lavar vehículos, herramientas en ríos y quebradas, o dentro de las instalaciones de la obra.
8.1.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
8.1.3.1 Documentación del Operador
8.1.3.1.1 Requisitos del Operador
El Contratista debe garantizar que el operador del equipo para la prestación del servicio cumpla con los siguientes requisitos:
• Contar con cédula vigente, si el operador no es nacional, cédula DIMEX (Documento de Identidad de Migración y Extranjería)
• Licencia vigente para la operación del equipo (licencia tipo D3)
• Experiencia de 2 años operando equipos similares, lo cual deberá ser acreditado mediante declaración jurada del contratista
8.1.3.1.2 Documentación a Presentar
El Contratista debe presentar la siguiente documentación del operador a los 3 días hábiles de la notificación del contrato:
• Copia de Cédula y Licencia vigente del operador para la operación del equipo
• Hoja de delincuencia con una antigüedad no mayor a tres meses
El Contratista debe presentar la siguiente documentación médica del operador:
• Valoración médica que acredite su aptitud física para operar el equipo, interpretando los siguientes exámenes médicos (certificado médico emitido por un médico incorporado al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica):
o Audiometría Clínica
o Optometría
o Exámenes de laboratorio (Glicemia, Perfil Lipídico, Ácido Úrico)
El Contratista deberá presentar la documentación médica requerida del operador en un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación del contrato. Dicha documentación deberá tener una antigüedad no mayor a tres meses contados desde la fecha de su emisión. Los costos asociados a estos requerimientos deben ser contemplados dentro de la oferta del servicio.
'8.1.3.1.3 Condiciones de Aptitud del Operador
El Contratista debe garantizar mediante la valoración médica (la cual será verificada por el médico de la institución), que el operador no presente contraindicaciones médicas como:
• Hipoacusia moderada
• Baja visión
• Limitaciones en extremidades
• Patologías crónicas no compensadas
8.1.3.2 Requisitos Adicionales en Fase de Ejecución Contractual
8.1.3.2.1 Documentación a Mantener Vigente
El contratista deberá mantener vigentes y presentar en los siguientes 3 días hábiles una vez notificado el contrato los siguientes documentos:
• Copia de la cédula de identidad del contratista en caso de persona física o del representante legal en caso de persona jurídica
• Póliza de Riesgos del Trabajo y presentación de planilla de Riesgos del Trabajo
• Pólizas específicas mencionadas en el apartado 8.1.4.2 Coberturas de Seguros de las Condiciones Generales, presentación de Constancia del Pago de la Póliza y Constancia del monto de cada una de las coberturas emitido por el ente asegurador autorizado por la Superintendencia de Seguros
• Documentación de propiedad del equipo
• Personería jurídica (cuando aplique)
• Certificación y comprobantes de pago CCSS, presentación de Planilla de la CCSS
• Derecho de circulación
• Revisión técnica vehicular
• Tarjeta de Pesos y Dimensiones (cuando aplique).
NOTA: El alquiler de equipo o la cesión de derechos sobre maquinaria no se considerará como subcontratación. Lo anterior, en virtud de que la subcontratación consiste en la contratación de un tercero para que ejecute parte de las obligaciones contractuales del contratista, mientras que el alquiler o cesión constituye únicamente la obtención de medios (equipos o maquinaria) que permiten al contratista cumplir personalmente con las labores encomendadas.
8.1.3.2.2 Responsabilidad Obrero-Patronal del Contratista
• El Contratista debe cumplir con todas las obligaciones laborales de su personal, como salarios, seguridad social y seguros, siendo el único responsable del personal empleado, cumpliendo con todas las cargas sociales y obligaciones patronales
• El Contratista debe mantener indemne al ICE de cualquier reclamo laboral
• Las instrucciones que la Administración curse al Representante en Campo del Contratista se refieren exclusivamente a la coordinación del servicio y al resultado requerido (qué trabajo debe ejecutar el equipo, dónde y cuándo), sin que en ningún caso impliquen ejercicio de poder de dirección, control de jornada ni potestad disciplinaria sobre el operador. La organización del trabajo, la jornada, los descansos, la supervisión técnica y la disciplina del operador corresponden de manera exclusiva al Contratista, en su condición de único patrono. Aun cuando el operador sea designado como Representante en Campo, actuará en esa única condición para efectos de coordinación, sin que ello genere vínculo laboral alguno con el ICE. Cualquier apercibimiento, solicitud de sustitución o retiro de personal se gestionará frente al Contratista y nunca frente al trabajador.
• El contratista deberá proveer al operador que brinda el servicio las facilidades de hospedaje, transporte, alimentación y demás consumibles requeridos por su relación obrero patronal. En caso de impericia, enfermedad o cualquier otro motivo por el cual el operador no pueda brindar el servicio, en caso del reemplazo del operador, el contratista contará con un plazo de 24 horas para realizar la solicitud de sustitución, la solicitud deberá presentarse al administrador del contrato, en caso de incumplimiento con el plazo el administrador del contrato realizará el respectivo apercibimiento escrito.
• El contratista será responsable de la custodia, seguridad y resguardo de todo el equipo, maquinaria, herramientas e insumos utilizados para la prestación del servicio durante los períodos de descanso, fuera del horario establecido de trabajo, fines de semana, feriados y cualquier interrupción temporal del servicio.
• El contratista deberá contar con instalaciones propias (plantel, bodega, patio de maquinaria) o facilidades contratadas por su cuenta para el almacenamiento seguro de los equipos. Excepcionalmente, el contratista podrá solicitar autorización escrita al administrador de contrato para el resguardo temporal de equipos dentro de las instalaciones institucionales, siempre que cumpla con todos los requisitos de seguridad, normativa interna vigente, y condiciones que establezca la Administración. Esta autorización será otorgada a discreción del ICE y podrá ser revocada en cualquier momento por razones de seguridad u operativas, contando con un plazo de respuesta de cinco días hábiles.
• En ningún caso la maquinaria, equipos o insumos podrán permanecer en vías públicas o terrenos no autorizados. El contratista asume total responsabilidad por cualquier daño, pérdida, robo o deterioro de los equipos durante estos períodos, independientemente del lugar de resguardo autorizado, así como por los costos de traslado. Deberá mantener vigente durante toda la ejecución del contrato una póliza de seguro que cubra los equipos contra todo riesgo.
8.1.3.2.3 Tiempo de Respuesta
• El contratista deberá garantizar un tiempo de respuesta máximo de 24 horas para la confirmación de la disponibilidad del equipo y presentar el servicio en el sitio de acuerdo con la fecha indicada en la notificación de la Orden de inicio de Ejecución del Servicio, la cual deberá contemplar de 5 a 10 días hábiles para logísticas de transporte, en caso de incumplimiento se aplicará la cláusula penal.
8.1.3.2.4 Personal de Contacto
El contratista deberá designar dos personas de contacto (titular y suplente) para la atención de las solicitudes de servicio, indicando nombres, números de teléfono y correos electrónicos. Estas personas deberán estar disponibles en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. para atender las solicitudes de servicio enviadas por el administrador de contrato.
Adicionalmente, el contratista deberá designar un canal de contacto operativo disponible durante todo el horario de prestación del servicio (incluidos turnos nocturnos, fines de semana y feriados cuando la modalidad contratada así lo requiera), exclusivamente para el reporte de averías, accidentes y situaciones que afecten la continuidad del servicio. Este canal podrá ser telefónico, mediante el Representante en Campo del Contratista o cualquier otro medio que garantice respuesta inmediata. El canal administrativo (lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.) y el canal operativo deberán identificarse de forma separada en la oferta.
8.1.3.3 Responsabilidades del Contratista sobre Mantenimiento
• El Contratista será responsable de proporcionar todos los repuestos necesarios y de cubrir los costos de las reparaciones.
• En caso de que la avería no pueda ser reparada dentro del plazo establecido en el cartel, el Contratista deberá proporcionar un equipo de reemplazo con las mismas características, según lo establecido en el apartado 8.2.3.3 Mantenimiento y Atención de Averías de la sección Condiciones Específicas, y en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
• Los mantenimientos deben coordinarse fuera del horario establecido para la prestación del servicio. En caso de excepciones urgentes, se deberá solicitar permisos para el mantenimiento y el equipo se colocará en avería.
8.1.4 OTRAS CLÁUSULAS DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
8.1.4.1 Indisponibilidad y Tiempos en Avería
Se considera avería toda situación que impida el uso seguro y eficiente del equipo que brinda el servicio.
8.1.4.1.1 Registro de la Indisponibilidad
El registro de los períodos de indisponibilidad se realizará mediante el Reporte de Tiempo de Operación, conforme al siguiente procedimiento:
• Inicio de la indisponibilidad: El inspector de campo o encargado de la obra registrará la hora exacta de inicio desde el momento en que se detecte o reporte el problema mecánico, fuga, avería o cualquier situación contemplada en el apartado 8.1.4.1.3 Se contabiliza como Indisponibilidad de las Condiciones Generales, con comunicación al Representante en Campo del Contratista.
• Finalización de la indisponibilidad: El tiempo de avería se cierra únicamente cuando el contratista haya cumplido la totalidad de las acciones indicadas en el apartado 8.1.4.1.2 de las Condiciones Generales, a saber: subsanación del problema, notificación al Administrador de Contrato, verificación en campo por el responsable ICE y otorgamiento del visto bueno para reanudar el servicio.
• Responsable del registro: El inspector de campo, encargado de la obra o ingeniero del proyecto será el responsable de consignar en el Reporte de Tiempo de Operación tanto el inicio como el cierre de cada período de indisponibilidad.
• Valor probatorio: El Reporte de Tiempo de Operación debidamente suscrito por el responsable ICE constituirá el documento de respaldo para el cálculo de las deducciones o penalidades que correspondan conforme al presente cartel y al contrato respectivo.
8.1.4.1.2 El tiempo de avería inicia cuando se presenta la indisponibilidad y finaliza cuando el contratista realiza las siguientes acciones:
• El contratista subsana el problema, según lo establecido en el apartado 8.2.3.3 Mantenimiento y Atención de Averías de la sección Condiciones Específicas, y en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
• Notifica al administrador de contrato y se realiza la verificación por el responsable ICE en campo, ingeniero del proyecto o encargado de la obra
• El administrador de contrato da el visto bueno para reanudar el servicio.
8.1.4.1.3 Se contabiliza como Indisponibilidad
8.1.4.1.3.1 Averías técnicas:
• Fallas de funcionamiento del equipo que brinda el servicio.
• Incumplimiento del apartado 8.1.3 Obligaciones del Contratista de la sección de Condiciones Generales
• Falta de repuestos para la continuidad del servicio, en caso de no cumplir con el plazo establecido, se aplicará el debido proceso.
• Calibraciones y mantenimientos que se realizan durante el horario establecido para la prestación del servicio
8.1.4.1.3.2 Operativas:
• Recargas de combustible durante el horario establecido para la prestación del servicio
• Mantenimientos durante el horario establecido para la prestación del servicio
• Alteración en estado de salud del operador
• Faltas tipo A indicadas en el anexo F01-CSCON-SST-12-02
• Incumplimiento del apartado 8.1.10 ESPECIFICACIONES REFERENTES AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN, de la sección de Condiciones Generales
8.1.4.2 Coberturas de Seguros
8.1.4.2.1 Coberturas de Responsabilidad Civil
El Contratista deberá suscribir y mantener vigentes durante toda la ejecución contractual, las siguientes coberturas de seguros:
• Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas, por un monto de 150 000 000,00 CRC (ciento cincuenta millones de colones exactos) por accidente.
• Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros, por un monto de 50 000 000,00 CRC (cincuenta millones de colones exactos).
• Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas, por un monto de 50 000 000,00 CRC (cincuenta millones de colones exactos) por persona.
• Coberturas por Daño Directo, que cubra el valor de mercado del equipo destinado a la prestación del servicio.
En caso de siniestro, el Contratista, en su calidad de empleador del operador del equipo, asumirá la responsabilidad exclusiva de notificar el hecho a las autoridades competentes y a la entidad aseguradora correspondiente, dentro de los plazos establecidos en la normativa aplicable, eximiendo a la Administración de toda responsabilidad derivada del incumplimiento de esta obligación.
Las pólizas deberán ser emitidas por una entidad aseguradora debidamente autorizada y acreditada en la República de Costa Rica.
8.1.4.3 Requisitos de Seguridad y Normativa Ambiental Durante el Servicio
El contratista debe cumplir, suministrar y presentar los siguientes requerimientos:
8.1.4.3.1 Seguridad Ocupacional y Equipo de Protección Personal:
• Participación obligatoria de los operadores en inducciones de seguridad; serán impartidas por el personal de Salud y Seguridad en el Trabajo de la obra al inicio del servicio y serán realizadas en la base de operaciones indicada.
• Casco de seguridad certificado ANSI/ISEA Z.89-1-2009
• Chaleco reflectivo
• Anteojos de seguridad oscuros Grado N°2
• Protectores auditivos (NRR mínimo 25 dB)
• Zapatos de seguridad con protección en suela y puntera
• Protección respiratoria certificada (cuando aplique)
• Procedimiento de reporte de incidentes / accidentes
• Plan de respuesta a emergencias
8.1.4.3.2 Idoneidad del Operador:
El ICE puede solicitar pruebas médicas adicionales a las pruebas solicitadas en los requerimientos del operador, incluyendo exámenes de alcohol y drogas, para verificar la idoneidad del operador durante el contrato. Las pruebas serán realizadas por personal de Medicina Laboral por medio de Alcohosensor y prueba Actúa; posteriormente, en caso de ser requerido, se envía a un laboratorio certificado en la zona del área donde se está desarrollando el servicio para realizar la prueba cuantificada.
Si los resultados son inaceptables o hay negativa a realizar las pruebas, se procederá de la siguiente manera:
• Se considerará falta y se exigirá el cambio inmediato del operador.
• El equipo permanecerá en condición de avería (sin contabilizar horas de servicio) hasta que el contratista provea un operador sustituto idóneo.
• El contratista dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles para realizar el cambio del operador.
• En caso de incumplimiento del plazo establecido para la sustitución, se procederá a la suspensión del contrato y se iniciará el debido proceso conforme a la normativa vigente.
Estas condiciones aplican también a operadores sustitutos.
8.1.4.3.3 Gestión Ambiental y Normativa Ambiental:
• Cumplimiento de regulaciones ambientales
• Control de emisiones según Revisión Técnica Vehicular
• Procedimientos de prevención y control de derrames
• Manejo adecuado de residuos
• Plan de contingencia ambiental específico para el área de operación
8.1.4.4 Plazo de entrega
163 días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico
128 días hábiles posteriores a la fecha registrada de ejecución contractual.
8.1.5 ESTRUCTURA DE PRECIOS BIENES Y SERVICIOS
Disposiciones para presentación de la oferta
El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
Forma de presentar la estructura de precios en la oferta: La estructura de precios deberá ser presentada por partida.
El oferente podrá realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique por requerimiento completo o los objetos sean de similar naturaleza entre las diferentes partidas, el oferente según su criterio podrá presentar una estructura global de precios si así lo justifica desde la oferta, lo cual será valorado por la Administración
Nota: El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
8.1.6 PRESUPUESTO DETALLADO
El Contratista deberá presentar el presupuesto detallado que sustente la Estructura de Precios presentada en su oferta, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del contrato. El presupuesto detallado deberá presentarse en el PRECIO TOTAL del contrato. El formato del presupuesto detallado queda a criterio del Contratista.
8.1.7 POLÍTICAS DE PAGO
8.1.7.1 Forma de Pago
El pago de los servicios se realizará de forma quincenal vencida, con base en las horas efectivamente utilizadas y registradas en el Reporte de Tiempo de Operación. Cerrada la quincena, el ICE notificará al Contratista los datos de facturación dentro de un plazo de quince (15) días naturales.
Con base en dichos datos, el Contratista deberá presentar la factura electrónica (timbrada o dispensada conforme a la normativa de la Dirección General de Tributación) tanto en el Sistema de Facturación del ICE como en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), en este último acompañada de la respectiva solicitud de pago. La factura deberá ajustarse a los datos de facturación notificados.
El Administrador del Contrato emitirá la recepción conforme en SICOP dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contado a partir de la presentación de la factura en forma correcta en ambos sistemas. Si la factura presenta errores, omisiones o inconsistencias, o no ha sido presentada en ambos sistemas, el Administrador del Contrato la rechazará, y tanto el plazo de recepción como el de pago no correrán sino a partir de la presentación corregida en ambos sistemas y su recepción conforme.
El plazo máximo para el pago será de treinta (30) días naturales, contado a partir de la emisión de la recepción conforme por parte del Administrador del Contrato en SICOP. Vencido dicho plazo sin haberse efectuado el pago, el ICE se constituirá en mora automática.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta suministrada por el Contratista, la cual deberá estar registrada en la moneda del contrato.
8.1.7.2 Cálculo de Pago
Se utilizarán las siguientes variables para el cálculo del pago:
• TH = Tarifa por hora para cálculo de pago (Precio unitario por hora, es la transformación del precio ofertado del servicio dividido entre las horas del servicio indicadas)
• THM = Tarifa para pago de horas mínimo no trabajadas (TH * 0,75)
• HMD = Horas mínimo diario acumulativas (cinco horas por día, acumulativas en el periodo), (esto significa que el cálculo se realiza con base en el balance de los días habilitados para trabajar en la quincena respectiva, por lo que, no se contabilizarán los días dentro de la quincena que no estén habilitados para laborar).
• ID = Índice de disponibilidad [(TT-TA) / TT]
• TT = Tiempo total habilitado por los horarios establecidos del periodo para la prestación del servicio
• TA = Tiempo total de avería o indisponibilidad, acumulado durante el período, calculado sobre las horas hábiles de los horarios establecidos para la prestación del servicio. La contabilización del tiempo en avería o indisponibilidad se realiza según lo indicado en el apartado 8.1.4.1 Indisponibilidad y Tiempos en Avería, de la sección de Condiciones Generales.
• HMP = Horas mínimas a pagar
• HMR = Horas mínimo de referencia para pago (ID*HMD*DSR)
• DSR = Cantidad de días que el ICE requirió los equipos en el periodo de pago
• THT = Total de horas trabajadas en el periodo
• PP = Pago del periodo (THT * TH + HMP * THM)
El pago mínimo corresponde al reconocimiento de horas en que el contratista tiene el equipo disponible para ser usado por el ICE, pero que, por razones concernientes al ICE, este no es utilizado. Se calculará como HMP = HMR - THT, siempre que este valor sea mayor que cero.
Si el ID < 75% el ICE podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al contratista, conforme al artículo 174 y 175 del Reglamento al Título II de la Ley 8660 y previo debido proceso, salvo que el contratista presente un plan de ajuste o de sustitución del equipo por uno de igual o superior característica.
8.1.8 PRESENTACIÓN DE FACTURA
La facturación del servicio se debe realizar indicando el Número de Pedido de Compra, el cual debe incorporarse en la factura, en el espacio de “Información Referencia del XML”, creado exclusivamente para ingresar el número de referencia interno:
• El contratista debe ajustar su sistema de facturación en conjunto con su desarrollador para que active la etiqueta “Información Referencia del XML” en su módulo de facturación y así el facturador pueda agregar los datos (MM-45000XXXXX) número de referencia que el ICE va a requerir obligatoriamente para identificar los documentos electrónicos.
• Para las facturas el campo del XML <TipoDoc> y <Numero> debe llevar el valor 99 (otros).
• En el campo llamado <Numero> del XML debe incluirse el código que el ICE les va a suministrar en el siguiente formato:
o (MM- Número de Pedido de Compra del ICE)
• En caso de que el contratista no complete y envíe dicha información requerida, el documento electrónico se le rechazará de manera automática por parte de FISCO (Sistema del ICE para la recepción automática de facturas).
• El Contratista debe enviar la factura electrónica (PDF y XML) únicamente al correo: facturasice@ice.go.cr
• El ICE al realizar la notificación del contrato, indicará dentro de la información el Número de Pedido de Compra, el mismo se puede consultar con el Administrador del Contrato.
'8.1.9 CLÁUSULA DE DESEMPATE
En caso de empate en el precio más bajo para la línea de la partida correspondiente, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
Para definir el desempate se utilizará una moneda.
De lo anterior se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento, esta acta se subirá a SICOP.
8.1.10 NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL
A CUMPLIR POR EL OFERENTE
El Oferente debe cumplir con la normativa de Seguridad e Higiene Ocupacional establecida en el Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS “Reglamento de Comisiones y Departamentos de Salud Ocupacional” y la Norma Interna ICE 32.04.002.2008.
IMPORTANTE: Para efectos de este cartel, el conteo de trabajadores se realizará considerando los CENTRO DE TRABAJO donde se ejecutan labores, conforme a la definición del artículo 3 inciso b) del Decreto N° 45166-MTSS.
Definición de Centro de Trabajo: Entiéndase Centro de trabajo según definición en Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS como: “Área edificada o no, en la que las personas trabajadoras deben permanecer durante su jornada laboral o a la que deban tener acceso por razón de su trabajo.”
Una misma razón social puede contar con más de un centro de trabajo siempre y cuando éstos se ubiquen en terrenos y zonas geográficas independientes. Las oficinas, bodegas, almacenes u otras instalaciones ubicadas en un mismo terreno se considerarán como un único centro de trabajo.
El Oferente debe presentar la siguiente documentación según corresponda:
◦ Para servicios con menos de cincuenta (50) personas trabajadoras por centro de trabajo:
Apartado 7.1.3.1
Apartado 7.1.3.2
Apartado 7.1.3.3
Apartado 7.1.3.4:
- Certificación vigente de inscripción y funcionamiento de la Comisión de Salud Ocupacional ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), por cada centro de trabajo que cumpla este requisito.
- Declaración que indique el número total de centros de trabajo y la cantidad de personas trabajadoras por centro.
En caso de contar con menos de 10 trabajadores por centro de trabajo, el oferente deberá presentar una declaración jurada indicando esta situación y que, por tanto, no está obligado a constituir Comisión de Salud Ocupacional conforme al artículo 288 del Código de Trabajo y artículo 9 del Decreto N° 45166-MTSS.
• Declaración jurada firmada por el representante legal que incluya:
- Número total de centros de trabajo que posee la empresa
- Cantidad de personas trabajadoras con permanencia en cada centro de trabajo (sin incluir personal fluctuante)
- Manifestación expresa de que ningún centro de trabajo individual cuenta con 10 o más trabajadores, por lo cual no existe obligación legal de constituir Comisión de Salud Ocupacional, conforme al artículo 9 del Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS.
Nota importante: No se considerarán como personal permanente aquellas personas trabajadoras cuya presencia en el centro de trabajo sea temporal, ocasional o fluctuante.
Fundamento legal: Artículos 1, 9, 13 y 40 del Decreto Ejecutivo N° 45166-MTSS; artículo 288 del Código de Trabajo; artículo 66 de la Constitución Política.
Verificación: La Administración se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada mediante consulta al CSO-MTSS, solicitud de planillas CCSS, inspecciones o cualquier otro medio que considere pertinente. La presentación de información falsa o inexacta será causa de inadmisibilidad de la oferta o rescisión del contrato, según corresponda.
◦ Para servicios con cincuenta (50) o más personas trabajadoras por centro de trabajo:
Apartado 7.1.4.1
Apartado 7.1.4.2
Apartado 7.1.4.3
Apartado 7.1.4.4
Apartado 7.1.4.5
Si al momento de presentar la oferta el oferente aún no cuenta con las estructuras preventivas constituidas (Comisión o Departamento de Salud Ocupacional), deberá presentar una declaración jurada de compromiso de constituirlas y registrarlas ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO) dentro de los plazos establecidos en el Decreto N° 45166-MTSS.
A CUMPLIR POR EL CONTRATISTA
El Contratista debe cumplir con la normativa de Seguridad e Higiene Ocupacional, Anexo Norma Seguridad e Higiene Ocupacional 32.04.002.2008, en los apartados:
- Apartado 7.1.6.1
- Apartado 7.1.6.2
- Apartado 7.1.6.3
- Apartado 7.1.6.4
- Apartado 7.1.6.5
- Apartado 7.1.6.6
-El Contratista deberá presentar la siguiente documentación:
◦ Para los servicios de menos de cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en un servicio contratado por el ICE, lo indicado en los apartados:
- Apartado 7.2.1.1
- Apartado 7.2.1.2
- Apartado 7.2.1.3
- Apartado 7.2.1.4
- Apartado 7.2.1.5
- Apartado 7.2.1.6
◦ Para los servicios de igual o mayor a cincuenta -50- personas que desempeñarán labores en un servicio contratado por el ICE, lo indicado en los apartados:
- Apartado 7.2.2.1
- Apartado 7.2.2.2
- Apartado 7.2.2.3
- Apartado 7.2.2.4
- Apartado 7.2.2.5
- Apartado 7.2.2.6
8.1.11 ESPECIFICACIONES REFERENTES AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
Estos requerimientos serán aplicados para el contratista, todos los vehículos y personas que ingresen a instalaciones de la institución, su cumplimiento será velado por personal de seguridad ocupacional, por personal de gestión ambiental y por el personal de seguridad, en cumplimiento de la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018.
https://www.grupoice.com/wps/portal/ICE/Transparencia/informes/sostenibilidad
• No podrán ingresar vehículos a las instalaciones del Proyecto que presenten fugas (de aceites), sin Revisión Técnica Vehicular al día, y/o permiso de circulación vigente.
• Deberá retirar todos los desechos propios de los productos utilizados (tales como empaques, protecciones, cajas, plásticos, entre otros) y será su responsabilidad destinarlos al lugar correspondiente según la Legislación Nacional vigente.
• El personal del contratista deberá obligatoriamente portar un distintivo de identificación de la empresa a la que pertenece.
• Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR Y VAPEAR, el uso o la posesión de drogas, o ingresar a las mismas bajo los efectos del alcohol. El personal del contratista que se sorprenda incumpliendo esta disposición, será obligado a abandonar las instalaciones y no se le permitirá trabajar más en las obras, por lo que el contratista deberá sustituirlo inmediatamente.
• Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, el personal del contratista estará sujeto a las normas disciplinarias que la Institución mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto de tales normas faculta al ICE para solicitar el retiro del personal del contratista sin responsabilidad alguna para el Instituto.
• El personal del contratista que ingrese al Proyecto deberá conducirse correctamente y acatar las normas disciplinarias que el ICE mantiene en sus instalaciones. Deberán portar su identificación, y pantalón largo, camisa con mangas, zapatos de seguridad o cerrados (suela de goma y tacón bajo, entre otros). El ICE se reserva el derecho de admisión.
• El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por el personal del contratista o equipo del contratista, correrá por cuenta de este último, previo debido proceso.
8.1.12 RAZONABILIDAD DE PRECIOS
De ser necesario la razonabilidad del precio al momento de la recomendación se basará en lo indicado en el Reglamento Interno de Contratación Administrativa en el artículo 42 inciso F que indica:
Cuando exista una diferencia entre el monto estimado y el recomendado en un 15% esta diferencia deberá incluir un análisis de razonabilidad de precios en la respectiva recomendación de adjudicación. Así mismo, deberá realizarse la justificación en caso de superarse el límite de procedimiento.
• Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
• Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
• Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 22 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera del 15% de la diferencia, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. NO APLICA
Cláusula penal. "Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6 % según lo indicado en el Anexo denominado Cláusula Penal por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida. El monto total de la cláusula penal aplicable resultará de multiplicar, para cada línea o concepto que corresponda conforme a los numerales siguientes: (a) el porcentaje diario indicado en el Anexo denominado Cláusula Penal (0,6 %) (b) el número de días naturales de atraso (c) el valor de la parte incumplida correspondiente a esa línea o concepto. El monto total acumulado por concepto de cláusula penal, considerando en conjunto todas las líneas afectadas, no podrá exceder el veinticinco por ciento (25 %) del valor total del contrato, conforme a los principios de razonabilidad y proporcionalidad aplicables. Se aplica el tope sobre el valor total del contrato, y no sobre el valor individual de cada línea. Para efectos de esta cláusula, únicamente constituye hecho generador el atraso (ejecución tardía) en el cumplimiento de una obligación contractual con plazo cierto. El valor de la parte incumplida se calculará de la siguiente forma: 1. Si el incumplimiento corresponde al atraso en la entrega inicial del equipo en sitio, la sanción se calculará de forma independiente para cada línea afectada, conforme al artículo 40° del Reglamento a la Ley 8660 (aplicable por remisión del artículo 41°): Respecto de la línea ""Servicio de Alquiler de Maquinaria"": sobre el valor de cada día de atraso en la prestación del servicio, calculado con base en las horas mínimas diarias (HMD) establecidas en el apartado 8.1.7.2 Cálculo de Pago de la sección Condiciones Generales. Respecto de la línea ""Servicio de Traslado de Equipo"": sobre el valor total de dicha línea. 2. Si el incumplimiento corresponde al atraso en la entrega de un equipo de reemplazo, entendido como el tiempo que exceda el plazo de sustitución establecido en el apartado 8.2.3.3.2, contado desde el hito ahí definido para el inicio de dicho plazo: la sanción se aplicará únicamente sobre la línea ""Servicio de Alquiler de Maquinaria"", sobre el valor de cada día de atraso en la prestación del servicio, calculado con base en las horas mínimas diarias (HMD) establecidas en el apartado 8.1.7.2 Cálculo de Pago de la sección Condiciones Generales, dado que la entrega de equipo de reemplazo no genera cargo bajo la línea ""Servicio de Traslado de Equipo"". No procederá la aplicación de cláusula penal cuando el atraso sea imputable al ICE, o derive de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados."
Documentos del cartel10
- ANEXO PRESUPUESTO DETALLADOXLSX · 20 KB
- CLAUSULA REAJUSTE DEPDF · 563 KB
- DECLARACIONES JURADASPDF · 481 KB
- ANEXO ESTRUCTURA DE PRECIOSPDF · 481 KB
- POLITICA ANTICORRUPCIONPDF · 389 KB
- DISPOSICIONES AMBIENTALESPDF · 5,1 MB
- DECRETOPDF · 328 KB
- NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENEPDF · 3,8 MB
- SSTDOCX · 82 KB
- ESTIMACION CLAUSULA PENALDOCX · 82 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Milagro del Socorro Espinoza Rostran
UACSA
Milagro del Socorro Espinoza Rostran
UACSA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 08:39. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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