2026LD-000040-0002100009 · SICOP 20261000835
Servicio de mantenimiento correctivo a computadoras, todo en uno, estaciones de trabajo, portátiles y tablet de la Regional Heredia, por demanda y según cuantía estimada
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje busca servicio de mantenimiento correctivo a computadoras, todo en uno, estaciones de trabajo, portátiles y tablet de la regional heredia, por demanda y según cuantía estimada con un presupuesto de ₡36,0 millones. Recibe ofertas hasta el 26/10/2026 (en 6 días).
₡36,0 millones
Tiempo para ofertar
6 días
cierra el 26/10/2026 08:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó14/10/2026 09:01 · hace 6 días
- Límite para 20/10/2026 23:59 · hoy
- Límite para 21/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas26/10/2026 08:00 · en 6 días
- de ofertas26/10/2026 08:01 · en 6 días
- (plazo máximo)≈ 09/11/2026 · en 20 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 21/10/2026 08:00 → 26/10/2026 08:00
- Apertura de ofertas: 21/10/2026 08:01 → 26/10/2026 08:01
- Límite de aclaraciones: 15/10/2026 23:59 → 20/10/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 22/10/2026 23:59 → 27/10/2026 23:59
- Condiciones administrativas / requisitos: texto modificado
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,6 oferentes.11 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡21 565,4 millones en 698 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡30,6 millones – ₡36,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Mantenimiento Correctivo de Equipo de Computo1 · ₡23 992,001₡23 992,00
Lo que exige el cartel
- : 1800000 durante 51 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 4 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos mínimos de admisibilidad.
Perfil requerido de la empresa física o jurídica: Podrán participar en este concurso todas aquellas personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que cuenten con la experiencia nacional como internacional de Mantenimiento de equipos de cómputo brindados en los últimos 2 años (contabilizado con anterioridad a la fecha de apertura de ofertas). Dicha experiencia deberá indicarse en la siguiente tabla:
|
Empresa o institución |
Persona de contacto |
Correo Electrónico |
Teléfono |
Trabajos realizados |
Fecha del servicio |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Así mismo, es posible aportar documentación que permita verificar la experiencia solicitada como cartas de referencia (firmadas digitalmente o copias certificadas por abogado). En caso de que las referencias correspondan a trámites realizados por medio de SICOP, se le solicita indicar el número de trámite.
En el caso de ser empresa extranjera la experiencia se verificará mediante los siguientes medios:
- Copias y/o originales de actas de recepción definitiva a satisfacción o de terminación del contrato u obra, de donde haya realizado la ejecución.
- Copias y/o originales de Contratos suscritos recibidos a satisfacción.
- Traducción oficial cuando esté en idioma distinto
La experiencia que se acredite, la Administración la aceptará en el tanto haya sido positiva, entendida ésta, como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción, según lo indicado en el Artículo 94 del Reglamento a la Ley de Compras Públicas.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
Nota: De conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones y en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la experiencia que será objeto de valoración deberá corresponder exclusivamente a la persona jurídica que figure formalmente como oferente dentro del sistema SICOP. En consecuencia, no se considerará válida la experiencia aportada por casas matrices, sucursales, subsidiarias u otras entidades vinculadas que no participen directamente como oferentes en el presente procedimiento. No obstante, en aquellos casos en que se requiera integrar capacidades técnicas y experiencia adicional, los interesados podrán recurrir a la figura del consorcio, conforme a la normativa vigente, de manera que la experiencia de las empresas consorciadas sí pueda ser considerada para efectos de acreditación, siempre que estas formen parte formal de la oferta presentada.
Perfil del personal requerido para la contratación: El oferente deberá proponer para la realización del trabajo el personal con la formación académica y experiencia, que se indica a continuación:
|
Personal requerido |
Formación Académica requerida (Mínima) |
Experiencia profesional (Mínima) |
|
2 |
Técnico en mantenimiento de Computadoras Certificados en las marcas de al menos 2 de los equipos que se encuentra en el anexo 2 |
1 año de soporte con experiencia en mantenimiento de computadoras, de acuerdo con las marcas de las computadoras que están en el anexo 2.
|
Forma de presentar los documentos de la persona técnica propuesta:
- El currículum vitae de cada persona técnica propuesta debe ser claro, ordenado y estar actualizado al presente año y adjuntar los documentos que lo sustentan, según se detalla.
- Los títulos académicos obtenidos en otros países deben presentarse con el reconocimiento del Consejo Nacional de Rectores (CONARE) o bien pueden presentarse apostillados por la casa amarilla; y en caso de ser extendidos en otro idioma, se deben presentar traducidos al idioma español por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Garantía del servicio: El contratista deberá dar una garantía de trabajo no menor de 06 meses. Esta garantía rige a partir de la entrega a satisfacción del servicio. Los trabajos que vengan con defectos en la entrega del equipo serán devueltos y deberán ser repuestos por el contratista sin costo adicional para el INA en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Garantía de repuestos y mantenimiento: Todos los repuestos que eventualmente se utilicen deberán ser nuevos y originales de fábrica. En casos excepcionales, ampliamente justificados se podrá aceptar repuestos diferentes, siempre y cuando no degrade las cualidades y funcionamiento del equipo. La administración se reserva el derecho de aceptar o denegar la justificación presentada.
Los repuestos sustituidos deberán tener una garantía no menor a 06 meses, por lo que, en caso de falla de un repuesto reemplazado en un plazo menor a este, deberá de ser sustituido por el contratista sin costo adicional para la administración.
Esta garantía empieza a regir a partir del recibo a satisfacción del servicio respectivo.
Garantía de cumplimiento: En atención a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 110 de su Reglamento (RLGCP), el adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato. Dicha garantía deberá ser presentada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la firmeza del acto final.
Para el servicio de mantenimiento correctivo de las computadoras, el adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento por un monto de ¢1.800.000,00 (un millón ochocientos mil con cero céntimos) y una vigencia de 51 meses, este plazo contempla los meses adicionales establecidos en el artículo 114 del RLGCP.
Documentación: Toda la documentación que se aporte en la oferta en fotocopias escaneadas debe ser legible y entendible (a excepción de la literatura técnica o documentación que no se solicite en el pliego de
condiciones), deberá estar debidamente certificada por un abogado y sellada. En el caso de presentar cartas firmadas digital no requiere certificación por abogado ya que se validará la firma
con la herramienta Gaudy. Además, deberá presentar una declaración jurada firmada digital por parte del representante legal de la empresa, indicando que la documentación presentada es legítima y veraz.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver documentos de especificaciones técnicas
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
Términos de pago: El INA cancelará las facturas en tractos dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del servicio a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Proceso Seguimiento Apoyo y Control de la Unidad Regional de Heredia., del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP. Con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo LArroyoVillegas@ina.ac.cr al Proceso Seguimiento Apoyo y Control de la Unidad Regional de Heredia
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta Además se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
Sobre aplicación del IVA: Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
Desglose de tributos: Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
Desglose del precio: En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la estructura del precio de la oferta se deberá presentar el anexo 1 “Desglose de precio” debidamente completado.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
|
RUBRO |
PORCENTAJE |
MONTO |
|
1. Costos Directos (mano de obra directa) |
|
|
|
2. Costos Directo (insumos directos) |
|
|
|
3. Subcontrataciones (cuando corresponda) |
|
|
|
4. Costos Indirectos (mano de obra indirecta) |
|
|
|
5. Costos Indirectos (insumos indirectos) |
|
|
|
6. Imprevistos |
|
|
|
7. Utilidad |
|
|
|
TOTAL |
100% |
|
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
- Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
- Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación.
Presupuesto detallado: De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
Revisión de precios: En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El contrato podrá estar sujeto a riesgos y a la aparición de circunstancias no tomadas en cuenta por las partes al momento de su formalización conforme a lo señalado en el artículo 100 de la LGCP, que afecten el nivel económico originalmente establecido, dependiendo de la modalidad de remuneración, el grado de incidencia y de su permanencia en el tiempo. Para ello se deberá examinar el origen de las alteraciones que modifiquen el equilibrio económico del contrato a fin de restituir el equilibrio establecido en la fecha de presentación de la oferta.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática para calcularlo, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El costo del servicio podrá ser reajustado. Para tal efecto se aplicará la fórmula de revisión de precios que se adjunta en Anexo 1 del Pliego de condiciones.
El oferente deberá presentar junto con la oferta la Estructura porcentual del Precio Cotizado.
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
Cronograma Preliminar del Servicio con las fechas acordadas: El adjudicatario presentará a la Administración el cronograma preliminar propuesto con sus documentos anexos, el cual deberá incluir duraciones, holguras, dependencias, secuencia lógica, hitos, ruta crítica, según corresponda, y demás información de planificación, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación. En un máximo de cinco días hábiles a partir de su presentación, la Administración deberá revisar y resolver acerca de la pertinencia o no del cronograma propuesto y sus documentos anexos, de conformidad con los términos establecidos en el pliego de condiciones y en los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Documentación probatoria: En cuanto a la documentación probatoria solamente aplicable al método analítico documental, el adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación de la factura preforma o documento equivalente aportado en su oferta asociada a aquellos costos directos e indirectos de dicho presupuesto, que serán reajustados mediante el método analítico documental, lo anterior de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y regulado en la sección V Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Póliza de Riegos del trabajo: El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores del contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa por defecto en la ejecución del contrato: En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales descritas a continuación, la Administración podrá imponer las multas respectivas, de conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 de su Reglamento. La aplicación de las multas requerirá que el incumplimiento se encuentre debidamente acreditado mediante evidencia objetiva incorporada al expediente de ejecución contractual. Para tal efecto, la persona administradora o supervisora del contrato deberá documentar cada incumplimiento mediante registros de atención, correos electrónicos, boletas de servicio, informes técnicos, reportes de la plataforma de atención de casos, cotizaciones, facturas, fotografías, actas o cualquier otro medio probatorio pertinente que permita demostrar de forma fehaciente el incumplimiento detectado. Cada incumplimiento deberá quedar respaldado mediante un informe emitido por la persona administradora del contrato, en el cual se detalle la obligación incumplida, la fecha de ocurrencia, la evidencia que sustenta el incumplimiento, la afectación ocasionada a la ejecución contractual y el cálculo de la multa correspondiente. Las multas se aplicarán por cada evento de incumplimiento debidamente acreditado y se calcularán sobre el monto facturado correspondiente al servicio, reparación, repuesto o actividad afectada. La aplicación de una multa no exime al contratista de corregir el incumplimiento detectado ni limita el ejercicio de las demás potestades que la normativa vigente reconoce a la Administración. Detalle de la multa Forma de aplicación % de multa Incumplimiento del tiempo de respuesta para atención de reportes Se aplicará cuando el contratista no atienda la solicitud de servicio dentro del plazo máximo establecido en las especificaciones técnicas y no exista una justificación previamente aceptada por la Administración. La multa se calculará sobre el monto facturado correspondiente al servicio afectado. 2% Atraso injustificado en la entrega de repuestos autorizados Se aplicará cuando el contratista incumpla los plazos establecidos para el suministro de repuestos autorizados por la Administración. La multa procederá únicamente cuando el atraso sea atribuible al contratista. No se aplicará cuando éste demuestre, mediante documentación fehaciente emitida por el fabricante, distribuidor autorizado, proveedor, empresa transportista, autoridad aduanera u otro tercero competente, que el atraso obedece a circunstancias ajenas a su control razonable. La simple manifestación del contratista no constituirá prueba suficiente para eximir la aplicación de la multa. La multa se calculará sobre el monto correspondiente a los repuestos afectados. 2% Utilización de repuestos no autorizados o que incumplan las especificaciones técnicas Se aplicará cuando se determine que el contratista instaló repuestos distintos a los autorizados por la Administración, repuestos no originales cuando éstos hayan sido requeridos contractualmente o repuestos que incumplan las especificaciones técnicas establecidas. La multa se calculará sobre el monto facturado correspondiente a la reparación en que se detectó el incumplimiento. 5% Incumplimiento de la garantía de los trabajos ejecutados o de los repuestos instalados Se aplicará cuando el contratista no atienda, no corrija o retrase injustificadamente la atención de fallas cubiertas por la garantía ofrecida. La multa se calculará sobre el monto facturado correspondiente al servicio o repuesto afectado. 5% Para ejecutar las multas, la Administración deberá emitir un acto motivado con indicación de los hechos, las pruebas que sustentan el incumplimiento y el cálculo efectuado. Contra dicho acto procederán los recursos ordinarios que correspondan de conformidad con la normativa aplicable. El cobro por concepto de multas no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones. Justificación breve para el estudio de proporcionalidad y razonabilidad: Las multas propuestas guardan relación directa con el nivel de afectación que cada incumplimiento podría generar sobre la continuidad operativa de los equipos informáticos institucionales y, por ende, sobre la prestación de los servicios de la Unidad Regional de Heredia del Instituto Nacional de Aprendizaje. Los porcentajes establecidos se gradúan en función de la gravedad del incumplimiento y del riesgo que representa para la correcta ejecución contractual. Se establece una multa del dos por ciento (2%) para los incumplimientos relacionados con el tiempo de respuesta y la entrega de repuestos, al tratarse de obligaciones cuya afectación es principalmente operativa y que pueden retrasar la recuperación de los equipos afectados. Asimismo, se establece una multa del cinco por ciento (5%) para la utilización de repuestos no autorizados o que incumplan las especificaciones técnicas y para el incumplimiento de las obligaciones de garantía, debido a que dichas conductas afectan directamente la calidad, confiabilidad, funcionamiento y vida útil de los equipos institucionales. Los porcentajes definidos resultan razonables y proporcionales, por cuanto mantienen una relación objetiva con la gravedad de cada incumplimiento, incentivan el cumplimiento contractual y no constituyen sanciones excesivas ni desproporcionadas respecto del objeto contractual y del interés público que se pretende proteger. Multas por la presentación de recursos temerarios: Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. Clausula penal: El atraso en la entrega del servicio dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel2
- Especificaciones técnicasPDF · 20 KB
- Documento generalPDF · 993 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Adriana Hernandez Nuñez
INFORMATICA REGIONAL HEREDIA
Randall Rojas Castro
Unidad de Servicios de Informática y Telemática
Ana Gabriela González Solís
Jefatura Unidad Regional Heredia
Lidia Maria Arroyo Villegas
Presidencia Ejecutiva
Maricela Porras Solis
Unidad de Soporte de Servicios Tecnológicos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 20/10/2026 05:38. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 18/09/2026
Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Hardware-computadoras Portátiles para la DGSC
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica · 5 oferentes
Adjudicada a Grupo Corporativo NBF (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 04/09/2026
Universidad de Costa Rica · 2 oferentes
Adjudicada por ₡6,4 M a Soin Soluciones Integrales
Adjudicadamismo producto · 03/09/2026
Servicio de Tecnología Gestion Inventario Red de Frío
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario · 1 oferente
Adjudicada por ₡12,5 M a Corporacion Font
Adjudicadamismo producto · 28/08/2026
Contratación de Servicio de Video Vigilancia PIMA Cenada
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario · 1 oferente
Adjudicada por ₡2,2 M a Telecable
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Contratación de Horas de Atención, y Soporte Especializado de Tecnologías de la Información
Instituto Nacional de las Mujeres · 2 oferentes
Adjudicada a Datasoft (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 12/08/2026
Servico de Facturacion Electronica
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario · 1 oferente
Adjudicada por ₡11,5 M a Sistemas de Parqueos de Costa Rica