2026XE-000643-0000400001 · SICOP 20260800652
S.E- Contratación Directa de Escasa Cuantía Adquisición de Partes de repuestos para válvulas de gobierno PG Miravalles III (DG-2231-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡75,1 millones y quedó en firme el 03/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡75,1 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 03/09/2026
- Mitsubishi Power de Mexico, S.A. de C.V.$135 980,00
Informe de recomendación de Hazel Jiménez Chaves, 01/09/2026
Fechas clave
- Se publicó14/08/2026 09:51 · hace 58 días
- Límite para 17/08/2026 23:59 · hace 55 días
- Cierre de ofertas21/08/2026 23:59 · hace 51 días
- de ofertas24/08/2026 07:30 · hace 48 días
- publicado03/09/2026 11:28 · hace 38 días
- Adjudicación 03/09/2026 11:28 · hace 38 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Condiciones generales: texto modificado
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra37 líneas
- Eje de Acero Inoxidable, # N26-810-0202-1, para Valvula Gobernadora de Equipo de Generacion Electrica Mitsubishi2 c/u · ₡32 906 638,082 c/u₡32 906 638,08
- Buje de Eje (casquillo) Acero, # N26-220-0101-1, para Valvula Mitsubishi2 c/u · ₡6 073 372,802 c/u₡6 073 372,80
- Buje de Eje (casquillo) Acero, # N26-220-0101-2, para Valvula Mitsubishi2 c/u · ₡4 637 848,322 c/u₡4 637 848,32
- Empaque Caucho, # N26-362-0051-3, para Valvula Mitsubishi2 c/u · ₡198 764,922 c/u₡198 764,92
- Perno Cilindrico (seguridad) Acero, # N26-890-3147-6, para Valvula Mitsubishi8 c/u · ₡1 678 459,368 c/u₡1 678 459,36
- Anillo Seguridad Acero # N26-G12-0303-12, para Valvula Mitsubishi2 c/u · ₡331 274,882 c/u₡331 274,88
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡63,8 millones – ₡75,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Mitsubishi Power de Mexico, S.A. de C.V.Ganó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En cumplimiento del Artículo 42 inciso d) del Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, y de conformidad con el estudio técnico realizado por la Dependencia solicitante, esta Proveeduría adjudica esta contratación a la empresa MITSUBISHI POWER DE MEXICO, S.A. DE C.V., por un monto de 135 980,00 USD.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
DECLARACIONES JURADAS:
- Con la oferta se deben presentar las declaraciones juradas y certificaciones establecidas en: (Ver Anexo No.1)
CONDICIONES DEL OFERENTE:
- El oferente deberá suministrar la información técnica mediante fichas técnicas, catálogos, afiches, manuales o facturas proformas del fabricante que permita su análisis, estudio comparativo y verificación del cumplimiento de lo ofertado, para efectos de adjudicación, haciendo referencia a cada artículo y atributo solicitado.
- Todos los documentos aportados en otro idioma que no sea español deben de ser presentados mediante una traducción Libre.
- El oferente deberá presentar carta oficial del fabricante, que lo acrediten como distribuidor autorizado en el país de la marca ofertada, indicando que tienen el soporte técnico y que cuenta con respaldo y garantía directa del fabricante.
- Los repuestos deben de ser originales y genuinos de la marca que indique la partida única.
- El oferente deberá presentar una declaración jurada indicando que cuenta con 4 años de experiencia en la venta o suministro de repuestos similares a los bienes objeto de esta contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Especificaciones:
Artículo 1: 40141616-92290582
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-1 |
Artículo 2: 31171605-92428671
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-2 |
Artículo 3: 31171605-92428669
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-3 |
Artículo 4: 31181702-92428670
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-9 |
Artículo 5: 31161605-92428675
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-10 |
Artículo 6: 31162411-92428691
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-12 |
Artículo 7: 31161709-92428674
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-23 |
Artículo 8: 31181702-92428668
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-26 |
Artículo 9: 31181603-92428667
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-30 |
Artículo 10: 31181506-92284585
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-31 |
Artículo 11: 31181506-92284588
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-32 |
Artículo 12: 31181506-92284589
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-33 |
Artículo 13: 31162411-92428736
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-37 |
Artículo 14: 31181506-92284840
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-44 |
Artículo 15: 31181702-92428750
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-c |
Artículo 16: 31162411-92428753
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0303-d |
Artículo 17: 31171605-92428737
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-38 |
Artículo 18: 31171605-92428746
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-39 |
Artículo 19: 31163213-92428747
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-71 |
Artículo 20: 31163213-92428963
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-72 |
Artículo 21: 31163213-92428964
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-73 |
Artículo 22: 31181506-92284848
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-74 |
Artículo 23: 31181506-92471896
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-75 |
Artículo 24: 31181506-92284324
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-76 |
Artículo 25: 31162411-92428974
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-77 |
Artículo 26: 31171510-92428973
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-78 |
Artículo 27: 31171510-92428969
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-79 |
Artículo 28: 31181702-92428971
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-96 |
Artículo 29: 31162411-92429124
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-100 |
Artículo 30: 31181702-92428970
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-103 |
Artículo 31: 31181702-92428960
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-111 |
Artículo 32: 31181702-92428962
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-114 |
Artículo 33: 31181705-92429214
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-118 |
Artículo 34: 31171510-92429065
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
|
NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-119 |
Artículo 35: 31171510-92429066
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-121 |
Artículo 36: 31181702-92471898
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
|
NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-j |
Artículo 37: 31181702-92429064
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ATRIBUTO |
VALOR ATRIBUTO |
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NÚMERO DE PARTE |
N26-G12-0336-k |
Especificaciones técnicas:
- Los repuestos ofertados deben de ser originales de la Marca: Mitsubishi Heavy Industries, Modelo: SC1F-25 para las válvulas de gobierno de la unidad Miravalles III.
- Los repuestos deberán ser entregados basados en los números de parte indicados por el fabricante y la especificación del código SICOP; se requiere la originalidad para garantizar la total compatibilidad con las especificaciones de diseño del fabricante, asegurando la confiabilidad, eficiencia y seguridad operativa de las válvulas de gobierno. El uso de componentes originales permite mantener los parámetros de funcionamiento establecidos, reducir el riesgo de fallas prematuras, evitar daños en componentes críticos de alto valor y preservar la vida útil del equipo. Asimismo, contribuye a minimizar paros no programados, optimizar los costos de mantenimiento a largo plazo y garantizar la continuidad operativa de los procesos que dependen de dichas válvulas, constituyéndose en una medida preventiva para la protección de los activos institucionales y la mitigación de riesgos operativos.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato correspondiente a los presupuestos de los años futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la dependencia se compromete a dotar el debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
CRITERIOS SOSTENIBLES:
Todo oferente debe presentarse declaración jurada de que en caso de resultar contratista, al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN:
El oferente deberá presentar una declaración jurada de las siguientes políticas:
- Que conoce la Política Integrada para la Gestión del Negocio de Electricidad. (Ver Anexo No.8).
- Que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018, Ver siguiente enlace:
https://www.grupoice.com/wps/portal/ICE/Transparencia/informes/sostenibilidad
CLAUSULA DE DESEMPATE:
- En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se realizará de forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
- Para definir el desempate se utilizará la moneda.
- De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento presencial, el cual se incluirá en el Sistema Digital Unificado.
FORMA DE PAGO:
- Las actas de recepción provisional y definitiva realizadas en la plataforma SICOP a entregas parciales, no obliga al ICE a proceder con el pago de los bienes entregados parcialmente por el contratista, se debe respetar la condición de pago indicada en cada línea de objeto de compra.
- El pago se realizará de forma total, una vez que el ICE de por aceptado a satisfacción todos los bienes solicitados en este cartel.
- El pago se realizará en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir de la recepción conforme emitida por el administrador de contrato.
PLAZO DE ENTREGA:
- El plazo de entrega definido por la administración es de 286 días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico.
- El Oferente debe presentar una nota de aceptación referente al plazo de entrega definido en este cartel.
INDAGATORIA PRECIO OFERTADO:
El ICE solicitará la presentación de la estructura de precios para efectos de analizar la razonabilidad de los precios, mediante solicitud de aclaración vía SICOP como parte de la etapa de indagatoria, únicamente a los oferentes elegibles, conforme al artículo 42 inciso f del RICA, es decir, ante diferencia del ±15% del monto estimado vrs el ofertado elegible.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
- El bien debe venir debidamente identificado de fábrica con su respectivo número de parte; no se aceptará etiquetados que no sea de fábrica, ni rotulaciones manuales, ni empaques no originales con respecto a la marca ofertada.
- Los bienes deberán tener un embalaje para su transporte y almacenamiento que garantice su perfecto estado al momento de su recepción.
- Los bienes deben ser nuevos, no se recibirán con partes oxidadas, defectos de pinturas, golpes o deformaciones que hagan dudar de las buenas condiciones de los elementos.
CLÁUSULA DE LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
Salvo en los supuestos expresamente exceptuados en la presente cláusula, la responsabilidad total del PROVEEDOR derivada de la ejecución del contrato se limitará a un monto máximo equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto total contractual.
El PROVEEDOR no responderá por daños indirectos, incidentales, especiales, remotos o consecuenciales. Esta exclusión no limitará el derecho del ICE a reclamar los daños directos derivados del incumplimiento contractual.
La limitación de responsabilidad establecida en esta cláusula no será aplicable a las obligaciones relacionadas con la garantía técnica, la corrección de defectos, la reparación, sustitución o reposición de bienes, los defectos de fabricación, el incumplimiento de las especificaciones técnicas, el incumplimiento de las obligaciones de garantía ni los daños directos derivados de tales incumplimientos.
La limitación de responsabilidad tampoco será aplicable en los casos de dolo, fraude, mala fe, negligencia grave o conductas contrarias al ordenamiento jurídico atribuibles al PROVEEDOR o a las personas que actúen por su cuenta durante la ejecución contractual. En tales supuestos, el PROVEEDOR responderá por la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados.
La presente cláusula no afectará las facultades del ICE para aplicar multas, cláusulas penales, ejecutar la garantía de cumplimiento, ejecutar cualquier otra garantía rendida en la contratación, exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales, reclamar sumas pagadas indebidamente ni ejercer las acciones de resolución o rescisión contractual previstas en el contrato y en el ordenamiento jurídico aplicable.
Las presentes condiciones forman parte integral de la oferta presentada.
OTRAS CLAUSULAS:
SOBRE LA ENTREGA DE BIENES:
- Previo a la entrega de los bienes, el contratista tres (3) días antes de la entrega deberá elaborar en la plataforma SICOP la correspondiente “Solicitud de recepción”, indicando el día y hora estimada de la entrega.
- Se deberá adjuntar en la solicitud de recepción la “Hoja de Entrega de bienes o servicios” (HEBS) (Ver Anexo No.2) incluida en este cartel, debidamente completada con la información que se solicita.
- En caso de no adjuntarse la hoja de entrega de materiales sugerida, el contratista puede utilizar otro documento similar, siempre y cuando contenga los datos de la información de la HEBS.
- Junto con la entrega de los bienes en el sitio indicado en el contrato, se debe entregar físicamente la HEBS o documento similar el cual será utilizado para realizar la recepción provisional de bienes.
- La recepción de bienes se hará contra la HEB o su similar y una vez recibido de conformidad se da visto bueno para que se emita la factura electrónica.
SOBRE LA FACTURACIÓN:
- Luego de la entrega de los bienes en el lugar indicado en el contrato, el responsable por el ICE procederá a realizar la revisión cuantitativa y cualitativa de los bienes entregados. De existir bienes que no cumplan con algún aspecto del contrato, se levantará un reclamo al contratista para que éste solucione el incumplimiento.
- Cuando el ICE dé por aceptados los bienes recibidos, se le notificará al contratista mediante un correo electrónico emitido por administrador del contrato, el detalle de los bienes aceptados según el procedimiento de compra. La facturación de los bienes entregados deberá realizarse por el contratista hasta recibir la notificación en el correo electrónico. El ICE se reserva el derecho de recibir facturaciones sin la respectiva aceptación definitiva de los bienes.
- La factura deberá ser electrónica, emitida conforme la legislación fiscal vigente, para el envío de las facturas electrónicas, el contratista debe indicar:
- Número de pedido (MM), N° contrato, N° de procedimiento SICOP, Modalidad de la compra.
- Descripción detallada del bien entregado.
- Unidad de medida, cantidad, precio unitario y Monto total.
- Condiciones de pago pactadas.
- Cédula jurídica: 4-000-042139.
- Razón social: Instituto Costarricense de Electricidad.
- Nombre comercial (ICE).
- Domicilio: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Avenida Las Américas, frente al boulevard, avenida principal.
- Código de actividad económica: 3510.0 Generación y/o distribución de energía eléctrica (hidráulica, convencional, térmica, etc.)
- La factura deberá ser enviada electrónicamente al correo facturasice@ice.go.cr y de forma simultánea se deberá realizar la solicitud de pago en el módulo de SICOP establecido para tal fin, anexando la factura emitida. De no completar este paso no se procederá con el registro del pago. Las solicitudes de pago donde no se anexe la factura serán rechazadas de oficio.
SOBRE LA EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO:
De conformidad con el Reglamento de Comprobantes Electrónicos (Decreto Ejecutivo N° 44739-H) y la normativa tributaria vigente, las notas de crédito y débito constituyen documentos electrónicos que modifican los efectos fiscales y contables de las facturas electrónicas previamente emitidas, cuya procedencia debe responder a la realidad de la transacción y a las condiciones acordadas entre las partes.
En virtud de lo anterior, se establece que la emisión de notas de crédito deberá entenderse como un acuerdo entre el contratista y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), por lo que el contratista se compromete a no emitir este tipo de comprobantes de manera unilateral sin la previa coordinación y validación del ICE o de su representante autorizado en el proceso de compra.
Lo anterior tiene como finalidad asegurar la correcta trazabilidad, registro y respaldo de las operaciones, así como prevenir inconsistencias en la información reportada ante la Administración Tributaria. En caso de emitirse comprobantes que no correspondan con la realidad de la transacción o sin la debida coordinación, el contratista deberá gestionar oportunamente su corrección mediante los mecanismos establecidos (como la emisión de notas de débito u otros que correspondan), sin perjuicio de las responsabilidades y ajustes que pudieran derivarse conforme a la normativa tributaria aplicable.
Las partes acuerdan mantener una coordinación permanente para la adecuada gestión de los comprobantes electrónicos, en resguardo del cumplimiento normativo y la correcta ejecución contractual.
PORTACIÓN DE CARNÉ Y CONDUCTA EN INSTALACIONES ICE:
- El contratista deberá entregar al Administrador de Contrato mediante correo electrónico con 3 días de anticipación a la entrega del bien el formulario adjunto al cartel DG-00-FO-81-002 (Ver Anexo No.3) “Solicitud de ingreso a particulares a instalaciones de la División Generación”. El contratista deberá presentar al momento de ingreso el documento debidamente autorizado por el ICE, de lo contrario, por directriz de la administración superior el personal de vigilancia (institucional o privada) en el puesto de ingreso no le permitirá el acceso.
- Es obligación del contratista que el personal porte el carné de su organización siempre visible al momento que ingresen a las instalaciones de las empresas del Grupo ICE durante la ejecución del contrato. Este carné debe contener: el nombre de la empresa contratista, nombre completo del trabajador y su fotografía, la revisión de este requisito se realizará al ingreso de las instalaciones por parte del personal de vigilancia.
- Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, el contratista estará sujeto a lo estipulado en el procedimiento DG-00-PR-81-002 (Ver Anexo No.4) “Ingreso a instalaciones de la División de Generación”. El incumplimiento al procedimiento faculta al ICE a solicitar el retiro del contratista sin responsabilidad alguna para el ICE.
El personal del contratista es responsable de su propia seguridad y tendrá cuidado en prevenir lesiones a sus compañeros. Este personal siempre estará acompañado por un funcionario del ICE que lo guiará sobre el procedimiento que se debe cumplir al ingreso de las instalaciones.
- El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por personal del contratista, correrá por cuenta de este último según el debido proceso.
- Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR.
- No podrán ingresar a las instalaciones ICE, aquellos vehículos que: tengan fugas, no tengan la revisión vehicular por el emisor del servicio contratado por el Estado al día, o permiso de circulación este vencido. Esto será revisando por los oficiales de seguridad en el puesto de vigilancia en sitio.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica.
Cláusula penal. En caso de entrega prematura (sin autorización previa) o entrega tardía de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,5% por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver Anexo No.5)
Documentos del cartel8
- Declaraciones juradasPDF · 123 KB
- Hoja de entrega de bienesXLSX · 10 KB
- Solicitud de ingresoDOCX · 82 KB
- Ingreso a instalacionesPDF · 266 KB
- Clausula penalDOCX · 82 KB
- Planos SC1FDOCX · 4,3 MB
- Política corporativaPDF · 389 KB
- Política integrada de la gestiónPDF · 3 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Wendal Meza Rodriguez
C.S. RECURSOS GEOTERMICOS
Wendal Meza Rodriguez
C.S. RECURSOS GEOTERMICOS
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 04:50. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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